Andando por Jerez de los Caballeros

Jerez de los Caballeros

ÍNDICE

Datos Municipio.
Situación del Municipio
Datos del Ayuntamiento
Historia
Fortaleza
Monumentos
   Hernando Mendez Soto
Gastronomía
Fiestas
Turismo
Minerales
Alojamientos
Señores de Jerez
Vasco Nuñez de Balboa

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Jerez de los Caballeros fue reconquistada por Alfonso IX en 1238, donándola a la Orden del Temple, que la convirtió en la capital del Bayliato y por tanto del Fuero del Baylio.

    El Fuero del Baylío, en su origen fue una Carta Puebla o conjunto de normas fijadas por el rey, señor o propietario de un lugar, en las que se determinaban las condiciones, principalmente económicas, a las que habrían de quedar sujetos quienes poblaran o vinieran a poblar tierras que le pertenecían. El origen de los Fueros y las Cartas Pueblas está en el intento de atraer, durante la Reconquista, a zonas despobladas o fronterizas a personas que sólo accederían a ello si se les concedieran determinados privilegios.

    Los orígenes del Fuero del Baylío, que ha estado en vigor desde el siglo XIII, son desconocidos, se sabe que fue ratificado por Alfonso Téllez a Alburquerque y por el Gran Maestre de la Orden del Temple a Jerez de los Caballeros y otros pueblos de la zona. En cuanto al ámbito personal el Fuero acompaña a las personas allí donde se encuentren, salvo que se otorguen capitulaciones matrimoniales.

    El primer texto legal sobre el Fuero del Baylío, o Carta a Mitad, data de 1.778 cuando el Rey Carlos III, como respuesta de una petición realizada por la villa de Alburquerque en el sentido de que aprobara la observancia de este fuero en dicha villa, ya que algunos tribunales se negaban a reconocerle fuerza legal, dictó una Real Cédula con fecha de 20 de Diciembre aprobando la observancia del Fuero del Baylío en la villa de Alburquerque, ciudad de Jerez de los Caballeros y demás pueblos donde se ha observado. La Real carta fue recopilada, por Carlos IV, en la Novísima Recopilación de 15 de Julio de 1.805 (Ley XII, título IV, libro X).

    El Código Civil fue promulgado el 24 de julio de 1.889 y entró en vigor el día 27 del mismo mes y año. Su promulgación está regulada por la Ley de Bases de 1.888, Gaceta núm. 143, de 22 de mayo de 1.888, autorizando al Gobierno para publicar un Código Civil, con arreglo a las condiciones y bases que se establecen en esta Ley. Es importante el artículo 5. de la Ley de Bases "Las provincias y territorios en que subsiste derecho foral, lo conservarán por ahora en toda su integridad, sin que sufra alteración su actual régimen jurídico por la publicación del Código, que regirá tan solo como supletorio en defecto del que lo sea en cada una de aquellas por sus leyes especiales. El título preliminar del Código, en cuanto establezca los efectos de las leyes y de los estatutos y las reglas generales para su aplicación, será obligatorio para todas las provincias del Reino. También lo serán las disposiciones que se dicten para el desarrollo de la base 3ª relativa a las formas del matrimonio"

    Desde entonces ha sido reformado en numerosas ocasiones, la primera por Ley 21 de julio de 1904 (Gaceta núm. 206 de 24 de julio), con las sucesivas modificaciones, el matrimonio se rige por el art. 9.2. Los contrayentes que no quieran quedar sometidos a sus efectos pueden otorgar capitulaciones matrimoniales haciendo renuncia al régimen económico que establece el fuero.

    En 1.972 el Fuero del Baylío pudo tener configuración escrita, pero el proyecto compilador al final no paso de mero proyecto. Lo mismo que en 1.978, cuando se elaboró un anteproyecto que tampoco llegó a convertirse en ley. En Noviembre de 1.998 se celebraron en Olivenza, organizadas por la Asamblea de Extremadura en colaboración con el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, unas jornadas en las que se intentaron plasmar por escrito nuestro Fuero.

    El Estatuto de Autonomía de Extremadura, Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero BOE 26-02-1983, modificado por la Ley Orgánica 12/1999, de 7 de mayo, de Reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura, establece en su artículo 11.1: "Corresponde a la Comunidad Autónoma la conservación, defensa y protección del Fuero del Baylío y demás instituciones de Derecho consuetudinario". Y en el artículo 42: "La competencia de los juzgados y tribunales de la Comunidad Autónoma de Extremadura será la establecida en las leyes orgánicas y procesales del Estado. No obstante, en materia civil, se extenderá a todas las instancias y grados, incluidos los recursos de casación y revisión en cuestiones relacionadas con el Fuero del Baylío y las demás instituciones de Derecho consuetudinario extremeño"

   Pinchando sobre el Mapa del Fuero del Baylio, se entra en la información del mismo facilitada por Manuel Trinidad Martín de la Universidad de Extremadura. Es el último reducto del derecho Foral en Extremadura, de origen templario, están incluidos en este Fuero los siguientes términos:

    Alburquerque, Alconchel, Atalaya, Bazuna, Brovales, Burguillos del Cerro, Cheles, Fuentes de León, Higuera de Vargas, Jerez de los Caballeros, La Codosera, Oliva de la Frontera, Olivenza, San Benito, San Jorge, Santo Domingo, San Francisco de Olivenza, San Rafael de Olivenza, Taliga, Valencia de Mombuey, Valencia del Ventoso, Valle de Matamoros, Valle de Santa Ana, Valuengo, Valverde de Burguillos, Villanueva del Fresno, Villareal, Zahinos, y como curiosidad Ceuta (en esa época pertenecían al Obispado de Ceuta Olivenza, Ouguela y Campo Maior, hasta 1512 en que se traslado la Diócesis a Olivenza).

 

Enclaves Templarios de Extremadura

BADAJOZ

  • Aceuchal
  • Alburquerque
  • Alconchel
  • Almorchón
  • Atalaya
  • Azuaga, convento de San Bartolomé
  • Badajoz
  • Barcarrota
  • Baterno
  • Bodonal de la Sierra
  • Burguillos del Cerro
  • Cabeza de Buey
  • Cabeza de Vaca
  • Capilla
  • Castelnovo
  • Castilblanco
  • Cheles
  • El Risco
  • Esparragosa de Lares
  • Fregenal de la Sierra
  • Fuente de Cantos
  • Fuentes de León
  • Fuente del Maestre
  • Garlitos
  • Helechosa de los Montes
  • Higuera la Real
  • Higuera de Vargas
  • Jerez de los Caballeros
  • La Codosera
  • La Morera
  • La Parra
  • Lobón
  • Mérida
  • Monesterio
  • Oliva de la Frontera
  • Olivenza
  • Puebla de Alcocer
  • Puebla de Sancho Perez
  • Rena
  • Salvaleón
  • Salvatierra de los Barros
  • Siruela
  • Solana de los Barros
  • Talarrubias
  • Táliga
  • Tamurejo
  • Torre de Miguel Sesmero
  • Valdecaballeros
  • Valencia de Mombuey
  • Valencia de las Torres
  • Valencia del Ventoso
  • Valle de Matamoros
  • Valle de Santa Ana
  • Valverde de Burguillos
  • Valverde de Leganés
  • Villanueva del Fresno
  • Villarta de los Montes
  • Zahara
  • Zahínos
  • Zarza Capilla

 

CÁCERES

  • Abadía
  • Alcántara
  • Alconétar
  • Algodor
  • Almenara
  • Bernardo
  • Cabeza del Esparragal
  • Cabezón
  • Cáceres
  • Cañaveral
  • Casillas
  • Coria
  • Esparragal
  • Garrovillas
  • Hervás
  • Hinojal
  • Jarandilla de la Vera
  • Malpartida de Plasencia
  • Milano (Torremilana)
  • Mirabel (Castillo Peña del Acero)
  • Monfragüe
  • Plasencia
  • Portezuelo
  • San Juan de Mascoras
  • Santa Cruz de la Sierra
  • Santa María de Sequeros
  • Santiago del Campo
  • Segura de Toro
  • Sotofermoso
  • Santibáñez el Alto
  • Talaván
  • Torrejón el Rubio
  • Torrequemada
  • Trevejo
  • Valencia de Alcantara
  • Vega de Coria
  • Villamiel

   BIBLIOGRAFÍA ESPECIFICA

 


DATOS del MUNICIPIO.- 38º19'30''N 003º05 W Hoja MTN 875

TIPO DE ENTIDAD: Ciudad

SUPERFICIE TÉRMINO (Km2.): 740,5

ALTITUD: 505 m.

POBLACIÓN: 9.781 habitantes

DISTANCIA BADAJOZ: 74Km.

PARTIDO JUDICIAL: Jerez de los Caballeros

MANCOMUNIDAD: Sierra del Suroeste

COMARCA AGRARIA: Jerez de los Caballeros.

OTRAS ENTIDADES:

     La Bazana-poblado de colonización a 8 Km.-,
     Brovales -poblado de colonización a 10 km.-,
     Valuengo -poblado de colonización a 6 km.-

BIBLIOGRAFÍA ESPECIFICA


    SITUACIÓN del MUNICIPIO

    Geográficamente ocupa el Sur-Oeste de la provincia de Badajoz, colindante con la frontera portuguesa, asentada sobre una prominencia del terreno, con una altura media de los 500 metros sobre el nivel del mar, domina la amplísima y extensa vega del río Ardila, afluente del Guadiana. 

    Forma parte del extremo suroccidental de la Sierra del Sur, sobre un terreno accidentado y agreste dominado por dehesas de tupidos encinares.  las elevaciones más importantes son las Sierras del Madroño y San José. Posee un término municipal de 600 kilómetros cuadrados, aproximadamente. Su término es el más extenso de la región tras los de Cáceres, Badajoz y Mérida, habiéndose distinguido tradicionalmente por su abundante cabaña de ganado porcino ibérico, Crónicas del siglo XVIII señalan que en esa época, en los años malos de bellota se engordaban cuarenta o cincuenta mil cerdos; y en los buenos, el doble.

    En el año 1826, Sebastián de Miñano; en su Diccionario Geográfico Estadístico, publicado en Madrid, dice: "Ardila, Rio de España, llamado mas comúnmente Rivera, en la provincia de Estremadura, que nace en la sierra de Tentudia, cerca del monasterio de este nombre y de Montemolin, entre Cabeza la Vaca y Calera; pasa por entre Frejenal y Jerez, bañando los terminos de estos pueblos y el de Oliva y Valencita; en cuyas inmediaciones entra en la provincia de Alentejo, y luego en el Guadiana, á 1 leg. N. de Moura, recogiendo todas las aguas de las vertientes septentrionales de la sierra que separa la Andalucía de Estremadura. No tiene mas puentes que el que hay entre Frejenal y Jerez, ni mas barcas que la que esta sobre el camino de Moura á Miralleja. Empieza á ser considerable por el caudal de las aguas en la confluencia del Murtiga, que le entra por la orilla izquierda 4 leguas O. de Jerez, y viene de lo interior de la sierra, desde Jabugo, la Nava y Cumbres. Tiene diferentes vados, tanto á la parte arriba, como á la de abajo del referido puente; y en su orilla izquierda se ven considerables alturas con espesos pinares que se dilatan en toda su estensio, y tiene 2 leguas de N. á S. La derecha en el terreno comprendido desde el puerto de la Palomilla, hasta al de Valuengo, es llana, despejada y llega hasta 1 legua de Jerez"

    Según Pascual Madoz, en el año 1849 en su Diccionario Geográfico Estadístico Histórico: "Confrentes: arroyo en la provincia de Badajoz, partido judicial de Jerez de los Caballeros: nace en la dehesa del mismo nombre y sierra de Máravela, que linda con ella en el término de la última ciudad: corre por el mismo término deslindando por la derecha el de la villa de la Higuera, y entra en el de la villa de Zahinos á unirse al Golin.

    Golin: arroyo en la provincia de Badajoz; nace en la fuente del Charco, dehesa de las Silgadas, término de Jerez de los Caballeros, pasa al de Zahinos, donde se le une el arroyo Confrentes, sigue por entre este mismo término y él de Villanueva del Fresno y al acabar con este, deslinda por la izquierda el de la villa de la Oliva, después el de Valencia del Mombuey, y por la derecha sigue con el de Villanueva del Fresno á entrar en Portugal y poco después en Guadiana."


DATOS AYUNTAMIENTO

Posee como lema:."Muy noble y muy leal ciudad de Jerez de los Caballeros.

Excelentísimo Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

Plaza de la Alcazaba, s/n
06380 Jerez de los Caballeros (Badajoz)
924 73 00 11 / 73 03 63
924 75 02 04
jerez@dip-badajoz.es

Gaceta de Madrid Publicación: 16/10/1892, nº 290

Departamento: Presidencia del Consejo de Ministros

Páginas: 134 - 134

Reales decretos concediendo tratamiento de Excelencia á los Ayuntamientos de Medellín, Trujillo y Jerez de los Caballeros.

Queriendo honrar la memoria de Vasco Nuñez de Balboa, natural de Jerez de los Caballeros, y descubridor del Océano Pacífico, con motivo del cuarto Centenario del descubrimiento de América;

En nombre de Mi Augusto Hijo el Rey D. Alfonso XIII, y como REINA Regente del Reino, Vengo en conceder al Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros el tratamiento de Excelencia.

Dado en Santa Maria de la Rabida á doce de Octubre de mil ochocientos noventa y dos. MARÍA CRISTINA.- El Presidente del Consejo de Ministros .- Antonio Canovas del Castillo

DOE núm. 111 SÁBADO, 23 DE SEPTIEMBRE DE 2000

AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LOS CABALLEROS

Bandera Municipal.- Edicto de 31 de agosto de 2000, sobre Proyecto de adopción de la Bandera Municipal.

DOE núm. 49 SÁBADO, 26 DE ABRIL DE 2003

AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LOS CABALLEROS

Escudos Heráldicos.- Edicto de 11 de abril de 2003, sobre rehabilitación de escudo de armas y la adopción de la bandera municipal.

Aprobadas por el Pleno de este Ayuntamiento la rehabilitación del escudo de armas y la adopción de la bandera municipal, en cumplimiento de cuanto dispone el artículo 7º del Decreto 63/2001, de 2 de mayo, de la Consejería de Presidencia de la Junta de Extremadura, de regulación de los símbolos, tratamientos y honores de las Entidades Locales, se expone al público el expediente por quince días, a los efectos de que cuantos tengan interés en el asunto puedan examinarlo y alegar lo que estimen conveniente durante el mismo plazo.

Jerez de los Caballeros, a 11 de abril de 2003. El Alcalde, MANUEL CALZADO GALVÁN.

DOE núm. 71 MARTES, 22 DE JUNIO DE 2004

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL

Escudos Heráldicos.- Orden de 25 de mayo de 2004, por la que se aprueba el Escudo Heráldico, para el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros

El Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros ha instruido el expediente administrativo para la adopción del Escudo Heráldico.

Dicho expediente fue iniciado por acuerdo del Pleno Corporativo, en sesión de 27 de marzo 2003, en el que se expresaban las razones que justificaban el dibujo-proyecto del nuevo blasón.

Consta en dicho expediente informe del Consejo Asesor de Honores y Distinciones de la Junta de Extremadura emitido con fecha 29 de abril de 2004.

Considerando que la sustanciación del citado expediente se ha ajustado en todo a lo preceptuado en el Decreto 63/2001, 2 de mayo, por el que se regula el procedimiento para la adopción, modificación o rehabilitación de Escudos y Banderas de las Entidades Locales; y en uso de las atribuciones conferidas por el referido Decreto.

D I S P O N G O

Artículo 1.- Se aprueba el Escudo Heráldico del Municipio de Jerez de los Caballeros, cuyo diseño se recoge en el Anexo I, con la siguiente descripción:

“Trae por armas el escudo de Jerez de los Caballeros: en campo de plata, un santo en carnación, nimbado de oro, portando un cuchillo de plata en la mano diestra y un libro, de su color, en la siniestra, sostenido por un demonio, en carnación tendido a sus pies, prisionero por el cuello con una cadena de sable, acompañada en el cantón diestro del jefe por una encina de sinople, englandada de oro, y en siniestro del jefe por un manojo de jara de sinople atado con una cinta de oro; se acola con una cruz de Santiago y se timbra con una corona real cerrada”.

Contra la presente Orden, que es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Desarrollo Rural en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al que tenga lugar la publicación de esta Orden, tal como disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

También se podrá interponer directamente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden, el correspondiente recurso Contencioso Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 a) y el artículo 14.1 primera de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá impugnar en la vía contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime conveniente.

Mérida, 25 de mayo de 2004. El Consejero de Desarrollo Rural, Francisco Javier López Iniesta

DOE Núm.: 207 jueves 27 de octubre de 2011

PRESIDENCIA DE LA JUNTA

Resolución de 7 de octubre de 2011, de la Vicepresidenta y Portavoz, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se concede definitivamente una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, de carácter comercial, en la localidad de Jerez de los Caballeros, con la frecuencia 95.1 Mhz, a "Sociedad Española de Radiodifusión, SL".

DOE num. 76, miercoles 22 de abril de 2015

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Radiodifusión.- Resolución de 10 de abril de 2015, del Consejero, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de Extremadura relativo a la transformación de concesión para la explotación, en régimen de gestión directa por el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros (Badajoz), del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, de carácter municipal, en la localidad de Jerez de los Caballeros (Badajoz), con la frecuencia 107.9 Mhz, en licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual (radiofónico).


   HISTORIA

DOE núm. 23 JUEVES, 21 DE MARZO DE 1985

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Resolución de la Consejería de Educación y Cultura adjudicando las obras de "Consolidación del Dolmen de la Granja de Toriñuelo".

DOE número 72 JUEVES, 23 DE JUNIO DE 1994

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Expropiaciones.- Orden de 13 de junio de 1994, por la que se abre período de información pública en el expediente de expropiación forzosa del dolmen de Toriñuelo, en el término municipal de Jerez de los Caballeros.

CONSEJERIA DE CULTURA Y PATRIMONIO

ORDEN de 13 de junio de 1994, por la que se abre período de información pública en el expediente de expropiación forzosa del dolmen del Toriñuelo, en el término municipal de Jerez de los Caballeros.

Por Decreto 74/1994, de 17 de mayo (D.O.E. de 24 de mayo), se declaró la utilidad pública y se autorizó la expropiación forzosa del terreno en el que se encuentra enclavado el dolmen del Toriñuelo, en el término municipal de Jerez de los Caballeros, para su revalorización y excavación arqueológica.

El artículo 15 de la Ley de Expropiación Forzosa prevé que, declarada la utilidad pública, la Administración resolverá sobre la necesidad concreta de ocupar los bienes indispensables para el fin de la expropiación.

Por lo cual, en uso de las atribuciones que me están conferidas

D I S P O N G O

PRIMERO.

Se abre un período de información pública durante un plazo de quince días, de acuerdo con los artículos 18 y 19 de la Ley de Expropiación Forzosa, durante el cual cualquier persona podrá examinar el expediente, en horas de oficina, en la Dirección General de Patrimonio Cultural, y aportar por escrito los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación que se adjunta u oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. En este caso se indicarán los motivos por los que deba considerarse preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de otros derechos distintos, y no comprendidos en la relación, como más convenientes al fin que se persigue.

SEGUNDO.

Las alegaciones se presentarán, por escrito, ante la Consejería de Cultura y Patrimonio, Dirección General de Patrimonio Cultural, sita en C/ Sancho Pérez n.º 6 de Mérida, en horas de oficina.

TERCERO.

Publíquese el anuncio de la presente información pública en el Diario Oficial de Extremadura, en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en el Diario «Hoy» y expóngase en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros.

Mérida, 13 de junio de 1994.

El Consejero de Cultura y Patrimonio, Antonio Ventura Díaz Díaz

RELACION INDIVIDUALIZADA DE BIENES DE NECESARIA OCUPACIÓN

Rústica: terreno con una superficie de 6.729,79 m.2, al sitio del Toriñuelo, donde se encuentra enclavado el dolmen del mismo nombre, que linda al Norte con embarcadero y naves para ganado pertenecientes a la finca que se describe más adelante; al Este y Sur, igualmente, con finca de la que forma parte; y Oeste, con camino de acceso a la finca, que se corresponde con la Cañada Real de Salvaleón.

Todo ello forma parte de la finca denominada de la Granja, término municipal de Jerez de los Caballeros, integrada por las cercas llamadas Llanos del Palacio, de La Vivorosa, de Las Lágrimas, del Toriñuelo, de las Medianas Altas, de Los Llanos del Tinahón, y del Medio. La atraviesa, de poniente a saliente, la carretera que desde Jerez de los Caballeros conduce al Puerto de Santo Domingo, así como el ferrocarril de Zafra a Villanueva del Fresno, con apeadero en la misma finca, el camino viejo de Burguillos, el de Valle de Santa Ana, el denominado de la Granja, el de las Yeguas y el titulado de Ntra. Sra. de los Remedios, y los arroyos de las Yeguas de María Gallego y del Gomel.

 Ocupa una extensión superficial de quinientas sesenta y seis hectáreas, dieciocho áreas y tres centiáreas. Linda, al Norte con huerta de Las Lajas, de Diego Méndez Patelero, en la parte de otra huerta del mismo nombre y sus agregados que pertenecen a la cerca llamada Llanos del Palacio, de la finca descrita, la Dehesa del Monte de Sanabria y la Cerca de las Pájaras; Este, con el camino de Santa Ana, que la separa de la indicada Cerca de las Pájaras, con esta misma cerca, el arroyo de Brovales en la parte de las Cercas de las Medianas, la del Coto, y la de las Medianas Bajas de Don Juan Peche y Valle, y con porción segregada y expropiada por el Instituto Nacional de Colonización, inundada por el pantano de Brovales; Sur, carretera desde Jerez de los Caballeros al Puerto de Santo Domingo, en la parte de las Cercas de las Medianas, con la Cerca de la Fresnera y la Dehesa de las Almendreras y con terrenos segregados y expropiados por dicho Instituto Nacional de Colonización; y Oeste, con la porción segregada y vendida a la compañía Mercantil «Minera de Andévalo, Sociedad Anónima», y con Dehesa de las Almendreras, Cerca de igual nombre y de María Gallego y Gómez y Egido de la Sierra de Buenavista.

Figura inscrita con carácter presuntivamente ganancial a nombre de Don Juan de Dios Rodríguez-Pina Cruz, casado con Doña María Blanco del Piñal, el cual la adquirió por compra a la «Sociedad Castillo de la Granja, Sociedad Anónima», en escritura de compraventa otorgada en Sevilla el día veintiocho de marzo de mil novecientos ochenta y cinco ante el notario de Sevilla Don Alfonso Cruz Aunión, y que causó la inscripción 6.ª de la finca número 4.706, al folio noventa y uno vuelto, del Libro 112 de Jerez de los Caballeros, Tomo 369 del Archivo General.

Ministerio de Cultura (BOE de 01/12/1981)

Resolución de 27 de octubre de 1981, de la Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas, por la que se tiene por incoado expediente de declaración de monumento histórico-artístico, de carácter nacional, a favor del yacimiento arqueológico de la villa romana de «El Pomar», en Jérez de los Caballeros (Badajoz).

Vista la propuesta formulada por lo. Servicios Técnicos correspondientes,

Esta Dirección General ha resuelto,

Pr1mero.-Tener por incoado expediente de declaración de monumento histórico-artístico, de carácter nacional, a favor del yacimiento arqueológico de la villa romana de El Pomar, en Jerez de los Caballeros (Badajoz).

Segundo.-Disponer. con arreglo al articulo 91 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958; que se conceda audiencia a las interesados, si los hubiere, una vez instruido el expediente.

Tercero.-Hacer saber al Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros que, según lo dispuesto en los artículos 17 de la Ley de 13 de mayo de 1933 y 6.· del Decreto de 22 de julio de 1956. todas las obras que hayan de realizarse en el monumento cuya declaración se pretende. en su entorno propio, no podrán. llevarse a cabo sin la. aprobación previa del proyecto correspondiente por esta Dirección General.

Cuarto.-:Que el presente acuerdo se publique en el Boletín Oficial del Estado.

Lo que se hace público para general conocimiento. Madrid. 27 de octubre dé 1981- El Director general Javier Tusell Gómez.

DOE núm. 32 SÁBADO, 16 DE MARZO DE 1996

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Concurso.- Resolución de 5 de marzo de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación de las obras de intervención en la villa romana del Pomar en Jerez de los Caballeros, mediante concurso, por el sistema de procedimiento abierto.

DOE número 57 SÁBADO, 18 DE MAYO DE 1996

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Adjudicación.- Resolución de 26 de abril de 1996, por la que se adjudican definitivamente las obras de intervención en la Villa Romana del Pomar en Jerez de los Caballeros.

A los efectos de lo prevenido en el artículo 94.2 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, se hace pública la Resolución de Adjudicación Definitiva, mediante Concurso, por Procedimiento Abierto de fecha 26 de abril de 1996, correspondiente a las obras de Intervención en La Villa Romana del Pomar en Jerez de Los Caballeros, a favor de la Empresa Alfonso García Contreras, por la cantidad de 6.204.452 Ptas (I.V.A incluido).

DOE núm 136 SÁBADO, 23 DE NOVIEMBRE DE 1996

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Concurso.- Resolución de 8 de noviembre de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación de las obras de consolidación de la Villa Romana del Pomar en Jerez de los Caballeros, mediante concurso, por el sistema de procedimiento abierto, en vía de urgencia.

DOE núm. 150 JUEVES, 26 DE DICIEMBRE DE 1996

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Adjudicación.- Resolución de 12 de diciembre de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se adjudican definitivamente las obras de consolidación de la Villa Romana del Pomar en Jerez de los Caballeros.

DOE núm. 22 MARTES, 24 DE FEBRERO DE 1998

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Concurso.- Resolución de 13 de febrero de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación de las obras de: Restauración de la casa romana del Pomar, en Jerez de los Caballeros

DOE núm. 55 SÁBADO, 16 DE MAYO DE 1998

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Adjudicación.- Resolución de 5 de mayo de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se adjudican definitivamente las obras de restauración Casa Romana del Pomar en Jerez de los Caballeros. Adjudicación. a) Fecha: 05/05/98. b) Contratista: Rest. García Alvarez, S.L. c) Nacionalidad: Española. d) Importe de adjudicación: 7.595.898 pesetas.

    Gracias a los restos existentes, podemos saber que a finales de la Prehistoria ya estaba poblada según se deduce del yacimiento arqueológico del "Dolmen del Toriñuelo" en la Dehesa de la Granja, y dolmenes de Valcavado y Palomilla

    En este lugar se identifica el núcleo fenicio de Seria o Céret; nombre que se mantuvo a principios de la dominación romana como confirma el calificativo de Ceretanus inscrito en una lápida sepulcral. Otras fuentes las identifican con "Cerriana", citada por Plinio y de origen fenicio.

    Una vez romanizada la zona recibe el nombre de Fama Iuli o Caeriana romana estando incluida en la provincia de Lusitania. Restos de su importancia en esta epoca son la "Villa Doméstica de el Pomar" con importantes mosaicos, inscripciones funerarias,la calzada del Alto del Empedrado, los puentes "Puente Viejo" sobre el río Ardilla, el puente de "El Pontón", así como innumerables inscripciones aras funerarias y estelas.

    Rasgos visigodos los hallamos en una basa de mármol de la Iglesia de Santa Maria de la Encarnación que contaba en sus aledaños con una necrópolis, fue consagrada durante el reinado de Atanagildo, el día 24 de diciembre del año 556, convirtiéndose así en la primera iglesia datada en España de origen visigodo, siendo esta fecha el correspondiente al día noveno de las kalendas de enero de la era 594, según atestigua la columna encontrada al hacerse el retablo de Santa Catalina de Siena. Así como fragmentos decorativos descubiertos a varios kilómetros de la ciudad y en las dehesas de la Mata y la Alcozaba se encontraron lápidas sepulcrales de los años 514 y 662.

    En 711, tras la batalla de Guadalete, Jerez pasa a estar bajo dominio musulmán; cambiando su nombre por el de Xerica o Xeris, antecedente del actual de Jerez. Figurando en las crónicas de El-Idrisi y Al-Umari, en los años del del siglo XII, como uno de los centros más importantes de Extremadura en el periodo musulmán.

   Testimonios de tan rico pasado son sus numerosos dólmenes, entre los que sobresale el del Toriñuelo, y las tumbas antropomorfas del ámbito de la Bazana; la villa del Pomar; los puentes de la Bazana y Brovales; la calzada Alta del Empedrado, y abundantes lápidas y otros vestigios romanos; los hallazgos de la Alcobaza y La Mata, o la columna visigótica de la iglesia de Santa María de la Encarnación.

    En 1230 Alfonso de León recupera la ciudad del dominio árabe. Fernando III el Santo, repobló el lugar con gentes de Galicia y recibió el nombre de Jerez de Badajoz cediéndola mas tarde a la Orden del Temple para su custodia; a partir de este momento Jerez pasa a conocerse como Jerez de los Caballeros, convirtiéndose en la capital del poderoso Bayliato. Después de la disolución de la Orden del Temple en 1312, perteneció a la Corona.

    Esta población, con el nombre de Jerez de Badajoz, la sujetó en 1253 á la jurisdicción de Sevilla y concedió su fuero el rey D. Alfonso X. El maestre de la Orden de Santiago D. Fernando Osorez concedió á 25 de Junio de 1371 diferentes peticiones de sus vecinos que en 24 capítulos componían su nuevo fuero. Chaves en su Apuntamiento Legal, pag.51, inserta parte de este documento.

    En 1.335 tuvo lugar la entrevista de Alfonso IX, con su abuela la Reina de Portugal Santa Isabel, acudiendo desde Sevilla.

    Enrique II, el de las Mercedes hizo en 1.370 la donación del Castillo y la "Villa de Xerez" a la Orden de Santiago, la población se integró de forma definitiva como Jerez de los Caballeros, siendo uno de sus maestres Don Juan Pacheco, quien restauró sus torres y murallas. Iniciándose con ello un proceso de desarrollo, que haría de Jerez de los Caballeros uno de los centros más destacados de toda Extremadura por su poderío y riqueza. Prueba de ello es que no formaba parte de ninguna Encomienda, dependiendo directamente de la Mesa Maestral de la Orden de Santiago.

    No es con lo fenicios, romanos o los árabes, con los que Jerez conoce la fama y encontrar una presencia importante en la historia. Debe de esperar al descubrimiento y conquista del Nuevo Mundo. Vasco Núñez de Balboa, el descubridor en 1513 del Mar del Sur, llamado mas tarde, Océano Pacífico y su expedición al Perú, llamado País del Oro, llevan a Jerez a ocupar su sitio preponderante en la Historia.

    Hacia 1494 Jerez es una villa rica, con un comercio floreciente, comenzando su expansión extramuros de la ciudad, hasta que en el siglo XVII surgen guerras contra Portugal y posteriormente la Guerra de Sucesión y la Guerra de la Independencia provocando un estado de decadencia hasta que en 1886 se crea el Marquesado de Jerez a favor de Don Guzmán y Boza.

    Convertida en Cabeza de Partido santiaguista, en igualdad con Mérida y Llerena, en 1525 recibió de Carlos I el título de Ciudad, rango que en esa época tan sólo detentaban en la Baja Extremadura, Badajoz y Mérida y a sus caballeros el privilegio de entrar con espada en la Casa del Concejo. En el aspecto histórico Jerez de los Caballeros resulta pues, núcleo inseparable también de la Orden de Santiago, bajo cuya influencia consolidó sus mejores realidades y adquirió su condición y personalidad más definitoria. Y en lo monumental, excepción hecha del foco emeritense, el conjunto más completo, quizá, de todo el territorio bajo-extremeño.

    De mediados del siglo XVI datan sus principales edificios particulares y públicos, siendo en este momento también, cuando se remodelan las iglesias, se fundan instituciones, surgen ermitas y fundaciones hospitalarias y de otra especie y se disponen equipamientos, muchas de cuyas realizaciones, como casi todas las fuentes, o el importante puente viejo de la Bazana, aún perduran.

    Antonio Ponz en su "Viage de España", TomoVIII, Segunda Edición publicado en Madrid el año 1784, escribe:

   "Xerez de los Caballeros, ciudad reputada por de dos mil vecinos, cuya jurisdiccion eclesiástica. pertenece á la Orden de Santiago, está situada al fin de una llanura distante del Valle de Matamoros una legua; el qual Valle, y Santa Ana, que se ha referido, son sus Aldeas. Tiene quatro parroquias, seis conventos de Monjas, y dos de Frayles. El sitio que ocupa la ciudad es muy desigual: su término fecundísimo, y de diez y seis leguas en redondo, dentro del qual se reputa que hay mas deé doscientas dehesas, casi todas de Señores establecidos en otras partes; pero muy pocas tierras de labor. Se cuentan en dicho término sesenta y nueve fuentes, sin entrar las copiosas que hay en la ciudad, y las muchas del Valle de Matamoros, y de Santa Ana. Rodrigo Mendez Silva hace llegar el número de ellas á trescientas sesenta y seis, todas de aguas exquisitas, y saludables: es regular que cuente las copiosas, y las que no lo son: de todos modos con tanto término, y tanta agua repartida en él, ¡ quántos pueblos podría haber, y quántos mas vasallos podría tener el Rey, si hubiera verdaderas ideas de poblacion ! . A lo que se agregaría la mayor utilidad de los dueños de dicho territorio.

    En orden á las bellas artes poco, ó nada he visto dentro de Xerez., que no sean costosas obras, y de poco artificio; empezando por sus tres ridículas, y altas torres de S. Bartolome , S. Miguel, y Santa Catarina: por el mismo término puede V. hacer cuenta que van los altares, y ornatos de sus iglesias; en cuyos gastos parece que compite la piedad, y generosidad de los moradores de Xerez; y es lastima, que estos caudales no se expendan en obras obras perfectas quanto sea posible, y correspondientes á ciudad tan digna. En las casas principales de Xerez hay jardines con árboles de naranjos, limones y otros muy frondosos.

    Antiguamente cercaba á la ciudad una muralla muy fuerte; pero se va destruyendo, y fabrican casas sobre sus ruinas. D. Francisco Cevallos y Zúñiga, de la Orden de Santiago, y Juez Eclesiástico, me dixo, que por muy buenos documentos se sabe, que Xerez llegó á tener de siete á ocho mil vecinos. Lo cierto es, que si su bello, y dilatado término se reduxese á cultivo, podría haber en él muchos pueblos, que bien repartidos excediesen, y aun doblasen dicha vecindad. Llamóse esta ciudad de los Caballeros por haberla dado S. Fernando III. á los Caballeros Templarios en recompensa de álgunos servicios.

    Para ir desde Xerez á Frexenal se va baxando casi una legua hasta un riachuelo, que vulgarmente llaman la Ribera: creo que su nombre es Ardilla y no tiene puente por aquel camino, cosa increíble en territorio de tal ciudad. Con lo que costaria una de las tres torres, que nombré, hubiera bastado para construir media docena de buenos puentes, segun el porte de este riachuelo.

    Continuando por la serranía, que como dixe, empieza antes de llegar á Barcarrota, á la legua de camino, con poca diferencia, se llega á un rio llamado Alcarrache, al fin de una gran cuesta; y aunque en verano lleva muy poca ó ninguna agua, en el invierno, es de mucho riesgo á los pasageros por falta de puente. Poco antes de llegar al rio; tiene su principio un monte de roble, y encina, que continúa despues cerca de dos leguas, en parte claro, y en parte espeso. Se va siempre subiendo hasta un puertecillo, que está al fin de él, y de allí se descubre ácia oriente un dilatado valle, del qual se levantan muchas lomas cubiertas de de espesuras, viñas, y olivares. A la mano izquierda viniendo desde Badajoz, quedan no muy distantes del camino, á lo que me dixo el que nos guiaba, los pueblos de Almendral, la Torre, Burguillos, Salvaleon, Salvatierra, Feria, Nogales, y otros.

    Caminando desde dicho puertecillo se encuentra brevemente en la ladera de unos altos cerros, y se, pasa por dentro del lugar llamado Valle de Matamoros, é inmediatamente junto al camino hay otro, que se llama Santa Ana , ambos deliciosísimos, llenos de huertas, fuentes, olivares, castañares, viñas, frutales, y de quanto puede apetecerse, no cediendo en nada á los mas frondosos de la Vera de Plasencia; de suerte, que para pasar en ellos un verano, no se puede apetecer cosa mejor por estas tierras."

    A mediados del siglo XIX, La Parra pertenecía al Partido de Zafra, y a la Audiencia Territorial de Cáceres y eclesiásticamente a la Diócesis de Badajoz, de la cual era arciprestazgo con silla en la Catedral de Badajoz y en la Colegial de Zafra. Los pueblos que comprendían el Arciprestazgo eran: Morera, Nogales, Torre, Almendral, Valverde de Leganés, Salvaleon, Barcarrota, Salvatierra, Feria, Alconera, Villalba, Solana, Albuera y Santa Marta

    En el Interrogatorio de la Real Audiencia, Partido de Badajoz, realizado el 10 de marzo de 1791 paginas 353 a 372, se dice:

    "En la villa de Zafra dia nueve del mes de febrero año de mill setecientos noventa y uno, el Señor Don Juan Antonio de Ynguanzo del Consejo de Su Majestad, oidor de la Real Audiencia de Caceres y comisionado del Supremo Consejo de Castilla para la visita de los pueblos del Partido de Badajoz en que se comprehende la ciudad de Xerez de los Cavalleros, dixo: que siendo forzoso detenerse un poco en la visita de la dicha ciudad, para proporcionar el tiempo necesario a la visita de los otros pueblos del partido, devia mandar y mandó que con anticipacion se escriva al señor alcalde maior de dicha ciudad Don Buenaventura Nicolas Martinez Carballar, acompañando un exemplar de la ynstruccion e ynterrogatorio, para que con arreglo a sus cincuenta y siete capitulos baia disponiendo su informe de cuanto se le ofreciere, valiendose a este fin de las personas del auintamiento u otras que puedan facilitarle las noticias que se piden, de modo que se halle evacuado dicho informe al tiempo del arribo de Su Señoria a aquella ciudad, cuia dia se señalara y avisará con anticipacion a dicho alcalde maior; a quien se le encargara que en caso de no haver commodidad en el meson para travajar con la quietud y sosiego que es necesario, disponga un alojamiento que no tenga sino lo preciso para la vivienda de Su Señoria, del escrivano de la comision y de un criado, cuio alojamiento pudiera bastar en casa de algun vecino, en donde se costease el gasto de la manutencion a expensas de Su Señoria. As¡ mismo se encargara a el referido alcalde maior que de la ynstruccion mande poner una copia en los libros capitulares, reteniendo el exemplar impreso para los usos que pueda combenir y debolbiendo el ynterrogatorio para incorporarlo en el expediente que se ira formando sobre la visita de dicha villa.

    Y tambien se le dira que mande a todos los escrivanos numerarios o de comision existentes dentro de aquella jurisdiccion, que a la maior brevedad certifiquen de todos los pleitos civiles y criminales en que haian actuado y se hallen pendientes en primera ynstancia o en grado de apelacion, sin omitir las causas de qualesquiera fuero y sin otra excepzion que las del fuero militar y las economicas de la Real Hacienda, y dando razon del principio de dichos pleitos, materias sobre que recaen y su estado. Y pudiendo combenir mucho para la ynstruccion de Su Señoria que informase el señor gobernador de la misma ciudad Don Fernando de Mena y Solis, se les escriba separadamente una carta atento, rogandole que manifieste su dictamen sobre todo lo que conciba ser util a los yntereses de la referida ciudad y para el mismo efecto se pida igualmente informe a los señores coronel de milicias Don Juan de Quevedo, Marques de Reanzuela, Conde de la Corte de la Berrona y señores parrocos de San Miguel, Santa Maria, San Bartolome, y Santa Catalina.

    Y por este su auto asi lo proveyó y firmó Su Señoria, de que doy fe. Don Juan Antonio de Ynguanzo. Ante mi Tiburcio Pardo.

    En el dia de oy once de dicho mes y año entregué a Antonio Trejo para que llebase al señor alcalde mayor de Xerez de los Cavalleros la ynstruczion e ynterrogatorio con oficio y otros para los señores cura de San Miguel, de San Bartolome, de Santa Maria y Santa Catalina, al señor governador, Marques de Reanzuela, Conde de la Corte y Don Juan de Quevedo, doy fe. Tiburcio Pardo.

    En cumplimiento de las precedentes de Vuestra Señoria, por ausencia en evaquacion de superior cometido del alcalde maior, con arreglo al ynterrogatorio que con ella comunica y por su orden para la puntual obserbanzia y mejor ydea para la ynstruccion que se apetece, debo ynformar.

    Que esta ciudad se titula de Jerez de los Cavalleros, territorio de la orden y cavalleria de Santiago, es caveza de Partido, dista de la villa de Cáceres veinte y tres leguas; su extension en termino es en latitud de dos leguas con unos pueblos y con otros de más, en circunferencia tiene quince leguas, quatro de oriente a poniente y otras quatro de sur a norte; confina a oriente con termino de Burguillos, a el sur con el de Fregenal e Yguera la Real, a poniente con el de Oliba y Zainos, y al norte con de Barcarrota y Salbaleon; la distancia que ai de la dicha ciudad a los confines de los citados pueblos es en unos de dos leguas y dos y media, y en otros de legua y media.

    Los dichos pueblos confinantes, a excepcion del de Fregenal e Yguera la Real que son realengos y del territorio de la Audienzia de Sevilla, son de señorio y conforme a el Real Decreto de establecimiento de la Real Audiencia de Cáceres corresponden a esta y todos de la demarcacion del Obispado de Badaxoz.

    Esta dicha ciudad tiene por primera caveza un governador cavallero de la Orden de Santiago, con los titulos de capitan de guerra, juez conservador de montes y plantios y subdelegado de Rentas Reales por lo tocante al casco de la ciudad; el salario de estos empleos es anualmente el de 10614 reales y 28 maravedies, los 4714 reales y 28 maravedies por la mesa maestral como governador y guarda maior de montes, los 4400 reales en Rentas Provinziales, de estos los 3300 de suelgo anuo y los otros 1100 por merito particular con que Su Majestad se ha dignado atender a el actual, y los 1500 reales de los propios y arvitrios; sus emolumentos en un real de vellon por cada firma en autos, declaraciones, despachos y licencias y tercera parte de todas las denuncias.

    Asimismo tiene un alcalde maior juez de letras, que en la actualidad lo es el lizenciado Don Ventura Martinez de Carballar abogado de los Reales Consejos, sin comision ni subdelegacion, su salario anuo es el de 2205 reales y 30 maravedies vellon que se le satisfacen por la mesa maestral y los emolumentos a motibo del corto salario lleba de derechos en las causas los que figura en su firma.

    El numero de abogados es el de seis, los quatro seculares y los dos eclesiasticos; el de procuradores siete y el de escribanos ocho, incluso el de rentas, los quatro reales y los otros quatro del territorio de las ordenes, en todos suficiente numero con respecto al vecindario; el numero de subalternos es un alguacil maior y cinco tenientes, de estos los tres de campo y tenientes de montes, estos con el salario de ciento y cincuenta ducados anuos cada uno y aquel el de doscientos, a los que se satisface a prorrata por los dueños de deesas en virtud de Real Provision del Supremo Consejo de Castilla y los otros dos para el govierno de las diligencias concernientes al casco de la ciudad y sus dos valles de Matamoros y Santa Ana y tres ministros ordinarios sin salario, y el arancel que se obserba en los juzgados es el establecido por la Real Chancilleria de Granada.

    El vecindario de esta dicha ciudad es de 2041 vecinos, su aplicacion y oficios de labradores, artesanos y menestrales y el numero de cada clase es a saver: del estado de hijosdalgo 65, del estado general 1890 y del eclesiastico 86, de todo este numero no ai gremio alguno con ordenanzas aprovadas. Las dibersiones comunes de estos naturales, sin nota o inclinazion a algun vicio, son racionales; los jornaleros no biben con abuso, pues en alguno que se conoce se corrige y el precio corriente de los jornales es moderado.

    En la predicha ciudad ay quatro abastos publicos por arriendo, primero de carnes, segundo de bacalao, tercero de vino y aceite y quarto de jabon, todos sugetos al pago de Reales Derechos en la administracion de rentas provinciales y el de vino y aceite del salario anual de trescientos ducados para dotacion de un medico. Los pesos y medidas que se usan son en quanto a vara la castellana y en quanto a medida es varia segun las especies, lo mismo que sucede en los pueblos confinantes arregladas al marco de esta ciudad.

    En la propia ciudad ay casa de ayuntamiento, con otra contigua para havitacion del governador consistente al sitio de la plaza de San Miguel y en otro diverso real carcel, de vastante capacidad estos edificios y no hay otros notables en los urbano sino el quartel. Ay un archibo publico y un oficio de hipotecas. En la misma ciudad ha habido mui grabes e irreparables perjuicios en los protocolos y oficios publicos en los escribanos que fueron de ella, no por falta de cuidado en haverlos recogido al tiempo de su fallecimiento, si por el destrozo que causo en los primeros años del presente siglo con la Guerra de Sucesion los enemigos de la Real Corona en dos ymbasiones que hicieron a esta dicha ciudad, mas lo que quedó y despues todo lo que se ha actuado se halla en seguridad.

    Las calles de esta ciudad se hallan limpias en quanto permite su situaion pendiente y son de regular anchura. Ai en esta ciudad tres mesones con quadras proporcionadas y zaguanes para el descargadero y aunque las demas comodidades que tiene son cortas, se hallan bien reparados. Salen de esta ciudad siete caminos reales, as¡ de erradura como de ruedas, todos con necesidad de componerse por su mal estado, el primero a la villa de Burguillos de erradura por la Deesa de la Granxa, otro de ruedas que llaman de San Benito y sirbe para dicha villa de Burguillos, Fregenal y carrera de Sevilla, otro de erradura para Badaxoz por los valles de Santa Ana y Matamoros, otro de ruedas para dicha capital por la Deesa de Margarita, otro de erradura para la villa de Salbaleon por el Callejon del Piñero, otro para las villas de la Parra y Salbatierra tamvien de erradura, y otro para las de Oliba y Zainos. No ai algunos real de travesia mas que aquellos que pasan de unos a otros pueblos y los que usan los vecinos para el trafico de sus labores y ganaderias. La reparacion de todos ellos segun consta por diligenzias obradas en virtud de orden del Excelentisimo Señor Conde de Floridablanca, su fecha 13 de diciembre de 1784, consiste en 39642 reales y 22 maravedies vellon, mas no han ocurrido desgracias de consideracion.

    En esta ciudad no se celebra feria alguna y si solo un mercado en los dias primeros del mes de setiembre, a que de los reinos de Andalucia concurre porcion de esparto labrado, de que se surten los labradores as¡ de esta ciudad como de las villas de su circunferencia y aunque el termino de esta ciudad es abundante en la cria de ganados bacunos y de cerda y engrose de estos, la corta mediacion a la villa de Zafra en que se celebran tres ferias anuales y buena proporcion que regularmente ai en la venta del ganado de cerda carnoso, evita necesidad de establecimiento de ferias en esta dicha ciudad, en la que no ai mas comercio que el que se tratan los tenderos en generos y ropas de seda, lana, quinquilleria y otras cosas que sirben al comun surtimiento, valiendose dichos tenderos para ellos de traer dichos generos, as¡ de la ciudad de Sevilla como de las ferias de Zafra y Medellin, manejandose cada uno por si solo y sin compañia alguna para dicho fin.

    No ai en esta ciudad fabrica alguna mas que de una corta porcion de corambre, asi de bacuno, como de cabrio y lanar, que la primera no es vastante para el consumo de sus avitantes, pues viene a venderse suela de la fabrica de la villa de Aracena y asimismo se tegen de onze a doze mil varas de lienzos y estopas ordinarios en cada un año, cuia operacion egercitan distintas mugeres cada una en su casa y tamvien algunas estameñas de lino y lana, valiendose para sus tintes del añil que viene a venderser, palo de campeche y la granza o rubia que suele criarse aunque mui escasa en el termino de esta ciudad.

    Y seria comveniente se estableciese en ella una fabrica de estameñas y escuela de ylaza con casa de hospicio y recoleccion de vagos y mendigos que se empleasen en ella, segun lo acordó la junta de caridad en virtud de la Real Cedula de Su Majestad y señores de su Real y Supremp Consejo de Castilla, dada en el Pardo a 3 de febrero del año pasado de 1785, sobre que se representó a dicho supremo tribunal en 14 de junio de el de 87, manifestando los fondos que pudieran serbir para tan importante establecimiento.

    Los propios y arbitrios de esta ciudad consisten: los primeros en el ramo del fiel almotacen y los segundos en las yerbas de la Deesa de la Mata de Concejo, yerba y vellota de la de la Contienda, terrazgo y rastrojo de las cortas porciones de egido que se labran y siembran quando corresponde a jiro, puestos publicos de vino y aceite, producto de maquilas del molino de la albuera y seis mil reales en el valor de las yerbas de la Deesa Boyal de la Zafra, que por quinquenio producen anualmente unos y otros efectos diez y seis mil reales, que se imbierten en los fines establecidos por el reglamento aprobado por el Real y Supremo Consejo de Castilla, sin que haia otros caudales públicos que no estén comprendidos en dichos ramos.

    En esta ciudad ai depositario de penas de camara, en cuia cantidad no puede darse regla fija y la cuenta con su producto anual se remite a la tesoreria de maestrazgos por mano del Excelentisimo Señor Conde de Campomanes, con arreglo al capitulo 23 de la Real Ynstruccion de los años de 1748 y 49. En esta ciudad ai ordenanzas municipales, aprovadas por el Real Consejo de las Ordenes en 10 de junio del año pasado de 1758.

    Ai una curia eclesiastica con un fiscal, un notario y un alguacil de vara, se govierna en quanto a emolumentos por el arancel establecido por la dicha Real Chancilleria de Granada. Tiene quatro parroquias tituladas de Santa Maria, San Miguel, San Bartolomé y Santa Catalina, su dotacion consiste en una casa cañama que le está señalada a cada una por la percepcion de diezmos y primicias, y sus emolumentos se reducen a los rompimientos de sepulturas de los feligreses u otros que en ellas se entierran, tienen algunos vienes que con carga le han dejado los devotos; en cada uno y su respectiba vacancte nombra parroco el Real Consejo de las Ordenes en vigor de concurso y oposicion. No ai cementerios, necesidad si y sitios donde comodamente se pueden hacer, que será mui util a la salud publica.

    Ai un solo beneficio reunido en virtud de Real Orden, toca al Real Patronato, las fincas de su dotacion son dos deesitas, su carga, etc.; sin que tenga la circunstancia de residencia personal. En quanto a capellanias se remite el ynforme a la certificacion del notario de la curia eclesiastica.

    Ai dos hospitales, uno para curar a pobres enfermos y otro para recoger a los peregrinos. Nuebe obras pias laicales, de estas la que fundó Juan Gonzalez Bazquez, dotada de ocho mil ducados ympuestos a censo sobre los propios de la villa de Cabeza la Baca y de una casa, son patronos en posesion los sindicos generales personeros de esta ciudad. La que fundó Don Alonso Diaz Gata, dotada de algunos vienes raices y de otros censos, su patrono la reverenda abadesa y religiosas del Comvento de Consolacion de esta dicha ciudad. La que fundó Don Antonio de Silba y Mendoza, dotada de algunos vienes raices y censos, su patrono el Excelentisimo Señor Conde de Fernan Nuñez. La que fundó Doña Mencia Pinel de Villalobos, dotada de una parte de deesa en este termino, su patrono Don Juan Mesia de Monrroy vecino de la de Llerena. La que fundó Don Diego Becerril, dotada de la maior parte de la Deesa de Chanca de este nombre y de algunos censos, su patrono el cura parroco de la Yglesia de San Miguel. La que fundó Beatriz de Bargas y Pantoja, dotada de partes de deesa en este termino, su patrono el Conde de los Corbos. Y la que fundó el lizenciado Luis de Buitrago, dotada de vienes raices y censos, su patrono el presbitero Don Pedro Reales.

    Se administran cada una por dibersa persona, de la relatiba a Chanca becerril conoce la Real Chanzielleria de Granada y tiene retenido todo el conocimiento de esta misma; de la que fundó Doña Mencia Pinel conoce la curia eclesiastica y de las otras la Real Jurisdicion de esta dicha ciudad.

    Ai en esta ciudad once hermitas, las tres de ellas dentro de la poblacion y las restantes en sus ynmediaciones, a excepcion de la de Santa Maria de Brobales que dista legua y media, todas sin mas circunstancias que la de particular debocion de sus santos, a quienes en sus respectibos dias se celebra fiesta de misa cantada con sermon, procesion y concurrencia de los fieles, mas no se experimenta que éstas sean ocasion de quimeras. No tiene rentas y si se costean dichas fiestas de las limosnas que questuan las personas que se hacen cargo de este culto y en la maior parte de ellas residen hermitaños o personas que cuidan de su aseo nombradas por las primeras.

    Ai asi mismo en esta ciudad tres conventos de religiosos, los dos de ellos con el nombre de Aguas Santas y Santa Margarita, de las mas estrecha obserbanzia de Nuestro Padre San Franzisco y provinzia de San Gabriel, que solo dependen de las limosnas que questuan, y el otro de Nuestro Padre San Agustin, que ygualmente depende de dichas limosnas y de las cortas rentas que posee. El número de yndividuos en el de Agua Santa es el de 33, los 22 profesos, 5 legos, 4 donados, un niño y un criado; el de Santa Margarita en 21, los 12 profesos, 3 legos, 5 donados y un criado; y el de San Agustin en 20, 17 profesos y 3 legos.

    Ai ygualmente seis comventos de religiosas, los tres de ellos con el nombre de Consolacion, la Gracia y la Santisima Trinidad, de la filiacion del ordinario diocesano; y los otros tres con el nombre de Madre de Dios, la Esperanza y la Luz, que son de la filiacion de la provincia de San Franzisco y regular obserbanzia con el nombre de San Diego. Que los unos y otros dependen de sus rentas y nóminas, que les contribuie Su Majestad de cincuenta fanegas de trigo a cada combento, y a su ingreso contribuie cada una con su dote segun el convento en que entra de quinientos a setecientos ducados. El numero de yndividuas en el de Consolacion es de 25, las de 20 de velo negro, 2 novicias y 3 legas; en el de la Gracia de 18, la 15 de velo negro y las 3 legas; en el de la Santisima Trinidad 17, las 14 de velo negro y las 3 legas; en el de Madre de Dios 23, las 18 de velo negro, una novicia y 4 legas; en el de la Esperanza 21, las 18 de velo negro y las 3 legas; y en el de la Luz 19, las 16 de velo negro y las 3 legas. En cuios conventos, a excepcion de el de Nuestro Padre San Agustin en que se enseña publicamente gramatica y filosofia, no ai escuela ni cátedra publica ni pribada.

    Ay 5 escuelas de niños y 4 de niñas de primeras letras, un preceptor de gramatica, los unos y éste sin dotacion. Ay una administracion o estafeta de correo para esta ciudad y las villas de Oliba y Zainos, se reciben cartas los martes y sabados de cada semana y salen los dias lunes y viernes; una administracion de Rentas Reales de tavaco, otra de salinas, otra de Rentas Provinziales y otra de loteria. La de correos solo el administrador, la de tabacos otro tal y un oficial contador, la de salinas solo el administrador, la de Rentas Provinziales un administrador, un contador, un segundo oficial y un fiel de abastos, con diferentes guardas de puertas y calle, y la de loteria solo el administrador.

    En el quartel que queda referido se halla oi el Regimiento de Cavalleria de Farnesio, tres banderas con tres sargentos, dos de cavelleria y uno de ynfanteria, ésta del Regimientos Ymmemorial del Rey y las otra dos de Montesa y Lusitania. Ai dos medicos titulares y asalariados cada uno con el de trescientos ducados anuales, impuestos el uno sobre los abastos de vino y aceite y el otro cargado al caudal de propios y arvitrios en virtud de Real Provision del Supremo Consejo de Castilla; un cirujano sin salario y este solicitado en dicho consejo por ser util al publico y tres boticarios tambien sin salario.

    Las cosechas son trigo, centeno, cevada, abena, abas, garbanzos, ygos pasados, vino, vinagre, aceite, miel, alfaisanes, zumaque, lino, leche, queso y lana; de las mismas que se crian los frutos y no ai alguna de que no se acostumbre pagar diezmos. No ai frutos sobrantes y el perceptor de diezmos es el Rey como Gran Maestre de la Orden de Cavalleria de Santiago; de algunos años a esta parte se ha notado aumento en las de vino y aceite. Ai ciento y quinze huertas de riego, se siembran de legumbres y estas de lechugas, col, zanaoria, rabanos, escarola, pepinos, melon, zandia, calabaza, tomates, verengenas, pimientos, ajos y cebollas; se hallan arboleadas unas de ciruelos, alberchigos, perales, manzanos, ygueras, granados, naranjos, cidros, limoneros, albarillos y damascos, los quales producen frutas regularmente con abundancia y de buena calidad. Las tierras se cultiban con animales bacunos, mulares y asnales y ynstrumento de arado.

    Ai una ribera llamada de Ardila y cria pezes comunes y su pertenencia es de el publico; quatro fuentes urbanas de la misma pertenencia, en esto se obserban las Reales Ordenes y las aguas que vierten dichas fuentes se aprobechan en las huertas. Ai un puente en dicha ribera en el que no se paga portazgo ni otro derecho, pues es de libre transito. Ai cinco molinos de aceite y no ai maquinas para trillar, porque se acostumbra en el pais hacerlos con yeguas y otras cavallerias.

    En este termino ai alguna caza de perdices, pitorras, codornices, conejos, liebres, corzas, cierbas y jabalies, pero todo y particularmente estas tres ultimas especies son mui escasas; se guarda la veda en los tiempos que prescribe la ordenanza y por no contrabenirse no se exigen penas algunas. En los años de 1788 y parte del siguiente en virtud de la Real Cedula de Su Majestad y señores de su Real y Supremo Consejo de Castilla y su reglamento de 27 de enero de dicho de 88, se hicieron las batidas que previene y por haberse experimentado surtian poco efecto para el extermino de lobos, zorros y otros animales dañinos, se representó a Su Majestad y señores de dicho Supremo Consejo por el actual governador y Don Josef Pablo Perez Cavallero ganadero trasumante, ser mas util el método observado en esta ciudad de hacer fondo voluntario por los criadores y grangeros de ganados, asi estantes como trasumantes y riberiegos, para dar sobrepremio a las personas que presentasen las pieles de dichos animales, ademas de la cantidad que está señalada del caudal de propios, lo que se aprobó y mandó obserbar por Real Provision de 12 de junio de dicho año de 89 y a su virtud se ha continuado, y de ello a resultado haberse muerto en el año proximo anterior de 1790: 299 zorros y zorras, 26 zorrillos, 18 lobos y lobas y 30 lobeznos; haviendose premiado del caudal de propios diez reales vellon por cada zorro o zorra y 4 reales por cada zorrillo, 44 reales por cada lobo, 88 por la loba y 22 por cada lobezno; y por sobrepremio del fondo de criadores ygualmente en quanto a las zorras, zorros y zorrillos, 132 por cada lobo, 176 por la loba y 66 reales por cada lobezno.

    Ai asimismo cria de ganados lanares, cabrios, de cerda, bacuños y yeguares, y su numero en el de lanares es de siete a ocho mil cabezas, el de cabrio de seis a siete mil, el de cerda de ocho a nuebe mil, el bacuno de quatro a cinco mil de pico y el yeguar a 625. Y el comercio que se hace comunmente de dichos ganados, es en el lanar la venta de carneros para los abastos y consumo de obejas en los esquileos y labores, en el cabrio la venta dé sus crias y desbejamiento para las carnicerias, en el de cerda la venta de cerdos carnosos, en el bacuno la venta de novillos y cotrales, y en el yeguar la de caballos y potros, as¡ para las Reales Tropas como para el comun servicio.

    No ai minerales de especie alguna y si canteras para fabricas de cal blanca y parda de que se hace uso, como tamvien de la piedra de silleria comun de que ai abundancia y se usa para la fabrica de edificios y molinos de pan y aceite.

    Deseando por ultimo en este ynforme acabar de llenar las ideas a que conspira el ynformatibo precepto de Vuestra Señoria, la agricultura se halla en razonable pie y fomento, los plantios de olibares y viñas de veinte años o mas a esta parte se hallan con considerable aumento, la cria de ganados transumantes y riberiegos que vajan a pastar a este termino es mucho maior por lo proporcionado de aquel y aunque la tiene para otras yndustrias, o la poca aplicacion de los naturales, o la carencia de facultades, las tiene en suspension.

    Y es todo lo que me ocurre, que firmo. Jerez de los Cavalleros y febrero diez y nuebe de mil setecientos noventa y uno. Fernando de Mena y Solis.

    Mui señor mio, atento a la antezedente de Vuestra Señoria que al paso que me pone en la maior obligazion, no deja tambien de confundirme su arduidad de dezir que aunque me hago cargo del exorto del tridentino en el capitulo: cun precepto divinan mandatun sit pauperun et omniun miserihiun personarun, curan pateman etc., no dexa de intimidarme la sentenzia del discresepe lo que prodest sed sepues puddeste trozere etc., pero sobre todo me intimida la concreta del profeta: ve mihi quia ataasi etc.; por todo lo qual y por los discursos que Vuestra Señoria sabrá mejor que yo se ofrezen al pensamiento, quisiera dezir y no dezir, callar y no callar y que con todo se lograran los deseos del Rei, del Consejo y de Vuestra Señoria conducto de su confianza.

    Si Dios por sus ympenetrables juizios no quisiera permitir que hubiera ynjusticias y que estas se castigaran todas entre sus criaturas y se remediaran en esta vida mortal, señalaria un anjel para el ministerio que Vuestra Señoria viene exerciendo, pues que por mas que desee los aciertos, siempre queda espuesto a las fatalidades del engaño y de tantas malignidades, como suele oscurezerse la berdad, que por ello exclamó un santo misionero: El fabor y la codizia, fuertes enemigos, mataron a la justicia, rogamos por ella a Dios.

    La maior lastima es que perbertida la humana naturaleza por las miserias del pecado, apenas se enquentra quien no busque y halle escusas a su culpa, por mas que en la solegnidad del santo sacrificio pidamos a Dios que nuestro corazon no decline, ad excusandas escusaciones ynpecatis, y lo peor es, que dexandose este, poseen de la conziencia erronea (rara vez ynbencible), si las mas vezes vencible, crasa, supina o afectada, suelen algunos jugar, obrar vien aun quando cruzifiquen a los discipulos de Xristo, como dize el ebanjelio.

    Con estas jeneralidades que Vuestra Señoria sabrá y entendera mejor que io, me atrebo a insinuarle la cautela con que es nezesario proceder en los ynformes, que aun siendo los mas beridicos, suelen afearlos y oscurecerlos o acerlos parezer falsos, con las disculpas que discurre la malicia y tal vezes prueba con testigos parciales y a su antojo, que cohecha el fabor y la codicia y muchas vezes el temor, sin duda por esto solia dezir el Señor Carlos Quinto, como refiere el clarin evanjelico, que solas tres P P P sabia como estaba todo el pueblo: (...) bonus pastor, bonus pretor et bonus preceptor; dando por supuesto de bueno o malo el lugar respectibe a la P, que bien o mal se manejaba.

    Pero hablando ya de las cosas, hic et nune, que deste ciudad necesitan remedio, las mas ciertas para mi y que mas claman a Dios (que otras que yo no estoi el mas enterado y que acaso abra quien pueda ynformar a Vuestra Señoria con mas propiedad y acierto); Y lo primero: esta ziudad tiene una obra pia en la villa de Cabeza la Baca y los reditos de su fondo, que son de mucha consideracion, son de los pobres y ascienden a mas de 80000 reales, segun dizen y que estan en deposito, y sobre lo que habrá mas de cuatro años, que de orden del Consejo nos juntamos los parrochos desta ciudad en casas del gobernador con el caballero vicario juez ordinario, a conferir y representar lo que se devia hacer de dicha cantidad; fue mi boz se consultase a fin de que se remediasen las necesidades de los pobres, que eran muchas y mas lastimosas, pero siendo el deldo(?) de mas, dirijido a que se hiciera un hospicio con zircunstancias y para fines (que nunca tendran efecto) el dinero, asi se está creciendo sin saberse para quien, al paso que crezen las necesidades de los referidos pobres.

    No es menos digna de atenzion la obra pia tambien de los pobres de la Dehesa de Chanca Bezerril, que maneja el cura de San Miguel, pues accendiendo su arrendamiento anuo, segun los dibersos clamores que digo, a mas de 30000 reales, apenas se sabe de las necesidades que se socorren, sin obserbarse las probidencias, que aqueja de los sindicos deste ciudad, dio la Real Chancilleria de Granada.

    Por lo tocante a las penas que llebarse o por ganados, o por otras barias cosas, digo claman al comun de sus excesos, no atemperandose ni a ordenanzas ni a costumbres, sobre saliendo siempre la aceptacion de personas y se el Rey Nuestro Señor percibiera siempre al terzera parte de las penas que le tocan, estubiera aumentado el Real Eraraio en esta parte.

    Uno de los maiores obsequios que Vuestra Señoria podia hacer a Dios y a este comun, assi eclesiastico como secular, seria contribuir a que la benerable Hermandad de la Virjen de la Concepzion, que con todos los eclesiasticos se beneraba con mucha ostentazion y santas constituziones en este pueblo y se extingio antes de mi benida de parroco a el, por causa de barias controbersias entre sus indibiduos, todo influjo del enemigo comun, se bolbiese a establezer, pues ademas que sus muchas rentas no tiene el destino de sus fundaziones, carezen las almas del purgatorio de muchos sufragios y todos desean su nueba eleccion.

    Y no queriendo cansar mas a Vuestra Señoria, a la divina Magestad le de el acierto que en todo deseamos y guarde su vida muchos y felizes años. Xerez de los Cavalleros, febrero 19 de 1791. Beso la mano de Vuestra Señoria, su mas seguro capellan y servidor el Cura de Santa Maria. Juan Antonio Perez de la Rocha.

    La ciudad de Xerez de los Caballeros confina con el territorio de la Audiencia de Sevilla por tres pueblos que son Fregenal, Higuera la Real y Encina Sola. Goza de un termino de grande extension, aspero y montuoso, que comprehende 199 dehesas de dominio particular y tres correspondientes a los propios, cuya major parte son de pasto, labor y bellota, sin haber ninguna de solo pasto. Tanta abundancia de tierras parece que habia de llenar de opulencia a esta ciudad y sus dos aldeas de Santa Ana y Matamoros, y el estar todo adehesado y acotado debia aumentar su riqueza, porque la propiedad contribuye a mejorar el cultivo, asi como por el contrario lo que es comun y de todos es lo que peor se cultiva y menos se aprobecha.

    No se conocen aqui los valdios, los que combendria exterminar igualmente que toda la peninsula, porque la tierra debe cultivarse toda para que produzca quanta utilidad sea posible y se aumentase la masa general de los frutos, en cuya abundancia consiste la verdadera riqueza. Hay un crecido numero de encinas y alcornoques, con cuyo fruto se crian y engordan algunos miles de puercos, a que se agrega mucho ganado bacuno, yeguar, cabrio y lanar.

    Pero al mismo tiempo solamente hay las tres poblaciones referidas, que componen 2561 vecinos, corto numero a la verdad con respecto a las quinze o mas leguas que tiene de circunferencia todo su termino. Esto procede de que dichos vecinos no disfrutan integramente la abundancia de estos frutos, aunque todos los produce su termino, porque salen fuera a enriquecer a los extraños, sin servir de probecho a esta ciudad. Consta que el año anterior de 1790 pastaron en este termino 29928 cabezas lanares y 1240 de ganado cabrio de los trashumantes, de cuyo aprobechamiento nada se queda en el pais respecto de aquellas dehesas, cuyos dueños son forasteros que son la mayor parte, porque todo el beneficio se sale fuera a buscar a los que tienen el dominio de dichos pastos y ganados.

    En la cria de ganado de cerda y el aprobechamiento de vellota, que es la grangeria de mayor consideracion, tienen mucha parte los trashumantes que arriendan las dehesas y lleban consigo a otras partes las utilidades de este lucroso comercio, no quedando a beneficio de este pais, sino aquella menor parte de aprobechamiento que disfrutan sus naturales.

    La cosecha de granos de todo este termino asciende a 25105 fanegas de trigo, cuya quenta se deduce del diezmo que produce solamente 2570 fanegas y 6 celemines, lo que no basta para el consumo de sus tres poblaciones, cuyo vecindario consta de 2561 vecinos, que a quatro personas por vecino componen 10244 personas, verificandose que a cada persona tocan escasamente dos fanegas y media por año, de donde se infiere que no se coje el trigo necesario, aunque se quiera hacer algo mayor la cosecha con respecto a que la quenta de los diezmos, no suele ser exacta por el fraude de los malos pagadores o si hay algunas personas que gocen de exencion.

    Esta excasez de granos admira si se considera que la dehesas son muchas y que todas se cultiban, lo que me muebe a examinar qual pueda la causa de su excasa produccion. En cada dehesa hay tres frutos que son pasto, labor y vellota, cuyo aprobechamiento se divide entre muchos arrendatarios y subarrendatarios, los quales todos concurren a usar del fruto de su respectivo arrendamiento, naciendo de esta concurrencia que entre si mismos se perjudiquen los interesados, porque no es facil entre muchos arreglarse una metodica economia, como quando todos estos frutos se cultivan por una misma mano.

    El fruto mas perjudicado es la labor que se hace en todas las dehesas cada quatro años, a lo que aqui llaman quatro giros, de manera que un año es para la labor y tres para pasto, por lo que el labrador que disfruta un año solamente, no tiene estimulo para mejorar una tierra de que el ganadero se ha de utilizar los otros tres años. Llegase que el labrador no suele cultivar una misma tierra en dos giros seguidos, sino que va mudando siempre tierras nuevas sin volver al mismo terreno, porque se reparte en todos los giros al arvitrio y voluntad de su dueño, o usa de la misma absoluta facultad el arrendatario a quien se arriendan los tres frutos de toda la dehesa, el qual arrendatario despues en el año que toca el giro subarrienda la tierra de labor a los vecinos por un terrazgo ya establecido. En estos subarriendos el labrador no aplica a las tierras sino un trabajo superficial en quanto sea bastante para la cosecha de su año, pero se abstiene de toda mejora y beneficio permanente, cuya virtud interese al pasto y labor de los años y giros sucesivos en que hayan de participar de la utilidad otros arrendatarios, sin aplicarse integramente todo el fruto al que lo habia creado con su sudor y su dinero.

    Si se quiere hacer mas fertil este termino y adelantar su agricultura, es preciso conceder al labrador no solamente el grano, sino tambien el rastrojo, el barbecho, el pasto, el arbolado y todo el fruto que se cric en la tierra de su arrendamiento, de manera que sea el unico dueño de todo su aprobechamiento, con la seguridad de ser manutenido en la posesion por el tanto o por el justo precio, sin que se le pueda despedir a no ser con justa causa.

    Por estas razones entiendo que es conveniente reunir los tres frutos de cada dehesa en una sola persona que tomase a su cargo toda la labor, aprobechando asimismo el pasto y la bellota, en cuyo caso se economizarian y aprobecharian todos estos frutos en la forma que unos a otros se hiciesen mayor utilidad y menor perjuicio. Si fuera posible dividir estas dehesas en muchas pequeñas porciones acesibles a los labradores chicos, seria mas util esta cultura repartida entre mayor numero de vecinos, porque los labradores chicos y muchos son mas utiles al estado que los labradores grandes y pocos, pero habia de estar cada suerte o division cercada e indepediente para que el labrador dispusiese no solamente de la labor, sino tambien del pasto y arbolado que se criase dentro de su cercado, lo que no es facil verificar en este termino de Xerez, en donde no veo tierras sueltas y posesiones pequeñas, sino dehesas y terrenos grandes, para los quales mientras no los quieran dividir voluntariamente sus dueños son mas utiles los labradores ricos de muchas yuntas, a fin de que puedan cultivarse y aprobecharse por una sola mano todos los frutos de cada dehesa.

    Hoy en las tierras a donde toca e giro entran los puercos al tiempo de la sementera y asi a un tiempo se comen los puercos el grano y la bellota, en lo que se deja conocer el perjuicio que se causa a la labor con esta libre facultad de pasearse los cerdos por las tierras sembradas, cuyo inconveniente quizas se precaberia en mucha parte si fuera uno mismo el dueño de la bellota y de la sementera, por el interes que se le seguia en la economia y conservacion de ambos frutos. Asi pues no conviene sino un solo poseedor en cada tierra, con la diferencia de que si hubiese suertes pequeñas sin mas que lo necesario para la manutencion de un labrador con su familia, sera este metodo mas util que las grandes posesiones indivisas acesibles solamente a hombres acaudalados.

    Este es el camino por donde se pudiera restablecer estas escasas sementeras, las quales ahora parecen hechas en tierras valdias y concejiles, en quanto se aprobechan de comun por un repartimiento incierto variable y arvitrario, sin ser vastante que el terreno sea de dominio particular, si el uso y aprovechamiento se hace por muchos en cornun, porque lo esencial es que cada dehesa o terreno no tenga mas que un usufrutuario independiente y sin mezcla con otro algun poseedor.

    En las dehesas grandes que no estubiesen inmediatas a la poblacion, pudiera adoptarse lo que hace pocos años se ha establecido por una ley en Portugal, es a saber: que se construyese en ellas una casa con todas las oficinas necesarias para los ganados de labor, de cerda y lanar, dandose facultad a su poseedor o arrendatario para labrarlas con mayor frequencia a dos o tres ojas si lo permitiese la calidad de la tierra, sin poder dilatarse la labor por mas tiempo de los quatro actuales giros, pues la facultad habia de ser para acortarlos y sembrar mas y no para alargarlos y sembrar menos.

    Queda dicho lo que me ha parecido conveniente a este termino de Xerez y sus dos aldeas, y no me resta sino hablar de la carcel de esta ciudad, la qual es segura y espaciosa, pues consta de la galera en donde estar los presos, de un patio grande y desaogado y tres calabozos seguidos, uno despues de otro, habiendo otro departamento separado para prision de mugeres.

    Xerez de los Cavalleros, 27 de febrero de 1791. Juan Antonio de Ynguanzo."

    Antonio Vegas en su Diccionario Geográfico Universal, Tomo VI, publicado en Madrid en el año 1795. dice:

   "Xerez de los Caballeros Xera Equitum, Ciudad de España en la Provincia de Extremadura, corresponde al Partido de Badajoz: es Pueblo de las Ordenes Militares, con Gobernador y Alcalde Mayor. Es llamada así de los Caballeros Templarios que la poseyeron; y en la extincion de esta Orden los Reyes de Castilla la donaron á la de Santiago. Es una pequeña Ciudad situada en terreno alto. Aunque montuoso el país en la mayor parte de su termino, produce granos, aceyte, vino, frutas, y algun lino; pero su principal; grangería y riqueza son las vastas dehesas, y montes de su dilatado distrito para la cria de ganados, principalmente lanar y de cerda. Tiene 4 Parroquias, 3 Conventos de Frayles, 6 Conventos de Monjas, un Hospital, y un Quartel, y á sus alrededores muchas y copiosas fuentes. Dista 11 leguas S. E. de Badajoz. Longitud 11. 30. latitud 38. 13. Comprehende su poblacion unos 2.000 Vecinos."

   En el año 1826, Sebastián de Miñano; en su Diccionario Geográfico Estadístico Tomo V, publicado en Madrid, se refiere a Jerez de los Caballeros de la siguiente manera.

    "Jerez de los Caballeros (Esuris) Ciudad Ordenes de España, provincia de Estremadura, partido de la capital, Priorato de San Marcos de Leon, Gobernador y Alcalde Mayor de primera clase, tribunal eclesiastico ordinario, administracion subalterna de rentas y de loterias, 1.964 vecinos, 9362 habitantes, 4 parroquias, 9 conventos de ambos sexos, 13 ermitas, 1.830 casas en la ciudad y 44 de campo, 2 edificios públicos notables y 9 de particulares, 2 hospitales, 1 cuartel de caballería y 202 dehesas de pasto, labor y arbolado. El nombre de esto ciudad es de origen arábigo, y se halla situada en terreno alta y montuoso con muros antiguos y un cerco en su extremo llamado el Castillo. A 1 legua corre el rio Ardila, del que no se saca ninguna utilidad para el riego porque se seca todos los veranos. Su termino es fecundisimo y tiene 16 leguas de circunferencia, contándose en él 69 fuentes ademas de las que hay en la ciudad y las muchas del valle de Matamoros y de Santa Ana, todas de esquisitas y saludables aguas. En las cases principales de¡ pueblo hay jardines con arboles de naranjos, limones y otros muy frondosos. A 1/2 legua, junto al valle de Santa Ana, hay una mina  de metal y mineral sulfureo, y á igual distancia, en la dehesa boyal, otra de plata, y en el camino que va a Barcarrota otra del mismo metal. Produce buenas cosechas de trigo, aceite, lino y legumbres, mucho ganado lanar, vacuno, cabrio y de cerda. Industria: 3 fabricas de jabon, 2 de alfarería, 7 de curtidos, 6 lagares de aceite, 2 de cera, y 24 molinos harineros. Llamase esta ciudad de los Caballeros por haberla dado el rey san Fernando a los caballeros templarios en recompensa de algunos servicios: Es patria del célebre Basco Nuñez de Balboa, descubridor de la America del Sur, y de D. Garcia Martinez de Porres y Silva, consejero de Castilla é insigne jurisconsulto del siglo XVI. Dista 11 leguas S.E. de Badajoz, 3 de Frejenal y 3 1/2 horas de marcha militar de Barcarrota. En el transito se pasa le ribera de Alcarrache por vado, y se encuentra el valle de Matamoros y el de Santa Ana, y a cada paso manantiales de agua esquisita, Contribuye. 181,815 rs. 10 mrs., y por aguardiente 1.730 rs. 32 mrs."

   Pablo Madoz en su obra Diccionario Geográfico Estadístico Histórico publicado en Madrid el año 1850 Tomo IX, lo describe de la siguiente manera:

    "Jerez de los Caballeros: ciudad con ayuntamiento en la provincia de Badajoz (11 leguas), partido judicial de su nombre, audiencia territorial de Cáceres (22), diócesis de San Marcos de Leon, en cuanto al gobierno y provision de curatos, y á la de Badajoz en lo contencioso como perteneciente á la orden de Santiago ( Llerena 13), capitania general de Estremadura, con vicaria eclesiastica, departamento de rentas nacionales y comandancia de armas: situado en la cumbre de 2 colinas, que se estienden de N. á S. á los 3° 12' 0. de Madrid, 38° 22' lat. N. con clima templado, vientos variables y se padecen intermitentes.

    Interior de la población y sus afueras. Sobre antiguos cimientos de edificios derruidos, se alza la ciudad en su nueva planta, ocupando lo principal de ella el collado de su sitio, rodeado de una muralla árabe con 6 puertas y estendiéndose sus arrabales por la llanura hácia el E. y 0.; tiene 1,756 casas buenas y cómodas en general, con jardines de naranjos; limoneros y otros árboles frondosos en 112 calles, de las cuales las 12 son anchas y las demas regulares, en gran pendiente por la localidad de la poblacion y todas empedradas; 8 plazas, la principal, junto a la iglesia de San Miguel sirve de paseo en el verano y tiene una pequeña alameda, ocupando el centro, de la ciudad; otra junto á la iglesia de San Bartolomé, en la cumbre de la colina al N., es la plaza de toros, cerrada solo cuando los  hay, por dar tránsito sus 3 puertas á varias calles estramuros y á algunos caminos  3 de las otras, mas pequeñas o plazuelas se hallan junto á las otras iglesias, y las 3 restantes cada una tiene en su centro una abundante fuente. En este espacio se cuentan como buenos edificios, la casa de ayuntamiento muy capaz y sólida: situada en la plaza principal, cárcel bastante buena, varias casas particulares, 3 soberbias torres y un cuartel de caballeria para 2 escuadrones, situado sobre la cima de la colina que da al S., y sobre lo que en otros tiempos era fortaleza: en este sitio parece haber estado la torre sangrienta donde se supone que fueron degollados los templarios, descollando todavia el soberbio torreon como un gigante sombrio, que con la elegancia y solidez de su arquitectura parece desafiar la injuria del tiempo; de los sucesos acaecidos entre aquellas paredes corren tradiciones misteriosas, emitidas siempre con entusiasmo, y escuchadas con el interes que escitan los curiosos episodios de aquella época. Hay un colegio particular de humanidades; una escuela de primera educacion para níños establecida en la casa que era panera de Maestrazgos, dotada con 3,300 rs. para el maestro y 1,650 para un ayudante, todo de los fondos municipales y asisten sobre 200 alumnos; 4 de niñas, todas privadas, sostenidas por una retribucion proporcional en las que se educan unas 100; un pequeño teatro establecido en el edificio que fué pósito; un hospital de enfermos titulado de San Miguel con 5,705 rs de rentas propias; otro para pobres transeuntes con 615; 2 conventos dé monjas con comunidad; otros 4 estinguidos, y 3 de frailes en el mismo estado á consecuencia da la supresion; 4 iglesia parroquial, dedicadas a San Bartolomé; patrono de la ciudad, San Miguel, Sta. Maria de la Encarnacion y Sta. Catalina, las 2 primeras de curato de término, las últimas de segundo ascenso y todas de provision de S. M. como gran maestre de las órdenes militares, previo concurso ante el tribunal especial de las mismas, como pertenecientes á la de Santiago; la colacion é institucion canonica corresponde sin embargo al obispo de Badajoz, y la jurisdicción al vicario de la ciudad y sus valles: la parroquia de San Bartolomé está servida por el cura y 3 eclesiásticos asignados sin renta: la de San Miguel tiene una ayuda titulada los Santos Martires Fabian y Sebastian, 4 ermitas tituladas Ecce-homo, Vera-cruz, San Gregorio y San Roque, con culto público; la capilla de la venerable Madre Isabel de la Cruz, de que es patron el párroco; el suprimido convento de religiosas de la Madre de Dios, destinado para colegio de humanidades, conservándose la iglesia para capilla particular del mismo establecimiento; otro convento titulado de la Esperanza, comprado por un particular que sostiene el culto, y la enfermería del de Aguas Santas, con culto público sostenido por los fieles; el personal de esta parroquia de compone del párroco, 2 tenientes, 22 sacerdotes y 5 dependientes nombrados por el párroco y aprobados por vicario: á la parroquia de la Encarnacion estan agregados el convento de San Agustin, de propiedad particular, destinado su templo á usos profanos, y cuenta para su existencia el cura, 4 capellanes y 5 dependientes: la de Sta. Catalina, está servida por el párroco, un teniente, otro sacerdote y 5 dependientes: y le son anejas las ermitas de San Lorenzo, San Anton y Espíritu Santo; el estinguido convento de la Luz, de propiedad particular y los de Aguas Santas y Consolacion, del estado, cuyas iglesias estan cerradas y sin retablos: de las 9 ermitas que hemos referido, se hallan dentro de la población la Vera-cruz, Hecce-homo, San Gregorio, la enfermería y la Madre Isabel de la Cruz; y estramuros las de San Roque, Espíritu Santo, San Lorenzo y San Anton, las 2 primeras de estas al N. y las 2 últimas al S0.: á los mismos aires se encuentran los 2 cementerios que no ofenden á la salud pública: al S. de la ciudad hay un paseo con arbolado, bonito y pintoresco dando vista a un delicioso valle cubierto de huertas que terminan en la orilla derecha del rio Ardila, descubriéndose infinitos montes hasta la distancia de 9 leg.: se surte de aguas potables en las abundantes fuentes que hemos dicho dentro de la ciudad, todas esquisitas y algunas minerales, cual la de uno de los 2 caños de la llamada del Corcho, y las de Alcanzanido y Gallopito, ferruginosas.

    Termino. Confina al N. con los de Barcarrota y Salvaleon; E. Burguillos; S. Fregenal de la Sierra, é Higuera la Real; O. Oliva de Jerez, y reino de Portugal, estendiéndose 4 leguas de N. á S. y lo mismo de E. á 0. en cuyo centro se halla la ciudad y comprende los valles de Sta. Ana y Matamoros: la villa despoblada de la Crespa; los caserios denominados las Grangeras, Sta. Brobales, la Granja, los Bolsicos, el Carbajo, San Blas, la Capilla, Alcobaza, Margarita, Pileros y otros muchos de segundo orden; el soto de la Carrascosa en la dehesa de Alcobaza con otras 202 dehesas pasto, labor y bellota, pobladas de encina y alcornoque, arbustos de jara, madroñera, charneca , romero, yerbas medicinales y matas bajas de todas clases, con muchos olivares, huertas y viñas en las partes mas próximas á la ciudad: hay tambien canteras de piedra morena y blanca para molinos harineros, de cal superior, y minas de varios metales sin esplotacion. Le baña el rio Ardila que corre de E. á 0., al que se reune la rivera de Muztiga y se pierde en Guadiana, dentro ya de Portugal ; tiene un puente de piedra á una legua de la ciudad camino de Fregenal; el Alcarrache y Brobales, que tambien llevan la misma direccion , los arroyos Castaño, Alzaos, Menferre, Tamujoso y otros menos considerables, y una albuhera ó laguna de gran estension. Calidad del terreno. Quebrado, montuoso en la mayor parte, cruzado de algunas sierras y cordilleras de las que las principales son las de San José, San Salvador, los Riscos, el Madroño y las Pájaras, bueno para yerbas y bellota y regular para labor.

    Caminos y correos. Son carreteros el que conduce desde Zafra por Burguillos, y el que baja desde Badajoz, por Barcarrota, pasa a Jerez y Fregenal, y se incorpora en Santa Olalla con el de Sevilla ; los demas son vecinales y de herradura á los pueblos inmediatos en mal estado: el correo se recibe de la caja de Zafra por balijero 3 veces á la semana.

    Producciones. Trigo, cebada, centeno, avena, legumbres y hortalizas en abundancia, esquisitas frutas, vino, aceite y bellota; se mantiene ganado de cerda, que es el mas preferido en el país , vacuno, lanar, cabrío, caballerias de labor y de carga, colmenas, y se cria caza mayor y menor de toda especie, abundante pesca de peces y tencas.

    Industria y comercio. Hay 7 fabricas de curtido de pieles; 3 de velas de cera y sebo; 8 de jabon blando; 4 de alfarería; 20 telares de lienzo, estopa y mantas de lana; 9 molinos de aceite, los 6 de 2 vigas; 2 prensas para el mismo fruto; 40 harineros, en Ardlila, en los arroyos y la albuera, pudiendo moler el 1º de esta 80 fanegas de trigo diarias, y varios hornos de teja y ladrillo, todo en buen estado: el comercio se hace principalmente de ganado de cerda , que se esporta despues de beneficiado, de cereales que se importan y esportan en igual cantidad próximamente, y en géneros nacionales y estranjeros, regatonería, loza, cristal y abacería que se venden en 13 tiendas para surtido de la poblacion: hay una feria en los 8 primeros dias de setiembre, poco surtida, escepto de esparto que se presenta en gran cantidad; la concurrencia de ganados es tambien en corto número, aunque los hay de todas clases.

    Poblacion, riqueza y contribucion. Aunque los pueblos de valle de Sta. Ana y de Matamoros que hemos enumerado, se hallen en el termino de esta ciudad, la matrícula no comprende su población y riqueza con las de Jeréz, porque tienen cada uno ayuntamiento separado; sucede lo mismo con la villa despoblada de la Crespa, sin embargo de no tener población alguna, y de estas circunstancias hacemos espresion en sus articulos respectivos: el casco solo de la ciudad cuenta 1,691 vecinos, 6,120 almas.

    Historia. Atribúyese generalmente la fundacion de esta ciudad al rey D. Alonso, fijándola en el año 1229; pero debió ser reedificacion de otro pueblo, cuyas memorias han sido oscurecidas por los tiempos: solo se asegura que exístia en su lugar una ermita dedicada á San Bartolomé, y tambien en ruina. La amplificó el rey D. Fernando el Santo en 1232, con gente de Galicia y valle de Jerguez, nombrándola Jerez de Badajoz; y el mismo rey la dió á la órden del Temple, por lo que se apellidó de los Caballeros. Por la estincion de esta orden fue incorporada á la Corona. El rey D. Enrique II la cedió al maestre de Santiago en 1375, por lo que ha pertenecido al territorio de las órdenes con gobernador político del hábito y alcalde maior del nombramiento del rey, como gran maestre; estando aun en observancia del mismo origen, el fuero del bailio ó mancomunidad de bienes entre marido y mujer, cualquiera que sea quien los aporte al matrimonio. En 1471 fué reedificado el castillo por el corregidor y alcaide Martin de Majares. El emperador Carlos V la concedió el título de ciudad, y en 28 de junio de 1528 el privilegio de que todos sus vecinos pudiesen usar espada y daga. De esta época data el mayor engrandecimiento de Jerez; sus principales fuentes, alcantarillas, hospitales, ermitas y conventos. En 24 de setiembre de 1621 se la concedió voto en córtes por el rey D. Felipe. El escudo de armas de Jerez ostenta la imágen de San Bartolomé y un manojo de jara. Es patria esta ciudad del célebre Basco Nuñez de Balboa, descubridor de la América del Sur; de D. Garcia Martinez de Porres y Silva, consejero de Castilla é insigne jurisconsulto del siglo XVI; de D. Juan de Bazan que murio en la guerra de Granada año 1481; de D. Juan de Figueroa y Vargas; de D. Pedro Portocarrero , etc.

    Jerez de los Caballeros: vicaria eclesiastica en la diócesis de Llerena (San Marcos de Leon), provisiorato de la misma ciudad, provincia de Badajoz, a cuya diócesis pertenece en lo contenciosos: el tribunal se componde del vicario eclesiastico y un fiscal que ejerce la juridisccion voluntaria y la contenciosa en primera instancia. Comprende los pueblos siguientes: Jerez de los Caballeros, Valle de Santa Ana y Valle de Matamoros"

Gaceta de Madrid Publicación: 12/03/1709, nº 11

Páginas: 44 - 44

Madrid, 12 de Marzo de 1709.- Noticias de Alicante y de Jerez de los Caballeros. Falleció el Obispo de Ceuta.

De Xerez de las Cavalleros se avisa, aviendo salido a la parte de Moron con 130 Cavallos el Brigadier D. Luis Joseph de Solis, les quito a los enemigos 160 Vacas y una gran porcion de ganado lanar, y saliendo de la Plaça a su oposicion un Regimiento de infanteria Portuguesa, y cincuenta Yeguas al passo de un arroyo, la Cavalleria nuestra los llevo hasta la Plaça, quitandoles algunas Yeguas de las que avian salido a esta funcion

Gaceta de Madrid Publicación: 28/01/1710, nº 4

Páginas: 42 - 42

Madrid, 28 de Enero de 1710.- Cartas de Jerez de los Caballeros.

Por cartas de Xerez de los Cavalleros de 17 se avisa, que el Teniente General D. Domingo Reco embio 150 Cavallos hasta las cercanias de Moron, a donde apresaron 30 cabeças de ganado lanar, 300 vacas, 40 cavallos, y algunos cerdos, con cuya pressa se bolvieron al Quartel, sin aver encontrado la menos oposicion; y pocos dias antes se logro en el mismo parage otra entrada, en que se traxeron 2.500 cabeças de ganado de todos generos.  

Gaceta de Madrid Publicación: 28/04/1716, nº 17

Páginas: 68 - 68

Madrid, 28 de Abril de 1716.- La familia Real goza de buena salud en Aranjuez. Su Majestad nombra al Marqués Berreti Landi Embajador de las Provincias Unidas y a Antonio de Cervantes Gobernador de Jerez de los Caballeros.

Gaceta de Madrid Publicación: 11/01/1729, nº 2

Páginas: 8 - 8

Madrid, 11 de Enero de 1729.- La Familia Real viaja a Badajoz, en donde se han de celebrar las recíprocas Entregas de la Princesa de Brasil y de la Princesa de Asturias. Los Infantes don Luis y doña María Teresa no han acompañado a los Reyes. El Rey ha hecho merced al Marqués de Casa Pontejos de la Llave Honoraria de Gentilhombre de su Cámara y ha conferido al Teniente Coronel Miguel Rojano el Gobierno de la Ciudad de Jerez de los Caballeros.

Gaceta de Madrid Publicación: 10/07/1731, nº 28

Páginas: 112 - 112

Madrid, 10 de Julio de 1731.- Los Reyes, Príncipes e Infantes se mantienen en el Real Alcázar de Sevilla con perfecta salud. Entra en la bahía de Cádiz un aviso de la próxima celebración de la Feria de galeones de Portovelo. El Rey prorroga por otro trienio en el Gobierno de Jerez de los Caballeros a Manuel Rojano Baraona. Confiere el Corregimiento de Plasencia al capitán de Caballos Mathías Crespo Suárez.

Gaceta de Madrid Publicación: 21/05/1799, nº 41

Páginas: 447 - 448

Madrid, 21 de Mayo de 1799.-Se vende en Jerez de los Caballeros la dehesa llamada Chanca Becerril.

Con arreglo al decreto de S. M. de 19 de Setiembre de 1798, se vende judicialmente en la ciudad de Xerez de los Caballeros la dehesa llamada Chanca-Becerril, propia de los pobres de dicha ciudad , tasada en 1.170.000 rs. situada en lo mejor de aquel vasto termino, poblada toda de hermoso arbolado de encina y alcornoque, con dos arroyos perennes, y además dos fuentes (la una mineral) que jamas dexan de correr; tiene casa con espaciosa cocina, buena quadra, sala, alcobas de bóveda, y ermita. todo moderno. Corresponde la septima parte  a la casa de Fernan-Nuñez. Los que quiera hacer postura acudiran al Gobernador de dicha ciudad, que se les admitiran

Gaceta de Madrid Publicación: 01/05/1847, nº 4612

Páginas: 2 - 2

Noticias nacionales.- Sevilla 27 de Abril.- De hoy á mañana saldrán para Jerez de los Caballeros las compañías de granaderos y cazadores de los batallones de Navarra que se hallan de guarnición en esta plaza. Esta fuerza pasará a reunirse al cuerpo de operaciones que se forma en Extremadura para entrar en Portugal

Gaceta de Madrid Publicación: 11/09/1853, nº 254

Páginas: 4 - 4

Nos el licenciado D. Miguel Calabia , presbítero, dignidad de dean de la santa iglesia catedral de esta ciudad , Gobernador eclesiástico, vicario capitular de la misma y su obispado por el ilustrísimo cabildo canonico de la propia santa iglesia, en la actual sede vacante por fallecimiento del Excmo é Ilmo. Sr. D. Francisco Rodriguez Obregon; Obispo que fue de él &c

Hacemos saber que en virtud de las facultades que nos están concedidas por la Santa Sede en el último Concordato, y lo prevenido en el Real decreto de 9 de Diciembre de 1851, previa licitacion, se saca á subasta el edificio enfermería del convento de Aguas Santas de Jerez de los Caballeros, gue pertenecio a dicho convento, su valor capital de 4.000 rs. vn., afecta al arriendo que vence en San Juan de 1856, estando señalado para su remate el dia 11 dé Octubre próximo, y hora de las doce, en el palacio episcopal de esta diócesis (y en )Madrid en el mismo día y hora en la vicaria eclesiástica si el valor dé la finca excede de 10,000 reales), en conformidad a lo prevenido en los articulos 6 y 7 de dicho Real decreto, a cuyo fin esta de manifiesto el expediente en la Secretaría de Cámara de este Gobierno eclesiástico: en la inteligencia que la adjudicacion tendrá lugar cumplidas que sean las formalidades que exige el articulo 9 de la citada Real resolucion.

Dado en Badajoz á 5 de Setiembre de 1853, Miguel Calabia —Por mandado de S. S , Domingo Benitez y Fatti.

Gaceta de Madrid Publicación: 28/05/1861, nº 148

Departamento: Ministerio de Guerra. Páginas: 1 - 1

El Director general de la Guardia civil participa á este Ministerio con fecha de ayer, que el Teniente comandante de la línea de Jerez de los Caballeros D. Guillermo Bacicher y Picazo, y los guardias José Hidalgo Calero, Juan Pallaret Heredia, Francisco Galván Perera y Vicente Macero Jauredi, se constituyeron en la casa del Presbítero D. Eugenio González, de la villa de Salvatierra de los Barros, previo aviso que recibieron de que iba á ser asaltada por ladrones: que efectivamente se presentaron estos a las once de la noche del 24 del actual en numero de ocho, escalando la casa por el tejado: que al penetrar en la sala les intimió dicho Teniente la rendición; pero en lugar de hacerlo se arrojaron navaja y puñal en mano sobre los guardias empeñandose una tenaz y desesperada lucha que dio por resultado tres ladrones muertos, cuatro heridos y uno preso, que con las navajas y puñales fueron entregados a la Autoridad local de la referida villa: que recibieron una herida de puñal en el antebrazo derecho el Teniente y ligeras contusiones los guardias.

Y enterada S.M., se ha servido disponer que se haga publico en la Gaceta oficial el comportamiento del Teniente y guardias civiles de que queda hecho merito  

Gaceta de Madrid Publicación: 26/01/1871, nº 26

Departamento: Ministerio de la Gobernación. Páginas: 206 - 207

Dirección general de Comunicaciones.- Condiciones bajo las cuales ha de sacarse á pública subasta la conducción á caballo del correo de ida y vuelta entre Zafra y Jerez de los Caballeros.

Gaceta de Madrid Publicación: 11/10/1882, nº 284

Departamento: Ministerio de la Gobernación. Páginas: 95 - 95

Dirección general de Correos y Telégrafos.- Condiciones bajo las que se saca á pública subasta la conducción diaria del correo de ida y vuelta entre Zafra y Jerez de los Caballeros (Badajoz).

Gaceta de Madrid Publicación: 28/05/1884, nº 149

Departamento: Ministerio de Fomento. Páginas: 555 - 556

Real orden aprobando la clasificación de los montes públicos de los partidos judiciales de Fregenal, Fuente de Cantos, Badajoz, Zafra y Jerez de los Caballeros y relaciones de las mandadas formar por la disposición 4.ª de la Real orden de 8 de Noviembre de 1877.

Gaceta de Madrid Publicación: 04/10/1884, nº 278

Departamento: Ministerio de la Gobernación. Páginas: 27 - 27

Dirección general de Correos y Telégrafos.- Sección de Telégrafos.- Abierto al público con servicio limitado la estación municipal de Jerez de los Caballeros.

Gaceta de Madrid Publicación: 12/09/1906, nº 255

Departamento: Ministerio de la Gobernación. Páginas: 1027 - 1027

Dirección general de Correos y Telégrafos.- Subasta para contratar el transporte de la correspondencia pública en carruaje desde Zafra á Jerez de los Caballeros.

GACETA DE MADRID Publicación: 04/04/1910, nº 94

Departamento: MINISTERIO DE FOMENTO. Páginas: 30 - 30

Real orden disponiendo se abra un concurso de proyectos para la construcción del ferrocarril estratégico de Badajoz á Fregenal por Olivenza, Alconchel y Jerez de los Caballeros.

Ilmo. Sr. En cumplimiento de lo prescrito en el artículo 33 de la ley de Ferrocarriles secundarios y estratégicos de 26 de Marzo de 1908, y oídos la Junta de Defensa Nacional y el Consejo en pleno de Obras públicas,

S. M. el Rey (q, D,.g), de conformidad con dichos cuerpos consultivos y con lo propuesto por la Dirección General de Obras Publicas, ha tenido a bien disponer se abra un concurso de proyectos para el Ferrocarril estratégico de Badajoz a Fregenal por Olivenza, Alconchel y Jerez de los Caballeros, con sujeción las bases siguientes:

1.- Se proyectará la linea con vía única de un metro de ancho.

2.- Esta línea enlazara con todas las que lleguen a puntos servidos por la misma, entendiéndose por enlace con las de distinto ancho de vía el que ambas concurran á un muelle común que facilite los transbordos.

3.- Por regla general las pendientes no deberán exceder de 20 milesimas y el radio de las curvas no bajara de 120 metros, admitiéndose excepciones a estas reglas únicamente en casos muy justificados.

4.- El peso del carril no será inferior a 30 kilogramos por metro lineal y en las rampas de gran longitud con inclinaciones de 15 a 20 milésimas, se empleará al menos el de 35 kilogramos

5.- El material de tracción de la línea se fijará en vista de su plano y de las prescripciones relativas a la tracción y composición del tren, y ten¡endo en cuenta que habrá de estar dispuesta á que la recorran en toda su longitud trenes de tropas de todas armas, con su material propio, a la velocidad comercial mínima de 25 kilómetros por hora.

6.- Este ferrocarril deberá hallarse dotado de material apropiado para el transporte de piezas de artilleria de 4.500 kilogramos de peso y de cuatro metros 20 centimetros de largo en su mayor longitud.

7.- Podrá adoptarse en los proyectos la tracción eléctrica, demostrando cumplidamente que en los casos de que se trata es preferible á la tracción por vapor ; pero se cuidará de no rebasar, respecto de radios de curvas, inclinaciones de rasantes y peso de carriles, los maximos y minimos, respectivamente, ya indicados, a fin de que en todo caso, sea posible, en buenas condiciones, la tracción por vapor, utilizando para ello si fuera preciso, el material de otros ferrocarriles.

8.- Los proyectos se presentarán con las formalidades, documentos y detalles que proscriben los articulos 23, 24 y 25 del Reglamento para la ejecución de la ley de Ferrocarriles secundarios y estratégicos de 26 de Marzo de 1908,

9.- Se procurará que la vía, y singularmente las obras de fábrica, como también las estaciones, depósitos de material y talleres, estén á cubierto ó desenflladas de las fortificaciones del pais vecino o de las alturas ó puntos situados en el, que pudiera el enemigo ocupar para destruir la linea ó estorbar su utilizacion

10.- No deberán trazarse las líneas á vanguardia de los puntos fortificados ni de aquellas posiciones que por su situación ó condicionas especiales hayan de ocuparse y constituir núcleos de la defensa ó apoyos del ataque en caso do guerra.

Para el cumplimiento de esta prescripción y de la anterior, el Ministerio de la Guerra facilitara á los peticiocionarios de estudios la nota de los puntos principales de paso.

11.- El dueño del proyecto que se apruebe tendra los derechos que le conceden la ley y Reglamento do Ferrocarriles secundarios y estratégicos.

12.- Los proyectos serán firmados por facultativos competentes con titulo expedido en España.

13.- Queda prohibido para estos ferrocarriles el aprovechamiento de carreteras u otras vias ordinarias, permitiéndose sólo el cruzamiento de las mismas en las mejores condiciones posibles, y en casos muy especiales y justificados podrán aprovecharse obras de carreteras en determinados pasos ó sitios.

14.- El plazo para la admision de proyectos terminará a la hora de las trece del día 6 de Febrero do 1911.

De Real orden lo digo a V. I. para su conocimiento efectos consiguientes. Dios guardo á V. I. muchos años. Madrid, 18 de Marzo de 1910.

CALBETON.- Señor Director general de Obras Públicas:

Gaceta de Madrid Publicación: 04/05/1917, nº 124

Departamento: Ministerio de Fomento. Páginas: 340 - 340

Dirección General de Obras Públicas.- Ferrocarriles.- Anunciando concurso de proyectos para la construcción del ferrocarril estratégico de Zafra a Villanueva del Fresno, por Jerez de los Caballeros.

Ilmo. Sr.: En cumplimiento de lo prescrito en al artículo 38 de la ley de Ferrocarriles secundarios y estratégicos de 23 de Febrero de 1912, oídos la Junta de Defensa Nacional y el Consejo de Obras Publicas, y de conformidad can lo dispuesto en la Real orden de 6 da Marzo próximo pasado, se abre un concurso de proyectos para el ferrocarril estratégico de Zafra á Villanueva del Fresno, por Jerez de los Caballeros, por el plazo, de seis meses, y con arregla á las condiciones siguientes:

1,- La línea férrea que se proyecta habrá de arrancar de Zafra, enlazando al¡¡ con las líneas de Zafra á Huelva y Mérida á Sevilla, seguirá la dirección genera1 de Este á Oeste, pasando por Jerez da las Caballeros y terminando en Villanueva del Fresno.

2.- El ferrocarril se proyectará con via de ancho normal (1,672 metros); el radio mínimo de las curvas será de 400 metros, se dejará entre das curvas en sentida contrario una alineación recta de 100 metros cuando menas; la inclinación de las rasantes no pasará de 16 milésimas par metro, si bien como excepción y, en caso muy justificado podrá admitir algún tramo con inclinaciones hasta de 17 milésimas; y el carril que se empleo habrá da ser de acero y con un peso no inferior á 32,50 kilogramos por metro lineal.

3.- El material de tracción se fijara en vista del plano y perfil de la línea y de las prescripciones relativas á la tracción y composición da los trenes, teniendo siempre en cuenta que habrá de estar dispuesta para que la recorran trenes de tropas de todas armas, con su material propio, á la velocidad comercial mínima de 25 kilómetros por hora.

4.- El ferrocarril deberá hallarse dotado de material apropiado para el transporte, así como para la carga y descarga de piezas de artillería de seis metros 87 centímetros de largo en su mayor longitud y de 6.300 kilogramos de peso máximo.

5.- La línea no deberá pasar á vanguardia de los puntos fortificados ni de aquellas posiciones que por su situación ó condiciones especiales hayan de ocuparse y constituir núcleos de la defensa . ó puntos de apoyo del ataque en caso da guerra.

Para el cumplimiento de esta prescrlpcián, los concursantes se atendrán á las que reciban del Ministerio de la Guerra, previamente asesorado por la Comisión mixta de Ingenieros militares y civiles que al efecto se nombre por dicho Ministerio y por el de Fomento.

ó.- Los proyectos se presentarán con las formalidades, documentos y detalles que prescriben los artículos 26 al. 28 del Reglamento, provisional de 12 de Agosto de 1912, para la ejecución de la mencionada ley de Ferrocarriles secundarios p estratégicos- .

7.- El dueño del proyecto que se apruebe tendrá los derechos que le conceden la Ley g Reglamento de ferrocarriles secundarios y estratégicos

8.- Los proyectos serán firmados por facultativos competentes, con título expedido en España.

Se presentarán en el Ministerio de Fomento, y el plazo de admisión de los mismos terminará el dia 6 de .Noviembre venidero.

9.- Queda prohibido para este ferrocarril el aprovechamiento de carreteras ú otras vías ordinarias, permitiéndose sólo el cruzamiento de las mismas en las mejores condiciones posibles, y únicamente en casos muy especiales y justificados podrán aprovecharse obras de carreteras en determinados pasos ó sitios.

Madrid, 28 de Abril de 1917.-El Director general, P. Á., Rendueles.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 03/03/1945, nº 62

Departamento: Ministerio de Agricultura. Páginas: 1737 - 1737

Orden por la que se crea una cuarta plaza de Inspector Municipal Veterinario en el Partido Veterinario de Jerez de los Caballeros (Badajoz).

Boletín Oficial del Estado Publicación: 18/10/1945, nº 291

Departamento: Ministerio de la Gobernación. Páginas: 2390 - 2391

Dirección General de Correos y Telecomunicación (Correos.- Sección cuarta (Red Postal).- Negociado de Centros y Enlaces).- Anunciando subasta para la conducción del correo en automóvil entre las oficinas del Ramo de Jerez de los Caballeros y su estación férrea.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 17/03/1946, nº 76

Departamento: Ministerio de la Gobernación. Páginas: 2090 - 2090

Dirección General de Correos y Telecomunicación (Correos.- Sección 4ª (Red Postal).- Negociado de Centros y Enlaces).- Anunciando subasta de contrata para la conducción del correo en automóvil entre las oficinas del Ramo de Jerez de los Caballeros y Oliva de la Frontera.

    Marquesado de Jerez de los Caballeros

Titulo creado por

la Reina Regente Doña Maria Cristina de Hausburgo, en nombre de su hijo el rey Alfonso XIII

en 22 de julio de 1887

a favor de Manuel Pérez de Guzmán y Boza, Senador del Reino, Caballero de Alcántara

    Fue un conocido bibliófilo junto con su hermano gemelo Juan Pérez de Guzmán y Boza, II duque de T'Serclaes Príncipe de T´Serclaes Tilly, y estuvo a punto de concederle el rey Alfonso XIII, el título de Duque de Olivenza, a petición de 36 municipios de la provincia de Badajoz, pero llegó la II República y no se llevo a efecto.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 02/11/1949, nº 306

Departamento: Ministerio de Justicia. Páginas: 4607 - 4607

Subsecretaría.- Anunciando haber sido solicitada por don Carlos Pérez de Guzmán la sucesión en el título de Marqués de Jerez de los Caballeros.

Don Carlos Pérez de Guzmán y Grosso ha solicitado la sucesión en el título de Marqués de Jerez de las Caballeros, vacante por fallecimiento de su abuelo paterno, don Manuel Pérez de Guzmán y Boza, lo que se anuncia en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo sexto del Real decreto de 2 de mayo de 1912.

Madrid, 26 de octubre de 1949: El Subsecretario, I. de Arcenegui.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 29/12/1949, nº 363

Departamento: Ministerio de Justicia. Páginas: 5466 - 5466

Orden de 19 de diciembre de 1949 por la que se manda expedir Carta de Sucesión en el título de Marqués de Jerez de los Caballeros a favor de don Carlos Pérez de Guzmán y Grosso.

BOE núm. miércoles 30 noviembre 2005

Ministerio de Justicia. 60.793/05. Resolución de la Subsecretaría (División de Tramitación de Derechos de Gracia y otros Derechos) sobre solicitud de sucesión por cesión en el título de Marqués de Jerez de los Caballeros.

Don Manuel Losada González ha solicitado la sucesión en el título de Marqués de Jerez de los Caballeros, por cesión que del mismo le hace su tío, don Carlos Pérez de Guzmán y Grosso, lo que se anuncia por el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, a los efectos de los artículos 6 y 12 del Real Decreto de 27 de mayo de 1912, para que puedan solicitar lo conveniente los que se consideren perjudicados por la mencionada cesión.

Madrid, 15 de noviembre de 2005.–El Consejero Técnico, Antonio Luque García.

BOE núm. 150 lunes 24 junio 2013

Anuncio de la Subsecretaría (División de Derechos de Gracia y otros Derechos), sobre solicitud de sucesión en el título de Marqués de Jerez de los Caballeros.

La sucesión en el título de Marqués de Jerez de los Caballeros, ha sido solicitada por doña María de las Mercedes Abaurrea Losada, por fallecimiento de don Carlos Pérez de Guzmán Grosso, lo que se anuncia por el plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, a los efectos del artículo 6.º del Real Decreto de 27 de mayo de 1912, en su redacción dada por Real Decreto222/1988, de 11 de marzo, para que puedan solicitar lo conveniente los que se consideren con derecho al referido título.

Madrid, 5 de junio de 2013.- El Director, Jorge García-Figueras López.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 12/10/2013, nº 245

Orden JUS/1858/2013, de 26 de septiembre, por la que se manda expedir, sin perjuicio de tercero de mejor derecho, Real Carta de Sucesión en el título de Marqués de Jerez de los Caballeros, a favor de doña María de las Mercedes Abaurrea Losada

De conformidad con lo prevenido en el Real Decreto de 27 de mayo de 1912,

Este Ministerio, en nombre de S. M. el Rey, ha tenido a bien disponer que, previo pago del impuesto correspondiente, se expida, sin perjuicio de tercero de mejor derecho, Real Carta de Sucesión en el título de Marqués de Jerez de los Caballeros, a favor de doña María de las Mercedes Abaurrea Losada, por fallecimiento de don Carlos Pérez de Guzmán y Grosso.

Madrid, 26 de septiembre de 2013.–El Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 27/11/1950, nº 331

Departamento: Ministerio de Obras Públicas

Páginas: 5509 - 5510

Dirección General de Ferrocarriles, Tranvías y Transportes por Carretera.- Señalando fecha y hora para la adjudicación en pública subasta de las obras del proyecto reformado del modificado de obras accesorios (instalación de la línea telefónica, señalización y abastecimiento de agua de la estaciones de Burguillos del Cerro y Jerez de los Caballeros) del trozo primero, sección primera del ferrocarril de Zafra a la frontera portuguesa.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 02/12/1950, nº 336

Departamento: Ministerio de la Gobernación. Páginas: 5607 - 5607

Dirección General de Correos y Telecomunciación (Correos).- Anunciando subasta de contrata para la conducción del correo en automóvil entre las oficinas del Ramo de Jerez de los Caballeros y Oliva de la Frontera (Badajoz)

Boletín Oficial del Estado Publicación: 27/01/1952, nº 27

Departamento: Ministerio de la Gobernación. Páginas: 393 - 393

Dirección General de Correos y Telecomunicación (Correos).- Anunciando subasta para contratar la conducción del correo en automóvil entre las oficinas del Ramo de Jerez de los Caballeros y su estación férrea.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 27/03/1952, nº 87

Departamento: Ministerio de la Gobernación. Páginas: 1383 - 1384

Dirección General de Correos y Telecomunicación (Correos).-Anunciando subasta de contrata urgente para la conducción del correo en automóvil entre las oficinas del Ramo de Jerez de los Caballeros y su estación férrea.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 31/05/1952, nº 152

Departamento: Ministerio de la Gobernación. Páginas: 2416 - 2416

Dirección General de Correos y Telecomunicación (Correos).- Anunciando subasta de contrata urgente para la conducción del correo en automóvil entre las oficinas del Ramo de Jerez de los Caballeros y su estación férrea.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 01/04/1956, nº 92

Departamento: Ministerio de Industria. Páginas: 2227 - 2227

Orden de 10 de marzo de 1956 por la que se abre concurso para instalar en el término municipal de Jerez de los Caballeros, de la provincia de Badajoz, una industria de destilación de leña.

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 15/11/1961, nº 273

Departamento: Ministerio de Obras Públicas. Páginas: 16256 - 16257

Decreto 2157/1961, de 26 de octubre, por el que se autoriza al Ministro de Obras Públicas para celebrar la subasta del «Proyecto modificado de abastecimiento de agua a Jerez de los Caballeros (Badajoz)».

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 09/07/1965, nº 163

Departamento: Ministerio de Información y Turismo. Páginas: 9707 - 9707

Resolución de la Subsecretaría de Información y Turismo referente a la expropiación forzosa de una parcela de terreno que se segrega de la finca «La Margarita», del término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz), que es necesaria para la instalación del enlace de la Televisión portuguesa con la Eurovisión.

   Es cuna de figuras ilustres como Vasco Núñez de Balboa, Hernando de Soto y Diego de Albítez, todos ellos relacionados con el Descubrimiento de América. Dentro de la nobleza nacional, tuvieron estrecha relación con la ciudad la Duquesa de Fernán Núñez, Duque de Alba, Duquesa de Sotomayor y el Marques de Mirabel, que poseían tierras y entre los vecinos que recibieron títulos nobiliarios, el Duque de T'Serclaes Tilly, Marques de San Fernando y Marques de Matallana.

    Jerez es uno de los asentamientos donde se mantienen más arraigadas las características de la región, hecho que unido a la importancia de sus monumentos hace que sea declarada Conjunto Histórico- Artístico el día 22 de diciembre de 1966.

    Los Ayuntamientos se remontan a los primeros siglos del milenio con las leyes de Alfonso X, encaminadas a regular un incipiente procedimiento administrativo y la actuación del escribano que se prolongará durante toda la Edad Media. Con la formación del Estado Moderno se intentan sentar las bases del régimen municipal, que se afianza en el siglo XVIII.

    Las Cortes de Cádiz marcan un cambio importante al suprimir en 1811 los señoríos y los corregidores y establecer en cada Ayuntamiento alcaldes, regidores y procurador síndico, elegidos por la población y cuyo presidente sería el Jefe político, allí donde lo hubiere. En 1823 se publica la Instrucción para el Gobierno de las Provincias, que precisó las competencias de los Ayuntamientos y su dependencia de la Diputación. La ley de 14 de julio de 1840 establecía la elección directa de los miembros que componían la corporación, aunque el rey nombraba a los alcaldes y tenientes de alcalde de las capitales de provincia. El 20 de agosto de 1870 se aprobó la Ley Municipal, reformada en 1817 y vigente hasta el Estatuto Municipal de 1.924 que elimina su dependencia de las Diputaciones y Gobiernos Civiles y establece la Comisión Permanente. Dicho Estatuto restringe el sufragio y da al alcalde el carácter de delegado gubernativo, además del de representante y jefe del municipio.

    La ley de bases de Régimen Local de 31 de octubre de 1935 determina la elección por sufragio universal y organiza la Corporación en Alcalde, Pleno y Comisión Permanente. Con la Ley de bases de 1945, ampliada en 1950 y modificada en 1953 que a su vez se refunden en la de 24 de junio de 1955 se determina el carácter centralizador y de democracia orgánica que aminora la autonomía municipal. El mayor cambio se produce con la Ley 41/1975, de 19 de noviembre, de bases de Régimen Local, derogada por la 47/1978 y sobre todo con la Ley de bases de Régimen Local de 1985 que adapta los Ayuntamientos a las modificaciones derivadas de la Constitución y del nuevo régimen democrático.

    En la actualidad depende del Partido Judicial de jerez de los Caballeros, Audiencia Territorial de Badajoz y en lo eclesiástico, las parroquias de San Bartolomé,  Santa Catalina Martir, San Miguel Arcangel, y Santa Maria de la Encarnación, al Arciprestazgo de Jerez de los Caballeros, Vicaria de Zona Sur y Archidiócesis de Mérida Badajoz

FORTALEZA

    Declaración genérica del Decreto de 22 de abril de 1949. Ley 16/1985 sobre el Patrimonio Histórico Español. Ley 2/99 Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura

BIBLIOGRAFÍA ESPECIFICA

  • 60 Castillos de Castilla la Nueva y Extremadura [Texto impreso] / litografías y textos recopilados por Miguel Ourvantzoff [Madrid : Miguel Ourvantzoff, 1965] BNE Signatura BA/11407
  • Castillos de Extremadura Delgado Vallina, Dionisio [Badajoz]: Hoy, Diario regional, D.L. 1988 BNE Signatura 7/139175
  • Castillos de Extremadura (tierra de conquistadores): Cáceres (Provincia ). Velo Nieto, Gervasio Madrid : [Escuelas Profesionales "Sagrado Corazón de Jesús"], 1968 BNE Signatura 1/122020
  • Castillos de la alta Extremadura : Eljas (con noticias históricas de la encomienda de su nombre) Velo Nieto, Gervasio Badajoz : [s.n.], 1968 BNE Signatura VC/7607/27
  • Castillos de la alta Extremadura : Peñafiel, con breves noticias de la encomienda de su nombre Velo Nieto, Gervasio BNE Signatura VC/4702/24
  • Castillos y fortalezas en Extremadura; Navareño Mateos, Antonio 1948- [Badajoz] : "Hoy", [1998] BNE Signatura 9/208146
  • Castillos y monumentos [Material gráfico] Ourvantzoff, Miguel 1897-1982 BNE Signatura BA/13179 V.1/V.2/V.3
  • Viaje por castillos y monasterios en Extremadura [Texto impreso] : de "Castillos en España, su historia, su arte, sus leyendas" (1952), de "Monasterios de España" (1953) Sainz de Robles, Federico Carlos 1898-1982 [Badajoz] : Caja de Extremadura, [2007] BNE Signatura 12/456031
  • Castillo de la Alta Extremadura / / Antonio Cristino Floriano Cumbreño Cáceres : Publicaciones del Departamento Provincial de Seminarios de F.E.T. y de las J.O.N.S., 1953. Rebiun: red de bibliotecas universitarias españolas
  • Castillos de la Alta Extremadura: el Portezuelo// por Gervasio Velo y Nieto Madrid: Hauser y Menet, [s.a.]. Rebiun: red de bibliotecas universitarias españolas
  • Castillos y fortificaciones en Extremadura / / Antonio Navareño Mateos [Mérida, Badajoz] : Editora Regional de Extremadura, 1985. Rebiun: red de bibliotecas universitarias
  • Documentos de la Orden de Santiago sobre castillos extremeños: Manuel Garrido Santiago Universidad de Extremadura; ed 1969
  • Estudio y levantamiento del estado actual del Castillo "Fuerte de Herrera" en Arroyo de la Luz[/ Moreno Torreño ; tutor, Florencio Crespo Crespo; Recurso electrónico] / Universidad Extremadura

    El Recinto Amurallado. El recinto amurallado aparece citado en las descripciones de los geógrafos árabes Al-Idrisi y Al-Umari, debió ser una plaza muy fuerte hasta su reconquista por Alfonso IX hacia 1238, siendo donada poco después a la Orden del Temple que había intervenido en su reconquista, quienes establecen en la misma la capital del bailiato que administraba la comarca de Jerez, hasta 1370 que es disuelta la Orden. Algo mas tarde en 1370, Enrique II entrega la villa y fortaleza a la Orden de Santiago.

    El recinto amurallado todavía recuerda la capacidad defensiva que tuvo la ciudad durante la Edad Media, aunque desde el siglo XV el desarrollo urbanístico de la población comienza a superar con algunas barriadas los límites de las puertas de la muralla.

   Elemento fundamental para la configuración de la ciudadela medieval es la muralla de mampostería y piedra que la rodea por completo, originando un perímetro de aproximadamente 1.500 metros, en cuyo recorrido se erigen diferentes cubos y torreones de refuerzo, quedando en la actualidad 18 torreones de los 26 originales. Seis puertas se abrían a esta cerca, que recibian los nombres de Burgos, Alconchel, Sevilla, Nueva, Santiago y la de la Villa o del Arco de San Antoñito. De ellas, tan sólo dos se conservan en la actualidad, la de Burgos y la de la Puerta de la Villa, la mejor conservada.

    Por otra parte, encerrado en la ciudadela, ocupando el extremo sudoccidental de la misma, se sitúa el castillo, obra de origen templario, rehecha por los santiaguistas, y modificada repetidamente en lo sucesivo, en cuya estructura perduran algunos arcos y otros restos de la primitiva fortificación árabe.

 Fortaleza Templaria

    Declaración genérica del Decreto de 22 de abril de 1949. Ley 16/1985 sobre el Patrimonio Histórico Español. Ley 2/99 Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura

De origen árabe, es una obra que podemos considerar arquetípica en los conceptos de la estrategia militar para el aprovechamiento de los primeros castros celtibéricos y su reconversión en fortalezas y alcazabas de posteriores épocas.

    El primitivo y antiguo fuerte construido por los tudetanos para su defensa, fue adaptado de forma sucesiva por los romanos, visigodos y arabes, posteriormente fue reconstruido por los templarios y tras la desaparición física de estos, les fue entregada -la ciudad y su fortaleza- a la Orden de Santiago con lo que sufre una nueva reparación teniendo en cuenta su importancia estratégica, como consecuencia de su cercanía con las fronteras portuguesa y musulmana. De la epoca arabe quedan restos

 A finales del Siglo XV se construyen en su interior todoslos aposentos necesarios para el acomodo y facilidad de la vida militar. Cuenta con un aljibe, elemento indispensable en la Edad Media para la defensa.

    El esquema defensivo de la edificación se desarrolla alrededor de un gran patio central, sobre el que se van estableciendo los diferentes baluartes de defensa y los servicios propios para atender a la guarnición. Tiene forma pentagonal con cinco Torres: La Casilla, Carbón, Veleta, Armas y La torre del Homenaje, popularmente conocida como la Torre Sangrienta.

    El castillo ha ido desempeñando diferentes cometidos a través de los tiempos, todos de carácter militar. Jugó un papel decisivo durante las Guerras de Portugal y en la de Sucesión. En el año 1847, cuando don Pascual Madoz escribía su Diccionario Geográfico, aún prestaba la fortaleza servicios de esta naturaleza. Pues así lo catalogaba, entre los edificios notables de Jerez, como: "Un cuartel de caballería para dos escuadrones, sobre la que en otro tiempo era una fortaleza templaria."

    Tras el traslado de la guarnición, la ciudadela queda sumida en un período de letargo por falta de actividad, lo que la llevaría a un estado imparable de ruina que la ponía en trance de desaparición física, a pesar de la robustez de sus murallas y de la prestancia de sus torreones, que eran conocidos con los nombres: de las Armas, de la Casilla, de la Veleta, del Carbón y, entre todas, destacaba la fabulosa Torre Sangrienta o del Homenaje, con casi 20 metros de altura, en ella según la tradición oral jerezana se llevó a cabo la degollación de los últimos caballeros templarios, que se opusieron a la disolución de su Orden, tras una disposición real del año 1312, firmada por el rey Fernando IV. Entre las torres del castillo que se conservan, además de la Torre Sangrienta, cabe mencionar la del Reloj, situada junto a la puerta que se abre frente a la Morería.

    MONUMENTOS

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO: GACETA DE MADRID Publicación: 24/01/1967, nº 20

Decreto 3301/1966, de 29 de diciembre, por el que se declara conjunto histórico artístico la ciudad de Jerez de los Caballeros (Badajoz).

Jerez de los Caballeros ciudad de historia antigua e ilustre, con vestigios de civilización romana visigoda y árabe. esta situada da en un paraje bellísimo con un pintoresco poblado sobre el que emergen, solemnes, alcazaba torreones murallas e iglesia que enlazados con el paisaje componen un conjunto sorprendente,

Fue conquistada en mil doscientos treinta por Alfonso IX de León que hizo merced de ella a los Caballeros del Temple, a los que debe su apelativo Extinguida esta Orden, Enrique II la entregó en mil trescientos setenta a los Caballeros de la Orden de Santiago. Desde momento empieza su engrandecimiento alcanzando su máxima importancia a finales del siglo XV,

Hasta Carlos I se mantiene su progreso y esplendor, aportando el gran concurso de sus hijos; Vasco Núñez de Balboa y Hernando de Soto. a forjar la grandeza de España, en la epopeya de la conquista de América.

Entre sus monumentos merecen destacarse: La iglesia Arciprestal de San Miguel Arcángel, con sus. preciosas fachadas barrocas Sur y Este, su fundación data deL siglo XV, aunque el templo actual es posterior y con elementos de distintas épocas: San Bartolomé que sorprende por su extraordinaria torre y la singular policromía de su fachada de Poniente ambas barrocas, con profusa ornamentación y azulejería. sevillana de rico colorido; Santa María de la Encarnación, contigua al castillo, de fundación antiquísima pues como hito de consagración existe una inscripción sobre el fuste de una columna en caracteres visigóticos Santa Catalina con su esbelta torre; el Castillo sólida. construcción edificada por los templarios sobre la base de una Alcazaba; las murallas: la Casa del Bachiller Juan Martínez de Logroño; las antiguas casas consistoriales y tantos otros que con los lugares y rincones típicos hacen de la ciudad un conjunto de tipismo y originalidad digno de ser conservado. Por lo expuesto a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintidós de diciembre de mil novecientos sesenta y seis.

DISPONGO

Articulo primero.- Se declara conjunto histórico artístico la ciudad de Jerez de los Caballeros (Badajoz).

Artículo segundo.- La Corporación municipal, así como los propietarios de los Inmuebles enclavados en el mismo quedan obligados a la mas estricta observancia de las Leyes del Tesoro Artístico. Municipal. del Suelo y Ordenación Urbana.

Artículo tercero.- La tutela de este conjunto, que queda bajo la protección del Estado será ejercida por el Ministerio de Educación y Ciencia, que queda facultado para dictar cuantas disposiciones sean. necesarias para el mejor desarrollo y ejecución del Presente Decreto

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veintinueve de diciembre de mil novecientos sesenta y seis.

FRANCISCO FRANCO

El Ministro de Educación y Ciencia. MANUEL LORA TAMAYO

DOE número 66 JUEVES, 9 DE JUNIO DE 1994

AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LOS CABALLEROS

 Urbanismo.- Anuncio de 12 de mayo de 1994, sobre aprobación inicial del Plan Especial de Protección del Casco Histórico.

D.O.E. Nº 64 de 03/06/1997

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, URBANISMO Y TURISMO

Planeamiento.- Resolución de 27 de noviembre de 1996, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura por la que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Protección del Casco Histórico de Jerez de los Caballeros.

D.O.E. Nº 39 de 03/04/1999

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, URBANISMO Y TURISMO

Planeamiento.- Orden de 27 de febrero de 1998, por la que se ratifica la Resolución de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura de 27 de noviembre de 1996, que aprobaba definitivamente el Plan Especial de protección del Casco Histórico de Jerez de los Caballeros, con las correcciones derivadas de la estimación del recurso ordinario interpuesto por el Excmo. Ayuntamiento.

D.O.E. Nº 129 de 04/11/1999

AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LOS CABALLEROS

Urbanismo.- Anuncio de 7 de octubre de 1999, sobre modificación puntual del Plan Especial de Protección del caso Histórico Artístico de Jerez de los Caballeros.

D.O.E. Nº 93 de 10/08/2000

AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LOS CABALLEROS

Urbanismo.- Anuncio de 26 de julio de 2000, sobre aprobación inicial de la modificación puntual del Plan Especial del Casco Histórico relativo a las Ordenanzas Gráficas.

D.O.E. Nº 137 de 25/11/2000

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, URBANISMO Y TRANSPORTES

Urbanismo.- Resolución de 27 de abril de 2000, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan Especial de Protección del Casco Histórico de Jerez de los Caballeros, consistente en cambio de uso de dotacional a residencial, de parcela en que se encuentra el edificio de los antiguos archivos parroquiales.

DOE número 147 viernes, 31 de julio de 2009

AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LOS CABALLEROS

Urbanismo.- Anuncio de 9 de julio de 2009 sobre modificación del Plan Especial de Protección del Casco Histórico de Jerez de los Caballeros.

DOE número 32 JUEVES, 19 DE ABRIL DE 1990

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Bienes de Interés Cultural.- Resolución de 30 de marzo de 1990, por la que se ha acordado tener por incoado expediente de declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de monumento a favor de la Ermita de San Benito, en la localidad de Jerez de los Caballeros (Badajoz).

Seguido expediente en la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Extremadura, a efectos de la posible Declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento a favor de la Ermita de San Benito, en la localidad de Jerez de los Caballeros (Badajoz).

Vistos los artículos diez y once de la Ley 16/1985, de 25 de junio del Patrimonio Histórico Español, el artículo 12.1 del Real Decreto 111/86, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, y demás disposiciones de general aplicación.

Esta Consejería de Educación y Cultura, en virtud de las atribuciones que le ha sido conferidas, HA ACORDADO:

Primero: Tener por incoado expediente de Declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento a favor de la Ermita de San Benito, en la localidad de Jerez de los Caballeros (Badajoz).

Segundo.-La descripción del Bien objeto de este expediente figura como anexo de la presente disposición

Se ha delimitado la zona afectada por el expediente incoado, en cuanto que puede repercutir en la contemplación y puesta en valor del posible Monumento, así como a completar el interés de aquélla por la relación con ella de determinados elementos que formaron parte en otro tiempo de un todo, cuyos limites figuran en el anexo de la presente disposición.

Tercero.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con las disposiciones en vigor.

Cuarto.-Hacer saber al Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros que, según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, anteriormente citada, debe procederse a la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse con carácter inaplazable en tales precisarán, en todo caso, autorización de esta Consejería de Educación y Cultura.

Quinto.- Publíquese esta Resolución en el B.O.E. y D.O.E.; y una vez completo el expediente, que se abra período de información pública.

El Consejero de Educación y Cultura, Jaime Naranjo Gonzalo

ANEXO QUE SE CITA

Descripción de la Ermita de San Benito, en Jerez de los Caballeros (Badajoz)

Se halla en las afueras de Jerez de los Caballeros, a 2 kilómetros sobre la carretera que lleva a Fregenal de la Sierra. Forma parte de un conjunto en otro tiempo importante.

Data del siglo XV, bajo la protección de la Orden de Santiago, siendo sus raíces mozárabes, existiendo una inscripción con trazo de la época en el ático. En el siglo XVIII debió sufrir algunas modificaciones en el ábside y alzados laterales. En el siglo XIX con la desamortización deja de estar al culto y pasa a manos privadas.

El edificio se alza sobre la roca pizarrosa directamente, sin solución de continuidad. El edificio es todo él de mampostería, siendo todos los refuerzos de granito y lajas de pizarra.

La ermita es de una volumetría clara formada por tres cuerpos, uno cúbico, otro rectangular levemente maclados, y el pórtico que se adosa al segundo como un elemento autónomo. Corresponde al cuerpo cúbico el ábside y capilla mayor, realizado en mampostería y cajeado de ladrillo reforzado en las esquinas con sillares. Todos sus muros son ciegos, va rematado por tambor octogonal, sin linterna rematado en un sencillo pináculo, todo ello cubierto en teja árabe a ocho aguas, formando pequeños frontones a cada lado, presentando gárgolas de caño en piedra en las esquinas. Existe un hueco en el testero al parecer ajeno al edificio.

La nave de planta rectangular presenta dos contrafuertes, solamente, cómo corresponde a las pequeñas dimensiones de la, ermita, y dos huecos abocinados en los entrepaños, posiblemente de factura posterior a la nave principal. La nave va cubierta a dos aguas.

El pórtico que cierra el atrio sobreelevado sobre el terreno, es sin duda lo más relevante de la edificación, formado por tres arquerías de medio punto, de trazado mozárabe en ladrillo, apoyadas sobre sencillas columnas de granito con sencillos capiteles, sobre base de plinto y doble bocal sobre una solera realizado en ladrillo de la misma factura que la arquería.

El pórtico se adosa a la nave formando una primera estancia que forma un mirador hacia el valle de serenas proporciones; causa un gran efecto. Primitivamente estaba cubierto con una estructura de madera y teja hoy totalmente desaparecida.

El hastial de la nave presenta la portada principal con una puerta en arco de medio punto, realizada con grandes dovelas de granito y bordeada de - una sencilla columna. Todo ello también cobijado por el alfiz propio de la época, aunque no aparece ninguna decoración.

Sobre esta puerta se abre una ventana lisa, única que debía iluminar la nave originalmente a la altura de cuyo alfeizar se apoyaba la cubierta del pórtico.

La ermita presenta otra fachada lateral simétrica en fábrica a la primera descrita, con un solo hueco. Por este lado adosada a1 muro que cerca la iglesia, existe un gran aljibe, sobrellevado, depósito de agua para la finca anexa.

Interiormente la iglesia es de una sola nave de muros lisos y cubierta con bóveda de cañón, sobre una ímposta corrida, sin manifestarse arcos formeros al exterior.

Se forman dos recintos por una reducción de la nave por un muro formado por arco de medio punto rebajado, apoyado por pilastras formadas por sillares de granito.

Posiblemente existiera una reja de separación entre el ámbito de la nave y el del altar más elevado y cubierto por una semiesfera realizada en ladrillo.

Delimitación del entorno afectado

Se delimita el entorno de protección de la Ermita de San Benito, por cuanto puede afectar a su contemplación y realce propio, así como a completar el interés de aquélla por la relación con ella de determinados elementos que formaron parte en otro tiempo de un todo.

Tal entorno viene constituido por dos áreas. Una en torno a la ermita de San Benito; y otra alrededor de la llamada Ermita Pequeña. Comprendiendo los espacios interiores que se delimitan por sus puntos cardinales de esta forma:

Área Primera.- Por el N.E., la tapia de separación de la carretera N.435; por el N.0., una línea paralela trazada a 30 m. del murete y talud perpendiculares a la carretera actualmente existente; por el S.O., una línea trazada a 30 m, del murete, seto y talud, actualmente existente por delante del atrio de la ermita, en el fondo de la parcela, en paralelo a la tapia de separación con la carretera; por el S.E., la línea de unión entre los límites S.O. y N.E.; paralela al lado S.E. del estanque anejo a la ermita, trazada a 30 m. de éste.

Área Segunda o de la Ermita Pequeña.­ Por el E., la tapia de separación con la carretera N. 435; por el N., la línea trazada en paralelo a 30 m. del murete de piedra seca existente a la dere­cha de la entrada a la parcela donde se sitúa la ermita; por el O., la línea perpendicular al arco de piedra existente entre la ermita y el cortijo, coincidente con el plano de la fachada posterior del mismo; por el S., la línea trazada en paralelo a 30 m. del murete o tapia baja de celosía que une la tapia de cerramiento paralela a la carretera N. 435 hasta su confluencia con la prolongación de la línea que define el límite O.

DOE número 69 JUEVES, 30 DE AGOSTO DE 1990

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Bienes de Interés Cultural.- Orden de 26 de julio de 1990, por la que se abre período de información pública en los expedientes de declaración de Bien de Interés Cultural, del Conjunto Histórico de Fregenal de la Sierra y de la Ermita de San Benito de Jerez de los Caballeros.

DOE número 39 SÁBADO, 1 DE ABRIL DE 1995

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Concurso.- Resolución de 8 de marzo de 1995, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación de las obras de restauración de los coros del Convento de la Gracia en Jerez de los Caballeros, por el sistema de concurso.

DOE número 62 SÁBADO, 27 DE MAYO DE 1995

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Adjudicación.- Resolución de 19 de mayo de 1995, por la que se adjudican definitivamente las obras de restauración coros del convento de La Gracia de Jerez de los Caballeros.

DOE número 35 MARTES, 26 DE MARZO DE 2002

CONSEJERÍA DE CULTURA

Adjudicación.- Resolución de 5 de marzo de 2002, de la Secretaría General Técnica, por la que se adjudican definitivamente las obras de "Restauración Convento de San Agustín en Jerez de los Caballeros".

DOE núm. 131 JUEVES, 9 DE NOVIEMBRE DE 2006

CONSEJERÍA DE CULTURA

Adjudicación.- Resolución de 24 de octubre de 2006, de la Secretaría General, por la que se adjudican definitivamente las obras de "Rehabilitación y restauración de la Iglesia del Convento de San Agustín para uso cultural en Jerez de los Caballeros". Expte.: OB063PR17025. ADJUDICACIÓN: a) Fecha: 24/10/06. b) Contratista: Construcciones e Instalaciones Moreno, S.L. c) Nacionalidad: Española. d) Importe de adjudicación: 258.073,74 euros.

DOE num. 43 jueves 3 de marzo de 2016

AYUNTAMIENTO DE JEREZ DE LOS CABALLEROS

Urbanismo.- Anuncio de 9 de febrero de 2016 sobre la modificación puntual del Plan Especial de protección del casco histórico.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 27 de enero del año corriente, ha aprobado inicialmente la modificación puntual del Plan Especial de protección  del casco histórico de Jerez de los Caballeros que consiste en el cambio de uso de parcela  75007 de c/ San Agustín, n.º 31, promovido por D. Agustín García Gómez.

Lo que se hace público por plazo de un mes para posibles reclamaciones.

Jerez de los Caballeros, a 9 de febrero de 2016. La Alcaldesa, Virginia Borrallo Rubio.

Urbanismo.- Anuncio de 9 de febrero de 2016 sobre aprobación inicial de la modificación puntual del Plan Especial de protección del casco histórico.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 27 de enero del año corriente, ha aprobado inicialmente la modificación puntual del Plan Especial de protección  del casco histórico de Jerez de los Caballeros que consiste en la modificación de la altura del  edificio dirección: calle Corredera Hernando de Soto, n.º 3.

Lo que se hace público por plazo de un mes para posibles reclamaciones.

Jerez de los Caballeros, a 9 de febrero de 2016. La Alcaldesa, Virginia Borrallo Rubio

    La vigente Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura (Ley 2/99, de 29 de marzo), ha decretado como Bienes de Interés Cultural, los siguientes:

Dolmen de Toriñuelo
Conjunto Histórico
Ermita de San Benito

    En el aspecto monumental, cabe distinguir dos componentes: por un lado sus múltiples realizaciones concretas, y por otro, el conjunto urbano de las edificaciones ordinarias en el que se integran los hitos monumentales, cuya configuración general para adaptarse a la complicada orografía del asentamiento cautiva por su pintoresquismo.

Las calles son angostas y en fuerte pendiente, organizadas bajo la influencia de las numerosas iglesias, conventos, ermitas, fuentes, palacios y otros hitos monumentales, organizando una trama cuya nomenclatura resulta bien expresiva de sus características: Calzada, Corredera, Cuesta Arriba, Lagares, de los Ahorcados, y otras semejantes que configuran un conjunto toponímico extraordinariamente sugerente. De tal manera, uno de los principales atractivos de Jerez es precisamente el recorrido de su tortuoso urbanismo, pleno de panorámicas insospechadas.

    Estructuralmente la población se asienta sobre dos colinas que constituyen sus focos iniciales. En una se levanta el castillo y la iglesia de Santa María de la Encarnación, y en la otra la iglesia de San Bartolomé. En los espacios intermedios se levantó en el siglo XV la iglesia de San Miguel. Esta es el área correspondiente al casco histórico que rodea la muralla medieval. La cerca, construida en piedra y con numerosas torres de refuerzo, contaba con numerosas puertas de las que se conservan las llamadas del Burgo y de la Cilla o San Antoñito. La iglesia de Santa Catalina surgió algo más tarde extramuros, en el barrio bajo de poniente.

    Componente fundamental de la población fueron las fundaciones religiosas, entre las que, además de sus cuatro parroquias, llegó a contar con ocho conventos, tres beaterios, dos hospitales y hasta veinticuatro ermitas.

   En la actualidad y con comunidad, solo queda la de Gracia. Cuenta con portada de granito de traza ojival sobre portada de granito, se encuentra situada frente al Hospital de los pobres. Su iglesia es de nave única, con bóveda de cañón y cabecera con cubierta de crucería. Cuenta con un retablo gótico y algunas tallas interesantes.

    Del resto el de San Agustín ha sido habilitado como Ayuntamiento y casa de la Cultura y ha sido objeto de diversas intervenciones arquitectónicas, como figura mas abajo y el de la Madre de Dios que ha sido transformada en colegio. El resto de las ermitas han desaparecido.

DOE núm. 99 MARTES, 26 DE AGOSTO DE 1997

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Concurso.- Resolución de 13 de agosto de 1997, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación de la obra de "Intervención en el convento de San Agustín en Jerez de los Caballeros.

DOE núm. 104 SÁBADO, 6 DE SEPTIEMBRE DE 1997

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Concurso.- Corrección de errores a la Resolución de 13 de agosto de 1997, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación de las obras de: Intervención en el Convento de San Agustín en Jerez de los Caballeros.

DOE núm. 134 SÁBADO, 21 DE NOVIEMBRE DE 1998

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Concurso.-Resolución de 11 de noviembre de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación de las obras de: Restauración y acondicionamiento de instalaciones culturales en el Convento de San Agustín en Jerez de los Caballeros.

DOE núm. 17 MARTES, 9 DE FEBRERO DE 1999

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Adjudicación.- Resolución de26 de enero de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se adjudican definitivamente las obras de: Restauración y acondicionamiento instalaciones culturales en el Convento de San Agustín en Jerez de los Caballeros. ADJUDICACION: a) Fecha: 26 de enero de 1999. b) Contratista: Alfonso García Contreras. c) Nacionalidad: Española. d) Importe de adjudicación: 33.354.872 pesetas.

DOE núm. 145 JUEVES, 20 DE DICIEMBRE DE 2001

CONSEJERÍA DE CULTURA

Concurso.- Resolución de 19 de noviembre de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación para la contratación anticipada de las obras de "Restauración del convento de San Agustín en Jerez de los Caballeros.

DOE núm. 35 MARTES, 26 DE MARZO DE 2002

CONSEJERÍA DE CULTURA

Adjudicación.- Resolución de 5 de marzo de 2002, de la Secretaría General Técnica, por la que se adjudican definitivamente las obras de "Restauración Convento de San Agustín en Jerez de los Caballeros ADJUDICACIÓN: a) Fecha: 05/03/02. b) Contratista: Alfonso García Contreras, S.L. c) Nacionalidad: Española. d) Importe de adjudicación: 261.440,27 euros.

DOE núm. 131 JUEVES, 9 DE NOVIEMBRE DE 2006

CONSEJERÍA DE CULTURA

Adjudicación.- Resolución de 24 de octubre de 2006, de la Secretaría General, por la que se adjudican definitivamente las obras de "Rehabilitación y restauración de la Iglesia del Convento de San Agustín para uso cultural en Jerez de los Caballeros". Expte.: OB063PR17025. ADJUDICACIÓN: a) Fecha: 24/10/06. b) Contratista: Construcciones e Instalaciones Moreno, S.L. c) Nacionalidad: Española. d) Importe de adjudicación: 258.073,74 euros

   En la arquitectura civil sobresalen los palacios y casas solariegas, de ordinario blasonadas, pertenecientes al elemento señorial, cuyas magníficas realizaciones ofrecen buen testimonio del abolengo pretérito de la ciudad. Se trata de palacios cuyas piedras armeras, fachadas balconadas y portadas de gran empaque adornan numerosos puntos de la ciudad, entre las que cabe recordar las mansiones de los Corregidores, Vicaría de Santiago, el palacio del Licenciado Martínez de Logroño, noble familia originaria de la Rioja, que asentó su Casa Solariega en Jerez en el siglo XV. Son interesantes dos hermosos ventanales geminados que ostentan los blasones de esta familia, fundadora del Convento de la Gracia y con enterramiento en San Miguel. La del marques de la Lastra, construcción del siglo XVII aunque modificada posteriormente. Como acceso tiene un gran vano adintelado compuesto por tres piezas de granito. Sobre el dintel se sitúa un frontón ondulado y partido, en cuyo centro aparece el escudo nobiliario de la familia. La mansión de los T'Serclaes y otros muchos, algunas ya desaparecidas.

    Con todo, lo que mejor distingue a Jerez es el inigualable conjunto de sus iglesias de torres barrocas, cuyo valor hace de esta población centro único justamente afamado. La iglesia de Santa María de la Encarnación, inmediata al castillo, se erige sobre una posible basílica visigoda de la que aún perdura una columna alusiva a su consagración a la Virgen en el año 556. Presenta torre diferente a las otras tres, siendo su silueta la que se recorta sobre el hermoso Parque de santa Lucía cuando se divisa la ciudad desde el sur.

     Como realizaciones concejiles requieren mención la antigua casa porticada del Concejo, obra del XVI, remodelada en el siglo XVII, durante el reinado de Felipe III, situada tras la parroquial de San Miguel, o los hospitales de pobres de San Bartolomé, y el de Caridad de enfermos..

   Componente muy significado en el terreno de los equipamientos municipales es el conjunto de fuentes que se distribuyen por la población, todas ellas interesantes realizaciones, entre ellas encontramos la de Santiago o Nueva de 1571, la de los Santos de 1567, Corcho siglo XVII, la de los Caballos siglo XVI, con un gran pilar, la Higuerita, siglo XVII y otras.

    Los distintos y variados elementos que configuran esta ciudad llevaron a su declaración como Conjunto Artístico-Monumental en 1966.


     IGLESIAS

    El conjunto monumental de Jerez de los Caballeros es de una gran riqueza, destacando como apartado más importante en el dominio artístico el constituido por sus cuatro iglesias parroquiales, de las cuales tres -Santa María de la Encarnación, San Bartolomé y San Miguel - se encuentran contenidas en un recinto fortificado, situándose la cuarta - Santa Catalina - extramuros.

    Originarias todas de la etapa medieval y sometidas posteriormente a numerosas remodelaciones en el transcurso del tiempo, su personalidad y carácter resulta determinado de manera dominante por las actuaciones efectuadas en la etapa barroca, sobresaliendo en todos los casos sus monumentales torres de afiligranada traza, cuyas siluetas se recortan sobre el perfil del caserío originando un inconfundible paisaje.


   Iglesia de Santa María de la Encarnación

   Es el más antiguo de los templos parroquiales de la ciudad. Parece ser de origen visigodo por una inscripción grabada sobre una columna que traducida dice: "El noveno día de las Kalendas de enero de la era 594 (25-12-556) fue dedicada a esta iglesia de Santa María ".

   De la construcción original se conservan todavía abundantes elementos, aunque en estado deficiente debido principalmente a las reformas experimentadas en el siglo XVI. Destacan las bóvedas de crucería, la torre y las capillas.

   En la capilla mayor se conserva una cripta en la que se encuentran los restos mortales de don Ildelfonso Pacheco Portocarrero y su esposa. En la capilla de la Magdalena hay una imagen de la Virgen titular atribuida a Pedro de Mena, escultor del siglo XVII, de origen granadino, hijo de Alonso de Mena y discípulo de Alonso Cano

    El 6 de marzo de 1965 un incendio hizo grandes destrozos en el interior de la iglesia. Custodia este templo una gran riqueza de ornamentos y una buena imaginería sobre la que destacan: la "Magdalena Penitente " atribuida a Mena, la "Virgen de las lágrimas " y un "Descendimiento ",obra actual de León Ortega. Proliferan los blasones sepulcrales (Cáceres, Vargas, Figueroas, Girón, etc) algunos de notoria prestancia como el de los Pacheco-Portocarrero, en la Capilla Mayor.

    En su aspecto exterior, el templo constituye un macizo conjunto de gran solidez y majestad, con basamentos, angulares y contrafuertes de sillería granítica; Sobre ello despunta la fina y enhiesta aguja de su dombo renacentista y la adusta mole de su torre cuadrangular, de sólida base de 8 metros de lado, también de granito, que forma un pórtico o atrio de robustos pilares, sustentando arcos de medio punto y constituyen el habitual acceso al templo. No se tienen datos de la fecha de la construcción de esta torre, aunque es posterior a la del templo.


Ministerio de Cultura (BOE de 09/05/1983)

Resolución de 15 de marzo de 1983, de la Dirección General de Bellas Artes y Archivos, por la que se ha acordado tener por incoado el expediente de declaración de monumento histórico-artístico a favor de la iglesia de San Bartolomé, en Jerez de los Caballeros (Badajoz).

Boletín Oficial del Estado viernes 15 de noviembre de 2013, Núm. 274

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

Bienes de interés cultural Decreto 188/2013, de 8 de octubre, por el que se declara la Iglesia de San Bartolomé en el término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz), como bien de interés cultural, con categoría de monumento.

   Iglesia del Apóstol San Bartolomé

Hermoso templo parroquial, dedicado al Santo Patrón de la Ciudad. Según la leyenda, su origen se remonta a tiempos de la Reconquista, cuando los reyes de León hacían incursiones por estas, entonces, tierra de moros. La fábrica actual es muy posterior, aproximadamente del siglo XV y reformada en los siglos XVI y XVII, pero aún quedan muchos vestigios de su gótica fisonomía anterior que debió iniciarse como ermita, que bajo el nombre de San Bartolomé de la Jara, se alzaba en el siglo XIII, en la parte más prominente de la población. Prueba aún más su antigüedad el hecho de que los Templarios, al fortificar esta plaza, la incluyesen dentro del cinturón de sus murallas.

    En 1691 se colocó el retablo del Altar Mayor, obra barroca del tallista José de la Barrena. Es muy valiosa la imaginería, sobre la que destacan San Pedro de Alcántara de notable factura, un crucificado de gran fuerza expresiva:"Cristo de la Piedad" y Santa María de la Cabeza de reminiscencias góticas. Abundan los blasonados enterramientos, entre los que merecen especial atención las estatuas yacentes de don Vasco de Jerez y su esposa -1535-.

    El exterior del templo es un conjunto arquitectónico de notable aspecto, sobre el que destaca su esbelta y  torre de construcción que recuerda a la famosa Giralda Sevillana, de forma cuadrangular, con robusta base de sillería de granito sobre la que se asientan cuatro estamentos o cuerpos. El inferior ejecutado en sillares, presenta en la parte alta una balconada. la superior o de remate tiene forma cilíndrica, con un doble copulin estilizado con bola y veleta.  Su estilo es barroco con fábrica de ladrillo y aplicaciones de barro cocido y yesería, con revestimientos de vistosa cerámica vidriada. La torre se reconstruyó en 1759 sobre la base de otra anterior arruinada por un terremoto en 1755.

   En la fachada se abre una portada adintelada con columnas salomonicas, balcon con reja y una hornacina con la imagen de San Fernando.


   Iglesia de San Miguel Arcángel

Notable templo con suntuoso aspecto de colegiata. Se alza en el centro del casco urbano. Su construcción debió iniciarse a finales del siglo XIV, bajo la advocación de Santiago, a raíz del establecimiento de los caballeros santiaguistas en la Ciudad, cuando Enrique II hizo merced de ella a esta Orden. La referencia más antigua se remonta a 1463, fecha que consta en el epitafio del sepulcro de Garci Martínez de Logroño.

    Tiene planta de tres naves, divididas en cuatro tramos. De la primitiva fábrica se conserva la portada del lado del evangelio, de estilo gótico y formada por dos arcos apuntados que se continúan en sus respectivas jambas molduradas a través de sencilla impostas, línea sobria y total ausencia de decoración. También corresponden a la primera construcción las bóvedas de terceles de las dos capillas situadas a los pies del templo.

    Su estilo es barroco, aunque en ella se entremezclan elementos diversos que responden a los distintos períodos de evolución con adosamiento de nuevas capillas, camarines y dependencias. En el siglo XVI se reconstruyen y se amplían las naves y se edifica la capilla próxima a la cabecera en el lado del evangelio, de la que aún se puede contemplar su bóveda de crucería estrellada.

    El Altar Mayor, cubierto por ua bella cúpula, lo constituye un templete barroco de tres caras, de gran riqueza ornamental, con buenas tallas de los cuatro Evangelistas. Posee también un coro alto con voladiza tribuna dorada y órgano de gran clase.

    A los lados de la capilla mayor se sitúan dos camarines, el de la Virgen del Rosario y el de la Purísima Concepción. Ambos fueron construidos en el siglo XVIII y se cubren con cúpula. El camarín de la Purísima fue costeado por D. Alonso de Solís, Marqués de Rianzuela, en 1781, según consta en una cartela.

    Unida al anterior camarín, se encuentra una capilla que también costeó el mismo Marqués en 1791, fecha señalada en la lápida sepulcral: "Este sepulcro y capilla es de los señores Marqueses de Rianzuela y esta lápida y camarín de Nuestra Señora de la Concepción se hizo a expensas del señor don Alonso de Solís Tous de Monsalve actual Marqués de Rianzuela y bienhechor de esta iglesia. Año de 1791".

    La portada del perdón esta constituida por tres cuerpos realizados con sillerías bien encuadradas. El vano de entrada consiste en arco de medio punto flanqueado por semicolumnas que apoyan en pilastras; las medias columnas con fustes estriados, descansan en pedestales de sección triangular. Un entablamento cierra la portada.

    Su torre barroca es una sólida construcción de ladrillo con aplicaciones ornamentales en barro cocido y basamento de piedra granítica que sobrepasa la altura de sesenta metros. El cuerpo inferior está fabricado en sillería y ladrillo, Fue diseñada por el presbítero de la parroquia, don Basileo Fernández Atalaya y comenzó a construirse en el año 1749 por el alarife Juan Antonio de Ladera, concluyéndose la obra en 1760 con la colocación del giraldillo o remate.

   Según manifestación expresa en su testamento, en esta parroquia, junto a las cenizas de su madre, quiso descansar eternamente el adelantado de la Florida, Hernando Méndez de Soto.

HERNANDO MÉNDEZ DE SOTO
   Gobernador de Cuba, Adelantado y Marqués de la Florida

    Nacio en Jerez de los Caballeros en el año 1500, la familia de los Méndez de Soto, de rancia estirpe castellana que se estableció en Jerez a mediados del siglo XV.

    Muy joven se enrolo en la expedición de Pedrarias hacia Darién en Panama. Mas tarde embarcó al Perú, llamado por Pizarro, a quien acompañó en la conquista del imperio inca, y fue el primer español que se entrevistó con el emperador Atahualpa. En la batalla de Cajamarca mandó parte de la caballería destacando en la misma. Fue contrario a la prisión y muerte del emperador inca, llevada a cabo durante su ausencia. Intervino en la conquista de Cuzco, llegando a ser Corregidor durante algún tiempo. Volvió a España en 1535, donde se casó en Segovia con doña Isabel de Bobadilla, hija de Pedrarias Dávila.

El 20 de abril de 1537 pactó las capitulaciones con la Corona para la expedición que tomaría a sus expensas y en la que invirtió más de cien mil ducados. Nombrado Adelantado, Gobernador de Cuba y Marqués de la Florida, con un territorio a conquistar de más de doscientas leguas de extensión, se dispuso a emprender el viaje, con siete navíos, tres bergantines y unos seiscientos hombres armados; saliendo de Sanlúcar de Barrameda el 6 de abril de 1538. Organizada en Cuba su hueste, donde quedó a doña Isabel como gobernadora, partió de La Habana, el 18 de mayo de 1539, rumbo a la Florida y arribó a la bahía del Espíritu Santo el 25 del mismo mes y año.

    Perdiendo la vida cuando sólo contaba 42 años (25 de mayo de 1542), en las riberas del Mississipi, cuyo lecho le sirvió de sepultura, en su testamento figuraba el de ser enterrado, juntamente con las cenizas de su madre, en la Capilla de la Concepción de la Parroquia de San Miguel de su ciudad natal.

    Hernando de Soto fue propietario de un lebrel llamado Bruto, éste combatió en La Florida, los indios tuvieron que emplear cincuenta flechas para matarlo cuando atravesaba el cauce de un río.


DOE número 26 MARTES, 2 DE ABRIL DE 1985

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Anuncio de la Consejería de Educación y Cultura adjudicando las obras de restauración de la iglesia de Santa Catalina de Jerez de los Caballeros.  A favor de don Pedro García Moya en la cantidad de  13.610.375

DOE número 80 VIERNES, 13 DE OCTUBRE DE 1989

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Obras.- Anuncio de 4 de octubre de 1989, para la contratación de las obras de Restauración fachadas y cubierta de la Iglesia de Santa Catalina, en Jerez de los Caballeros. 

DOE número 88 JUEVES, 9 DE NOVIEMBRE DE 1989

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Restauración.- Resolución de 26 de octubre de 1989, por la que se adjudican las obras de "Restauración de fachadas y cubierta de la Iglesia Santa Catalina, en Jerez de los Caballeros".

DOE núm. 53 SÁBADO, 8 DE MAYO DE 1999

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Concurso.-Resolución de 5 de mayo de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación de las obras de: Restauración del retablo mayor de la Iglesia Parroquial de Santa Catalina, en Jerez de los Caballeros.

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Adjudicación.- Resolución de 1 de julio de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se adjudican definitivamente las obras de restauración del retablo de la Iglesia de Santa Catalina en Jerez de los Caballeros. ADJUDICACION: a) Fecha: 30-6-99. b) Contratista: M.ª Luisa López Avila (Uffizzi). c) Nacionalidad: Española. d) Importe de adjudicación: 6.927.000 ptas., 41.632,11 euros.

Iglesia de Santa Catalina

    Es la mas tardia de todas, aunque presenta el mismo esquema constructivo, sus proporciones arquitectonicas son mas perfectas. Sin embargo no hay gran diferencia de fechas en lo que respecta a las actuales fábricas de los otros tres templos, puesto que todos ellos fueron ampliados y reformados a partir del siglo XVI. Su origen está en el siglo XVI, y a diferencia de las otras iglesias, no se aprecian rasgos de una fábrica anterior. El Altar Mayor es una obra barroca de grandiosa hermosura, formado por dos cuerpos sostenidos por columnas salomónicas y rematado por una enorme concha tallada de gallón.

    Su ejecución tuvo lugar entre los años 1746-1750 y fue obra de los grandes artífices Ignacio el Tallista y Francisco Martínez Cañet. Es esta la parroquia que atesora la mejor imaginería, destacando del conjunto el "Cristo de la Victoria", "San Pedro de Alcántara" y "San Diego de Alcalá".

    La torre barroca, fue levantada en el año 1762, en su mayor parte con las aportaciones y limosnas de los vecinos como consta en una inscripción existente sobre la misma. Su altura sobrepasa los sesenta metros, rematados por un giraldillo que representa la imagen titular de la parroquia. La parte inferior alcanza la mitad de la altura, está desnuda de componentes decorativos y su fabrica es de mampostería con configuraciones de falsa cantería y sillares en las esquinas.

    Entre los valiosos ornamentos que posee esta iglesia hay una custodia barroca del siglo XVIII, donativo del Rey Carlos II en el año 1763.


ENTIDADES

La Bazana - poblado de colonización a 8 Km.-,
Brovales - poblado de colonización a 10 km.-,
Valuengo - poblado de colonización a 6 km.-

   Son poblados de nueva planta construidos cerca de Jerez de los Caballeros. Su aspecto más destacable estriba en el conjunto de realizaciones históricas que proliferan en sus entornos, entre las que se cuentan La Albuera levantada en sus cercanías en 1677; el dolmen del Toriñuelo; el castillo señorial cercano al mismo, hoy muy modificado; y tres interesantes puentes, uno romano en su estado original, otro también romano, rehecho en época medieval, y un tercero del siglo XVIII.

   El dolmen de Toriñuelo, recientemente restaurado, consta de cámara con túmulo y corredor. En sus cercanías se encuentra el puente romano de Brovales, obra de pequeñas proporciones con un solo arco y calzada a doble plano, construida en sillería sobre un paraje abundante en rocas, de extraordinaria belleza.

    Próximo a La Bazana sobre el río Ardila, se levanta el puente de origen romano reformado en la Edad Media. Tiene 150 metros de longitud, fabricado en mampostería y sillares. Cuenta con nueve arcos y estribos por los dos costados. Aún se mantiene en servicio.

   Aguas arriba de éste se levanta, al servicio de la carretera N-435, otro puente de gran cuerpo con seis arcos de enorme luz, construido en sillería regular. La obra, levantada a finales del siglo XVIII, vino a cubrir la falta de paso sobre el río Ardila en dirección a Fregenal y Sevilla.


GASTRONOMÍA

    En el dominio de la gastronomía, a los espárragos trigueros, caracoles, las afamadas "tapas de guarrito" y demás especialidades locales que pueden degustarse en establecimientos plenos de tipismo, se unen los embutidos y demás productos del cerdo. Entre éstos sobresale como pieza reina el jamón, que aquí encuentra su centro capital, y a cuya elaboración de dedican numerosas industrias de afamado renombre. En su honor se celebra durante el mes de Mayo una feria del Cerdo Ibérico y Maquinaria Agroindustrial, cuyos actos más significados son precisamente los que se dedican al jamón.

    En cuanto a dulces y postres típicos, aparte de los propios de la comarca cabe destacar el "bollo turco" propio de las fechas navideñas y elaborado con almendra, huevo y azúcar.

    Montesano Extremadura, S.A. Ctra. Nacional 435, Km 234. La fábrica de embutidos y productos cárnicos Montesano está situada a una altitud de 800m sobre el nivel del mar, en el municipio de El Rosario, en la Villa de La Esperanza.

    Este lugar privilegiado de la isla de Tenerife está rodeado de vegetación y cuenta con un clima ideal para la elaboración de los embutidos y jamones, ya que la temperatura y la humedad del ambiente son adecuadas para el proceso de curación.

    Montesano Extremadura se instaló en 1998 en Jerez de los Caballeros, al sur de la provincia de Badajoz, en la zona denominada La cuna del ibérico.La fábrica está compuesta de: Matadero con capacidad superior a los 150.000 cerdos ibéricos, sala de despiece, cámaras frigoríficas y de congelación, secaderos, bodegas, áreas de elaboración y zona administrativas. Todo esto nos permite mirar al futuro con optimismo para ofrecerles un producto con todas las garantías sanitarias y con todo el sabor ibérico.

    Montesano Extremadura es una empresa cuyas sólidas bases se encuentran en el profundo respeto por la tradición y en la aplicación de las más modernas tecnologías en todos los procesos de elaboración de nuestros productos. La fábrica de Montesano Extremadura tiene un matadero de 1824m2 y una superficie destinada para la fabricación y para el secadero de 12,400m2, permitiendo una capacidad para 400.000 piezas de cerdo.

    Montesano es una de las empresas que más apuesta en estos momentos por conseguir que la mágica tierra de Extremadura, donde se crían la mayor parte de los cerdos ibéricos, se convierta también en referente en la trasformación del cerdo ibérico, posibilitando que el despiece y elaboración se produzca en las cercanías de la dehesa extremeña, ecosistema único en el mundo y gracias al cual los nobles cochinos alcanzan su plenitud organoléptica.

    La unión de los mejores factores para alcanzar los máximo estándares de calidad y servicio han permitido que Montensano sea una empresa conocida en España y a nivel mundial, siendo un referente dentro del mercado carnico internacional.

    Jamones y Embutidos Angeles S.L. Fuente Nueva, 2 Jamones y Embutidos Ángeles es una empresa dedicada a la fabricación y comercialización de productos del cerdo ibérico de bellota, inscrita en la DOP Dehesa de Extremadura

   Industrias Cárnicas El Bellotero es una empresa familiar con una larga tradición en la cría de cerdos ibéricos en la dehesa extremeña y la posterior industrialización y distribución de sus derivados.

    En la dehesa extremeña, Industrias Cárnicas El Bellotero, SA dispone de 2.840 hectáreas de encina y alcornoque destinadas al engorde de cerdo ibérico en extensivo. Anualmente criamos unos 5.000 cerdos ibéricos

    Alimentos Cárnicos de Extremadura S.L. Polígono Industrial El Pabellón. Alicex, es una empresa que se dedica a la elaboración y comercialización de productos del cerdo ibérico criados en las dehesas que rodean a Jerez de los Caballeros. Un municipio de la provincia de Badajoz que cuenta con la extensión más grande de dehesas de encinas y alcornoques del mundo.

    Aprovechando el conocimiento de nuestros antepasados en la tradicional Matanza Extremeña y la mejor materia prima, el cerdo de raza ibérica que desde la Edad Media se ha criado en esta zona de Extremadura, elaboramos de forma artesanal los jamones y embutidos que son conocidos en el mundo entero.

    Miguel Jesús Diaz Herranz, Polígono Industrial El Pabellón. La empresa Emilio Díaz Blanco se fundó a mediados de los años 40 por Emilio Díaz Fernández y Dolores Blanco López, se ha ido heredando de padres a hijos y hoy en día es dirigida por Emilio Díaz Blanco e hijos. La fabricación de nuestros productos es cien por cien artesanía pura donde la utilización de conservantes y colorantes no es apta para nosotros

    El cerdo ibérico ha formado parte del paisaje de Extremadura desde la más remota antigüedad. Los romanos eran expertos ganaderos de la dehesa, así como elaboradores de perniles conservados en sal. Esta tradición se ha mantenido a lo largo de la historia, conservando y mejorando una raza que constituye un auténtico tesoro genético, un animal perfectamente adaptado al ecosistema de la Dehesa, que obra el milagro, gracias a su particular metabolismo, de transformar los pastos y las bellotas de los que se alimenta en uno de los productos naturales más sanos y exquisitos que puedan apreciarse: el jamón ibérico de bellota, que aparte de ser un alimento sano y un manjar gastronómico, es uno de los máximos exponentes del saber hacer, de la tradición y la alegría de vivir de todo un pueblo

    La Jamoneria S.A. Crta. de Villanueva, 44. La empresa Jamones y Embutidos de Jerez tiene 24 años de antigüedad. La actividad es compra venta de productos cárnicos frescos, refrigerados, congelados y fabricacion de embutidos y salazon de jamones

    Señorio del Temple y Siete Juanes Juan Ignacio Vazquez Perez c/La Luz 2

    La empresa Señorio del Temple y Siete Juanes tienen el orgullo de pertenecer a la familia de los Jierrito, la mas antigua dedicada a la producción de jamones y embutidos en Jerez de los Caballeros.

  Para saber mas acerca de las Marcas de Calidad de la región extremeña, pinchar aquí

    Para conocer la normativa de las Matanzas Caseras, pinchar aquí

   Está incluido dentro de la Denominación de Origen del cordero de Extremadura Corderex, para conocer mas sobre el cordero, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

   Está incluido en la denominación del cerdo ibérico Dehesa de Extremadura, para mas información sobre el cerdo y sus productos pinchar aquí

  Está incluido dentro de la zona Ternera de Extremadura, para conocer mas sobre la ternera, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

    Está incluido dentro de la zona Vino de la Tierra de Extremadura, para conocer mas sobre el vino de la Tierra, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

    Control de los quesos curados elaborados con leche cruda y madurados en establecimientos distintos a los de elaboración. pinchar aquí

    Para conocer el Registro de Envasadores y Embotelladores de aceite de oliva virgen extra y aceite de oliva virgen con designación de origen de la Comunidad Autónoma de Extremadura, pinchar aquí.

    Su quieres conocer el panel de Catadores de Aceite de Oliva Virgen y la regulación de las organizaciones de operadores del sector oleícola, pincha aquí.

   Para conocer la Calidad de las Aguas potables, pinchar aquí

    Está incluido en la protección de la Cabra Retinta Extremeña, para mas información sobre la cabra y sus productos pinchar aquí

   Si quieres saber sobre el Registro de Derechos de Replantación de Viñedos, pincha aqui

   Para mas información sobre Gastronomía extremeña, ir a Addenda de Gastronomía

 


FIESTAS

    Las fiestas jerezanas están enraizadas con el culto religioso; aunque con el paso del tiempo, han ido perdiendo ese carácter estricto y se han convertido en fiestas más populares y ludicas.

   En la epoca veraniega, se celebran las tradicionales "Velás de Barrio". En cada barrio, en cada plaza tiene lugar a fiesta del patrón ó santo titular; así se celebran las "velás" de San Bartolomé, la de los Martires, la de Santiago, la de Santa Catalina, y otras recuperadas en el tiempo, como la de Santa María ó San Roque.

  • Semana Santa. Fiesta declarada de Interés Turístico.

Contribuyen al esplendor de la Semana Santa jerezana sus barrios pintorescos, la imaginieria escultórica y el pueblo.

 Todos los principales misterios de la Pasión son recordados y solemnizados en la Semana Grande de Jerez de los Caballeros.

  • La Candelaria (2 de febrero)
  • Carnavales
  • el Salón del Jamón Ibérico 2ª semana de mayo
  • San Bartolomé. Fiestas Patronales (24 de agosto) con la peculiar "salida del diablo" en la víspera dedicada sobre todo a los niños.
  • Romería de la Virgen de Aguasanta (final de mayo)
  • Festival Templario 16 de julio
  • Concurso Internacional de Pesca, tiene lugar durante todo el día y la noche en el primer fin de semana de Junio en la Charca de La Albuera, cuya antigüedad se cifra en mas de 275 años.

DOE número 5 MARTES, 20 DE ENERO DE 1987

 CONSEJERÍA DE TURISMO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

Turismo.- Orden de 8 de enero de 1987, por la que se declara Fiesta de Interés Turístico de Extremadura la Semana Santa de Jerez de los Caballeros.

Ilmos. Sres.:

Al efecto de dar cumplimiento a los fines expuestos en que el Decreto 65/85 de la Junta de Extremadura, por el que se creó la denominación Fiesta de Interés Turístico de Extremadura y al efecto de reconocer e incentivar las fiestas tradicionales de nuestra Comunidad, un elemento mas de promoción turística, a propuesta de la Dirección General de Turismo, en uso de las facultades que se otorga el artículo 4.° del precitado Decreto,

DISPONGO:

Artículo único: Declarar Fiesta de Interés Turístico de Extremadura a la «Semana Santa de Jerez de los Caballeros», que anualmente se celebra en la localidad de Jerez de los Caballeros.

Mérida, 8 de enero de 1987. El Consejero de Turismo, Transportes y Comunicaciones, Jose Luis Torres Marquez. Ilmos. Sres. Secretario General Técnico y Director General de Turismo. Mérida.

BOE núm. 306 miércoles 23 de diciembre de 2015

Fiestas de interés turístico

Resolución de 9 de diciembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se concede el título de Fiesta de Interés Turístico Nacional a la fiesta Semana Santa de Jerez de los Caballeros (Badajoz).

De conformidad con lo dispuesto en el apartado sexto de la Orden ITC/1763/2006, de 3 de mayo, por la que se regula la declaración de fiestas de interés turístico nacional e internacional, que se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» número 135, de 7 de junio de 2006,

Esta Secretaría de Estado de Turismo ha tenido a bien conceder el título de «Fiesta de Interés Turístico Nacional», a la siguiente fiesta:

«Semana Santa» de Jerez de los Caballeros (Badajoz).

Contra la presente resolución cabe recurso administrativo ordinario de alzada ante el Ministro de Industria, Energía y Turismo, según lo dispuesto en los artículos 114 a 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo para la interposición del recurso será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 9 de diciembre de 2015.–La Secretaria de Estado de Turismo, Isabel María Borrego Cortés.

    Plaza de Toros de 3ª Categoría, construida en el siglo XIX, tomando como modelo la Maestranza de Sevilla, aunque careciendo de callejón, su capacidad es de 6.000 espectadores.

DOE número 62 JUEVES, 4 DE AGOSTO DE 1988

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Bienes de Interés Cultural.- Resolución de 30 de junio de 1988, por la que se ha acordado tener por incoado expediente de declaración como bien de interés cultural con categoría de monumento a favor de la plaza de toros, en la ciudad de Jerez de los Caballeros.

DOE número 23 MARTES, 20 DE MARZO DE 1990

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Bienes de Interés Cultural.- Orden de 9 de marzo de 1990, por la que se abre período de información pública en los expedientes de declaración de Bien de Interés Cultural del Abside Mudéjar de la Iglesia de Galisteo y la Plaza de Toros de Jerez de los Caballeros.

DOE núm. 16 MARTES, 10 DE FEBRERO DE 1998

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Adjudicación.- Anuncio de 20 de enero de 1998, sobre Resolución por la que se adjudican definitivamente las obras de emergencia en la reparación de la plaza de toros de Jerez de los Caballeros.

DOE núm. 147 JUEVES, 24 DE DICIEMBRE DE 1998

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Concurso.- Resolución de 11 de diciembre de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación de las obras de: Restauración de Plaza de Toros de Jerez de los Caballeros.

DOE núm. 78 JUEVES, 6 DE JULIO DE 2000

CONSEJERÍA DE CULTURA

Concurso.- Resolución de 19 de junio de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación de las obras de: Urbanización y Accesos de la Plaza de Toros de Jerez de los Caballeros.

DOE núm. 80 JUEVES, 12 DE JULIO DE 2001

CONSEJERÍA DE CULTURA

Expropiaciones.- Orden de 8 de junio de 2001, por el que se abre periodo de Información Pública en el expediente de declaración de interés social y autorización de expropiación de los terrenos del entorno de la plaza de Jerez de los Caballeros.

    Eugenio Larruga, en sus Memorias Políticas y Económicas, Tomo XXXIX, publicado en Madrid el año 1796, paginas 246 y siguientes, escribe: Ferias;

    En la Ciudad de Xeréz de los Caballeros se celebra desde el dia primero de Septiembre hasta el 3 del mismo de cada año, un mercado en la plaza pública con puesto de los tenderos y mercaderes de ella, hortelanos vecinos con ajos y cebollas; y tal vez suelen k de la Villa de Zafra algunos caldereros y plateros con tienda ligera de uno y otro género, que el concurso solo es de dicha Ciudad, y de sus Valles de Matamoros y Santa Ana; y que aunque se ha buscado en la Escribanía del Cabildo y Archivo de dicha Ciudad el privilegio conducente á ello, no se ha encontrado; pero es de inmemorial dicho mercado, segun es notorio y público en la expresada Ciudad.

GANADERÍAS RESES BRAVAS

Heredero Conde de la Corte.

Propietario Agroganadera Arábiga S. L.
Representante: Don Luis Guillermo López Olea.
Apartado de Correos nº 59 06300 ZAFRA (Badajoz) 924 75.57.23.
Divisa: Verde, Encarnada y Oro.
Señal: Hoja de Higuera en la oreja Derecha y Garabato en la Izquierda.
Encaste: Conde de la Corte
Asociación: Unión de Criadores de Toros de Lidia
Antigüedad: 17 de Mayo de 1.928
Finca: "Los Bolsicos". Jerez de los Caballeros - Badajoz.

    Procedencia: procede esta ganadería de la de la marquesa viuda de Tamarón, de Vejer de la Frontera (Cádiz), que la formó con reses de don Fernando Parladé en 1912 ,originarias de don Eduardo Ibarra de pura casta Vistahermosa. la cual vendió en 1920, con todos sus derechos, a don Agustín Mendoza, conde de la Corte. En poder del conde de la Corte varió el hierro y la divisa por los que actualmente utiliza. En 1964, y por fallecimiento del conde de la Corte, heredó la ganadería su sobrino y colaborador, don Luis López Ovando, pasando a anunciarse a nombre de Herederos del Excmo. Conde de la Corte

    Son toros de bella morfología, con cabezas de astas desarrolladas, bajos de alzada y descolgados, enmorrillados, finos de cabos y capa negra, salpicados y algunos colorados.

    Con reses procedentes de esta ganadería se han formado otras muchas; españolas, portuguesas y americanas, siendo frecuente la venta de sementales para la mejora de las mismas

VICENTE HARO

Propietario: D. Vicente Haro Haro.
Camino Encinasola, km. 10. 06380 JEREZ DE LOS CABALLEROS (Badajoz).
Representante: D. Vicente Haro Haro.
Hermosilla, 79, 2.º. 28001 Madrid
610 20 45 03 y 91 542 23 55
Señal: Orejisanas ambas
Divisa: Roja y Azul
Siglas: LVH

Finca: "Dehesa de la Fuente". JEREZ DE LOS CABALLEROS (Badajoz).

Se forma en el año 2001 con reses de la ganadería de «LaVictoria» y semental de D. Fernando Gutiérrez de procedencia «Cebada Gago».

Ganadería de Caballos

D. Luis Rangel Prats
Jerez de los Caballeros BADAJOZ
Fax: 924 75 19 56 Móvil:625 09 76 27

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TURISMO

DOE núm. 55 MARTES, 13 DE MAYO DE 2003

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

Vías pecuarias. Anuncio de 23 de abril de 2003, de comienzo de operaciones materiales de deslinde de vía pecuaria en el término municipal de Jerez de los Caballeros.

DOE núm. 118 MARTES, 7 DE OCTUBRE DE 2003

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL

Vías pecuarias.- Anuncio de 15 de septiembre de 2003, de exposición pública de propuesta de deslinde de vía pecuaria en el término municipal de Jerez de los Caballeros.

DOE núm. 8 JUEVES, 22 DE ENERO DE 2004

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL

Vías pecuarias.- Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se aprueba el deslinde de la Cañada Real de Salvaleón por el Monte Porrino. Tramo: En todo el término municipal. Término municipal de Jerez de los Caballeros.

DOE núm. 20 JUEVES, 19 DE FEBRERO DE 2004

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL

Vías pecuarias.- Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se aprueba el deslinde de la Cañada Real de Burguillos por la Dehesa del Toconal. Tramo: En todo el término municipal. Término municipal de Jerez de los Caballeros.

Núm.: 29 viernes, 11 de febrero de 2011

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

Vías pecuarias.- Anuncio de 18 de enero de 2011 sobre exposición pública del comienzo de operaciones de amojonamiento de la vía pecuaria denominada "Cañada Real de Salvaleón por el Monteporrino", en el término municipal de Jerez de los Caballeros

Acordada por la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural de la Junta de Extremadura, la realización del amojonamiento de la vía pecuaria denominada Cañada Real de Salvaleón por el Monteporrino, en todo el TM de Jerez de los Caballeros a excepción de la zona de concentración, y de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y siguientes del vigente reglamento de vías pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado mediante Decreto 49/2000, de 8 de marzo (DOE n.º 30, de 14 de marzo), se hace público para general conocimiento, que los trabajos de referencia darán comienzo a las 10,00 horas del día 2 de marzo de 2011 en el aparcamiento de la Siderúrgica Balboa, junto al cruce de la carretera de Zafra con la de Valuengo.

Para la realización de dichos trabajos ha sido designada la sección de vías pecuarias, ostentando D.ª Cristina Montesinos Barrios la representación de la administración.

Todos aquellos que se consideren interesados podrán acudir a dicho acto y hacer las manifestaciones que consideren oportunas, por todo ello se adjunta en cuadro Anexo los posibles colindantes a dicha vía pecuaria.

Mérida, a 18 de enero de 2011. El Director General de Desarrollo Rural, Antonio Guiberteau Cabanillas.

DOE Núm.: 109 Miercoles 8 de junio de 2011 

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURALVías pecuarias.- Anuncio de 12 de mayo de 2011 sobre exposición pública del proyecto de amojonamiento de la vía pecuaria denominada "Cañada Real de Salvaleón por el Monteporrino", en el término municipal de Jerez de los Caballeros.

Redactado el proyecto de amojonamiento de la vía pecuaria denominada “Cañada Real de Salvaleón por el Monteporrino”, en el término municipal de Jerez de los Caballeros, en todo su recorrido a excepción de la zona de concentración, y de acuerdo con el art. 19 del Decreto 49/2000, de 8 de marzo (DOE n.º 30, de 14/03/00) por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se hace público para general conocimiento, que dicha propuesta estará expuesta al público en el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, así como en las oficinas de la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, ctra. de San Vicente, 3, 06007 de Badajoz, durante un plazo de quince días contados desde su publicación en el DOE.

Durante dicho plazo, podrán ser presentados por los interesados, en las mencionadas oficinas, las alegaciones o reclamaciones que estimen convenientes y los documentos en que se funden sus derechos.

Mérida, a 12 de mayo de 2011. El Director General de Desarrollo Rural, Antonio Guiberteau Cabanillas.

DOE Núm.: 152 Lunes 08 de agosto de 2011

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Vías pecuarias.- Resolución de 12 de julio de 2011, de la Dirección General de Desarrollo Rural, por la que se aprueba el amojonamiento de la vía pecuaria denominada "Cañada Real de Salvaleón por el Monteporrino", en el término municipal de Jerez de los Caballeros.

La Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural en virtud de las atribuciones conferidas en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, y el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Decreto 49/2000, de 8 de marzo, y el Decreto 195/2001, de 5 de diciembre, por el que se modifica el anterior, es competente para ejecutar los actos que sobre las vías pecuarias se practiquen.

En este sentido, y de conformidad con el procedimiento legalmente establecido en el artículo 9 de la Ley 3/1995 y el 19 del Reglamento de Vías Pecuarias, se ha llevado a cabo el amojonamiento de la Vía Pecuaria denominada Cañada Real de Salvaleón por el Monteporrino, en todo el término municipal de Jerez de los Caballeros:

1. El procedimiento de amojonamiento de la vía pecuaria mencionada fue iniciado por acuerdo de la Dirección General de Desarrollo Rural de 18 de enero de 2011.

2. Las operaciones materiales de amojonamiento, previos los anuncios y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron a las 10,00 horas del día 2 de marzo de 2011 en el aparcamiento de la Siderúrgica Balboa, junto al cruce de la carretera de Zafra con la de Valuengo.

3. Terminadas las operaciones de amojonamiento por el representante de la Administración, éste se somete a exposición pública durante el plazo de quince días, previamente anunciado en el Diario Oficial de Extremadura n.º 109, de 8 de junio de 2011. En el plazo establecido al efecto no se presentaron alegaciones.

Vista la propuesta de resolución de amojonamiento de la vía pecuaria denominada Cañada Real de Salvaleón por el Monteporrino, en todo el término municipal de Jerez de los Caballeros, elevada por el Representante de la Administración.

En su virtud y uso de mis atribuciones legales, y a propuesta del representante de la Administración,

R E S U E L V O :

Aprobar el proyecto de amojonamiento de la vía pecuaria denominada Cañada Real de Salvaleón por el Monteporrino, en todo el término municipal de Jerez de los Caballeros.

Frente a la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y Desarrollo Rural de la Junta de Extremadura en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, por la que se modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 101 y 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de cualquier otro recurso que estime procedente.

Mérida, a 12 de julio de 2011. El Director General de Desarrollo Rural, Antonio Guiberteau Cabanillas.

    SALÓN DEL JAMÓN IBÉRICO

    El Salón del jamón ibérico, es la muestra monográfica, donde el auténtico y único protagonista es el Jamón Ibérico de Bellota. En estos certámenes, tienen cabida todos aquellos industriales que trabajen en el sector. Se celebra en la segunda semana de mayo.

    PESCA

    En el embalse de La Albuera, se celebra con carácter anual y en horas nocturnas el Concurso Tradicional de Pesca, cuya antigüedad se cifra en más de 275 años.

La Albuera de Jerez-Charca de la Albuera es coto consorciado,

  • Especies principales: tenca
  • Cupo de capturas: 10 tencas
  • Periodo de pesca: desde el primer domingo de junio al primero de septiembre
  • Días hábiles: todos
  • Permisos para socios y ribereños: 150
  • Permisos resto de pescadores: 50
  • Lugar de expedición permisos: Deportes Gordillo - Jerez de los Caballeros

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  ARTESANIA

   En Jerez de los Caballeros, la actividad artesanal más antigua y tradicional es la manipulación del corcho, en la actualidad, se encuentra prácticamente desaparecida.

    Los Bordados se dedican principalmente a las figuras religiosas, Vírgenes y Cristos, cuyo lucimiento tendrá lugar en la Semana Santa.


  MINERALES

   Se encuentran en el termino los siguientes minerales, en cantidades mas o menos variables:

    MINAS. Se han denunciado y registrado en esta provincia; 10 de plata en Llerena, Fregenal, Mérida, Azuaga, Monasterio; 2 de plata y cobre en Llerena y Cabeza la Vaca; 5 de plomo argentifero en Higuera la Real , Llera , Azuaga y Mérida; 16 de cobre en Higuera la Real, Fregenal, Fuente de Cantos, Llerena, Valencia del Ventoso, Nogales, Fuentes de Leon y Montemolin; 4 de cobre gris en Llerena; 2, de cobre y plomo en Jerez de los Caballeros y Almendral; 18 de plomo en Higuera la Real, Fregenal, Llérena, Azuaga, Fuente de Cantos , Mérida, Usagre, Granja de Torrehermosa y Cabeza la Vaca; 16 de cinabrio en Usagre; 2 de cinabrio y plomo en el mismo; 6 de carbon en Fregenal, Los Santos, Casas de Reina y Llerena, y 8 de estaño en Mérida , que componen 8+ minas , aunque ninguna se halla en el dia en estado de productos.

    En el Registro y Relación de Minas de la Corona de Castilla de D. Miguel de Burgos, publicado en Madrid el año 1832.

    Xerez de los Caballeros. En Madrid a 22 de enero de 1514 se hizo merced de juro de heredad al doctor Galindez de Carvajal de los mineros de Xerez de Badajoz, pagando la octava parte.

    En 30 de mayo de 1567, ante los oficiales de S. M. en las minas de Guadalcanal, Juan de Santa Cruz registró una en término de Xerez de los Caballeros, en el portal de la casa de Diego García Farfan, frontero de la de Vasco Malaver.

    En 14 de febrero dé 1568, ante loe mismos oficiales, Benito Rodriguez Pájaro registró una mina de cualquier metal que fuese en término de la dicha ciudad de Xerez, en el rincon de la dehesa de la corte Laberona.

Boletin Oficial del Estado numero 260, 29 Octubre 1960.

RESOLUCIONES de los Distritos Mineros de Badajoz. Granada, Sevilla, Huelva, Salamanca y Vizcaya por las que se otorqan. los permisos de investigacion que se citan.

Los Ingenieros Jefes de !os Distritos Mineros que se indican hacen saber que han sico otorgados los slguientes permisos de investigaclon, con expresion del numero, nombre del mineral y termino municlpal

BADAJOZ

Provincia de Caceres

8.217. «Amp .a La Union» Estaño y wolframio. Caceres.

8.550bis «Lorgan 3. (Fraccion 2.). Estaño. Logrosan y Cañamero.

Provincia de Badajoz

10,809 bis. «Parrilla» (Fraccion 2.). Hierro. Jerez de los Caballeros

Lo que se hace publico en cumplimento de lo ordenado en las disposiciones legales vlgentes

B.O.E.- Num. 27 1 febrero 1961

RESOLUCIONES de los Distritos Mineras de Badajoz, Córdoba, La Coruña. León y Salamanca por las que se hacen públicas las caducidades de los permisos de investigación que se citan.

Los Ingenieros Jefes de los Distritos Mineros que se indican hacen saber que han sido caducados los siguientes permisos de investigación, con expresión del nümero, nombre, mineral, hectáreas y termino municipal

BADAJOZ

Provincia de Badajoz

10.917 «Calvo Sotelo» Caolin. 20. Zalamea de la Serena y Monterrubio de la Serena.

10.825. «Lapa».Hierro. 826. Feria. La Lapa y Salvatierra de los Barros.

10.825 bis. «Lapa» (Fracción 2 ). Hierro.197. Feria. Burguillos del Cerro. La Lapa y Alconera.

10.825 ter. «Lapa» (Fracción 3.). Hierro.24. Alconera.

10.874. «Segunndo San Jose». Barita. 16. Azuaga.

10.890. «Chismiturri». Hierro.170. Jerez de los Caballeros.

Lo que se hace publico en cumplimiento de lo ordenado en las disposiciones legales vigentes.- 880, 876, 877 Y 878.

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 17/07/1964, nº 171

Departamento: Ministerio de Educación Nacional Páginas: 9226 - 9227

Decreto 2041/1964, de 18 de junio, de creación de un Centro oficial de Enseñanza Media y Profesional de modalidad industrial-minera en Jerez de los Caballeros (Badajoz).

B.O.E núm 84, 8 de abril de 1981

RESOLUCIONES de tos Distritos Mineros de Badajoz y Zaragoza por las qué se hacen públicas las cancelaciones de los permisos de investigación que se citan.

Los Ingenieros Jefes de los Distritos Mineros que se indican hacen saber: Que han sido cancelados los siguientes permisos de investigación, con expresión del número, nombre, mineral y término municipal:

BADAJOZ

10.474. «La Mata». Tungsteno. 548 hectáreas. Jerez de los Caballeros.

Lo que se hace publico, declarando franco y registrable el terreno comprendido en sus perímetros, excepto excepto para sustancias reservadas á favor del Estado, no admitiéndose nuevas solicitudes hasta trascurridos ocho días a partir del siguiente al de esta publicación. Estas solicitudes deberán presentarse en horas de oficina (de diez de la mañana a una y media da la tarde) en esta Jefatura, de Minas.

D.O.E. Nº 7 de 13/06/1983

Resolución de 11 de marzo de 1983, de la Dirección General de Minas, por la que se publica la inscripción de propuesta de reserva provisional a favor del Estado para investigación de recursos minerales de hierro, cobre, oro y plata en un área denominada "Jerez de los Caballeros" comprendida en la provincia de Badajoz ( BOE n.º 100 de 27 de abril de 1983.)

En aplicación de lo dispuesto por el artículo 9.°, 1, de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, se hace público que se ha practicado el día 7 de marzo de 19$31a Inscripción número 162 en el Libro - Registro de la Dirección General de Minas, correspondiente a la petición presentada par el Instituto Nacional de Industria, sobre propuesta para la declaración de zona de reserva provisional a favor del Estado para investigación de recursos minerales de hierro, cobre, ora y plata en el área que se denominará «Jerez de los Caballeros», comprendida en la provincia de Badajoz, y cuyo perímetro, definido por coordenadas geográficas, se designa a continuación:
Se toma como punta de partida el de intersección del meridiano ó° 45'00— con el paralelo 38° 21'00" Norte, que corresponde al vértice 1.
Area formada par arcas de meridiana, referidos al de Greenwich, y de paralelos determinadas par la unión de tos siguientes vértices, expresados en gradas sexagesimales:
Vértice Langitud Oeste Latitud Norte
1 6° 45' 00'.
2 ó° 43` 00'•
3 6b 43' 00'•
4 6° 35' 40"
5 6°35' 40"
6 á° 43" 00"
7 60 43' 00"
8 60 45' 00"
38° 14' 20" 38° 14` 20"
El primera así definido delimita una superficie de 736 cuadrículas mineras. Madrid, 11 de marzo de 1983. - El Director general, Juan Manuel Kindelán Gómez de Bonilla.

DOE núm. 48 SÁBADO, 27 DE ABRIL DE 1996

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y HACIENDA

Minas.- Anuncio de 1 de abril de 1996, por el que se convoca concurso de diversos registros mineros.

11.713.-VIRGEN DE FATlMA.-Todos los de la Sección C).-315 cuadrículas.- Oliva de la Frontera, Jerez de los Caballeros y Zahínos.

11.808.-GRAESA l-A.-Granito y otras rocas ornamentales.-184 cuadrículas.- Olivenza, Higuera de Vargas, Barcarrota y Jerez de los Caballeros.

11.809.-GRAESA l-B.-Granito y otras rocas ornamentales.-98 cuadrículas.-Salvaleón, Salvatierra de los Barros y Jerez de los Caballeros.

11.962.-EL VENTOSO.-Granitos.-67 cuadrículas.-Burguillos del Cerro y Jerez de los Caballeros.

Estos permisos de investigación y exploración se encuentran en parte sobre las Reservas LA MONAGUERA, inscripción n.º 207 y LA REMONTA, inscripción n.º 272 para hierro, cobre, oro, plata, plomo, zinc, estaño, wolframio, bismuto, platino, molibdeno, cromo, níquel, cobalto y fosfatos.

Mérida 1 de abril de 1996.–El Director General de Ordenación Industrial, Energía y Minas, Alfonso Perianes Valle

DOE núm 143 MARTES, 10 DE DICIEMBRE DE 1996

CONSEJERÍA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA

Minas.- Anuncio de 18 de septiembre de 1996, sobre permiso de investigación minera número 12304.

Se hace saber que por don Manuel Ucha Calvo, en nombre y representación de la sociedad Marcelino Martínez, S.L., con domicilio social en Santa Olalla del Cala, C/ Hermanos Pinzón, núm. 10, se ha presentado en estas oficinas a las 12 horas y 45 minutos del día 3 de mayo de 1996, instancia solicitando permiso de investigación para recursos de la Sección C), con una extensión de 9 cuadrículas mineras, con el nombre de TORRE, al que ha correspondido el número 12.304, estando enclavado en término municipal de Jerez de los Caballeros, haciendo la siguiente designación del perímetro:

VERTICES LONGITUD OESTE LATITUD NORTE

Pp 06º 48’ 00" 38º 16’ 40"
1 06º 48’ 00" 38º 16’ 40"
2 06º 47’ 00" 38º 16’ 40"
3 06º 47’ 00" 38º 15’ 40"
4 06º 48’ 00" 38º 15’ 40"

quedando así cerrado el perímetro de las 9 cuadrículas mineras.

Lo que se hace público para que todos aquéllos que tengan condición de interesados puedan personarse en el expediente dentro del plazo de quince días a partir de la fecha de esta publicación en el Diario Oficial de Extremadura.. Badajoz, 18 de septiembre de 1996.–El Jefe de Servicio, Juan Carlos Bueno Recio.

DOE núm 18 MARTES, 11 DE FEBRERO DE 1997

CONSEJERÍA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA

Minas.- Anuncio de 10 de diciembre de 1996, sobre permiso de investigación minera número 12315.

Se hace saber que por D.ª María Dolores Sánchez Hernández, con domicilio social en Tres Cantos (Madrid), Sector Músicos, 13-C 4.º C, se ha presentado en estas oficinas a las 10 horas y 50 minutos del día 21 de octubre de 1996, instancia solicitando Permiso de Investigación para recursos de la Sección C), con una extensión de 264 cuadrículas mineras, con el nombre de ENEBRO I, al que ha correspondido el número 12.315, estando enclavado en término municipal de Jerez de los Caballeros, haciendo la siguiente designación del perímetro:

VERTICES LONGITUD O. LATITUD N.

Pp 6º 48’ 00" 38º 19’ 00"
1 6º 40’ 00" 38º 19’ 00"
>2 6º 40’ 00" 38º 15’ 20"
3 6º 48’ 00" 38º 15’ 20"

quedando así cerrado el perímetro de las 264 cuadrículas mineras. Lo que se hace público para que todos aquéllos que tengan condición de interesados puedan personarse en el expediente dentro del plazo de quince días a partir de la fecha de esta publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo que se establece en el art. 51 de la Ley de Minas, de 21 de julio de 1973, y 70 del Reglamento General para su aplicación de 25 de agosto de 1978.

Badajoz, 10 de diciembre de 1996.–El Jefe del Servicio, Juan Carlos Bueno Recio.

Minas.- Anuncio de 10 de diciembre de 1996, sobre permiso de investigación minera número 12316.

Se hace saber que por D.ª María Dolores Sánchez Hernández, con domicilio social en Tres Cantos (Madrid), Sector Músicos, 13-C 4.º C, se ha presentado en estas oficinas a las 10 horas y 50 minutos del día 21 de octubre de 1996, instancia solicitando Permiso de Investigación para recursos de la Sección C), con una extensión de 240 cuadrículas mineras, con el nombre de ENEBRO II, al que ha correspondido el número 12.316, estando enclavado en términos municipales de Jerez de los Caballeros, Fregenal de la Sierra e Higuera la Real, haciendo la siguiente designación del perímetro:

VERTICES LONGITUD O. LATITUD N.

Pp 6º 48’ 00" 38º 15’ 20"
1 6º 40’ 00" 38º 15’ 20"
2 6º 40’ 00" 38º 12’ 00"
3 6º 48’ 00" 38º 12’ 00"

quedando así cerrado el perímetro de las 240 cuadrículas mineras.

Lo que se hace público para que todos aquéllos que tengan condición de interesados puedan personarse en el expediente dentro del plazo de quince días a partir de la fecha de esta publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo que se establece en el art. 51 de la Ley de Minas, de 21 de julio de 1973, y 70 del Reglamento General para su aplicación de 25 de agosto de 1978.

Badajoz, 10 de diciembre de 1996.–El Jefe del Servicio, Juan Carlos Bueno Recio.

DOE núm 41 MARTES, 8 DE ABRIL DE 1997

CONSEJERÍA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA

ANUNCIO de 18 de marzo de 1997, sobre permiso de investigación minera, número 12318

Se hace saber que como resultado del Concurso Público de registros mineros celebrado el día 16 de julio de 1996, convocado por resolución de la Dirección General de Ordenación Industrial, Energía y Minas del 24-5-96 (D.O.E. n.º 68 de 13-6-96), ha sido adjudicado a Granitos Manuel Giraldo, S.L., con domicilio social en Burguillos del Cerro, Avda. de la Constitución 12, y admitida definitivamente la solicitud del permiso de investigación para recursos de la Sección C), con una extensión de 8 cuadrículas mineras, con el nombre de EL CORCHITO, al que ha correspondido el número 12.318, estando enclavado en término municipal de Jerez de los Caballeros, haciendo la siguiente designación del perímetro:

VERTICES LONGITUD OESTE LATITUD NORTE

  • Pp 6º 40’ 00" 38º 19’ 40"
  • 1 6º 42’ 40" 38º 19’ 40"
  • 2 6º 42’ 40" 38º 19’ 20"
  • 3 6º 40’ 00" 38º 19’ 20"

quedando cerrado el perímetro de las 8 cuadrículas mineras solicitadas.

Lo que se hace público para que todos aquéllos que tengan condición de interesados puedan personarse en el expediente dentro del plazo de quince días a partir de la fecha de esta publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Badajoz, 18 de marzo de 1997.–El Jefe del Servicio, Juan Carlos Bueno Recio

DOE núm 79 MARTES, 8 DE JULIO DE 1997

CONSEJERÍA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA

ANUNCIO de 26 de junio de 1997, sobre permiso de investigación minera número 12.336.

Se hace saber que como resultado del Concurso Público de registros mineros celebrado el día 29 de mayo de 1996, convocado por resolución de la Dirección General de Ordenación Industrial, Energía y Minas del 1-4-96 (D.O.E. n.º 48, de 27-4-96), ha sido adjudicado a la entidad Granitos de Badajoz, S.A., con domicilio social en Burguillos del Cerro, Ctra. de Jerez, s/n., y admitida definitivamente la solicitud del permiso de investigación para granito y otros recursos de la Sección C), con una extensión de 2 cuadrículas mineras, con el nombre de Grabasa XII, al que ha correspondido el número 12.336, estando enclavado en el término municipal de Jerez de los Caballeros, haciendo la siguiente designación del perímetro:

VERTICES LONGITUD O. LATITUD N.

Pp 6º42’20" 38º21’00"
1 6º41’20" 38º21’00"
2 6º41’40" 38º21’00"
3 6º41’40" 38º20’40"
4 6º42’20" 38º20’40"

quedando cerrado el perímetro de las 2 cuadrículas mineras solicitadas. Lo que se hace público para que todos aquéllos que tengan condición de interesados puedan personarse en el expediente dentro del plazo de quince días a partir de la fecha de esta publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Badajoz, 26 de junio de 1997.–El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Energía y Minas, Juan Carlos Bueno Recio.

DOE núm 110 SÁBADO, 20 DE SEPTIEMBRE DE 1997

CONSEJERÍA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA

ANUNCIO de 1 de septiembre de 1997, sobre declaración de terrenos francos y registrables de la provincia de Badajoz.

La Dirección General de Ordenación Industrial, Energía y Minas de la Consejería de Economía, Industria y Hacienda de la Junta de Extremadura,

Hace saber: que como consecuencia del resultado del Concurso publicado en el «Diario Oficial de Extremadura» núm. 84, de fecha 18 de julio de 1995 y celebrado el día 29 de mayo de 1996, han quedado francos y registrables todos los terrenos comprendidos en los permisos de investigación y explotación que se indican a continuación, con expresión del número, nombre, mineral, superficie y términos municipales:

11.713.–VIRGEN DE FATIMA.- Todos los de la Sección C).- 315 cuadrículas.- Oliva de la Frontera, Jerez de los Caballeros y Zahínos

Asimismo se declaran francos y registrables aquellos terrenos que formando parte de los derechos mineros adjudicados no se han solicitado por los concursantes en su totalidad.

Lo que se hace público de conformidad con el art. 73 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978, declarando francos y registrables los terrenos correspondientes a los permisos mencionados.

Se admiten nuevas solicitudes en horas de oficina (de 8,30 a 14,30 horas) en el Servicio de la Dirección General de Ordenación Industrial, Energía y Minas - Sección de Minas- Ronda del Pilar 5 y 7, en Badajoz, transcurridos ocho días hábiles desde la presente publicación.

Mérida, 1 de septiembre de 1997.–El Director General de Ordenación Industrial, Energía y Minas, Alfonso Perianes Valle.

DOE Nº 6 SÁBADO, 14 DE ENERO DE 2006

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

Impacto Ambiental.- Resolución de 21 de diciembre de 2005, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se otorga autorización ambiental integrada y se formula declaración de impacto ambiental a "A.G. Siderúrgica Balboa, S.A." para una planta siderúrgica, en el término municipal de Jerez de los Caballeros.

A N E X O I

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El proyecto consiste en la instalación de una nueva Industria Siderúrgica dedicada a la fabricación de acero al carbono en un horno de arco eléctrico y a la transformación de este acero en dos trenes de laminación. Los aceros obtenidos como productos son perfiles estructurales, barras y alambrón, todos ellos utilizados en la construcción. La planta está proyectada con una capacidad de producción de 1.200.000 toneladas anuales de barras útiles (palanquillas) (1.207.000 toneladas anuales de acero líquido). Esta actividad industrial está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación y en la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental.

Las instalaciones del complejo industrial se realizarán en el suelo industrial del Polígono SI 7 de Jerez de los Caballeros, ocupando una superficie de 55 hectáreas.

En la planta de A.G. SIDERÚRGICA BALBOA, S.A., se desarrollan los siguientes procesos.

A. Producción de acero.

1. Recepción, clasificación y almacenamiento de materias primas.

Las materias primas que prevé utilizar la actividad industrial son:

• Chatarra de acero.

• Ferroaleaciones.

• Fundentes.

• Electrodos.

• Grafito.

• Carbón.

• Cal.

• Material refractario.

• Oxígeno.

• Argón.

• Nitrógeno.

En primera instancia la chatarra almacenada se carga en unas cestas de alimentación, mediante un puente grúa, equipada con un electroimán o una tenaza, en las cantidades y calidades requeridas para la colada.

Las cestas de chatarra se mueven, mediante dos carros por medio de motorreactores y líneas de contacto eléctricas, sobre raíles paralelos a la fosa de almacenamiento. Posteriormente, las cestas se pesan y se transportan al área de carga del horno.

2. Fusión.

En el área de fusión, la cesta correspondiente se coloca sobre la abertura del horno de arco eléctrico (HEA) y se descarga la chatarra sobre el mismo. Esta operación se realiza mediante un puente grúa y en tres tiempos, según se va fundiendo la chatarra y ocupando ésta menor volumen.

Las ferroaleaciones y fundentes se extraen de su almacenamiento en la cantidad y momento adecuado del proceso, son pesados y enviados al HEA por medio de bandas transportadoras y tolvas de retención.

Una vez se ha cargado la chatarra en el HEA se produce la fusión del acero al pasar la corriente y hacer saltar el arco eléctrico entre los electrodos situados en la parte superior e inferior del HEA, generándose así el calor necesario para llevar a cabo el proceso. La fusión se realizará en dos o tres tiempos, siendo la temperatura de fusión de este proceso superior a los 1.600ºC.

3. Afino.

Una vez se ha colado el acero líquido producido en el HEA, el acero se pasa a unos Hornos de Cuchara. En este horno el acero se recubre con una escoria reductora “escoria blanca”, constituida fundamentalmente por óxidos de calcio, para reducir los óxidos metálicos del bono y conseguir la desulfuración del acero. La temperatura alcanzada en la etapa de afino ronda los 1.580ºC.

El objetivo de esta fase es conseguir un acero con poco contenido en oxígeno y azufre, y de la calidad deseada, para lo que se realizan las adicciones necesarias de elementos de aleación.

4. Colado del acero.

La transformación del acero líquido a la forma y dimensión requerida se produce en la máquina de colada continua. El transporte del acero se realiza por medio de un carro porta cuchara, que mediante un puente grúa se eleva y ubica en la posición de colada continua.

Una vez preparada la máquina de colada continua se inicia el vaciado del acero desde la cuchara a un distribuidor, y desde éste hasta los moldes de cobre enfriados por agua glicolada, donde el acero inicia su proceso de solidificación, que se completa en la zona de enfriamiento, ubicada debajo de los moldes.

5. Corte del acero.

El acero solidificado en palanquilla es cortado a la longitud deseada mediante un sistema automático de soplete de corte, y conducido mediante un camino de rodillos hasta la mesa de enfriamiento, a la espera de ser llevado al horno de recalentamiento como primer paso del proceso de laminación.

Cuando la cuchara está prácticamente vacía, en la parte inferior queda la escoria blanca reductora, flotando sobre el metal. Para limpiarla, se vuelca el contenido en un Foso de Escoria Blanca.

B. Laminación de acero.

6. Recalentamiento.

Una vez que las palanquillas salen de la colada continua, se dirigen al horno de recalentamiento de los trenes de laminación, para ser calentadas a unos 1.200ºC. Estos hornos son alimentados con Gas Natural.

7. Laminación.

Existen dos trenes de laminación, uno de perfile medios, consistente en un trío de desbaste, intermedio y acabador, dispuesto en forma continua; y otro mixto de perfiles pequeños, comerciales, barras y alambrón de bobinas, consistente en dieciocho cajas con varios sistemas de acabado, dependiendo del producto, también dispuestos en forma continua. En general, en los trenes de laminación se lamina la palanquilla desde su forma inicial al producto final.

8. Acabado.

El producto, ya con el diámetro final, se corta a la longitud deseada con una cizalla volante y se pasa a la mesa de enfriamiento.

A la salida de ésta, se dispone de una cizalla mecánica para cortes comerciales, y a continuación se preparan los atados de los paquetes.

La planta siderúrgica contará con las siguientes instalaciones para el control de la contaminación y reutilización de recursos naturales:

1. Planta de humos, constituida por los siguientes componentes:

a. Línea de emisiones primarias o directas generadas en el horno de arco eléctrico (Línea de humos primarios).

– Manga deslizante. Consistente en un haz de tubos destinado a la regulación del hueco entre el codo del cuarto agujero y el conducto refrigerado por agua. Este dispositivo actuará también como dispositivo de seguridad en caso de que la temperatura de las emisiones primarias del horno de arco eléctrico o bien la temperatura del agua de refrigeración sea demasiado alta.

Además, este dispositivo permitirá la aspiración del aire necesario para diluir las emisiones primarias del horno de arco eléctrico y permitir la combustión del monóxido de carbono.

– Conducto refrigerado. Consistente en un haz de tubos destinados a la refrigeración de los humos salientes del horno hasta su llegada a la cámara de combustión.

– Cámara de combustión. Consiste en un habitáculo localizado cerca del horno de arco eléctrico y construido de hormigón revestido internamente por material refractario y techo refrigerado destinado a garantizar la completa combustión del monóxido de carbono e hidrógeno y facilitar la deposición de las partículas más pesadas.

– Conducto refrigerado por agua hasta la torre de refrigeración.

Consiste en un haz de tubos para la refrigeración de los humos salientes de la cámara de combustión y su conducción hasta la torre de refrigeración.

– Torre de refrigeración. Consiste en un cilindro vertical de acero al carbono revestido internamente por material refractario en las zonas receptoras de mayor temperatura y por chapa de acero en las de menor temperatura. Consta de un sistema de control de temperatura tanto en la entrada como en la salida de la torre y una red de atomización de agua, para refrigerar drásticamente los humos y poder mezclarlos con las emisiones de la línea de humos secundaria. El volumen y el caudal de agua de tratamiento de este sistema deberán estar dimensionados para disminuir la temperatura de las emisiones por debajo de 200ºC y permitir la completa evaporación del agua inyectada para de esta forma evitar la generación de fangos.

– Conducto de pared simple. Permite la conducción de los humos desde la torre de refrigeración hasta el ciclón vertical y desde aquí hasta el punto de mezcla de humos primarios y secundarios y la unidad filtrante.

– Ciclón vertical. Consiste en un sistema de cuatro ciclones en paralelo destinado a reducir la cantidad de polvo que llega a la unidad filtrante.

b. Línea de emisiones secundarias o indirectas generadas en el horno de arco eléctrico (Línea de humos secundarios).

– Canopy de ventilación. Consiste en un sistema de captación situado en el techo del edificio constituido por dos colectores para la extracción de las emisiones secundarias o indirectas generadas en el horno de arco eléctrico durante las operaciones de carga de la chatarra, y vaciado de escorias y acero del horno de arco eléctrico.

Este sistema de captación permitirá además la aspiración del aire de dilución necesario para bajar la temperatura de los humos primarios antes de conducirlos al ciclón y a la unidad filtrante.

– Conducto principal de humos secundarios. Consiste en un tubo de sección circular destinado a conducir los humos secundarios desde los colectores hasta la unidad filtrante pasando por el ciclón axial. Está reforzado internamente y consta de orificios para las inspecciones y puertas para la descarga de polvo.

c. Línea de emisiones primarias o directas generadas en el horno de cuchara. Consta de un ventilador Booster. Consiste en un ventilador tipo centrífugo destinado a conducir las emisiones del horno cuchara hacia el conducto de humos secundarios.

d. Ciclón axial. Consiste en un ciclón de tipo cilíndrico destinado a evitar la generación de chispas y a retener partículas pesadas de las emisiones provenientes de la línea de humos secundaria antes de la llegada a la unidad filtrante.

e. Unidad filtrante. Consiste en un filtro de mangas de 16 compartimentos con 308 mangas por compartimento. Estas mangas deberán ser de politetrafluoetileno (PTFE), o en su defecto de poliamida aromática.

f. Ventiladores. Son tres ventiladores de tipo centrífugo con aspas aerodinámicas de alta eficiencia que impulsan la emisión ya filtrada hasta el exterior a través de la chimenea.

g. Chimenea. La chimenea estará construida por chapa de acero. Junto a ella hay un “plenum” construido de hormigón que conecta los ventiladores con la chimenea.

2. Planta de tratamiento de aguas residuales, que constará de los siguientes elementos:

a. Tanque de llegada con retención de sólidos y aceites. Consta de una primera cámara con un tamiz de desbaste de sólidos, un desarenador y un recogedor flotante de aceites; una segunda cámara, conectada a la primera por la parte inferior, con dos skimer para recogida de restos de aceite; y una tercera cámara, conectada con la segunda por la parte superior por medio de un tranquilizador, desde donde se bombearán las aguas a un depósito homogeneizador o al depósito de seguridad.

b. Depósito de seguridad de 1.700 m3.

c. Tanque de homogeneización con aireador para la oxidación del agua de 480 m3, con tamiz de desbaste de sólidos finos en su entrada.

d. Depósito coagulador-floculador de 12 m3, que permitirá el agrupamiento y aumento de peso de los fóculos, haciendo más rápida la decantación posterior.

e. Tanque de decantación lamelar.

f. Tres filtros de arena en paralelo, uno de ellos estará en previsión de posibles averías.

g. Depósito espesador. Recibirá los fangos bombeados desde la salida del decantador.

h. Filtro prensa.

i. Depósito de aguas limpias.

3. Planta de tratamiento de aguas para la reutilización de aguas del proceso productivo.

El proceso productivo de la Planta Siderúrgica requiere la utilización de aguas como consecuencia de la necesidad de refrigerar los sistemas de producción de acero y laminados del mismo. Dada esta circunstancia y con el objetivo de tratar el agua utilizada para su reutilización, el complejo industrial dispondrá de dos plantas de tratamiento de aguas de proceso, una para el conjunto de la acería y otra para los dos trenes de laminación.

3.1. Circuito de aguas de la acería de arco eléctrico.

El objetivo de esta planta es la refrigeración y reutilización de las aguas provenientes del proceso productivo, dependiendo si han tenido un contacto directo o indirecto con el acero. El salto térmico ocasionado por la utilización de las mismas es de 10ºC .

• Las aguas provenientes del horno de arco eléctrico, de los circuitos de extracción de emisiones gaseosas, del horno de cuchara, y de la maquinaria de colada continua, cuyo contacto sea indirecto, se refrigerarán en una torre de evaporación.

• Las aguas provenientes de las lingoteras destinadas a la solidificación de acero de la colada continua, cuyo contacto sea indirecto, se refrigerarán tras un proceso de descalcificación en un intercambiador de calor de placas mediante agua procedente de la torre de enfriamiento que se describe para las aguas con contacto directo con el producto.

• Las aguas provenientes de la parte final del proceso en la que el agua está en contacto con el acero, por contacto directo, se refrigerarán tras un proceso de decantación de sólidos (cascarilla), una desaceitación y su paso por un filtro de arena. Parte de este agua se utilizará para la refrigeración de las aguas utilizadas en las lingoteras al ser utilizadas por el intercambiador de calor de placas comentado anteriormente.

3.2. Planta de tratamiento de aguas de la laminación.

El objetivo de esta planta es la refrigeración y reutilización de las aguas provenientes del proceso de laminación, dependiendo si han tenido un contacto directo o indirecto con el acero.

• Las aguas provenientes del horno de recalentamiento y de la maquinaria de laminación, por contacto indirecto, se refrigerarán en una torre de evaporación.

• Las aguas provenientes de los rodillos de laminación, por contacto directo, se refrigerarán tras un proceso de decantación de sólidos (cascarilla), una desaceitación y su paso por un filtro de arena.

4. Otras instalaciones constituyentes de la Planta siderúrgica:

• Un Horno de Arco Eléctrico (HEA), de 130 toneladas de capacidad. El HEA está equipado con quemadores e inyectores supersónicos de oxígeno, e inyectores de carbono y cal.

• Un Horno Cuchara, de 130 toneladas de capacidad.

• Máquina de colada continua, de 130 toneladas de capacidad.

• Dos Hornos de recalentamiento de largueros, de 120 toneladas de capacidad con quemadores inferiores y superiores, para la laminación en caliente de la palanquilla de acero generada.

• Dos trenes de laminación de 120 toneladas de capacidad.

• Una planta de trituración y clasificación de escorias.

• Una planta de recuperación de materiales refractarios.

• Una nave de preparación de artesas y taller de manutención y almacenamiento de lingoteras.

• Nave de descarga y almacenaje de barras.

• Depósito de seguridad de 1.700 m3 en el que se puedan retener las aguas residuales que no puedan tratarse durante los trabajos de reparación o mantenimiento que precise la planta depuradora como la mezcla de aguas residuales y escorrentías pluviales cuyo caudal supere los 120 m3/h de capacidad de tratamiento con que se ha diseñado la planta depuradora.

• Generador de Aire Comprimido.

• Sistema de Refrigeración.

• Puente grúa.

• Instalación de detección y extinción de incendios.

• Laboratorio.

DOE Nº 89 SÁBADO, 29 DE JULIO DE 2006

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

Impacto ambiental.- Resolución de 14 de julio de 2006, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de concesión de explotación "Corchito", n.º 12.318-10, en el término municipal de Jerez de los Caballeros.

DOE núm. 40 Viernes, 27 de febrero de 2009

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE

Impacto ambiental.- Anuncio de 11 de febrero de 2009 por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental sobre el proyecto de concesión derivada del permiso de investigación denominado "El Corchito", n.º 12.318-20, para recurso de la Sección C) Granito, en el término municipal de Jerez de los Caballeros.

Para dar cumplimiento al artículo 9 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos y al artículo 15 del Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, se comunica al público en general que el estudio de impacto ambiental sobre el proyecto de concesión de explotación derivada del permiso de investigación, denominado “El Corchito”, n.º 12.318, podrá ser examinado, durante treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente Anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, situadas en el Polígono Industrial “El Nevero”, Avenida Miguel de Fabra, 4, de Badajoz.

El Proyecto, que se incluye dentro del Anexo I, Grupo 2 Industria Extractiva, del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, siendo los datos del proyecto;

Objeto: Granito ornamental.

Localización: Parajes “cerca de El Cañuelo”, “Toril” y “Sierra Gorda”, del término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz).

Situación del frente de explotación: Se proponen 3 posibles frentes de explotación localizados, al Huso 29, en las siguientes coordenadas; X Y

SECTOR 1 702.359 4.244.229

SECTOR 2 702.602 4.244.606

SECTOR 3 702.708 4.244.457

Promotor: Granitos Manuel Giraldo, S.L.

Superficie solicitada: 8 cuadriculas mineras.

Sistema de explotación Método Finlandés, con altura máxima de los bancos de 6 m y bermas de trabajo de 8 m. Volumen bruto de extracción anual: 6.666 m3/anuales.

Acceso: Se realizaría desde la carretera de Burguillos del Cerro hacia Jerez de los Caballeros, a la altura del p.k. 21 + 900, se toma un camino a la izquierda, que atraviesa la finca El Corchito llegando a la concesión.

Periodo de otorgamiento: 30 años, prorrogable por otros dos plazos iguales, hasta un máximo de noventa años, según la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.

Las personas interesadas en este estudio, podrán presentar sus observaciones, alegaciones y consultas, dentro del plazo citado anteriormente, en el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Badajoz, Polígono Industrial “El Nevero”, Avenida Miguel de Fabra, 4 de Badajoz, por cualquiera de los medios que a tal efecto determina la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El órgano sustantivo competente para resolver sobre la autorización administrativa es el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Badajoz. El órgano competente para resolver sobre la declaración de impacto ambiental, es la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental, Avenida de Portugal, s/n., en Mérida.

Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el conocimiento general. Badajoz, a 11 de febrero de 2009. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, Juan Carlos Bueno Recio.

DOE núm. 40 Viernes, 27 de febrero de 2009

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE

Impacto ambiental.- Anuncio de 11 de febrero de 2009 por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental sobre el proyecto de concesión derivada del permiso de investigación denominado "El Corchito", n.º 12.318-20, para recurso de la Sección C) Granito, en el término municipal de Jerez de los Caballeros.

Para dar cumplimiento al artículo 9 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos y al artículo 15 del Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, se comunica al público en general que el estudio de impacto ambiental sobre el proyecto de concesión de explotación derivada del permiso de investigación, denominado “El Corchito”, n.º 12.318, podrá ser examinado, durante treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente Anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, situadas en el Polígono Industrial “El Nevero”, Avenida Miguel de Fabra, 4, de Badajoz.

El Proyecto, que se incluye dentro del Anexo I, Grupo 2 Industria Extractiva, del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, siendo los datos del proyecto;

Objeto: Granito ornamental.

Localización: Parajes “cerca de El Cañuelo”, “Toril” y “Sierra Gorda”, del término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz).

Situación del frente de explotación: Se proponen 3 posibles frentes de explotación localizados, al Huso 29, en las siguientes coordenadas;

X Y

SECTOR 1 702.359 4.244.229

SECTOR 2 702.602 4.244.606

SECTOR 3 702.708 4.244.457

Promotor: Granitos Manuel Giraldo, S.L.

Superficie solicitada: 8 cuadriculas mineras.

Sistema de explotación Método Finlandés, con altura máxima de los bancos de 6 m y bermas de trabajo de 8 m.

Volumen bruto de extracción anual: 6.666 m3/anuales.

Acceso: Se realizaría desde la carretera de Burguillos del Cerro hacia Jerez de los Caballeros, a la altura del p.k. 21 + 900, se toma un camino a la izquierda, que atraviesa la finca El Corchito llegando a la concesión.

Periodo de otorgamiento: 30 años, prorrogable por otros dos plazos iguales, hasta un máximo de noventa años, según la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.

Las personas interesadas en este estudio, podrán presentar sus observaciones, alegaciones y consultas, dentro del plazo citado anteriormente, en el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Badajoz, Polígono Industrial “El Nevero”, Avenida Miguel de Fabra, 4 de Badajoz, por cualquiera de los medios que a tal efecto determina la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El órgano sustantivo competente para resolver sobre la autorización administrativa es el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Badajoz. El órgano competente para resolver sobre la declaración de impacto ambiental, es la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental, Avenida de Portugal, s/n., en Mérida.

Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el conocimiento general. Badajoz, a 11 de febrero de 2009. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, Juan Carlos Bueno Recio.

DOE número 22 miercoles, 3 de febrero  de 2010

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE

Minas.- Anuncio de 12 de enero de 2010 por el que se otorga el permiso de investigación denominado "Jerez", n.º 12591-00, en el término municipal de Jerez de los Caballeros.

El Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Badajoz de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, comunica que ha sido otorgado con fecha 3 de diciembre de 2009, a favor de Río Nárcea Gold Mines, S.A., con CIF A78987211, y con domicilio en Avda. de Burgos, 19 de Madrid (Madrid) el permiso de investigación que a continuación se relaciona, con expresión de número, nombre, recursos, cuadrículas mineras y términos municipales:

N.º 12591-00, “Jerez”, recursos de Sección C), 88 cuadrículas mineras, Jerez de los Caballeros, de la provincia de Badajoz.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 101.5 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978.

Badajoz, a 12 de enero de 2010. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera,  Juan Carlos Bueno Recio.

DOE núm.: 40 Lunes, 1 de marzo de 2010

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE

Minas.- Anuncio de 3 de febrero de 2010 sobre admisión definitiva de un permiso de investigación denominado "Bóveda", n.º 12745-00, en los términos municipales de Jerez de los Caballeros, Valle de Matamoros y Valle de Santa Ana.

El Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Badajoz de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, comunica: que por Río Nárcea Nickel, S.A., con CIF: A83618991, y con domicilio en C/ Bóvedo, n.º 13-1.º, de Monesterio (Badajoz), ha sido solicitado un permiso de investigación, que a continuación se relaciona, con expresión de número, nombre, cuadrículas mineras y términos municipales:

N.º 12745-00, “Bóveda”, 75 cuadrículas mineras, Jerez de los Caballeros, Valle de Matamoros y Valle de Santa Ana (Badajoz).

Siendo la designación de su perímetro:

N.º DE VÉRTICE PERÍMETRO LONGITUD LATITUD

1 PE W 6º 49' 20” N 38º 23’ 0”
2 PE W 6º 48’ 40” N 38º 23’ 0”
3 PE W 6º 48’ 40” N 38º 22’ 0”
4 PE W 6º 44’ 20” N 38º 22’ 0”
5 PE W 6º 44’ 20” N 38º 21’ 40”
6 PE W 6º 44’ 0” N 38º 21’ 40”
7 PE W 6º 44’ 0” N 38º 21’ 20”
8 PE W 6º 43’ 40” N 38º 21’ 20”
9 PE W 6º 43’ 40” N 38º 21’ 0”
10 PE W 6º 43’ 20” N 38º 21’ 0”
11 PE W 6º 43’ 20” N 38º 20’ 20”
12 PE W 6º 46’ 40” N 38º 20’ 20”
13 PE W 6º 46’ 40” N 38º 21’ 0”
14 PE W 6º 48’ 40” N 38º 21’ 0”
15 PE W 6º 48’ 40” N 38º 21’ 20”
16 PE W 6º 49’ 40” N 38º 21’ 20”
17 PE W 6º 49’ 40” N 38º 22’ 20”
18 PE W 6º 49’ 20” N 38º 22’ 20”

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 70.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978, a fin de que quienes se consideren interesados puedan personarse en el expediente, dentro de los quince días siguientes al de la publicación de este Anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.

Badajoz, a 3 de febrero de 2010. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, Juan Carlos Bueno Recio.

DOE núm.: 59 Lunes 29 de marzo de 2010

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE

Minas.- Anuncio de 10 de marzo de 2010 sobre admisión definitiva de solicitud del permiso de investigación denominado "Matamoros", n.º 12741-00, en los términos municipales de Jerez de los Caballeros, Valle de Matamoros y Valle de Santa Ana.

El Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Badajoz de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, comunica: que por Río Nárcea Nickel, S.A., con CIF: A83618991, y con domicilio en C/ Bóvedo, n.º 13, 1.º, de Monesterio (Badajoz), ha sido solicitado un permiso de investigación, que a continuación se relaciona, con expresión de número, nombre, cuadrículas mineras y términos municipales:

N.º 12741-00, “Matamoros”, 85 cuadrículas mineras, Jerez de los Caballeros, Valle de Matamoros y Valle de Santa Ana (Badajoz).

Siendo la designación de su perímetro:

N.º VÉRTICE PERÍMETRO LONGITUD LATITUD

1 PE W 6º 50’ 20” N 38º 24’ 0”
2 PE W 6º 49’ 20” N 38º 24’ 0”
3 PE W 6º 49’ 20” N 38º 23’ 40”
4 PE W 6º 48’ 0” N 38º 23’ 40”
5 PE W 6º 48’ 0” N 38º 23’ 0”
6 PE W 6º 43’ 0” N 38º 23’ 0”
7 PE W 6º 43’ 0” N 38º 20’ 20”
8 PE W 6º 43’ 20” N 38º 20’ 20”
9 PE W 6º 43’ 20” N 38º 21’ 0”
10 PE W 6º 43’ 40” N 38º 21’ 0”
11 PE W 6º 43’ 40” N 38º 21’ 20”
12 PE W 6º 44’ 0” N 38º 21’ 20”
13 PE W 6º 44’ 0” N 38º 21’ 40”
14 PE W 6º 44’ 20” N 38º 21’ 40”
15 PE W 6º 44’ 20” N 38º 22’ 0”
16 PE W 6º 48’ 40” N 38º 22’ 0”
17 PE W 6º 48’ 40” N 38º 23’ 0”
18 PE W 6º 49’ 20” N 38º 23’ 0”
19 PE W 6º 49’ 20” N 38º 22’ 20”
20 PE W 6º 50’ 20” N 38º 22’ 20”

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 70.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978, a fin de que quienes se consideren interesados puedan personarse en el expediente, dentro de los quince días siguientes al de la publicación de este Anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.

Badajoz, a 10 de marzo de 2010. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, Juan Carlos Bueno Recio.

Minas.- Anuncio de 11 de marzo de 2010 sobre admisión definitiva de solicitud del permiso de investigación denominado "Fuente Álamo", n.º 12744-00, en el término municipal de Jerez de los Caballeros.

El Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Badajoz de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, comunica: que por Río Nárcea Nickel, S.A., con CIF: A83618991, y con domicilio en C/ Bóvedo, n.º 13, 1.º, de Monesterio (Badajoz), ha sido solicitado un permiso de investigación, que a continuación se relaciona, con expresión de número, nombre, cuadrículas mineras y términos municipales:

N.º 12744-00, “Fuente Álamo”, 267 cuadrículas mineras, Jerez de los Caballeros (Badajoz).

Siendo la designación de su perímetro:

N.º VÉRTICE PERÍMETRO LONGITUD LATITUD

1 PE W 6º 51’ 40” N 38º 22’ 20”
2 PE W 6º 49’ 40” N 38º 22’ 20”
3 PE W 6º 49’ 40” N 38º 21’ 20”
4 PE W 6º 48’ 40” N 38º 21’ 20”
5 PE W 6º 48’ 40” N 38º 21’ 0”
6 PE W 6º 46’ 40” N 38º 21’ 0”
7 PE W 6º 46’ 40” N 38º 20’ 20”
8 PE W 6º 48’ 20” N 38º 20’ 20”
9 PE W 6º 48’ 20” N 38º 12’ 0”
10 PE W 6º 50’ 20” N 38º 12’ 0”
11 PE W 6º 50’ 20” N 38º 15’ 20”
12 PE W 6º 51’ 40” N 38º 15’ 20”

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 70.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978, a fin de que quienes se consideren interesados puedan personarse en el expediente, dentro de los quince días siguientes al de la publicación de este Anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.

Badajoz, a 11 de marzo de 2010. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, Juan Carlos Bueno Recio.

DOE Núm.: 130 Jueves 7 de julio de 2011

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE

Minas.- Anuncio de 27 de mayo de 2011 sobre admisión definitiva de solicitud del permiso de investigación denominado "Encina", n.º 12766-00, en los términos municipales de Alconchel, Higuera de Vargas, Jerez de los Caballeros, Olivenza y Táliga.

El Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Badajoz de la Dirección General de Ordenación Industrial y Política Energética de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, comunica: que por Río Narcea Recursos, SA, con CIF: A-83013565, y con domicilio en Mina de Aguablanca, Paraje de Aguablanca de Monesterio (BADAJOZ), ha sido solicitado un permiso de investigación, que a continuación se relaciona, con expresión de número, nombre, cuadrículas mineras y términos municipales:

N.º 12766-00, “Encina”, 215 cuadrículas mineras, Alconchel, Higuera de Vargas, Jerez de los Caballeros, Olivenza y Táliga (Badajoz).

Siendo la designación de su perímetro:

N.º VÉRTICE PERÍMETRO LONGITUD LATITUD

1 PE W 6º 59' 20'' N 38º 27' 00''
2 PE W 6º 58' 00'' N 38º 27' 00''
3 PE W 6º 58' 00'' N 38º 26' 40''
4 PE W 6º 56' 00'' N 38º 26' 40''
5 PE W 6º 56' 00'' N 38º 26' 00''
6 PE W 6º 51' 00'' N 38º 26' 00''
7 PE W 6º 51' 00'' N 38º 24' 00''
8 PE W 6º 49' 20'' N 38º 24' 00''
9 PE W 6º 49' 20'' N 38º 22' 20''
10 PE W 6º 53' 00'' N 38º 22' 20''
11 PE W 6º 53' 00'' N 38º 23' 00''
12 PE W 6º 54' 00'' N 38º 23' 00''
13 PE W 6º 54' 00'' N 38º 24' 00''
14 PE W 6º 55' 00'' N 38º 24' 00''
15 PE W 6º 55' 00'' N 38º 25' 00''
16 PE W 6º 57' 00'' N 38º 25' 00''
17 PE W 6º 57' 00'' N 38º 26' 00''
18 PE W 7º 00' 00'' N 38º 26' 00''
19 PE W 7º 00' 00'' N 38º 27' 00''
20 PE W 7º 01' 00'' N 38º 27' 00''
21 PE W 7º 01' 00'' N 38º 30' 00''
22 PE W 7º 00' 20'' N 38º 30' 00''
23 PE W 7º 00' 20'' N 38º 29' 20''
24 PE W 7º 00' 00'' N 38º 29' 20''
25 PE W 7º 00' 00'' N 38º 28' 00''
26 PE W 6º 59' 20'' N 38º 28' 00''

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 70.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978, a fin de que quienes se consideren interesados puedan personarse en el expediente, dentro de los quince días siguientes al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.

Badajoz, a 27 de mayo de 2011. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, Juan Carlos Bueno Recio

Minas.- Anuncio de 27 de mayo de 2011 sobre admisión definitiva de solicitud del permiso de investigación denominado "Enebro", n.º 12765-00, en el término municipal de Jerez de los Caballeros.

El Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Badajoz de la Dirección General de Ordenación Industrial y Política Energética de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, comunica: que por Río Narcea Recursos, SA, con CIF: A83013565, y con domicilio en Mina de Aguablanca, Paraje de Aguablanca de Monesterio (Badajoz), ha sido solicitado un permiso de investigación, que a continuación se relaciona, con expresión de número, nombre, cuadrículas mineras y términos municipales:

N.º 12765-00, “Enebro”, 240 cuadrículas mineras, Jerez de los Caballeros (Badajoz).

Siendo la designación de su perímetro:

N.º VÉRTICE PERÍMETRO LONGITUD LATITUD

1 PE W 6º 48' 00'' N 38º 19' 00''
2 PE W 6º 41' 40'' N 38º 19' 00''
3 PE W 6º 41' 40'' N 38º 18' 00''
4 PE W 6º 40' 00'' N 38º 18' 00''
5 PE W 6º 40' 00'' N 38º 15' 20''
6 PE W 6º 48' 00'' N 38º 15' 20''
7 PE W 6º 48' 00'' N 38º 15' 40''
8 PE W 6º 47' 00'' N 38º 15' 40''
9 PE W 6º 47' 00'' N 38º 16' 40''
10 PE W 6º 48' 00'' N 38º 16' 40''

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 70.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978, a fin de que quienes se consideren interesados puedan personarse en el expediente, dentro de los quince días siguientes al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.

Badajoz, a 27 de mayo de 2011. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, Juan Carlos Bueno Recio.

Boletín Oficial del Estado: lunes 30 de abril de 2012, Núm. 103<

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

Anuncio del Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz, de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, sobre la admisión definitiva del permiso de investigación denominado "Ansar", número 12.791, en los términos municipales de Higuera de Vargas, Jerez de los Caballeros, Oliva de la Frontera, Villanueva del Fresno y Zahínos (Badajoz)

El Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz, de la Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, comunica: Que por QBIS RESOURCES, S.L., con CIF: B-18962076, y con domicilio en calle Martínez Campos, 24, 6.º B de Granada, ha sido solicitado un permiso de investigación que a continuación se relaciona, con expresión de número, nombre, recursos, cuadrículas mineras y términos municipales:

Número 12.791-00, "Ansar", Recursos de Sección D), 286 cuadrículas mineras, en los términos municipales de Higuera de Vargas, Jerez de los Caballeros, Olivade la Frontera, Villanueva del Fresno y Zahínos, de la provincia de Badajoz.

Siendo la designación de su perímetro:

Vértice - Longitud W - Latitud N

1 - 7º 03' 00'' - 38º 23' 40''
2 - 6º 58' 40' - 38º 23' 40''
3 - 6º 58' 40'' - 38º 16' 20''
4 - 7º 03' 00'' - 38º 16' 20''

Habiendo sido admitida definitivamente esta solicitud de permiso de investigación, en virtud de lo que disponen el artículo 51 de la Ley de minas, de 21 de julio de 1973, y el artículo 70 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, se pone en conocimiento del público para que todas las personas que estén interesadas puedan comparecer en el expediente que se tramita en este Servicio de Ordenación Industrial, sito en Polígono Industrial "El Nevero", Av. Miguel de Fabra,4, de Badajoz, y alegar lo que estimen conveniente en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de esta publicación.

Badajoz, 3 de abril de 2012.- El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz, Diego Clemente Morales.

Boletín Oficial del Estado: miércoles 13 de junio de 2012, Núm. 141

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

Anuncio del Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz, de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, sobre el otorgamiento del permiso de investigación denominado "Encina", número 12.766-00, en los términos municipales de Alconchel, Higuera de Vargas, Jerez de los Caballeros, Olivenza y Táliga (Badajoz).

El Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz de la Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, comunica: Que ha sido otorgado con fecha 14 de mayo de 2.012, a favor de Río Narcea Recursos, S.A., con CIF: A-83013565, y con domicilio en Mina de Aguablanca, Paraje de Aguablanca, de Monesterio (Badajoz), el permiso de investigación que a continuación se relaciona, con expresión de número, nombre, recursos, cuadrículas mineras y términos municipales:

- Número 12.766-00. "Encina". Recursos de Sección C), 200 cuadrículas mineras, en los términos municipales de Alconchel, Higuera de Vargas, Jerez de los Caballeros, Olivenza y Táliga, de la provincia de Badajoz.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 101.5del Reglamento General para el Régimen de la Minería, de 25 de agosto de 1978.

Badajoz, 28 de marzo de 2012.- El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Diego Clemente Morales.

Boletín Oficial del Estado: miercoles 28 de noviembre de 2012, Núm. 286

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

Anuncio del Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz, de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, sobre el otorgamiento del permiso de investigación denominado "Fuente Álamo", número 12.744-00, en el término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz).

El Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz de la Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, comunica: que ha sido otorgado con fecha 24 de octubre de 2012, a favor de "Río Narcea Nickel, S.A.", con CIF: A-83618991, y con domicilio en calle Bóvedo, número 13, de Monesterio (Badajoz), el permiso de investigación que a continuación se relaciona, con expresión de número, nombre, recursos, cuadrículas mineras y términos municipales:

Número 12.744-00, "Fuente Álamo", Rocas Ornamentales y otros Recursos de Sección C), excluyendo las sustancias amparadas por las Reservas provisionales "Monaguera" n.º 207 y "Remonta" n.º 272, con mejor derecho, 267 cuadrículas mineras, en el término municipal de Jerez de los Caballeros, de la provincia de Badajoz.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 101.5del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978.

Badajoz, 7 de noviembre de 2012.- El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Diego Clemente Morales

DOE Núm.: 154 viernes, 9 de agosto de 2013

CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN

Minas.- Anuncio de 20 de junio de 2013 sobre admisión definitiva del permiso de investigación para todos los recursos de la Sección C) denominado "Oliva", n.º 12.828-00, en los términos municipales de Jerez de los Caballeros, Oliva de la Frontera y Zahínos.

El Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz de la Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación de la Junta de Extremadura, comunica: que por Sondeos y Perforaciones Industriales del Bierzo, SA, con CIF: A24439473, y con domicilio en Parque Industrial Bierzo Alto, parcelas J3-I5 de Bembibre (León), ha sido solicitado un permiso de investigación para todos los recursos de la Sección C), que a continuación se relaciona, con expresión de número, nombre, cuadrículas mineras y términos municipales:

N.º 12.828-00, “Oliva”, 213 cuadrículas mineras, Jerez de los Caballeros, Oliva de la Frontera y Zahínos (Badajoz)

Siendo la designación de su perímetro:

N.º VÉRTICE PERÍMETRO LONGITUD LATITUD

1 PE W 6º 58’ 40’’ N 38º 18’ 40’’
2 PE W 6º 55’ 20’’ N 38º 18’ 40’’
3 PE W 6º 55’ 20’’ N 38º 18’ 00’’
4 PE W 6º 56’ 20’’ N 38º 18’ 00’’
5 PE W 6º 56’ 20’’ N 38º 16’ 40’’
6 PE W 6º 55’ 00’’ N 38º 16’ 40’’
7 PE W 6º 55’ 00’’ N 38º 18’ 40’’
8 PE W 6º 51’ 40’’ N 38º 18’ 40’’
9 PE W 6º 51’ 40’’ N 38º 15’ 00’’
10 PE W 6º 58’ 40’’ N 38º 15’ 00’’

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el art.º 70.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978, a fin de que quienes se consideren interesados puedan personarse en el expediente, dentro de los quince días siguientes al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.

Badajoz, a 20 de junio de 2013. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Diego Clemente Morales.

DOE num. 61, viermes 28 de marzo de 2014

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Minas.- Anuncio de 10 de marzo de 2014 sobre admisión definitiva de solicitud del permiso de investigación para todos los recursos de la Sección C) denominado "La Berrona" n.º 12.837-00, en los términos municipales de Jerez de los Caballeros y Fregenal de la Sierra.

El Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz de la Dirección General de Industria y Energía de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de Junta de Extremadura, comunica: que por Juan Antonio Turpín España, con DNI 22476561-H y domicilio en c/ Maripinar, 26, CP 30530, ha sido solicitado el Permiso de Investigación, para todos los Recursos de la Sección C), que a continuación se relaciona, con expresión de número, nombre, cuadrículas mineras y términos municipales:

— N.º 12.837-00, “La Berrona”, 59 Cuadrículas Mineras, Jerez de los Caballeros y Fregenal de la Sierra (Badajoz).

Siendo la designación de su perímetro:

N.º VÉRTICE PERÍMETRO LONGITUD LATITUD

1 PE W 6º 40’ 00’’ N 38º 15’ 20’’
2 PE W 6º 40’ 00’’ N 38º 14’ 20’’
3 PE W 6º 38’ 20’’ N 38º 14’ 20’’
4 PE W 6º 38’ 20’’ N 38º 15’ 00’’
5 PE W 6º 39’ 00’’ N 38º 15’ 00’’
6 PE W 6º 39’ 00’’ N 38º 15’ 40’’
7 PE W 6º 36’ 40’’ N 38º 15’ 40’’
8 PE W 6º 36’ 40’’ N 38º 17’ 40’’
9 PE W 6º 38’ 00’’ N 38º 17’ 40’’
10 PE W 6º 38’ 00’’ N 38º 17’ 00’’
11 PE W 6º 39’ 40’’ N 38º 17’ 00’’
12 PE W 6º 39’ 40’’ N 38º 15’ 20’’

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el art.º 70.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978, a fin de que quienes se consideren interesados puedan personarse en el expediente, dentro de los quince días siguientes al de la publicación de este anuncio en el “Diario Oficial de Extremadura”.

Badajoz, a 10 de marzo de 2014. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Diego Clemente Morales.

DOE num. 212, martes 4 de noviembre de 2014

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Minas.- Anuncio de 16 de octubre de 2014 sobre otorgamiento de los permisos de investigación para recursos de la Sección C) denominados "Bodonal" n.º 06C12.743-00 y "Bóveda" n.º 06C12.745-00, en varios términos municipales de la provincia de Badajoz.

El Servicio de Ordenación Industrial De Badajoz de la Dirección General de Industrial y Energía de la Consejería de Agricultura Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía hace saber:

Que han sido otorgados con fecha 19 de septiembre de 2014, a favor de Rio Narcea Nickel SA, con CIF: A83618991, y con domicilio en c/ Bovedo, n.º 13, 1º de Monesterio (Badajoz) los Permisos de Investigación que a continuación se relacionan, con expresión de número, nombre, recursos, cuadrículas mineras y términos municipales:

— N.º 06C12.743-00, “Bodonal”, Recursos de Sección C), 181 cuadrículas mineras, Fregenal de la Sierra, Bodonal de la Sierra Y Segura de León, de la provincia de Badajoz.

— N.º 06C12.745-00, “Bóveda”, Recursos de Sección C), 67 cuadrículas mineras, Jerez de los Caballeros, Valle de Santa Ana y Valle de Matamoros, de la Provincia de Badajoz.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 101.5 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de Agosto de 1978.Badajoz, a 16 de octubre de 2014. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Diego Clemente Morales.

DOE num. 39, jueves 26 de febrero de 2015

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Minas.- Anuncio de 6 de febrero de 2015 sobre otorgamiento del permiso de investigación para recursos de la Sección C) denominado "Oliva", n.º 12.828-00, en los términos municipales de Jerez de los Caballeros, Oliva de la Frontera y Zahínos

El Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Badajoz de la Dirección General de Industria y Energía de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía hace saber: Que ha sido otorgado con fecha 13 de enero de 2015, a favor de Sondeos y Perforaciones Industriales del Bierzo, SA, con CIF: A24439473, y con domicilio en Parque Industrial Bierzo Alto, Parcelas J3-I5 de Bembibre (León) el Permiso de Investigación que a continuación se relaciona, con expresión de número, nombre, recursos, cuadrículas mineras y términos municipales:

— N.º 06C12.828-00, “Oliva”, Recursos de Sección C), 209 cuadrículas mineras, Jerez de los Caballeros, Oliva de la Frontera y Zahínos, de la provincia de Badajoz.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 101.5 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978.

En Badajoz, a 6 de febrero de 2015. El Jefe de Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, Diego Clemente Morales.

DOE num. 180, jueves 17 de septiembre de 2015

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA E INFRAESTRUCTURAS

Minas.- Anuncio de 13 de agosto de 2015 sobre admisión definitiva de solicitud del permiso de investigación para todos los recursos de la Sección C) denominado "Valuengo", n.º 12848-00, en el término municipal de Jerez de los Caballeros

El Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Badajoz de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía e Infraestructuras de la Junta de Extremadura, comunica: que por Cantera Antonio Frade, SL, con CIF B10241495, y con domicilio en avda. Sinforiano Madroñero, n.º 22 Bajo (Badajoz), ha sido solicitado un Permiso de Investigación, que a continuación se relaciona, con expresión de número, nombre, cuadrículas mineras y términos municipales:

N.º 12848-00, “Valuengo”, 9 Cuadrículas Mineras, Jerez de los Caballeros (Badajoz).

Siendo la designación de su perímetro:

N.º VÉRTICE PERÍMETRO LONGITUD LATITUD

1 PE W 6º 40' 15.14'' N 38º 19' 04.48''

2 PE W 6º 39' 35.14'' N 38º 19' 04.48''

3 PE W 6º 39' 35.14'' N 38º 18' 24.48''

4 PE W 6º 40' 15.14'' N 38º 18' 24.48''

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el art.º 70.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978, a fin de que quienes se consideren interesados puedan personarse en el expediente, dentro de los quince días siguientes al de la publicación de este anuncio en el "Diario Oficial de Extremadura".

Badajoz, a 13 de agosto de 2015. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, Diego Clemente Morales

DOE núm. 233, jueves 3 de diciembre de 2015

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA E INFRAESTRUCTURAS

RESOLUCIÓN de 16 de noviembre de 2015, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se convoca concurso de registros mineros. (2015062496)

La Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía e Infraestructuras de la Junta de Extremadura, como consecuencia de la caducidad de los derechos mineros que a continuación se detallan, su superficie ha quedado franca, por lo que en aplicación del artículo 53 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE n.º 176, de 24 de julio) y del artículo 72 del Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería (BOE de 11 y 12 de diciembre de 1978), resuelve:

Ordenar la publicación de la declaración de sus terrenos francos y convocar  concurso público de los Registros Mineros caducados en esta Comunidad Autónoma, comprendidos en las provincias de Cáceres y Badajoz, incluyendo aquellas cuadrículas mineras que abarcan más de una provincia, correspondiendo en este caso la tramitación de las solicitudes que se presenten a aquella provincia en la que se encuentre la mayor parte de la superficie, y con expresión del número, nombre, recurso mineral, términos municipales y superficie franca (calculada con la cuadrícula minera del sistema geodésico de referencia ED50):

RELACIÓN DE LOS DERECHOS MINEROS DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ: NÚMERO NOMBRE RECURSO TÉRMINOS MUNICIPALES SUPERFICIE FRANCA (C.M.) (ED50)

  • C.E. 11.030-00* Mary Carmen Estaño Don Benito 10 ha  
  • C.E. 11.808-20** Graesa I A 2 Granito Barcarrota, Higuera de Vargas y Olivenza 4 (10 Madrid)
  • C.E. 11.808-30** Graesa I A 3 Granito Barcarrota y Jerez de los Caballeros 4 (10 Madrid)
  • C.E. 11.809-10** Graesa I B 1 Granito Salvatierra de los Barros 2 (6 Madrid)
  • C.E. 11.930-10 Inmaculada I Arcilla común Zarza de Alange 4
  • C.E. 11.950-21 Canteras Extremeñas Granito Magacela 8
  • C.E. 11.961-10 El Ventoso Granito Jerez de los Caballeros 6
  • C.E. 11.961-21 El Ventoso Granito Burguillos del Cerro y Jerez de los Caballeros 6
  • C.E. 11.961-22 El Ventoso Granito Jerez de los Caballeros 4
  • C.E. 11.991-00 Mirandilla  Granito Mirandilla 7
  • C.E. 11.995-10 Alonso Granito Mérida 12
  • P.I. 12.212-00 Blanco Aguila Todo Secc. C), en especial Granito Don Benito, Guareña, Medellín, Mengabril y Valdetorres 273
  • P.I. 12.288-00 Jose Todo Secc. C), en especial Arcilla Azuaga, Campillo de Llerena, Granja de Torrehermosa y Peraleda del Zaucejo 270
  • C.E. 12.388-10 Tuy 2 Granito Zalamea de la Serena 9
  • P.I 12.402-00 Sierra de Pela Todo Secc. C), en especial Arcilla Acedera, Navalvillar de Pela, Orellana de la Sierra, Orellana la Vieja 80
  • P.I 12.416-00 Puerto de la Cabra Todo Secc. C), en especial Arcilla Don Benito, La Haba y Valle de la Serena 166
  • P.I 12.473-02 Canteras Extremeñas Todo Secc. C), en especial Granito La Haba y Magacela 14
  • P.I 12.531-00 Norilsk-I Todo Secc. C) Fuente del Arco, Monesterio y Montemolín 66 (Dentro de Extremadura)
  • P.I 12.561-00 Malabrigo Todo Secc. C) La Roca de la Sierra 4
  • P.I 12.589-00 Montemolín Todo Secc. C) Fuente de Cantos, Monesterio y Montemolín 300
  • P.I 12.592-00 Hoya de Santa Maria Todo Secc. C) Calera de León, Monesterio, Montemolín y Puebla del Maestre 300
  • P.I 12.594-00 Valverde Todo Secc. C) Burguillos del Cerro, Fregenal de la Sierra, Jerez de los Caballeros, Valencia del Ventoso, Valverde de Burguillos 279
  • P.I 12.616-00 Modorro Todo Secc. C) Calzadilla de los Barros, Fuente de Cantos 300
  • P.I 12.626-00 Muñecos Todo Secc. C) Bodonal de la Sierra, Cabeza la Vaca, Calera de León, Fregenal de la Sierra, Fuente de Cantos, Segura de León y Valencia del Ventoso 143
  • P.I 12.628-00 Ardila Todo Secc. C) Bodonal de la Sierra, Fregenal de la Sierra y Segura de León 195
  • P.I 12.656-00 Magdalena Todo Secc. C) en especial Feldespato Casas de Reina, Fuente del Arco, Puebla del Maestre y Reina 24
  • P.I 12.672-00 Héctor Todo Secc. C) Azuaga, Campillo de Llerena, Peraleda del Zaucejo, Retamal de Llerena, Valle de la Serena y Zalamea de la Serena 282
  • P.I 12.676-10 Nanuk-I Todo Secc. C) Hinojosa del Valle, Hornachos, Llera y Ribera del Fresno 57 
  • P.I 12.676-20 Nanuk-II Todo Secc. C) Hinojosa del Valle y Ribera del Fresno 9
  • P.I 12.676-30 Nanuk-III Todo Secc. C) Hinojosa del Valle y Ribera del Fresno 6
  • P.I 12.690-00 Arroyo Todo Secc. C) en especial Pizarra Badajoz, Mérida, Puebla de Obando y Cáceres
  • P.I 12.710-00 Grillera Todo Secc. C) Campillo de Llerena, Higuera de la Serena, Retamal de Llerena, Valle de la Serena y Zalamea de la Serena 276
  • P.I 12.718-00 Petra Todo Secc. C) Hinojosa del Valle, Hornachos, Llera y Ribera del Fresno 24
  • P.I 12.719-00 Usagre FR.1ª Todo Secc. C) Hinojosa del Valle y Ribera del Fresno 50
  • P.I 12.720-00 Usagre Todo Secc. C) Hinojosa del Valle, Hornachos, Llera y Usagre 78
  • P.I 12.721-00 Don Juan FR. 1ª Todo Secc. C), en especial Arcilla Don Benito, Rena y Villanueva de la Serena 56
  • P.I 12.721-20 Don Juan FR. 2ª Todo Secc. C), en especial Arcilla Don Benito y Villanueva de la Serena 13
  • P.I 12.731-00 Ruth Todo Secc. C) Monterrubio de la Serena 4
  • P.I 12.732-00 Rip  Aljucen TodoSecc. C) Esparragalejo y Mérida 56
  • P.I 12.749-00 San  Pablo Todo Secc. C), en especial Feldespato Almendral, Badajoz y Valverde de Leganés 121
  • P.I 12.763-00 Los Membridores Todo Secc. C), en especial Arcilla Zalamea de la Serena 8
  • P.I 12.769-00 Afra Todo Secc. C), en especial Oro La Codosera 15 Completas y 10 Incompletas
  • P.I 12.770-00 Buenaviasta Todo Secc. C), en especial Oro La Codosera 11
  • P.I 12.771-00 Breña Todo Secc. C), en especial Oro La Codosera 19 Completas y 1 Incompleta
  • P.I 12.772-00 Monteviejo Todo Secc. C), en especial Oro La Codosera 3 Completas y 1 Incompleta
  • P.I 12.773-00 Sierra Lugar Todo Secc. C), en especial Oro La Codosera 9
  • P.I 12.782-00 Cerroloboso Todo Secc. C), en especial Arcilla Cabeza del Buey 12
  • P.I 12.788-00 Mina Puerto Plata Todo Secc. C) Higuera de Llerena, Hinojosa del Valle, Los Santos de Maimona, Usagre y Villagarcía de la Torre 284
  • P.I 12.808-10 Coscojal del Lobo I Todo Secc. C) Monterrubio de la Serena, Peraleda del Zaucejo y  Zalamea de la Serena 49
  • P.I 12.808-20 Coscojal del Lobo II Todo Secc. C) Zalamea de la Serena 1
  • P.I 12.819-00 El Alandre Todo Secc. C), en especial Oro Casas de Don Pedro, Puebla de Alcocer y Talarrubias 294
  • P.I 12.820-00 Matajarda Todo Secc. C), en especial Oro Puebla de Alcocer, Siruela y Talarrubias 295
  • P.I 12.821-00 La Manchuela Todo Secc. C), en especial Oro Casas de Don Pedro, Navalvillar de Pela, Puebla de Alcocer y Talarrubias 271
  • P.I 12.822-00 Garbayuela Todo Secc. C), en especial Oro Garbayuela, Puebla de Alcocer y Siruela 137

* Derechos Mineros con designación en pertenencias. Estos registros no tienen la superficie mínima de una cuadrícula minera y salen a concurso a efecto de lo dispuesto en el artículo 39.2 de la vigente Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.

** Estos registros tienen la designación de las coordenadas de longitud referidas al meridiano de Madrid.


    ALLANITA, su nombre procede de Thomas Allan que fue el primero que estudió este mineral. Pertenece a la clase de los silicatos. su color varía desde el castaño oscuro a negro. Su brillo es vítreo a craso. habito Son raros los cristales prismáticos, aciculares otabulares. Generalmente se presenta en agregados paralelos, masas bacilares o compactas y en impregnaciones origen. Aparece como especie accesoria en rocas plutónicas ácidas, pegmatitas, greissen, esquistos cristalinos y en rocas calcáreas sometidas a metamorfismo de contacto. Los mayores cristales aparecen en pegmatitas graníticas Mineral de interés científico y coleccionista.

Su formula química es: Si3O12(OH)(Al,Fe)3(Y,Ce,Ca)2


    BISMUTINITA de la clase de los Sulfuros, Arseniuros y Sulfosales. Color de gris plomizo claro a blanco de estaño, que por alteración puede presentar irisaciones amarillentas. Brillo metálico.

    Los cristales son prismáticos o aciculares, a veces bipiramidales, finamente estriados. Son rarísimos los cristales prismáticos. Las masas son hojosas o fibrosas. Se forma por Hidrotermal de alta temperatura. También se presenta en rocas pegmatititas. Se encuentra en la mina Mochi.

    Aplicaciones, es la mena mas importante de bismuto. El bismuto se usa para la fabricación de algunos medicamentos y materiales astronáuticos (protectores contra los Rayos X). También se emplea para la fabricación de aleaciones de bajo punto de fusión y para soldaduras especiales.

Su formula química es: CO3(BiO)2


    CALCOPIRITA, su nombre deriva de la palabra griega que significa "cobre" y de pirita. Pertenece a la clase de los Sulfuros, Arseniuros y Sulfosales. Color amarillo latón con frecuentes irisaciones y tonos verdes y brillo metálico.

    Son raros los cristales tetraédricos u octaédricos, siendo a menudo estriados. Generalmente aparece en masas compactas, botroidales y reniformes.

    Aparece en filones hidrotermales de alta y de media temperatura. En placeres como consecuencia de procesos de metamorfismo. Es menos frecuente encontrarla asociada a rocas básicas de origen ígneo y en formaciones de origen orgánico

    Una de las principales menas de cobre. Debido al alto contenido en metales nobles, estos se recuperan en los barros anódicos de los procesos electrolíticos del cobre

La fórmula química es CuFeS2


    CASITERITA su nombre deriva de la palabra griega "kassiteros" que significa estaño. Pertenece a la clase de los Óxidos e Hidróxidos, color de negro a blanco pasando por pardo que es el más corriente y brillo adamantino craso, resinoso. Craso en las superficies de fractura.

    Los cristales son prismáticos, piramidales o bipiramidales. La asociación más conocida es el "Pico de Estaño", en el que dos cristales se unen dando lugar a una forma de rodilla. Las masas son compactas, concrecionadas, con estructura radial o fibrosa (estaño xiloide). Es la principal mena de estaño.

    El estaño se emplea para aleaciones, soldaduras, recubrimientos antioxidantes. Los compuestos de estaño tienen usos diversos como por ejemplo para la preparación de pigmentos en la industria cerámica, tratamiento de tejidos de algodón

Su formula química es: SnO2


    COBALTITA Nombre alusivo al cobalto, de la clase de los Sulfuros, Arseniuros y Sulfosales. Color blanco plateado con tonos rojizos. Si contiene mucho hierro toma coloración gris oscuro con tonos violados. Brillo metálico.

    Los cristales son cúbicos, octaédricos o bien piritoedros, algunas veces estriados. También suelen aparecer combinaciones de estas formas. Las masas son granulares o compactas

    Origen hidrotermal de alta temperatura apareciendo con otros minerales de níquel y cobalto. Diseminada en rocas metamórficas. Es muy raro encontrarla en filones. aplicaciones Se emplea como mena de cobalto. Si se tuesta, se obtiene el óxido que se emplea como pigmento en la industria del vidrio y cerámica

La fórmula química es CoAsS


    CROMITA El nombre hace referencia al cromo, pertenece a la clase de los Óxidos e Hidróxidos. Color negro, a veces pardo. Brillo metálico a submetálico.

    Son raros los cristales octaédricos. Las masas son compactas o granulares, pudiendo aparecer también en granos diseminados. Sus aplicaciones, mena de cromo. El cromo se utiliza en la fabricación de acero inoxidable y en aleaciones especiales. También para la fabricación de materiales refractarios. En la industria química, las sales de cromo tienen muchas aplicaciones.

Su formula química es: FeCr2O4


    DIPIRO pertenece a la clase de los Silicatos.

Su fórmula química es: Al3Si9O24ClNa4


  EPIDOTA, procede de una palabra griega "epidotis" que significa aumento, debido a que la base del prisma vertical tiene un lado más largo que los otros. de la clase de los Silicatos. Color verde más o menos oscuro o bien con tonos amarillos o grises. Brillo vítreo (intenso).

    Cristales prismáticos o tabulares con las caras estriadas. Agregados fibroso-radiales. Maclas. Masas granulares, bacilares y botroidales. Origen Pneumatolítica. Hidrotermal. Metamórfica. Sedimentaria. A veces se usa como gema. Mineral de interés científico y coleccionista.

La fórmula química es: Ca2(Fe3+,Al)(SiO4)3(OH)


    ESTAÑO (casiterita) pertenece a la clase de los elementos nativos. Su etimologia se deriva del griego kassíteros, Estaño. Color: blanco; la casiterita es de color marrón oscuro, pardo hasta negro. Brillo: metaloide o adamantino.

    Cristaliza en el sistema tetragonal, se presenta en cristales prismáticos, dipiramidales, isométricos, prismáticos a aciculares. Se encuentran también en forma de granos diseminados de forma irregular, agregados ariñonados y esferolíticos

Se utiliza ampliamente para cubrir con una capa delgada las hojas de acero destinadas a la fabricación de envases para conservas alimenticias, elaboración de objetos de estaño puro, aleaciones, soldaduras, hojalata, etc. El Estaño se presenta en la corteza terrestre en forma de Casiterita, de donde se extrae. Fue descubierto por los pueblos antiguos, que lo empleaban para obtener el bronce.

Su formula química es: b-Sn


    FOSFOURANILITA pertenece a la clase Fosfatos, Arseniatos y Vanadatos. Color amarillo dorado a amarillo oscuro. Se presenta en forma de escamas o laminillas de contorno rectangular o irregular, formando costras delgadas o pulverulentas. Presenta aspecto arcilloso.

Su formula química es: (PO4)2(OH)2(UO2)3Ca.6H2O


   GOETHITA, En honor al poeta alemán Goethe, pertenece a la clase de los Óxidos e Hidróxidos. El color de los cristales son pardos a negros. La limonita es parda a amarilla. El brillo de los cristales es adamantino o metálico. Los agregados fibrosos tiene brillo sedoso.

    El aspecto o habito que presentan los minerales, ya sean aislados o formando agregados cristalinos. Los cristales prismáticos, aciculares, tabulares o capilares, son muy raros. Generalmente, se encuentran asociaciones y masas radiales, fibrosas, estalactíticas, botroidales, pisolíticas u oolíticas. Lo más normal es encontrar masas terrosas pulverulentas

   Origen viene determinado por la alteración de minerales de hierro (óxidos y sulfuros) en condiciones normales. Como consecuencia de procesos de origen bioquímico se encuentra formando depósitos en áreas lacustres y en cuencas oceánicas.

    Se aplica como una mena importante de hierro. También se usa para la fabricación de colorantes ocres.

     Su formula química es: Fe3+O(OH)


   GRANITO su nombre deriva de la palabra italiana "granito" que se refiere a su composición en granos. Es una roca eruptiva holocristalina, compuesta esencialmente por cuarzo, feldespatos, mica y algún anfíbol, especialmente hornblenda.

   Los granitos constituyen las rocas mas abundantes de la corteza terrestre, ocupan un 5 al 10% del total de la superficie del globo y se presentan formando grandes macizos.

   El granito es ligero con densidad 2,5 a 2,82 y su coloración muy variada, desde el gris, azulado, verde o rosa según los minerales ferromagnesicos dominantes.

   El mineral basico de los granitos es el cuarzo, que se encuentra en una proporción entre el 20 al 40%, mientras que los feldespatos forman la trama de la roca que sostiene a los demás minerales y los ferromagnésicos definen las variedades de la roca al ser responsables de su color.


    GROSULARIA Debido al parecido de ciertas variedades verdes claras con las grosellas espinosas o R. Grossularia, pertenece a la clase de los Silicatos. Color, cuando está pura es incolora, blanca o verde clara. Con Fe es amarilla o naranja. Con Cr es verde esmeralda. Brillo vítreo a resinoso.

    Cristales dodecaédricos o trapezoédricos, maclas, masas compactas o granulares, de grano fino o grueso. Granos incluidos en otros minerales. Los cristales muy puros se emplean como gemas.

Su formula química es: Si3O12Al2Ca3


    HEDENBERGITA Deriva del nombre del químico sueco Ludwig Hedenberg que la descubrió y describió, pertenece a los Silicatos. Color verde oscuro, pardo o amarillo verdoso. Brillo vítreo.

    Son raros los cristales prismáticos de sección cuadrada. Agregados radiales. Masas granulares o compactas. Tiene su origen en rocas metamórficas de contacto, ricas en minerales de hierro, metasomática y, a veces, magmática.

    Su formula química es: Si2O6FeCa


    HEMATITES, Deriva de una palabra griega "haimatites" que significa sangre en alusión al color del mineral. El mineral se denomina también Oligisto en España.

    Pertenece a la clase de los oxidos e hidróxidos. Los cristales son negros a gris acerado brillante. Algunos cristales son iridiscentes, las masas son rojas y su brillo metálico a mate.

    Habito o forma de presentarse. Los cristales son normalmente tabulares o romboédricos aplastados, llegando incluso a ser laminares. Estas láminas suelen ordenarse aparentando pétalos de rosa. Más comunes son las masas granulares compactas, terrosas botroidales, oolíticas o concrecionadas

    Es una de las menas de hierro más importantes, se emplea también como pigmento, ocre rojo y para polvo de pulir.

    En La Lapa se encuentra la variedad "micaceo", formado por pequeñas escamas.

Su formula química es:a-Fe2O3


    HIERRO La palabra Hierro proviene del latín Ferrum, la hematita proviene del griego haimatites, sanguíneo, en alusión a su color, pertenece a la clase Elementos Nativos, su color es Gris a Negro, con brillo metálico.

    Presentación: No existen cristales naturales, apareciendo en forma de nódulos. En masas o agregados esponjosos con las cavidades rellenas por otros minerales. Los cristales artificiales de hierro son octaédricos y raramente cúbicos.

    Se encuentra en algunos meteoritos y en rocas basálticas terrestres, con níquel-ferro, grafito, troilita, etc.

    Se emplea para la fabricación de acero y fundición. Los compuestos de hierro, presentan muchas aplicaciones en diversos campos de la industria. El hierro dulce se usa para las cuerdas de piano.

Su formula química es: Fe


   HORNBLENDA(Mg) pertenece a los Silicatos, de color verde oscuro a negro y brillo vítreo a craso.

    Cristales prismáticos y aciculares, en general aplanados. Agregados fibrosos, radiales, columnares o en gavilla. Masas granulares o compactas. Forma parte de las rocas magmáticas básicas y ultrabásicas. Metamórfica. Mineral de interés petrológico y coleccionista.

    Su formula química es: Si7AlO22(OH)2Al(Mg,Fe)4Ca2


    MAGNETITA, probablemente derivada del nombre de la localidad de Magnesia, en Macedonia. Una fábula de Plinio atribuía el nombre al de un pastor de nombre Magnes que descubrió el mineral al observar que se adhería a los clavos de su calzado. descubierta en 1994, pertenece a la clase Óxidos e Hidróxidos. Color negro, brillo metálico a submetálico. Los cristales son octaédricos y a veces rombododecaédricos. Ocasionalmente presentan caras estriadas. Agregados hojosos. Masas granulares, bien de grano grueso o de grano fino. Los cristales pueden presentarse incluidos en otros minerales como:  Ilmenita, hematites.

    Origen Magmático: En basaltos, andesitas y otras rocas aparece siempre en pequeñas cantidades, como consecuencia de exhalaciones volcánicas. Metamórfico: De alto, medio y bajo grado. Sedimentario: En arenas, procedente de la alteración de rocas ígneas aplicaciones

    Es la mejor mena de hierro.

  Su formula química es:  Fe2+Fe3+2O4


  MARIALITA pertenece a la clase de los Silicatos, su color es incolora, blanca y diversas coloraciones (gris, azul, verde, amarilla, violeta, marrón), el brillo es vitreo a nacarado. A veces resinoso.

    Son raros los cristales prismáticos, con caras irregulares y estriados verticalmente. Agregados fibrosos. Masas microgranulares. Aparecen en rocas metamórficas ricas en Ca (mármoles) y como consecuencia del metamorfismo de materiales sedimentarios. Se forman también en procesos de metasomatismo de rocas ígneas básicas. Más raramente se puede encontrar en materiales ígneos, como rocas volcánicas y pegmatíticas. Mineral de interés científico y coleccionista

    Su formula química es: Al3Si9O24ClNa4


    MEIONITA de la clase de los Silicatos, presenta los siguientes colores, incolora, blanca y diversas coloraciones (gris, azul, verde, amarillo, violeta, marrón), su brillo es vítreo a nacarado, a veces resinoso.

    Son raros los cristales prismáticos, con caras irregulares y estriados verticalmente. Agregados fibrosos. Masas microgranulares. Aparecen en rocas metamórficas ricas en Ca (mármoles) y como consecuencia del metamorfismo de materiales sedimentarios. Se forman también en procesos de metasomatismo de rocas ígneas básicas. Más raramente se puede encontrar en materiales ígneos, como rocas volcánicas y pegmatíticas. Mineral de interés científico y coleccionista

Su formula química es: Al6Si6O24CO3Ca4


    MIZZONITA pertenece a la clase de los Silicatos.

  Su formula química es:  Al6Si6O24CO3Ca4


    MOLIBDENITA. Proviene de la palabra griega "molybdos" que significaba plomo, metal con el que se confundía el molibdeno. Pertenece a la clase de los Sulfuros, Arseniuros y Sulfosales. Color gris azulado (gris plomizo) y brillo metálico.

    Son raros los cristales tabulares de contorno hexagonal. A veces estos cristales se apilan dando lugar a una disposición en forma de barril. Las masas son hojosas y en algunos casos las láminas presentan una disposición divergente. Es la principal mena de molibdeno. Este metal se utiliza para la fabricación de aceros y aleaciones especiales. Se emplea como lubricante seco resistente a temperaturas elevadas

Su formula química es: MoS2


    NIQUELINA Deriva del nombre del metal níquel que a su vez proviene del alemán "kupfernickel".

    Pertenece a la clase de los Sulfuros, Arseniuros y Sulfosales. Color bronce rosado. La alteración da lugar a la formación de pátinas oscuras o de color verde claro adquiriendo irisaciones, brillo metálico. Los cristales tabulares o piramidales son raros. Normalmente se presenta en agregados dendríticos, columnares o reticulares y en masas compactas o reniformes. Debido a su rareza sólo es rentable su explotación si se encuentran grandes masas.

    Fue el primer mineral que se empleó para la extracción del níquel.

Su formula química es: NiAs


    ORO Deriva de la palabra latina "aurus" ,pertenece a la clase de los Elementos Nativos. Se color es Amarillo con diversas tonalidades en función de las impurezas y su brillo es Metálico.

    Presentación: Son rarísimos los cristales octaédricos, cúbicos o rombododecaédricos y sus combinaciones. Se suele presentar en granos muy pequeños e informes, láminas y pajuelas. Las formas dendríticas son muy raras. En los placeres son comunes los agregados compactos y redondeados. La forma más corriente de presentarse es en masas arborescentes, con cristales alargados en la dirección del eje ternario; también diseminado en capas aplastadas, escamoso o macizo. La forma más frecuente para placeres es la llamada "pepita", masas macizas redondeadas por el rodamiento, que pueden variar de tamaño.

    El oro generalmente se emplea en aleaciones midiéndose su ley en quilates. El oro puro tiene 24 quilates. El oro blanco es una aleación de oro y paladio. Se utiliza como patrón monetario, en joyería, en odontología y en electrónica (soldaduras). También se usa para la fabricación de material científico de diversos tipos, su alta conductividad eléctrica le hace adecuado para soldaduras electrónicas

Su formula quimica es: Au


   PLATA, Etimología del femenino del adjetivo plattus (plato, chato) que, en el siglo X, se sustantivó con el sentido de lámina Blanco de plata. Pertenece a los elementos nativos, color blanco. En la naturaleza, la plata suele aparecer cubierta por una capa negra y oscura de sulfuro, que es necesario limpiar para descubrir el verdadero color del mineral.

    Se encuentra en estado nativo (generalmente aleada con cobre y oro), formando minerales como la argentita, que es sulfuro de Plata o asociado a otros sulfuros (argentita), óxidos (uraninita), arseniuros (esmaltita) en algunos tipos de yacimientos metalíferos. Es mucho más abundante que el oro, se encuentra mezcladas con sulfuros o en zonas de oxidación de otros depósitos.

    Forma de presentarse: Los cristales suelen ser cúbicos, octaédricos o maclados siempre de pequeñas dimensiones. También se puede encontrar en forma de filamentos, dendritas, o arborescencias. Lo mas frecuente es encontrar masas hojosas o escamosas

  Debido a su rareza no suele emplearse como mena de plata. Generalmente la plata se extrae de las galenas argentíferas. También se encuentra formando parte de los barros anódicos que aparecen en la electrolisis del cobre.

    Aplicación: es el mejor conductor térmico y eléctrico. Se emplea en joyería y orfebrería, en la fabricación de útiles de laboratorio, en medicina, fotografía, acuñación de moneda y en electrónica debido a su alta conductividad.

    Limpieza y conservación. Es muy sensible al aire viciado de ácido sulfhídrico y está cubierta por una ligera pátina de sulfuro. Para eliminar la capa de sulfuro que recubre la plata basta con sumergir la muestra en una solución de ácido nítrico Es conveniente limpiar las muestras con una rápida inmersión en ácido nítrico, protegiéndolas después con una laca transparente.

Su formula química es: AG


    PLATINO Elemento nativo Platino fue descubierto por primera vez en Colombia por Antonio de Ulloa siendo traído a Europa en el año 1735. Recibió su nombre por su parecido con la plata con la que inicialmente se confundió. En 1822 fue encontrado también en los placeres en los montes Urales (Rusia) y más tarde en Canadá y en la República Sudafricana.

    Su color es Gris de acero y su brillo Metálico reluciente. Se presenta en cristales bastante deformados. Su forma habitual es en granos o escamas, masivo o en pepitas.

    Muchos de los numerosos empleos del platino se basan en su alto punto de fusión (1755oC), su resistencia al ataque químico y su dureza. Se utiliza para la fabricación de instrumental médico, equipos electrónicos y como agente catalítico en la producción de ácido sulfúrico. Es el metal más precioso y es también usado en joyería.

Su formula química es:Pt


    PLOMO del latín galena, que significa brillo de plomo. El plomo, es conocido desde la antigüedad, aparece citado en la Biblia.

    Pertenece a la clase de los elementos nativos, color gris plomo, a veces con pátina azul mate y brillo metálico.

    Por lo general se presenta a menudo en agregados amorfos otras veces implantado, generalmente en cubos, octaedros o combinaciones de ambos en forma de pequeñas masas globulares o laminas de color gris fácilmente oxidables y las menos veces en cristales. Se encuentra libre en algunas minas de manganeso asociado con minerales bastante raros básicamente manganosita y pirocroíta.

    Aplicación: Buen conductor del calor y la electricidad, se utiliza principalmente en el elaboración de hilos de plomo, acumuladores. Debido a su resistencia a la corrosión se utiliza en construcción de cañerías y recipientes para contener aguas o ácidos, así mismo se emplea en la obtención de ácido sulfúrico, elaboración de municiones, preparación del cristal de plomo, blanco de plomo, aleaciones muy fusibles; como hipotensor juntamente con la bencina (tetraetilo de plomo).

Su formula química es: Pb


    PIRITA, deriva un término griega que significa "fuego" en alusión a su capacidad de desprender chispas al ser golpeada con el eslabón. Pertenece a la clase de los  Sulfuros, Arseniuros y Sulfosales. Color amarillo. Iridiscente cuando se empaña y brillo metálico.

    Se presenta en cristales pentagonododecaédricos (piritoedros), octaédricos o cúbicos. La Cruz de Hierro es una macla formada por cristales que se unen en forma de cruz. Las masas son granulares, radiales, reniformes, estalactíticas o fibrosas. Son frecuentes las piritizaciones de restos orgánicos fósiles. Se encuentra en forma de piritoedros.

    Se usa para la fabricación de ácido sulfúrico, sulfatos metálicos (cúpricos, ferrosos y alumbres). Las piritas auríferas permiten extraer cantidades apreciables de oro.

Su formula química es:FeS2


    PIROLUSITA, deriva de las palabras griegas "piros" que significa fuego y "luou" lavar, debido a que por su poder oxidante se empleaba para eliminar del vidrio los colores debidos al hierro.

    Pertenece a la clase de los Óxidos, su color es negro hierro y su brillo metálico o terroso

    Habito o forma de presentarse, rarísimas veces en cristales bien desarrollados (Polianita). Normalmente en fibras en formas columnares radiadas. En ocasiones masivo. Atacable con ácido clorhídrico.

    Empleo: Es la mena más importante del manganeso. Este se emplea en aleaciones del acero, cobre, zinc, aluminio, estaño y plomo. También como oxidantes en la obtención del cloro, bromo y oxígeno. Como decolorante de los vidrios, como desinfectante en el permanganato potásico, como secante en las pinturas. También como colorantes en ladrillos, cerámica y vidrio.

Su formula quimica es: Mn4+O2


    PIROXENOS de la clase de los Silicatos. Es un grupo de minerales muy importante. Siendo uno de los principales componentes de las rocas ultrabásicas y básicas, también aparecen en otras condiciones geológicas.

    Su formula química es: Si2O6(Mg,Fe,Ca,Al,Cr,Li,Sc)2


    RODONITA, el nombre procede del griego "rodon" igual a rosa. Pertenece a la clase de los  Silicatos, su color es rosa a pardo rosado y su brillo es vítreo anacarado.

    Se presenta bajo la forma de cristales tabulares o prismáticos, a veces con aristas redondeadas. Masas compactas o granulares con características manchas o venas negras, debidas a óxidos de Mn. Granos.

   Se usa como mena de manganeso. Los cristales bien facetados se usan como gemas. Las variedades transparentes y traslúcidas se usan en bisutería. Las masas se emplean para la fabricación de objetos ornamentales.

Su formula química es: SiO3(Mn,Fe,Mg,Ca)


   TITANITA ver esfena, su nombre deriva de una palabra griega "esfen" que significa cuña, por el desarrollo característico de sus cristales.

    Pertenece a la clase de los Silicatos, de color incolora, amarilla, pardo verdosa, pardo rojiza, negra. Su brillo es adamantino, vítreo o craso.

    Cristales tabulares o prismáticos. Son frecuentes las maclas. Agregados radiales. Masas granulares o compactas. Los cristales transparentes se utilizan como gemas

Su formula química es: SiO5CaTi


   TUNGSTENO. La palabra proviene del sueco "tung" pesado y "sten" piedra.

    El tungsteno es un elemento natural. Se encuentra en rocas y en minerales combinado con otras sustancias químicas, pero nunca se encuentra en forma del metal puro. El tungsteno elemental es un metal blanco a gris acero (depende de la pureza) que puede ser usado en forma pura o mezclado con otros metales para formar aleaciones. Las aleaciones de tungsteno tienden a ser duras y flexibles, resisten el desgaste y son buenas conductoras de la electricidad. El tungsteno se usa en productos como filamentos de bombillas, partes de tubos de rayos X, herramientas de alta velocidad, electrodos para soldar, hélices de turbinas, palos de golf, dardos, pesos para pescar, agujas de fonógrafos, discos de giroscopios y balas y municiones para penetrar blindaje. El tungsteno también se usa como catalizador para acelerar reacciones químicas.

   Su verdadero nombre es 'wolframio' o 'volframio' (también llamado 'tungsteno' en el mundo anglosajón)

Su formula química es: WS2


   WOLFRAMITA, del antiguo alemán "wolf" lobo y "hraban" cuervo, pertenece a la clase de los Óxidos e Hidróxidos. Color gris oscuro a negro azulado y brillo metálico, a veces adamantino o craso.

    Se presenta bajo la forma de cristales prismáticos (cortos o alargados), tabulares, aciculares o laminares (a menudo estriados). Agregados hojosos o radiales. Masas compactas o granulares. Se usa como mena de wolframio y en la fabricación de aceros especiales (para blindajes) y en aleaciones de alto punto de fusión (lámparas de incandescencia) y gran resistencia

Su formula química es: (Fe,Mn)WO4


ZINC Pertenece a la clase de elementos Nativos, recibe el nombre de la palabra alemana "zink". Cristaliza en el sistema exagonal. Su color es blanco metálico, gris o gris azulado y su brillo es metálico.

Se presenta en tamaños irregulares con placas irregulares y estrias incrustradas y superficies irregulares

Su formula química es: Zn


    ALOJAMIENTOS

  • H*** Los Templarios Ctr. Villanueva, s/n 924 73 16 36
  • H** Oasis c/El Campo, 18 924 73 14 53
  • HS* Las Torres Ctra. Oliva,49 Tlf. 924 73 11 68
  • P El Gordito Avda. Portugal,104 924 73 14 52
RESTAURANTES
  • La Cazuela Ctra. Villanueva, s/n 924 73 16 36
  • La Extremeña Ctra. Villanueva, s/n 924 73 16 90
  • El Capi Avda. Portugal, 147 924 73 12 00
  • Mijina Avda. Villanueva, 60 Tlf. 924 73 03 90
  • Oasis El Campo,18 924 73 17 30
  • Las Torres Ctra.  Villanueva,49 924 73 11 68


D. Fernando Núñez de Lara, señor de Jerez

* 1160

Padre: Nuño Perez de Lara * c. 1110
Madre: Teresa Fernandes de Trava * c. 1140

Matrimonio I:
Con: Maior Garcez de Aza * c. 1160

Hijos del Matrimonio I:

  • D. Sancha Fernandez de Lara * 1200 cc D. Fernando, infante de Portugal, señor de Serpa ss

D. Fernando Núñez de Lara, señor de Jerez

D. Fernando Nuñez de Lara, señor de Jerez
* 1160

Matrimonio I: Con
Maior Garcez de Aza

Nuño Perez de Lara
* c. 1110 + 1177
Pedro González de Lara
* c. 1080 + 1130
Gonzalo Muñoz, conde de Lara
* c. 1060
Sandina Rodriguez
* c. 1060
Eva Perez de Trava
* c. 1085
Pedro Fernandez, conde de Trava
* c. 1050
Maior de Urgel
* c. 1070
Padres Abuelos Bisabuelos
Teresa Fernandes de Trava
* c. 1140 + 1180
Fernando Perez de Trava, conde de Trastamara
* c. 1100
Pedro Fernandez, conde de Trava
* c. 1050
Maior de Urgel
* c. 1070
Elvira Rodríguez de Sandoval


Lara

Historia

  • Se trata de una familia de los mas nobles linajes de toda la Península, emparentada varias veces con las casas reales de Castilla, León, Navarra y Aragón, cuya historia se encuentra íntimamente ligada a la de todos estos reinos.
  • Miembros de este linaje pasaron diversas veces a Portugal, dando lugar a nuevas ramas

Armas

  • De plata, dos calderas de negro, con arcos y asas de oro, colocadas una sobre la otra. Timbre: un galgo de plata, cubierto de negro.

Titulos, Mayorazgos y Señoríos

  • Barones de Sendal
  • Condes de Castañeda
  • Condes de Frigiliana
  • Condes de Lara
  • Condesb de Mayorga
  • Condes de Paredes de Nava
  • Condes de Treviño
  • Condes de Tribiana
  • Condes de Valencia de Don Juan
  • Condes de Asturias
  • Duques de Ciudad Real
  • Duques de Galisteo
  • Duques de Nájera
  • Marqueses de Aguilar del Campo
  • Marqueses de Cabra
  • Marqueses de Cañete
  • Marqueses de Lara
  • Marqueses de Mortara
  • Marqueses de Olías
  • Marqueses de Sarrial
  • Señores de Vizcaya
  • Señores de Amusco
  • Señores de Baños
  • Señores de Belmontejo
  • Señores de Estar
  • Señores de Jerez
  • Señores de Lara
  • Señores de Molina
  • Señores de Requena
  • Señores de Valdenebro
  • Señores de Villazopeque
  • Vizcondes de Narbonne
  • Gobernadores de Baeza
  • Gobernadores de Toledo


   VASCO NUÑEZ DE BALBOA

   Vasco Núñez de Balboa (1475-1519) Conquistador y descubridor español, nace en Jerez de los Caballeros en 1475 en el seno de una familia hidalga, pero sin recursos económicos y muere en Acla, Panamá, 1517.

   Pertenecía a una familia de origen gallego que había sido rica y poderosa, pero que estaba en decadencia cuando él nació. Recibió una educación propia de su condición social, al entrar como paje de Pedro de Portocarrero, señor de Moguer, donde se formó como escudero. Donde tomo contacto con los descubridores de la Nueva Tierra y la formación de nuevas expediciones.

   En 1501 partió para América con la expedición de Rodrigo de Bastidas, con la cual recorrió la costa Caribeña de la actual Colombia. Aunque su papel en la expedición de Bastidas no fue sobresaliente, la experiencia allí adquirida le sería de gran utilidad posteriormente.

Al regresar Bastidas a España, Balboa se quedó en La Española, donde posiblemente participó en las acciones de sojuzgamiento de los nativos del área, puesto que se le dieron tierras en un puesto denominado Salavarrieta de la Sabana, como a vecino fundador. En este lugar, cuyo principal recurso era la cría de cerdos, Balboa contrajo numerosas deudas y en 1509 se encontraba por Santo Domingo, teniendo que huir del lugar, según la historia perseguido por sus acreedores, escondido en un barril vacío.

El 13 de septiembre de 1510, el bachiller Martín Fernández de Enciso zarpó de Santo Domingo con el fin de apoyar la expedición de Alonso de Ojeda, quien había recibido licencia para poblar Urabá. Entre su tripulación llevaba como polizón a Balboa, el cual una vez superado el peligro de ser devuelto a la isla, se presentó ante el bachiller. Enciso montó en cólera y amenazó con abandonarlo en la primera isla desierta que encontraran. La tripulación empezó a argumentar en favor de Balboa, señalando la utilidad que les podía reportar por ser conocedor de la zona y, además, transformó al polizón en héroe popular de la expedición.

Una vez en Urabá, se empezaron a presentar problemas de abastecimiento y de salubridad, tal como había sucedido con los emplazamientos de Juan de la Cosa, en 1504, y del propio Ojeda, con quien finalmente Enciso no logró encontrarse.

Balboa propuso cambiar el lugar del asentamiento a la orilla occidental del golfo, donde las tierras eran mejores y más frescas y además los indios eran mas pacificos. La iniciativa fue aceptada, a pesar de que con ella se creaban problemas de jurisdicción con Diego de Nicuesa, a quien le correspondía el control de ese territorio.

En el nuevo emplazamiento los colonos ocuparon la aldea del cacique Cémaco, en noviembre de 1510, donde fundaron Santa María de Antigua del Darién, el primer asentamiento permanente de españoles en tierras continentales americanas.

Entretanto, Enciso continuó creándose conflictos con los miembros de la expedición, con lo cual la oposición en su contra se agrupó alrededor de Balboa. Para conjurar esta situación se envió una comisión para que buscara a Diego de Nicuesa, quien se encontraba en Nombre de Dios, y le pidiera que gobernara la colonia. Aunque la comisión tuvo éxito, muy pronto los emisarios tuvieron razones para arrepentirse. Sin haber llegado al Darién, Nicuesa empezó a hablar de las medidas disciplinarias que adoptaría y de las modificaciones que introduciría en el reparto de los tesoros de la expedición.

Estas noticias fueron suficientes para que los colonos no lo dejaran desembarcar en Urabá y lo obligaran a abandonar el golfo, en una travesía en la cual desapareció junto con su tripulación.

Balboa enjuició a Enciso por estos hechos, pero luego le permitió partir hacia España. Tal decisión lo convirtió en jefe único de la colonia desde abril de 1511, pero significó también enviar a un enemigo a la Corte, que le causaría mayores problemas.

Su cargo fue confirmado en Burgos en diciembre de 1511, al nombrársele gobernador y alcalde interino de la colonia, en reemplazo de Ojeda. Aunque Balboa sólo recibió tales cédulas a mediados de 1513, pudo gobernar sin mayores contratiempos durante poco más de tres años.

Después de la partida de Enciso, hacia España, Balboa sometió a Chimba, cacique de Careta, y estableció relaciones amistosas con el cacique Comogre. El hijo de este cacique de nombre Panquiaco, informó a los colonos sobre el Mar del Sur y sus riquezas. Balboa continuó la labor de sometimiento del área del istmo, densamente poblada y formada por numerosos pueblos políticamente autónomos.

Entre 1510 y 1513, sucediendo a Hojeda y Nicuesa, gobernó con mano prudente en Santa María de La Antigua, el único enclave de España en Tierra Firme, estableciendo con los indios unas relaciones amistosas, respetando sus estructuras tribales, y llegando a ser árbitro entre tribus enfrentadas

La expedición al Mar del Sur no fue olvidada y en enero de 1512 Balboa envió una comisión que informara al rey sobre las noticias recibidas y solicitara el envío de más hombres para llevarla a cabo. Aunque esta comisión nunca llegó a su destino, las noticias sobre su naufragio sólo fueron recibidas por los colonos un año después.

En espera de la ansiada autorización, Balboa buscó mantener la disciplina de la colonia iniciando nuevas exploraciones del territorio. Se dirigió hacia el sur de Santa María, subió por el río Atrato, y sometió a varios caciques que se habían aliado en su contra.

Después de estos hechos, los colonos enviaron en septiembre de 1512 una nueva delegación ante el rey, para informarle que ya se había logrado la conquista de la provincia de Urabá y reiterar la solicitud de apoyo para llevar a cabo la expedición al Mar del Sur.

Ante esta falta de noticias, en la colonia se empezaron a presentar actos de rebeldía contra Balboa y éste, al conocer el nombramiento que se le había hecho a finales de 1511 como gobernador y alcalde interino de la colonia, y las acciones que se adelantaban en su contra en la Corte, emprendió el viaje sin esperar refuerzos el 1 de septiembre de 1513. Con la compañía de 200 españoles y unos miles de Indios salieron en búsqueda del “gran mar” que le había contado

Con ellos cruzó el actual Istmo de Panamá, se enfrentaron a los peligros de la selva, sin la perdida de ningún hombre de la expedición.

Inicialmente se dirigió hacia Careta, entró a las tierras de Ponca e hizo la paz con él, guerreó con el señor de Cuareca y luego se encaminó a una gran sierra, desde donde divisó el “Mar del Sur” el día 25 de septiembre de 1513. Cuatro días mas tarde la expedición alcanzó el objetivo deseado, tomando posesión del mismo en nombre de España, según el uso de la época.

En la Historia general. XXIX,2 y 3, el cronista Gonzalo Fernández de Oviedo expresa este momento de la siguiente forma:

«Un martes, veinte y cinco de septiembre de aquel año de mil quinientos y trece, a las diez horas del día, yendo el capitán Vasco Núñez en la delantera de todos los que llevaba por un monte raso arriba, vio desde encima de la cumbre dél la Mar del Sur, antes que ninguno de los cristianos compañeros que allí iban; y volvióse incontinente la cara hacia la gente, muy alegre, alzando las manos y los ojos al cielo, alabando a Jesucristo y a su gloriosa Madre la Virgen Nuestra Señora; y luego hincó ambas rodillas en tierra y dio muchas gracias a Dios por la merced que le había hecho en le dejar descubrir aquella mar... Y mandó a todos los que con él iban que asimismo se hincasen de rodillas y diesen las mismas gracias a Dios... Todos lo hicieron así muy de grado y gozosos, y incontinente hizo el capitán cortar un hermoso árbol, de que se hizo una cruz alta, que se hincó e fijó en aquel mismo lugar... Y porque lo primero que se vio fue un golfo o ancón que entra en la tierra, mandóle llamar Vasco Núñez golfo de San Miguel, porque era la fiesta de aquel arcángel desde a cuatro días»

El momento de la llegada física al mar lo describe de la siguiente manera: En aquellos parajes bellísimos, «llenos de arboleda», ante 26 hombres de armas, uno de ellos Francisco Pizarro, y cuando el sol iniciaba su caída en el horizonte, Balboa «llegó a la rivera a la hora de víspera, y el agua era menguante». Esperó a la pleamar, y «estando así creció la mar a vista de todos mucho y con gran ímpetu». Sólo entonces fue cuando Balboa, con la bandera real de Castilla y León, «con una espada desnuda y una rodela en la mano entró en el agua de la mar salada, hasta que le dio en las rodillas», y tomó posesión del Océano Pacífico en el nombre de Dios y de los Reyes Católicos.

Antes de iniciar el camino de regreso sometió a los caciques de Chiape y Coquera, y bordeó con sus naves la costa del mar, donde obtuvo abundante cantidad de perlas. En el viaje de regreso, continuó las acciones de sometimiento contra los señores de la zona, llegando a Santa María, en enero de 1514.

Desde allí envió su relación al rey sobre el descubrimiento, junto con el quinto real, que ascendía a veinte mil castellanos, doscientas perlas y algunas curiosidades de la región.

Como reconocimiento de su gestión, se revocó una sentencia en su contra, que había conseguido Enciso, después de su llegada a España, de cargos sobre usurpación contra Balboa. Se le nombró adelantado del Mar del Sur y Gobernador de Coyba y consecuentemente del distrito de Panamá.

Sin embargo, el disfrute de su descubrimiento fue corto. Las acusaciones de Enciso en su contra tuvieron eco en la Corte. El rey, antes de oír los descargos de Balboa, nombró como nuevo Gobernador de Castilla de Oro a Pedrarias Dávila (Pedro Arias de Ávila), que asumia las regiones descubiertas y parcialmente ocupadas por el Adelantado, con lo cual Balboa quedó bajo su mando.

A finales de julio de 1514 llegó el nuevo gobernador al Darién con mil quinientos hombres, buena parte de los cuales enfermó y murió al poco tiempo. Para paliar los estragos de las enfermedades y del hambre, generados por la llegada masiva de colonos, se enviaron numerosas expediciones a diferentes partes del Darién, con objeto de conseguir provisiones.

Los numerosos pleitos abiertos entre Balboa, Enciso y Miguel de Pasamonte, tesorero de la Española, provocaron el declive de Balboa. Las relaciones con el gobernador se tornaron tensas. En abril y en octubre de 1515 Balboa escribió al rey quejándose de los excesos cometidos contra los indios por los hombres de Pedrarias, y señalando que, a causa de éstos, la mayoría de los indígenas sometidos se habían rebelado, sin que el gobernador tomara acciones para controlar la situación.

Por su parte, Pedrarias buscó opacar los logros de Balboa, y cuando en marzo de 1515 llegó a Santa María su nombramiento como adelantado de la Costa del Pacífico y gobernador de Panamá, lo ocultó por un tiempo y luego adoptó maniobras dilatorias para impedir que Balboa tomara posesión de su cargo.

La mediación del obispo fray Juan de Quevedo logró superar la crisis y las paces quedaron selladas en 1516, cuando se acordó que el adelantado se casaría con una hija del gobernador. Gracias a este acuerdo, Balboa pudo continuar sus exploraciones en el Mar del Sur, pero al conocerse la llegada de un nuevo gobernador, Lope de Sosa, surgieron rumores sobre sus supuestos proyectos de alzamiento.

Al parecer tales rumores carecían de fundamento y el problema radicaba en que el gobernador temía que el adelantado testificara en su contra durante el juicio de residencia que le haría el nuevo gobernador. La vuelta a España del obispo Quevedo, redujo las defensas de Balboa. El Adelantado continuo con sus exploraciones, mientras Arias y el Licenciado Gaspar de Espinosa, urdían el plan para evitar el proceso de residencia y al mismo tiempo inculpar de nuevo a Balboa.

Arias hizo llamar a Balboa a la villa de Acla donde fue detenido, recluido y condenado a muerte por traición, junto a Botello, Argüello, Hernán Muñoz y Valderrábano. La sentencia se ejecutó entre el 14 y el 21 de enero de 1517, uno de los argumentos de la sentencia fue la acción tomada por Balboa en contra de Enciso y Nicuesa.

Esta muerte por decapitación acabó con las aspiraciones conquistadoras de uno de los más importantes personajes del momento.

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