Andando por Casas de don Gómez

Casas de don Gomez

    ÍNDICE

Datos Municipio.
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DATOS del MUNICIPIO  40º00'31" N 006º36'00" W   Hoja del MTN 596

TIPO DE ENTIDAD: Villa

SUPERFICIE TÉRMINO (Km2.): 31,16

ALTITUD: 325

POBLACIÓN: 365

DISTANCIA CÁCERES: 77

PARTIDO JUDICIAL: Coria

MANCOMUNIDAD: Rivera de Gata, Ribera de Fresnedosa

COMARCA AGRARIA: Coria

GENTILICIO: casagomeros y moritos

 

BIBLIOGRAFÍA ESPECÍFICA:


SITUACIÓN del MUNICIPIO

    Pequeño pueblo que se encuentra a mitad de camino entre Coria y Moraleja. Limita con los siguientes municipios: Noroeste: Moraleja. Oeste: Huélaga. Noreste: Calzadilla. Suroeste: Casillas de Coria. Sureste: Coria.

    Casas de don Gómez es una población cacereña situada entre las cuencas de los ríos Arrago y Alagón, en la comarcal entre Coria y Moraleja, al oeste de la comarca del valle del Alagón. Su relieve es llano en su mayor parte, aunque también presenta pequeños cerros alineados, pero de poca altura. Aún estando entre dos ríos, el curso más importante es el del Arrago, al que llegan arroyos como Torvisco, Hondo, Valgallegos, Tamuja, la Vertiente y del Pozo. Tambien hay que citar el Jerte y la Ribera de la Fresnedosa, la comarca ofrece al visitante numerosos atractivos para la práctica de la pesca y de los deportes náuticos, además de rincones magníficos y de gran valor medioambiental para disfrutar del baño y el descanso cuando aprietan los calores.

    También es Casas de don Gómez una tierra de encinas y alcornoques, que conviven junto a matorrales como la jara, aulaga, o cantueso. Los tonos suaves, horizontales y alomados son extensibles a estas áreas deprimidas de la cuenca sedimentaria y Vegas del Alagón y Jerte y cuenca de La Fresnedosa, cuyas altitudes oscilan en el intervalo que van desde los apenas 22 metros de las zonas de Casillas de Coria hasta los algo más de 300 de la zona de Las Mesas. Además, el exiguo espacio de penillanura, entre Calzadilla, Huélaga y Casas actúa como un umbral de separación con la cuenca sedimentaria del Arrago- Moraleja, conectada antiguamente.

    El relieve, aunque llano en su mayor parte, presenta una alineación de cerros con poca altura (de 320 a 340 m.) que actúan como divisoria de aguas entre los ríos Árrago y Alagón. Los suelos predominantes son de tipo mioceno y aluvial, salvo en la zona de lomas que son tierras pardas meridionales sobre pizarra. El curso de agua más importante que cruza el término, es el río Arrago, al que afluyen los arroyos Torvisco, Hondo, Valgallegos, Tamuja, la Vertiente y del Pozo. El clima es de tipo mediterráneo subtropical. La formación vegetal de las áreas sin cultivar es del tipo Durilignosa con un bosque esclerófilo mediterráneo representado por la encina y el alcornoque, juntó a otras especies que componen el matorral como la jara, aulaga, cantueso, etc.

    La población rompe hacia 1940 con la estabilización que mantenía prácticamente desde principios del siglo XX, al experimentar un cierto crecimiento hasta 1960. Dicho proceso se ha visto interrumpido a partir de esa fecha por un incremento de las tasas de emigración que han llevado a este municipio a perder casi la tercera parte de sus efectivos demográficos. La emigración ha provocado un profundo envejecimiento en esta población

    Valle del Alagón; fértil y abierto, que toma el nombre del río que atraviesa horizontalmente la comarca y baña sus vegas; presenta un amplio abanico de paisajes, desde la genuina dehesa arbolada en la que pastan algunas de las más reputadas ganaderías de reses bravas del país hasta las llanas y ricas huertas en las que se cultivan tabaco, pimientos. pepinos, coles y una variada gama de hortalizas y frutas. Toda una panoplia de formas y colores que animan al viajero en su recorrido por estas tierras en las que el agua está permanentemente presente. Rodeada de embalses periféricos Borbollon, Montehermoso, Valdeobispo, Portaje y Torrejoncillo y de caudalosos ríos, entre los que además del Alagón, hay que citar el Árrago, Jerte y la Ribera de la Fresnedosa,

    Entre las corrientes de agua destaca el río Arrago y el Arroyo Patana.

  • Río Árrago: afluente del río Alagón, limita el término por el Oeste y da lugar al embalse de Borbollón que abastece a los regadíos cercanos.
  • Arroyo Patana: nace en el municipio de Guijo de Coria y tiene en el término municipal de Calzadilla cuatro afluentes: arroyo Pelea, arroyo de la Riguera, regato Alcantarilla y regato Cañal de Bravo

    Al Valle del Alagón se puede llegar por el este desde la N-630, a través de las carreteras comarcales C-511 que enlaza en Navalmoral de la Mata con la Autovía de Extremadura. C-526 que se cruza con la anterior en Coria procedente de Portezuelo y Torrejoncillo, y la C-512 que sigue hacia la vecina comarca de Las Hurdes.

    En este gran valle se conservan algunas de las señas de identidad que representan a todo el pueblo extremeño, como ocurre con la archifamosa gorra de Montehermoso, símbolo del traje regional femenino y de su estado civil. También aquí se celebran dos de las fiestas populares más conocidas en la región y declaradas de interés turístico como La Encamisá de Torrejoncillo o Los Sanjuanes de Coria en los que el caballo, los jinetes, el toro bravo y sus arriesgados corredores son los protagonistas. Y hablando de las señas de identidad, tan íntimamente ligadas a los oficios tradicionales. en el Alagón aún sobreviven, no sin dificultad, algunos artesanos que milagrosamente no han sucumbido a la tentación de desmontar el telar, o los hornos de fundición de campanas o de cocer el barro. Orives que trabajan con manos prodigiosas el tradicional aderezo femenino de oro o plata, alfareros que venden más tinajas a bodegas foráneas que a las propias, tejedores de quinta generación que se resisten a acallar el armonioso sonido de la lanzadera, aún se pueden encontrar en Torrejoncillo, Montehermoso o Coria. Otra de las señas de identidad de este calle es su gastronomía, en la que los productos de la huerta, los escabeches, el mojo de peces, las sopas de tomate, las setas y, como no, los productos derivados de la matanza son sus exponentes.

    La Asociación para el Desarrollo del Valle del Alagón (ADESVAL), es una Asociación sin ánimo de lucro, cuya finalidad es "promover cuantas iniciativas persigan el Desarrollo de nuestra comarca".

    La constituyen 27 municipios del Valle del Alagón, empresas, cooperativas, asociaciones y socios individuales, que participan en el tejido productivo de la comarca.

    ADESVAL, tiene como principal ámbito de actuación el territorio que comprenden los municipios Cacereños de: Acehuche, Aceituna, Aldehuela de Jerte, Alagón del Río, Cachorrilla, Calzadilla, Carcaboso, Casas de Don Gómez, Casillas de Coria, Ceclavín, Coria, Galisteo, Guijo de Coria , Guijo de Galisteo, Holguera, Huelaga, Montehermoso, Morcillo, Pescueza, Portaje, Portezuelo, Pozuelo de Zarzón, Riolobos, Torrejoncillo, Valdeobispo, Villa del Campo y Zarza la Mayor.

    Total de Municipios: 27
  • Total de pedanías: 15
  • Superficie: 1.753,63 Km2
  • Población: 38.910 Habitantes
  • Densidad de Población: 22,19 Hab./Km2

    Según Pascual Madoz, en el año 1849 en su Diccionario Geográfico Estadístico Histórico, en su tomo I:

    "ALAGÓN río de la provincia de Cáceres; tiene su origen en la de Salamanca; pero es en ella poco conocido por la escasez de sus aguas, y por la confusión que existe para designar su verdadera aparición: seguiremos en esto las noticias que nos parecen mas acertadas, separándonos del mapa de D. Tomás López y otros geógrafos: nace este río en una abundantísima fuente, término de Aldeanueva de Campomojado, partido judicial de Alba de Tormes, á la falda meridional de la sierra de Herreros; recibe casi á su nacimiento las aguas que vienen de esta sierra, y así, pobre aun, entra por el extremo meridional del término de Frades, partido de Sequeros, en el de Villar de Leche, alquería del Endrinal, que atraviesa pasando junto al pueblo unos 50 pasos al S.; baja después á la villa de Monleon, en cuyo término recibe las aguas de Riofrio y Mandiles, sirve de límite meridional á la del Tornadizo, corre al N. de S. Esteban de la Sierra, NE. de Garcibuey, SO. de Santibañez donde le entran los rios Quilama y Pasajes, que vienen de la villa de Valero, E. de Miranda del Castañar, haciendo límite con Sta. Maria de lo Llano, hasta entrar en el término de Soto Serrano: 1/2 leg. al NE. de este pueblo, recibe al rio Francia por su derecha, y todos los arroyuelos del territorio, y por su izquierdo, en el llamado Vado del Toro, el rio Cuerpo de Hombre que viene de las sierras de Béjar ; asi, rico ya é inagotable, penetra en las escarpadas montañas de las Hurdes, partido de Granadilla, provincia de Cáceres; pasa por entre las alquerias Cabaloria y Rio Malo de Abajo, su rapida corriente se apodera de las aguas de los rios Cabezo y Batuecas, llega á Arroyo Franco, toma las del Vegas de Coria que trae embebidos otros arroyuelos, baja á la Pesga, y en el sitio denominado Boca de Oveja se le incorpora por la derecha el rio Angeles, que viene del Pino Franqueado y Casar de Palomero: baña el O. de las murallas de Granadilla , donde recibe por la izquierda las riberas Aldovareta y Aldovara, continúa á los términos del Guijo de Granadilla, Ahigal y Santibañez el bajo, en los que recibe por la izquierda el rio Ambróz, y por la derecha las riberas del Bronco, Palomero y Mohedas; sigue por Valdeobispo, Montehermoso y Galisteo, bebe á 1/4 legua al SO. del último las aguas del rio Jerte que viene de Plasencia por su izquierda, y descendiendo á los llanos de Morcillo, Marchagáz (despoblado de Coria), Coria, Casillas y Ceclavin, corriendo siempre en dirección SO, recoge por su derecha al rio Arrogo y ribera de Gata que trae embebidos todos los riachuelos de la sierra de su nombre: después de tan larga corriente, hecho dueño de tantos otros raudales, rico y poderoso, tropieza á 1/4 legua al N. de Alcántara con las aguas magestuosas del Tajo, y sucumbe ante su poder, no sin presentar una especie de choque, y como rehusando mezclar sus cristalinas aguas, con las turbias y oscuras de su competidor: tiene 7 puentes; el 1 se halla en la villa de Monleon, bastante largo y seguro: el 2 en la de S. Esteban de la Sierra, construido en él año 1588, á juzgar por este número que aparece grabado en una de sus piedras principales, y en uno de sus 4 arcos; es de piedra, bastante elevado, 50 pasos de largo y 5 de ancho, con sus pretiles hasta el pecho de un hombre, el 3 en Miranda, de piedra pizarrosa, situado en la calzada que va á Béjar y Salamanca: tiene 3 buenos arcos, mas de 50 pies de altura, 70 de largo y 14 de ancho, en estado completo de solidez después de la compostura que se le hizo en el año de 1842: el 4 en Soto Serrano de 3 ojos, firme y seguro: el 5 en Granadilla, grandioso y muy antiguo de piedra sillar labrada, con 6 arcos, iguales los 2 primeros, en progresión descendente los demás, de 20 varas en su mayor altura, 150 pasos de longitud, 8 de latitud y ademas los pretiles; el 6 cerca del Guijo, se llama el pontón, por cuanto es de un solo arco que se arroja atrevidamente de una márgen á otra del rio; sus cimientos están formados por terribles peñascos que hacen su aspecto mas imponente; los pretiles están derribados en la mayor parte; se cree obra del emperador Trajano; el 7 en Coria edificado en 1518, pero habiendo cambiado de curso el rio separándose de su antiguo álveo 120 varas, el puente ha quedado en seco, sirviendo tan solo para hacer mas llevadera la bajada de los barrancos, sobre que se halla la poblacion: tiene 5 ojos, 200 varas de largo y 54 palmos de altura. El suelo de este rio puede considerarse en 5 trozos: el 1 desde su nacimiento hasta el [mente de Solo Serrano que comprende 8 leguas de terreno desigual y márgenes escabrosas: en este trozo pierde su curso en el verano quedando siempre algunos charcos: el 2 basta el puente de Granadilla 4 leguas por las montañas de las Hurdes, terreno agrio, lleno de despeñaderos, arrastrando con su rápida corriente grandes piedras, y causando á los pobres Hurdanos innumerables perjuicios en sus avenidas, durante las cuales se ven bajar por el rio vigas y muchos de los muebles de que usan aquellos montañosos: ol 3 hasta Valdeobispo 4 legua, con muchos barrancos: el 4 hasta Casillas 8 leguas, de piso arenoso y firme por vegas no muy espaciosas, poco llanas, vadeable por muchos sitios; y últimamente hasta su confluencia con el Tajo 6 leguas en las que vuelve á engargantarse con márgenes tan escobrosas como las de Hurdes: antes de llegar á su desagüe y entro la embocadura del Arroyo-quince y las cercas del Olivar del Acenchal, término de Alcántara, está el llamado Salto del Caballo ó como otros dicen del Gitano, que es una garganta de 2 varas de latitud y de 8 á 10 mas alta que ol nivel ordinario del rio, por donde este se precipita; toda su corriente es de 30 leguas de N. á S. y de NE. á SO.; arrastra en ella muchas pepitas de ORO, tanto que hay pueblos, principalmente en Montehermoso, en donde las mugeres metidas on el agua, se ocupan constantemente en limpiar las arenas del rio para estraer este precioso mineral: PRODUCE: mucha y esquisita pesca de truchas, hasta Granadilla; anguilas, barbos, y peces hasta de 30 libras de aqui adelanto; da movimiento á infinidad de molinos harineros, de aceito, aceñas, y á la preciosa máquina hidráulica para paños, propia de D. Dionisio Muñoz do Roda, establecida nuevamente á la vista de la ciudad de Coria."


DATOS del AYUNTAMIENTO

Ayuntamiento de Casas de Don Gómez

C/ Iglesia, 1
10818 Casas de Don Gómez (Cáceres)
927 51 90 11

Email: aytogomez@hotmail.com
 

Web: www.casasdedongomez.es

DOE núm. 144, SÁBADO, 11 DE DICIEMBRE DE 1993

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CASAS DE DON GÓMEZ

Escudos Heráldicos. Anuncio de 8 de noviembre de 1993, sobre adopción de Escudo y Bandera Municipal.

Aprobado por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 30 de septiembre de 1993 el proyecto de adopción del Escudo Y Bandera Municipal, y de conformidad con lo que determina el artículo 4 del Decreto 13/1991, de 19 de febrero, por el que se regula el procedimiento para la adopción, modificación o rehabilitación de Escudo y Bandera de las Entidades locales, se expone al público por plazo de 15 días al objeto de que se formulen las reclamaciones pertinentes.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presentaran reclamaciones el expediente referenciado se entenderá definitivamente aprobado.

Casas de Don Gómez, a 8 de noviembre de 1993.-El Alcalde.

DOE Número 29, SÁBADO, 12 DE MARZO DE 1994

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO

Escudos Heráldicos.- Orden de 2 de marzo de 1994, por la que se aprueba el Escudo Heráldico y Bandera Municipal, para el Ayuntamiento de Casas de Don Gómez

. El Ayuntamiento de Casas de Don Gómez, (Cáceres), ha instruido expediente administrativo para la adopción del Escudo Heráldico y Bandera Municipal. Dicho expediente fue aprobado por el Pleno Corporativo, en sesión de 30 de septiembre de 1993, en el que se expresaban las razones que justificaban el dibujo-proyecto del nuevo blasón y enseña.

Consta en dicho expediente informe del Consejo Asesor de Honores y Distinciones de la Junta de Extremadura, emitido con fecha 21 de enero de 1994.

Considerando que la sustanciación de citado expediente se ha ajustado en todo a lo preceptuado en el Decreto 13/1991, de 19 de febrero, por el que se regula el procedimiento para la adopción, modificación o rehabilitación de Escudos y Banderas de las Entidades Locales y en uso de las atribuciones conferidas por referido Decreto,

DISPONGO

ARTICULO 1.

Se aprueba el Escudo Heráldico del Municipio de Casas de Don Gómez (Cáceres), cuyo diseño se recoge en el Anexo I, con la siguiente descripción:

«Escudo partido. Primer cuartel: en oro, una torre donjonada, de sinople, cargada con una espada de sable. Segundo cuartel: en plata, cruz de la Orden de Alcántara. En punta, en sinople, el pocito de plata. Al timbre, Corona Real cerrada.»

ARTICULO 2.

Se aprueba la Bandera del Municipio de Casas de Don Gómez (Cáceres), cuyo diseño se recoge en el Anexo II, con la siguiente descripción:

«Bandera rectangular, de proporciones 2/3, formada por tres franjas verticales e iguales, amarilla junto al asta, blanca la central sosteniendo el escudo y verde la del batiente.»

Mérida, 2 de marzo de 1994. El Consejero de Presidencia y Trabajo Joaquin Cuello Contreras

Escudo partido y entado en punta. Primer cuartel en oro: una torre donjonada, de sinople, cargada con una espada, de sable. Segundo cuartel: en plata, Cruz de la orden de Alcantara, de sinople: En punta en sinople, el pocito de plata. Al timbre, Corona Real cerrada.

Bandera.

Bandera rectangular, de proporciones 2/3 formada por tres franjas verticales e iguales, amarillas junto al asta, blanca la central, sosteniendo el escudo y verde la del batiente

Bandera y Escudo


HISTORIA

   Según la Historia y Toponimia de la Tierra de Coria de Francisco José Casillas Antúnez

    "La Baja Edad Media es la época en la que asociados a Coria y a su actividad repobladora habrían surgido los lugares de Pozuelo, Guijo de Coria, Casas de Don Gómez o Casillas de Coria al norte del río Alagón; Torrejoncillo, Portaje, Pescueza y Cachorrilla lo harían al sur; y Holguera, Aceituna, Guijo de Galisteo, Montehermoso, Valdeobispo, Carcaboso y Riolobos al amparo de la repoblación de Galisteo. Y también es el tiempo en el que nuestra comarca es testigo de importantes conflictos sociales y económicos. En la década de los años treinta del siglo XIII se registran las desavenencias entre la Orden de Alcántara y el Obispado de Coria, cuya causa hay que atribuirla a la rivalidad económica, ya que ambas instituciones buscaban su consolidación territorial, la percepción de las rentas, diezmos y primicias y derechos en los mismos lugares.

    En 1465 la región vuelve a cobrar protagonismo por convertirse en campo de batalla de las luchas entre el maestre de la Orden de Alcántara, Gómez de Cáceres, y el clavero de dicha Orden Alonso de Monroy. El rey Enrique IV había cedido Coria al Maestre, quien a su vez la entregó a su hermano Gutierre de Solís, que fue ratificado con la dignidad de Conde de Coria. El traspaso del señorío fue aprovechado por el clavero Alonso de Monroy para asaltar la Ciudad y expulsar a Don Gutierre. Después de una serie de combates en los que ningún bando resultó vencedor, la situación se superó mediante un acuerdo: Alonso de Monroy devolvía Coria a Gutierre de Solís a cambio de las fortalezas de Piedrabuena y Mayorga. No obstante, los Solís acabaron endeudados con Don García Álvarez de Toledo, Duque de Alba, al solicitarle auxilio militar para recuperar por las armas Coria, cuyo costo no pudieron cubrir. El Maestre ofreció a Don García la Ciudad como aval y en 1470 el Condado de Coria pasó al Ducado de Alba, señorío que fue ratificado por Enrique IV como marquesado. Como consecuencia, Coria perdió su condición de realengo para convertirse en cabecera de Marquesado. De este período de dominio señorial nos hablan los topónimos Rincón del Duque, Ochavo del Duque y Plantel del Duque(Coria), Aceña del Duque, Huerto del Duque y Camino al Batán del Duque (Torrejoncillo).

    Otro topónimo que hace alusión al posible origen leonés o castellano, pues resulta imposible determinar la procedencia exacta de los repobladores ultramontanos, es el topónimo del tipo «serrano», como Teso Serrano (Guijo de Coria), Camino de Charco Serrano (Cachorrilla), Calleja de los Serrano (Calzadilla) y Estercada del Serrano (Casas de Don Gómez). Y también podríamos incluir en este grupo, aunque ya con más clara filiación leonesa, los topónimos Ledesma y Barrera de Ledesma (Coria)

    La reiteración de topónimos que parten de la base léxica «torre» es muy relevante, porque retrata la inseguridad de la frontera y de las zonas recién conquistadas: nada menos que treinta y dos topónimos, con sus variantes ‘torrecilla’, ‘torrejón’, ‘torrejoncillo’, ‘torrejona’, se reparten por todo el antiguo alfoz de Coria.

    Con la misma finalidad defensiva que la ‘torre’ está Talayuela de Guijo de Galisteo y Talayuelas de Santibáñez el Alto. Podemos observar claramente el topónimo ‘castillo’ en: Lomo del Castillo (Cilleros), Arroyo del Castillo, Teso del Castillo y Castillo de Hornacenteno (Moraleja) o Arroyo del Castillo (Portezuelo); con forma sufijada en: Castillejo (Casas de Don Gómez, Coria y Torrejoncillo), Castillejos (Casillas de Coria y Villasbuenas de Gata), Castillejas (Guijo de Coria) y El Castillejo (Portezuelo); e incluso una forma arcaica «castell» en Teso Castell (Cilleros).

    Un último apartado que debemos abordar en estas páginas sobre la repoblación es el reparto y la administración de las tierras. La unidad de referencia casi obligada a la hora de dividir el alfoz en unidades menores y complejas era el ‘sesmo’, y de él tenemos testimonios en el Sesmo de la Conejera (Coria), Sesmo de la Hoya y Sesmo Malo (Moraleja), Sesmo de la Solana y Sesmo Zahurdillas (Casas de Don Gómez), Sesmo Cimero y Sesmo del Medio (Huélaga) y Sesmo de las Liebres (Riolobos). Otra forma de reparto medieval era el ‘quiñón’, que lo hallamos en el topónimo Quiñones en Coria. La ‘senara’, una prestación de tipo económico que a su vez alude a la parcelación del terreno, aparece en Senara del Concejo (Torrejoncillo), Senara de Pascual Mateos (Coria) y Olivar de la Senara (Casas de Don Gómez). El ‘terción’, que designa una porción de tierra de labrantía más pequeña que la ‘suerte’, en Terciones del Pago, Terciones de Chicharra, Terción de la Zambrana y Terciones del Olivar (Casillas de Coria), Terción (Cachorrilla) y Terción de las Matas (Holguera). ‘Suerte’ pervive en los topónimos Las Suertes (Moraleja), Las Suertes (Cilleros), Suerte del Valle (Coria), Suertes de la Burra (Torrejoncillo), Suertes de la Cachonera (Casillas de Coria), etc.

    El siglo XVIII estuvo marcado por la Guerra de Sucesión tras la muerte de Carlos II. Al final España se vio obligada a ceder en Utrecht (1714) los Países Bajos y las posesiones italianas a cambio del reconocimiento de Felipe V como rey de España. Y como había sucedido ya antes en la guerra contra Portugal, la Tierra de Coria sufrió una nueva sangría económica como consecuencia de las levas de soldados, el mantenimiento y sustento de los mismos y el abandono de los campos por la inseguridad a los ataques del ejército del Archiduque Carlos de Austria, pretendiente al trono español, y de sus aliados portugueses al mando del Marqués de las Minas, que merodearon de nuevo por la comarca en 1706.

    El siglo XIX trajo la Guerra de la Independencia contra los franceses en 1808. El 8 de junio del mismo año, como afirma Antonio Navareño Mateos, se constituye a instancias de la subdelegación de Plasencia la Junta de Gobierno de la Ciudad de Coria con el objetivo de organizar la resistencia ante el posible avance de las tropas francesas que ya habían empezado a desplegarse por el norte de la provincia. El 30 de diciembre Galisteo estaba en poder de los invasores, que comenzaron a cruzar el río Alagón para dirigirse a Coria. En junio de 1809 entró en la Ciudad el general inglés Wellington con un ejército de 30.000 soldados ingleses y portugueses; sin embargo, como reconstruye Alejandro Valiente, la derrota de los españoles en Talavera obligó a los aliados a abandonar la comarca para proteger la retirada de los primeros. La marcha de las tropas de Wellington fue aprovechada por el mariscal Soult, que estaba acantonado en Baños de Montemayor con 50.000 franceses, para caer sobre Plasencia y luego sobre Coria, donde entró el 13 de agosto. El saqueo de la Ciudad y su Tierra duró hasta el 7 de octubre. Torrejoncillo, por ejemplo, fue saqueado sin piedad y luego incendiado por estas fuerzas de ocupación.

    En 1810 el general Regnier vuelve a entrar en Coria y exige aprovisionamiento para sus tropas y dinero. También tenemos noticia de que otro ejército anglo-lusitano al mando del general Hill estuvo acampado en las inmediaciones de Coria el mismo año. Pero la presencia de este contingente aliado debió de ser efímera, porque el 24 de febrero de 1811 llegó un nuevo ejército de ocupación francés a Coria.

    En 1812 la situación es radicalmente distinta. Tropas del 2º Batallón del Regimiento Inmemorial del Rey estaban acantonadas en la Ciudad, que debía aprovisionar a los soldados. Pero la escasez de recursos era tan evidente y el gasto tan excesivo que el Ayuntamiento tuvo que pedir colaboración a los pueblos vecinos.

    Las obligaciones se repartieron, según Alejandro Valiente entre Morcillo, Guijo de Coria, Calzadilla, Casas de Don Gómez, Casillas de Coria, Portaje, Pescueza y Cachorrilla. En 1813 las últimas tropas aliadas que permanecían en Coria abandonaron definitivamente la comarca, y con ellas se alejó la guerra. Pero la Guerra de la Independencia había sumido a la Tierra de Coria en una situación de auténtica depauperación demográfica y económica. Hasta tal punto llegaba el endeudamiento del Concejo, que éste hubo de recurrir a la venta de varios de sus baldíos para apenas cubrir la dotación de los servicios más elementales de la Ciudad y sus pueblos."

    Coleccion de Fueros y Cartas Pueblas de Extremadura por la Real Academia de la Historia publicado en Madrid en 1852:

   Coria ciudad de la provincia de Caceres, Partido Judicial de su nombre. Esta población tenia fuero que fue otorgado en 1227 por el rey D. Alfonso IX de Leon a los de Salvaleon. El rey D. Alfonso X les dio también fuero, segun consta del privilegio de confirmación que de el hizo el rey D. Sancho IV en Sevilla a 21 de noviembre de 1292. Cítalo Ortiz de Zuñiga, Anales de Sevilla, edic. de 1677, pagina 149

    La historia de Casas de don Gómez, en el primer tercio del siglo XIII, está unida a Coria, que recibe el fuero otorgado por el rey Alfonso IX, y lo nombra centro ordenador y plaza fuerte, configurándose como dilatado concejo al que harán sombra Galisteo y Granadilla para reforzar la Vía de la Plata. Asociados a Coria, al norte del Alagón, surgirán Pozuelo, Guijo de Coria, Casas de don Gómez y Casillas. Esta es una zona en la que la orden de Alcántara dejó su huella.

    Del Interrogatorio de la Real Audiencia de Extremadura, Partido de Coria, realizado con fecha 22-02-1791 de marzo de 1791, paginas 151 a 159, se desprende lo siguiente:

Casas de Don Gómez
En el lugar de Casas de Don Gomez en veinte y dos dias del mes de febrero de mill setezientos nobenta y un años, los señores Francisco Barrantes, Gabriel Gomes alcaldes, Thomas Perez, Gabriel Rodriguez y Pasqual Moreno rexidores, justizia y reximiento de dicho lugar, Anselmo Garzia procurador del comun, en virtud de la ynstrucion e ynterrogatorio que se le entrego a este pueblo por el señor oydor comisionado para la nueba audenzia de la villa de Cazeres, para ebaquar todos los asuntos que contiene dicho ynterrogatorio, es en la manera siguiente:

Primero. Este pueblo es una aldea lugar de Casas de Don Gomez, dista de la ciudad de Coria que es la cabeza de partido una legua; su situazion alta y llano el terreno por todos quatro vientos, la distanzia a la villa de Caceres onze o doze leguas; la estension de su termino cosa de media legua por todas partes, confina con los de la ciudad de Coria, Calzadilla, Guelga, Villa de Moraleja y lugar de Casillas, la distanzia una legua a cada uno y son del territorio de la audenzia.

Pregunta 2ª. Este pueblo no es realengo, ni hay mitad de ofizios, ni es de señorio; se hazen las eleziones de justizia por los alcaldes y rexidores actuales y dos peritos acompañados con los señores, el numero son dos alcades y tres rexidores, que los dos alcaldes son pedaneos que no reconozen causas y su jurisdicion no hasziende mas que hasta mill maravedies y su salario ciento y setenta reales por yguales partes; que no ay abogados ni procuradores mas que el personero que se nombra segun Reales Ordenes; que no ay mas escribano que el de ayuntamiento fiel de fechos, que segun el vezindario ay bastante y se le pagan seiszientos reales de situado, y uno y otro se paga de propios como esta mandado en Reales Ordenes anque nos se haze mui poco situado.

3.Este pueblo su vezindario ciento y ocho vezinos, cinquenta y quatro labradores, omaleros(sic) cinquenta, texedores de lienzo quatro, maestros de armeria y zerrajeria dos, viudas diez y seis y ocho vezinos; que no forman gremios ni ordenanzas ninguna. Que no ay dibersion ninguna, ni se nota ynclinazion de malas constumhres; en quanto a la asistenzia del trabajo se hadbierte abuso segun estilo que no han a las oras correspondientes el dia de oy y el prezio corriente de los homaleros segun el tiempo de quatro a ocho reales.

4. Hay dos abastos, uno de carne y otro de bino, publicos por arriendo; se usan de pesos y medidas de los mismos que se usan en los demas pueblos confinantes.

5. Hay una casa de ayuntamiento y sirbe de carzel para presos de poca consequenzia y quando lo es se remiten a la ciudad de Coria, su estension dies y nuebe baras de lonxitud y cinco de latitud, su altura de frente tres baras y esta cubierta de solo un tejado.

6. En quanto a protocolos estan en sus archibos con la custodia correspondiente.

7.- Este capitulo no comprende.

8. El estado de las calles estan con el aseo nezesario, de bastante anchura, llanas y hay una que se haze mucho lodo en las ynbernadas por lo que se nombra la Calle del Barro y nezesitaba engorronarse.

9. Que en este pueblo no ay meson ni posadas, que ay caminos reales y de atrabesia pero no ay pasos peligrosos, pero haze notable falta meson.

10. En este pueblo no hay ferias ni mercados, ni se nezesitan.

11. Este capitulo no comprende.

12. Hay propios y consisten en tierras de labor y la dehesa boyal, su balor por el ultimo quinquenio quatro mill setenta y dos reales y veinte maravedies, y no ay otros caudales publicos.

13. Hay penas de camara suelen eszender a ciento y cinquenta y ocho reales, y esta encabezado este ramo en treynta y siete reales.

14. Hay posito de labradores, sus fondos aszienden un mill ochozientas sesenta y tres fanegas, siete zelemines y dos quartillos; su estado esta mui deteriorado su fabrica, de modo que obliga arrendar casas para acomodar los granos, se a representado a el señor superyntendente general de positos para hazer nuebo posito.

15. Tiene este pueblo ordenanzas en quanto a dehesa y biñas sin aprobazion, pero se arreglan las justizias a la de la ciudad y su tierra.

16. Este capitulo no comprende.

17. Este capitulo no comprende.

18. Hay una parroquia, su dotazion tierras de labor, algunos olibos y una razion de los diesmos, y se nombra el parroxo por el señor obispo de Coria.

19. En este capitulo no ay cementerios ni nezesidad de ellos.

20. No hay benefizios, hay tres capellanias, una fundada por Pasqual Matheos y Luzia Moreno, su posehedor Don Josef Sanches Gario, no pide residenzia; otra fundada por Catalina Martin Calbacha, su posehedor Don Francisco Cal bache Perez cura de la parroquia de San Matheo de Cazeres, pide residenzia; otra fundada por Juan Martin y Ysabel Garzia, su posehedor Don Juan Perez Calbo vezino de este lugar, cura teniente de el, pide residenzia.

21. Hay un ospital donde se recogen los pobres mendigadores, su dotazion tiene cada tres años dos fanegas de tierra de labor que balen de arriendo las dos fanegas sobre corta diferenzia y estas se benden para reparos de dicho ospital y las justizias tienen este cargo de que ande bien hazministrado.

22. Hay una cofradia de la Santa Bera Cruz, no es de numero fijo, su estituto y obligazion de los cofrades es de asistir a los entierros y asistenzia de misas de alba, y la hazministra el alcalde y diputados que se nombra por los electores de ella.

23. No hay santuarios, hay tres ermitas: la del Humilladero, otra de los Santos Martires y otra de San Gregorio Obispo de Ostia, se zelebra fiesta y prozesion; no tienen rentas, solo se pide por el pueblo limosna para la misa y no residen ermitaños.

24. Este capitulo no comprende.

25. Este capitulo no comprende.

26. Este capitulo no comprende.

27. Hay maestro de niños de primeras letras, su dotazion quatrocientos reales y se le paga de los efectos de propios y quida de su arreglo la justizia, y no se esperimenta nezesidad de establezerse mas.

28. Este capitulo no comprende.

29. Este capitulo no comprende.

30. Este capitulo no comprende.

31. Este capitulo no comprende.

32. Este capitulo no comprende.

33. Hay cirujano titular aprobado, que le pagan los vezinos y cada uno paga oy dia veinte y quatro reales.

34. Este capitulo no comprende.

35. Cosechas que se cogen en este pueblo: de trigo se an coxido por un quinquenio veinte y quatro mil ochozientas y veinte fanegas, que corresponde a cada un año quatro mill nobezientas sesenta y quatro fanegas: 4.964. De zenteno por dicho quinquenio ocho mill y quinientas y a cada un año un mill setezientas: 1.700. De zebada quinientas sesenta fanegas y a cada un año ciento y doze: 112. Y que de todas estas una terzera parte y alguna cosa mas no se cria en este termino por que se labra en termino de Coria, Calzadilla y en Dehesas de las Monjas de Astorga el año que le corresponde. Y se pagan los diezmos al cabildo de Coria y a dichas monjas. De lino por dicho quinquenio doszientas y cinquenta arrobas, que toca a cada un año cinquenta; de garbanzos no ay cosecha, solo se que se siembran algunos en los zercados; de azeyte par dicho quinquenio se an coxido dos mill trezientas y dies cantaras, que corresponde a cada un año quatrozientas y sesenta y dos. Que no ay frutos sobrantes.

36. Ay una huerta de riego que suele sembra en ella coles, lechugas, hajos, frejones y demas legumbres, y tiene algunos arboles frutales como son perales, melocotones, higueras, todo de buena calidad.

37. Que las tierras que se cultiban con bueyes con sus arados.

38. Ay un río vastante caudaloso en la ymbernada y se crian en el algunos peces y los pesca la persona que quiere, y se guarda y oserban las Reales Ordenes en el tiempo de su veda; se aprobechan de las aguas los ganados de este lugar y los comuneros, y los demas particulares de este capitulo no comprenden.

39. No comprende.

40. Hay dos molinos de azeyte y en lo demas no ay.

41. No ay de lo que este capitulo comprende cosa alguna.

42. Que las tierras valdias se reparten por suertes a los vezinos para sus labores, mas no se perjudican los arboles antes se benefizian.

43. No comprende.

44. Hay montes poblados de enzinas que pertenezen a la ciudad de Coria, sus aprovechamientos son comunes de ella y su tierra, estan mui cortados y deteriorados, y en lo demas de esta capitulo no ay cosa que comprenda.

45. No comprende los particulares de el cosa alguna.

46. No comprehenden sus particulares.

47. No hay en este termino arboles de la clase de casca.

48. En el año pasado de mill setezientos ochenta y dos años u ochenta y tres se reclamo al Supremo Consejo de Castilla por los vezinos del lugar de los Hoyos, que carezian de tierras labrantias para el fomento de su labor y subsistenzia de sus vezinos, cargas y gastos del comun, solizitando para su remedio por allarse sin propios se le conzediese una dehesa en el Carrascal de Guelga, valdio comun de ciudad y su tierra, para que pudieran con el arbitrio de sus productos mantener sus propios y consequente el fomento de la labor, libroseles la Real Provision a este fin y sin embargo de los notorios perjuzios que los demas lugares esperimentavan, ya quitandoles parte de sus sesmos, labrantios, pastos y fruto de vellota, lograron dicha conzesion; oy en el día se patentiza haver ganado esta con siniestra relazion, pues en bez de labrarla como figuran, la vemos oy hecha un abrigo de fieras que de día y de noche asaltan nuestros ganados y lo que es peor ser una capa o tapadera de ladrones y contrabandistas, que balidos de lo fuerte de sus malezas ocultan con ellas sus criminalidades; a que se agrega el que los productos de los pastos y fruto de vellota que an logrado en dicho tiempo, cuyas cantidades no an repartido entre sus vezinos, siendo as¡ que dieron sus dineros para dicha conzesion ni menos le an cargado en su quenta de propios, hasta lo de aora no pareze tal cargo y solo si es notorio haberselo apropiado los que an serbido de republica en dichos años para sus fines particulares, como se acredita de las disensiones que ay entre dichos capitulares a que nos remitimos.

49. Hay una dehesa voyal de pastos y monte de enzina para los vueyes de labor.

50. Este capitulo no comprende.

51. No ay casas de campo ni lo demas que pide este capitulo.

52. No hay nada de lo que comprende este capitulo.

53. Hay alguna caza de liebres, conejos y perdizes; se guarda la beda en el tiempo prebenido, se sale a las cazadas de lobos con arreglo a los mandado por Su Magestad y fuera de estas quando matan algun lobo se premian con quatro ducados, si es loba con ocho y si se le coje con camada doze ducados y por cada hijuelo dos, por cada zorra o zorro diez reales como consta de Reales Ordenes.

54. Hay cormenas, su numero poco mas o menos quinientas y la cosecha de miel y zera, de miel treynta arrobas poco mas o menos, de zera produzen seis arrobas, mas o menos, y se alimentan de diversas flores que produze esta tierra y no se aplican con frequenzia los naturales a causa de los muchos robos que se esperimentan.

55. Hay cria de ganados como es vacas, obejas, cabras, yeguas y zerdos; vacas habra en este pueblo doszientas y cinquenta, obejas podra aber quatro mill, cabras un mill y quatrocientas, yeguas veinte y quatro, zerdos un mill y veinte poco mas o menos, y estos ganados se venden a exzepcion de los que nezesita el pueblo.

56. No comprende.

57. En este capitulo ultimo solo devemos prebenir que segun el numero de labradores que ay en este pueblo es muy corto el termino y careze de tierras correspondientes a labor, por lo que obliga a salir a las lugares ynmediatos, arrendar las nezesarías a mui subidas rentas, por lo que no pueden en este pueblo fomentarse mas esta yndustria, suplicando a esta Real y Nueba Audenzia se nos remedie con sus probidenzias esta nezesidad, fabor que esperamos del Real Servizio y de Su Magestad, por quien rogamos a Dios Nuestro Señor guarde y conserve su ymportante vida dilatados siglos amen.

Casas de Don Gomez y febrero veinte y seis de mill setezientos nobenta y un años.

Sus mas humildes vasallos. Francisco Barrantes. Gabriel Gomez Sanchez. Gabriel Rodriguez. Pasqual Moreno. Anselmo Garzia. Presente fui Vizente Balle.

 En el año 1826, Sebastián de Miñano; en su Diccionario Geográfico Estadístico, publicado en Madrid, se refiere a Casas de Don Gomez de la siguiente manera.

    "Casas de Don Gomez, Aldea Señorío de España, provincia de Estremadura, partido de Cáceres, obispado de Coria, jurisdicion de id. Alcalde Pedaneo, 171 vecinos, 524 habitantes, 1 parroquia, 1 pósito, 3 ermitas. Situada en una altura casi rodeada de monte claro, en clima sano, y con un rio llamado Arrago que pasa á 1/2 legua de distancia. Produce pastos y granos; aquellos estan arrendados en 600 rs. y estos ascienden á 4,000 fanegas. Industria, 1 molino harinero con 2 piedras y otro de aceite. Dista 24 leguas de la capital, 1 de Coria, otra de Moraleja, 3 de Cilleros y 5 de Portugal."  En el año 1826,

   Pascual Madoz en su Diccionario Geográfico Estadístico Histórico, Tomo VI publicado en Madrid en 1847, se refiere al pueblo en los siguientes términos: 

   CASAS DE DON GÓMEZ : Lugar con ayuntamiento en la provincia y audiencia territorial de Cáceres (11> leguas), partido judicial y diócesia de Coria (1), capitania general de Estremadura (Badajoz 25): situada en una colina mas elevada por el E. combatido de todos los aires, CLIMA vario y se padecen afecciones de pecho: tiene 177 CASAS todas de un solo piso y de mala distribución, que forman calles irregulares, desempedradas y sucias; hay casa de ayuntamiento, cárcel y pósito en un mismo edificio; el último cuenta 082 fanegas de trigo existentes y 0,625 rs. en metálico; escuela de primera educación dotada con 1,100 rs. de los fondos públicos, á la que asisten niños de ambos sexos; iglesia parroquial dedicada á San Gabriel, curato de entrada y provisión ordinaria, y en los afueras 2 ermitas hábiles, dedicadas al Santísimo Cristo y San Gregorio, otras 2 medio destruidas con el título de San Sebastian y San Marcos, y es de advertir por último, que apesar de lo mandado, aun se siguen enterrando los cadáveres en la iglesia: se surte el pueblo de aguas potables en unas fuentes que hay á los alrededores que no son mas que escavaciones hechas en la tierra, sostenida con algunas piedras, á sus lados y para los ganados y usos domésticos hay una gran laguna al N. y los pozos de las casas. Confina el TÉRMINO por N. con el de Huelaga y Calzadilla; E. Coria y Calzadilla; S. Casillas y Coria; O. Casillas y Moraleja, á dist. de 1/2 leg. por todos los puntos y comprende 4,250 fanegas de tierra de labor, dividida en 3 hojas que alternan por años con algún monte de encina y mata baja: le baña el rio Arrago, que deslinda su término con el de Moraleja en dirección de NE. á SO.; el riachuelo Paterna es el confín con Huélaga en dirección de E. á O, y el Valgallego lo es con Calzadilla; solo en el Arrago hay un molino harinero y otro de aceite, sin que las aguas de los demás tengan otro destino alguno: el TERRENO es desigual, pues hallándose el lugar sobre una colina de las que forman cordillera desde las márgenes del rio Alagon al S ., hasta las sierras de Gata al N., las caídas de estas cordilleras son de terreno áspero y pizarroso, y los llanos ó vegas que á sus faldas se encuentran, son de miga y pedregoso; tanto uno como otro, regularmente fértil y de secano : los CAMINOS vecinales: el CORREO se recibe en Coria por los mismos interesados, PRODUCE: trigo, cebada, centeno, aceite y vino ; se mantiene ganado lanar, cabrio, vacuno, de cerda, colmenas y se cria caza menor, POBLACION. : 135 vecinos, 739 almas.

CAPITAL PRODUCTIVO: 1.347,400 rs. IMPUESTOS: 07,370. CONTRIBUCION: 8,983 rs. 22 mrs. PRESUPUESTO MUNICIPAL 7,750 del que se pagan 2,000 al secretario por su dotación, y se cubre con el fondo de propios que consiste en los productos de una dehesa de encina de cabida de 600 fanegas; con varios arbitrios y la utilidad de algunas tierras comunes. Celebra este pueblo una fiesta en 12 de mayo, dedicada á San Eréo.

Gaceta de Madrid núm. 22, de 22/01/1870

Página 1:

Ley autorizando al Gobierno para adjudicar en pública subasta la prolongación de la línea férrea de Malpartida de Plasencia á la frontera de Portugal.

D: Francisco Serrano y Dominguez Regente del Reino por la voluntad de las Cortes Soberanas; á todos los que las presentes vieren y entendieren, salud: Las Cortes Constituyentes de la Nación española en uso de su soberanía, decretan y sancionan lo siguiente:

Artículo 1. Se autoriza al Gobierno para adjudicar en pública subasta la prolongación de la linea de Malpartida de Plasencia, por las inmediaciones de Plasencia, Galisteo, Coria, Casas de Don Gomez, á terminar en la frontera de Portugal y pueblo de Monfortinho, con sujecion á los planos, presupuestos y tarifas que se señalen en los estudios que mande practicar el Gobierno, ó que presente cualquier empresa particular, una vez que sean debidamente aprobados con la subvención por el Estado de 240.000 rs por kilómetro, que seran satisfechos a la empresa á quien se adjudique en tres plazos; primero, al concluir toda la explanacion: segundo, al terminar las obras de fábrica; tercero, al tener sentada la via.

Art. 2. Se autoriza de la misma manera al Gobierno para que pueda convenir con el de la nacion portuguesa el punto de empalme de esta linea en la frontera con la que este Gobierno tiene estudiada y aprobada por su Junta consultiva de Caminos desde  el pueblo de Monfortinho, lndanha, Nova, Castelo-Branco: á unirse en las cercanías de Abrantes con las del Este de aquel reino.

Art. 3. Presentados que sean los estudios de esta línea por el Gobierno, ó aprobados los que practique alguna empresa particular, se anunciará la subasta de la linea por el término de 40 dias, con estricta sujeción en su adjudicación definitiva.

Art. 5. La concesion de esta línela fecha de su adjudicación, con todos los derechos y franquicias que corresponden á las obras de utilidad pública.

Art. 6. La empresa cancesionaria se sujetará en un todo á la ley general de ferro-carriles y demas disposiciones legales sobre la materia.

Artículo adicional. El Gobierno presentara á las Cortes en un breve plazo un proyecto de ley para poner en comunicacion todas nuestras capitales de provincia y centros productores mas importantes con nuestras líneas generales ya construidas ó autorizadas, en conformidad á lo dispuesto en la ley de 13 de Abril de 1864; utilizando al efecto los trabajos publicados por la Comision especial que se nombro á virtud de las disposiciones de la citada lee; proponiendo á la vez para cada una de las lineas la subvencion que consideren necesaria para asegurar su construcción; teniendo en cuenta las condiciones técnicas y economicas, y pudiendo utilizar para su construcción los sistemas que considere mas convenientes y adaptables á las diferentes localidades.

De acuerdo de las Cortes Constitucionales se comunica al Regente del Reino para su promulgacion como ley.

Palacio de las Cortes quince de Enero de mil ochocientos setenta.= Manuel Cantero, Vicepresidente.= Manuel de Llano y Persi, Diputado Secretario.= El Marqués de Sardoal, Diputado Secretario. = Julian Sanchez Ruano, Diputado Secretario.= Francisco Javier Carratalá, Diputado Secretario.

Por tanto:

Mando á todos los Tribunales, Justicias, Jefes, Gobernadores, y demás Autoridades, así civiles como militares y eclesiasticas de cualquier clase y dignidad, que la guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar en todas sus partes.

Madrid veintiuno de Enero de mil ochocientos setenta. Francisco Serrano.- El Ministro de Fomento, José Echegaray.

   Los Ayuntamientos se remontan a los primeros siglos del milenio con las leyes de Alfonso X, encaminadas a regular un incipiente procedimiento administrativo y la actuación del escribano que se prolongará durante toda la Edad Media. Con la formación del Estado Moderno se intentan sentar las bases del régimen municipal, que se afianza en el siglo XVIII.

    Las Cortes de Cádiz marcan un cambio importante al suprimir en 1811 los señoríos y los corregidores y establecer en cada Ayuntamiento alcaldes, regidores y procurador síndico, elegidos por la población y cuyo presidente sería el Jefe político, allí donde lo hubiere. En 1823 se publica la Instrucción para el Gobierno de las Provincias, que precisó las competencias de los Ayuntamientos y su dependencia de la Diputación. La ley de 14 de julio de 1840 establecía la elección directa de los miembros que componían la corporación, aunque el rey nombraba a los alcaldes y tenientes de alcalde de las capitales de provincia. El 20 de agosto de 1870 se aprobó la Ley Municipal, reformada en 1817 y vigente hasta el Estatuto Municipal de 1.924 que elimina su dependencia de las Diputaciones y Gobiernos Civiles y establece la Comisión Permanente. Dicho Estatuto restringe el sufragio y da al alcalde el carácter de delegado gubernativo, además del de representante y jefe del municipio.

    La ley de bases de Régimen Local de 31 de octubre de 1935 determina la elección por sufragio universal y organiza la Corporación en Alcalde, Pleno y Comisión Permanente. Con la Ley de bases de 1945, ampliada en 1950 y modificada en 1953 que a su vez se refunden en la de 24 de junio de 1955 se determina el carácter centralizador y de democracia orgánica que aminora la autonomía municipal. El mayor cambio se produce con la Ley 41/1975, de 19 de noviembre, de bases de Régimen Local, derogada por la 47/1978 y sobre todo con la Ley de bases de Régimen Local de 1985 que adapta los Ayuntamientos a las modificaciones derivadas de la Constitución y del nuevo régimen democrático.

   En la actualidad pertenece al Partido de Coria y Audiencia Territorial de Cáceres, en lo eclesiástico, la parroquia de San Gabriel Arcangel del Arciprestazgo de Coria (Ntra. Sra. de Argeme), de la Diócesis de Coria-Cáceres y Archidiócesis de Mérida-Badajoz


MONUMENTOS

DOE núm. 53, SÁBADO, 8 DE MAYO DE 1999

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Concurso.-Resolución de 29 de abril de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación de las obras de: Consolidación torre de la Iglesia Parroquial de Casas de Don Gómez.

DOE núm. 81, MARTES, 13 DE JULIO DE 1999

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Adjudicación. Resolución de 1 de julio de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se adjudican definitivamente las obras de consolidación torre de la Iglesia Parroquial de Casas de Don Gómez.

    Iglesia de San Gabriel Arcángel, se construyó entre los siglos XVI y XVII de estilo renacentista construido con los materiales  habituales de las construcciones rurales del momento: mampostería de pizarra y sillería para reforzar los ángulos y los contrafuertes.

    Su interior es de nave única , cubierta con madera a dos aguas y dividida en tres tramos. La cabecera se cubre con cúpula de media naranja, sobre pechinas y rematada en linterna. Se decora el interior con frescos que imitan el despiece en cantería, en la cúpula, y los evangelistas San Juan y San Lucas, en las pechinas.

    Su retablo mayor de piedra sustituye al anterior del XVIII; la imágenes que acoge son de diferentes etapas, entre las que destaca la del santo titular.

    De su exterior destaca la sacristía adosada al sur de la cabecera; la torre en el ángulo noroeste , dividida en dos cuerpos de diferente longitud ; y las tres portadas de acceso: la sur actualmente tapiada, la oeste de medio punto y la norte también de medio punto, entre contrafuertes y bajo pórtico moderno.


GASTRONOMÍA

   Enormes extensiones de olivos, de donde sale uno de sus tesoros, el aceite de oliva, que cuenta con la denominación de origen Gata- Hurdes, producto que llaman aceite de oro y se obtiene de la variedad manzanilla cacereña.

   Su verdadera comercialización se ha iniciado hace poco tiempo, ganando cuotas de mercado por ser una aceite muy apreciada por sus características organolépticas de frutados, dulces y almendrados con un color entre amarillo verdoso claro al amarillo pardo más apagado.

   El vino, la miel, el cabrito, el queso de cabra, los productos del cerdo de la matanza familiar, las castañas, las verduras cultivadas en las propias huertas, han sido y siguen siendo elementos fundamentales de la gastronomía serragatina.

   La Sierra de Gata es un paraíso micológico y los cocineros de la zona preparan suculentos platos con las setas. Además, el cabrito es la carne ideal para los guisos y platos tradicionales. Otras productos son los embutidos, los quesos, las rocas de huevos, bizcochos de parias, y los aguardientes.

    Otra de las señas de identidad de esta Mancomunidad  es su gastronomía, en la que los productos de la huerta, los escabeches, el mojo de peces, las sopas de tomate, las setas y, como no, los productos derivados de la matanza son sus exponentes. Migas extremeñas, Caldereta de cordero, El Burranco, Guirigai, Gazpacho de Poleo, Sopas de tomate, Sopas de ajo.

  Para saber mas acerca de las Marcas de Calidad de la región extremeña, pinchar aquí

    Para conocer la normativa de las Matanzas Caseras, pinchar aquí

   Está incluido dentro de la Denominación de Origen del cordero de Extremadura Corderex, para conocer mas sobre el cordero, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

  Está incluido dentro de la zona Ternera de Extremadura, para conocer mas sobre la ternera, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

    Está incluido dentro de la zona Vino de la Tierra de Extremadura, para conocer mas sobre el vino de la Tierra, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

    Control de los quesos curados elaborados con leche cruda y madurados en establecimientos distintos a los de elaboración. pinchar aquí

    Para conocer el Registro de Envasadores y Embotelladores de aceite de oliva virgen extra y aceite de oliva virgen con designación de origen de la Comunidad Autónoma de Extremadura, pinchar aquí.

    Su quieres conocer el panel de Catadores de Aceite de Oliva Virgen y la regulación de las organizaciones de operadores del sector oleícola, pincha aquí.

   Está incluido dentro de la Denominación de Origen de los vinos de Ribera del Guadiana, en la Subzona Tierra de Barros, para conocer mas sobre estos vinos, pinchar aquí

   Para conocer la Calidad de las Aguas potables, pinchar aquí

    Está incluido en la protección de la Cabra Retinta Extremeña, para mas información sobre la cabra y sus productos pinchar aquí

   Si quieres saber sobre el Registro de Derechos de Replantación de Viñedos, pincha aqui

   Para mas información sobre Gastronomía extremeña, ir a Addenda de Gastronomía


FIESTAS

NEREO

    Nombre antiquísimo, procedente de la mitología griega.  (Néris) con el significado de laurel-rosa, (néritos), con el significado de innumerable, inmenso, infinito; o incluso (nerítes) con el de concha marina, podrían estar en el origen de este nombre que ha mantenido siempre su aura mítica.

    San Nereo es, junto con su hermano san Aquileo, de la primera hornada de mártires del cristianismo. Fue convertido a la fe por la predicación de san Pedro. Estaban ambos hermanos al servicio de Domitila, prometida de Aurelio, hijo del cónsul, en calidad de eunucos. Ambos hermanos consiguieron convertir a su señora, a la que convenció no menos su conducta que sus palabras. Habiéndose hecho cristiana, Domitila prefirió servir a Dios mejor que a Aurelio, por lo que se volvió atrás de su promesa de matrimonio. Fue desterrada por ello a la isla Poncia, llevándose a Nereo y Aquileo. Fueron perseguidos en la isla por el prefecto Aureliano. Pasaron a Terracina, esperando tener allí más sosiego, pero allí se cuidó el prefecto Minucio Rufo de torturarlos con más crueldad todavía, con la esperanza de hacerlos renegar de su fe. En vista de que no cedían ni ante el potro del tormento, ni ante los hierros candentes, los decapitó por fin. Fueron sepultados en una propiedad de Domitila, en la vía Ardeatina, cerca de Roma.

    La onomástica de los Nereos (y los Aquileos) se celebra el 12 de mayo, día en que sufrieron martirio. Su fiesta se viene celebrando en Roma con gran solemnidad ya desde el siglo VI. También pueden celebrarla el 16 de octubre, en que se conmemora el martirio de san Nereo africano, que lo sufrió junto a san Saturnino y otros 365 compañeros por orden de Genserico, rey de los vándalos.

    Nereo es una de las antiguas divinidades de la teogonía griega. Según Hesíodo, era hijo de Pontos, divinidad marina por excelencia. Los mitólogos posteriores a Hesíodo señalan a Gea, la Tierra, como madre de Nereo. Homero nos describe a Nereo como una divinidad marina benéfica, símbolo del mar en bonanza. Según la tradición, se le confió la educación de Afrodita (diosa nacida de las aguas). Cuando Hércules, para conseguir las manzanas de las Hespérides, tuvo necesidad de la copa del Sol para atravesar el océano, la recibió de manos de Nereo. Entre los poetas latinos es intercambiado frecuentemente Nereo con Poseidón. Los griegos lo llaman a veces alioV ghron (hálios géron), el viejo marino, por eso se ha representado a Nereo en forma de un anciano de barba y cabello canos, vestido con el quitón y el himacio, sosteniendo en la mano un cetro o un tridente. También se le representa con larga cola de pez y busto de hombre (a la manera de los tritones).

Martín Andrés (D. Victorino)

Propietario: D. Victorino Martín Andrés
Representante: D. Victorino Martín García
Finca Monteviejo Apartado nº 36. Moraleja del Peral. 10840 Cáceres.
927 19 31 02 - 629 10 78 41 Fax 927 19 31 36 e-mail victorino@victorinomartin.com - web www.victorinomartin.com
Divisa: Azul y Encarnada
Señal: Hoja de Higuera en Ambas Orejas.
Antigüedad: 29 de Mayo de 1.919
Sigla: UEI (Unión de Criadores de Toros de Lidia).
Encaste: Saltillo-Marqués de la Albaserrada
Fincas: "Montevideo". Moraleja  “Las Tiesas de Santa María” y "La Gama", Portezuelo (Cáceres)
Mayoral: Don Modesto Baile.
Otras Fincas
'Monteviejo' Moraleja 'San Marcos' Casas de Don Gómez 'La Casita', 'El Agujero' y 'Zahurda' Garrovillas

La historia del hierro de Albaserrada comienza en 1905, cuando el Conde de Santa Coloma y su hermano, el Marqués de Albaserrada, funden en una ganadería sangres de Ibarra y de Saltillo, ambas de origen Vistahermosa. El ingrediente fundamental de esta ganadería, la sangre Saltillo, se remonta a 1854 y fue la casta que consolidó la cría de ganado bravo en México.

Fue fundada en 1912 por el Marqués de Albaserrada con hembras y sementales del conde de Santa Coloma, origen Saltillo. En 1920 fallece el señor marqués y en 1921 la marquesa viuda de Albaserrada la vendió a don José Bueno. En 1928, por división, le corresponde una parte a su viuda doña Juliana Calvo y otra para don Bernardo Escudero. En 1941 la heredan sus sobrinos que anuncian Escudero Calvo Hermanos, los cuales la venden en 1965 a don Victorino Martín. Este ganadero y su hijo poseen un nuevo hierro, denominado Monteviejo (los famosos patas blancas).

En España, nunca desde el Marqués de Albaserrada este encaste conoció el éxito como lo ha hecho en manos de Victorino Martín. Hoy, más de cuarenta años después de su primera corrida, la familia Martín, padre e hijo, son los criadores de las reses de lidia más cotizada del mundo. Antigüedad 29/05/1919

Ganadería Monteviejo

Propietario y Representante: D. Victorino Martín García Finca 'Monteviejo'
Apartado de Correos nº 39 10800 Coria (Cáceres)
Teléfono 927 19 30 56 - 629 10 78 41 correo-e: victorino@victorinomartin.com
Divisa: Morada y Verde
Señal: Orejisana en ambas.
Código: UCTL
Sigla: UKS

Antigüedad: 20/06/1999
Antigüedad lidia en Las Ventas: 20 de junio de 1999
Procedencia: Barcial. Arturo Cobaleda
Finca principal: "Monteviejo" Moraleja C.P. 10840 (Cáceres) España
Otras Fincas
"Las Tiesas de Santa María" Portezuelo C.P. 10828 (Cáceres) España
"La Casita" Garrovillas C.P. 10940 (Cáceres) España
"El Agujero" Garrovillas C.P. 10940 (Cáceres) España
"La Zahurda" Garrovillas C.P. 10940 (Cáceres) España
"San Marcos" Casas de Don Gómez C.P. 10818 (Cáceres) España

Historia: Ganadería creada en 1996 al amparo del artículo 5 bis b) de los Estatutos, con vacas y sementales de Barcial al adquirir por sorteo a don Arturo Cobaleda la mitad de la ganadería. Victorino compró esta ganadería en 1999 y ya debutó en Madrid con ella el día 20 de junio de 1999. En 2002 completa la prueba, pasando al grupo de titulares tras lidiar con resultado satisfactorio los festejos reglamentarios, compuestos por siete corridas de toros (seis de ellas lidiadas en la Plaza de Toros de Las Ventas de Madrid).

Procedencia actual: Barcial
(Fuente: Mundo Toro)
Victorino compró esta ganadería en 1999 y ya debutó en Madrid con ella el día 20 de junio de 1999. El resultado fue interesante, pero será más interesante aún comprobar, temporada a temporada, la evolución que sufre la ganadería en manos del ganadero de más éxito de las últimas dos décadas.
Procedencia actual Vega-Villar (Fuente: Las Ventas)

SERRANO MARTÍN, D. Enrique.

Propietario o Representante.: D. Enrique Serrano Martín. C/ García Morato, 40. MORALEJA (Cáceres) 10840. Tf.: 927 51 57 26

Inscrita en el Registro del Libro de Genealogía de la Raza Bovina de Lidia con las Siglas EGX.Nº Nacional 1.700. Nº Provincial 141.

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TURISMO

Charca Trasera - Charca de Tabacalera - Cáceres
Coto Consorciado

Datos del Tramo

Tipo: Coto Consorciado
Término municipal: Casas de Don Gómez
Especies principales: carpa
Cupo de capturas: ilimitado
Periodo: todo el año
Días hábiles: todos
Permisos para socios y ribereños: ilimitados
Permisos resto de pescadores: ilimitados
Centro de expedición: Bar la Parada, Avda. Monseñor Riveri nº1 -Coria

La Charca - Laguna del Parque - Cáceres
Coto Consorciado

Datos del Tramo

Tipo: Coto Consorciado
Término municipal: Casas de Don Gómez
Especies principales: tenca
Cupo de capturas: 10 tencas
Periodo: desde el 1 de mayo hasta el 30 de septiembre
Días hábiles: lunes, miércoles, viernes, sábados, domingos y festivos
Permisos para socios y ribereños: 29
Permisos resto de pescadores: 6
Centro de expedición: Bar Oasis-Casar de Don Gómez

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MINERALES

   Se encuentran en el termino los siguientes minerales, en cantidades mas o menos variables:

DOE num. 136, miercoles 16 de julio de 2014

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Minas.- Anuncio de 27 de junio de 2014 sobre autorización de aprovechamiento de un recurso de la Sección A), denominado "Hocino Hondo", n.º 10A00624-00, y de su plan de restauración, en el término municipal de Casas de Don Gómez

El Servicio de Ordenación Industrial de Cáceres, comunica que por Resolución de este Servicio de fecha 13 de mayo de 2014, ha sido autorizado el aprovechamiento de un recurso de la Sección A) de la Ley de Minas de 21 de julio de 1973 y el plan de restauración, a favor de UTE Coria-Moraleja, quedando inscrito con el nombre de “Hocino Hondo”, n.º 10A00624-00, y con las siguientes características:

Como condiciones especiales se establecen las descritas en la Declaración de Impacto Ambiental, mediante Resolución de 14 de abril de 2014, de la Dirección General de Medio Ambiente, y publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 87, de 8 de mayo de 2014, y las aprobadas en el plan de restauración cuyo contenido se encuentra a disposición del público interesado en este Servicio.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.

Cáceres, a 27 de junio de 2014. El Jefe de Servicio de Ordenación Industrial de Cáceres, Fernando Mijares Alvarez


ALOJAMIENTOS

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