Andando por Badajoz

  Badajoz

ÍNDICE

Datos del Municipio.
Entidades locales menores
Datos del Ayuntamiento
Situación del Municipio
Historia
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    El Fuero del Baylío, en su origen fue una Carta Puebla o conjunto de normas fijadas por el rey, señor o propietario de un lugar, en las que se determinaban las condiciones, principalmente económicas, a las que habrían de quedar sujetos quienes poblaran o vinieran a poblar tierras que le pertenecían. El origen de los Fueros y las Cartas Pueblas está en el intento de atraer, durante la Reconquista, a zonas despobladas o fronterizas a personas que sólo accederían a ello si se les concedieran determinados privilegios.

    Los orígenes del Fuero del Baylío, que ha estado en vigor desde el siglo XIII, son desconocidos, se sabe que fue ratificado por Alfonso Téllez a Alburquerque y por el Gran Maestre de la Orden del Temple a Jerez de los Caballeros y otros pueblos de la zona. En cuanto al ámbito personal el Fuero acompaña a las personas allí donde se encuentren, salvo que se otorguen capitulaciones matrimoniales.

    El primer texto legal sobre el Fuero del Baylío, o Carta a Mitad, data de 1.778 cuando el Rey Carlos III, como respuesta de una petición realizada por la villa de Alburquerque en el sentido de que aprobara la observancia de este fuero en dicha villa, ya que algunos tribunales se negaban a reconocerle fuerza legal, dictó una Real Cédula con fecha de 20 de Diciembre aprobando la observancia del Fuero del Baylío en la villa de Alburquerque, ciudad de Jerez de los Caballeros y demás pueblos donde se ha observado. La Real carta fue recopilada, por Carlos IV, en la Novísima Recopilación de 15 de Julio de 1.805 (Ley XII, título IV, libro X).

    El Código Civil fue promulgado el 24 de julio de 1.889 y entró en vigor el día 27 del mismo mes y año. Su promulgación está regulada por la Ley de Bases de 1.888, Gaceta núm. 143, de 22 de mayo de 1.888, autorizando al Gobierno para publicar un Código Civil, con arreglo a las condiciones y bases que se establecen en esta Ley. Es importante el artículo 5. de la Ley de Bases "Las provincias y territorios en que subsiste derecho foral, lo conservarán por ahora en toda su integridad, sin que sufra alteración su actual régimen jurídico por la publicación del Código, que regirá tan solo como supletorio en defecto del que lo sea en cada una de aquellas por sus leyes especiales. El título preliminar del Código, en cuanto establezca los efectos de las leyes y de los estatutos y las reglas generales para su aplicación, será obligatorio para todas las provincias del Reino. También lo serán las disposiciones que se dicten para el desarrollo de la base 3ª relativa a las formas del matrimonio"

    Desde entonces ha sido reformado en numerosas ocasiones, la primera por Ley 21 de julio de 1904 (Gaceta núm. 206 de 24 de julio), con las sucesivas modificaciones, el matrimonio se rige por el art. 9.2. Los contrayentes que no quieran quedar sometidos a sus efectos pueden otorgar capitulaciones matrimoniales haciendo renuncia al régimen económico que establece el fuero.

    En 1.972 el Fuero del Baylío pudo tener configuración escrita, pero el proyecto compilador al final no paso de mero proyecto. Lo mismo que en 1.978, cuando se elaboró un anteproyecto que tampoco llegó a convertirse en ley. En Noviembre de 1.998 se celebraron en Olivenza, organizadas por la Asamblea de Extremadura en colaboración con el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, unas jornadas en las que se intentaron plasmar por escrito nuestro Fuero.

    El Estatuto de Autonomía de Extremadura, Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero BOE 26-02-1983, modificado por la Ley Orgánica 12/1999, de 7 de mayo, de Reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura, establece en su artículo 11.1: "Corresponde a la Comunidad Autónoma la conservación, defensa y protección del Fuero del Baylío y demás instituciones de Derecho consuetudinario". Y en el artículo 42: "La competencia de los juzgados y tribunales de la Comunidad Autónoma de Extremadura será la establecida en las leyes orgánicas y procesales del Estado. No obstante, en materia civil, se extenderá a todas las instancias y grados, incluidos los recursos de casación y revisión en cuestiones relacionadas con el Fuero del Baylío y las demás instituciones de Derecho consuetudinario extremeño"

   Pinchando sobre el Mapa del Fuero del Baylio, se entra en la información del mismo facilitada por Manuel Trinidad Martín de la Universidad de Extremadura. Es el último reducto del derecho Foral en Extremadura, de origen templario, están incluidos en este Fuero los siguientes términos:

    Alburquerque, Alconchel, Atalaya, Bazuna, Brovales, Burguillos del Cerro, Cheles, Fuentes de León, Higuera de Vargas, Jerez de los Caballeros, La Codosera, Oliva de la Frontera, Olivenza, San Benito, San Jorge, Santo Domingo, San Francisco de Olivenza, San Rafael de Olivenza, Taliga, Valencia de Mombuey, Valencia del Ventoso, Valle de Matamoros, Valle de Santa Ana, Valuengo, Valverde de Burguillos, Villanueva del Fresno, Villareal, Zahinos, y como curiosidad Ceuta (en esa época pertenecían al Obispado de Ceuta Olivenza, Ouguela y Campo Maior, hasta 1512 en que se traslado la Diócesis a Olivenza).  

 

Enclaves Templarios de Extremadura

BADAJOZ

  • Aceuchal
  • Alburquerque
  • Alconchel
  • Almorchón
  • Arroyo de San Serván - Cubillana
  • Atalaya
  • Azuaga, convento de San Bartolomé
  • Badajoz
  • Barcarrota
  • Baterno
  • Bodonal de la Sierra
  • Burguillos del Cerro
  • Cabeza de Buey
  • Cabeza de Vaca
  • Capilla
  • Castelnovo
  • Castilblanco
  • Cheles
  • El Risco
  • Esparragosa de Lares
  • Fregenal de la Sierra
  • Fuente de Cantos
  • Fuentes de León
  • Fuente del Maestre
  • Garlitos
  • Helechosa de los Montes
  • Higuera la Real
  • Higuera de Vargas
  • Jerez de los Caballeros
  • La Codosera
  • La Morera
  • La Parra
  • Lobón
  • Oliva de la Frontera
  • Olivenza
  • Puebla de Alcocer
  • Puebla de Sancho Perez
  • Rena
  • Salvaleón
  • Salvatierra de los Barros
  • Siruela
  • Solana de los Barros
  • Talarrubias
  • Táliga
  • Tamurejo
  • Torre de Miguel Sesmero
  • Valdecaballeros
  • Valencia de Mombuey
  • Valencia de las Torres
  • Valencia del Ventoso
  • Valle de Matamoros
  • Valle de Santa Ana
  • Valverde de Burguillos
  • Valverde de Leganés
  • Villanueva del Fresno
  • Villarta de los Montes
  • Zahara
  • Zahínos
  • Zarza Capilla

 

CÁCERES

  • Abadía
  • Alcántara
  • Alconétar
  • Algodor
  • Almenara
  • Bernardo
  • Cabeza del Esparragal
  • Cabezón
  • Cáceres
  • Cañaveral
  • Casillas
  • Coria
  • Esparragal
  • Garrovillas
  • Hervás
  • Hinojal
  • Jarandilla de la Vera
  • Milano (Torremilana)
  • Monfragüe
  • Plasencia
  • Portezuelo
  • San Juan de Mascoras
  • Santa Cruz de la Sierra
  • Santa María de Sequeros
  • Santiago del Campo
  • Sotofermoso
  • Santibáñez el Alto
  • Talaván
  • Torre de Trasga (Torrecilla de los Ángeles
  • Torrejón el Rubio
  • Torrequemada
  • Trevejo
  • Vega de Coria
  • Villamiel

BIBLIOGRAFIA ESPECIFICA


DATOS del MUNICIPIO 38º53'53'' N 006º59'25''W Hoja del MTN 775

TIPO DE ENTIDAD: Ciudad

SUPERFICIE TÉRMINO (Km2.): 1.530,8

ALTITUD: 186 m.

POBLACIÓN: 134.710 habitantes a 1 de enero de 1998

PARTIDO JUDICIAL: Badajoz

MANCOMUNIDAD: Vegas Bajas

COMARCA AGRARIA: Badajoz

DISTANCIA A MADRID 405 Km

GENTILICIO: pacenses, badajocenses y badajoceños

BIBLIOGRAFÍA ESPECIFICA

REVISTAS Y PERIODICOS


ENTIDADES LOCALES MENORES/URBANIZACIONES

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 02/05/1967, nº 104

Paginas 5757

RESOLUCIÓN del Distrito Minero de Badajoz sobre levantamiento del acta previa para la urgente ocupación de la parcela de terreno de la finca «Albalá» afectada por los trabajos de explotación de la concesión minera de hierro denominada «Tere»,

Declarada por acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 10 de marzo de 1967, la urgente ocupación de la parcela de terreno de la finca «Albalá», afectada por la expropiación forzosa solicitada Por «Minero Industrial del Guadiana, S. A.», para los trabajos de explotación de la concesión minera de hierro denominada Tere, numero 11,032, del término municipal de Badajoz se hace saber al propietario de la finca que a continuación se indica y a los demás titulares de derechos o intereses que pudieran existir, que el día 10 del próximo mes de mayo, a las diez de la mañana, se comenzará a levantar sobre el terreno el acta previa a la ocupación de la mencionada parcela, a cuyo efecto se cita a los interesados en la propia finca afectada por esta expropiación, haciéndose observar que las mismos podrán hacer uso de los derechas que otorga la consecuencia tercera del artículo 52 de la Ley de Expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954,

Parcela a ocupar.- La parcela a ocupar a los fines de su expropiación forzosa es la qué limita: al Nordeste, con el camino particular de don Daniel Calero Orozco, y que conduce al cortijo de la finca; por el Noroeste y Este, con la finca, del mismo señor, y por el Sur y Sureste, con el camino de Albala o de Malos Caminos. La superficie total a ocupar es de 70.625 metros cuadrados, todos ellos dentro de la citada finca «Albalá», propiedad de don Daniel Calvo Orozco y actualmente arrendada a don José García Galán, con residencia en la propia finca

Lo que se hace público para general conocimiento y para cumplimiento de lo determinado en el citado articulo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 10 de diciembre de 1954.

Madrid, 25 de abril de 1967.-El Director General, Antonia González-Adalid.

D.O.E. Nº 75 de 24/09/1992

ENTIDAD LOCAL MENOR DE ALBALA

Escudos Heráldicos.- Anuncio de 14 de julio de 1992, sobre adopción de escudo y bandera municipal.

El Excmo. Ayuntamiento de Albalá del Caudillo,. en sesión ordinaria celebrada el día 25 de junio de 1992, de, conformidad con lo establecido en el artículo 187 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, acordó por mayoría la adopción del Escudo y Bandera Municipal

Lo que se hace público por plazo de treinta días a efecto de que los interesados puedan examinar en la Secretaría Municipal el expediente correspondiente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes.

En el supuesto de no presentarse reclamaciones, el expediente se remitirá a la Consejería de Presidencia y Trabajo de la Junta de Extremadura para su aprobación.

Albalá del "Caudillo, a 14 de julio de 1992.-EL ALCALDE 

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 04/09/1961, nº 211

Departamento: Ministerio de Obras Públicas

Páginas: 12953 - 12953

Resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana por la que se señalan lugar, fecha y hora para el levantamiento del acta previa a la ocupación de las fincas que se citan, afectadas por las obras de «Electrificación de las vegas bajas del Guadiana», tramos: Badajoz, Valdebotoa, Alcazaba y Pueblonuevo del Guadiana, en término municipal de Badajoz.

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 08/08/1962, nº 189

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 11176 - 11176

Resolución de la Dirección General del Instituto Nacional de Colonización sobre adjudicación de las obras construcción de «Escuela y vivienda de Maestro en el núcleo de La Alcazaba, zona regable de Montijo, segunda parte (Badajoz)».

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 14/10/1964, nº 247

Departamento: Ministerio de Obras Públicas

Páginas: 13426 - 13426

Resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana por la que se señalan lugar, día y hora para el levantamiento de las actas previas a la ocupación de los terrenos necesarios en el término municipal de Badajoz para las obras de «Conducción de aguas para abastecimiento de Pueblonuevo del Guadiana y La Alcazaba».

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 03/03/1966, nº 53

Departamento: Ministerio de Obras Públicas

Páginas: 2604 - 2604

Resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana por la que se señalan lugar, día y hora para el levantamiento de las actas previas a la ocupación de los terrenos necesarios en el término municipal de Talavera la Real (Badajoz) para las obras de electrificación de las vegas bajas del Guadiana, línea de Talavera la Real a Alvarado.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 21/01/1961, nº 18

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 999 - 999

Resolución de la Subsecretaría de Explotación del Instituto Nacional de Colonización por la que se anuncia concurso público para la concesión de un cine cubierto y de verano, con bar y vivienda aneja para el Conserje, en Balboa (zona regable de Lobón-Badajoz).

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 26/06/1961, nº 151

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 9620 - 9620

Resolución del Instituto Nacional de colonización por la que se adjudican las obras de «Ampliación del pueblo de Balboa, en la zona regable del canal de Lobón, segunda parte (Badajoz)».

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 13/05/1964, nº 115

Departamento: Ministerio de Obras Públicas

Páginas: 6218 - 6219

Resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana por la que se señalan lugar, día y hora para el levantamiento de las actas previas a la ocupación de los terrenos necesarios en el término municipal de Talavera la Real para las obras del «Encauzamiento de la ribera del Limonetes, cauce suplementario para la defensa de Balboa».

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 21/07/1967, nº 173

Departamento: Ministerio de Obras Públicas

Páginas: 10337 - 10337

Resolución de la Dirección General de Obras Hidráulicas por la que se hace público haber sido adjudicadas las obras de «Acondicionamiento y nuevo firme asfáltico de los caminos de acceso a Balboa (Badajoz) a «Azagra, S. A.».

  • Botoa (caserío) a 18 km. A orillas del río Gévora, junto a la comarcal 530, en un hermoso paraje, cuya población desapareció en el siglo XIV. La actual iglesia es moderna, de estilo castellano, con patio ajardinado, de una sola nave rectangular. La imagen, situadaen la hornacina del camarín, no es la primitiva, sino que procede del siglo XVIII. Lleva en la espalda un letrero que indica que la imagen primitiva y otra posterior están ambas encerradas en el pecho de la imagen actual. La tradición indica que la Virgen se le apareció a un pastor en el hueco de una encina, que muestra en sus frutos unas protuberancias que se asemejan a la imagen de una Virgen en oración. La fiesta, el domingo in albis (primer domingo de mayo), con romería típica; muchos van sobre caballos enjaezados, a la manera de un pequeño Rocío. Declarada de interés turístico.

    En el Diccionario Geográfico Estadístico Histórico de España de Pascual Madoz, en su Tomo IV, publicado en Madrid el año 1849, dice:

    "Botoa (Ntra. Sra. de): santuario en la provincia, partido judicial y termino de Badajoz: Situada 2 leguas N. de esta ciudad, en una dehesa de encinas del mismo nombre, le baña la ribera asi llamada igualmente, que entra en el Gévora a corta distancia.

    Siguiendo los indicios topograficos del Itinerario romano y la alusion de los nombres Budua y Botoa, puede reducirse a este santuario, aquella mansion, cuyo nombre se escribe en Ptolomeo Bardua, presentandose esta ciudad en la Lusitania, y en el tesoro de inscripciones de Goltzio se lee Municipio Burdova. Sin embargo, Resende y Vasconcelos la redujeron a Sta. Maria de Bedoya"  

Gaceta de Madrid Publicación: 05/07/1712, nº 27

Páginas: 108 - 108

Madrid, 5 de Julio de 1712.- Arribo el día cinco a Puerto Luis del reino de Francia el navío de Don Manuel López Pintado. En Extremadura el ejército se dividió en tres cuerpos el día 19 acampados en Botoa, Isla de Sancho y Carpio. En la frontera de Cataluña se mantienen las tropas en los cuarteles. Por expreso de Francia, la reina Ana dio cuenta de la paz con las dos coronas. Su Majestad otorga a Diego Cosío Bustamantela Alcaldía del Crimen de Valencia.

Se avissa de Extremadura, que reconociendose muy considerable la falta de forrages para nuestra cavalleria, y averse adelantarse con excesso las calores, se separo nuesstro Exercito, en 19 del passado en tres Cuerpos, que se acamparon en Botoa, Isla de Sancho, y Carpio, para la mejor conveniencia de las Tropas, y dos Partidas que penetraron hasta Villaboin, se traxeron treinta y tres prisioneros Portugueses.

Gaceta de Madrid Publicación: 04/02/1846, nº 4161

Páginas: 4 - 4

Subastas.- Arriendo en pública subasta de la dehesa Botoa.

Para el arriendo en publica subasta de la dehesa titulada de Botoa, perteneciente a los Excmos. Sres. duques de la Roca, en término de la ciudad de Badajoz, se ha señalado el dia 5 de febrero de 1846, desde las diez de la mañana hasta las dos de la tarde, en la contaduria de SS.EE, calle del Barco, numero 23, donde se manifestara el pliego de condiciones extendido al efecto

Gaceta de Madrid Publicación: 01/09/1886, nº 244

Departamento: Consejo de Estado

Páginas: 678 - 679

Real decreto sentencia dictado en el pleito seguido ante el Consejo de Estado contra el Ayuntamiento de Badajoz, demandante, y la Administración general del Estado, demandada, cosuyuvada por D. Fermín Collado y Echagüe, Marqués de la Laguna, sobre redención del aprovechamiento del arbolado de parte de la dehesa de Botoa, perteneciente á los Propios de aquella capital.......

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 30/12/1961, nº 312

Departamento: Ministerio de Obras Públicas

Páginas: 18428 - 18429

Decreto 2668/1961, de 21 de diciembre, por el que se autoriza la ejecución, por el sistema de concierto directo, de las obras de saneamiento, distribución y conducción de aguas para abastecimiento de Botoa (Badajoz).

   En el Diccionario Geográfico Estadístico Histórico de España de Pascual Madoz, en su Tomo V, publicado en Madrid el año 1849, dice:

    "Cortijo en la provincia, partido judicial y termino de Badajoz: Situado a 3 leguas de esta ciudad, tiene una casa, un pozo, algun monte inculto y poca tierra de labor"

Boletín Oficial del Estado Publicación: 12/11/1960, nº 272

Departamento: Administración Local

Páginas: 15665 - 15665

Resolución del Ayuntamiento de Badajoz por la que se anuncia subasta para la construcción de dos Escuelas y dos viviendas para Maestros en la finca "Las Carboneras".

Boletín Oficial del Estado Publicación: 25/01/1950, nº 25

Departamento: Ministerio del Ejército

Páginas: 324 - 324

DECRETO de 20 de enero de 1950 por el que se declara de urgente ejecución la instalación del Campo de Tiro e Instrucción en La Cañada de Sancha Brava (Badajoz).

    En el Diccionario Geográfico Estadístico Histórico de España de Pascual Madoz, en su Tomo VIII, publicado en Madrid el año 1850, dice:

    "Cortijo en la provincia de Badajoz, partido judicial de Olivenza, termino de Valverde de Leganés: tiene un oratorio que es anejo a la parroquia de Velverde"

  • Gévora del Caudillo (Poblado de colonización) a 6 km.

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 13/03/1900, nº 72

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 860

DON ALFONSO XIII, por la gracia de Dios y la Constitución Rey de España, y en su nombre y durante su menor edad la Reina Regente del Reino;

A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente;

Articulo 1.° Se otorga a la Sociedad anónima titulada Aguas de Gevora, constituida en Badajoz, una prórroga á la concesión de la ley de 19 de Junio de 1895 de cinco años, con objeto de que en este plazo se terminen las obras que constituyen el proyecto de dicho canal.

Art. 2.° El Ingeniero Jefe de Obras públicas de la provincia vigilará é inspeccionará la ejecución de dichas obras, dando cuenta al Ministerio de Fomento cada año del desarrollo que las construcciones hayan tenido.

Art. 3. Por el Ministerio de Fomento se dictarán las debidas y necesarias instrucciones para la más exacta ejecución de esta ley.

Por tanto:

Mandamos a todos los Tribunales, Justicias, Jefes, Gobernadores y demás Autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquier clase y dignidad, quo guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes.

Dado en Palaclo á siete de Marzo de mil novecientos.

Y0 LA REINA REGENTE

El Ministro de Fomento. Luis Pidal y Mon.

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 18/07/1964, nº 172

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 9282 - 9282

Resolución de la Dirección General del Instituto Nacional de Colonización por la que se adjudican las obras de «Terminación de la urbanización del pueblo de Gévora del Caudillo, en la zona regable de Montijo (Badajoz)».

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 01/10/1966, nº 235

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 12442 - 12442

Resolución del Instituto Nacional de Colonización por la que se adjudican las obras de «Construcción de 34 viviendas de obreros agrícolas en Gévora del Caudillo, en la zona regable de Montijo, segunda parte (Badajoz).

Boletín Oficial del Estado Publicación: 15/10/1960, nº 248

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 14386 - 14386

Resolución del Institulo Nacional de Colonización por la que se adjudican las obras de "Terminación de las de viviendas de obreros agrícolas en el pueblo de Guadiana del Caudillo, en la zona regable de Montijo, primera parte (Badajoz), a "Constructora Asturiana, Sociedad Anónima".

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 03/10/1961, nº 236

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 14280 - 14280

Resolución del Instituto Nacional de Colonización por la que se adjudican las obras de «Sustitución de cubiertas en las noventa viviendas de la primera fase del pueblo de Guadiana del Caudillo, en la zona regable de Montijo (Badajoz)».

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 13/11/1962, nº 272

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 16104 - 16104

Resolución de la Dirección General del Instituto Nacional de Colonización por la que se adjudican las obras de «Construcción de tres escuelas y tres viviendas para maestros y cerramientos en el pueblo de Guadiana del Caudillo, en la zona regable de Montijo (Badajoz)», a don Vicente Rodríguez Garrido.

    ANUNCIO de 1 de junio de 2000, sobre la tramitación del coto de pesca denominado «El Cincho». Fase de información pública, en Guadiana del Caudillo.

DOE núm. 80 MARTES, 13 DE JULIO DE 2004

ENTIDAD LOCAL MENOR DE GUADIANA DEL CAUDILLO

Escudos Heráldicos.- Anuncio de 28 de junio de 2004, sobre la adopción de su escudo de armas y de su bandera.

Aprobada por la Junta Vecinal en sesión ordinaria celebrada el día 24 de junio de 2004, la adopción de su escudo de armas y de su bandera, en cumplimiento de cuanto dispone el art. 7º del Decreto 63/2001, de 2 de mayo, de la Consejería de Presidencia de la Junta de Extremadura, de regulación de los símbolos, tratamientos y honores de las Entidades Locales, se expone al público el expediente por quince días hábiles, a los efectos de que cuantos tengan interés en el asunto puedan examinarlo y alegar lo que estimen conveniente durante el mismo plazo.

Guadiana del Caudillo, a 28 de junio de 2004. La Alcaldesa, CONCEPCIÓN LEBRATO PLAZA.

DOE Nº 141 SÁBADO, 4 DE DICIEMBRE DE 2004

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL

Escudos Heráldicos.- Orden de 15 de noviembre de 2004, por la que se aprueba el Escudo Heráldico y la Bandera Municipal, para la Entidad Local Menor de Guadiana del Caudillo.

ORDEN de 15 de noviembre de 2004, por la que se aprueba el Escudo Heráldico y la Bandera Municipal, para la Entidad Local Menor de Guadiana del Caudillo.

La Entidad Local Menor de Guadiana del Caudillo ha instruido el expediente administrativo para la adopción del Escudo Heráldico y Bandera Municipal. Dicho expediente fue iniciado por acuerdo del Pleno Corporativo, en sesión de 24 de junio de 2004, en el que se expresaban las razones que justificaban el dibujo-proyecto del nuevo blasón y enseña.

Consta en dicho expediente informe del consejo Asesor de Honores y Distinciones de la Junta de Extremadura emitido con fecha de 9 de noviembre de 2004.

Considerando que la sustanciación del citado expediente se ha ajustado en todo a lo preceptuado en el Decreto 63/2001, de 2 de mayo, por el que se regula el procedimiento para la adopción, modificación o rehabilitación de Escudos y Banderas de las Entidades Locales; y en uso de las atribuciones conferidas por el referido Decreto.

D I S P O N G O

Artículo 1.- Se aprueba el Escudo Heráldico de la Entidad Local Menor de Guadiana del Caudillo, cuyo diseño se recoge en el Anexo I, con la siguiente descripción:

“Trae por armas la localidad de Guadiana del Caudillo, sobre un campo de azur, una columna de plata, acolada de dos vueltas por una filactería de oro, cargada con el lema “PLUS ULTRA”, en letras de sable, y siniestrada de un león de gules, coronado de oro, y empinado a su fuste; campaña ondada de plata y de azur; bordura de oro, cargada con dos arados de sinople, uno en el jefe y otro en la punta, y en los flancos con dos tomates de su color natural. Se timbra con una corona real de España”.

Artículo 2.- Se aprueba la Bandera Municipal de Guadiana del Caudillo cuyo diseño se recoge en el Anexo II, con la siguiente descripción:

“Bandera rectangular de proporciones 2:3. Cuarta en bajo. Los tres cuartos superiores de color azul, cargada en su centro con el escudo de armas de la localidad; el cuarto inferior, andado de plata, cargado con dos ondas de azul”.

Contra la presente Orden, que es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Desarrollo Rural en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al que tenga lugar la publicación de esta Orden, tal como disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley de 4/1999, de 13 de enero.

También se podrá interponer directamente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden, el correspondiente recurso Contencioso Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 a) y el artículo 14.1 primera de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

En caso de haber interpuesto recurso de reposición, no se podrá impugnar en la vía contencioso-administrativa hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime conveniente.

Mérida, 15 de noviembre de 2004. El Consejero de Desarrollo Rural, Francisco Javier Iniesta

DOE núm: 62 Miércoles, 30 de marzo de 2011

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

Entidades Locales Menores.- Decreto 35/2011, de 25 de marzo, por el que se deniega la segregación de la entidad local menor de Guadiana del Caudillo, para su constitución en municipio independiente de Badajoz.

La alteración del término municipal de Badajoz para la constitución en municipio independiente de la Entidad Local Menor de Guadiana del Caudillo ha sido promovida por la mayoría de los vecinos residentes en esa entidad local menor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

Tras la tramitación del correspondiente expediente administrativo, en el que se han observado las prescripciones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, y del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, se ha concedido trámite de audiencia a la Excma. Diputación Provincial de Badajoz, durante el cual el ente provincial no ha manifestado su voluntad contraria a la segregación solicitada.

Asimismo se ha recabado dictamen del Consejo Consultivo al establecer el artículo 13.1.i) de la Ley 16/2001, de 14 de diciembre, el carácter preceptivo de la consulta para los expedientes que se tramiten por las Administraciones Públicas que versen sobre creación, supresión o alteración de los términos municipales. El carácter preceptivo del Dictamen se contiene asimismo en el artículo 13.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y en el artículo 9.4, del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 16 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen Local.

La denominación propuesta por el municipio a segregar constituye, en sí misma, una vulneración de lo previsto en los artículos 1 y 15.1 de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, igualmente el Ministerio de Política Territorial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.1 de la Orden de 3 de junio de 1986, por la que se desarrolla el Real Decreto 382/1986, de 10 de febrero, por el que se crea, organiza y regula el Funcionamiento del Registro de Entidades Locales, ha informado que la denominación propuesta para el municipio entraría en contradicción con dispuesto en la Ley 52/2007, lo que podría impedir la inscripción del nuevo municipio en el Registro de Entidades Locales.

No obstante, el Ayuntamiento de la actual entidad local menor de Guadiana del Caudillo, mediante Acuerdo plenario de 18 de marzo del corriente año, resolvió persistir en la actual denominación de la citada Entidad y su conservación como denominación del nuevo Municipio sin perjuicio de que posteriormente se formule consulta popular entre los vecinos del mismo para determinar la procedencia o improcedencia de modificar la citada denominación.

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y el artículo 13 del Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, a propuesta del Consejero de Agricultura y Desarrollo Rural, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión de fecha 25 de marzo de 2011,

D I S P O N G O :

Artículo único.

1. Se deniega la segregación de la entidad local menor de Guadiana del Caudillo, perteneciente al municipio de Badajoz, para su constitución en municipio independiente por contravenir la denominación propuesta para el nuevo Municipio lo dispuesto en la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, de conformidad con el informe emitido por la Dirección General de los Servicios Jurídicos.

No obstante la denegación, se procederá a conservar la validez de las actuaciones practicadas en la tramitación del expediente de modo que la corrección del motivo de rechazo permita la reanudación del mismo sin necesidad de reiterar la realización de aquellos trámites que se hayan ajustado al ordenamiento jurídico.

2. Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente. No obstante, con carácter previo, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, sin que en este caso pueda interponerse el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición formulado.

Disposición final única.

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, a 25 de marzo de 2011. El Presidente de la Junta de Extremadura, Guillermo Fernández Vara. El Consejero de Agricultura y Desarrollo Rural, Juan María Vázquez García

DOE Núm.: 37 jueves 23 de febrero de 2012

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Municipios.- Decreto 29/2012, de 17 de febrero, por el que se aprueba la segregación de la entidad local menor de Guadiana del Caudillo para su constitución en municipio independiente de Badajoz.

DOE num. 71, viernes 11 de abril de 2014

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Municipios.- Corrección de errores del Decreto 29/2012, de 17 de febrero, por el que se aprueba la segregación de la entidad local menor de Guadiana del Caudillo para su constitución en municipio independiente de Badajoz

  • El Manantío (zona residencial)

    Aeródromo del Manantío situado en las coordenadas geográficas 38º46,617 N, 006º59,383 W , elevación del campo 732 ft , 223 m. La dirección de la pista es 05/23, la superficie de tierra con una longitud de 802 metros

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE BOE 38/13-02-02

   RESOLUCIÓN de 17 de enero de 2002, de la Secretaría General de Medio Ambiente, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto de aeródromo privado de "El Manantío", en Badajoz.

ANEXO II

Descripción del proyecto. El proyecto consiste en la puesta en funcionamiento del aeródromo "El Manantío", ya construido en el año 1973 y que estuvo en explotación hasta 1993. Se sitúa en el término municipal de Badajoz en la carretera que une el cementerio nuevo con la carretera local Badajoz-Valverde de Leganés. Las instalaciones de que consta el mismo son: hangar, pista, accesos, cerramientos y caminos perimetrales. Datos del aeródromo; Situación 38º46,617 N, 6º59,383W, elevación en pies 732 y en metros 223, pista de tierra con una longitud de 802 m. y dirección de la misma 05/23

  • Los Montitos (urbanización).
  • Novelda del Guadiana (poblado de colonización) a 18 km.

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 14/04/1962, nº 90

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 5065 - 5065

Resolución del Instituto Nacional de Colonización por la que se adjudican las obras de «Acondicionamiento del camino de acceso de Novelda de Guadiana al sector J, en la zona de Montijo, segunda parte (Badajoz).

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 14/11/1963, nº 273

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 16037 - 16037

Resolución de la Dirección General del Instituto Nacional de Colonización por la que se adjudican las obras de «Construcción de cementerio en el pueblo de Novelda del Guadiana en la zona regable de Montijo (Badajoz)».

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 23/05/1964, nº 124

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 6729 - 6729

Resolución de la Dirección General del Instituto Nacional de Colonización por la que se adjudican las obras de «Construcción de Cooperativa Agrícola en Novelda del Guadiana, en la zona regable de Montijo, segunda parte (Badajoz)».

  • Los Pinares (zona residencial).
  • Río Caya (zona residencial) a 11 km.

Gaceta de Madrid Publicación: 07/06/1712, nº 23

Páginas: 92 - 92

Madrid, 7 de Junio de 1712.- El ejército de Extremadura cruza el Río Caya y permanece en Collera por las continuas lluvias.

Segun los avisos de Estremadura, passo nuestro Exercito el Rio Caya el dia veinte del pasado, y acampo en Collera, adonde fue precisa la detencion de tres dias, por la lluvia que sobrevino, y despues prosiguio hasta el sitio de Peña -Clara, en que fueron a rendir la obediencia los Lugares de Villaboin, y Santa Olalla, ambos fortificados y aviendo continuado las aguas, que imposibilitaban el pasar adelante, y de recibir los convoyes, parecio conveniente al Señor Marques de Bay, Capitan General, de bolver al primer Campo de Collera, y continuar a subsistir desde alli en el Pais Enemigo, hasta que mejore el tiempo. En la contramarcha estuvieron observando hasta mil cavallos Portugueses. Divididos por las alturas de Yelves en diferentes Tropas, con las cuales huvo dos encuentros y aunque nuestras Partidas eran inferiores en numero, los derrotaron enteramente, con muerte de muchos oficiales, y soldados, y trayendose otros muchos prisioneros, con un Teniente Coronel, a quien rindio Don Antonio del Barco y Oliva, Ayudante Mayor del Regimiento de la Estrella: y por esto se ha entendido, que su Cavalleria queda acampada en Estremoz, y la infanteria en Borba, y Villa-Viciosa.

Gaceta de Madrid Publicación: 01/02/1729, nº 5

Páginas: 20 - 20

Madrid, 1 de Febrero de 1729.- Salen de Badajoz los Reyes, Príncipes e Infantes y van a la Casa de Entregas sobre el puente del río Caya a verse con los Reyes, Príncipes e Infantes de Portugal. Parte la Familia Real española a Sevilla disponiendo varias etapas para realizar el camino. Los Embajadores y Ministros Extranjeros pasan también a Sevilla. Fallece en Madrid Luis Félix de Miraval y Espínola, Marqués de Miraval. Fallece Pedro Gómez de la Cava.

Gaceta de Madrid Publicación: 15/02/1729, nº 7

Páginas: 26 - 27

Lisboa, 27 de Enero de 1729.- Llegó a puerto la Flota de la Bahía de Todos los Santos con bastante mercancía y partió la Flota de Pernambuco. Se celebró la función de las recíprocas entregas de las dos Princesas en una casa que al efecto se había fabricado sobre el río Caya y donde concurrieron ambas Casas Reales.

Gaceta de Madrid Publicación: 13/11/1912, nº 318

Departamento: Ministerio de Fomento

Páginas: 418 - 418

Dirección General de Obras Públicas.- Ferrocarriles.- Concediendo el plazo de un mes para que los interesados puedan examinar el expediente de caducidad de la concesión de un tranvía en Badajoz, desde la Puerta de las Palmas al puente internacional sobre el río Caya.

  • Sagrajas (poblado de colonización) a 11 km.

Gaceta de Madrid Publicación: 04/05/1864, nº 125

Páginas: 4 - 4

Se subasta el arriendo á pasto, bellota y labor de la dehesa de Sagrajas, sita en el termino de Badajoz, y propia del Excmo. Sr. Duque de Fernán-Núñez.

El remate tendrá efecto el miércoles dia 25 de Mayo, a las doce de la mañana, en Madrid en las oficinas de dicho Excmo. sr. calle de Santa Isabel, números 42 y 44 y en Badajoz en la casa de su Administrador Don Eugenio Garcia Aguilera, en cuyos puntos se hallará de manifiesto el pliego de condiciones. 

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 16/06/1961, nº 143

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 9123 - 9123

Resolución del Instituto Nacional de Colonización por la que se anuncia concurso público para la adjudicación de un solar en el nuevo pueblo de Sagrajas para la edificación e instalación de un cine de verano.

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 17/01/1963, nº 15

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 832 - 832

Resolución de la Subdirección de Explotación del Instituto Nacional de Colonización por la que se anuncia concurso público para la concesión de un cine cubierto en Sagrajas, zona de Montijo (Badajoz).

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 03/06/1964, nº 133

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 7255 - 7255

Resolución de la Dirección General del Instituto Nacional de Colonización por la que se adjudican las obras de «Construcción de Hermandad Sindical y obras de terminación y reparación en el pueblo de Sagrajas, en la zona regable de Montijo, segunda parte (Badajoz)».

  • Santa Engracia (caserío) a 3 km.
  • Tres Arroyos (zona residencial).
  • Las Vaguadas (zona residencial) a 4 km.
  • Valdebotoa (poblado de colonización) a 12 km.

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 17/03/1962, nº 66

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 3738 - 3738

Resolución de la Dirección General del Instituto Nacional de Colonización por la que se adjudican las obras de «Construcción de Escuela-cantina, capilla y vivienda de Maestro para las viviendas aisladas del núcleo de Valdebotoa, en la zona regable de Montijo, segunda parte (Badajoz)».

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 18/07/1964, nº 172

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 9283 - 9283

Resolución de la Dirección General del Instituto Nacional de Colonización por la que se adjudican las obras de «Terminación de la urbanización del nuevo pueblo de Valdebotoa, en la zona regable de Montijo (Badajoz)».

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 01/10/1966, nº 235

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 12442 - 12442

Resolución del Instituto Nacional de Colonización por la que se adjudican las obras de «Construcción de 63 viviendas de obreros agrícolas en el núcleo de Valdebótoa, en la zona regable de Montijo, segunda parte (Badajoz)».

  • Villafranco del Guadiana (poblado de colonización) a 10 km.

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 10/06/1961, nº 138

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 8826 - 8826

Resolución de la Dirección General del Instituto Nacional de Colonización por la que se adjudican las obras de «Ampliación del pueblo de Villafranco del Guadiana, en la zona regable por el canal de Lobón (Badajoz)».

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 12/06/1963, nº 140

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 9486 - 9486

Resolución del Instituto Nacional de Colonización sobre adjudicación de las obras de «Urbanización del pueblo de Villafranco del Guadiana, en la zona regable de Lobón (Badajoz)».

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 31/01/1964, nº 27

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 1400 - 1400

Resolución de la Dirección General del Instituto Nacional de Colonización por la que se adjudican las obras de «Construcción de cementerio en el pueblo de Villafranco del Guadiana, en la zona regable de Lobón (Badajoz)».

Mad-V- 1846

Carboneras: cortijo en la provincia, partido judicial y término de Badajoz: situado á 3 leguas de esta ciudad, tiene una casa, un pozo, algún monte inculto y poca tierra de labor.


DATOS del AYUNTAMIENTO

Ayuntamiento de Badajoz

Plaza de España, 1
06001 Badajoz
924 - 21 00 00
924 - 21 00 73
badajoz@dip-badajoz.es 

Gaceta de Madrid Publicación: 22/09/1857, nº 1722

Páginas: 3 - 3

Interior.- Badajoz, 17 de Setiembre.- Está pronta á terminar la obra de las Casas Consistoriales del Iltre. Ayuntamiento de esta capital.

El Teniente Alcalde de esta capital, Sr. D. Manuel Tamayo, que vela constantemente por el bien de los habitantes de ella, acaba de adoptar una medida de bien general, y que pasa desapercibida por largo tiempo.

Parece que las lavanderas de los hospitales civil y militar tenian la costumbre de lavar la ropa de los enfermos en el mismo punto que lo han venido haciendo las de la poblacion, tendiéndolas a secar mezcladas con las demas. Lo cual, sabido por el Sr. Tamayo, y discurriendo que no sea lo más sano la ta1 mezcla, ha prohibido expresamente a las de los hospitales el que vuelvan a lavar unidas. (Gévora.)

ESCUDO DE BADAJOZ

En campo de azur, sobre terrasa de sinople, dos columnas, de plata, con cintas, de oro, y la descripción "plus" en la diestra y "ultra" en la siniestra, en letras de sable; y alzados y apoyados en las columnas, dos leones, afrontados, de gules, linguados de lo mismo y uñados y coronados de oro. Al timbre corona Real abierta.;

Escudo Provincial

En campo de azur, una columna, de plata, cintada, de oro, con el lema "PLUS ULTRA", en letras de gules, siniestrada de un león rampante, de gules, empinado a ella; todo ello terrasado de sinople.

Aprobado por acuerdo plenario de la Diputación Provincial de 27 de Octubre de 1868.

DOE núm. 5 SÁBADO, 15 DE ENERO DE 2000

CONSEJERÍA DE CULTURA

Adjudicación.- Resolución de 30 de diciembre de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se adjudican definitivamente las obras de Palacio de Congresos en la antigua plaza de toros de Badajoz.

Adjudicación.- Resolución de 30 de diciembre de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se adjudican definitivamente la Dirección Facultativa (Aparejador) de las obras de Palacio de Congresos de Badajoz.

DOE núm. 6 MARTES, 18 DE ENERO DE 2000

CONSEJERÍA DE CULTURA

Adjudicación.- Resolución de 4 de enero de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se adjudica definitivamente la consultoría y asistencia técnica para la dirección facultativa (Arquitecto) de las obras de Palacio de Exposiciones de Badajoz.

DOE num. 244, martes 22 de diciembre de 2015

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Radiodifusión.- Resolución de 3 de diciembre de 2015, de la Consejera, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura relativo a la celebración de negocio jurídico sobre licencias para la prestación de servicio de comunicación audiovisual (radiofónico) correspondientes a emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia de carácter comercial en las localidades de "Badajoz" (frecuencia: 93.5 Mhz), "Don Benito" (frecuencia: 100.0 Mhz), "Villanueva de la Serena" (frecuencia: 98.4 Mhz) y "Cáceres" (frecuencia: 92.6 Mhz), consistente en su arrendamiento por parte de su actual titular "Antena 3 de Radio, SA" (arrendadora) a "Sociedad Española de Radiodifusión, SL" (arrendataria).


   SITUACIÓN del MUNICIPIO

   Su situación como la población española más cercana a Portugal hizo de Badajoz en las épocas de pugnas y conflictos una plaza fronteriza de importancia estratégica fundamental; en tanto que en los tiempos de paz, esta misma proximidad al país vecino la convierte en enclave no menos importante, al ofrecerle horizontes de ilimitadas posibilidades de ensanche y proyección en todos los campos, dada su privilegiada situación.

    En lo que concierne a su localización geográfica concreta, Badajoz se desarrolla a partir del núcleo asentado primitivamente sobre una de las dos colinas que flanquean el Guadiana en el punto en que la aparición de materiales geológicos duros por delante, obligan al río a describir un brusco giro hacia el sur.

    La altura en la que se erigió la población primitiva es el llamado Cerro de la Muela o cabezo del Monturio, concreción rocosa que, no obstante su escasa entidad, constituye un bastión fundamental, ya que permite dominar los llanos que se despliegan en el entorno.

    Factor decisivo para conferir a Badajoz su entidad de núcleo más importante de la región, es la estratégica situación geopolítica que ocupa, en pleno centro del boquete que se abre entre la sierra de Montanchez y el Guadiana, como único paso natural practicable en la zona. Es decir, dominando el camino más corto entre la Meseta Ibérica y el Atlántico. De tal modo, las comunicaciones entre Castilla y Lisboa, pasan obligadamente por Badajoz.

   Badajoz se asienta sobre la ladera de una colina próxima a la confluencia del arroyo Rivillas con el río Guadiana, en la margen izquierda de éste, coronada por un castillo, a solamente 6 km de la frontera portuguesa.

   Su altitud sobre el nivel del mar es de 186 m y la población es de 134.710 habitantes, la mayor de Extremadura. Es la capital de la provincia más extensa de España, con 21.757 kilómetros cuadrados.

   Adquiere relevancia por la ocupación árabe y la reconquista, su historia está íntimamente relacionada con el descubrimiento de América. Su riqueza está basada en el ganado porcino. Es la Provincia que cuenta con mayor cantidad de costa (agua dulce) de toda España, debido a la gran cantidad de lagos y embalses que posee y donde se están desarrollando cada vez más, deportes náuticos. Badajoz se asienta a orillas del río Guadiana, es una de las ciudades mas antiguas de España.


    HISTORIA.

DOE núm. 83 MARTES, 18 DE OCTUBRE DE 1988

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Interés Cultural.- Resolución de 24 de septiembre de 1988, por la que se ha acordado tener por incoado expediente declaración como Bien de Interés Cultural con categoría de Zona Arqueológica a favor del Yacimiento Arqueológico de Las Tomas, en la ciudad de Badajoz.

Seguido expediente en la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Extremadura, a efectos de la posible Declaración como Bien de Interés Cultural con categoría de Zona Arqueológica a favor del yacimiento arqueológico de «Las Tomas», en la ciudad de Badajoz.

Vistos los artículos 10 y 11 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, el artículo 12.1 del Real Decreto 111/86, de 14 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, ,y demás disposiciones de general aplicación. Esta Consejería de Educación y Cultura, en virtud de las atribuciones que le han sido conferidas, HA ACORDADO:

Primero.-Tener por incoado expediente de Declaración como Bien de Interés Cultural con categoría de Zona Arqueológica a favor del Yacimiento Arqueológico de «Las Tomas» en la ciudad de Badajoz.

Segundo.-La descripción del Bien objeto de este expediente figura como anexo de la presente disposición.

Tercero.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con las disposiciones en vigor.

Cuarto.-Hacer saber al Ayuntamiento de Badajoz que, según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, debe procederse a la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en el Bien objeto de este expediente, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse con carácter inaplazable en tal zona precisarán, en todo caso, autorización previa de esta Consejería de Educación y Cultura.

Quinto.-Que la presente Resolución se publique en el B.O.E. y D.O.E.; y, una vez completo el expediente; que se abra un período de información pública.

Mérida, 24 de septiembre de 1988. El Consejero de Educación y Cultura, Jaime Naranjo Gonzalo

ANEXO QUE SE CITA

-Descripción del Yacimiento Arqueológico de «Las Tomas», en Badajoz:

Se sitúa a unos 250 metros de la carretera nacional V (Madrid-Lisboa), a la derecha de la misma, en su salida de Badajoz en dirección a Mérida. Se halla exento de construcciones.

Se trata de un complejo hidráulico del siglo II, que consta de dos presas; una principal y otra de derivación, que transvasaba aguas de una pequeña cuenca adyacente a la principal.

La presa principal, consiste en un muro a base de mortero de hormigón y canto rodado, de unos 75 metros de longitud, reforzado a trechos por la parte interior por una serie de contrafuertes que aumentan la estabilidad del cierre y contrarrestan el aumento de presiones intersticiales en caso de desembalse rápido.

A la parte izquierda del muro, visto desde abajo, se sitúa un pequeño torreón de planta cuadrada de unos cuatro metros de lado, desde el que se organizaba la distribución del agua mediante canalizaciones secundarias.

    Ubicada a orillas del río Guadiana, Badajoz fue en la prehistoria, tal como lo demuestran  algunos hallazgos, un núcleo donde se asentaron grupos humanos desde el Paleolítico Inferior y períodos históricos siguientes. Los primeros pobladores se asentaron sobre el cerro de la Muela , donde se halla la Alcazaba árabe.

    La Edad del Bronce y del Hierro han dejado datos y hallazgos de gran interés para la historia de la ciudad. La época romana, donde las villas proliferan, aportan igualmente información histórica de la ciudad. Badajoz fue una ciudad romana de importancia secundaria, se llamaba Pax Augustus. De todas estas villas agrarias romanas, las más cercanas a Badajoz, son las llamadas "La Cocosa", una de las mejores de la Península Ibérica, y "Las Tomas" en las mismas afueras de la capital pacense en dirección a Mérida.

    La estancia de los visigodos proporciona suficientes indicios como para considerar a Badajoz ya como ciudad fundada, aunque algunos autores dudan sobre si la fundación de Badajoz fue en esta época hispano-romana, o definitivamente sea en el siglo X, cuando Badajoz tomará entidad de núcleo urbano de importancia.

    Sobre un núcleo visigodo ya despoblado, establecido a su vez encima de remotos asentamientos prehistóricos, fundó el rebelde musulmán Ibn-Marwan al-Yilliqi, en el año 875, como antecedente de la ciudad actual, un pequeño poblado someramente fortificado, con el nombre de Bethalius. El lugar que éste eligió, (Al Basharnal), estaría situado al otro lado del río Guadiana, frente a La Muela, en el conocido fuerte de San Cristóbal.

   Será en época árabe cuando Badajoz adquiere importancia política y militar llegando, tras la caída del Califato de Córdoba, en el Siglo XI, se convierte en la capital del reino morisco de Taifas, bajo la dinastía de los Beni Aftas (1022-1094). En el siglo IX, Abderraman al-Ylliqui, fundó en el lugar el sitio conocido como Batal-y-aws, fortificándola y convirtiéndola en el foco de rebelión contra el emir de Córdoba Muhammad I.  Permaneció en poder de la dinastía Marwan hasta el año 930, que pasó a depender de Abderraman III.

    Con la decadencia del Califato, a principios del siglo XI, Badajoz bajo la dinastía Aftásida se convirtió en reino Taifa independiente, convirtiéndose en uno de los mas extensos y poderosos de la península. Se desarrollaron las letras, ciencia y las artes. En el año 1094, la ciudad paso a depender de los almorávides y, posteriormente, en 1148, al de los almohades.

    En el siglo XII, bajo los almohades, este modesto enclave constituía ya una importante ciudad rodeada por una fuerte Alcazaba que, básicamente, es la misma que aún perdura. Hasta su reconquista en 1230 por Alfonso IX, Badajoz fue una floreciente población árabe, cabeza en ciertos momentos de uno de los más poderosos reinos musulmanes de la Península.

    Badajoz, durante siglos posteriores, correrá la misma suerte que otros núcleos extremeños, con conquistas y reconquistas a manos de los musulmanes y cristianos, hasta que el 19 de marzo de 1230, Alfonso IX de León, en estrecha colaboración con las Ordenes Militares de Alcántara y Santiago, la conquistó al rey musulmán Abenhut.

    D. Alfonso IX de León debió dar fueros á esta población, pues en un privilegio del rey D. Alfonso X, fecha 31 de Marzo de 1258, se lee: «Vimos fuero que el rey D. Alfonso, nuestro abuelo, dio al concejo de Badajoz.» El obispo Guevara en sus Carta familiares, edic. de Madrid de 1668, pág. 111, explica algunas leyes obscuras del fuero de esta ciudad, asegurando, que fue dado por el rey D. Alonso XI. Llorente, en el tomo II de Noticias históricas de las Provincias Vascongadas, pág. 287, dice que el fuero de esta ciudad no tiene fecha, y que es el mismo de Plasencia con alguna diferencia no substancial en cuanto á contribuciones.

    Colección de privilegios del archivo de Simancas, tomo VI, pág. 111 Num. CCLVIII. Privilegios al Concejo de Badajoz. Libros de privilegios y confirmaciones, libro num. 263, art. 110. 20 de Enero de 1253

    Don Alfonso, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, &c. A todos los judíos que moraren en Badajoz y en sus términos salud y gracia. El Concejo de Badajoz se me imbiaron querellar de vos que les non queríades dar las oncenas ansi como Yo mandé por mis cartas á todos los judíos y moros de mis reinos, y asi estó maravillado como sois constreñidos de lo facer, onde vos mando que deis las oncenas á tres por cuanto á cabo del año hi si vendiéredes paños, ó bestias, ó otras cosas cualesquier que á esta razon sean dadas, y destas cosas sobredichas como vieren homes bonos de la villa que valieren á pagar luego. Y porque los homes no sean engañados en tales mercaderías como estas, mando que las non fagades sin homes buenos y sin Escribano público del Concejo, y por christianos y por judios, y otrosí que fagades con ellos ó ello lo mismo que se han fechos á escuso; mando que non valan, y todos los pleitos que ficiéredes sobre estas cosas sobredichas que los fagades por carta partida por a b c d e, é que igualedes el logro con el caudal, é que no ganedes mas; y aquellos que estas cosas sobredichas pasáredes, mando á el mio Juez ó aquellos que fueron aportellados en el Logar que non lo vos consientan, si non á ellos me tornaría por ello. Dada en Valladolid. El Rey la mandó veinte dias andados de Enero, Era de mil y ducientos y noventa y un años. Pedro Perez de Leon la fizo.

    8 de Enero de 1254. Don Alfonso, por la gracia de Dios , Rey de Castilla, de Leon, &c. Al Concejo y á los Alcaldes de Badajoz salud y gracia. Ficiéronme entender que Obispos y otras Ordenes que compran y ganan heredades foreras y pecheras en vuestra villa y en vuestro término, de que Nos perdemos los nuestros fueros y los nuestros derechos, y esto tenemos Nos por derecho: ende vos mandamos que non consintades á Obispos nin á Ordenes que compren y ganen heredades foreras, ni pecheras de que Nos perdamos nuestros derechos: y non fagades ende al, sino á vos nos tornaremos por ello. Dada en Sevilla. El Rey lo mandó diez y ocho dias de Enero. Pero Yañez la fice escribir por mandado del Maestre Juan Alfonso, natural del Rey, Arcediano de Santiago, Era de mil y ducientos y noventa y dos años.

    18 de Mayo de 1255. Conoscida cosa sea á todos los homes que esta carta vieren como Yo Don Alfonso, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon,  &c., en uno con la Reina Doña Violante, mi muger, y con mis hijos la Infanta Doña Berenguela y la Infanta Doña Beatriz, con gran sabor que el de facer bien y merced á todo el Concejo de la ciudad de Badajoz , y de llevarlos adelante dóles y otórgoles para siempre que fagan en la ciudad de Badajoz una feria en el año que comience dos dias despues de Pascua mayor, y que dure fasta quince dias. Y mando que todos aquellos que vinieren á esta feria de mio señorío, y de fuera de mio señorío á comprar y á vender, christianos, y moros, y judíos que vengan salvos y seguros por mar y por tierra y por todo mio señorío con sus mercadurías y con todos sus haberes, y con todas sus casas, dando sus derechos adonde los hobieren de dar, y non sacando cosas vedadas de los mios Reinos. Y mando y defiendo que ninguno no sea osado ir contra este mio privilegio, ni de quebrantarlo ni de menguarlo en ninguna cosa; ca cualquier que lo ficiese habría mi ira y pecharme hia en coto mil maravedís : y porque este previlegio sea firme y estable, mandélo sellar con mi sello de plomo.— Fecha la carta en Palencia, por mandado del Rey, diez y ocho días andados del mes de Mayo, en la Era de mil y ducientos y noventa y tres años.

    23 de Enero de 1258. Don Alfonso, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon,  &c.. Al concejo de Badajoz salud y gracia. Vos me inviasteis decir que los judíos de vuestro lugar que prenden los cristianos por las deudas que les debían, ó los facían prender, y Yo no tengo esto por derecho: onde mando que ningun judio non faga empréstido á usuras nin de otra manera sobre cuerpo de cristiano ninguno, y el que lo ficiere pierda cuanto diere sobre él, y el cristiano puédase ir libremente, y pena ni pleito que sobre sí faga para non se poder ir non vala; y mando nin otro home ninguno de lo prender ni de pasar á esta mi carta: que aquel que lo ficiese al cuerpo y cuanto que hobiese me tornaría para ello. Dada en Valladolid veinte y tres dias de Enero, Era de mil y docientos y noventa y seis años. Pero Perez de Leon la fice.

    31 de Marzo de 1258. Conocida cosa sea á todos los homes que esta carta vieren como Nos Don Alfonso por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, &c., vimos fuero que el Rey Don Alfonso, nuestro abuelo, dió al concejo de Badajoz en que eran escritos los términos que diera á este concejo sobredicho, y los logares por ó ge los otorgara; y los mojones por ó ge los otorgó son estos: Del un cabo asi como nace Caya en la sierra de Sant Mamede y entra en Guadiana, y de sí á las cabezas de la Codosera, y dende á la atalaya Morisca, y dende á los Almojos de Albarragena, y dende á la Maradecata á derredor, y de sí á la cabeza de San Pedro, y dende á la cabeza de los Fornos, y dende á la cabeza del Carnero, y dende á los Almojos de Loriana, y dende á la atalaya del Cernigal, y de sí á los Retales, y dende á Valdemedet, y dende á las cabezas de Maimona, y dende á Loriana como cae en Bodiana, y como entra Bodion en Ardua, y dende como vay al castillo de Nadit, y dende como vay á la cabeza de Acercoiche, y como cae el agua de Fraga Muñoz, y de sí como cae Fraga Muñoz en Guadiana: Y Nos sobredicho Rey Don Alfonso, por gran sabor que habemos de facer bien y merced á la ciudad de Badajoz, y porque es cabeza del Reino, tenemos por bien y mandamos que hayan sus términos por estos departimientos sobredichos libres y quitos para siempre sin embargo ninguno, salvo aquellos logares y heredamientos que el Rey Don Alfonso, nuestro abuelo, ó el Rey Don Fernando, nuestro padre, ó Nos diésemos por nuestros privilegios y órdenes á otros lugares, ó á otros homes cualesquier : Y mandamos y defendemos que ninguno no sea osado de ir contra este nuestro previlegio, nin de quebrantarlo, nin de menguarlo en ninguna cosa, ca cualquier que lo ficiese habría nuestra ira y pecharnos hia en coto diez mil maravedís, y á la otra parte sobredicha todo el daño doblado : Y porque este privilegio sea firme y estable mandámosle sellar con nuestro sello de plomo. Fecha la carta en Valladolid por mandado del Rey, Domingo treinta y un dias andados del de Marzo, Era de mil y docientos y noventa y seis años.

    14 de Abril de 1264. Sepan cuantos este privilegio vieren y oyeren que sobre contiene а que era entre el concejo de Badajoz de la una parte, y el Maestre de la órden de Alcántara de la otra, en razon de la demanda de Mayorga y de Piedrabona y de Acagalla, y de las huertas de San Pedro, y de San Mamede y de las otras heredades que el concejo demandaba á la órden sobredicha, diciendo que eran en su término y que debían ser suyas; y Nos Don Alfonso, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, 8cc., por partir contienda y desavenencia de entre ellos y por quitar las partes de grandes costas y de grandes trabajos que podrían facer si se demandase por juicio, mandamos á Don Domingo, Obispo de Ciudad-Rodrigo, y á Aparicio Roiz, de Medina del Campo, Alcalde, y á Roi Fernandez, nuestro home, que fuesen á aquella tierra dó son estos castillos y estos logares sobre que era la contienda, y que los anduviesen todos, y quejo viesen que el concejo demandaba, y por qué razon, y lo que el Maestre y la Orden defendían y por qué razon, y que viesen los privilegios y las cartas que cada una de las partes les sobre esto mostraban, y porque lo non pudiésemos creer por Nos mandámoslos que nos lo tragesen figurado por saber que era lo que el concejo demandaba y lo que la Orden defendía, y que aplazasen las partes que viniesen y enviasen sus personeros con ellas ante Nos, y ellos ficiéronlo ansi, y al plazo que les pusieron vinieron ante Nos Martin Gomez y Estevan Martin con carta de personería del concejo sobredicho, en que decían que otorgaban y habían por firme quequier que estos personeros ficiesen en este pleito por juicio ó por avenencia y por manera cualquier: y vino el Maestre otrosí de Alcántara por si y con carta de personería de su Orden en que decían que otorgaban y habian por firme cuanto el Maestre ficiese en este pleito por manera cualquier; y Nos veyendolas escrito, y el recado y el figuramiento que nos trugeron de los lugares, y estando por librar el pleito, ante que lo librásemos por juicio aviniéronse á mas las partes en esta manera: Que haya el concejo de Badajoz Acagalla con su término, y el término que se parta por medio por soga entre Acagalla y Piedrabona, y de sí á suso que se parta derechamente á mojon cubierto como va fácia Sierra de San Pedro, y el concejo quita al Maestre y á la Orden todo el derecho que habian y debían haber en Mayorga, y en Piedrabona y en las Sierras de San Mamede y de San Pedro, y de todos los otros lugares y heredades de que hoy dia son tenedores el Maestre y la Orden que los hayan ansi como se los dió el Rey Don Alfonso, nuestro abuelo, salvo otro alguno haya derecho alguno que lo non pierda ni les sea embargado por esta avenencia; y á mas las partes rogáronnos y pidiéronnos por merced que nos pluguiese desta avenencia y que lo otorgásemos entre ellos por juicio: y Nos sobredicho Rey Don Alfonso, otorgamos esta avenencia, como sobredicho es, y juzgamos y mandamos que vala para siempre, y que sea guardada en todo tan bien de la una parte como de la otra, é á cualquier de las partes que contra ella pasare que peche á Nos diez mil maravedís en pena, y á la otra parte todo el daño doblado, y esto mandamos salvo los privilegios en las otras cosas que no pierdan de lo al que han ninguna cosa por esta avenencia: Y porque esto no venga en duda, mandamos facer dos privilegios en una manera porque cada una de las partes haya ende su privilegio; y porque sean firmes y estables, mandamos sellar cada uno dellos con nuestro sello de plomo. Fecho el privilegio en Sevilla, por nuestro mandado, Lunes catorce dias del mes de Abril, Era de mil y trescientos y dos años,

    31 de Enero de 1265. Sepan cuantos homes esta carta vieren y oyeren como Nos Don Alfonso por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, &c., por hacer bien y merced al concejo de Badajoz otorgámosle las particiones de los heredamientos que son fechas entre ellos como deben, que las hayan libres y quitas por juro de heredad para siempre jamas ellos y cuantos dellos vinieren, para dar, vender y cambiar y para hacer dellos todo lo que quisieren, asi como de lo suyo mismo, en tal manera que los non den nin los enagenen á Orden en ninguna manera; y que esto non vengan en duda , dámosles ende esta nuestra carta sellada con nuestro sello de plomo. Fecha la carta en Sevilla, por nuestro mandado, Sábado postrimero dia del mes de Enero, en Era de mil y trescientos y tres años.

    30 de Junio de 1268. Don Alfonso por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon,&c. Al concejo de Badajoz salud y gracia. Vi una carta en que me inviásteis pedir merced que los treinta maravedís que Yo daba al Juez que juzgaba la martiniega que los diese al que toviese la seña, y él que juzgaría la martiniega, y que lo podría todo cumplir: Y Yo por vos facer bien y merced téngolo por bien, y mando que el que hobiere de coger la martiniega que le dé estos treinta maravedís á aquel que tuviese la nuestra seña, y mando al que juzgare en los fechos de la martiniega cuando acaescieren. Dada en Burgos treinta dias de Junio, Era de mil y trescientos y ocho años. Fernan Martinez de Sevilla la fizo escribir por mandado del Rey.

    21 de Junio de 1270. Don Alfonso por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, &c. Al concejo y Jueces de Badajoz salud y gracia. Ficiéronme entender que cuando hacían algunos pleitos en razon de testamentos en nuestra villa y su término y han contienda sobre ellos, que los Jueces Clerigos que lo quieren juzgar, y si los Jueces legos los quieren oir ó constreñir que viniesen ante ellos á facer derecho sobre esta razon, que el Obispo, ó sus vicarios que los excomulgaban , y desto me maravillo porque lo facen : en que vos mando que cuando acaeciere que haya contienda en vuestra villa ó en su término en razon de testamento, que los fagades venir ante los Jueces legos de villa, y ellos háyanlos y líbrenlos segun debieren derecho; y si por ventura el fecho de los testamentos fuere conocido, los Jueces Clerigos puedan constreñir, si quisieren, que se cumplan los testamentos; y si el Obispo ó vicario, ó otro Clerigo quisiere contra esto pasar non ge lo consintades por ninguna manera. Dada en Burgos veinte y un días de Junio, Era de mil y trescientos y ocho años. Fernan Martinez de Sevilla la fizo escribir por mandado del Rey.

   25 de Junio de 1270. Don Alfonso por la gracia de Dios, Rey de Castilla y de Leon, &c. Al concejo y á los Jueces de Badajoz salud y gracia. Bien sabedes como Yo vos mandé que ficiésedes la justicia en Iguala y en Campomayor: agora dijéronme que lo non facíades, y porque vos la embargaba el Obispo y el Cabildo, y desto só maravillado porque lo facen: onde vos mando que fagades en estos lugares sobredichos la justicia asi como la facedes en las nuestras aldeas otras: y si el Obispo ó otro alguno embargárvosla quisiere non se lo consintades por alguna manera, y no fagades ende al, non á vos me tornaria por ello. Dada en Burgos veinte •y cinco días de Junio, Era de mil trescientos y ocho años. Fernand Martinez de Sevilla la fizo escribir por mandado del Rey.

   30 de Junio de 1270. Don Alfonso por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, &c. A los mios homes que recaudan el servicio de los ganados en el Reino de Leon salud y gracia. Sepades que por hacer bien y merced á el concejo de Badajoz tengo por bien que non den montazgo nin servicio ninguno de los ganados que trajeren en sus términos nin en sus vecindades, y non se lo tomedes por cartas que de mi nayades en que mandase que ninguno fuese escusado de esto: y non fagades ende al, si no á vos me tornaria por ello. Dada en Burgos treinta dias de Junio, Era de mil y trescientos y ocho años. Fernand Martinez de Sevilla la fizo escribir por mandado del Rey.

    30 de Julio de 1270. Sepan cuantos esta carta vieren como Yo Don Alfonso, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, &c. Por facer bien y merced al concejo de Badajoz y por mucho servicio que me hicieron, tengo por bien y mando que los caballeros que estuvieren guisados de caballos y de armas, y tuvieren lorigas de caballos, que sean escusados ellos y sus apaniaguados de todo pecho y de todo pedido, salvo de moneda; y otrosí que sean escusados los amos que criaren los hijos de los caballeros en cuanto se los criaren; y defiendo que ningun cogedor ni otro ninguno no sea osado de pasar contra esta merced que les Yo fago , que cualquier que lo ficiese al cuerpo y á cuanto hobiese me tornaría por ello, y los caballeros fagan alarde una vegada al año, porque sepan los mis cogedores si están asi guisados: Y desto les mandé dar esta mi carta abierta y sellada con mio sello colgado. Dada en Burgos veinte días de Julio, Era de mil y trescientos y catorce años. Isidro Gonzalez la fizo escribir por mandado del Rey

    5 de Мayo de 1277. Don Alfonso, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, &c. A los Alcaldes de los pastores, y á los entregadores de las amparas de las defensas que andan en tierra de Leon, salud y gracia. El concejo de Badajoz me inviaron decir que ellos han sus heredamientos en su término de lo que los cayeron en particion cuando fue la villa parada, y de los que compraron de aquellos á quien cayeron de particion, y que los non puedan labrar todos lo uno por la pobreza que es grande en la tierra, y lo al porque les cumple para defesas en que tienen sus ganados; y agora dicen que por las cartas que yo di en razon de los arrendamientos de las defesas, que les prendades porque tienen defesas en tales heredamientos como es sobredicho, y que no queredes que las hayan, y inviaronme pedir merced que asi como ellos podrían labrar estos heredamientos si pudiesen quisiese que no tuviese por bien que podiesen ellos facer dehesas en que entrasen sus ganados porque se aprovechasen dellas, pues que eran suyos, y lo podían facer de derecho, y que los non prendásedes por ello, y Yo tuve por bien de lo facer: onde vos mando vista esta mi carta que los non embarguedes las defesas que tuvieren en tales heredamientos, como sobredicho es, que fueron labrados y se podrían labrar, non embargando las cañadas nin las faciendo menores de lo que deben ó suelen ser ; y otrosi non defendiendo los montes que non fueron nin deben ser partidos, ni les prendedes por las penas que las mis cartas dicen, y si alguna cosa les habedes tomado ó preindado por esta razon entregádgela luego, ca no fué mi intencion de Yo defender que ninguno deje de facer defesas en los sus heredamientos que han libres y quitos, y aprovecharse dellos, mas que non consintades que tomen mayores defesas de como dicen las mis cartas en aquellos logares que no son varados : é no fagades ende al. Dada en Burgos cinco días de Mayo, Era de mil y trescientos y quince años. Isidro Gomez lo fizo escribir por mandado del Rey.

    3 de Agosto de 1277. Sepan cuantos este privilegio vieren y oyeren como Nos Don Alfonso, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, 8cc. Sabed contienda que era entre el concejo de Badajoz de la una parte, y la Orden de Uclés de la otra en razon de los términos, tovimos por bien de enviar á Domingo Martin, Obispo de Ciudad Rodrigo, y á Fernand Roiz, Abad de Cuevas Rubias, y á Roi Fernandez, mio Alcalde, que partiesen estos términos y partiesen la contienda que era entre ellos, y esto ficimos con consentimiento dambas las partes, у esos fueron allá y partieron los términos y inviáronnos sus cartas selladas con sus sellos de como ficieron esta particion, y sobre esto vino á Mí á Burgos Juan Perez de Mérida, Personero del concejo de Badajoz, con carta de plomo del concejo, y pedióme que pues Yo mandaba partir los términos que mandase Yo registrar la particion, y que les diese cartas dello con mio sello colgado en remembranza que despues no acaeciese i ninguna duda, y Yo tovelo por derecho, y de la particion de como me la ellos inviaron decir que la ficieron con sus cartas selladas con sus sellos, fué fecha en esta manera.—Señor : Bien sabedes como nos mandastes que viniésemos partir los términos que son entre las Órdenes de Uclés y del Temple, y del concejo de Badajoz y pusiésesemos mojones entre la una parte y la otra por los mojones que viesemos que eran guisados, y pusiésemos plazo á las partes que fuesen allá á nos por sus privilegios; y la particion que hicimos entre la urden de Uclés y del concejo sobredicho es esta: Primeramente; el primero mojon es en la Atalaya de Riaharre, y dende á mojon cubierto que está en la carrera del Obispo, y dende á mojon cubierto que dicen del Canto, y dende á el mojon de las Escobas que están en la cabeza ácia la Puebla de Sancho Perez, y dende á el mojon que está en la cabeza llana que es sobre el arroyo que corre cerca desta misma Puebla, y dende al mojon de la encina alta que está entre ambas las encinas; y dende á el mojon cubierto á la cabeza de Maimona, y dende al mojon que está á el pie de Cabrera, y dende á el mojon cubierto á los álamos que están sobre la casa de la Orden; y dende á el mojon cubierto á Guadajira, y Guadajira yuso fasta donde face la retorna sobre las casas de Diego Diaz; y dende pasar el agua contra Mérida, y ir mojon cubierto á la cabeza mas alta de contra Lobon de cabo la Хаrа, у dende mojon cubierto á Guadiana, y de la otra parte de Guadiana como parte á el término de Aldea del Carazo por medio con el Aldea del Rubio, fincando el Aldea del Carazo á Badajoz, y dende á mojon cubierto pasar la Sierra traviesa ir á la Cabeza gorda ó se ayuntan los tres mojones de Badajoz y de Mérida y de Cáceres: E Nos Rey : Don Alfonso el sobredicho confirmamos esta particion y otorgámosla, y mandamos que vala para siempre, y defendemos que ninguno no sea osado de contra ella ir ni de menguarla en ninguna manera, ca cualesquier que lo ficiesen pecharnos hian en coto diez mil maravedís de oro, yá la otra parte todo el daño doblado. Y porque esta sea firme y no venga en duda, mandéles dar esta carta sellada con mi sello colgado. Dada en Burgos veinte y doa días de Mayo, Era de mil y trescientos y catorce años. Isidro Gomez la fizo escribir por mandado del Rey. E despues desto "vino á Nos ante Nos Juan Perez, Tesorero de Badajoz con carta de personía del Concejo, y pidiónos merced que le mandamos dar nuestro privilegio plomado de la particion destos términos sobredichos, y Nos. por facer bien y merced á el Concejo de Badajoz torcimos por bien de le dar ende este privilegio, y otorgámosles sus términos por aquellos logares y por aquellos mojones que sobredichos son, que los hayan para siempre tan bien los que hoy son moradores como los que serán de aqui adelante. Y porque esto sea firme y estable mandamos sellar este privilegio con nuestro sello de plomo. Fecho el privilegio en Burgos Martes ires diae andados del mes de Agosto, en Era de mil y trescientos y quince años.

    5 de Agosto de 1277. Sepan cuantos este privilegio vieren y oyeren como Yo Don Alfonso, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, See. Sobre contienda que era entre el Concejo de Badajoz de la una parte y la Orden del Temple de la otra en razon de los términos, tuvimos por bien de enviar á Domingo Martin, Obispo de Ciudad-Rodrigo, y Fernand Ruiz, Abad de Cuebas-Rubias, y á Rui Fernandez, nuestro Alcalde, que partiese estos términos y sacase la contienda que era entre ellos, y esto ficimos con consentimiento de ambas las partes; é ellos fueron allá y partieron los términos y inviáronnos sus cartas .selladas con sus sellos de esta particion; y sobre esto vino á mi á Burgos Juan Perez de Mérida, personero del Conceja de Badajoz con carta del Concejo de personería, y pidióme que, pues Yo mandaba partir los términos, que yo mandase registrar la particion, y que les diese cartas della con mio sello colgado por remembranza que despues no acaesciese ninguna duda; y yo túvelo por derecho, y la particion de como la ellos inviaroo á decir que la ficieron en sus cartas con sus sellos fecha en esta manera: Señor: Bien sabedes como nos mandastes que viniésemos partir los términos que son entre las órdenes del Temple y de Uclés y el Concejo de Badajoz, y pusiésemos mojones entre la una parte y la otra por los Logares que viésemos que era guisado, y pusiésemos plazo á las partes que fuesen ante nos por sus privilegios; y la particion que ficimos entre la orden del Temple y el Concejo sobredicho es esta: Primeramente: en la Atalaya del Naharro, y dende por esta Sierra aguas vertientes á la una parte y á la otra facía el mojon que está entre Zafra y Burgos donde están los аcebuches y las encinas; y dende á mojon cubierto á la cumbre de suso Monesterio dó está el mojon de lar tres encinas; y dende para el Monesterio de la cabeza mas alta que vierten de la una parte las aguas contra Guadajira, y á las otras á la Mataluenga contra Abijuales, y dende á el mojon que está en Peña-forzada y dende á el mojon cubierto del alcornoque que está en la cumbre en derecho del rostro de Montebain y donde vierten las aguas las unas contra Abijuales y las otras contra Guadalcarrache; y dende por,Guadalcarrache, ayuso fácia Montepecin ; y dende como va el cerro de Monteluengo fasta el mojon que está en este mismo cerro en derecho de los perales; y dende al mojon cubierto al agua de Montejaire, y dende por el agua de Montejaire ayuso como entra en Guadiana: E Nos Rey Don Alfonso el sobredicho confirmamos esta particion y otorgámosla, y mandamos que vala para siempre, y defendemos que ninguno no sea osado de ir contra ella nin de menguarla de ninguna manera ; ca cualesquier que lo ficiesen pecharnos hian en coto diez mil maravedís de oro, y á la otra parte todo el daño doblado. Dada en Burgos veinte y seis dias de Mayo, Era de mil y trescientos é catorce años. Y despues desto vino ante Nos Juan Perez Tesorero de Badajoz con carta de personería del Concejo y pidiónos merced que le mandásemos dar nuestro plomado de la particion destos términos sobredichos, y Nos, por facer bien y merced á el Concejo de Badajoz tovimos por bien de les dar ende ese privilegio, y otorgámosles sus términas por aquellos logares y por aquellos mojones que sobredichos son que los hayan para siempre tan bien los que agora son moradores como los que serán de aqui adelante: Y porque esto sea firme у estable mandamos sellar este privilegio, con. nuestro sello de plomo. Fecho en Burgos jueves cinco dias andados del mes de Agosto, en Era de mil y trescientos y ,quince años.

    27 de Agosto de 1277. Don Alfonso, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, &c. A los cogedores de los pechos, que agora son y serán de aqui adelante en Badajoz y todo su término salud y gracia. Sabed: que Garcia Perez, mio Juez en Zamora, me dijo que se despoblaba la villa y el término de Badajoz, que se iban los pobladores á Portugal y á las villas de las Órdenes y á otras partes porque voe los cogedores no les queredes guardar las cartas nin las franquezas de los escusamientos que les Yo di al Concejo y á los pobladores, y que les pasades contra ellas ganando mis cartas encubiertamente que pechen todos comunalmente en los pechos que i acaescen, y desto so maravillado como sodes osados de lo facer; onde vos mando que les guardedes sus cartas y sus firmedumbres cuantas de Mí han sobre esta razon, y defiéndo vos, sopena de los querpos y de cuanto habedes , que de aqui adelante non les pasedes contra ellas en ninguna manera Y mando a los Jueces de Badajoz que fagan guardar esta mi carta, y los que asi no ficieren á los cuerpos y á  los que tobieren mе tornaría por ello, y de sus bienes facia entregar doblado de cuanto daño recibiesen por culpa dellos. Dada en Burgos veinte y siete dias de Agosto. Еrа de mil y tresciemtos y quince. Juan Rodriguez la mandó facer por mandado del Rey. Isidro Gutierrez la fizo escribir

   19 de Junio de 1278. Don Alfonso, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, &c. Por facer bien y merced al Concejo de Badajoz porque la villa sea mejor poblada, franquéoles la su feria, que todos aquellos que i vinieren con mercadurias á comprar y á vender que non den diezmo ni portazgo en la villa en cuanto duraren los quince dias de la feria: que hayan las franquezas y las libertades que han todas las otras ferias del mio reino; y defiendo firmemente que ninguno no sea osado de les pasar contra esto, ca cualquier que lo ficiese á él y á cuanto que hobiese me tornaria por ello. Y desto les mandé dar esta mi carta abierta, sellada con mio sello colgado. Dada en Segovia diez y nueve dias de Junio:, Era de mil y trescientos y diez y seis año. Isidro Gomez la fizo escribir por mandado del Rey.

    20 de Setiembre de 1279. Don Alfonso, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, 8cc. A vos Martin Gomez, Juez de Badajoz, ó aquellos que estuvieren en vuestro lugar, salud y gracia. El Concejo de Badajoz se me invió querellar y decir que hay algunos sus Jueces que ganaron cartas de Mí y del Infante Don Sancho mio fijo, en que mandábamos que ninguno no les entrase en sus heredades ni les cortase sus árboles dellas,no diciendo que cuando ge las dieron los sesmeros que las tomaron ellos por tal punto que los encinales y los alcornocales y las riberas y las piedras para sus aceñas y las cartas tales fincasen libres y quitas para el Concejo; y por razon de aquellas cartas que les toman y les embargan todas estas cosas sobredichas y no les quieren dejar usar dellas asi como antes usaban , y por esto recibe el Concejo grandes daños y menoscabos, y enviáronme pedir merced que mandase i lo que toviese por bien; onde vos mando que todos aquellos que en tal manera tomasen heredamientos, como sobredicho es, que non les consintades que embarguen al Concejo sus encinales, nin sus riberas, nin las otras cosas sobredichas que dicen que fincaron para el Concejo, y facédgelas guardar en aquella guisa que fuere mas mio servicio y pro del Concejo, ca non fué mi voluntad por cartas que ellos de Mí llevasen que aquellas cosas que el Concejo guardaron para sí fuesen mal paradas ; y de guisa lo faced que esta querella non venga mas ante Mí , y no fagades ende al. La carta leida, dádsela. Dada en Sevilla veinte dias de Setiembre, Era de mil y trecientos y diez y siete años. Juan Rodriguez, Alcalde, lo mandó facer por mandado del Rey. Nicolas Perez la fizo.

    23 de marzo de 1284. Don Alfonso, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, &c. A los Jueces y Alcaldes, y á todos los otros. que esta mi carta vieren, salud y gracia. Sepades que porque los de Badajoz me dijeron que á la sazon que se facia pesquisa sobre alguno especialmente, ó sobre todos generalmente por los malos fechos que se facen en la tierra, que muchos dellos pierden el derecho por razon que non habían el traslado en decir en ella; tengo por bien y mando que de cada pesquisa que se ficiere en esta razon , si fuere especial, que aquel contra quien fuere que haya el traslado de los dichos, y de las pruebas; y de la general los dichos el traslado segun las debe haber con fuero y con derecho para que pareciese en todo su derecho, para que la tal justicia sea cumplida, y ellos no reciban tuerto ninguno. Y mando á todos aquellos que lo hobieren de oir y de juzgar en cual manera quier que ge lo cumplan y ge lo guarden todo segun susodicho es, y non fagan ende al, ca cualquier que lo asi no ficiese al cuerpo y á cuanto que hobiese me tornaría por ello. Y desto les mandé dar esta mi carta sellada con nuestro .sello colgado. Dada en Sevilla veinte y tres dias de Marzo, Era de mil y trescientos y veinte y dos años. Pero Fernandez la fizo escribir.

   27 de Enero de 1285. Sepan cuantos está cаrte víeren como Yo Don Sancho, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, &c. por  facer bien y merced al Concejo de Badajoz, tengo por bien que cada que los caballeros de la villa fueren en hueste y llevaren lorigas de caballo, que hayan cada uno cuatro escusados por ellas que se puedan mejor y mas cumplidamente guisar para ir en mi servicio, cuando Yo por ellos inviare. Y desto mandé dar esta mi carta sellada con mi sello de cera colgado. Dada en San Esteban de Gormaz veinte y siete días de Enero, Era de mil y trescientos y veinte y tres años. Juan Rodriguez la fizo escribir por mandado del Rey.

    6 de Mayo de 1285. Sepan cuantos esta carta vieren como Nos Don Sancho, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, &c. por facer bien y merced al Concejo de Badajoz, dóles que hayan siempre el montazgo, y de los ganados tengo por bien que los tomen en Badajoz y en su término segun su fuero: digo y defiendo que ninguno no sea osado de les embargar nin de les contrariar el montazgo en ningun tiempo, ni de los pasar contra esta merced que les yo fago en ninguna manera, ca cualquier que lo ficiese pecharme hio en pena mil maravedís de la moneda nueva, y al Concejo sobredicho todo el daño doblado: y desto les mandé, dar esta mi carta abierta y sellada con mi sello colgado. Dada en Valladolid seis dias de Mayo, Era de mil y trescientos y veinte y tres años. Juan Rodriguez la fice escribir por mandado del Rey.

   15 de Mayo de 1285. Sepan cuantos esta carta vieren como Yo Don Sancho, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, &c. por facer bien y merced á el Concejo de Badajoz, y por se poblar mejor la villa y el término, mando que todos aquellos que vinieren á poblar de aqui adelante, tan bien de Portugal, como de la tierra de las Ordenes, como de otras partes, que non sean mamposteros, que sean escueados, del dia que i se ficieren vecinos fasta diez años cumplidos, de todo pecho y de todos pedidos, y de todo servicio, y de toda ayuda, y de martiniega, y de fonsado, y de fonsadera, y de toda facendera, y dé todo pecho cualquier que acaeciere, salvo de moneda forera de siete en siete años. Y mando á el mio Notario de la villa que lo escriba en todo en registro cada uno en cual tiempo viene i poblar de cual logar, porque sepa dar recado dellos. Y defiendo firmemente á los míos cogedores y á los otros cualesquier que los pechos hubieren de recaudar por cual razon quier, que ninguno no sea osado de les reyudar por ello, nin de les ir, nin de les pasar contra esta merced, nin contra esta libertad que Yo les fago, ca cualquier que lo ficiese pecharme hia en pena mil maravedís de la moneda nueva y á ellos todo el daño que por ende recibieren doblado, y demas á él y á lo que hobiese me tornaría por ello. Y mando al Concejo y al Juez y á los Alcaldes que los guarden y los amparen y los defiendan que ninguno non los fagan fuerza, nin tuerto, nin mal ninguno, nin los pase contra esto que Yo mandé ; y non fagan ende al, si non á ellos, y á lo que hobiese me tornaria por ello: Y desto les mandé dar esta carta sellada con mio sello colgado. Dada en Avila trece dias de Mayo, Era de mil y trecientos y veinte y tres años. Alfonso Godinez la mandó facer por mandado del Rey. Lope Zelamiez de la Cámara la fice escribir.

    17 de Mayo de 1286. Don Sancho, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, &c. Al Juez y á los Alcaldes de Badajoz salud y gracia. El Concejo de la villa me invió á decir que hay heredamientos de aquellos que Yo i mandé medir, que pero que quieren mostrar aquellos cuyos son que los compraron en tiempo que i non habia Notario nin Escribano que les notificase, ó que se los dieron los sesmeros, ó que los fizo de su patrimonio, que aquel que anda i por Mí á medirlos que se los non dejan haber segun deben, y que me pedian merced que mandase i lo que toviese por bien; onde vos mando, vista esta mi carta, que aquellos que pudieren mostrar en verdad que los compraron , como quier que no tengan cartas ende , ó aquellos que heredaron de su patrimonio ó que ge los dieron en aquella guisa que dicho es, que le recibades la prueba, y los que lo mostraren que se lo non tomedes , nin consintades que ellos que i andan por Mí, que se los non tomen nin les fagan en ello fuerza, nin otro mal ninguno; y no fagades ende al, si non á vos y á lo que hobiésedes me tornaría por ello: la carta leida, dádgela. Dada en Burgos diez y siete dias de Mayo, Era de mil y trecientos y veinte y cuatro años. Arias Gomez la mandó facer por mandado del Rey. Alfonso Yañez la escribió.

   2 de Diciembre de 1286. Don Sancho, por la gracia de Dios , Rey de Castilla, de Leon, &c. Al Concejo de Badajoz salud y gracia. Sepades que Yo hablé agora en Palencia con homes-buenos que eran i conmigo que eran de las villas de Castilla y de Leon, Estremadura, y dígeles como había gran voluntad de facer merced á todos Concejos de mi tierra, y mandélos que catasen aquellas cosas en que temia que recibiades algunos agravamientos, y que en eso y en lo otro que vos Yo pudiese hacer merced que lo haria muy de grado; y ellos hobieron consejo y mostráronme aquellas cosas en que acordaron de pedir merced ; y Yo tóvelo por bien y otorguelo segun aqui fue dicho. Primeramente que aquellas cosas que Yo di de la mi tierra que pertenecieren al Reino, tan bien á Órdenes como á fijosdalgo y á otros homes cualcequier, seyendo Yo Infante, y despues que reiné fasta agora cuanto Yo pudiera las tornar á Mí y que las non dé de aqui adelante, porque me ficieron entender que menguaba por esta razon la mi justicia y las mis rentas, y se tornaba en gran daño de la tierra. Y otrosí otorgo que no consiento que otros homes, nin Infanzones, nin ricas dueñas compren ni vayan en las mis Villas, ni en el mio realengo, heredades foreras, nin pecheras, nin otras ningunas, y que los fijosdalgo non sean portellados,en las mía villas, si non los que ende fueren naturales vecinos, nin moradores, nin sean cogedores, nin arrendadores de los mios pechos: Y otrosí tengo por bien que la moneda blanca Alfonsí que agora corre que fizo el Rey, mio padre, antes desta que Yo agora mando labrar que se no abata, y que compren y vendan por ella asi como fasta aqui ficieron en la valia desta moneda nueva que agora mando labrar que la non dé nin la mengüe, y que esta corra en toda mi vida asi como prometí en Burgos: Y otrosí, tengo por bien de tirar los Jueces y los Alcaldes y las Justicias que habia puestas en las Villas, y los otros mayorales que andaban por la tierra, á que llamaban guardianes: y Yo que fié la mi justicia en homes-bonos de cada Villa que los fagan por Mí , y à los que la non ficieren como deben que me torne Yo por ello á ellos y á lo que nobieren; pero si en algunas Villas enten que les cumple Juez ó Justicia, ó Alcalde, y me lo pidieren el Concejo, ó los mas del lugar, que Yo se lo dé, tal que non sea de fuera de mio Señorio , y que sea del Reino onde fuere juzgado que tómelos i antes una vez en el año cuando fuere en la tierra ansí como se usó en tiempo del Rey Don Alfonso, mio Bisabuelo, y del Rey Don Fernando, mio Abuelo; y que me den por la mi yantar seiscientos maravedís de la moneda de la guerra, y no mas; y por la yantar de la Reina, mi muger, docientos maravedís desta misma moneda, ó la cuantía en esta moneda que se agora labra á razon de á tres dineros á maravedí: Y otrosí que non llame á hueste los concejos sino cuando se hiciere hueste que sea menester, de guisa que se non pueden escusar; y los que fueren á la hueste que hayan sus escusados y sus franquezas segun que lo han por fuero, ó por previlegios, ó por uso cada uno en sus lugares; y si mandase ficar los concejos despues que los llamare, que los non demande fonsadera nin otro pecho ninguno por ello : Y otrosí que los caballeros vecinos de la Villa, señaladamente los de los alardes, que por sí mismos aguarden las señas en las huestes con sus concejos, salvo los que han privilegios, ó fuero que los non deban guardar, y que puedan haber señores, ó las bobieron por uso de luengo tiempo, que á estos atales que los vala: Otrosí tengo por bien de vos facer merced que Merino nin Adelantado, nin otro ninguno no faga pesquisa general si non Yo á querella del pueblo segun que debo facerlas en las Bienfectrias, y en los logares de los solariegos sobre el conducho que los fijosdalgo hi tomaren sobre las malhetrias que hi fícieren ; y cuando sobre las otras cosas la mandare facer, que faga dar el traslado aquellos en quien tañere , y que sean oidos sobre ella y juzgados por el fuero como debieren, fuera ende en las pesquisas de los míos pechos: Y otrosí mando que los Merinos no tomen yantar mas de una vez en el año y en los logares dó mudaren los merinos ante el año cumplido y hobieren ende levadas los yantares ; que los merinos que hi pusieren non tomen de allí yantares fasta que sea cumplido el año, y que non tomen ninguna cosa de aquellos que hi ficieren prender ó matar, salvo ende los hobieren fecho alguna cosa por segun lo fuero, ó por derecho le deben perder, y que non pasen por cartas por el mio sello de la puridad que por los otros mios sellos para emplazar nin para prender, nin para tomar á ninguno lo que hobiere, y que ninguna cosa que digan que hayan fecho, si non fuere justa y dada de Alcalde de mi Corte que sea de fuero por ó se debiere juzgar, salvo ende si fuere cosa mucho apresurada que taniere contra mio Señorío : Otrosí , tengo por bien de poner guarda en la mi Chancillería que non tomen por los previlegios nin por las cartas mas aquel lo que dice el ordenamiento que hizo el Rey, mio Padre, que es sellado con so sello: Otrosí, que cuando Yo hobiere á poner cogedores que ponga homes bonos de las Villas que no sean Alcaldes nin aportellados, y que les mande dar comunal galardon , y que den la cuenta despues llanamente, y que se la mande tomar sin escribir, de guisa que se non detenga mucho en la dar por culpa de aquellos que la hobieren de tomar por Mí, y que no den Chancillería por las cartas del quitamiento de la cuenta, nin de la pesquisa; y aquellos que Yo pusiere por cogedores que ellos cojan el pecho por sí mismos, y que hayan los pecheros las libertades y las mercedes que Yo fice á los de Galicia, que son estas: El que hobiere contra de diez maravedís üe la moneda nueva, que son sesenta de los de la guerra, que pechen un maravedí de esa misma moneda por servicio ó por moneda cuando me la bobieren á dar ; y el que hobiere contra , tomen los maravedís, que pague medio maravedí desa misma moneda, ó la contra della en esta moneda que Yo agora mando labrar, que facen diez dineros el maravedí de los de la guerra; y si hobiere contra de mas de cinco maravedís , y no llegare á diez maravedís , que non peche mas de medio maravedí, y el que hobiere menos contra de cinco maravedís de la moneda sobredicha que non peche ninguna cosa: esto que non sea i contados los paños de su cuerpo, nin de su muger, nin de sus hijos, nin la ropa de sus lechos; y que non preindeis por esto bueyes, ni bestias de arada fallando otro mueble en raiz que prendar: Otrosí, tengo por bien de non tomar ninguna cosa de la pesquisa que mando facer sobre el realengo y abadengo y las behetrías fasta que las vea Yo y la libre como fallare por derecho, porque lo que fue asinado de los términos de las mis Villas sea á ellas tornado, porque me puedan dar los mios pechos, y los otros heredamientos que tornen á los herederos daquellos cuyos fueron porque mande facer por sus almas cantar misas y lo al que mandaron en sus testamentos, y lo que á ellos no perteneciere que finque en mio realengo para Mí; y esto non mando por las heredades realengas y foreras en que Yo he de haber mio derecho, mas que sea en lo que cabiere la pesquisa á las heredades de las behetrías, porque de estas atales pueden facer sue dueños lo que quisieren : Y tengo por bien de quitar la pena que demandaba fasta aquí á los que labraron los saludos de los Concejos que los hayan las Villas libres y quitos, asi como los habían en tiempo de nuestro Abuelo, y de nuestro Padre : Y otrosí mando que los servicios que me dieren los de la tierra que se den con moneda forera : Y otrosí tengo por bien que los que murieren sin testamentos que finquen sus bienes á sus herederos segun mandare el fuero del Reino dó acaescieren :, y que no hayan poder los que recaudan la fonsada de recaudar nin de tomar ende alguna cosa: Y otrosí tengo por bien que los judios non hayan Alcaldes apartados asi como los agora tienen., mas que el uno daquellos bomes bonos en quien Yo fiare la justicia de la villa libre sus procedimientos apartadamiente en manera que los cristianos bayan su derecho, y los judíos el suyo, y que por su culpa daquel que lo hobiere de juzgar no reciban los judíos anlojamiento porque se detenga el derecho que me hobieren á dar. Y porque todas estas cosas sean firmes y estables, otorgo de vos las tener y guardar en todo, segun que en esta carta se contiene; y prometo de vos non venir contra ellas en ningun tiempo; y mandevos dar esta carta sellada con mio sello colgado. Dada en Palencia dos dias de Diciembre, Era de mil y trescientos y veinte y cuatro años. Isidro Gomez, Tesorero de Oviedo, la mandó facer por mandado del Rey. Pero Alfonso la fice escribir.

    24 de Abril de 1287. Don Sancho, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, &c. El Juez y los Alcaldes de Badajoz me inviaron á decir que hay homes sin vecinos que ganaron mis cartas de la mi chancillería en que les mando que juzguen i la martiniega, y que les den los Regientes della treinta maravedís de la moneda nueva porque la juzguen, non diciendo como el Rey mio Padre y Yo ficimos merced al Concejo en que le dimos que hobiese el que tuviese la su seña estos treinta maravedís, y le recudiesen con ellos, y los cogedores di de la martiniega que por esta razon de esas cartas les embargan estos treinta maravedís, y enviáronme pedir merced que mandase i lo que toviese por bien; Porqué vos mando que. luego vista esta mi carta que veades la carta que el Concejo tiene en esta razon del Rey, mio Padre; y de Mí, y facédgela cumplir en todo segun que en ella dice, y no lo degedes por carta que vos otro ninguno dél muestre en esta razon , ca Yo no tengo por bien que lo que el Rey , mio Padre, y Yo mandamos al Concejo para el que tuviese la su seña, que le sea tollido: Y no fagades ende al por ninguna manera, si non cuantos daños ó menoscabos el Concejo, ó el que tuviese la su seña recibiesen de la mengua de lo que vos yo mando facer, de lo vuestro ge lo mandaria entregar todo doblado. La carta leida, dádsela. Dada en Sigüenza veinte y cuatro días de Abril, Era de mil y trescientos y veinte y cinco años. Johan Mach la fice escribir por mandado del Rey.

    5 de Febrero de 1270. Don Sancho, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon , &c. A todos los Alcaldes, Jueces y Justicias de las Villas y de los lugares del Obispado de Badajoz que esta mi carta vieren, salud y gracia. Sepades que muchos homes buenos de Castilla y de Leon que andan acá conmigo se me querellaron que cuando acaesce que ellos y sus homes pierden azor, ó falcon , ó gavilan, andando á caza, é en otra manera, que aquellos que los fallaban que los escondían en guisa que los nunca podían haber y pidiéronme merced que Yo que mandase poner escarmiento en ello; y porque acaesce esto tambien en las mis aves como en las suyas y en todos los de la tierra , tóvelo por bien. Onde vos mando á cada uno de vos en nuestros lugares que mandeis apregonar que todos aquellos que, fallaren azor, ó falcon, ó gavilan que lo vengan decir fasta tercer dia ante vos ó ante el Escribano público, porque aquel cuya fuese la ave que la haya : Y mando que le den por fallazgo del azor diez maravedís de la moneda de la guerra, y del falcon tres maravedís, del gavilan dos maravedís; y si del tercer dia en adelante lo tovieren y no lo viniere decir, mando que si fuere home bono que lo peche en las novenas, y si fuere otro home que non haya las novenas, que lo matedes por ello: y esto establezco y mando que se use asi para siempre jamas, y vos facedlo asi cumplir so pena de los cuerpos y de cuanto que habedes: y no fagades ende al. Dada en Toledo cinco dias de Febrero, Era de mil y trescientos y veinte y ocho años. Alfonso Godinez la mandó facer por mandado del Rey Rodrigo Alfonso la fizo escribir.

    6 de Mayo de 1292. Sepan por este previlegio todos los que agora son y serán de aqui adelante como Nos Don Sancho, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, &c. en uno con la Reina Doña María, mi muger, y con mis hijos el Infante Don Fernando, primero heredero, y con el Infante Don Alfonso, por facer bien y merced al Concejo de Badajoz, y por mucho servicio que ficieron al Rey Don Alfonso nuestro Padre ( que Dios perdone ) y á Nos, y entendiendo que es gran pro de la Villa y del término, que se poblará mejor, y que por ninguna manera no lo puedan escusar, dámosles y otorgámosles que hayan para siempre jamas todos los montes y las riberas, y los sotos de los árboles que en ellos son, y los encinales y los alcornocales, y las aguas, y los fornos de cal, y las piedras para haceñas y para los molinos que son en el término de Badajoz: Y mandamos y defendemos firmemente que ninguno no sea osado de defender, nin embargar, ni amparar al Concejo de Badajoz, ni al Concejo deste lugar estas cosas sobredichas nin ninguna dellas por carta ni por previlegio que tengan del Rey nuestro Padre, nin de Nos, nin del tercero de Badajoz, nin de otro ninguno en esta razon fasta aqui, nin por otra cosa ninguna: Y esto facemos porque fallamos por carta del Rey nuestro Padre, y por pesquisa que Nos mandamos facer, que si tales cartas valiesen era gran daño de la tierra y gran despoblamiento dende ; y si fasta aqui alguna cosa hobieren cortado ó tomado de los sotos, ó de algunas cosas destas porque al Concejo demanda hubiésemos contra ello perdonámosgelo, y de aqui adelante que fagan dello aquello que fallaren que será mas á pro de su comun; y cualquier que contra esto fuese, habrie la nuestra ira y pecharme hie en coto diez mil maravedís ríe la moneda nueva, y al Concejo sobredicho, ó al comun, ó á quien su voz tuviese todo el daño doblado, y demas á él y á cuanto hobiese nos tornaríamos por ello. Y mandamos á los Alcaldes que ahora son y serán de aqui adelante en Badajoz que si alguno i hobiere que pase en cualquier manera contra esta merced, que Nos al Concejo de Badajoz sobredicho y al comun dende facemos, que ge lo non consientan, y que le peindren en todo cuanto le fallaren por la pena sobredicha, y fagan délla lo que Nos mandaremos, ca nunca fué voluntad del Rey nuestro Padre, ni nuestra, que otro hobiese estas cosas sobredichas nin ninguna dellas si non el Concejo de Badajoz, porque comunialmente se pudiesen de todas aprovechar; y non fagan ende al, si non cuantos daños y menoscabos el Concejo recibiesen por mengua de lo que Nos i mandamos facer de lo suyo ge lo mandaríamos entregar todo doblado : Y porque esto sea firme y estable mandámoslos dar este previlegio sellado con nuestro sello de plomo. Fecho en Burgos, martes seis dias andados de Mayo, Era de mil y trecientos y treinta años. Rui Martinez Capiscol de Toledo lo fice escribir por mandado del Rey.

    Confirmados todos los privilegios que quedan referidos por Don Sancho cuarto en Toro á 12 de Octubre de 1293.

    Por Doña Juana en Valladolid á 12 de Febrero de 1509.

    Por Don Felipe segundo en Madrid á 22 de Setiembre de 1566.

    Por Don Felipe tercero en Valladolid á 10 de Diciembre de 1603.

    Por Don Felipe cuarto en Madrid á 11 de Febrero de 1640.

    Concuerda con el registro que está asentado en los libros de privilegios y confirmaciones. Libro num. 263, art. 110.—Está rubricado.

    En el año 1273 se crea el Honrado Concejo de la Mesta de Pastores, al amparo del rey Alfonso X, por la gran importancia que la cabaña trashumante empezaba a tener en aquella época, entre otras atribuciones tenia el control del trafico ganadero y el cuidado de las vías pecuarias, que llagaron a tener mas de 150.000 kilómetros y fue, sin duda, un gran eje de comunicaciones que facilitaba, además del trasiego ganadero, la penetración de la cultura. Todavía se pueden escuchar canciones mesteras como "Ya se van los pastores pa la Extremadura, ya se queda la sierra triste y callada..."

   De todas estas rutas, la Cañada Real Soriana Occidental, con sus 700 kilómetros de recorrido, naciendo cerca de Abejar en Soria, cruzaba la cañada Galiana en la Sierra de las Cabrejas, la Segoviana en el puerto de Somosierra, la Leonesa Oriental en el puerto de Guadarrama, Sancho Reja en Ávila y la de la Plata en Los Santos, completando su camino entre Badajoz y Olivenza, dando a la zona su peculiaridad y forma de vivir, junto a su cultura.

    En 1289 fue lugar de disputas entre dos facciones enemigas los "bejaranos y portugalenses", que acabaron gracias al castigo ejemplar de Sancho IV.

   Las guerras civiles castellanas en los siglos XIII y XIV, la división eclesiástica, y la existencia de grandes concejos de realengo, marcaron la vida de esta ciudad durante la Edad Media.

    Poblacion General de España, J.A. Estrada Tomo I Madrid 1768

    Ciudad de Badajoz. Cercana á la buelta que hace á Medio-dia el caudaloso Guadiana, con famoso puente de admirable fabrica yace la ciudad y plaza capital de Badajoz, propugnaculo de la provincia de Extremadura, y llave de Castilla para los confines de Portugal, media legua del rio Caya, que divide los terminos de los dos Reynos, fortificada de un poderoso castillo, que le sirve de ciudadela, que la predomina, con artillería, Almacenes y quarteles, batiendole las olas y corrientes de Guadiana al Occidente, sirviendole de formidable foso; y de la otra parte en un cerro el fuerte de S. Christoval; al Medio-día otro, llamado las Pardaleras, fuera de los muros. Está cercada de antiguas murallas, entrase por cuatro puertas, siendo las principales la de la Trinidad al Oriente, y á Occidente la de las Palmas. Es fértil de pan, vino, aceyte, ganados ( con gran trato de lanas ) sabrosos quesos, abundancia de leche, aves, cazas, frutas, y pesca. Habitanla 64500 vecinos y muchos caballeros que se dividen en tres Parroquias: tiene cinco Conventos de Frayles, siete de Monjas tres Hospitales, y diez Ermitas. Hace mercado franco Martes de cada semana; usa por armas en escudo azul dos leones, subiendo a dos columnas, con la letra Non plus ultra y al timbre corona. Tiene Gobernador de las armas y de lo politico, treinta y seis Regidores y Jurados, y un Capitan General para comandar toda la provincia.

    Fundóla, segun la mas segura opinion, veinte y dos años antes de la humana Redencion:, el Emperador Octaviano Augusto, nombrandola Pax Augusta, Paz de Augusto, levantandola á Convento Jurídico ó Chancillería, y Colonia del derecho Italico, en donde la antiguedad mantuvo un famoso Templo de Belona: dexando aparte el que otros dan por su poblador á Julio Cesar, equivocandola con Beja en Portugal llamada aquella Pax Julia, de donde vino ultimadmente trasladada, la silla Episcopal á esta„aunque yá la havia en Badajoz siendo su primer Prelado Dominicano, año 347.Su Cathedral con la invocacion de S. Juan. Bautista es servida de seis Dignidades, quince Canonigos, y catorce Racioneros; comprehendiendo el Obispado 53 Pilas Bautismales, que rentan, á su Obispo 18 mil ducados. Dominada de Moros y la impusieron Beled Ayx, interpretado Tierra de vid y nogales. Conquistóla el Rey Ordoño II. en 917 despues Fernando II de Leon en 1180. Poblóla, estando arruinada, Don Alonso IX. de Castilla en 1200 y buelta á perder, la ganó ultimamente D. Alonso X de Leon en 1228. Es digno de saberse, que por los años 1289; en los vandos Portugaleses y Bejaranos„ siguiendo estos la voz del infante D Alonso de la Cerda contra su tio D. Sancho IV. Rey de Castilla. sosegada, la borrasca, mando este degollar 40 Bejaranos, que pusieron en el osario, permaneciendo hoy el campo con el nombre de Ensario.

    Ha procreada famosos varones en letras y armas como Isidoro y Agringio sus Obispos, Sisenando el menor, que padeció martyrio en Gordova. Gozó en algun tiempo, titulo de Ducado hasta los Reyes Catholicos, que la incorporaron á la corona. Quien quisiere vér por mas extenso lo dicho, y saber de sus grandes Fueros, lea a Don Antonio de Guevara Obispo de Mondoñedo, en cierta Epistola escrita á un Padre de esta Santa Iglesia.

    El año de 1705. á 2 de Octubre un exercito de Portugueses, comandado por el Marqués dé las Minas, y el Conde de Gallobay, pusieron sitio formal á esta plaza, atacandola con una linea desde el Convento de S. Gabriel hasta la Ermita de S. Roque, frente de la puerta de la Trinidad: y el 14 del referido tenia la plaza yá  una brecha abierta, sufíciente para el asalto. La defendia valerosamente D.Domingo de la Canal y Soldevilla su Gobernador, experimentado soldado, de nacion Catalán, muy afecto al Rey Phelipe, á quien avian sacado de la plaza de Melilla, en donde acreditó su zelo, resolucion y conducta en saber defender las plazas; el qual, no quitandose de la brecha, y disponiendo muchas salidas, haciendo un continuado fuego, dió tales disposiciones, que mantuvo con tesón el empeño, tanto que dio lugar para que el Mariscal de Tesé juntase en Talavera, tres leguas distante de la plaza, un exercito de Españoles y Franceses, y le entrase socorro el dia 15. y marchando en batalla á vista del enemigo, fue motivo para que levantase el asedio en 17. del mismo mes, retirandose á Olivencia.

    Siempre esta plaza ha sido atacada de los Portugueses, quando se ha ofrecido, por esta parte; porque al Occidente la hace fuerte el rio de Guadiana, que corre baxo de sus murallas, sin mas entrada por aqui, que la referida puerta de las Palmas, donde está su puente prodigioso, antiguo, espacioso, y de los mejores de España, y en su extremo un fuerte, que llaman Cabeza del Puente, con artillería, empalizada y foso, que la defiende y cierra.

    Sus fortificaciones modernas son por la puerta de la Trinidad, para cubrirla con su foso, estrada cubierta, angulos salientes, y minas: cuyas obras al presente no están perfeccionadas, ni acabadas: y hay proyectada una empalizada para cubrir todas las fortificaciones exteriores en esta parte.

    La ciudad está en un llano, las calles buenas y derechas: tiene dos plazas, la de S. Juan, donde está la Cathedral; otra arriba á la entrada del castillo: este es muy espacioso. Tiene una Parroquia de Santa Maria, la Iglesia mas antigua de la ciudad. Es escasa de agua por tener fuera las fuentes, por lo que se provee el comun de la del rio, que guardan en algives. Al presente es cabeza de su provincia, donde reside el Intendente de ella y la Contaduría, que antes estaba en Mérida, que era la capital.

    NARRACIÓN DE LOS SUCESOS PRINCIPALES DE LA HISTORIA DESDE EL AÑO 1600 HASTA 1808.NUEVA EDICIÓN. TOMO NOVENO Y ÚLTIMO. MADRID: 1828. Juan de Mariana

CAPÍTULO VII Continuacion de la guerra de los treinta años. Sitio de Fuenterrabía. Batallas de Thiomille y de Salsas. Sitio de Arras. Sublevacion de Cataluña. Revolucion de Portugal. Sitio y batalla de Barcelona.

INTERVALO DE CUATRO AÑOS, DESDE 1638 HASTA 1641.

Mientras en Cataluña proseguia el incendio de la guerra civil, la corte de España perdia para siempre el reino de Portugal. Desde que Felipe II habia unido á su vasta monarquía aquel reino , poderoso entonces por sus colonias y comercio , nada se habia hecho dirigido á captar los ánimos de sus naturales, á darles intereses que les hiciesen mirar la España como su patria comun , y á inspirarles el amor á sus reyes. La administracion de Felipe III fue tan dulce, que no les dió motivo de quejas particulares. Mas los proyectos de dominacion absoluta que el conde duque revolvia en su animo infatuado con la idea del poder, aceleró la revolucion que tarde ó temprano debia suceder. El conde duque reunió las cortes de Portugal en un pueblo de Castilla ; castigó con rigor escesivo algunas rebeliones parciales de los pueblos ; formó el proyecto de unir el Portugal á la España, para lo qual quiso obligar á los grandes de aquel reino á residir en Madrid ; quebrantó los fueros y holló las leyes y costumbres del pais ; en fin aunque la duquesa viuda de Mántua era virreina de Portugal y tenia un consejo compuesto de señores portugueses de la primera clase para el gobierno, sin embargo nada se hacia sin la orden inmediata del conde duque , cuyo instrumento era Vasconcelos, secretario del virreinato. El gobierno español fue aborrecido y se empezó á conspirar, fijando los ojos la grandeza y el pueblo en el duque xle Braganza, que era el príncipe de la sangre real de Portugal mas inmediato al trono.

El conde duque, que ya había tendido lazos al de Braganza para que viniese á Castilla, quiso estrecharle á ello con el pretesto de que debia acompañar á S. M. contra los catalanes, poniéndose al frente de la nobleza portuguesa. El duque de Braganza se escusó con la cortedad de sus rentas que no le permitian presentarse con el esplendor competente en la corte de Madrid. El conde duque le hizo entonces general de las tropas del reino de Portugal, y le encargo que visitase y examinase las fortalezas de aquel reino , y al mismo tiempo dió orden secreta á los gobernadores de las plazas para qué se le prendiese en cualquiera de ellas que entrase.

Este lazo tendido al duque fue la causa de su elevacion. Los pueblos le conocieron, le miraron como la prenda de su independencia, y la conjuracion dirigida por su mayordomo Pinto adquirió dobles fuerzas, siendo muy de estrañar el secreto que se guardó á pesar de ser tan numerosa. El duque no entraba en las plazas fuertes sino muy bien acompañado v á cubierto de todo insulto. Al fin el conde duque le mandó de orden del rey que viniese á Madrid. El respondió que obedeceria , y viéndose entre el trono y el cadahalso, como lo decia su esposa, hija del duque de Midina Sidonia, y mugar de gran vigor de alma , venció la irresolucion que le era natural , y el volcan estalló.

El dia primero de diciembre , á las ocho de la mañana, se presentan los conjurados en el palacio de Lisboa. Pinto disparó una pistola, que era la señal; acometen y desarman las guardias que estaban descuidadas; asesinan á Vasconcelos y arrojan el cadáver por los balcones; prenden á la virreina, la obligan á firmar una orden para que se les entregasen la cindadela y los castillos vecinos á la capital, lo que se verificó en el momento, y en menos de tres horas Lisboa, llena de júbilo, levantó pendones por don Juan IV , rey de Portugal.

En las provincias se repitió lo mismo., Los españoles salieron de todas las plazas y se volvieron á Castilla. Solo hizo resistencia el gobernador de la ciudadela de San Julian , que está en la desembocadura del Tajo; pero habiendo resistido al ataque de los portugueses , no pudo resistir al oro y la vendió al rey don Juan. Este pasó á Lisboa , dió forma al gobierno, hizo alianzas con las naciones estrangeras enemigas de España , y se preparó á conservar con el valor y las armas el reino que había adquirido por medio de una conspiracion.

La historia no debe omitir el modo que tuvo el conde duque para hacer saber á Felipe IV tan desagradable noticia. «Señor, le dijo, doy á V. M. la enhorabuena da haber adquirido un ducado y grandes posesiones y rentas." «¿Cómo asi?" le preguntó el rey. Y el ministro prosiguió: «el duque dé Braganza ha perdido la cabeza , y se ha dejado engañar por un populacho que le ha proclamado rey de Portugal, y por el hecho mismo sus bienes quedan confiscados y reunidos a la corona. "

Nada prueba mas la ignorancia en la ciencia politica que tenian los españoles de aquel tiempo que la pérdida del reino de Portugal. Al mismo tiempo que se hacian los mayores sacrificios de sangre y dinero por conservar en Flandes ó en el Milanesado una provincia ó una plaza que nada nos importaba, se dejó perder casi sin disparar un tiro el reino de Portugal , que redondeaba la monarquía , y que tenia posesiones tan importantes en ambas Indias, cuando para conservarlo solo se necesitaba ser precavidos y justos. Ya se deja entender que perdida la metrópoli , las colonias portuguesas de ambas Indias siguieron su ejemplo. Solo conservó España á Ceuta de las posesiones ultramarinas del Portugal.

1641. En las fronteras de Portugal solo se hizo la guerra de latrocinio, porque España tenia ocupadas en Cataluña todas las fuerzas de que podia disponer en la península , y Portugal aun no habia podido formar un ejército. Esta guerra se hizo con barbarie, causando mucho daño en los pueblos , pero sin resultados decisivos. El suceso mas notable que aconteció este año en Portugal fue la conspiracion del arzobispo de Braga, en la cual entraron personas de la alta nobleza. Se dirigía a restablecer en aquel reino el dominio de los españoles ; mas fue descubierta á tiempo y castigada.

Este año se vió España á pique de perder la Andalucia. Don Gaspar Alonso Perez de Guzman , duque de Medina Sidonia y gobernador de aquella provincia , formó el proyecto de apropiarsela y coronarse rey de ella, animado por el buen éxito de la conjuracion de Portugal, é instigado por su cuñado don Juan IV. El marques de Ayamonte, su pariente, le auxilió en ella, y le prometió los socorros de Portugal, y aun la connivencia del conde duque, que estando enlazado Con la casa de Medina Sidonia, no podria mirar con disgusto su engrandecimiento, y lo favorecería en secreto. El marques seguia la correspondencia secreta con el rey de Portugal por medio de fray Nicolás Velasco, que habia pasado á Lisboa con otros pretestos. Un español, antiguo tesorero de ejército , que estaba prisionero en Portugal, habiendo solicitado y obtenido su libertad por medio de aquel religioso , le dijo no osaba volver á Madrid, porque se le exigirian cuentas de la caja de su tesorería , que habia sido robada; y que pensaba refugiarse en Andalucía á la sombra del duque de Medina Sidonia , cuyo pariente era , aunque lejano. E1 religioso cayó en las asechanzas que aquel hombre astuto le tendia , le comunicó el secreto , y le despachó fiándole dos cartas para el marques de Ayamonte. El mensagero pasó á Madrid, dió parte al conde duque de todo lo que habia averiguado y le entregó las cartas. El duque de Medina Sidonia obtuvo el perdon del rey echándose á sus píes , y confesando con lágrimas su delito; pero el marques de Ayamonte pagó el suyo en un cadahalso.

"CAPÍTULO XI.

Continuacion de la guerra con Francia. Sitio y batalla de Palencienes. Sitio de Olivenza. Sitio y batalla de Dunljuerfjue. Sitio de Badajoz. Sitio y batalla de Elvas. Paz de los Pirineos.

INTERVALO DE CUATRO AÑOS, DESDE 1 656 HASTA 165().

Ya era tiempo de que la guerra de Portugal. tomase un aspecto mas regular , pues desde la proclamacion de don Juan IV hasta i656 solo había consistido en pillages y correrías. La ocasion era oportuna, porque la guerra de Cataluña, desterrada á la frontera del Rosellon , no daba cuidado a la corte de Madrid ; y por otra parte la muerte del rey don Juan, que dejó por heredero á su hijo don Alonso VI en menor edad , bajo la regencia de su madre, parece que prometia grandes ventajas á las armas castellanas.

Asi casi todas las nuevas levas se enviaron á Estremadura, de cuya provincia y ejército era capitan general el duque de San German.

1657. Apenas se abrió la campaña pusieron los españoles sitio á Olivcnza, defendida por don Manuel de Saldaña , valeroso y patriota , pero sin conocimientos militares. Mandaba una guarnicion de cuatro mil hombres y cien caballos. La plaza se halló pronto muy estrechada , y el ejército portugués, al mando del conde de San Lorenzo , llegó a socorrerla con fuerzas casi iguales á las de los españoles ; pero viendo á estos formados en orden de batalla para resistirle, ni se atrevió á atacar las líneas, ni el duque de San German supo aprovecharse de este movimiento de terror de los portugueses. Al fin estos se retiraron y Olivenza se rindió. Igual suerte tuvo Ja plaza de Mouraon, que hahiendo resistido un asalto no esperó al srgundo para capitular. Despues de esta espedicion nuestras tropas tomaron cuarteles de verano, segun la costumbre de aquella frontera. La reina de Portugal quitó el mando del r jérciro al conde de San Lorenzo, que «i habia' sabido defender sus plazas ni atacar las enemigas , y lo dió á don Juan Mendez de Vasconcelos , oficial bábil y valiente. En la campaña siguiente sitió este general á Mouraon y la recobró.

1658

La campaña de Portugal comenzó con mejores auspicios. El consejo de la reina determinó el sitio de Badajoz , y el general Vasconcelos marchó contra esta plaza al frente de diez mil infantes y tres mil caballos. El duque de San German puso la plaza en estado de defensa , y dió aviso á la corte del proyecto de los portugueses. Don Luis de Haro le tuvo por increible; y su incredulidad le pudo costar mucho, pues el primero de junio se acampó el ejército portugués en la ribera del Caya , y el trece se presentó de lante del fuerte de San Cristóval, llegando su caballería á vista de la plaza , y el veinte y tres por la nocha atacaron el camino cubierto que defendia el puente de comunicacion entre la ciudad y el castillo. Fueron rechazados con gran pérdida en este ataque. El general Vasconcelos , dejando el fuerte de San Cristóval, pasa el Guadiana, se apodera del fuerte de San Miguel y sitia la plaza.

La alarma en la corte de Madrid fue tal , que don Luis de Haro tuvo que venir á Estremadura á dirigir por sí mismo el socorro de Badajoz ; y en breve marchó al frente de un ejército, formado con suma prontitud para hacer levantar el sitio. Vasconcelos, que había perdido mucha gente por las enfermedades que produce el calor en las riberas del Guadiana, y en los ataques infructuosos que había dado á la plaza, se  retiró en buen orden antes que llegara el ejército español, y se apostó bajo el cañon de la plaza de Elvas.

Don Luis de Haro, que se hallaba al frente de un ejército de catorce mil hombres de infantería y cinco mil caballos , cuyo solo nombre habia arrojado á los enemigos de la provincia , determinó emplearlo en alguna espedicion donde adquiriese mucha gloria , y resolvió sitiar á Elvas. Vasconcelos perdió el destino de general del ejército de Alentejo por la desgracia da espedicion de Badajoz , y se dió el mando de aquellas tropas á Andres de Alburquerque , y despues al conde de Castañeda. Los portugueses no se atrevieron á mantenerse en campaña, y se encerraron en sus plazas fuertes, apenas el ejército español se dirigió á Elvas. Las obras esteriores de la plaza fueron ocupadas sin dificultad , y el sitio se puso en toda forma.

1659 El sitio de Elvas proseguia, mientras los portugueses juntaban un ejército que socorriese la plaza. Su gobernador don Sancho Manuel y la guarnicion, que estaba reducida á mil hombres , hablan determinado sepultarse bajo sus ruinas. El conde de Castañeda determinó atacar el campo español, á pesar de que cada dia recibia nuevos refuerzos , y se presenta á vista de la plaza en las colinas de Azomada.

Don Luis de Haro propuso á los oficiales principales de su ejército salir á recibir al enemigo fuera de las líneas. Pero esta operacion que se habia repetido muchas veces en Flandes se tuvo por impracticable; lo que prueba que ya se iban perdiendo entre los militares españoles las buenas tradiciones militares. El ministro, que no era guerrero, ni habia de dirigir las operaciones , cedió, y los portugueses atacaron las líneas con una impetuosidad igual á la vigorosa resistencia que encontraron. Se peleó con el mayor valor y obstinacion todo el dia. El valeroso Alburquerque murió gloriosamente en el ataque de uno de los fuertes que protegían las trincheras. Los españoles derrotados en el ala izquierda' se sostenian todavia en la derecha; pero el duque de San German, que la mandaba , recibió un tiro de mosquete en la cabeza, y se vió obligado á retirarse. Desde entonces hubo en el ejército español un espantoso desorden. Don Luis de Haro se habia retirado apenas vio derrotada el ala donde estaba. Los enemigos siguieron el alcance de nuestro ejército hasta Badajoz.

En esta memorable jornada perdimos cuatro mil hombres entre muertos, heridos y prisioneros. Los portugueses tuvieron dos mil muertos y muchos heridos. La corte de Madrid cometió un yerro gravisimo en no haber dado el mando del ejército á un general esperimentado; todo se perdió porque don Luis de Haro quiso coronarse, dé una gloria que no era la de su profesion. Sin embargo , el rey , que era naturalmente magnanimo , le hizo volver á la corte , alabó su zelo, le consoló en su infortunio , y le declaró que no había caido de su favor ni del ministerio. Al mismo tiempo el marques de Viana se apoderaba de Monzaon, Salvatierra y Portela en las fronteras de Galicia; consuelo muy pequeño para la derrota de Elvas."

CAPITULO XII.

Continuacion de la guerra de Portugal. Casamiento de Luis XIV, Nacimiento del príncipe don Carlos. Batallas de Estremoz y Villaviciosa. Muerte del rey don Felipe IV.

INTERVALO DE SEIS AÑOS, DESDE 1660 HASTA 1665.

1660. No restaba á la España mas enemigo que el Portugal, y todos pensaban que seria subyugado en breve. El rey determinó que don Juan de Austria tomase el mando del ejército de Estremadura, y se consumió todo el año en reforzarle y reponerle de la derrota de Elvas. Los portugueses no hicieron mas que algunas correrías , tomar á Alcaím en la raya de Tras-Os- montes, y á Albergaria en Beyra.

1661 La Francia y la Inglaterra, deseosas de debilitar la España todo lo posible , permitieron que los portugueses levantasen tropas en aquellos reinos , y el conde de Schomberg , general distinguido entre los franceses , vino á servir al rey de Portugal , que le empleó como maestre de campo en'el ejército de Alentejo, mandado por el conde de Ataugia.

El plan de campaña de los españoles era atacar el Portugal por el Alentejo , la Beyra y la frontera del Miño , mientras una escuadra , mandada por el duque de Veraguas, cerraba el puerto de Lisboa. Este plan era desatinado, porque dividia las fuerzas españolas, y ninguno de los tres ejércitos que se formaron era suficiente para llegar hasta Lisboa , y concertar sus movimientos con los de la escuadra. El verdadero y vigoroso ataque debia ser por Estremadura , y á don Juan de Austria, que mandaba en aquella frontera, apenas se le dieron doce mil hombres , porque sus talentos y prendas eran odiosos á la reina y mucho mas al ministro , -hombre muy mediano , y por consiguiente muy envidioso de todos los que sobresalían por su mérito.

Asi esta campaña no tuvo resultados de consideracion. Don Juan de Austria tomó á Aronches y Alconchel por la ignorancia de los portugueses, que no conociendo cuan importantes eran estas plazas para los movimientos ulteriores, las habian dejado casi desguarnecidas. El duque de Osuna entró en Beyra y recobró á Albergaría. El marques de Viana puso sitio a Valencia del Miño , y tuvo que levantarlo por que se le olvidó apoderarse del punto del Villar de Sururgeyra, que dominaba sus reales, y los portugueses, apostados en aquel punto, le mataron mucha gente y le tenían casi rodeado. En fin , la. escuadra destinada contra Lisboa zozobró en las costas de Andalucia , y se hicieron, pedazos nueve galeras donde iban las tropas de desembarco.

1662 En la campaña de este año hizo don Juan de Austria mayores progresos , porque recibió refuerzos mas considerables. Se apoderó á vista del ejército enemigo, que no se atrevió á impedirlo, de Borba y Jurumeña.

Derrotó la caballería portuguesa junto al rio Celias, y se apoderó de Ocrato, Fonteyra, Monforte y otros pueblos del Alentejo. Entretanto el duque de Osuna tomó á Escalona , y el arzobispo de Santiago , que mandaba en la frontera del Miño , se apoderó de Portela y Castel-lindoro.

1663. Don Juan de Austria abrió la campaña poniendo sitio á Évora , capital del Alentejo. Don Sancho Manuel , célebre por la heróica defensa de Elvas , á quien se le habia dado en premio el título de conde de Villaflor , se puso en movimiento para socorrer aquella plaza importante ; pero en la mitad del camino supo que habia caído en poder de los españoles.

Desde este momento estuvieron indecisos ambos generales , y fueron inciertos los movimientos de los ejércitos. Ambos querian pelear, pero ambos lo temian; don Juan; de Austria por no perder la gloria que habia adquirido:; el general portugués porque derrotado su ejército quedaba descubierta Lisboa., y el reino espuesto á una perdicion inevitable, Parece pues que uno y otro dejaron la suerte de la campaña al arbitrio de la fortuna, Don Juan de Austria envió una division a Alcázar do Sal con el objeto de alarmar á Lisboa , y Villaflor se presentó con su ejército cerca de Évora, separado del español por el rio Degeba. Don Juan, viendo que los portugueses , aunque inferiores en número , estaban dirigidos por el conde de Schomberg, general muy hábil , y que no le ofreceria ocasion de pelear con ventaja , determinó volverse á Badajoz, dejando fuertes guarniciones en las plazas conquistadas del Alentejo. Los portugueses le siguieron , y de terminaron atacarle cuando llegó a Ameygial. Los españoles fueron desalojados de las alturas que ocupaban ; pero se apostaron en las de enfrente , poniendo su caballería en el valle intermedio que era muy angosto. Los portugueses hicieron lo mismo , y á media tarde se hizo general el combate. Duró muy obstinado hasta entrada la noche , y Villaflor no conoció que había vencido hasta que a la mañana siguiente vió que los españoles se habían retirado , dejando el campo cubierto de muertos y heridos, muchos prisioneros, entre ellos mil cuatrocientos de caballería, dos mil carros de municiones, cajas militares, ocho cañones y un mortero; La victoria costó á los portugueses cinco mil hombres.

Esta es la famosa batalla de Ameygial , llamada impropiamente de Estremoz , mas funesta á España por el animo que inspiró á los portugueses que por la pérdida que sufrió en ella. Adivinóse desde entonces que Portugal quedaria Independiente. Esta desgracia se atribuyó á la falta de un plan fijo de campaña , arreglado á los medios que los españoles tenian á su disposicion, porque tomada Evora tenian fuerzas suficientes para sostenerse en el Alentejo pero si habian de hacer la guerra ofensiva necesitaban de un ejército mayor. El fruta inmediato de esta victoria fue la plaza de Villaflor , de que se apoderaron los portugueses.

E1 duque de Osuna vengó en parte la derrota de Estremoz, batiendo en Valdemula al ejército portugués de la Beyra que constaba de doce mil hombres.

1664 La campaña de este año fue tambien desgraciada. El ejército de Estremadura no pudo salir de Badajoz , y los portugueses se apoderaron de Valencia de Alcáatara q'ue hizo una valerosa resistencia. El duque de Osuna sitió á Castel Rodrigo , y Magalaes, general portugués de aquella frontera , acometió las lineas con un ejército muy inferior en número , y arrojó de ellas á los españoles , que dejaron mil dos cientos muertos, y perdieron la artillería, las municiones y el bagage.

A pesar da la debilidad visible en que había caido la monarquía, auxilió España al emperador Leopoldo; atacado por los turcos , manteméndole á su costa un cuerpo de doce mil infantes y leis mil caballos. Este sacrificio escesivo de dinero se hizo por dar gusto á la reina , que entonces dominaba el ánimo. del rey , y que ademas de socorrer á su familia con aquella suma, lograba que no se emplease en auxiliar el ejército de Portugal. Aborrecia á don Juan de Austria , y aunque fuese en daño del reino se complacia en sus derrotas , y procuraba por todos los medios posibles impedir que hiciese progresos y adquiriese gloria. Don Juan de Austria , que conocía muy bien, la disposicion de la corte , pidió su dimision y la obtuvo. Se le puede llamar el último de los españoles, porque en la triste época de nuestra decadencia despues de él se estinguió el espíritu guerrero y las tradiciones militares y políticas del siglo de Carlos V

1665. Esta campaña puso el sello a las calamidades de la nacion. Don Luis de Benavides , marques de Caracena, fue nombrado general del ejército de Estremadura y como no habia contra él el odio ni los zelos que contra su antecesor , se le dieron todos los medios necesarios para vencer. Las mejores tropas de Italia y de Cataluña reforzaron su ejército, que ascendió entonces á quince mil hombres de infantería y seis mil quinientos caballos , con los trenes correspondientes de artillería y municiones. El marques, que se había jactado en Madrid de penetrar hasta Lisboa , llevó este brillante ejército al degolladero.

En las llanuras de Montesclaros, cercanas á Villaviciosa, peleó con el ejército portugués , mandado por el marques de Marialva. La batalla duró ocho horas, en que se combatió con el valor propio de dos naciones guerreras, rivales y enojadas. La victoria coronó los esfuerzos de los portugueses. Los españoles perdieron cuatro mil soldados muertos, otros tantos prisioneros, catorce piezas de artillería y la mayor parte del bagage. Sin embargo la retirada se hizo en buen orden , porque la pérdida de los portugueses fue la mitad de la del ejercito español,  y no se bailaban en estado de aprovecharse de su victoria.

La noticia de esta derrota causó al rey un desmayo, del cual no volvió sino para sumergirse en una profunda melancolía , que le condujo al sepulcro el diez y siete de setiembre á los sesenta años y cinco meses de edad y cuarenta y cuatro de su reinado.

REINADO DEL S.R D. CARLOS II.

CAPITULO XIII.

Principios del reinado de Carlos //. Regencia de la reina madre. Continuacion de la guerra de Portugal. Guerra de Francia. Paz de Lisboa. Paz de Aixla-Chapelle. Espulsion del padre Nithard./INTERVALO DE CINCO AÑOS Y MEDIO, DESDE 1665 HASTA 1670.

1666 La guerra de Portugal no tuvo sucesos decisivos porque ambas potencias beligerantes eran débiles y estaban mal gobernadas. La reina viuda de Portugal murió, y el rey don Alonso , cuyas pasiones eran violentas, entregado á favoritos corrompidos , empezó á mirar con envidia el afecto que los portugueses manifestaban á su hermano el infante don Pedro.

Esta discordia sembró la corte de intrigas y paralizó las operaciones militares que se redujeron á hacer correrías en las tres fronteras de Galicia , Beyra y Estremadura. El conde de Prado, general portugués, pasó el Miño y taló todo el país hasta Bayona , de donde volvió cargado de botín; pero Silva de Sottza, que pretendió hacer otro tanto en la Estremadura española, fue derrotado por nuestra caballería entre Badajoz y Campomayor; y perseguido por el príncipe de Parma, se refugió en Portugal con pérdida de quinientos prisioneros, Pantoja, comandante español en la frontera de Tras-losmontes, pasó el Tamega y saqueó todos los pueblos de su ribera.

1668 . Carlos II, rey de Inglaterra , ofreció su mediacion para la paz entre Portugal y España con dos objetos : el primero , asegurar la independencia dePortugal , y con ella el comercio lucrativo que ya empezaba á hacer la gran Bretaña con aquel reino: el segundo, dejar á la España libre de esta guerra casi intestina para que pudiese resistir con todas sus fuerzas á la ambicion de la Francia, temible ya á las potencias de Europa. Entrambos gabinetes aceptaron la mediacion, y la paz se firmó en Lisboa el trece de febrero. La independencia del Portugal fue reconocida con todos los dominios que poseia antes de su reunion á la España , escepto la plaza de Ceuta que se agregó á nuestra monarquia.

El rey don Alonso de Portugal empezó las negociaciones , mas no las concluyó. Su hermano el infante don Pedro le despojó de la diadema, le confinó á las islas Terceras, hizo declarar nulo por causa de impotencia el matrimonio de Alonso con la princesa de Nemours, y obtenida la correspondiente dispensa se casó con ella."

   En los siglos posteriores, Badajoz ha jugado un importante papel histórico debido a su situación fronteriza con las tierra portuguesas de Alentejo, lo que obligó a su intervención en numerosos enfrentamientos bélicos hispanos-lusos. Especialmente durante los años 1334, 1389, 1642, 1658 y 1663. Esta situación histórica de enfrentamientos finalizó con la firma del Tratado de Badajoz, conseguido por Manuel Godoy en 1801, por el que recibió el titulo de Príncipe de la Paz. Esta firma solamente consiguió la paz con nuestros vecinos, ya que en 1811, durante la guerra de la Independencia, Badajoz fue conquistada por los franceses, tardando un año en ser recuperada por tropas inglesas y españolas. Posteriormente sufrió las dos guerras Carlistas y la guerra Civil de 1936.

Gacetas anteriores a 1697 Publicación: 01/06/1661, nº 8

Páginas: 7 - 8

Noticias de Palma, jurisdicción de la Ciudad de Sevilla. Cádiz, 19 de Junio de 1661. Badajoz, 15 de Junio de 1661.

Miercoles 15 de junio, aviedo llegado a Badajoz el ultimo troço de gente del Reynado de Sevilla, salio de aquella Ciudad el Serenissimo Señor Don Juan de Austria, con 15 Escuadrones de infanteria, pliegaron 9500 y paisaron de 5200 cavallos. Siendo de estos 15 Escuadrones, los tres mas nunerosos de la gente de Sevilla y su Reinado, a cargo de los Maestres de Campo Don Francisco Tello y Portugal, Cavallero de Abito de Alcantara, Don Juan Enriquez, y Don Juan Baltasar de Urbina y Frias, del Abito de Santiago.

Este dia dio vista el Exercito a Campo Mayor Plaça, que por juzgarse ya sitiada, se hallava muy prevenida de todo lo necesario. Bolanrose de camino dos Atalayas, y el Castillo y Villa de Ouguella, que dista una legua de Campo Mayor, en la comarca de Yelves, Lugar de cien vecinos, con una Parroquia.  Y por la noche se adelantaron las tropas a tomar los puestos para sitiar la villa de Arronches. El dia siguiente (que fue el de la festividad solemnissima del Corpus Chisti) estuvo el Exercito sobre la Plaça. a las seis de la tarde se arrimo la gente a la Villa, y a la noche le saludo con algunas bombas. Viernes 17 se dio principio a la bateria con 4 pieças de cañon y viendo los Portugueses que se les quebrantava la muralla y que con brevedad abririan brecha, y serian asaltados, hicieron llamada y se rindieron, entrando la guarnicion a las 9 del dia. Permitiendoseles que los que se rindiesen quedaran con las haziendas, lo que pudiesen hacer y gozar de ellas con toda quietud: y los que quisiesen salir de la Plaça se fuesen, y dispusiesen de sus haziendas por tiempo de ocho dias.

Es Arronches Villa de mas de 500 vezinos; fue fundada por los Castellanos vezinos de Aroches: bañala el rio Alegrete, por otro nombre Caya: tiene buenas murallas y mejor Castillo, fundado por el Rey Dionis de Portugal por los años 1300, una Parrochia, un Convento de Religiosos Agustinos, y Casa de Misericordia. Tiene voto en Cortes, y su trato ordinario es de Paños: esta muy cerca de la Ciudad de Portalegre y 3 leguas de Alburquerque. Su Alteza trata fortificar esta Plaça realmente, porque con ella quedan por aquella parte cortadas las de Yelves, y Campo Mayor

Gacetas anteriores a 1697 Publicación: 01/11/1661, nº 12

Páginas: 4 - 8

Noticias de Badajoz, Coruña y Madrid.

Que el Conde de Chemberg, Maestro de Campo General de el exercito de Portugal, vino a dar vista a Badajoz con dieciseis batallones de cavallos para romper la guarda del puente: esta dio aviso a la Plaça, de donde salieron hasta cinco batallones a cargo de Juan Pacheco, Teniente General de cavalleria. Huvo una grande escaramuza con el enemigo en la campaña, y en ella ledieron un carabinazo al dicho Teniente General, de que cayo muerto junto al puente, perdida notable, por ser uno de los mejores Soldados de nuestro tiempo. Salio herido el Capitan Cañizares, y otros cinco Soldados nuestros; y del enemigo murieron un Comisario General, tres Capitanes y otros Soldados.

Que 600 cavallos del presidio de Arronches, hizieron surtida el Sabado 23 de Octubre azia la Ciudad de Portalegre, y cogieron al enemigo cinco mil y trescientas cabeças de ganado, saquearon mucho numero de quintas, cogieorn una partida de 60 cavallos y se retiraron a la Plaça sin oposicion alguna

Gacetas anteriores a 1697 Publicación: 01/03/1662, nº 2

Páginas: 7 - 8

Noticias de Badajoz.

Que 1100 cavallos Portugueses, a cargo del Conde de Schomberg, Governador de la Provincia de Alenteio, despojaron junto a la Casablanca de Talabera, parte de un convoy de 55 carretas, que iva de Sevilla a la plaça de Armas de Badajoz, con diferentes pertrechos de guerra: Cuyo daño se aprecio en menos de 4000 ducados. Y que a este tiempo la Cavalleria de Arronches hizo una entrada a Portugal por la parte de Portalegre, y saco una presa de ganado de valor de 12000 ducados. Y que pocos dias despues, el Señor Don Diego de Illescas, General de la Cavalleria, teniendo noticia que cerca de Yelves apacentava el enemigo cantidad de ganado, envio 400 cavallos para que lo cogiesen; y aviendose executado la faccion, salieron 300 cavallos de Yelves a recuperar su ganado; y llegando al parage del Rio Caya, salio su Excelencia con 700 cavallos, que tenia emboscados en aquella parte, dando de improviso sobre el enemigo, le degollo 60 cavallos, cogio mas de 150 y los demas escaparon a Yelves malheridos. Con cuya presa de cavallos y ganados, entro su Excelencia en Badajoz, a donde se halla el Serenissimo Señor Don Juan de Austria, aguardando los 1200 soldados, que estavan alojados en los lugares de la Capitania General de la Ciudad de Sevilla, para los cuales de orden de su Magestad, en menos de mes y medio, el Señor Conde de Villa Umbrola, del Consejo y Camara de Castilla, y Asistente de la Ciudad de Sevilla, ha comprado 1200 famosisimos cavallos, para montar la dicha gente: Y agora compra otros 150 para recluta que todos han parecido lucidissimamente. Su Alteza queda passando muestra en Badajoz, y saldra a Campaña para mediado el mes de Abril.

Gacetas anteriores a 1697 Publicación: 01/06/1662, nº 4

Páginas: 7 - 8

Noticias de Llerena, Badajoz y Cádiz.

Que llegaron al Exercito de Estremadura los 1200 Soldados que traxeron de Milan los tres Navios de Genova, governados del Marques Cassino, su Maestro de Campo. Y que muy presto se incorporarian en dicho Exercito los mil y cien infantes de los Tercios de Don Camilo, y Don Andrea Cappoli, italianos, que el miercoles 14 de junio desembarcaron en el Rio de Sevilla las ocho Galeras de las Escuadras de Napoles y Sicilia, y van marchando (de orden del señor Conde de Villa-Umbrosa, Assitente y Maestre de Campo de dicha Ciudad, y su Tierra) a la villa de Jurumeña

Gaceta de Madrid Publicación: 16/09/1704, nº 44

Páginas: 174 - 174

Badajoz, 6 de Septiembre de 1704.

Aviendo tenido noticia el Señor Principe de Serclas, que 200 Portugueses salian de Olivença a quemar los granos de estas Vezindades, dio Orden al Coronel Don Domingo Saluzo, para que con 200 Infantes y alguna Cavalleria saliesse a oponerse, y aviendolos encontrado a una legua de Olivença, los derroto enteramente, matandoles 54 y haciendo Prisioneros 16, sin que la Cavalleria de la Plaza de Olivença saliese a la defensa, se bolvieron a Badajoz

Gaceta de Madrid Publicación: 30/06/1705, nº 26

Páginas: 104 - 104

Badajoz, 23 de Junio de 1705.

El Exercito que los Enemigos tienen por esta parte, se ha retirado a Quarteles. Aqui estamos con bastante gente y abundancia de Viveres y Municiones. Aviendose aprendido a un Soldado Desertor de nuestra Cavalleria, que volvia del Campo de los Enemigos, depuso ante el Capitan General Marques de Bey, que Don Luis Fernadez de Cordova, Coronel de un Regimiento de Cavalleria, le avia dado un pliego con cartas para el Almirante. Con esta noticia se prendio luego a este Coronel, y se empezo la averiguacion: tomandole para ello las mas rigurosas. Y aviendole formado proceso al Soldado, por el delito de deserciones repetidas fue condenado a muerte, y estando al pie de la Horca para executarle la sentencia, declaro ser falsa la acusacion que avia hecho contra el Coronel Don Luis Fernandez de Cordova: y que para ella tuvo el solo fin de ver si podia salvar su vida, y escusar la muerte que merecia por sus deserciones: con cuyo acto queda desvanecido la injusta calumnia, fomentada contra este Coronel, y su honor, con los grados de estimacion, que merece la grande honra, y fidelidad con que sirve al Rey.

Gaceta de Madrid Publicación: 06/10/1705, nº 40

Páginas: 158 - 159

Londres, 11 de Septiembre de 1705.- Las noticias de Portugal avisan que Milord Gallovay disponía de tropas para el sitio de Badajoz

Gaceta de Madrid Publicación: 06/10/1705, nº 40

Páginas: 160 - 160

Madrid, 6 de Octubre de 1705.- El Rey ha nombrado cargos. El Marqués Alejandro de Beque ha salido de Badajoz hacia Estremoz con una gran expedición después de haberse abrasado varios almacenes de paja y víveres.

Gaceta de Madrid Publicación: 13/10/1705, nº 41

Páginas: 163 - 164

Zaragoza, 6 de Octubre de 1705. Vigo, 23 de Septiembre de 1705. Badajoz, 5 de Octubre de 1705.

Los Enemigos los dias 2,3, y 4 passando a Guadiana, tomaron los puestos de esta Ciudad, estendiendose desde las Huertas del Camino de Talavera, hasta el Camino de San Gabriel, desde donde traen la Linea de Circunvalacion, hasta la Hermita d San Roque. Esta plaza esta proveida de todo con buena Guarnicion, y muchos, y buenos Oficiales, y ay mas de 2000. Naturales restados a perderse en su defensa. En esta seguridad luego que el Enemigo paso el Rio, salieron de aqui el Señor Marques de Be, el Mariscal de Campo Don Joseph de Armendariz, y otros con los Regimientos de San Vicente, y Cordova, que se incorporaran para el socorro con el Exercito que manda el Señor Mariscal de Tetse, que se halla en Lobon, 4 leguas de aqui.

Gaceta de Madrid Publicación: 27/10/1705, nº 43

Páginas: 171 - 172

Badajoz, 14 de Octubre de 1705. Campo del Río de Gevora, 17 de Octubre de 1705. Zaragoza, 22 de Octubre de 1705

Despues que los Enemigos tuvieron su Artilleria gruessa, empezaron con mas fuerça el sitio de esta Plaza, no aviendo hecho cosa considerable desde el dia seis. Y a el dia 11 pusieron dos Baterias de a 15. Piezas cada una, en la hermita de San Roque, y entre los Olivares, para batir el Baluarte de la Trinidad, y Puerta de Merida: hicieron mucho fuego, pero el la Plaza les mato 200 hombres y desmonto 4 Piezas. El dia 12 continuaron su Artilleria, y Bombas, pera la nuestra les quemaron dos vezes la polvora almacenada en las Baterias, llevandole el casco de una Bomba, el brazo a Milord Galloway, General de los Ingleses. El dia 13 se algun daño en Casas y Conventos, pero solo cinco eran los muertos, todos los de la Plaza se mostraron valerosos, y tan fieles, que aun a vista de mayores peligros, resolvieron defenderse. Este mismo dia a las cinco de la tarde decampo nuestro Exercito del Campo de Talavera la Real, por aver llegado los refuerços que se esperavan, adonde se hallo mucha Nobleza de esta Provincia, y multitud de Paysanos, que pasaban de 6000 Infantes y 1000 Cavallos. A las ocho de la noche se puso en marcha la Cavalleria, a quien sigui la Infanteria, sin que la mucha agua de las lluvias, sirviese de embarazo, solo fue preciso pasar a Guadiana por el Vado de Montijo.

Campo del Rio de Gevora.

La noche del dia 14, salio nuestro Campo de Talavera al socorro de Badajoz con los señores Mariscal de Tetse, y Marques de Be, con los demas Oficiales Españoles, y Franceses. Llegaron al amanecer al Campo que ay entre la Gevora, y Guadiana. Tenian los Porotugueses un pequeño Campo separado de su Exercito, que se hubiera insultado, si la Infanteria, cansada de la marcha, hubiera llegado con la diligencia que la Cavalleria. Passo entre tanto la gente, y bagage a la vista de los Enemigos, para introducir el socorro, que era el principal designio de este movimiento, quisieron oponerse al passo los Portugueses poniendose a tiro de cañon de nuestro Exercito, passando con presteza a Guadiana solo pudieron cargar al passo de la Gevora a tres Escuadrones Franceses de Boville, que hizieron tanta resistencia, y continuado fuego, que no solo se defendieron, sino que puestos en orden en la otra Ribera, retiraron con perdida a los que venian fatigando su marcha. Pusose nuestro Exercito en estado de dar batalla en dos lineas, en la primera la Infanteria, y en la segunda la Cavalleria; y haciendo lo mismo los Enemigos, se tuvo por cierto el combate, aunque excedia en diez Escuadrones su frente. Tres horas estuvieron ambos Exercitos a la vista, haciendo mucho fuego; pero los Enemigos tomaron el partido de retirarse con buena orden, aunque piçados en la retaguardia: perdieron mas de 500 hombres: de nuestra parte se perdieron 10 Cavallos, quedaron heridos siete Franceses, y un Oficial muerto. Entraron en Badajoz hasta 1000 hombres de socorro. El dia 15 hicieron fuego mayor que antes a la Plaza, pero con la noticia de que intentaban levantar su Campo, se destacaron 300 Cavallos nuestros para observar sus movimientos, y este dia se le dio passaporte a Milord Galloway para que pasase a Yelves. El dia 16 dexaron los Enemigos el fuego, y se aumento con daño conocido el de la Plaza.      

Gaceta de Madrid Publicación: 27/10/1705, nº 43

Páginas: 172 - 172

Madrid, 27 de Octubre de 1705.- El Rey ha otorgado títulos. De Badajoz se avisa que los enemigos se han desplazado hacia Olivenza. Se sabe que Barcelona se defiende con gran valor.

De Badajoz se avisa, que los Enemigos, aunque avian llegado a tener brecha abierta con el fuego de 30 piezas, no pudiendo sufrir el que se les hacia de la Plaza y las continuas surtidas, y viendo logrado el empeño del socorro, se retiraron apresuradamente hasta debaxo del cañon de Olivença, y que despues se van aquartelando en aquellas cercanias, y al abrigo de las demas Plazas fuertes. Por la Retaguardia se les hizo algun daño a la retirada. Al ser movido el Campo, salieron de la Plaza los nuestros, y se apoderaron de mas de 100 balas, 700 bombas, gran cantidad de Granadas, 30 Cureñas de Artilleria, de todas las plataformas, inumerable copia de Zapas, Palas, Picos, y otras herramientos: y segun los indicios y noticias de Prisioneros, se espera hallar enterrada alguna Artilleria, y Morteros. Milord Galloway, pidio con el Passaporte al Señor Mariscal algun Cirujano, y le embio uno Frances muy afamado. Los Naturales de aquella provincia, que con tanta fidelidad, y valor acudieron al socorro, no obstante de averse terminado tan afortunadamente la funcion, quisieron permanecer para cualquier otra operacion; y no obstante el Señor Mariscal les mando bolver por aora a sus casas, manifestandoles una gran satisfacion de su leal zelo.

Gaceta de Madrid Publicación: 10/11/1705, nº 45

Páginas: 177 - 178

Londres, 16 de Octubre de 1705.- Parece que la reina se inclina a aumentar las tropas del Duque de Marlebourg. Se avisa que Milord Gollovay se acerca a Badajoz para llamar a los españoles en su defensa.

Gaceta de Madrid Publicación: 02/03/1706, nº 9

Páginas: 36 - 36

Madrid, 2 de Marzo de 1706.- Noticias de Badajoz. Dió comienzo el viaje del Rey.

Las cartas de Badajoz dizen, que aviendo salido de aquella Plaza el Brigadier Don Baltasar de Moscoso, la noche 16 de febrero con 300 Granaderos, 200 Cavallos, y 100 Carabineros, para sorprender la Cavalleria Enemiga, que estaba en los arrabales de Alburquerque, lo avia logrado con toda felicidad, atacando con espada en mano la noche siguiente por cuatro partes sus Trincheras. Rindio las Guardias, apreso dos compañias de a cavallo, hizo a un Capitan Prisionero, quedando otro muerto en la refriega. Murieron 60 de los enemigos, y de los nuestros cinco Granaderos, y un soldado de a cavallo.

Gaceta de Madrid Publicación: 06/04/1706, nº 14

Páginas: 55 - 56

Madrid, 6 de Abril de 1706.- Noticias de Zaragoza, Badajoz, Ciudad Rodrigo y de Bujaraloz.

Ay Cartas de Badajoz del dia 25 de Março, que dizen, como a las tres de la tarde se aparecieron los Enemigos acampados a dos leguas de la Plaza, con su derecha a Yelves, y a la izquierda a Campo Mayor: a las cuatro hizieron un destacamento a la parte de Montijo: que no se penetran sus designios, porque hasta aora no han venido Desertores. Segun han publicado otras vezes, quieren acercarse a esta Plaza, a donde se hallan mejoradas las Fortificaciones, y 5000 Infantes de Guarnicion. Y se espera, que tambien entren en ella los dos Regimientos que se hallan en la Vecindad, que son los de Santa Cruz, y de Quiñones. El señor Duque de Berbick llego a Merida, y luego tuvo en Lobon una Conferencia con los señores Conde de Aguilar, y Marques de Bey

Gaceta de Madrid Publicación: 11/01/1707, nº 2

Páginas: 8 - 8

Madrid, 11 de Enero de 1707.- El Mariscal Conde de Ayanz ha pasado a castigar la villa de Un castillo libre de sediciosos pasando luego a Luesia. En Yelves Badajoz se ha vencido a una partida enemiga. El Rey ha otorgado títulos.

Las cartas de Badajoz de 31 de Diciembre avisan, que el dia 28 salio la cavalleria de Yelves a recoger el ganado que estava pastando a las orillas del Rio de Caya, aviendo montado la nuestra, alcanço a los Enemigos, y los derroto, siguiendolos hasta debaxo de la Artilleria de la Plaza: quedaron quinze muertos sobre el Campo, 14 cavallos, y 6 prisioneros. Don Juan Bautista Piñatelo, Capitan del Regimiento de San Vicente, fue el primero que los acometio, sin mas perdida que la de un Alferez herido.

Gaceta de Madrid Publicación: 26/04/1707, nº 17

Páginas: 68 - 68

Madrid, 26 de Abril de 1707.- No se han descubierto enemigos por Badajoz. Se han tenido noticias de que el enemigo ha dejado Yecla.

Gaceta de Madrid Publicación: 02/08/1707, nº 31

Páginas: 123 - 124

Madrid, 2 de Agosto de 1707.- Noticias del Campo de Denia, Cataluña y Badajoz. Se anuncia el alumbramiento de la Reina.

Avisan de Badajoz, que el dia 19 salio una Partida de 50 Cavallos con un Teniente Coronel, para abrigar a unos Partidarios, que a poca distancia de Olivença apresaron una cantidad de ganado de todos generos. Y reconociendo el Señor Marques de Bay que los enemigos avian de salir a la presa, envio a un Puesto al Coronel Don Diego de Velasco con 120 Cavallos, y una Manga de 100 Granaderos, para que puestos en emboscada los cargassen; pero aviendo sus Batidores avisado del designio de los nuestros, se retiraron a toda prisa en numero de 250 Cavallos: cargaronlo los nuestros con espada en mano y enteramente los derrotaron, quiteronles 40 Cavallos, mataron un Capitan, prendieron a dos, y a un Alferez con 18 Soldados, quedaron algunos muertos, y 50 heridos, los pocos que quedaron se entraron en Yelbes. Un Comisario General Portugues que mandaba su Cavalleria estuvo ya hecho prisionero, y por un corto lo dexo escapar un Partidario

Noticioso el Marques de Bay, por el señor Duque de Ossuna, de que una Partida de Portugueses venia a estorvar un Comboy, que se queria introducir en Moura, envio mil Cavallos con el Mariscal de Campo, que manda aquella Frontera, pusiesse en marcha el Comboy, que executo, y fue cargado de Don Francisco Melo con 600 Cavallos, que por lograr mejor ocasion le retiro a Aroche, adonde llegando la Cavalleria de Badajoz, le hizo passar Guadiana con alguna perdida, y decampar en Montaraz, donde se mantiene con grande incomodidad, por los excesivos calores, que son causa de la mucha gente que se le muere

Gaceta de Madrid Publicación: 05/06/1708, nº 23

Páginas: 91 - 91

Badajoz, 25 de Mayo de 1708.

Nuestro Exercito se mantiene en el Campo de Bardocas. Las Enemigos mudaron su Campo el dia 25 del pasado, y dexando la altura que ocupavan, baxaron al llano, apoyando su derecha á la juncion del Cayuela, y estendiendose con su izquierda sobre el Caya que tambien tienen por frente: El señor Marques de Bay, informado de este movimiento, hizo passar el Exercito por la Puente el Rio Gevora, para estar mas vezino á los Enemigos. Se conducen doze Cañones al Campo para hazerlos fuego. Los Desertores son muchos, principalmente de los Ingleses, y lo que causa mas novedad, es que se han venido algunos Portugueses. El dia 24 al amanecer passo el Rio Caya una Partida enemiga de 50 Cavallos, para cargar una pequeña nuestra que estava abançada, esta se retiro, pero avisado e! Coronel Don Antonio de Leyva por las Centinelas, se adelanto con 12  Cavallos , y juntandose á otros 12 de la Partida, les dio una carga, y fingiendo la retirada, obligo a los Enemigos á que se empeñassen en su seguimiento, pero despues bolviendolos á cargar, lo executo con tan buena orden, y felicidad, que enteramente los derroto, con muerte de diez, prision de ocho con sus Cavallos, y obligo, al Comandante a repassar precipitadamente el Rio

Gaceta de Madrid núm. 7, de 15/02/1729

Madrid, 15 de Febrero de 1729.- Los Infantes don Luis y doña María Teresa se encuentran con perfecta salud en el Palacio de esta Villa y ya ha llegado a ella la Comitiva de las Reales Familias que no acompañó a sus Majestades a Sevilla. El Rey ha nombrado a don Feliciano de Bracamonte Capitán General de la Provincia y Ejército de Extremadura. Falleció don José Agustín de los Ríos.

Atendiendo el Rey a los Servicios de Don Feliciano de Bracamonte, Teniente General de sus Rea!es Exercitos le ha nombrado por Governador, y Capitan General de la Provincia y Exercito de Extremadura

Gaceta de Madrid núm. 27, de 06/07/1734,

Madrid, 6 de Julio de 1734.-  El Rey ha nombrado por Capitanes Generales de sus Ejércitos al Marqués de Caylús, al Conde de Glimes y al Conde de Charny. Ha conferido al Conde de Glimes el empleo de Capitán General de las Provincias de Extremadura.

Gaceta de Madrid núm. 16, de 19/04/1735

Madrid, 19 de Abril de 1735.- Su Majestad nombra Intendente de la Provincia y ejército de Extremadura a Juan de Hourlier, Comisario Ordenador de Ceuta a Pedro de Rebollir, entre otras nombramientos.

Gaceta de Madrid núm. 41, de 11/10/1735

Nápoles, 20 de Septiembre de 1735.- El Rey ha pasado Revista al Regimiento de Extremadura. Las Tropas de su Majestad se están repartiendo por las Plazas del Reino. Se ha celebrado la Festividad de San Genaro

Napoles 20 de septiembre de 1735. Miercoles por la tarde paso Revista y, hizo todos los Exercicios Militares con grande destresa, y acierto, en la Plaza que esta delante de Castelnovo, el Regimiento de Estremadura, a cuya funcion, asistio S. M. a cavallo, como lo executo la semana pasada delante de su Real Palacio con un Batallon de Infanteria , Suizos, y poco antes con e1 de Sevilla, los quales se embarcaron Jueves por la mañana en cinco Tartanas, que salieron para Liorna, escoltadas de dos Navios de Guerra , para marchar desde aquel Puerto a la Lombardia; y otras Tropas de S. M. se estan repartiendo por las Plazas de este Reyno.

Gaceta de Madrid núm. 35, de 01/09/1750,

El Rey ha conferido el Gobierno de la Plaza de Barcelona al Teniente General Agustín de Ahumada; el Gobierno militar y político de la Plaza de Vique al Brigadier Fernando Wanmarck; y la Intendencia de la provincia y ejército de Extremadura al Comisario Ordenador Pedro Gordillo, con honores de Intendente por lo satisfecho que se haya de sus servicios.

Gazeta Ministerial de Sevilla Publicación: 22/06/1808, nº 7

Páginas: 49 - 52

España.- Tuy 4 de Junio. Badajoz 11 de Junio. Granada 18 de Junio. Lisboa 11 de Junio. Cádiz 18 de Junio.

En esta provincia se alista toda la gente moza y robusta con el mayor ardor, y se están exercitando en el manejo de las armas: tenemos ya mas de 20000 hombres ansiosos de medirse con el tirano de la Europa. Hoy ha llegado aquí la gustosa noticia de que nuestro exército, que se hallaba en Portugal con los franceses, ha sacudido el yugo ayudado de los Gallegos, y han batido al exercito frances apoderandose de Lisboa: otros dicen que esta victoria se ha conseguido en Oporto. No salimos fiadores de esta noticia que por su importancia necesita confirmacion.

Gazeta de la Regencia de España e Indias Publicación: 03/04/1810, nº 11

Páginas: 69 - 70

Noticias de España.- Badajoz 7 de marzo.- Noticias referentes á la guerra contra los franceses.

Sabemos que el comisario de guerra frances que se hallaba en Mérida á fines del mes pasado despachó órdenes á todos los administradores de aquel distrito para que compareciesen á dar cuentas y entregar las existencias en dinero o en géneros ; de manera que si permaneciese allí mas tiempo quedaria totalmente arruinada la tierra.

Antes de ayer se presentaron al señor Marques de la Romana , y á esta suprema Junta, quatro religiosos agustinos calzados del convento de Xerez de los Caballeros, y conduxeron desde aquella ciudad á la de Yelves 21 prisioneros franceses, cogidos en Fuente de Cantos por una partida de nuestra caballería. Tanto el Señor Marques de la Romana como esta Junta manifestaron el mayor agrado á estos religiosos, beneméritos hijos de la patria, y en nombre de esta les dieron las debidas gracias por tan buenos servicios.

Las avanzadas que diariamente salen de esta plaza a las descubiertas, no dexan de hacer algunos prisioneros.

Gazeta de la Regencia de España e Indias del Sabado 29, de Setiembre de 1810. Núm. 75,.

Badajoz 19 de setiembre. Con fecha del 10 escriben de las orillas del Tajo, que la partida del Medico reunida a la del avuelo ha pasado a cuchillo a 49 dragones franceses entre Añover del Tajo y Villaseca.

El dia 6 ataco en Fuenteovejuna el coronel D. Pablo Morillo un destacamento de 112 franceses, de que murieron 18, quedando los restantes prisioneros con el capitan que los mandaba.

Se nos ha pasado un oficial francés que, segun dicen, era del estado mayor del mariscal Soult. El mismo dia se nos pasaron tambien 9 juramentados.

Apenas han quedado enemigos en Almaraz, Puente del Arzobispo, Talavera, Cebolla y Puebla de Montalban: en Toledo no l1egan a 500. - Estos dias han exigido de la ciudad de Plasencia una contribucion de 400000 rs.

Gazeta de la Regencia de España e Indias Publicación: 19/01/1811, nº 9

Páginas: 70 - 75. Referencia: 1811/00112

España.- Siruela 3 de Enero de 1811. Montemolín 4 de Enero. Cabeza-la-Baca 6 de Enero. Frexenal 9 de Enero. Badajoz 9 de Enero.

Badajoz 9 de enero. Hay noticias de Lisboa dia 2 del corriente: El dia antes habían desembarcado 5 millones procedentes de Inglaterra, y se aguardaban refuerzos consıderables de tropas

La marcha de Soult con todo el exercito de su mando sobre esta provincia, ha dado ocasión a un movimiento general de nuestras tropas.

El general Mendizabal esta en esta plaza, y Ballesteros ha marchado hacia Aroche. Parece que los franceses tratan de pasar el Guadiana por el puente de Merıda, donde entraron anoche 800 caballos suyos.

En el memorial militar y patriotico de este exercito se han publicado de oficio las noticias siguientes acerca de sus operaciones desde mediados del mes ultimo :

Dia 14 de diciembre. El enemigo que se hallaba en Cazalla en numero de 300 hombres, ha sido atacado por una parte de tropas de la tercera division al mando del comandante de Lena, el coronel D. Jayme Butler, y puesto en fuga hasta Guadalcanal, en donde se hicieron fuertes con el refuerzo de 500 hombres que recibieron, pero fueron desalojados sucesivamente de tres tapias que les servian de parapetos, y la noche impidió completar esta jornada. El enemigo tuvo bastante numero de muertos , y se le hicieron 6 prisioneros, siendo nuestra perdida de un muerto y 12 heridos.

Dia 16. El general Ballesteros se ha presentado esta tarde en las inmediaciones de Llerena: ha destruido los molinos que quedaban a los enemigos; y ha recogido toda la harina que habia en ellos.

Cada vez es mas estrecha la situacion de los enemigos en Llerena a pesar de los grandes almacenes que tienen de harina y galleta.

Dıa 17. Estando el general Mendizabal en Bienvenida, se tuvo aviso a las 4 de la mañana de que los enemigos abandonaban. Villagarcia y pocos momentos despues se pusieron en marcha toda la caballeria y partidas de observacion que habia de esta arma en Usagre y Bienvenida.

Sobre la marcha se tuvo aviso de que los enemigos abandonaban tambien a Llerena. A las 9 de la mañana llego el capitan Soto con sus tiradores a esta ciudad, y siguiendo el camino de Berlanga, empezo a batirse con la retaguardia enemiga a un tiro de fusil de Llerena. El enemigo siguio su retirada, llegando este dia a Azuaga seguido de los tiradores de Mera y Soto hasta Berlanga.

Dia 18. El general Butron con toda la vanguardia de caballeria salio a las 2 de la mañana de Llerena con direccion a Azuaga para perseguir formalmente al enemigo, y a las 11 siguió el mismo camino  el resto de la caballeria. - La vanguardia y tiradores empezaron a batirse con el enemigo a las 12 en las inmediaciones de Azuaga. - Nuestra caballeria, siendo inferior a la suya, resistio varias cargas de la enemiga, que fue siempre rechazada con perdida hasta la posicion que ocupaban su infanteria y artilleria. Dexaron de repetir sus cargas quando vieron llegar el grueso de nuestra caballeria e insensiblemente se fueron retirando por Azuaga a favor de su artilleria en posicion y su infanteria emboscada. Nuestra perdida no ha sido proporcionada al numero de horas de combate y teson de los combatientes, pero ha sido muy sensible la del teniente coronel Don Joaquin de Mera.-Al coronel conde de Penne Villemur, comandante general de la vanguardia, se le debe, por su inteligencia en las diferentes maniobras de caballeria , gran parte de los felices resultados de este dia. - Llegada la noche, y con las precauciones convenientes, se replego el grueso de la caballeria a Berlanga.

Por disposición del general D. Francisco Ballesteros fue atacado en Guadalcanal el enemigo por tropas de la tercera division que los desalojó y los obligo a retirarse a Alanis.

Dia 19. Los enemigos de Azuaga han hecho un movimiento de flanco a Guadalcanal, y en consecuencia de el, la vanguardia de caballería ha ido en su observacion por Valverde.

Dia 31. Habiendo recibido el general en gefe aviso de que una columna enemiga procedente de Córdoba, cuya fuerza se ignoraba, asomaba por Fuente-ovejuna, comisiono al teniente coronel de perseguidores D. Pedro Fernandez con el fın de hacer un reconocimiento sobre dicha villa, y efectivamente habiéndose encontrado con la columna, tuvo un choque en que causo alguna perdida al enemigo, pero perseguido por toda la caballería  de este, tuvo que replegarse, arreglado a las órdenes.que tenia.

Dia 1 de enero. Los enemigos subsisten en Guadalcanal, y la columna enemiga movil de Fuenteovejuna, compuesta (segun las mejores

noticias.) de 1200 hombres entre İnfanteria y Caballeria, ha entrado en Azuaga , y en seguida en Valverde, en ademan de darse la mano con los de Guadalcanal. Ya habia recelos muy fundados del próximo ataque del enemigo contra Llerena, porque todos sus movimientos indicaban que este era su designio; lo qual advertido por el general en gefe, dispuso el reconcentrar toda la caballeria en la campiña inmediata a Llerena, y esperar alli al enemigo. - La brigada portuguesa al mando del brigadier Don I. A. Madden, acantonada en Berlanga, se replegó a este punto, en el qual manifestaron las tropas combinadas vivos deseos de que llegase el momento de combatir, mas no fueron cumplidos en este dia porque el enemigo no se ha presentado, ni ha hecho movimiento alguno de sus. posiciones.

Sevilla 5 de enero. Soult permanece en Gerena con parte de sus tropas a causa de las muchas aguas. Por todas partes se encuentran carros y cañones atascados sin ser posible arrancarlos. Se han hecho pedazos infinitas carretas, y loş caminos estan sembrados de galleta y demas prevenciones que conducian.

Se ha fixado un edicto confiscando los bienes que poseen en esta ciudad los vecinos de Cadiz. - Por la puerta de Macarena han entrado mas de 200 Infantes, todos derrotados.

Del 8. Hoy han sido juzgadas en un consejo de guerra 22 personas que fueron presas el 26 del pasado por delacion de un oficial frances y de un español de la partida llamada del Gallo, que dixeron a la muger de Bernardo Palacios, uno de los presos, que queian irse a Ayamonte, y de este modo la induxeron a descubrirles su plan de fuga. El gobierno frances por su parte ofrecio a Palacios la impunidad y aun precio, si declaraba, como lo ha hecho llevado de este engaño. Los delatores asistieron al juicio, en que fueron condenados a muerte Bernaldo Palacios y Jose Gonzalez, y puestos en libertad 8 de los presos, mandandose continuar la causa de los restantes.

Corren voceş de que en la Mancha, mas alla de Manzanares, ha sido interceptado por los partidarios españoles un convoy de Andalucia con total destruccion de la escolta - Han entrado 40 franceses heridos que vienen de la frontera de Extremadura.

Dia 9. Ayer debio salir Soult de Gerena para su exercito. Son muchas las congeturas que se forman sobre su plan de operaciones. El haber llevado artilleria gruesa a pesar de la dificultad que ofrecen la estacion y los malos caminos, parece persuadir que trata de sitiar alguna ó algunas de nuestras plazas de Extremadura; pero no son fuerzas suficientes para la empresa. Si cuenta con la traicion como han indicado nuestros enemigos en otras ocasiones, sobrabran muchos aprestos y aparatos. Lo mas verosimil es que con estas apariencias de sitio quieren inducir al general Mendizabal a repartir su exercito en las plazas para que no los moleste en su transito a Portugal. El socorro de Massena es el negocio que mas urge y probablemente lo intentará Soult, estableciéndose en el Alentejo, para proporcionar a los de la derecha del Tajo las subsistencias necesarias, o el paso del río si les conviene.

A las dos de la tarde se ha excecutado la sentencia pronunciada ayer contra los infelices. Palacios y Gonzalez.

Han llegado por el río y entrado por la puerta de Coria, 400 franceses inválidos, que por coxos, mancos e inutiles traen licencia para irse a su tierra, y van locos de contento, a pesar de su desgracia, porque dexan de hacer la guerra en España

    11-3-1811. Capitulación de Badajoz.

    Rendida Olivenza el 22 de enero, embistió el mariscal Soult la plaza de Badajoz el 26, abriendo la trinchera el 28 por la izquierda del Guadiana, en cuyo día empezó también un terrible bombardeo, repartidas las 54 piezas de que disponía el enemigo en diferentes baterías que se establecieron en el cerro de San Miguel, en el del Almendro, enfilando el frente de la Picuriña, en la ladera del de las Mallas, entre el Ribillas y el arroyo Calamón, a la izquierda de este, y en el cerro del Viento, siendo su primer objetivo el fuerte de Pardaleras. Gobernaba la plaza el mariscal de campo D. Rafael Menacho, militar entendido y de gran animo, siendo comandantes de artillería e ingenieros, respectivamente D. Joaquín Camaño y D. Julián Albo. La extraordinaria actividad de Menacho no permitía descanso alguno a los sitiadores, pues empezaron las salidas de la plaza en el mismo día de la apertura de la trinchera, repitiéndolas diariamente sin interrupción alguna. En la que se efectuó el día 30 distinguiéndose el Regimiento de Sevilla, que se lanzo con gran denuedo sobre las obras enemigas, con las demás fuerzas de infantería dispuestas al efecto detrás de Pardaleras, hasta el total de cuatro batallones, mientras dos escuadrones de caballería desembocaban por la puerta de Palmas sobre la altura del Viento, acuchillando a los ingenieros y trabajadores (Quedaron muertos en el campo, el comandante de Ingenieros Cazin y el capitán Vainzot, que se defendieron heroicamente. De los españoles pereció el comandante Bassecourt, que dirigía la salida); Y en la del 3 de febrero arruinaron los sitiados gran parte de la Pardalera, causando más de 200 bajas a los franceses. Socorrida el 6 la plaza por D. Gabriel de Mendizábal, teniendo para ello D. Martín de la Carrera que acometería gallardamente y rechazar hasta mas allá del Gevora a la numerosa caballería francesa que había pasado a la derecha del Guadiana, practicose el 7 una nueva y vigorosa salida contra las baterías de San Miguel y del Almendro, que fueron asaltadas, clavando algunas piezas; Mas los franceses se rehicieron, y al repeler a los nuestros hicieron en ellos bastante estrago, retirándose D. Carlos de España, encargado de la operación, después de experimentar unas 700 bajas (los franceses tuvieron más de 400, contando entre los muertos al capitán de artillería Cazeau, al de infantería Lemut y al teniente de zapadores Bruchon). El general Mendizábal salio de Badajoz el 9, después de dejar en la plaza hasta 9.000 hombres de guarnición, y habiendo presentado batalla al enemigo, tuvo la desgracia de ser completamente batido; mas no se amilano por esto el bravo gobernador, pues negose a recibir al parlamentario que le envió Soult, y alentó con su firmeza a todos, proponiéndose resistir dentro del casco de la ciudad, si el enemigo llegaba a forzar el recinto, para lo cual abrió zanjas en las calles, levanto barricadas, aspillero casas y empleo otros medios de defensa interior para resistir hasta el ultimo extremo. Desgraciadamente, el 4 de marzo, estando en el adarve observando una salida en la que se causo bastante daño al enemigo, una bala de cañón le derribo gloriosamente sin vida. (Un sencillo monumento levantado en el baluarte donde tuvo lugar su gloriosa muerte, le recuerda a la posteridad. Se conserva en el Museo de Artillería, con el numero 5.873, un trozo de su faja).

    Su sucesor el general D. José de Imaz, no supo inspirarse en tan hermoso ejemplo y capitulo seis días después, sin esperar el asalto, si bien estaba ya practicable la brecha de la cortina de Santiago (El fuerte de Pardalera había sido tomado a viva fuerza por el enemigo, casi por sorpresa, en la noche del 11 de febrero, y arruinado después completamente por la artillería de la plaza), en una extensión de 25 a 30 metros, y bastante maltratados los flancos de los baluartes de dicho nombre y de San Juan, en el frente de ataque, cuando se le avisaba desde Yelves que Massena se retiraba ya de Torres-Vedras y que la plaza no tardaría en ser socorrida. Para tomar determinación tan poco honrosa, se apoyo Imaz en el parecer del comandante de ingenieros don Julián Albo y de otros jefes, disintiendo de la mayoría el anciano general don Juan José García, que dijo con brío: "Defendamos a Badajoz hasta perder la vida". Y el comandante de artillería Camaño, que propuso esperar el asalto o abrirse paso por entre las filas enemigas. Los franceses ocuparon a Badajoz el 11 de marzo, saliendo por la puerta de la Trinidad y deponiendo las armas en el glacis mas de 7.000 hombres utiles; solo una compañía de granaderos mereció el honor de salir por la brecha, distinción concedida graciosamente por el mariscal Soult. Quedaron además prisioneros unos 1.100 enfermos y heridos que había en los hospitales, haciéndose dueño el enemigo de 170 piezas de artillería y de gran cantidad de municiones y pertrechos de todas clases.

    La posesión de Badajoz costo a los franceses unos 2.000 hombres. Los ingenieros abrieron más de 8.800 metros de trinchera y emplearon en las obras 15.000 sacos de tierra, 2.000 cestones y otras tantas faginas. La artillería hizo 25.400 disparos, consumiendo en ellos 800 quintales de pólvora.

    Durante el asedio, Don Miguel Monturvel, teniente de Artillería de la Brigada de Canarias, de edad ya avanzada, a quien se había confiado, a ruego suyo, uno de los puestos de mayor peligro, perdió las dos piernas y un brazo, y asi tan horriblemente mutilado estuvo animando constantemente a los soldados, al grito de ¡Viva España! Hasta exhalar el postrer suspiro.

    6-4-1812. Sitio de Badajoz

    Dueño lord Wellington de Ciudad Rodrigo ( 19 enero), pensó en apoderarse de Badajoz. Moviese al efecto desde Yelbes, donde había sentado sus reales, y después de echar un puente de barcas sobre el rio Guadiana, dos leguas por bajo de dicha plaza, se presento delante de esta el 16 de marzo. El gobernador francés, general Philippon, había reparado, mejorado y aumentado considerablemente las obras de defensa; y la guarnición, compuesta de unos 5.000 hombres, tenia víveres para cuarenta o cincuenta dias, pero escaseaban las municiones. Eligieron los ingleses como frente de ataque el comprendido entre los baluartes de la Trinidad y de Santa Maria, mas al descubierto, y abrieron en la noche del 17 la trinchera a 300 metros del reducto de la Picuriña, disponiendo al efecto de 3.000 utiles, 80.000 sacos terreros, 1.200 cestones y 700 faginas, preparados de antemano. Efectuaron los sitiados una salida el 19 con 1.100 infantes y 70 caballos, causando bastante daño en los trabajos; pero estos continuaron con ahinco a pesar de haberse metido el tiempo en aguas desde el 20 al 25, creciendo el Guadiana hasta el punto de arrastrar el puente de barcas, quedando de este modo interceptada la comunicacion entre ambas orillas. No obstante estos contratiempos, pudieron ya los sitiadores romper el fuego el 25 desde la primera paralela con 28 piezas repartidas en seis baterias: dos contra la Picuriña y cuatro para enfilar y destruir el frente atacado, y asaltado dicho fuerte al anochecer del mismo dia, consiguieron los ingleses apoderarse de el.

    Abierta la segunda paralela a la distancia de 130 toesas del cuerpo de la plaza, se construyeron algunas baterias de brecha contra la cara derecha del baluarte de la Trinidad, el flanco izquierdo del de Santa Maria y la cortina comprendida entre aquel baluarte y el de San Pedro. Como los sitiados habian preparado hacia este lado una inundacion con las aguas del Rivillas por medio de una esclusa cubierta con el rebellin de San Roque, trataron los ingleses de enseñorearse de este fuerte para inutilizar dicha esclusa; mas tropezaron con dificultades que no pudieron allanar y no les fue posible conseguir su objeto. Mientras tanto se iba aproximando a Extremadura el mariscal Soult, y noticioso de ello lord Wellington, resolviose a asaltar la plaza en cuanto estuvieran practicables las brechas.

    Diose la acometida a las diez de la noche del 6 de abril. Tomado el rebellin de San Roque, avanzaron dos divisiones, formadas en columna cerrada, para atacar la brecha de la Trinidad y de Santa Maria, mientras otras fuerzas llamaban la atencion del enemigo desde Pardaleras a Guadiana, procurando escalar el baluarte de San Vicente y su cortina, y el general Picton se dirigía con la tercera división al asalto del castillo. Penetraron sigilosamente en el camino cubierto las tropas encargadas de atacar las brechas, saltando animosas al foso, no obstante tener la contraescarpa una elevación de doce pies. Apercibieronse entonces los defensores de la proximidad de sus enemigos y rompieron sobre ellos un fuego espantoso de fusileria y metralla, al mismo tiempo que hacían estallar un rosario de bombas de a 14 pulgadas enterradas en el foso y les arrojaban desde lo alto de las murallas multitud de proyectiles, piedras y barriles incendiarios. Ordenaronse los ingleses y se dirigieron a las brechas; mas tropezaron con una cuneta abierta en el fondo del foso, de seis pies de profundidad, llena de agua, y ahogándose muchos en ella, sirvieron sus cadáveres de paso para los demás, que, afrontando heroicamente una muerte segura, trataron de abrirse paso por entre los numerosos obstaculos que obstruian en todas direcciones el acceso a las brechas. Dos veces acometieron valerosos hasta llegar a los caballos de frisa, formados por gruesas vigas erizadas de hojas de armas blancas en que se clavaban los de las primeras filas empujados por las de atras, y las dos fueron rechazados, retrocediendo en el mayor desorden. Sin aliento ni animo para dar una tercera embestida, apiñados en el reducido espacio comprendido entre los dos baluartes, sin avanzar ni retirarse, sordos a la voz de sus jefes, estuvieron durante mas de dos horas expuestos al fuego destructor de los franceses, que a mansalva produjeron en aquella inmóvil masa humana horrible carnicería. Apesadumbrado lord Wellington, iba a ordenar ya la retirada para aguardar la luz del dia, cuando supo que Picton había escalado y tomado el castillo y que el general Leith, rechazado de Pardaleras, habia podido penetrar en la plaza escalando el baluarte de San Vicente, y se corría a lo largo de la muralla para coger por la espalda a los defensores de las brechas. Entonces, imposible ya toda resistencia, fueron aquellas abandonadas, refugiándose el bravo Philippon en el fuerte de San Cristobal, en donde a las seis de la mañana rindió a discreción.

    La desgraciada ciudad de Badajoz fue tratada por los humanitarios ingleses, amigos y aliados de los españoles, con tal barbarie, que los mismos escritores de su nación, testigos presénciales ( Napier.- "History of the Peninsular War". An British Officer.- "The united service journal".) confiesan no se registra ejemplo semejante en los anales de los pueblos civilizados. Cuantos excesos, crímenes, horrores, atropellos y hechos los mas escandalosos puede concebir la imaginación mas depravada, tuvieron allí lugar durante dos días completos. Los desventurados habitantes sufrieron toda clase de vejaciones e insultos, sin distincion de sexo ni edad, pereciendo muchos de ellos a manos de aquellos salvajes, que en numero de 20.000 penetraron furiosamente por todas partes, sin que edificio alguno pudiese librarse de la desenfrenada rapacidad de aquella horda de bandidos; y cuando no quedaba ya nada que robar ni destruir, se les veía por las calles completamente borrachos (Muchos de ellos se ahogaron en una bodega sumergidos en el vino que se escapaba por los agujeros abiertos a balazos en los barriles), a tiros con todo el mundo, aun con sus mismos camaradas, disputándose el botín, que pasaba a manos del mas fuerte. Los destacamentos que entraron en la ciudad para restablecer la disciplina se dejaron contaminar con el ejemplo, y los jefes y oficiales manifestaron ser impotentes para contener tales desmanes; el mismo Wellington se vio amenazado por las bayonetas de sus soldados, que le impidieron entrar en la plaza; solo terminaron aquellos horrores, cuando, agotadas las fuerzas de todos por tantos excesos, pudieron imponerse otras tropas que acudieron con tal objeto; sin embargo, el dia 9 se estableció en el campo un mercado con todas las presas hechas, a ciencia y paciencia de los jefes británicos.

    Perdieron los franceses en tan bizarra defensa 1.300 hombres muertos y heridos ( Entre los 3.500 prisioneros se encontraban el comandante Nieto, el capitán Romero, los tenientes Jambari, Olize, Guevara y algunos soldados españoles que, entregados a los guerrilleros, fueron inmediatamente fusilados. El capitán de Artillería Farinas, sabiendo la suerte que le aguardaba, se hizo lanzar al espacio poniéndose en la boca de un mortero en uno de los últimos disparos que hizo la plaza.); los sitiadores contaron de menos mas de 5.000 hombres, de los cuales unos 3.500 solo en la noche terrible del 6; 500 en la escalada del baluarte de San Vicente, otros tantos en la toma del castillo y 2.500 en las brechas. Las Cortes españolas dieron las gracias al ejercito ingles por la conquista de Badajoz, condecorando a Lord Wellington con la gran cruz de San Fernando.

Gazeta de la Regencia de España e Indias Publicación:02/03/1811, nº 27

Páginas: 217 - 217

España.- Cádiz 1.º de Marzo.- De Yelves escriben que Badajoz se defiende heroicamente.

Gaceta de Madrid Publicación: 18/03/1811, nº 77

Páginas: 308 - 308

España.- Madrid 17 de Marzo.- La plaza de Badajoz se ha rendido el día 10 del corriente á las nueve de la noche. Diez mil hombres han sido hechos prisioneros.

Gazeta de la Regencia de España e Indias Publicación: 30/03/1811, nº 44

Páginas: 330 - 335

Se anuncia al público con sentimiento la rendición de la plaza de Badajoz, verificada el día 10 del corriente, según demuestran los documentos que siguen.

ARTICULO DE OFICIO.

Se anuncia al publico con sentimiento la rendición de la plaza de Badajoz, verificada el dia 10 del corriente, segun demuestran los documentos que siguen

Oficio del gobernador Imaz.

Excecon el mas justo sentimiento anuncio a V.E. que el mariscal Martier acaba de intimar la rendicion á esta plaza: abierta brecha con mas de 32 varas de ancho, y practicable ya para un asalto, adelantaba mis obras con bastante aceleracion; pero la grande extension de la cortadura del frente atacado, no permite la terminacion de la segunda linea en muchos dias: esta razon, y la de no tener un punto de retirada, me han hecho convocar á los generales, Cuerpos facultativos de artilleria é ingenieros, y gefes principales de los cuerpos que cubren este recinto, quienes instruidos del papel parlamentario, votaron la mayor parte debia capitular la plaza con todos los honores, segun prueba el papel numero 1.° A pesar de esto hice los mayores esfuerzos, para seguir la defensa hasta perder la vida, pero se me opusieron, haciéndome ver que esta podia durar lo mas dos d¡as, y con ella perdia á un pueblo que ha manifestado generosidad, y á una valiente guarnicion que se ha portado heroicamente: con estos obstáculos, me he visto en la dura precision de capitular en la forma que indica la copia núm 2. Por último, debo recomendar á V. E. los gefes , oficiales y soldados que han permanecido en este sitio 45 dias sin descanso. Su valor ha dado pruebas nada equivocas de la gran parte que se tomaban por el bien de la patria, y espero que V. E. recomendara á la superioridad muy particularmente su mérito. -Dios guarde, á V. E. muchos años. Badajoz once de la noche del dia 10 de marzo de 1811. Excmo. Sr. Jose de Imaz.- Excmo. Sr. D. José de Heredia........

Nª 2 Capitulacion entre el Sr. Luis Gouré, oficial de la legion de honor y gefe del estado mayor general de! 5º cuerpo del exercito imperial del mediodia de España, autorizado por S. .E. el mariscal duque de Treviso, comandante del exército sitiador, y el Sr. D. Rafael Hore, brigadier de los reales exércitos, y teniente coronel del regimiento de infanteria del Príncipe, autorizado por el mariscal de campo D. José Imaz, gobernador de Badajoz.

Art. I. La ciudad de Badajoz, la plaza y obras exteriores dependientes de ella se entregarán mañana 11 de marzo á las 9 de ella á las armas de S: M. el emperador y rey.

II. La artillería, las armas, las municiones, almacenes del gobierno, tesorerías, planes, apuntaciones y archivos, sean de la artillera ó de ingenieros, del gobierno militar ó el de la provincia, se entregaran á los oficiales franceses comisionados, para recibirlas.

III. La guarnicion saldrá con los honores de la guerra, tambor batiente, mecha encendida , con dos piezas de campaña á la cabeza de la columna. SS. EE. el general en gefe; duque de Dalmacia, y el mariscal, duque del Treviso, queriendo dar prueba de su consideracion á esta guarnicion por su bizarra defensa, se conforman en que salga por !a brecha. Las tropas de la guarnicion rendiran las armas y entregarán las dos piezas de artillería sobre el glacis, conforme vayan saliendo, y seran conducidas prisioneras de guerra á Francia,

IV. Los señores generales, gefe, y oficiales de todas graduaciones conservaran sus equipages y propiedades particulares, y la tropa sus mochilas

V. Habiendo varios gefes y oficiales de la guarnicion casados, que tienen consigo sus mugeres y familias, se les darán los bagages necesarios, siempre que haya proporcion.

VI. Los que sirvan sin armas en la mano, como los comisarios de guerra, médicos, cirujanos y empleados en la administracion, serán enviados a sus casas, aun cuando sea en país que no ocupen las tropas francesas, para lo que se les franquearán los correspondientes pasaportes.

VII. Sin embargo de la conocida tolerancia francesa de que hacen profesion todos los franceses, y que no hay necesidad de estipulacion particular, se declara que los habitantes de Badajoz no seran molestados por sus operaciones políticas, y siendo su religion la misma que la de los franceses, la protegeran mas bien, que que la estorbaran, y no seran obligados como ningun otro español, á tomar las armas contra sus compatriotas.

VIII. Lo mas pronto, posible desde esta noche, las. tropas francesas tamaran posesion del fuerte de S. Cristobal, de la cabeza del puente; y de la puerta de la Trinidad. El Sr. gobernador dara las ordenes para que se haga la entrega á las tropas francesas.

IX. Los oficiales ó miembros de la administracion francesa que en consecuencia del artículo segundo, de la presente capitulacion se hallen en el caso de venir á la plaza, se les permitirá la entrada á la hora que mejoir le parezca al Mariscal Duque de Treviso.

X. Será permitido al Sr. general Imaz gobernador de la Plaza; enviar un Oficial al Exmo. Sr. D. Gabriel de Mendizabal, general gefe lnterino del 5.° Exercito, con una copia de la presente capitulación.

Hecho en Badajoz, el dia 10 de marzo de 1811, a las ocho y media de la noche,- Gouré. - Hore. - Es copia de la letra: de la qué obra en mi poder. - Imaz.

Sin embargo de la conducta recomendable que ha observado la guanicion de aquella plaza desde el 26 de enero que empezaron su ataque los enemigos, no solo en el desempeño regular de su servicio en un sitio, sino en las acciones particulares con con motivo de salidas vigorosas, correspondiendo al deseo y fatigas de su  valiente Gobernador D. Rafael Menacho de eterna y apreciable memoria., que fue muerto sobre el muro el dia 4 de este mes, dando exemplo de constancia y bizarría á sus subditos; sin embargo de que el leal. vecindario ha hecho llegar al mas alto punto su firmeza. y constancia , ya dando cuantos auxilios tenia en su arbitrio, ya peleando con los enemigos; y finalmente, aunque se hallase la plaza con una brecha de 30 varas, el Consejo de Regencia, no satisfecho por lo que aparece en estas noticias recibidas, y en la duda de si el gobernador hubiera podido llevar adelante su defensa, ha dado orden al general en gefe del quinto exercito para que se proceda en este caso á ordenanza; y asi lo ha hecho, presente a las Cortes generales, y extraordinarias, al dar á S, M. noticia de este sensible acaecimiento

Gazeta de la Regencia de España e Indias Publicación: 30/03/1811, nº 44

Páginas: 335 - 336

La ciudad de Badajoz, la plaza y obras exteriores dependientes de ella se entregarán mañana 11 de Marzo á las 9 de ella á las armas de S.M. el Emperador y rey.

Gazeta de la Regencia de España e Indias Publicación: 11/06/1811, nº 78

Páginas: 616 - 616

España.- Cádiz 10 de Junio.- Las cartas de Olivencia refieren que el 3 se rompió el fuego contra Badajoz con 40 piezas de batir, y que el fuerte de S. Cristobal había ya casi cesado de hacer fuego.

Gazeta de la Regencia de España e Indias Publicación: 18/06/1811, nº 81

Páginas: 640 - 640

El coronel D. Pedro Conesa se halla nombrado por el Consejo de Regencia para formar causa en el cuartel general de la Real Isla de León al brigadier D. José Imaz, gobernador que fué de la plaza de Badajoz, y al coronel D. Rafael de Hore, por la rendición de aquella plaza.

Gaceta de la Regencia de las Españas Publicación: 20/06/1812, nº 76

Páginas: 633 - 634

Ha empezado á verse en consejo de guerra de oficiales generales, que ha de celebrarse á puerta abierta en el convento de religiosos carmelitas descalzos el proceso formado sobre la rendición de la plaza de Badajoz.

Gaceta de Madrid Publicación: 28/06/1812, nº 180

Páginas: 725 - 725

Real decreto concediendo á D. Manuel del Río, en consideración á los particulares servicios que hizo su padre en el sitio de Badajoz, plaza especial de alumno del mismo cuerpo.

Gaceta de Madrid Publicación: 30/10/1823, nº 104

Páginas: 388 - 388

Noticias de España.- Madrid 29 de Octubre.- La plaza de Badajoz ha capitulado con el Capitán general D. Gregorio Laguna, según avisos oficiales que se han recibido por el Ministerio de la Guerra, y por el Sr. Mariscal Duque de Reggio. Antes de ayer se vió la causa del famoso criminal D. Rafael del Riego en la sala segunda de Alcaldes de la Real Casa y Corte.

Gaceta de Madrid Publicación: 12/12/1837, nº 1109

Páginas: 4 - 4

La Diputación provincial de Badajoz ha expedido una circular haciendo entender que los que intenten reclamar la correspondiente indemnización por haber sido arruinados por los facciosos, deberán acreditar las pérdidas que hubiesen sufrido.

Gaceta de Madrid Publicación: 07/11/1839, nº 1824

Páginas: 2 - 2

Noticias nacionales.- Badajoz 29 de Octubre.- Noticia de acciones que se expresan contra los facciosos y relación de los individuos presentados.

Gaceta de Madrid Publicación: 09/10/1843, nº 3307

Páginas: 2 - 3

Noticias nacionales.- Mérida 4 de Octubre.- Las autoridades de esta ciudad y provincia han desplegado una grande energía, de modo que se ha malogrado el pronunciamiento que estaba preparado en Badajoz y Mérida.

    El siglo XVII, con la ampliación de la zona amurallada del sistema Vauban, nos confirma el carácter defensivo y estratégico de Badajoz, que le obligó a vivir intramuros hasta el primer tercio del Siglo XX. 

DOE núm 81 JUEVES, 2 DE OCTUBRE DE 1986

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Patrimonio Histórico Artístico.- Resolución de 23 de septiembre de 1986, por la que se adjudican las obras de "Restauración del Baluarte de San Roque en Badajoz".

DOE núm. 95 MARTES, 29 DE NOVIEMBRE DE 1988

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Restauración.- Resolución de 16 de noviembre de 1988, adjudicando las obras de Restauración del Baluarte de San José en Badajoz.

    Antonio Ponz en su " Viage de España", Tomo VIII, Segunda Edición publicado en Madrid el año 1784, escribe:

   "Badajoz.

    Camina Guadiana desde Mérida á poniente, y en la vuelta que viene á dar ácia mediodía, está situada la ciudad de Badajoz en parage elevado. Su antigua poblacion era principalmente donde está el castillo, que es lo mas alto de la ciudad, y allí se vén fundamentos, y ruinas, así de tiempo de Romanos,  como de Godos, y Moros. Se encuentran en su recinto, que es bien grande, algunas iglesias sin uso, que fueron parroquias por lo pasado. Las murallas exteriores del castillo están construidas segun la moderna arquitectura militar, como las demas de la ciudad. Los Romanos llamaron á esta ciudad Pax Augusta, cuyo nombre corrompieron los Moros en Badajoz: así como corrompieron el de Pax Julia en Beja, que está en Portugal.

    Badajoz se reputa de tres mil vecinos , cuya cuenta no sé si será exacta: tiene quatro parroquias, ocho. conventos de Religiosas, y quatro de Religiosos. La arquitectura de la catedral tiene muy poca magnificencia, gusto, ni grandiosidad, así por dentro, como por fuera: solo en las ventanas de su torre se ven algunas molduras, y ornatos bien executados sobre el estilo de la edad de Carlos V. No es mas que pasadera por su forma la fachada principal de esta iglesia, cuyo adorno consiste particularmente en quatro columnas de orden jónico, y una estatua de S. Juan Bautista en su segundo cuerpo. La piedra de la misma fachada, y gran parte de la que se usa en las fábricas de Badajoz, la traen del montecillo inmediato, donde está el castillo de S. Christobal: es dura, y algo quebradiza, á manera del pedernal.

    El altar mayor es de lo pésimo que puede verse en materia de talla, y nada digno por su forma de tal catedral: las estatuas distribuidas en él ya son otra, cosa, particularmente la de S. Juan del nicho principal, que á lo que me aseguraron la hizo D. Juan Ron, autor de las de S. Isidro, y Santa María de la Cabeza en ese puente de Toledo. El coro, que embaraza la mitad de la iglesia poco menos, es obra de escultura con ornatos de diferente mérito. Algunas figuras de los tableros mas inmediatos á la rexa, son bastante buenas: las .demas son inferiores ; pero todo se vé executado, así en las figuras, como en los ornatos, segun aquel antiguo estilo de Berruguete. La talla del órgano sobre este coro es disonante, y monstruosa, como lo es la de los otros altares, incluyendo in capite libri el mayor, y no exceptuando sino uno, ú otro.

    Es tenido por obra de Antonio Wandick el quadro de la Magdalena de cuerpo entero, colocado en el altar de su capilla: efectivamente es muy bueno, y executado sobre el estilo del referido autor: no sé si será de Mateo Zerezo, como sospeché al verlo. La arquitectura del altar de S. Juan es decente, como tambien la escultura que contiene: también lo es la del altar de las Reliquias, que principalmente consiste en dos columnas, y algun otro adorno. Por esté término se puede creer fuese el mayor, qué naturalmente creerían hacer una gran cosa poniendo en su lugar el actual: quiera Dios no suceda lo mismo á los pocos buenos que quedan.

    Lo mas notable de esta catedral en materia de pintura es lo que se vé en el altar de Santa Ana, figuras de mediano tamaño, Los asuntos son un Ecce Homo, dos Santos, y dos Santas de medio cuerpo, la Sacra Familia, la Adoracion de los Reyes, S. Ildefonso que recibe la casulla, la Anunciacion, S. Juan; y otro Santo: del mismo autor es un S. Pablo primer ermitaño en esta Iglesia ; y de su mano son quatro quadritos de la sacristía, que representan á nuestra Señora con Christo. muerto en los brazos, la Impresion de las llagas de S. Francisco, la Anunciacion, y la Adoracion de los Santos Reyes.

    Los Señores Estradas, Oficiales de la Milicia Urbana de Badajoz, aficionados, y ocupados en el laudable exercicio de la pintura , me dixeron habian averiguado el nombre de Morales, que Palomino dice no se había podido saber; y que esta averiguacion la habian hecho en la villa de Frexenal, donde encontraron recibos de dicho Morales, por la paga que la expresada villa le hacía de tres reales diarios en remuneracion, segun se cree, de pinturas que le había hecho; bien que hoy no se encuentran en ella, sino en la Higuera de Frexenal, pueblo inmediato á Frexenal. Se llamaba pues, segun esta averiguacion, Christobal Perex Morales: fue natural de Badajoz, en donde todavía hay una calle, que se llama de Morales, donde vivió, dándole nombre por su fama, como Jacobo Trezo se lo dió en Madrid á la que vulgarmente se llama de Jacometrenzo, prueba suficiente de la fama, y estimacion que se hacía de tales sugetos. Felipe II. pasando por esta ciudad para Portugal, le admitió á su audiencia, y le señaló la pension, que refiere Palomino.

    Me parece que no le disgustará á V. saber la verdadera patria, y nombre de Morales, de cuya mano hay otras obras en esta ciudad , de las quales hablaré. El claustro de la catedral es mas grande de lo que parece corresponder á la iglesia. En la sala capitular he hallado algo de bueno en materia de pinturas, y son : un Descanso de nuestra Señora, obra estimable de Pedro Atanasio: una Concepcion executada segun el mismo estilo, que es el de Alonso Cano, de quien dicho Atanasio fue discípulo: otra Concepcion de Pedro Orrente; y sobre todos es bellísimo un quadrito, que representa á nuestra Señora, á S. Josef, y á Santa Ana contemplando al Niño Dios dormido en una cuna, executado segun el bello gusto de Federico Barroccio.

    Volviendo á Morales, son de su mano en la parroquia de la Concepcion las pinturas de dos altares colaterales, cuyas figuras del natural son de cuerpo entero, y la una representa á Jesuchristo con la cruz, al hombro, la otra á Santa Ana, y S. Joachin abrazándose. Aseguro á V. que no he visto cosa mejor de dicho artífice, pues hay mas .soltura que la regular de sus obras y notable expresion, y grandiosidad en las cabezas, gusto y buen partido de pliegues, con lo demas que se requiere. De su mano es otro quadro grande en un altar á los pies de esta misma iglesia, cuyo asunto se reduce á nuestra Señora sentada, y al Niño, Dios con un paxarillo atado de un hilo. En este quadro se figura una tablita, que indica el año de 1546, que es quando se hizo: yo mandaría poner en otra el año en que se deshizo, como se puede decir haber sucedido con un infeliz retoque, que es .muy reciente.

    La iglesia de S. Francisco es bastante especiosa, y de estilo medio gótico; pero sus ornatos, y altares del peor gusto, como casi todos los modernos de Badajoz. En uno de los de esta iglesia hay una estatuita de S. Miguel combatiendo con el diablo, obra de Nicolas Fumo Napolitano. Está enterrado en ella D. Nicolas Feliciano de Bracamonte, célebre Oficial que se señaló en la batalla de Brihuega sirviendo al Señor Felipe V.

    La iglesia del convento de S. Agustin tiene una muy buena portada de marmol con dos columnas jónicas; y de la misma materia es la estatua de S. Agustin en el ático. Tambien es buena la arquitectura del altar mayor, que principalmente consiste en, quatro columnas corintias, con lo demas correspondiente al orden, y entre ellas hay algunas pinturas, que apenas se puede venir en conocimiento de lo que representan por lo obscurecidas que estan. Parecen los Santos Doctores. En los altares colaterales hay apreciables pinturas de Christobal Perez Morales, y son: al lado del evangelio nuestra Señora abrazada con Jesuchristo difunto, y dos Santos de rodillas, que parece representan á S. Lorenzo, y á otro Santo de la Orden de S. Agustin: al lado de la epístola el Señor atado á la columna , figura del natural de cuerpo entero, á un lado de la qual estan la Magdalena, y otro Santo. Estas obras estarían mas bien cuidadas si se hiciese de ellas mas estimacion, como merecen. Se halla en esta iglesia el entierro del Marques de Bai, célebre General del Sr. Felipe V que en el año 11 de este siglo ganó la batalla de la Gudiña, territorio distante de Badajoz media legua segun oí.

    Es de mucha magnificencia en esta ciudad el puente sobre Guadiana, saliendo por la puerta de las Palmas para ir á Portugal; y se debe contar entre las insignes obras modernas que hay en España, y que pueden en algun modo competir con las de los Romanos. Tiene veinte y ocho arcos, el mayor de setenta y ocho pies de diámetro, y el menor de poco mas de veinte y uno: lo largo de todo él es de mil ochocientos setenta y quatro pies, y de veinte y tres lo ancho. La materia es de piedra cortada de grano durísima. Acia su medio se lee esta inscripcion en una losa de marmol: Philippo II. Hisp. Ind. Rege. Urbis prefecto Dño. Didaco Hurtado á Mendoza S. P. Q. Pacis Augustae opus hoc publice totius orbis utilitati publicis sumptibus perfectunt dicavit anno 1596. Esta dedicacion del puente á la salud pública es un glorioso testimonio á favor de la ciudad de Badajoz, y del Gobernador D. Diego Hurtado de Mendoza. Sobre esta inscripcion estan las armas Reales, las de Badajoz, y las del Gobernador.

    La puerta de las Palmas, por la que se sale de la ciudad al puente, tiene á cada lado un torreon redondo, y en la parte inferior, y superior de los mismos hay formada una faxa , ó moldura, cuya figura es el el cordon de S: Francisco, indicio de haberlas hecho construir el célebre Cardenal Cisneros, como se ve en otras fábricas de su tiempo. Dos medallas puestas por la parte exterior de dicha puerta representan en cabezas del natural á la Reyna Doña Juana; y á Felipe I. Ademas de esta puerta tiene la ciudad otras quatro ó cinco.

    Hay un edificio, que llaman la Maestranza, donde están depositadas todo género de armas, y pertrechos militares. Son varios los  baluartes de sus murallas, y en algunos se trabaja actualmente. Los fuertes exteriores de la plaza son el castillo de S. Christobal de la parte de allá del rio, y el de Pardaleras al otro lado de ella. En el campo inmediato á esta ciudad, que llaman de Mérida; se reconoce grandísima porcion de norias abandonadas. Aunque se ven olivares, viñas, y algunas huertas, así en las riberas de Guadiana, como en otras partes de los contórnos de la ciudad y es poca cosa para lo que podía haber de estos, y otros frutos, y señaladamente de naranjas, y limones siendo tierra adaptada para ello.

    Las riberas de Guadiana, y del rio Évora, que entra en aquel á poca distancia mas arriba de Badajoz, sobre el qual me aseguraron haber un buen puente de doce, á catorce arcos, están peladas de los árboles propios de tan adaptados sitios, y es un triste espectáculo, que se nota en casi todas las riberas de Extremadura. Por junto á la muralla viene de ácia oriente á meterse en Guadiana un arroyo, que llaman Ribillas, que se pasa por puente de cinco ojos, y sus orillas se ven tan desnudas como las pasadas. D. Ramon de Larumbe, Intendente de Extremadura, halló el arbitrio de plantar olmos, y otros árboles en todas ellas, concediendo á los labradores, que los plantasen, algunos terrenos inmediatos, donde pudiesen poner melonares, y otras cosas; pero ya esto se abandonó, y son poquisimos los árboles que quedan.

    Desde Badajoz á Yelves, que por esta parte es la primera ciudad de Portugal, hay tres leguas de camino ácia cuyo medio se encuentra el riachuelo Caya, que divide los Reynos, y sobre él se formó una casa de madera, donde se efectuaron las bodas de los Señores Reyes D. Fernando VI. y Doña Bárbara de Portugal: El citado riachuelo desagua inmediatamente en Guadiana, cuyas riberas, y cercanías dentro de Portugal se reconocen mucho mas cultivadas, y cuidadas, que en la parte de Extremadura. Con esto dexaremos á Badajoz"

    Antonio Vegas en su Diccionario Geográfico Universal, Tomo I, publicado en Madrid en el año 1795. dice:

    "Badajoz; Pax Júlia, Ciudad Realenga de España; en la Provincia de Estremadura, cabeza de Partido de su nombre, con 36 Villas y Lugares de Jurisdicion.

    Fue restaurada últimamente de los Moros por Don Alfonso IX, año 1228: tiene Alcalde Mayor, é Iglesia Catedral sufraganea de Santiago; que se compone de su Ilmo. Obispo, 7 Dignidades, 16 Canongias, 4 Raciones, 6 Medias Raciones, 20 Capellanias de Coro, 2 Arziprestes, 5 Vicarios, y 53 Pilas Bautismales en todo el Obispado. Tiene, 4 Parroquias, 8 Conventos dé Religiosos, 4 de Religiosas, y 5 Hospitales. Su poblacion ws de 3@ [3000] vecinos. Está situada, á legua y mediá de la Raya de Portugal, en la vuelta que hace Guadiana al Mediodia, en, un paraje elevado; su antigua poblacion era principalmente donde esta el Castillo y, que es lo mas alto de la Ciudad donde, se encuentran antigüedades de los Romanos, de los Godos, y de los Moros. Carece de fuentes, pues se surte el vecindario de aljibes y cisternas; y no tiene edificios de consideracion. Es Plaza de Armas fronteriza, con Gobernador Militar, Plana Mayor, y competente Guarnicion, tiene cinco puertas, y á la orilla del rio, un bello paseo de arboles: un gran Puente de 28 arcos; tiene Maestranza compuesta de los caballeros de la Ciudad. Sus calles bastante buenas y limpias: Su terreno esta empleado en grandes dehesas para pastos de los ganados; pero no obstante cogen trigo, cebada, frutas, y hortalizas. A legua y media de Badajoz está el Riachuelo llamado Caya; que divide el Reyno de España y Portugal; y sobre el se formó una Casa de Madera, donde se efectuaron las bodas de Fernando el VI y la Reyna Doña Barbara de Portugal. Es residencia del Capitan General de la Provincia de  Estremadura, y de un Intendente General del Exercito con las Oficinas Reales correspondientes. Los Portugueses la sitiaron en vano en 1658, Juan de Austria los derroto sobre el mismo puente de Guadiana en 1661: y ultimamente en 1705 los Confederados la sitiaron, pero hubieron de levantar el sitio. Dista 3 leguas E. de Yelves, 40 N.O. de Sevilla y 68 S. O. de Madrid; Longitud 11.52 Latitud 38. 35."

   En el año 1826, Sebastián de Miñano; en su Diccionario Geográfico Estadístico Tomo I, publicado en Madrid, se refiere a Badajoz de la siguiente manera.

   "Badajoz, ( Pax Julia y entre los árabes Beledaix que significa Tierra de sanidad ). Ciudad Realengo de España, y de voto en cortes, capital de la provincia de Estremadura, del partido y obispado de su nombre; residencia del capitan general de la provincia, gobernador militar y político. Alcalde Mayor de segunda clase, intendente de ejercito, de rentas y de policía; maestranza compuesta de los caballeros de la ciudad, administrador principal de correos, otra tambien principal de loterias,3.596 vecinos, 12,088 habitantes, catedral, 4 parroquias, 5 conventos de frailes, 8 de monjas, 5 hospitales, 1 pósito, casa de postas con 6 caballos.

    Hay en  esta ciudad inscripciones y otras antigüedades romanas. Se halla situada a los 58º 38' de latitud, y 14º 16' de longitud, á 1 1/2 legua de la frontera de Portugal y orilla meridional del río Guadiana, en su margen izquierda, en una llanura que por la parte del E. se eleva 90 varas sobre el nivel del rio, teniendo en su cima de N. a S. la estension de 460 varas, y 230 de E. á 0., cuyo espacio se llama el castillo. Este está edificado sobre un peñon macizo y calizo, sin ninguna petrificacion, teniendo el pais por todas partes la misma forma, y mudando de naturaleza las piedras y las tierras, pues efectivamente, siguiendo el rumbo desde Castilla hacia Badajoz, se acaba en esta ciudad el terreno calizo, y vuelven á aparecer las peñas, pedregales y tierras calizas. Este naturaleza de terreno continua siendo la misma hasta Santa Marta, donde ya se encuentran algunas colinas da pizarra dura y peña arenisca fina, que se estienden hasta Zafra.

    La poblacion actual ocupa las faldas de O. y S., y se estiende por el llano entro el Guadiana que tiene al N., la huerta de Tenas al 0., la altura de Pardaleras al S, y el arroyo de Ribillas que corre por el E, lamiendo el pie de la altura del castillo para entrar en el Guadiana. El recinto que abraza la ciudad apoya sus dos extremos en el muro antiguo del castillo, y presenta dos frentes sobre el rio, uno hasta el puente y puerta de las Palmas, y otro desde este al baluarte de San Vicente, ciñendo el resto de la poblacion 8 frentes que componen los baluartes de San Vicente, San José, Santiago, San Juan, San Roque, Santa María, la Trinidad, San Pedro y el medio baluarte de San Antonio. Carece de fuentes, pues se surte el vecindario de algibes y cisternas. Tiene 5 puertas y un hermoso paseo á la orilla del rio, el cual tiene un buen puente de 28 arcos, el mayor de ellos de 78 pies de diámetro y el menor de 21: su longitud es de 1.874, y su latitud 23. Se construyo en tiempo de Felipe II, el año de 1.596. Las calles son bastante buenas y limpias.

    La iglesia catedral, en la que hay muy buenas pinturas de Mateo Cerezo y de Morales, es sufraganea de la de Santiago y se compone su cabildo del Señor obispo, 7 dignidades, 16 canóngias, 4 raciones, 20 capellanias de coro, 2 arciprestes, 5 vicarios y 53 pilas bautismales en todo el obispado. La campiña es feraz y esta empleada la mayor parte en grandes dehesas para pastos. Produce muchos granos, vino, aceite, frutas, hortalizas y toda clase de ganados. Industria: algunas fabricas de curt¡dos, de jabon, y en el hospicio de sayales y telas ordinarias.

    Esta ciudad fue poseida por los romanos, paso al dominio de los godos en el siglo V, y al de los árabes en el VIII. Bajo el dominio de estos ultimos fue ganada por Alfonso Enrique, príncipe de la casa de Borgoña, y fundador de la monarquia portuguesa. Los reyes moros de Badajoz tributarios en aque¡ tiempo de Fernando II, rey de Leon; imploraron su socorro, y este monarca corriendo al apoyo de vasallos, puso sitio á la plaza y no pudiendo resistir, Enrique arriesgó una salida y quedó prisionero. El generoso Alfonso no haciendo uso de la victoria, consolo al vencido, le dio libertad, y dejo la ciudad en poder de los moros. En 1181 el mismo Enrique se apoderó de nuevo de la plaza, y la perdió por la perfidia de su gobernador, hasta que en fin fueron del todo espulsos los moros en 1235, por Alfonso IX, rey de Castilla. El año 1660 la pusieron sitio los portugueses; pero tuvieron que levantarle a vista de su vigorosa resistencia. Otro tanto sucedió en 1705 á las tropas confederadas de portugueses é ingleses. El año de 1811, dia 10 de marzo, se apoderaron de ella las tropas da Buonaparte y en el de 1812, dia 6 de abril, la reconqnistó el ejercito español é ingles, en cuya reconquista cometieron tales horrores las tropas de esta ultima nacion, que causaron gran pesadumbre á sus generosos aliados.

    A legua 1/2 de esta ciudad esta el riachuelo Caya que divide a España del Portugal, y sobre el se formó una casa de madera donde se efectuaron las bodas del rey don Fernando el VI con la reyna doña Bárbara. Celebra feria el 20 de abril. El que desee noticias mas circunstanciadas acerca de esta ciudad y sus principales edificios, puede consultar el viage de España de don Antonio Ponz, tomo 8.°, pág. 157.

    Es patria de Abu-Mahamet Abdalla que escribió sobre la retorica y poetica; de Rodrigo Dosma Delgado, insigne teólogo y matematico del siglo XVI; del célebre arquitecto Juan de Badajoz que florecio á principios del siglo XVI; trazó la iglesia de San Isidro de Leon, el convento de San Marcos de la misma; y otras que le dieron fama; de Luis de Morales ó del divino Morales, pintor en el siglo XVI; de don Juan y don Ignacio Estrada, pintores en el siglo XVIII, de don Pedro Gonzalez de Sepulveda, gravador general de España e Indias, en el mismo siglo; del médico Fernandez Baxara, de quien quedan algunos escritos; y de Joaquin Romero de la Cepeda, poeta lírico y dramatico del siglo XVI, que imprimió 6 obras en 1582. En su clase no carece de algun mérito. y sin duda debió de ser partidario de Castillejo, pues a pesar de haber publicado sus obras en dicho año, para él parece que no existían las formas poéticas italianas ya introducidas en España por Boscan y Garcilaso, y adoptadas por muchos buenos ingenios. Dista 64 leguas de Madrid y 36 N. de Sevilla. Contribuye 473.109 reales 8 mrs, y por aguardientes 5,891 rs. 22 mrs"

   En el Diccionario Geográfico Estadístico Histórico de España de Pascual Madoz, en su Tomo III, publicado en Madrid el año 1849, dice:

   "Badajoz: diócesis sufragánea del arzobispado de Santiago se compone de 46 pueblos en la provincia del mismo nombre y ademas la capilla de San Juan Bautista. dentro de la iglesia mayor de Llerena, la ciudad de Jerez de los Caballeros, y los valles de Sta. Ana y Matamoros, en el territorio que en la misma provincia comprende el Priorato de San Márcos de Leon; confina por N. con el Priorato de Alcántara y diócesis de Coria; E. el referido Priorato de San Márcos; S. con la diocesis de Sevilla, y 0 con las de Gevora, Yelves y Portalegre en Portugal: se aproxima su figura á un triángulo que tiene su base de 16 leguas hácia el S. y 20 de altura de S. á N.; el punto mas apartado de la capital es al S. unas 16 leg., y el mas próximo 3 leg. al E.: para el gobierno eclesiasitico se divide en 2 arciprestazgos y 5 vicarias, que son Alburquerque, la Parra, Fregenal, Burguillos, Barcarrota, Villagarcia y Jerez de los Caballeros.

    La iglesia catedral de Badajoz se restauró por D. Alonso IX en 1208, y consta del Ilmo. obispo, 7 dignidades, 16 canongias, 4 racioneros, 6 medias y 17 capellanias: en la villa de Zafra, su antigua parroquia, fue convertida en insigne iglesia colegiata, con un abad mitrado, 3 dignidades, 12 canónigos, 8 racioneros, 8 capellanes de coro, sacristanes, pertiguero y demas empleados como una catedral, segun se espresa en el tit. 10 del lib. I. de las Constituciones del último sínodo diocesano de 1. de febrero de 1671, quedando el ejercicio de la cura de almas al cuidado de 1 canónigo y 2 racioneros con aprobacion episcopal; y como muchos años há no se han hecho provisiones en la iglesia de Zafra á causa del pleito seguido en el Supremo de la Real Cámara, no se puede considerar en el dia ni como una parroquia con los ministros necesarios, y menos como iglesia colegiata por haberse estinguido por consuncion: estas razones movieron al Ilmo. obispo dé la diócesis á dirigir al ministerio de Gracia y Justicía con esposicion de 20 de junio de 1836, copia por duplicado, del auto que en 11 del mismo mes y año proveyo el Tribunal para la raduccion de esta iglesia á su anterior estado de pura parroquia, y aun no se ha dictado resolucion. La vicaria de Jerez de los Caballeros y sus valles de Sta. Ana y Matamoros, pertenecen en su esencia al priorato de San Marcos de Leon en Llerena, y sus parroquias se proveen por oposicion en el Tribunal especial de las Ordenes Militares; pero su colacion e institucion canonica corresponde al Ilmo obispo de Badajoz.

    Provincia fronteriza con Portugal en Estremadura capitania general de este nombre y audiencia territorial de Cáceres, se compone de 15 partidos judiciales, que reunen 162 ayuntamientos en 172 poblaciones y son: 4 ciudades, 123 villas y 45 lugares y aldeas, de las que corresponden 46 a la diócesis de la capital, 69 á la orden de Santiago, 22 a la orden de Alcántara, 20 a la diócesis de Toledo, 14 á la de Plasencia y 1 á la de Coria.

    Camino de hierro. la empresa del camino de hierro, ya organizada, para construir el titulado del Centro de España, que partirá desde Aranjuez a las ciudades de Toledo, Trujillo y Mérida, dividiéndose en esta un ramal á la izquierda para seguir a la ciudad de Sevilla, y otro á la derecha para marchar á Badajoz y a la corte de Lisboa: toda la provincia ha desplegado en este importante asunto la mayor actividad, y alimenta las mas nobles esperanzas de ver realizada una obra que producira inmensas ventajas en el pais. El capital para este camino asciende a 200 millones de rs. en 100,000 acciones a 2.000 rs. cada una; la direccion de la sociedad la componen varios propietarios y capitalistas españolas é ingleses, figurando entre los ultimos, algunos miembros del parlamento y directores de las varias líneas que cruzan aquel pais: de todas las lineas de caminos de hierro que pueden trazarse en España, ninguna ofrece menos dificultades en la ejecucion que esta; pues la mayor parte del terreno que ha de atravesar es el mas llano y regular de toda la Península. Esto lo prueban de una manera satisfactoria, asi como la baratura de la obra, los planos levantados por el entendido cuerpo de ingenieros, que han reconocido el terreno; los trabajos preliminares tocan á su término, y los directores han ofrecido presentar muy en breve á la aprobacion superior del Gobierno el fruto de sus estudios, á fin de obtener la concesion definitiva y llenar las formalidades necesarias para dar principio á las obras. Las 2 provincias de Estremadura que ahora estan aisladas, sin relaciones mercantiles, sin medios de comunicacion para fomentar y dar salida á sus granos, aceites, lanas y ganados, van á adquirir una importancia inmensa: el contacto que le ofrece entre las costas meridionales y occidentales de la Península con la corte y Aranjuez, siendo el centro de ellas mismas de todas estas direcciones, es el medio mas seguro de esplotar, digámoslo asi, un pais fecundo, no bien conocido todavia, pero que cuenta con los mas poderosos elementos de prosperidad.

    Badajoz: partido judicial de termino en la provincia y diocesis del mismo nombre, audiencia territorial de Cáceres, capitania general de Estremadura, se compone de la ciudad y los lugares de Albuera y Talavera la Real, que forman 3 ayuntamientos. Plaza fuerte, cuenta con todas las dependencias miliares de artilleria, intendencia, estado mayor y demas oficinas correspondientes a su clase.

    En la confluencia del riachuelo Rivillas con la orilla izquierda de Guadiana, se eleva un cerro de 142 pies sobre las aguas del rio y en el mismo descuella un antiguo castillo reducido en el dia á un monton de ruinas, descendiendo con pequeña inclinacion al E., S. y O., se halla esparcida la c. de Badajoz, cercada de fuertes murallas y baluartes, con ancho foso y obras esteriores de defensa; dando frente al reino de Portugal y sus plazas fronterizas de Yelves y Campomayor (3 leg), de atmósfera despejada y clima cálido, reinan con sobrada frecuencia las calenturas intermitentes, asi como el viento de Levante o Solano, que mantiene estas enfermedades y perjudica mas particularmente á los forasteros.

    Forman 2,172 casas de buena fábrica y construccion, muchas elegantes y de 3 pisos, con buenos balcones y rejas bajas las cuales suelen estar al nivel de la calle, dando así hermosura a las habitaciones, y comodidad y desahogo á los que las ocupan: las fachadas estan pintadas, ó blanqueadas por por lo menos ofreciendo las calles una alegre perspectiva por ser ademas anchas, limpias y bastante llanas, aunque el empedrado es algo incomodo, cuyo mal va desapareciendo por medio de las aceras que se han puesto en las principales: estas desembocan en la mayor parte en la plaza de la Constitucion llamada vulgarmente Campo de San Juan, por hallarse en ella la catedral bajo la advocacion de este santo, de la que nos ocuparemos despues; esta plaza es un ancho espacio sin portales que forma martillo con los costados S. y O. de aquella iglesia; existen en ella varios cafés de bastante lujo; el teatro, muy decente y capaz; tiendas de comercio puestas con elegancia, la casa de ayuntamiento construida el año 1.° de este siglo, que presenta grande fachada, pero que sin embargo es de poca solidez, y peor perspectiva; y ultimamente un bonito salon de paseo  paralelo á su lado mayor de N. á S. con árbolado, todo con mucho gusto y comodidad, y es el punto mas notable de la c. Las calles situadas al lado N. de la poblacion; mas pendientes por dirigirse al castillo, que es la parte mas elevada: en este lado existe la llamada Plaza Alta, que es cuadrada, llana y espaciosa, donde se venden los comestibles y todos los articulos de consumo para el uso diario de los habitantes, y en la que se halla el peso colodrazgo, edificio pequeño pero suficiente para los usos á que está destinado; cerca de este sitio está la plazuela de San José y en ella la cárcel, de gran fachada, pero sin la necesaria ventilacion; á sus espaldas y algo mas arriba, los restos del antiguo castillo en donde se hallan habilitadas 3 galerias para presos, la torre y sacristia de la antigua iglesia de Sta. Maria del Castillo con el mismo objeto, para los reos de gran consideracion; el hospital militar de gran capacidad para 220 enfermos, y por último el cementerio, en el que se han esmerado á competencia aquellos habitantes, construyendo vistosos y elegantes sepulcros de jaspe y mármol, con estatuas y figuras alegóricas, en términos que este lúgubre recinto, por su objeto, es uno de los puntos mas dignos de verse por la riqueza y gusto de su construccion: ademas de aquellas plazas existen, la plazuela de la Soledad, cuadrilonga irregular formando uno de sus costados la casa de la intendencia, donde se hallan la aduana y oficinas; la de San Andres al E. de la ciudad; la de las Descalzas, pequeña y en sitio muy frecuentado; los llamados campos de San Francisco, Sto. Domingo, al frente de los conventos de este nombre, y de la Cruz, junto a la puerta de Palmas, que por su estension sirven para las formaciones y ejercicios de las tropas de la guarnicion: en el campo de San Francisco se ha construido un gran salon de paseo, circunvalado de un asiento corrido, con verja de hierro por espaldar, y se entra por dos bonitas escalinatas: le rodean por la parte esterior dos órdenes de calles adornadas de arboledas y canapés; en el centro del testero principal se eleva un obelisco de piedra mármol con 1 fuente que le sirve de pie, cuyo surtido de aguas le hace mas vistoso y agradable; en uno de los lados mayores está la noria, que alimenta la fuente, cubierta con un muro de arcadas, del gusto gótico, y a su inmediacion un estanque que recibe las aguas para el riego de la parte del jardín inmediata al gran paseo; el recinto estérior lo constituye una palizada de madera de buen gusto y 4 puertas de hierro: esta obra se empezó por el general D. Juan Gonzalez Anleo, gobernador de la plaza, y fue llevada á perfeccion por el alcalde constitucional D: José Maria Lopez: en ese mismo campo está el parque de ingenieros, edificio que fuera muy completo y á propósito para su objeto, sino hubiera sido destruido la mitad, desde el sitio de 1811, por hallarse inmediato al frente que atacaron los franceses: en el campo de la Cruz hay otro paseo, que fue bonito, pero está abandonado, y estan ademas la maestranza de artilleria de bastante capacidad y buen gusto en la fábrica y 1 cuartel de infanteria, que ocupa la compañia de artilleria destinada á la plaza: al SO de la poblacion se halla un cuartel de infanteria llamado de Santo Domingo, que en la guerra de la Independencia quedó casi arruinado del todo, y aun no se ha reedificado: podia contener 1,000 hombres: en el baluarte de San Juan hay otro de caballeria llamado de la Bomba, que aloja 200 caballos: en el campo de Santo Domingo está el llamado de Gitanos para 100 caballos solamente y sin alojamiento para hombres; pero no siendo suficientes estos edificios para las necesidades de la plaza, se han habilitado algunos conventos.

    En cuanto á edificios y monumentos religiosos no es Badajoz dé aquellas ciudades que sobresalen en bellezas de este género: es de los mas notables, el de la catedral que solo presenta al observador la firmeza y solidez de sus paredes, torre y bóvedas, hechas á prueba de bomba, que han resistido siempre á los proyectiles arrojados en los diferentes asedios, y servido de refugio a muchas familias para librarse de la acción destructora de los fuegos: su fabrica empezó en el reinado de D. Alónso el Sábio, quien hizo donaciones y permitió que sus vasallos las hicieran, tanto para construir cómo para adoptar la nueva iglesia cooperando mucho para ello el obispo Fr. Pedro Perez, que concedió indulgencias á los fieles que contribuyesen con sus limosnas o trabajo personal: el edificio se levantó en el mismo sitio en que habia una pequeña capilla de San Juan Bautista, que habia servido para el cultó católico durante la dominacion sarracena, la cual se demolió para hacer la nueva catedral; esta se concluyo y consagró el dia 17 de setiembre de 1284 bajo el titulo del mismo santo que habia dado nombre á la anterior ermita: el templo se compone de 3 naves y 12 capillas, sobresaliendo entre ellas, las del Sagrario, la Magdalena, y el Bautisterio: el altar mayor está muy sobrecargado y no es de mucho gusto; fue construido en 1708: las 2 estatuas de de San Juan Bautista y Ntra Sra. de la Concepcion son de mucho merito; el sepulcro de piedra mármol del obispo D. Juan Marin de Rodezno, que está en la capilla de la Magdalena, sostenido por 3 leones, es de mucha elegancia: el coro es de muy fina escultura; tiene 85 sillas y sobre cada una de ellas, la estatua de un santo trabajada con el mayor esmero; se hizo en el año 1557: el cláustro es suntuoso; se construyo á espensas del obispo D. Alonso Manrique en 1509: la portada de piedra que tiene la fachada principal es de buen gusto, y asimismo la estatua del Bautista que en ella se ve: la primera se hizo a expensas del ob. D. Pedro Fernandez Zorrilla, y la segunda por el citado D. Juan Marin del Rodezno. Esta santa iglesia es la unica parroquia de la ciudad, cuyo cura es el Ilmo. Sr. obispo. el cual nombra 4 vicarios, con el título de curas del Sagrario, que sirven otras tantas iglesias en lo respectivo al ministerio parroquial: estas iglesias son, la misma catedral, la Madre de Dios, Ntra. Sra. de la Cóncepcion y Santa Maria la Real, cuyos templos hán sufrido repetidas alteraciones, tanto en lo relativo á su institucion como material. La iglesia de San Andrés sustituyó á la antigua parroquia del Salvador, cuyo edificio es en el dia el posito de la ciudad y esta misma de San Andrés ha sido demolida últimamente, trasladando los oficios parroquiales á la iglesia del convento de monjas de la Madre de Dios; llevando por lo mismo el nombre colectivo de ambas iglesias: Sta. Maria la Real, era la iglesia de los jesuitas, y á muy luego de su espulsion sé traslado a ella la parroquialidad, desde la antigua de Sta. Maria del Castillo, que era la antigua catedral, reducida hoy á prisiones, segun hemos dicho antes: la de la Concepcion sustituyo tambien a la antigua de San Lorenzo, por haber elegido este edificio los frailes agustinos para edificar su convento y en estos ultimos años se han trasladado los ministerios parroquiales a la iglesia del convento de San Gabriél, llevando tambien el nombre colectivo de ambas iglesias y quedando el edificio de la Concepcion sin destino alguno. Hubo antiguamente 3 parroquias mas, con suficiente número de feligreses, y eran Sta. Maria de Calatrava, de los caballeros de Alcántara, existente en el recinto del antiguo castillo; Santiago, despues ermita de las Lágrimas arruinada por los franceses en el año 1811, y San Pedro, dentro del cuartel de infanteria, que habia en el mismo recinto y fue destruido por los mismos, habilitada hoy una parte para prisiones, segun hemos indicado otra vez: ademas de estas parroquias existen la iglesia de Ntra. Sra. de la Soledad, erigida en ayuda de la parroquia de San Juan la catedral, y la de San José, á la cual asiste el cabildo catedralicios el 19 de marzo en memoria de la conquista de la ciudad el año 1230.

   En tiempo de la esclaustracion habia en Badajoz 5 conventos de frailes y 8 de monjas: los primeros eran: el de la Trinidad, de PP. trinitarios calzados; situado junto á la puerta de la ciudad que lleva el mismo nombre; fue fundado en el año 1274, segun consta de algunas escrituras, destruido por los franceses en el año 1812; y completamente derribado por los ingleses en el 1811, era el mas antiguo de la ciudad y fue hospicio de la redencion de cautivos en la dominacion de los moros, ejerciéndose en el mismo el culto católico por aquel tiempo, en cuya memoria iba el ayuntamiento todos los años á recibir en él la comunion pascual: esta solemnidad duro hasta su ruina. San Francisco de PP. observantes, costeado por el rey de Portugal D. Juan V. á principios del siglo XVIII: este convento fue primero de claustrales, y por la estincion de estos paso á los observantes: la nave que constituye la iglesia con su crucero, es obra magnífica, así como el coro. sacristia y demas partes, en qué se dejaba ver que era todo una obra digna de sus fundadores: este edificio ha sido abandonado, y ya no se encuentran en su interior, sino ruinas. Santo Domingo, fue fundado en 1556, á espensas de los señores duques de Badajoz, siendo su primer prelado para la fundacion el venerable Fr. Luis de Granada, quien escribió estando en el, su famoso libro titulado «Guia de pecadores>>; su fabrica aunque sencilla, es magestuosa y elevada; la iglesia consiste en una hermosa nave con su crucero y 6 capillas: esta habilitada para el culto, y el convento fue destinado y se halla en de el presidio correccional. San Agustin, fundado en el sitio que ocupa, que antes era parroquia de San Lorenzo, á principios del siglo XVII, despues de haber permanecido su comunidad en otro que había de la misma órden en los sitios de Sta Engracia y Sta. Marina estramuros: este convento es de mucha estension, y goza de salubridad por su situacion; hoy se halla destinado á cuartel de infanteria con capacidad para 700 hombres, y su iglesia está habilitada para los actos religiosos. San Gabriel, de franciscos descalzos, trasladados á esta ciudad en el siglo XVIII del convento viejo estramuros fundado por San Pedro de Alcántara: puso la primera piedra en la fundacion de este edificio, que se ejecutó casi en su totalidad, á espensas de la piedad de los fieles, el Sr. obispo Minayo, el primer guardian Fr. Juan Caro, y él célebre P. Tornavacas: es de bastante capacidad, y buena fabrica: su iglesia que se concluyó por el año 1790 es particular por su figura rotonda en forma de media naranja, con su coro, presbiterio y 2 capillas; hoy es la parroquia de la Concepcion y el resto del edificio se halla enagenado.

    Los 8 conventos de monjas son: Sta. Ana, del orden de San Francisco, fundado en 1519, al que estan agregados los de Sta. Lucia y Madre de Dios, que fueron suprimidos en 1836: estos fueron enagenados y ya no existen, escepto la iglesia y sacristia del último que es parroquia de San Andrés. Las descalzas, á las que estan reunidas las de Sta. Catalina y San Onofre, tambien suprimidos; el último de estos no existe por haberse vendido, y el de Sta. Catalina se halla destinado para casa de la diputacion provincial, sociedad de amigos del pais, y escuela normal, de educacion primaria Ntra. Sra. de los Remedios de trinitarias, pequeño y sin ninguna comodidad, y las carmelitas descalzas fundado en 1730 por el obispo Don Amador Merino y Malaguilla, ambos con culto público resultando 4 conventos abiertos y 4 suprimidos, á consecuencia de los decretos vigentes.

   Hay en Badajoz, como capital de diócesis, seminario conciliar con el título de San Athon, fundado por el Ilmo. Sr. Don Fr. Gerónimo Rodriguez de Valderas, del orden de la Merced, é inaugurado én el año de 1664 durante la porfiada guerra de Portugal: estuvo primeramente situado junto á la catedral, en lo último de la calle de la Moraleja, y fué trasladado al edificio actual por el Ilmo. Sr. D. Amador Malaguilla en 18 de octubre de 1754., aumentándose despues por otros varios señores obispos de la diócesis: hay establecidas en el mismo, una cátedra de gramática latina; otra de ideologia; otra de matemáticas Puras; otra de lógica; otra de fisica esperimental; otra de filosofia moral; y otra de teologia, con la dotacion de 3,300 rs, á cada una, á las que asisten de 80 á 100 jóvenes ordinariamente: las rentas de que se sostiene son 17,460 rs. prod. liquido de fincas y censos, y 68,100 que abona el Estado, para cubrir el equivalente de lo que anteriormente percibia de la masa decimal: solo mantiene 20 becas de gracia, porque no pasando los cursos ganados en este establecimiento sino para la carrera ecliastica, no hay quien concurra á el; no era as¡ en los tiempos antiguos, pues como único establecimiento literario en la provincia era frecuentado por muchos alumnos, habiendo producido en todos tiempos hombres utiles á la Iglesia y al Estado. Hay ademas 1 escuela de latinidad dotada por la retribucion de los 13 niños que concurren: otra de dibujo á, que asisten 22, con iguales condiciones; 7 de educacion primaria de niños, á las que asisten 508; 1 de niñas al cuidado de las hermanas de la caridad ó hijas de San Vicente de Paul, dotada de los fondos del hospital de San Sebastian, en cuyo edificio se halla, y forma un solo cuerpo con este establecimiento, á la que asisten 220; otra pagada por la ciudad á que asisten 55; y 12 mas particulares á las que asisten 342, en cuyo número se cuentan algunos niños de 2 á 3 años: por ultimo, inmediato al seminario, y con objeto de preparar á los jóvenes á recibir las órdenes sagradas, se fundó en el año 1804, por el último obispo de esta diócesis D. Mateo Delgado y Moreno, 1 casa llamada de Ordenandos; bajo la direccion y enseñanza de los PP misioneros de San Vicente de Paul.

    Como establecimiento de beneficencia, es el primero en esta ciudad la casa hospicio de Ntra. Sra, de la Piedad, fundado por el Sr. D Fernando VI en Real órden de 12 de abril de 1757 á consulta del Ilmo. ob., el venerable cabildo y el M N. ayuntamiento, con el objeto de acoger los espósitos y huérfanos pobres de la prov.: el Sr. D. Cárlos III en 1773 mandó construir el magnífico edificio que hoy existe, que es tal vez el mejor de la ciudad y que hace honor á la provincia. Su direccion y administracion está á cargo de un prebendado de la catedral, en virtud de nombramiento del Excmo. Sr. superintendente general de establecimientos piadosos, fecha 19 de diciembre de 1823.

    El hospital de caridad de San Sebastian, fué fundado á últimos del siglo XVI o principio del XVII por D. Sebastían Montero de Espinosa con el objeto de asistir á pobres enfermos. El Sr. Arcediano titular de aquella Santa iglesia D. Juan Vazquez Morcillo, fundo una obra pía que agrego á dicho hospital, para curar mujeres. Las rentas del establecimiento consisten en 75,449 rs.

    Hay por último en esta capital un presidio ó depósito correccional, al que se destinan por los tribunales del territorio los sentenciados hasta de 2 años de éste castigo; se halla a cargo de 1 comandante, 1 segundo comandante y 1 habilitado, que suelen ser de la clase de retirados ó escedentes; el numero de confinados consta siempre de 200 á 300 hombres, los cuales se ocupan de ordinario en las obras de fortificacion, y demas públicas de utilidad ú ornato.

    Tocamos ya al recinto esterior, considerada plaza fuerte de primer órden, está defendida por una gruesa y fuerte muralla, con 8 baluartes, 2 semibaluartes y revestida de hornabeques y medias lunas: por la parte del NE, le sirve de fortaleza el antiguo muro del castillo y el rio Guadiana: dotada de numerosa y fuerte artilleria; y su guarnicion es siempre respetable: tiene 3 puertas de comunicacion llamadas de las Palmas al 0.; del Pilar, antes de Jerez, al S.; la Trinidad al E.: es la mas principal la primera, que da frente al gran puente sobre el Guadiana, que lleva el mismo nombre de la puerta: este puente fue construido en el año 1460 por haber perdido 3 ojos en una avenida en el año 1455, fue reedificado en 1597: en 1603 hubo otra gran avenida, que derribó 16 ojos, y por consecuencia volvio á ser reedificado, habiéndo sido recompuesto últimamente en el año 1833 por hallarse socavados los cimientos, y destruida la mayor parte de las bovedas de los arcos, paramento y piso superior, consta de 624 varas de long., 23 pies de lat. y 28 arcos; la puerta está defendida por 2 fuertes torreones, uno a cada lado, que sirven alguna vez de prision para los reos de muy graves delitos, y á la cabeza del puente en el estremo opuesto se encuentra otro fuerte que es uno de los puntos avanzados de la plaza: ademas de este fuerte hay otros 5 esteriores; el 1º es el de San Cristóbal, situado á la orilla derecha del Guadiana, en su confluencia con el Gébora, sobre un cerro elevado; tiene gobernador subalterno dependiente del de la plaza; el 2º es el de Pardaleras, situado sobre otro cerro en la parte meridional. tambien tiene gobernador; el 3.° se eleva á la derecha de este, frente a los baluartes de la Trinidad y Sta. Maria, y se llama de la Picuriña, que se principio en el año 1705 en el mismo rlocal en que los portugueses, holandeses é ingleses pusieron la bateria de brecha en aquel asedio, y concluido en 1810; el 4º es el rebellin de San Roque, situado al E , y es obra construida con bastante lujo, y el 5º es la luneta hecha por los franceses a las ordenes del mariscal Soult, en el año 1811, en el mismo local en que los ingleses á las del lord Wellington fijaron la bateria de brecha para batir el fuerte de San Cristóbal: a distancia de 1/2 leg, escasa á la parte SE. se halla el almacen de polvora establecido en el antiguo convento de San Gabriel, y en casi todos los baluartes hay galerias aspilleradas y algunos torreones habilitados para repuestos de municiones; en Badajoz no hay fuertes de ninguna clase; se surten los habitantes para todos los usos de los pozos, algibes y cisternas, que tienen en sus casas y en casos estremos de las del Guadiana, que siempre son poco saludables; y hay practicada una puerta en la muralla para salir á buscar las aguas del rio. Poblacion; Albuera, 50 vecinos, 244 almas, Badajoz; vecinos 2865, almas 11715; Talavera la Real; 616 vecinos, 2239 almas.

    Caminos. Cruzan el térm. el general de Madrid a Lisboa, que entra por Talavera la Real, pasa por la ciudad y se dirige a la plaza fronteriza de Yelves (Portugal); se halla en buen estado; el que dirige á Sevilla por la Albuera esta mal cuidado, los demas son locales, y todos admiten carros del pais.

    Correos y diligencias. Hay administracion principal de correos con un interventor, 3 oficiales, un mozo de oficio, 2 carteros y 19 conductores trasversales; se ha establecido desde 1 de abril de este año (1846) correo diario en esta linea, que comprende la de Portugal; y tiene ademas 33 estafetas agregadas, una sociedad particular tiene establecido el servicio de diligencias, por medio de coches y galeras mensagerias, desde esta ciudad á Madrid; los coches salen de Badajoz los lunes, y de Madrid los martes; las galeras salen de Badajoz los jueves, y de Madrid los viernes; el tránsito se hace en 5 dias en unos y otros carruages.

    Industria y comercio. No es por desgracia Badajoz de aquellas capitales en que los establecimientos industriales ocupan á una gran parte de sus moradores; asi es que no sabemos que se hallen montadas fáb. de ninguna clase, si se esceptuan algunas pequeñas elaboraciones de jabon, sombreros, cal, teja, ladrillo y los oficios mecánicos para las necesidades de la vida; la agricultura y ganaderia absorben, digámoslo asi todos los brazos. Lo mismo sucede en cuanto al comercio, y no es posible otra cosa; cuando una ciudad no tiene á su disposicion los elementos necesarios para el tráfico, cuando nada produce por sí, el comercio debe resentirse de esta falta de medios; y asi es que, Badajoz está reducido á la importacion de telas de vestir y algunos efectos de poco valor, en lo que el frecuente contrabando con el muy proximo reino de Portugal no surte a los consumidores.

    HISTORIA. Gaspar Barreyros escribió, en su Chorographia, ser esta ciudad la Pax Augusta, que Estrabon menciona en los célticos, por hallarse Badajoz en territorio de estos, y parecer su nombre fácil degeneracion de Pax Augusta, sufrida en tiempo de los moros, que no teniendo Pusáran B en su lugar; por lo que hubieron de decir, en vez de Pax Augusta, Baxagus, que luego mas degenerado se ha dicho Badaxos y Badajóz. Nebrija y Sepúlveda opinaron esta misma correspondencia. Algunos han creido haber estado en Badajoz la insigne Pax Julia de Ptolomeo, del Itinerario Romano, del Anónimo de Rávena y de las medallas, que es la misma de Estrabon, como luego veremos, y la misma colonia y convento jurídico Pacense de Plinio; pero, conociendo el desacierto dé los escritores que asi pensaron por no ser aplicable á esta ninguna de las noticias de aquella ciudad distingue Barreyros dos antiguas Pacenses: la Augusta, de Estrabon, qúe reduce á Badajoz, y la Julia que no puede menos de reconocerse en Beja (Portugal). Con mas error otros, despues de hacer esta misma distincion, atribuyen á Pax Augusta, que asimismo establecen en Badajoz, las cualidades que solo pertenecen á Pax Julia (Beja) , dado que fuesen distintas. Por esto Mendez Silva, en su pobl. general de España, habiendo dicho, atribuir la opinion mas cierta al emperador Octaviano Augusto la fundacion de Badajoz, donde estableciera, 22 años antes de la era cristiana, una colonia de veteranos, con el nombre de Pax Augusta, y creándola convento jurídico, á cuya calidad uniera la de colonia del derecho itálico, refiere háber querido algunos que su poblador fuese Julio César; equivocándose con Béja, en Portugal, llamada Pax Julia. Tambien dice Mariana (tom. 4.°, pág. 333, tom. 3º, pág. 51) ser fundacion de romanos, llamada Pax Augusta, con la dignidad de convento jurídico. Igualmente la atribuyeron Sepúlveda y Vaseo los monumentos ecl. de Pax Julia; y en el mismo concepto de ser esta ciudad conocida antiguamente con el nombre de Pax Augusta, Romey, en su historia de España, Sabau, en sus tablas cronológicas al Mariana, y otros, dicen, que habiendo hecho Leovigildo prisionero, en Braga, á Andeca, usurpador del trono, de los suevos, le cortó el cabello, y lo envió á un monasterio de Badajoz. Tarafa, Ludovico Nonio (cap. 33) etc., llamaron igualmente Pax Augusta á Badajoz.

    No es de dudar, como se ha dicho, la identidad de Pax Julia y Beja: era Pax Julia una de las principales ciudades de la Lusitania. Plinio (lib. 4º, cap. 22), aunque sin espresar su dictado de Julia, la nombra entre las colonias de aquella prov. (Pacensis), y entre los conv. jurídicos de la misma (Emeritensean, Pacénsem, Scalabitanum). Ptolomeo la coloca en los turdetanos de la Lusitania á los 5º 20' de long. y á los 39º de lat., escribiendo Pax Julia, pues aunque en el Cód. Coislin se lee Axiulia, sirve aqui la A de P y de A. En el Itinerario Romano se demarcan 2 caminos desde Esuri á Pax Julia: el 1º, de 264 millas, aparece lleno de oscuridad y desconcierto, de modo que los mas han opinado haberse formado uno, de 2 caminos diferentes: en el segundo de 76 millas por el atajo figura Pax Julia á 36 millas; esto es, 9 leg. de Myrtilis (Mertola en Portugal). El anónimo Ravenate nombra, en el lib. 4, al principio del cap. 43, á Pace Julia entre Serpa y Myrtilis, siendo la misma de Ptolomeo, del Itinerario, y de las Medallas que presentan su nombre Pax Jul. Por las graduaciones de Ptolomeo; por las dist. consignadas en el Itinerario Romano; por el testo de Plinio, y del mismo Anónimo de Ravena, que la colocan en la Lusitania; y particularmente por las inscripciones de Beja, que, en conformidad con la doctrina de todos los geógrafos, publican haber sido el nombre Pax Julia el ant. de esta c., sin que de ningun modo pudiera convenir á Badajoz, no cabe prudente duda, como dice el M. Florez , en la identidad de Pax Julia y Beja. Si para salvar la dificultad corográfica que los maestros de la geografia esponen, colocándola en la Lusitania, á los que han querido hallarla en Badajoz, terr. bético, se quisiese entender, que Pax Julia, á pesar de hallarse sit. en la Bética, pudo estar atribuida á la jurisd. lusitana, como se quiere probar, citando á Medellin que se contó entre las c. lusitanas, no obstando ofrecerse hoy a la misma banda meridional del Guadiana que Badajoz; Medellin estuvo antes á la orilla boreal del r., quedando por tanto dentro de la Lusitania, como lo dejaron bien conocido el erudito anticuario Andrés Resende, y Barreyros; y lo confesó y testificó Solano. (Hist. de los santos de Medellin.). Para que pueda suponerse un caso semejante, no basta el débil, mas bien el nulo motivo, que se proponen los que lo han pensado respecto de Badajoz: es preciso mas, es preciso un testimonio terminante, y aun as¡ no puede decidirse siempre, por ser en esta materia mas fácil la equivocacion en autores, que por lo general estuvieron bien lejos de conocer por sí mismos, ó por documentos bastante autorizados lo que escribian, que no en las congeturas producidas por las mismas exigencias tópicas. Y aunque asi no fuera por lo que hace á la corografia, las noticias topograficas de Pax Julia suministradas por Ptolomeo, y el Itinerario de Antonino, y reclamadas por las antigüedades de Beja, no pudieran conciliarse nunca con la situacion de Badajoz. Ptolomeo coloca aquella cerca de la costa del Océano, entre esta y el rio Guadiana, que dividia la Bética de la Lusitania;  y el Itinerario 9 leg. sobre Mertola, distancia exacta con la de Beja; mientras que Badajoz dista mas de 20. El obispo Perez anoto en el códice del Itinerario romano de su uso: est (Pax JJulia) Beja non Badajoz, ut ex lapidibus probat Resend. Mal podia tampoco Badajoz desde la Bética ser cabeza de un convento juridico lusitano, como hemos visto asegura Silva y Mariana, y asimismo han asegurado otros: resístelo invenciblemente toda la razon científica: aunque, queriendo huir de aquellas dificultades hayan supuesto la existencia de 2 ciudades Pacenses: la que no pudieron desconocer en Beja, y la que deseaban establecer en Badajoz, con los honoríficos títulos de convento juridico y de colonia, dando á esta el apellido Augusta. No negaremos que pueda presentarse con alguna autoridad esta denominacion en la geografia antigua y asi, en aplicarla á Badajoz, ha convenido el erudito geografo D. Miguel Cortés, en su Diccionario, pero concoido es el error de los que, como hemos dicho, la califican de conv. jurídico, á pesar de distinguirla de Pax Julia, y ni aun salvando lo poco científica que hace la denonominacion de Pax Augusta á Badajoz, el atribuirsela con tales antecedentes, claramente relativos á Pax Julia, como son la calidad de conv, juridico, la de ser la antigua sede episcopal Pacense, etc; aunque se entienda en ella una ciudad que semejantes datos no reclamen á Beja, segun lo hace el Sr. Cortés, creemos tampoco autorizable ésta reduccion contra el dictámen del mencionado geógrafo. Es verdad que Estrabon nombra una ciudad entre las de España, llamada Pax Augusta, pues aunque en las ediciones antiguas se lee Pezaugusta, reduciéndola á la Galia, consta por el testo griego no leerse la Galia sino los Célticos y Paz Augusta no Pez Augusta como notó ya Ortelio (in Thesaur) citando el códice griego del Escorial y lo mismo Jacobo Palmerio con Casaubon. Pero Estrabon determinó la corografia de estos célticos entre Guadiana y Tajo, que es precisamente donde, segun se ha visto, hubo de hallarse Pax Julia. No mencionó Estrabon esta c., no obstante ser conv. juridico y colonia, y ambas consideraciones conspiran á persuadir haber significado este geógrafo la misma Pacense de Plinio, la misma Pam Julia de Ptolomeo, del Itinerario, del Renavete, de las inscripciones de Beja y de las Medallas; sisin embargo de la diferencia de los dictados Julia y Augusta; pues ambos pudo tener la insigne c. Pacense como los tenian otras ciudades: Augusta urbs Julia Gaditana, dice Plinio (lib. 4 cap 22), y varias monedas enseñan lo mismo de pueblos, que, ilustrados por Julio César, recibieron de Augusto nuevos habitantes veteranos. Estrabon hubo de usar del dictado Augusta en conformidad á las dos que mencionó con ella, Emerita Augusta, Coesarea Augusta. Ptolomeo y C. Favio Nigerio, que hizo en Cordoba, una dedicacion al genio de esta c. céltica, cuya dedicacion se ve en el tesoro de Grutero, pág. 1,075 (GENIO PAC. AVG; C. FAVIUS. NIGERIO.). tomaron el de Julia; siendo mucho mas fácil esta alternativa entre los dictados, que no que tan diligentísimos escritores como Estrabon y Ptolomeo, pasasen desapercibida aquel una c. conv. jurídico, este una c. colonia romana. Convence tambien de la existencia de una sola Pacense con ambos dictados, que Plinio la mencione sin darla alguno; pues de haber existidos 2 distinguidas por sus apellidos, conv. jurídico la una, y colonia romana la otra, es increible hubiese olvidado advertir cual de ellas era la elevada á la dignidad de convento, y cual solo á la de colonia, como lo es que desconociese alguna de ellas, mientras solo resulta mencionada por este escritor, Cortés mira imposible que de haber tenido la c. Pacense ambos dictados Augusta Julia, no resultasen de alguna parte unidos: mas natural, repetimos, parece atribuir esto, digamoslo asi a la casualidad, mas fácil es que se prescindiese de uno de los dos apellidos, que no olvidarse de mencionar una  c. conv. juridico, ó una c. colonia romana, siendo conocida particularmente en Plinio, la diligencia con que se enumeraron. Tampoco asiste despues razon alguna al argumento de Barreyros, seguido por Cortés, cuando para llamar Pax Augusta á Badajoz, haciéndola, con Estrabon, colonia romana, pretenden que aquel geógrafo espresó hallarse en los celticos, porque Badajoz se encuentra en los célticos béticos. Pudiera atribuirse á Estrabon el grave defecto de no haber mencionado estos célticos, siendole conocidos; ó de nombrar a Pax Augusta, diciéndola solo de los célticos, cuyo nombre, sin otro distintivo, debe espresar siempre los lusitanos como los mas antiguos, tronco de los béticos; ó si no conocia a estos, de haber atribuido á aquellos una c. bética, o si Plinio hubiese hecho mencion de ella en la Beturia: pero ni de Plinio (que no la hubiese olvidado, y conoció personalmente el pais), ni de documento alguno civil ni eclesiástico resulta que hubiese pueblo Pacense, dentro de los límites de la Betica; y sin la mas minima memoria tambien falta, como dice Florez, el mas mínimo fundamento para creerlo. Pretendese aducir por única prueba de que Estrabon hubo de de significar con el nombre célticos á los célticos de la Beturia, y no a los que le fueron conocidos entre el Guadiana y el Tajo, que va hablando, en aquel parage, de la urbanidad y civilazacion que los celtas hubieron de adquirir por su proximidad a los turdetanos, y cierta cognacion contraida ya con ellos, como dice Polybio; y que despues de contar por los mas hechos a las costumbres y maneras de los romanos  a los turdetanos de las orillas del Bétis, espresando haberse olvidado de su idioma nativo, por estar mezclados con muchas familias que, siendo romanas, se hubieron domiciliado entre ellos, hasta faltar poco para parecer todos romanos; espresa luego deber decirse, con mayor razon, esto de los pueblos elevados á colonias romanas, como Pax Augsta en los celtas; Augusta Emerita en los turdulos, y Caesaraugusta en los celtiberos: de consiguiente (dice el sr. Cortes) cuando cita por ejemplo de esta civilizacion á Pax Augusta en los célticos, debemos suponer que no habla de los celtico lusitanos, dist. de los turdetanos béticos, sino de los celticos de la Beturia, á la orilla izq. del Ana, donde esta Badajoz. Pero conocido es lo infundado de esta suposicion por la dist, de los turdetanos béticos no debió Estrabon mencionar para el ejemplo que se proponia, una c. que Ptolomeo contó entre las mismas turdetanas, aunque en la Lusitania; siendo asi que tampoco Estrabon se particularizo, como se quiere, á los turdetanos beticos, hablando de la civilizacion turdetana, de que participaron los celtas, sino para espresar que en ella eran los mas aventajados; menos razon hubo de tener para nombrar á Coesaraugusta, que tanto distaba de todos los turdetanos. Aqui Estrabon habia prescindido ya de la ilustracion que á los celtas viniera de la Turdetania; hablaba solo de lo que hacia la asimilacion de las costumbres de pueblos españoles con los romanos, y por esto citó 3 c. insignes, todas 3 conv. juridicos y colonias romanas, donde tanto hubieran de influir, al efecto, la asistencia de los empleados, la milicia y el comercio. Hablando Estrabon de una colonia pacense, civilizada, en los celtas, no puede dejar de ser conocida por arbitraria su remocion de la Pacense, famosa en escritores, en piedras y en medallas, y condecorada con Chancillería de romanos. como dice el M. Florez, cuya civilidad, lengua y trage a ningun pueblo hubieron de ser mas propios. Asi es que ninguna razon se nos ofrece para no creer las memorias de Pax Augusta y de Pax Julia, pertenecientes á una misma ciudad, que tomara sucesivamente ambos apellidos en honor o adulacion de ambos emperadores; ni la encontramos para dudar su correspondencia á Beja, ni para conceder a Badajoz alguna de estas denominaciones; prescindiendo, como de todos los demas argumentos de los que asi lo han querido, de la alusion de los nombres Pax Augusta y Badajoz, que el mismo D. Miguel Cortés ha examinado con aprecio, y que no dejaria de merecerlo, si la existencia de la colonia Pax Augusta, distinta de la Pax Julia, conv, juridico y colonia, hubiese, resultado antes probada,

    Quieren otros, dando tambien á Badajoz antigüedad romana, que en su origen se llamase Badia, tal vez por encontrarse este nombre en los impresos de Valerio Maximo y de Plutarco, y la alusion que presenta con el de Badajoz; pero es mas presumible, que en aquellos escritores venga significada bajo el nombre Badia la c. de Basti ó Bastia; siendo muchos los casos en que las letras t y d resultan trocadas. Asimismo se presenta con débil apoyo cuanto se quiera decir aun de la antigüedad de esta publacion Cean Bermudez asegura haber sido su primitivo asiento, el que ahora ocupa el castillo donde encontró vestigios romanos, y sepulcros con epitafios de los que copia uno, y una inscripcion geográfica, perteneciente á Pax Julia. Sin esto pudiera asegurarse la existencia de Badajoz desde los tiempos mas remotos; pero su historia es desconocida hasta otros, en su comparacion, bien modernos: habiendo contribuido a ello no poco las equivocaciones, que hemos tomado en cuenta, de muchos escritores que, atribuyendola nombres y hechos de las edades romana y goda, que no la han pertenecido, devieron oscurecer los que la fuesen propios, si acaso se hubiese podido venir de otro modo al conocimiento de algunos.

   Los árabes, adulterando el nombre, que cualquiera que fuese antes tuviera; vertiéndolo á su idioma, ó dandoselo nuevo sin tomar en cuenta el anterior, la llamaron, segun algunos, Beled Ayx, que interpretan, tierra de sanidad; o Baxaugos, tierra de vid ó nogales, segun otros. Como quiera que esto fuese, aparece luego en las crónicas con el nombre de Batalyos y deja ya de ser desconocida desde esta época. Con este nombre, que últimamente ha venido á pronunciarse Badajoz, figura entre las ciudades que, en la division hecha de la España por Yusuf ben Abd el Rahman ben Habid ben Abu Obeida ben Okbah ben Nafe el Fehri, se contaron en la provincia de El  Mereda, apellidada asi por su capital Mérida. los habitantes de Badajoz se hallaron entre los muchos que acudieron a esta capital el año 756, á tributar su rendimiento á Abd-el-Rahman. despues de la derrota y capitulacion de Yusuf. En el territorio de esta c. encontró el mencionado Abd-el-Rahman al Wali de Kairuan. El Elá-ben-Mugneit, lugar-teniente del califa de Bagdad, que habia desembarcado en las costas de Andalucia (año 763), y con mucha gente que se le habia unido de las poblaciones vecinas, se dirigia hácia Córdoba: pelearon algunos dias con alternativas por una y otra parte, y trabada por fin batalla general, las tropas abasides no acertaron á contrarestar el impetu de la caballeria de Abd-el-Rahman; cayó el estandarte del califa en manos del vencedor, y cubrieron el campo 7,000 cadáveres de parte de los estranjeros, feneciendo el mismo Elá, en la refriega. Huyeron los demas por varios rumbos. Abd-el-Rahman se salvó en esta jornada del trance mas critico de cuantos hasta entonces habia superado: pues venciendo Elá, quedaba perdido, y la España recaia bajo la dependencia tributaria de los califas de Bagdad. Mandó Abd-el-Rahman cortar cabeza, pies y manos al general abaside. y los envio á clavar por un emisario encubierto, sobre un padron de la plaza pública de Kairuan, con un rótulo que decia: asi castiga Abd-el-Rahman ben Moawiah ben Omeya a los temerarios como el Elá ben Mugneit, Wali de Kairuan Otros dicen que hizo llevar dicha cabeza al Cairo ó la Meca. hasta la presencia del mismo califa, quien esdamó al verla: Es el mismo Satanás: demos gracias á Dios de que medie el mor entre él y nosotros. La relacion de esta batalla se halla por el año 146 de la egira; pero sin espresion de mes y dia, en Ebn Hyayan (en Ahmed), en Ebn khaldum (ibid), y en el Nowairi m. s. de la Bibl. Real, n, 702, citados por Romey. En 784, el caid de Badajoz fue uno de los que se brindaron á Abd-el-Rahman para perseguir y acosar á Abul Aswad, que se habia sublevado. En 810 el moro Alcama, gobernador de Badajoz, fue rechazado de la c. de Mérida, sobre la cual estaba. El gobernador de Badajoz fue uno de los que tomaron el título de reyes á principios del siglo XI. Saban en sus notas al Mariana, dice, que, habiéndose sublevado Mérida en esta misma época, quedó sujeta á los reyes de Badajoz, que empezaron su reinado en 1009, por uno llámado Sapor ó Saburo, que era criado del califa Almaken Almostanser. Este trono se conservó hasta 1094 (487 de la egira), en cuyo tiempo fue derrotado por los almoravides su último rey Abu-Mahomad-Omar-Almetuakelo, el cual, cogido preso y condenado é muerte, perdió la vida el dia 7 del mes de Safar (25 de febrero). Reunidos los ejércitos de los reyes de Badajoz y Sevilla, salieron al encuentro al rey Alfonso, que habia entrado en tierras de Estremadura, y el 23 de octubre de 1086 se dió una batalla entre Mérida y Badajoz, en la que se combatió por una y otra parte con el mayor furor; quedando por fin derrotados los cristianos. El rey de Portugal abrió su campaña en 1168 contra D. Fernando, rey de Leon, con el sitio de Badajoz: corrió D. Fernando á su socorro; pero cuando llegó con sus tropas, la c. estaba ya tomada, y el rey de Portugal dentro de ella. La sitió entonces D. Fernando; y queriendo salir el portugués por medio de sus soldados que estaban en la puerta, se rompió una pierna, quedando prisionero y rendida la c. Trató el rey de Lean con el mayor miramiento al portugués, haciéndole mil caricias, y mandándole curar por sus mejores médicos: le declaró que le pondria en libertad, ratificándole el tratado de paz, y restituyéndole las plazas que le habia tomado. Volvió esta poblacion á manos de los agarenos; fue hecha corte del rey moro de Lusitania, y la conquistó D. Alonso IX de Leon, segun consta por un privilegio que concedió al monasterio de Valparaiso, fecho á 8 de enero de 1230, en donde toma el título de rey de Badajoz. En 1 279, D. Alonso X de Castilla reconcilió en esta poblaacion al de Fortugal D. Dionisio, con su hermano D. Alonso. Esta pobl. fue la única que se declaró á favor de D. Alonso, cuando su hijo D. Sancho tomó, en 1282, las riendas del gobierno de Castilla, como regente del reino; fue el infante á reducirla á su obediencia; pero le rechazó un destacamento de moros que el rey D. Alonso habia llamado en su ayuda. D. Alonso la concedió, con la de Sevilla, á su hijo Don Sancho, con el título de rey, pero feudatario de los de Castilla, en el testamento que otorgó en 1283: mas no tuvo efecto esta donacion, porque su hijo le sucedió en todos sus estados. Al siguiente año pasó á esta pobl. D. Sancho para poner órden á las cosas del reino y apaciguar los alborotos que por alli habia. En 1289 con motivo de estar divididos los ciudadanos de Badajoz, desde tiempo antiguo en 2 bandos, cuales eran los Bejaranos y los Portugaleses, sufrió la c. una gran revuelta. Los Bejaranos fueron despojados de sus haciendas por sus contrários, y forzados á auséntarsé de la c. Recurrieron al rey pidiendo deshiciera el agravio recibido: lo mandó asi el rey; pero los Portugaleses negaron la obediencia. Acudieron los Bejaranos á las armas, y con gente que tenian apercibida, mataron gran número de sus contrarios, echando los que quedaron fuera de la c. Al atrevimiento de quererse vengar por sus propias manos, añadieron el de fortificarse en lo mas alto de la c. , apellidando por rey á D. Alonso de la Cerda. Esto causó gran sentimiento al rey D. Sancho, quien envió su ejército sobre ellos. Rindiéronse á partido salvas las vidas; pero no se les guardó lo concertado, y todos los Bejaranos, en número de 4,000 entre hombres y mujeres, fueron pasados á cuchillo. En 1303 vino á esta c. la reina viuda de Castilla, aconsejada de sus favoritos para avistarse con el rey de Portual, y reclamarle alguna cantidad de dinero por razon de la dote que debió dar á su hija Doña Constanza, infanta de Portugal, que habia casado con D. Fernando, rey de Castilla; el portugués la dio en este concepto 1.000,000 de mrs. para contentarla. Al siguiente año paso á esta pobl. el rey D. Fernando IV de Castilla, con intento de visitar al de Portugal, su suegro, con quien tenia algunas diferencias, y pretendiendo recobrar algunos lugares que en su menor edad se le habian empeñado. No alcanzó D. Fernando de esta entrevista otra cosa mas que algunos dineros que le prestó el portugués. Esta plaza fue una de las que D. Fernando empeñó despues al rey de Portugal por un empréstito, que este le hizo, para continuar la guerra contra moros. Por los años de 1334  D. Alonso XI de Castilla fué á Badajoz á verse con Sta. Isabel, reina de Portugal. En 1336 el rey de Portugal cercó á Badajoz y la combatió con gran furia; porque el de Castilla no habia querido levantar el cerco de Lerma, segun se lo habian suplicado los embajadores portugueses; pero hubo da retirarse; y para esta c., por cuya parte pensaba principiar la guerra contra Portugal, hizo llamamiento de gentes, en 1337 el rey Don Alonso de Castilla. Entre esta poblacion y Yelves se vieron, en 1354, los infantes de Castilla, hermanos del rey D. Pedro, con Don Juan Alonso de Alburquerque, y trataron de sus haciendas y de ir á la mano al rey en sus desatinados y temerarios intentos. D. Juan I de Castilla se dirigió á Badajoz, en 1382 con motivo de haber sabido que á 3 leg. de ella se hallaban los ejércitos ingleses y portugueses, compuestos de3,000 caballos cada uno y un gran número de flecheros é infanteria: el castellano llevaba 5,500 caballos y mayor número de infantes diestros y ejercitados en las guerras pasadas, acostumbrados a vencer y con gran deseo de venir á las manos; pero no sucedio asi, porque se transijió por tratados acordados entre ambas partes, escusándose los males de una batalla. Los castellanos fueron vencidos en 1384 cerca de esta ciudad por los portugueses al mando de Nuño Alvarez Pereira. Murieron en esta accion por parte de Castilla el maestre de Alcántara y Diego Gomez Barroso; siendo ademas esta jornada para Castilla el principio de otras menguas posteriores. La ciudad de Badajoz fue tomada por los portugueses en la guerra que hicieron a Castilla en 1396, y su gobernador, que era el mariscal Garci Gonzalez de Herrera, fué hecho prisionero. A principios del año 1472 el rey D. Enrique IV de Castilla pasó á ella para verse con el de Portugal, pero el conde de Feria, en cuyo poder estaba la ciudad, no le permitió la entrada, por cuya razon tuvieron la entrevista entre Badajoz y Yelves: allí trataron que el portugués casara con la princesa Doña Juana, principal causa de aquella jornada; pero nada se ajustó. En 1477 vuelven á presentarse las tierras de esta pobl. invadidas por algunas compañías portuguesas, causando grandes molestias a sus hab.; y para evitarlos, la reina, esposa de D. Fernando, pasó á la raya de Portugal. En Badajoz se puso el duque de Alba al frente del ejército de Felipe II en 1580, y marchó á la conquista de Portugal. El rey para estar mas cerca, se trasladó a esta pobl., en la que estuvo tan enfermo, que los médicos no tenian esperanza de su vida. Curó, y apenas hubo convalecido, cuando enfermo la reina, su mujer, que estaba en su compañía, la cual murio el dia 26 dé octubre del referido año. A esta ciudad llego el mismo año el cardenal Alejandro, que había pasado a España para verse con el rey D. Felipe, y tratar sobre la sucesion del reino de Portugal. Tardó el rey algunos dias en darle audiencia, so pretesto de que queria descansar de un viage tan largo. Cuando tenia ya conquistada gran parte de Portugal, le recibió con démostraciones del mayor respeto. Esplicada por el cardenal su comision, le contsto que no podia acceder al pedido; que al principio hubiera consentido en una amigable transaccion; que la eleccion de Antonio era nula y viciosa, por haber sido elegido sin la voluntad de las Córtes; y últimamente, que si en aquella ocasion dejaba las armas se declararia por vencido, siendo vencedor. El legado le pidió permiso para entrar en Portugal en cumplimiento de las instruccciones que le habia dado el Papa; pero Felipe le contestó, no convenir por entonces porque la voz de su Santidad no seria oida en medio de los gritos de los sediciosos, los cuales acaso no le respetasen como pedia su dignidad. El cardenal, oida esta respuesta, se despidió, y se volvió á Roma. Felipe, antes de ponerse en marcha para Portugal, ya reducido á su obediencia, desde Badajoz convocá Córtes para el convento de Tomar, y el dia 1 de abril de 1581.

   El conde de Monterey mandaba en Badajoz el año 1641, pero sin fuerzas para obrar contra Portugal. Reunido un ejército, tomó su mando el marqués de Toral, y empezo a recorrer las fronteras desde esta plaza con 1,000 infantes y 400 caballos que contaba, para molestar á los portugueses limitrofes. No sin aventurar la suerte de su pais, se atrevieron estos a envestir á Badajoz el año 1642; pero fueron rechazados con pérdida, y el general Obidos que los mandaba, fue destituido por su rey, que juzgó en peligro hasta la misma Lisboa, si este general hubiese perdido su ejército en la jornada. En esta plaza, el año 1645, juntó Leganés fuerzas y pasó á hostilizar a Olivenza, volviendo a ella con algunos prisioneros: y en 1648, repitiendo la jornada, no solo se retiró sin tomar á 0livenza, sino que dejó en sus inmediaciones gran número de muertos y heridos. En el año 1653 fueron batidas, cerca de Badajoz unas compañias de caballeria castellana, que habian salido a su acostumbrado saqueo: los portugueses, mandados por Alburquerque, con la superioridad en fuerzas, dominaron la mayor destreza y habilidad de los españoles. El conde de San Lorenzo sitió esta plaza en 1657, como medio de obligar a los españoles á alzar el cerco que tenian sobre Olivenza: antes se habia inútilmente esforzado en penetrar las líneas españolas, puestas contra aquella c.; y aqui solo consiguió perder en los ataques y asaltos, gran parte de su ejército, y costernar el resto; rindiéndose á la vez Olivenza. Cuando trataron de recuperarla en el mismo año, sitiándola Vasconcelos, salió de Badajoz á socorrerla el duque de San German; pero regreso desde el camino, habiendo sabido su capitulacion. El general Mendez Vasconcelos sitió á Badajoz en julio de 1658, con un ejercito de 4,000 infantes y 2,000 caballos, 20 cañones, 2 morteros y suficientes provisiones. El dia 14 presentó en orden su caballeria al frente de la plaza; saliendo la de esta a hacerle cara: y aunque se respetaron reciprocamente por algun rato, un pequeño incidente promovio la envestida, y ambos, con perdida, se replegaron á sus puestos. Tenia la ciudad de guarnicion 4.000 infantes y 2,000 caballos, y se hallaban en ella San German, general del ejército; D. Diego Caballero, maestre de campo general; el duque de Osuna, general de caballeria, y D. Gaspar de la Cueva, hermano de Alburquerque, de la artilleria. El general dio parte al rey del peligro, para que se le socorriese, luego que el énemigo se presento. Empezaron los portugueses á atacar, con vigor, al fuerte de San Cristobal, cuya guarnicion se renovaba frecuentemente para mayor resistencia. Determinaron dar el asalto la vigilia del dia de San Juan, atacando el camino cubierto. D. Juan de Silva con 6 escuadrones, se colocó á la entrada del puente, para impedir la comunicacion con el fuerte: Diego Gomez, maestre de campo, debia atacar las lineas de comunicacion, desde el r. hasta la puerta de la ciudad. Alfonso Hurtado de Mendoza, el baron de Albito, y Simon Correa de Silva, fueron destinados para atacar la plaza. Pedro Almado se aposto contra los pequeños fuertes que la cubrian,, y los demas regimientos, con la caballeria, debian estar sobre las armas para acudir donde fuera necesario; y en efecto al anochecer Diego Gomez atacó las líneas de comunicacion, y se apodero de ellas, deteniéndose allí en vez de marchar por el camino cubierto, lo que originó gran perjuicio. Sabida esta toma por Hurtado, mandó el asalto. Entraron los regimientos con valor en el foso; pero el vivo fuego que recibieron les hizo retirar, dejando gran número de muertos. Salió tropa de la ciudad y destrozo al regimiento de Alimado, y no se atrevió Vasconcelos a renovar el asalto, contra el parecer de algunos oficiales, por no perder su reputacion. Continuaron algunos ataques inultilmente, y resolvió abandonar el fuerte y atacar la ciudad cuando estaba ya bien provista. Para ello obtuvo orden de su reina, que la dio engañada por la pintura que él propio la hizo de hallarse la ciudad en mal estado, y el 15 de julio paso el Guadiana y se apoderó del monte del Viento, donde planto una batería; atacó con vigor los fuertes, y resolvió el asalto para el dia de San Miguel. Dada la señal, partieron con ardor: el fuerte capituló, porque no pudo recibir socorros, que la caballeria de Meneses batió en su marcha; rendido este fuerte no sin mucha pérdida de los portugueses, se acercaron á la plaza y levantaron segunda linea de circunvalacion. En las salidas, peleaban los soldados con desesperacion. Madrid se alboroto a la noticia del cerco de la ciudad (lo que no esperaban); porque tomada esta, los demas pueblos peligraban. El rey junto su consejo, resultando de él que el ministro D. Luis dé Haro viniese al frente de las tropas á su socorro: partió este para Mérida, convocando alli á San German, quien para sallir de la plaza a este mandato, forzó un cuartel de los portugueses y estos observando los preparativos de los castellanos, apretaron el sitio. Dieron dos ataques á la vez, en que fueron rechazados con gran perdida. Vasconcelos, á despecho de sus generales, y a pesar de las enfermedades y fatigas de su ejército, insistia en el sitio, donde estaba su honor, y aun el de su reina, empeñado, pero acecándose el ejército castellano, lo alzó, retirándose a Elvas: no fueron perseguidos porque D. Luis de Haro ignoro el suceso, interceptando las partidas portuguesas, que al efecto quedaron, los correos enviados por el gobernador de la plaza; y asi entró en ella el ministro triunfante y sin obstáculos, cuyo anuncio desde Mérida, hizo al rey, sabiendo el mal estado de los sitiadores; no faltaron aduladores que le diesen el titulo de libertador de Badajoz. Vasconcelos sufrió una causa que sobre esta jornada le mandó formar su reina, de la que salió bien. No dejaron los moradores de Badajoz de llevar gran parte de gloria en estos hechos de armas, porque, formados en compañias, prestaron sus servicios sin desmerecer al lado de los soldados. En el año 1669 se acogio á esta plaza misma cobardemente, D. Luis de Haro, y tras el su ejército que sitiaba á Elvas, derrotado: y si a la cobardia de Haro y su segundo, que al ver al enemigo, dejaron sin gefes el ala derecha, á cuyo frente estaban, no se hubiera hallado el valor que desplegaron en la izquierda los duques de Osuna y de San German, el ejército pleno se habria perdido. En 1661 entró en dicha plaza D. Juan de Austria, acompañado de los generales que habían de servir a sus ordenes en la campaña contra Portugal, para conquistarle y vengar las injurias que España habia recibido: á poco salio con 600 infantes y 300 caballos á reconocer a Campo-Mayor. En el siguiente año venia á Badajoz un convoy salido de Talavera y le interceptó el cande Schomberg. En el propio año fue la guarnicion de esta plaza a reforzár el ejercito del de Austria que sitiaba á Jurumea, plaza importante: este gefe rechazo los esforzados ataques del general en gefe Marialva, le hizo retirar; rindió la plaza y otras poblaciones y terminada por este año la campaña, volvió triunfante á Badajoz con el ejercito. Menos afortunado D. Juan en 1663, iba reuniendo en esta ciudad , y tratando los portugueses atacarle antes que lo completara, le buscaron. Mirabanse de frente ambos ejercitos con respeto; pero dada al fin en 8 de junio la batalla, vencieron los portugueses, ayudados de los estranjeros. A principios de mayo de 1665 llegó á la misma ciudad el marques de Caracena, á quien el rey de Castilla dio el mando de 15,000 infantes, y 6,500 caballos, 14 piezas de artilleria, y 2 morteros para la conquista de Portugal, componiendose estas tropas de las mejores de Italia y Alemania. En 1703 llego a esta plaza con un cuerpo volánte el principe de Sterclaes de Tilli destinado a su defensa y la de Estremadura, á cuyo fin le hizo venir de Flandes el rey de Castilla. Anhelando siempre los portugueses la posesion de esta plaza fronteriza, en que se han estrellado sus primeros rigores, contra Castilla, estipularon la adquisicion de ella, en trueque de reconocer como rey de España al archiduque Carlos, quien asi lo ofreció en el tratado del 16 de mayo de 1703, celebrado entre estos, el Austria, el gabinete de San James, y los estados generales de las provincias unidas. En el siguiente año de 1704, sufrió la dicha plaza otro sitio por los portugueses cuya jornada hubieron de acordar en consejo de guerra, que celebraron para arreglar las operaciones de su guerra, que celebraon para arreglar las operaciones de su ejército y armada; mas introduciendo la plaza una bomba en su principal almacen de pólvora, se vieron precisados a levantar el cerco; al mismo tiempo que salieron los sitiados y sorprendiendo algunos puestos portugueses, obligaron al general Falgue a retirarse. Intentaronlo repetir, en 1605, con un ejército de 39 batallones, y 5,000 caballos, llegando hasta abrir brecha para el asalto, en el mes de octubre: pero apareciéndose el ejército español, al mando de Ronquillo, en su socorro, aunque en menos número, resolvieron retirarse y escusar la lid. En 1706, á las cercanias de esta plaza, el marqués de las Minas, con 30,000 portugueses, derroto un cuerpo de españoles, mandado por Marros. A la misma c. se remitieron, en 1708, 9 cañones de bronce, cogidos en el castillo de Altura, que guarnecian 200 hombres, cuando se rendió á un destacamento español, que envio el general, para su toma. En el de 1709 se aproximaba, con objeto de tomar á Badajoz un ejército portugues de 28,000 hombres, al mando del marques de la Frontéra, de y sus subalternos Galloway, y San Juan: salio Bay al encuentro el 7 de mayo, en las riberas del Caya, y los derroto completamente, haciéndoles 3,000 prisioneros, entre ellos San Juan, general de la caballeria, 2,000 muertos, y cogiéndoles todo el bagaje, 7 banderas, 8 estandartes, 17 piezas de artilleria, carros de municiones, tiendas y puentes para el paso de rios. En la misma c. el 6 de julio de 1801, se ajustó y ratificó un tratado de paz entre S.M.C. el rey de España, y S.A.R. el principe regente de Portugal, y de los Algarbes, para renovar los vinculus de amistad entreambas naciones. En la propia ciudad y en el mes de junio de 1807, sus habitantes hicieron la esplosion del furor, que les inflamaba contra los franceses, el mismo dia de San Fernando: sirvio de chispa incendiaria el haber prohibido aquel dia el conde de la Torre del Fresno, gobernador, hacer salva, y enarbolar la bandera. Notada la falta, agrupóse el vecindario a la muralla; y una mujer atrevida, reprendiendo á los artilleros, apoderóse de la mecha, y prendió fuego á un cañon, y en seguida principiáronse a oir todos los otros. A su sonido se levantó en toda la c. el grito de: <<viva Fernando VII y mueran loe franceses.» Oleadas de gente corrian las calles en algazara; pero sin cometer escesos. El gobernador les predicaba la quietud, y fue víctima de su imprudencia, titulado traidor, si bien inocente. Templóse el huracan con la elevacion del brigadier de artilleria D. José Galluzo al mando supremo, y al de la plaza, su teniente rey D. Juan Gregorio Mancio, y una junta interina de 20 personas de las mas distinguidas, entre autoridades, capacidades y arraigo. Siguió Estremadura este movimiento, y los partidos, con entusiasmo y generosidad, ofreciéronse á Badajoz y concurrian con hombres y demas recursos. Alzamiento fue este osado y solo hijo del amor patrio; al frente del enemigo que se hallaba en Yelves , desmantelada la plaza, sin provisiones necesarias paca su defensa, reducida su guarnicion á 500 hombres, teniendo la milicia urbana que cubrir á veces el servicio ordinario; sus regimientos provinciales, el uno desarmado y el otro fuera de Estremadura; las vecinas plazas de la frontera casi en ruina, y en fin sin otros preparativos que su decision. El celo y la actividad que se desplegó, puso á estos ciudadanos tan puntual remedio, que á últimos de junio constaba el ejército estremeño de 20,000 hombres: entre ellos un cuerpo de estranjeros de los pasados portugueses y franceses que imitaban a los españoles, que se escapaban á bandadas de Portugal, para unirse á este ejercito, á pesar de la vigilancia de Junot. Este pronunciamiento de Badajoz, secundado en toda Estremadura, importó mucho á España, y singularmente á Sevilla; pues se interrumpieron las comunicaciones directas del enemigo del Alentejo y de la Mancha, y desconcertaron las combinaciones de sus operaciones, evitando se dieran la mano para apagar la insurrecion de la principal cabeza de las Andalucias. En el propio año tenia el marques del Socorro en Badajoz 8 batallones y 5 escuadrones, con una compañía de artilleria montada, para tomar posesion de las prov. que habian cabido en suerte al Principe de la Paz, en el repartimiento convenido por el tratado de Fontainebleau. En esta c. el año de 1808 fijo su residencia el Gobierno de España, creyéndose inseguro en Aranjuez, despues de las comunicaciones de los ministros de Bonaparte, las cuales mandó quemar públicamente por mano del verdugo, con otras declaraciones contra Napoleon. Tambien en este año fueron inmolados en Badajoz el 16 de diciembre dos prisiones franceses, D. Tiburcio Garcelen, coronel de milicias, y D. Antonio Noriega, extesorero general y antiguo allegado del Príncipe de la Paz, en uno de aquellos actos de ferocidad en que se convertia alguna vez la energia y espiritu de nacionalidad del pueblo español, en vista de las desgracias que originaban los enemigos. Entraron en la misma este año 11 piezas de artilleria de las 17 que se salvaron en la retirada del general Galluzo sobre Zalamea, incierto de poder sostener el puente de Almaráz que al fin tomó el general francés Valancé. En 1809 la junta provincial de esta, sin conocimiento de la central, trabajó para que el lord Wellington, variase su resolucion de separarse de Estremadura por el descubierto en que su ida dejara al pais: hizo mensajero al conde Montijo, que se hallaba alli llegado como paso casual en los dias de su persecucion, y á quien miraba el Gobierno de travieso en aquellos dias. Ocasionóse por ello entre ambas juntas agria correspondencia; la suprema en reprension, y la provincial en réplica; pero por fortuna, poseidos de la misma causa comun, aqui terminó, sin otros resultados y Montijo se salvó en Portugal. En el mismo año, los habitantes de esta plaza recibieron á cañonazos las tropas francesas, que envió el general Victor para intimar la rendicion desde Mérida, cuyo punta fijó para estar en observacion con su ejército, despues de la batalla de Medellin. Como el espíritu patrio de los estremeños era compacto, no consiguió Victor que un solo pueblo reconociese al rey José; pero obligó en Mérida á algunos vecinos que firmasen una congratulatoria á dicho rey, y la junta de Badajoz mandó formar causa á los firmantes; mas estos se presentaron en esta ciudad, manifestando que fueron violentados, y quedaron absueltos. En el mismo año se hallaba el ejército inglés en las cercanías de esta plaza, cuyo respeto contuvo á los franceses de penetrar en Andalucia, despues de su victoria en Ocaña. En este año pasó la junta central á la de Badajoz (como á otras varias) órdenes muy apremiantes, para que hiciesen grandes acopios de viveres para el ejército aliado: lo motivó una comunicacion de estos gefes, reconviniendo al Gobierno sobre la obligacion de los naturales, al mantenimiento de los aliados, en todo pais, que se abre una campaña; y que en otro caso, pasaria España sin su ayuda, En el año de 1810 fue esta plaza sitiada por los franceses: la gobernaba D. Rafel Menacho, de acreditado valor; gefe de artilleria D. Joaquin Caamaño y el ingenieros D. Julian de Alvo: llegó á tener 9,000 hombres de guarnicion, y su vecindario era de 11 á 12,000 habitantes. Empezaron los franceses el 28 de enero á abrir la trinchera, y a atacar por varios puntos con vigor, sobre la izquierda del Guadiana, y con horroroso bombardeo: en el cerro de San Miguel establecieron una batería de 4 piezas de á 8 y un obús. en el inmediato del Almendro, otra enfilando el fuerte de la Picuriña: lo mismo a la ladera del de las Mallas, entre el Ribillas y el arroyo de Calamon, á la izq. de este plantaron una bateria de obuses y cañones, con otra en el cerro del Viento; abrieron entre estas dos una trinchera y camino cubierto muy prolongado; cuyo ramal flanqueaba el frente de Pardaleras: llamaron á este último ataque el de la izq.; del centro, al que partia de Calamon, y de la derecha al mencionado primero: el 30 verificaron los españoles una salida, y dos dias despues respondió Menacho con brio á la intimacion que le hicieron los los franceses de rendirse: el 2 de febrero crecieron las aguas de Ribillas, causando daño en los trabajos del enemigo: y el 3 salieron los españoles nuevamente de Pardaleras, y les mataron mas de 100 hombres, arruinándoles parte de su obra. Don Gabriel Mendizabal, con sus divisiones españolas, trató de entrar en la plaza para aumentar la guarnicion: y para ello, y asegurar el paso de la infanteria mando a D. Agustin de la Carrera acometer el 6 de febrero a la caballeria francesa, y arrojarla mas allá del Gebora: ejecuto Carrera su encargo gallardamente, y se intrudujo Mendizabal con sus peones en la plaza. De esta hicieron una salida el 7, contra las baterias enemigas de San Miguel y del Almendro; mandaba la empresa D. Carlos de España, y aunque pisó la primera bateria, solo inutilizó una pieza, por no haber llegado á tiempo los soldados que llevaban los instrumentos. La del Almendro fue tambien asaltada, y se clavaron algunas piezas: rehizose el enemigo y repelio a los españoles, causándoles mucho estrago con las piezas que recuperaron útiles, ascendiendo la perdida á 700 hombres. Salió el 9 la de plaza Mendizabal, quedando en ella 9,000 hombres. Este general se acantono a la márgen opuesta del Guadiana, apoyó su ala derecha en el fuerte de San Cristobal, y aseguró la comunicacion con Yelves y Campo Mayor. Se empeño Soult dar pronto cima al sitio: rodeo a Pardaleras con 400 hombres y abrió paso por las empalizadas, y entro guiado por un oficial prisionero, á quien forzo al efecto; no obstante, la mayor parte de la guarnicion pudo librarse. Prolongó entonces el francés la paralela de la izq., y construyó un reducto, que barria el camino de Yelves, y completaba el bloqueo por aquel lado. Necesitaba todavia Soult alejar á Mendizabal, quien descuidado por la corriente del r. tuvo al francés al frente, que le habia vadeado: la pelea duró una hora, y en ella los españoles fueron batidos, con gran desastre, por la impericia punible del general, el dia 19 de febrero. Apretóse el sitio, e hizo el frances nuevas proposiciones, que Menacho despreció: ardio un repuesto detras de un baluarte por una bala enemiga, y acudio Menacho á evitar el desorden, y desgracias: disponiase este gefe á defenderle aun por dentro la c.; y corto calles, atroneró casaa y otros preparativos; pero el 4 de marzo murio de una bala de cañon, observando desde el muro una salida contra el enemigo. Sucedió á este héroe el mariscal de campo D. José lmaz, quien se portó harto mal. Capitulo el 10, sin estar siquiera aportillada la brecha en en la cortina de Santiago, ni maltratados los flancos; y cuando le aviso el telégrafo de Yelves, que la plaza iba á ser socorrida, pues se marchaba Messena. Contrario fue el parecer de los demas gefes; pero él mandaba, y los enemigos ocuparon a Badajoz el día 11, rindiendo las armas 7,135 hombres: cayeron ademas en poder del enemigo 1,100 enfrermos, 170 piezas de artilleria y sobradas municiones de boca y guerra. En el siguiente año de 1811 fue destinado Beresford para recuperar esta plaza y otras, con una division inglesa y tropas portuguesas mandadas por el gefe britanico: el 25 batió a los franceses que salieron con un convoy de Campo-Mayor, llevándolos dosconcertados hasta Badajoz, ante cuyos muros la caballeria portuguesa les hizo mucho destrozo. Sorprendióse la guarnicion de esta plaza, y la empezaron á preparar para la defensa; aun estaba deteriorada del anterior sitio; por lo que habria sido facil a Beresford, obrando mas diestro, apoderarse seguidamente de ella. La envistió el 4 de mayo sobre la izq. del Guadiana con 5.000 hombres y la primera division del quinto ejercito español, al mando de D. Carlos de España, la cual estaba preparada espresamente para este asedio. Señalo Beresford por punto principal del ataque, y la apertura de la brecha el de San Cristóbal. Acudió Soult con 20,000 infantes y 5,000 caballos á su socorro, e hizo levantar el sitio con bastante perdida de los aliados, el 15 de mayo; pero vencieron a Soult en la batalla de la Albuera y volvió el ejército á sitiar á Badajoz acudiendo el general Humilton; sobre la izq. del Guadiana y Giran, segundo de Castaños. El 25 envistió la c. la sétima division británica al mando de Houston por la der. del Guadiana, y el 27 la tercera Humilton, á la izq. El 29 se empezó á abrir la brecha contra el fuerte de San Cristóbal, y aunque se dieron con vigor varios ataques, no sin pérdida de los sitiadores, hasta el 9 de junio, que fue el último, no produjeron fruto; y Wellington levantó el sitio, sin llevar a cabo su plan de tomar la plaza que se habia propuesto, como cosa de pocos dias, hasta el 6 de abril del siguiente año de 1812, que logro ocuparla, habiendo vuelto en 16 de marzo sobre ella

    De esta ciudad era natural el célebre Vasco Nuñez Balboa descubridor del estrecho de tierra que forma la ensenada, que hay desde Panama hasta el puerto del Nombre de Dios, en el año 1492, y el mar del S. en 1513, para honra y provecho de España. Otros varones ilustres se cuentan asi entre los hijos de esta ciudad, como son: Abu Mohamed Abdalla, quo escribio sobre retorica y poesia; San Atton ob. de Pistoya en Toscana; D. Rodrigo Dosma célebre humanista; D. Juan de Badajoz, celebre arquítecto; Joaquin Romero de la Cepeda, poeta lirico y dramático del siglo XVI; los pintores Ignacio y Juan de Estrada, y el famoso D. Cristóbal Perez, el grabador D. Pedro Gonzalez de Sepúlveda, y el médico Fernandez de Bajara.

    El escudo de armas de Badajoz ostenta, en campo azul, 2 leones subiendo a 2 columnas inscriptas: Non plus ultra; y corona por timbre.

    HISTORIA ECLESIASTICA: Con grande empeño se ha querido atribuir a esta c. al titulo del ob. Pacense, uno de los ant. y autenticos que tuvo la Lusitania. Por cuanto se ha dicho, investigando la antigüedad de Badajoz, queda bastante combatida la opinion de los que lo han querido asi, suponiendo con manifiesto error, ser esta la célebre Pax Julia de otro tiempo, bien conocida en la actual Beja del vec. reino de Portugal. Asi mismo se ha combatido en aquel lugar, la doctrina de los que pensaron caber este título á Badajoz, aunque Pax Julia corresponda á Beja por haber sido tambien esta c. Pacense, llamandose Pax Augusta, como lo  hicieron Sepulveda, Barreyros, Vaseo, etc. Presentando la nulidad del fundamento dijimos no resultar de ningun documento civil ni eclesiastico, pueblo Pacense en los limites de la Bética, dentro de los cuales se halla Badajoz; y esto es exacto, como se manifiesta la arbitrariedad de los argumentos con que principalmente se ha querido sostener lo contrario, y la reduccion de la sede Pacense á Badajoz, ademas de los que ya dejamos desvanecidos. No pudiendo conciliar la situacion bética de Badajoz con resultar la c. y ob. Pacense propios de la Lusitania, de imposible reduccion por consiguiente á sitio fuera de esta provincia, como dijimos con referencia al conv. jurídico con referencia al conven. juridico Pacense, acudio Sepúlveda (sin apoyarse con autoridad alguna) a la anomalía que se hubo de ver en algunas c. que sit. en el territorio comprendido en la demarcacion general de una provincia, correspondia á la jurisd. de otra; pero este argumento, como ya se espreso tambien, no es de valor en este caso, por no haber razon que irresistiblemente lo exija; único en que puede tener lugar, no siendo argumento que sirva para probar de suyo, sino para conciliar doctrinas de valor constante y otras, aunque opuestas entre sí; ó cuando se apoya en álgun testimonio que ademas de no sufrir oposicion , sea de los no desatendibles, á saber: la doctrina de los antiguo geografos, ó la que arrojan de sí otros monumentos coetaneos. Por eso, conociendo el Dr. D. Juan Solano, penitenciario de la Sta. iglesia de Badajoz, que esta para adquirir su apetecida dignidad necesitaba de mas apoyo que el que la habia discurrido Sepulveda, en una historia que cita Florez: (tomo 14, pag. 228) dijo: que Badajoz aunque en tiempo de Plinio era de la Betica, siendo el Guadiana lím, de esta prov., pasó despues á la Lusitania, removiéndose su limite hasta Sierra-Morena, y segun algunos hasta el Guadalquivir; en favor de lo cual cita al Gerundense y al Palentino. Era la cuestion colocar en Badajoz la ant. sede Pacense; esta, habiendo de componerse, como siempre resulta, con la metropoli de Merida, se habia de situar dentro de la Lusitania: para ello el argumento de Sepúlveda era débil, como hemos dicho, y no desconoció Solano; no podía este alterar el curso del r. Guadiana, y era, pues, preciso alterar los limites de la provincia. Pero no consultó para este juicio la Efigesis geográfica de Ptolomeo, que escribió despues de Plinio, ni e! Periplo de Marciano Heracleota, que escribió despues de Ptolo•neo, y no antes del siglo III, determinando ambos la misma corografia bética de Plinio, y ni aun quiso atender a los escritores españoles mas autorizados, que todos convienen, como no pueden menos de convenir, con la doctrina de Plinio, Ptolomeo y Marciano, sino al Gerundense y al Palentino, cuyos asertos de propia autoridad no tomamos en cuenta por no ser de atencion en la materia: y aun prescindiendo de esto, ateniéndonos solo á la confesion del mismo Solano, de que Badajoz correspondió á la Bética, hasta despues de Plinio, reconocido deja tambien, que la primitiva sede episcopal Pacense no fue establecida en Badajoz, puesto que los que escriben por esta c„ la suponen erigida ya antes de Plinio, y desde su principio hubo de ser de la Lusitania. Se quiere que la primitiva sede Pacense fuese establecida en Beja, y trasladada despues á Badajoz, tomando desde entonces  aquel título esta c.; pero es inexacto por cuanto se deja dicho; y particularmente porque no hay la mas minina prueba, ni el mas leve motivo para discurrir esta traslacion. Se pretende llamarse Pacense el ob. de Badajoz no por haber recibido este titulo, como han dicho los últimos, de la traslacion de la silla de Beja, sino por ser propio de su c., habiendose llamado Pax Augusta: ya hemos visto lo infundado de esta proposicion al tratar de sus antigüedades. Esfuerzanse a apoyarlo aun, con Rodrigo Dosma, diciendo, que un obispo de los que asistieron con Osio al concilio Sardicense, llamado Domciano, firmó con este distintivo; pues aunque las ediciones solo  espresan el título episcopus civitatis Augustae: los M. S. del Escorial dicen 0piscopus Pacis Augustae: pero ya observó muy oportunamente el M. Florez, no haber tal inscripcion en los M. S. del Escorial, ni se halla en otros de cuantos hasta hoy se tienen renocidos. Aquel obispo era de Astorga, como se lee en las ediciones novisimos de concilios. Las antiguos pusieron Augusta, dictado de Asturica, cuyo nombre se hubo de omitir: y á Dosma (dice el mencionado Florez) le pareció buen título para juntarse con Pax, y formar el que pretendió para su igl., alegando los M.S. que no andan entre las manos de los lectores. Este juicio del prudente y diligentísimo P.M. Fr. Enrique Florez, sobre la autoridad del espresado Dosma, es el que basta citar. contra el nuevo argumento que con el mismo Dosma, quisiera pruducirse de la lápida, que atestiguó haberse descubierto en 1520, pareciendo ser del año 1000, labrada por el mismo Daniel, para conservar, la memoria de otros antecesores suyos. Sin embargo de lo terminante que resulta la geografia por la existencia de una sola c. pacense en la Lusitania, sita entre Guadiana y Tajo, apellidada por Estrabon Augusta y Julia por los demas geografos; y en no reconocer pacense alguna entre entre Guadiana y Guadalquivir, donde esta Badajoz: no abstante lo que repugna á toda razon y practica, que una c. sita en la Bética, fuera sede de una dióc., establecida en la Lusitania, sin testimonio espreso de escepcion; y aunque toda esto convenga exactamente á Beja, pasan de 60 escritores los que afirman haber sido Badajoz el ob. Pacense. Pero no se deciden las antigüedades por testimonios modernos. Todos posteriores de mas de 1,000 años á la época a que se refieren; concibieron algunos la idea de engrandecer la dic. de Badajoz, atribuyéndola con este dictado la antígüedad que no tuvo, y desde entonces, citándose unos á otros. mal algunos, de paso otros, sin exámen ni pruebas de lo que escriben todos; apoyándose á lo mas con insinificantes, ó muy poco científicas conjeturas, se fueron multiplicando los padrinos; pero no las razones. Para estas es preciso acudir á las fuentes y de lo prevenido sobre la línea geográfica resulta y depende la ecl., porque las metrópolis sé arreglaron en su origen á los lím. de prov. que hallaron establecidos por los romanos, de que hay tantas pruebas, cuantas prov.: y por tanto sin testo convincente de escepcion, no podemos decir que el metropolitano de Lusitania arrojase á su jurisdiccion obispados situados en la Bética. Viendo, pues, al obispo Pacense, siguiendo siempre al de Mérida en catálogos y concilios, no al de Sevilla; debemos recurrir á la ciudad famosa de aquel nombre, dentro de Lusitania, y esta solo fue Beja (Florez España sagrada torno 14, p.235). Bien modernas son las memorias de la iglesia de Badajoz comparadas con las de la Pacense.

    D. Alonso X de Castilla nombró en 1,255 obispo de Badajoz á Fr. Pedro Perez, 12 canónigos y 6 racioneros para que despues nombraran ellos obispo, segun la disciplina canónica de aquel tiempo. Desde esta época en adelante, sigue el catálogo de los obispos de Badajoz, sin interrupcion hasta nuestros dias."

Gaceta de Madrid Publicación: 11/09/1853, nº 254

Páginas: 4 - 4

Nos el licenciado D. Miguel Calabia , presbítero, dignidad de dean de la santa iglesia catedral de esta ciudad , Gobernador eclesiástico, vicario capitular de la misma y su obispado por el ilustrísimo cabildo canonico de la propia santa iglesia, en la actual sede vacante por fallecimiento del Excmo é Ilmo. Sr. D. Francisco Rodriguez Obregon; Obispo que fue de él &c

Hacemos saber que en virtud de las facultades que nos están concedidas por la Santa Sede en el último Concordato, y lo prevenido en el Real decreto de 9 de Diciembre de 1851, previa licitacion, se saca á subasta una suerte de tierra de cabida de ocho fanegas al sitio de la fuente de Caballeros, termino de esta ciudad, que perteneció al cabildo de la santa iglesia catedral de la misma, su valor capital 16,666 rs. y 22 mrs., afecta á ninguna carga, estando señalado para su remate el dia 11 dé Octubre proximo, y hora de las doce, en el palacio episcopal de esta diócesis (y en )Madrid en el mismo día y hora en la vicaria eclesiástica si el valor dé la finca excede de 10,000 reales), en conformidad a lo prevenido en los articulos 6 y 7 de dicho Real decreto, a cuyo fin esta de manifiesto el expediente en la Secretaría de Cámara de este Gobierno eclesiástico: en la inteligencia que la adjudicacion tendrá lugar cumplidas que sean las formalidades que exige el articulo 9 de la citada Real resolucion.

Dado en Badajoz á 5 de Setiembre de 1853, Miguel Calabia —Por mandado de S. S , Domingo Benitez y Fatti.

    La vida universitaria, junto al crecimiento paulatino de la ciudad, le ha convertido en el núcleo urbano más poblado de Extremadura.

    Su extenso patrimonio histórico-artístico y cultural hacen de Badajoz una ciudad atractiva. La sociabilidad de sus habitantes y su estratégica situación geográfica la convierten en un lugar siempre agradable de conocer y visitar

    Linea ferrocarril BARCELONA SANTS-Badajoz Vv

    Tarragona- Salou L Aldea - Amposta- Tortosa- Vinarós- Benicarlo - Peñíscola- Castelló de la Plana- Valencia Nord- Xativa- Albacete- Villarobledo - Socuellamos- Alcazar de San Juan- Manzanares- Daimiel- Almagro - Ciudad Real Central - Puertollano- Almadanejos Almadén - Cabeza del Buey - Castuera - Campanario - Don Benito - Guareña - Mérida - Montijo - Badajoz

    Duración del trayecto entre BADAJOZ y BARCELONA SANTS: 13 h. y 35 minutos

   Los Ayuntamientos se remontan a los primeros siglos del milenio con las leyes de Alfonso X, encaminadas a regular un incipiente procedimiento administrativo y la actuación del escribano que se prolongará durante toda la Edad Media. Con la formación del Estado Moderno se intentan sentar las bases del régimen municipal, que se afianza en el siglo XVIII.

    Las Cortes de Cádiz marcan un cambio importante al suprimir en 1811 los señoríos y los corregidores y establecer en cada Ayuntamiento alcaldes, regidores y procurador síndico, elegidos por la población y cuyo presidente sería el Jefe político, allí donde lo hubiere. En 1823 se publica la Instrucción para el Gobierno de las Provincias, que precisó las competencias de los Ayuntamientos y su dependencia de la Diputación. La ley de 14 de julio de 1840 establecía la elección directa de los miembros que componían la corporación, aunque el rey nombraba a los alcaldes y tenientes de alcalde de las capitales de provincia. El 20 de agosto de 1870 se aprobó la Ley Municipal, reformada en 1817 y vigente hasta el Estatuto Municipal de 1.924 que elimina su dependencia de las Diputaciones y Gobiernos Civiles y establece la Comisión Permanente. Dicho Estatuto restringe el sufragio y da al alcalde el carácter de delegado gubernativo, además del de representante y jefe del municipio.

    La ley de bases de Régimen Local de 31 de octubre de 1935 determina la elección por sufragio universal y organiza la Corporación en Alcalde, Pleno y Comisión Permanente. Con la Ley de bases de 1945, ampliada en 1950 y modificada en 1953 que a su vez se refunden en la de 24 de junio de 1955 se determina el carácter centralizador y de democracia orgánica que aminora la autonomía municipal. El mayor cambio se produce con la Ley 41/1975, de 19 de noviembre, de bases de Régimen Local, derogada por la 47/1978 y sobre todo con la Ley de bases de Régimen Local de 1985 que adapta los Ayuntamientos a las modificaciones derivadas de la Constitución y del nuevo régimen democrático.

    En la actualidad es cabeza de Partido, dependiendo de la Audiencia Territorial de Badajoz y eclesiásticamente, cuenta con la Vicaria de Badajoz-Ciudad y los Arciprestazgos de San Fernando, (Parroquias de  Ntra Sra. de la Asunción, Santa Engracia, San Fernando y Santa Isabel , Santa Teresa de Jesús y San Juan de Dios) Arciprestazgo de San Juan Bautista (Parroquias de María Auxiliadora, Ntra. Sra. del Perpetuo Socorro, San José, San Juan Bautista, San Juan Macías, Santa María la Real,  Santo Domingo, Ntra. Sra. de Guadalupe y Santa Eulalia), Arciprestazgo de San Juan de Ribera (Parroquias de Jesús Obrero, Ntra. Sra. de Gracia, La Purísima Concepción, San Andrés Apóstol, San Juan de Ribera, San Pedro de Alcántara, San Roque y Santísima Trinidad) y Arciprestazgo de San Juan Bautista (Parroquia de Santiago Apóstol), y Archidiócesis de Mérida-Badajoz.


    MONUMENTOS

La Alcazaba
Museo Arqueológico Provincial
Plaza Alta y Plaza de San José
Catedral
Puertas, Puentes y Murallas
Iglesias y Conventos
Museos

    La vigente Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura (Ley 2/99, de 29 de marzo), ha decretado como Bienes de Interés Cultural, los siguientes:

Alcázar y Torre de Espantaperros
Av. Joaquín Costa, 16,16-A,16-B
Catedral San Juan Bautista
Museo Arqueológico
Museo de Bellas Artes

Gaceta de Madrid Publicación: 09/09/1932, nº 253

Departamento: Ministerio de Guerra

Páginas: 1798 - 1798

Decreto autorizando al Ministro de este Departamento para ceder en precario al Ayuntamiento de Badajoz el castillo, murallas y glacis de dicha capital.

A propuesta del Ministro de la Guerra y de acuerdo con el Consejo de Ministros

Vengo en Decretar lo siguiente:

Articulo unico.- Se autoriza al precitado Ministro de la Guerra para que por su Departamento se ceda en precario al Ayuntamiento de Badajoz el castillo, murallas y glacis de dicha ciudad, sin que ello constituya sobre esas propiedades ninguna clase de derechos a favor del referido Municipio ni de terceros, ni autorice realizar en las mismas otras obras que las de pura conservacion del edificio y lugares, quedando prohibido se destruya parte alguna de lo concedido ni se modifique la parte artística histórica o monumental de los edificios, siendo responsable el Ayuntamiento de Badajoz del incumplimiento de cualquiera de los terminos de esta concesion.

Dado en Madrid a ocho de Septiembre de mil novecientos treinta y dos.- Niceto Alcala Zamora y Torres.- El Presidente del Consejo de Ministros.- Ministro de la Guerra.- Manuel Azaña

Gaceta de Madrid Publicación: 01/08/1933, nº 213

Departamento: Ministerio de Hacienda

Páginas: 754 - 754

Ley cediendo el pleno dominio, gratuitamente y a perpetuidad, al Ayuntamiento de Badajoz, las murallas, fosos, glacis, castillo y terreno anejos, a excepción del cuartel llamado de "La Bomba", enclavado en las murallas, y del edificio del antiguo Hospital Militar edificado en los terrenos del castillo.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 21/09/1941, nº 264

Departamento: MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

Páginas: 7290 - 7290

Referencia: 1941/09253

Orden por la que se aprueba el proyecto de obras de conservación en la Alcazaba, Torre de Espantaperros y Murallas, de Badajoz, Monumento Nacional, Importante: 19.927,05 pesetas. Proyecto formulado por el Arquitecto D. Félix Hernández, consistente en consolidación de los elementos señalados de interés en el conjunto de referencia y en la valoración de los mismos

Boletín Oficial del Estado Publicación: 04/05/1945, nº 124

Departamento: MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

Páginas: 3607 - 3608

Referencia: 1945/04482

Orden por la que se aprueba el proyecto de obras en la Catedral de Badajoz, monumento nacional, importante 19.558.98, pesetas. Proyecto formulado por el Arquitecto D. Félix Hernández, consistente en reparación de vertientes, caballetes, limas, recogida de aguas y desagües, con objeto de eliminar las humedades

Boletín Oficial del Estado Publicación: 10/11/1945, nº 314

Departamento: MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

Páginas: 2903 - 2903

Referencia: 1945/10928

Orden de 22 de octubre de 1945 por la que se aprueba proyecto de obras en la Alcazaba, de Badajoz, monumento nacional. importante 53.248,77 pesetas. Proyecto formulado por el Arquitecto D. Félix Hernández, consistente en obras de recalzo general y resanado del muro mayor y del recinto con las torres que lo flanquean, asi como barbacanas en los tramos en que se conservan, reorganización del muro contiguo a la llamada puerta de los carros, etc.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 21/09/1953, nº 264

Departamento: MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

Páginas: 5675 - 5675

Referencia: 1953/12719

Orden de 28 de agosto de 1953 por la que se aprueba un proyecto de obras de repaso de las cubiertas en la nave central de la S.I. Catedral de Badajoz, monumento nacional, importante 49.999,98. Proyecto formulado por el Arquitecto D. José Menéndez Pidal. consistente en rehacer los elementos de lar armaduras que se encuentren en mal estado de conservación, reponiendo algunas piezas y retejando cuidadosamente, etc.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 18/08/1955, nº 230

Departamento: MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

Páginas: 5118 - 5118

Referencia: 1955/11702

Orden de 27 de junio de 1955 por la que se aprueba un proyecto de obras en la Santa Iglesia Catedral de Badajoz, monumento nacional, importante 100.000 pesetas. Proyecto formulado por el Arquitecto D. José Menéndez Pidal. consistente en levantamiento de las calles y pinturas que cubren los paramentos, pilares, nervaduras de las bóvedas y sus paños correspondientes al lado del Evangelio, se repasara la cantera donde se encuentre dañada, sustituyendo los sillares que lo necesiten, etc.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 25/11/1959, nº 282

Departamento: MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

Páginas: 15059 - 15060

Referencia: 1959/15594

Orden de 5 de noviembre de 1959 por la que se aprueba un proyecto de obras en la Santa Iglesia Catedral de Badajoz, monumento nacional. Proyecto realizado por el Arquitecto D. José Menéndez Pidal-Álvarez, importante 99.999,97 pesetas, consistente en limpieza y reposición de piezas de las arquerías del claustro, que por su mal estado de deterioro y conservación requieren ser restauradas

Boletín Oficial del Estado Publicación: 18/11/1960, nº 277

Departamento: MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

Páginas: 15940 - 15940

Referencia: 1960/17207

Orden de 21 de octubre de 1960 por la que se aprueba un proyecto de obras en la Alcazaba de Badajoz, monumento nacional. Proyecto formulado por el Arquitecto D. Félix Hernández Giménez e importante 100.000 pesetas, consistente en desmonte y retirado de escombros, recalzos, afianzado y repaso de varios lienzos del acortinado general de las torres, etc.

DOE núm. 8 de 28 de Enero 1986

CONSEJERlA DE EDUCACION Y CULTURA

RESOLUCION de 14 de enero de 1986, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural del edificio Seminario de San Atón de la ciudad de Badajoz.

    LA ALCAZABA 

BIBLIOGRAFÍA ESPECIFICA

  • 60 Castillos de Castilla la Nueva y Extremadura [Texto impreso] / litografías y textos recopilados por Miguel Ourvantzoff [Madrid : Miguel Ourvantzoff, 1965] BNE Signatura BA/11407
  • Castillos de Extremadura Delgado Vallina, Dionisio [Badajoz]: Hoy, Diario regional, D.L. 1988 BNE Signatura 7/139175
  • Castillos de Extremadura (tierra de conquistadores): Cáceres (Provincia ). Velo Nieto, Gervasio Madrid : [Escuelas Profesionales "Sagrado Corazón de Jesús"], 1968 BNE Signatura 1/122020
  • Castillos de la alta Extremadura : Eljas (con noticias históricas de la encomienda de su nombre) Velo Nieto, Gervasio Badajoz : [s.n.], 1968 BNE Signatura VC/7607/27
  • Castillos de la alta Extremadura : Peñafiel, con breves noticias de la encomienda de su nombre Velo Nieto, Gervasio BNE Signatura VC/4702/24
  • Castillos y fortalezas en Extremadura; Navareño Mateos, Antonio 1948- [Badajoz] : "Hoy", [1998] BNE Signatura 9/208146
  • Castillos y monumentos [Material gráfico] Ourvantzoff, Miguel 1897-1982 BNE Signatura BA/13179 V.1/V.2/V.3
  • Viaje por castillos y monasterios en Extremadura [Texto impreso] : de "Castillos en España, su historia, su arte, sus leyendas" (1952), de "Monasterios de España" (1953) Sainz de Robles, Federico Carlos 1898-1982 [Badajoz] : Caja de Extremadura, [2007] BNE Signatura 12/456031
  • Castillo de la Alta Extremadura / / Antonio Cristino Floriano Cumbreño Cáceres : Publicaciones del Departamento Provincial de Seminarios de F.E.T. y de las J.O.N.S., 1953. Rebiun: red de bibliotecas universitarias españolas
  • Castillos de la Alta Extremadura: el Portezuelo// por Gervasio Velo y Nieto Madrid: Hauser y Menet, [s.a.]. Rebiun: red de bibliotecas universitarias españolas
  • Castillos y fortificaciones en Extremadura / / Antonio Navareño Mateos [Mérida, Badajoz] : Editora Regional de Extremadura, 1985. Rebiun: red de bibliotecas universitarias
  • Documentos de la Orden de Santiago sobre castillos extremeños: Manuel Garrido Santiago Universidad de Extremadura; ed 1969
  • Estudio y levantamiento del estado actual del Castillo "Fuerte de Herrera" en Arroyo de la Luz[/ Moreno Torreño ; tutor, Florencio Crespo Crespo; Recurso electrónico] / Universidad Extremadura

Boletín Oficial del Estado Publicación: 21/09/1941, nº 264

Departamento: Ministerio de Educación Nacional

Páginas: 7290 - 7290

Orden por la que se aprueba el proyecto de obras de conservación en la Alcazaba, Torre de Espantaperros y Murallas, de Badajoz, Monumento Nacional, Importante: 19.927,05 pesetas. Proyecto realizado por el Arquitecto D. Felix Hernandez, consistente en: Consolidacion de los elementos señalados de interes en el conjunto de referencia y la valoracion de los mismos.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 18/11/1960, nº 277

Departamento: Ministerio de Educación Nacional

Páginas: 15940 - 15940

Orden de 21 de octubre de 1960 por la que se aprueba un proyecto de obras en la Alcazaba de Badajoz, monumento nacional. Proyecto formulado por el Arquitecto D. Felix Hernandez Gimenez e importante 100.000 pesetas; consistente en desmonte y retirada de escombros, recalzos, afianzado y repaso de varios lienzos del acortinado general de las torres, etc.

DOE núm 42 JUEVES, 23 DE MAYO DE 1985

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Restauración.- Resolución, por la que se anuncia concurso-subasta para la contratación de las obras de restauración de la Alcazaba de Badajoz.

 DOE núm. 32 SÁBADO, 16 DE MARZO DE 1996

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Concurso.- Resolución de 5 de marzo de 1996, de la Secretaria General Técnica, por la que se anuncia licitación de las obras de excavación, limpieza y documentación de la alcazaba de Badajoz, mediante concurso, por el sistema de procedimiento abierto.

DOE núm. 57 SÁBADO, 18 DE MAYO DE 1996

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Adjudicación.- Resolución de 26 de abril de 1996, por la que se adjudican definitivamente las obras de excavación, limpieza y documentación Alcazaba de Badajoz.

Concurso.- Resolución de 10 de mayo de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación de las obras de restauración torre y fachada norte de la Catedral de Badajoz, mediante concurso, por el sistema de procedimiento abierto

DOE núm. 132 JUEVES, 14 DE NOVIEMBRE DE 1996

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Concurso.- Resolución de 30 de octubre de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación de las obras de restauración del recinto de la Alcazaba de Badajoz, mediante concurso, por el sistema de procedimiento abierto, por vía de urgencia.

DOE núm. 150 JUEVES, 26 DE DICIEMBRE DE 1996

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Adjudicación.- Resolución de 12 de diciembre de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se adjudican definitivamente las obras de restauración del recinto del Alcazába de Badajoz.

DOE núm. 131 MARTES, 11 DE NOVIEMBRE DE 1997

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Concurso.- Resolución de 30 de octubre de 1997, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación de las obras de: Restauración de un tramo del Alcazaba de Badajoz

DOE núm 144 SÁBADO, 13 DE DICIEMBRE DE 1997

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Adjudicación.- Anuncio de 2 de diciembre de 1997, sobre Resolución, por la que se adjudican definitivamente las obras de Restauración de un tramo de la Alcazaba de Badajoz.

DOE núm 45 MARTES, 18 DE ABRIL DE 2000

CONSEJERÍA DE CULTURA

Concurso.- Resolución de 7 de abril de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación de las obras de: Restauración recinto de la Alcazaba, en Badajoz.

DOE núm 73 SÁBADO, 24 DE JUNIO DE 2000

CONSEJERÍA DE CULTURA

Adjudicación.- Resolución de 5 de junio de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se adjudican definitivamente las obras de restauración Recinto Alcazaba de Badajoz.

DOE núm. 71 SÁBADO, 17 DE JUNIO DE 2006

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

Convenios.- Resolución de 7 de junio de 2006, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Protocolo General entre el Ministerio de Vivienda, la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Badajoz para la recuperación de la Alcazaba Árabe de Badajoz.

Habiéndose firmado el día 17 de mayo de 2006 un Protocolo General entre el Ministerio de Vivienda, la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Badajoz para la recuperación de la Alcazaba Árabe de Badajoz, de conformidad con lo previsto en el artículo 7.º del Decreto 1/1994, de 25 de enero, sobre creación y funcionamiento del Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

R E S U E L V O :

La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Protocolo General que figura como Anexo de la presente Resolución.

Mérida, 7 de junio de 2006.El Secretario General, Francisco Gomez Mayorga

A N E X O

PROTOCOLO GENERAL ENTRE EL MINISTERIO DE VIVIENDA, LA JUNTA DE EXTREMADURA Y EL AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ PARA LA RECUPERACIÓN DE LA ALCAZABA ÁRABE EN BADAJOZ

En Badajoz, a 17 de mayo de 2006.

De una parte, la Sra. Ministra de Vivienda D.ª María Antonia Trujillo Rincón, en uso de las competencias que le confiere el artículo 12 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra parte, el Sr. Presidente de la Junta de Extremadura, D. Juan Carlos Rodríguez Ibarra, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 11.a) y 53.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Y, de otra parte, el Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Badajoz, D. Miguel Ángel Celdrán Matute, actuando en nombre y representación del citado Ayuntamiento, en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de la Ley de Bases del Régimen Local.

Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen la capacidad para otorgar el presente Protocolo y,

EXPONEN:

Primero: Que corresponde al Ministerio de Vivienda, en el ámbito de las competencias de la Administración General del Estado, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de urbanismo, suelo y arquitectura, así como la planificación y programación de las correspondientes inversiones relativas a estas materias, teniendo atribuido un programa de “Ordenación y Fomento de la Edificación”, en virtud de lo establecido en los Reales Decretos 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales 562/2004, de 19 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los diferentes departamentos ministeriales y 1718/2004, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Vivienda.

Segundo: Que la Junta de Extremadura ostenta competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural histórico-arqueológico, monumental, artístico y científico de interés, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.13 de la Ley Orgánica 1/1984, de 25 de febrero, del Estatuto de Autonomía.

Tercero: Que el Ayuntamiento de Badajoz, ostenta en la actualidad la propiedad de la Alcazaba Árabe, y como tal tiene interés en su recuperación a efectos de la conservación del patrimonio municipal.

En consecuencia, las Administraciones actuantes formulan en este documento, la presente DECLARACIÓN DE INTENCIONES, que se desarrollará a través de uno o, en su caso, varios Convenios de Colaboración posteriores con arreglo a las siguientes

BASES:

Primera: Es voluntad de las partes intervinientes desarrollar las actuaciones necesarias con destino a las obras de “RECUPERACIÓN DE LA ALCAZABA ÁRABE DE BADAJOZ”, consistentes en:

– RECUPERACIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO

• Rehabilitación integral del perímetro de MURALLAS.

• Rehabilitación integral de TORRES.

• Rehabilitación integral de PUERTAS.

• Rehabilitación integral de ELEMENTOS DEFENSIVOS EXISTENTES.

– MEJORAR DEL ENTORNO DEL MONUMENTO DE LA ALCAZABA

• Tratamiento exterior del RECINTO.

• Tratamiento interior del RECINTO.

– ADECUACIÓN DE LA ALCAZABA PARA USOS TURÍSTICOS Y DE OCIO

• Recuperación de pequeñas construcciones preexistentes.

• Creación de un centro de interpretación.

• Creación de un espacio de servicios hosteleros.

• Habilitación de puntos de información.

Segunda: El Ministerio de Vivienda, que será el Órgano de Contratación, manifiesta su intención de colaborar en la financiación y ejecución de las obras de rehabilitación, en un 50% del presupuesto de licitación de las mismas.

Tercera: La Junta de Extremadura manifiesta su intención de colaborar en la financiación y ejecución de las obras de rehabilitación, en un 25% del presupuesto de licitación de las mismas.

Cuarta: El Ayuntamiento de Badajoz manifiesta su intención de colaborar en la financiación y ejecución de las citadas obras, en un 25% del presupuesto de licitación de las mismas, poniendo a tal efecto la Alcazaba a disposición del Ministerio de Vivienda como Órgano de Contratación.

Quinta: Se creará una Comisión para el seguimiento y control de las actuaciones, integrada por dos representantes del Ministerio de la Vivienda, designados por el titular del Departamento, dos representantes de la Junta de Extremadura, a través de la Dirección General de Patrimonio Cultural y otros dos representantes del Ayuntamiento de Badajoz, encargada de la designación del Organismo que vaya a desarrollar las tres fases en que se dividirá el Proyecto y del seguimiento de las actuaciones, así como de resolver cualquier problema que pueda surgir de la interpretación del presente Protocolo.

Sexta: Una vez supervisados y aprobados los distintos proyectos de ejecución de las obras, se suscribirá un Convenio entre las tres Administraciones en el que se concretarán las anualidades y los compromisos económicos de las partes.

Séptima: Al objeto de garantizar la transparencia hacia los ciudadanos y de informar a la opinión pública, las partes firmantes se comprometen a informar de la manera más adecuada sobre las aportaciones económicas y en especial a:

– La participación conjunta e información sobre cuantos actos públicos, tanto en el inicio, en la ejecución como en el final de obra se realicen, absteniéndose la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Badajoz, de organizar cualquier acto hasta la recepción y entrega del edificio.

– La autorización para la instalación de vallas informativas en la zona de actuación.

– La instalación de placas conmemorativas permanentes en las infraestructuras realizadas.

– La comunicación de acciones dirigidas a los medios de comunicación (prensa, radio, televisión, páginas web, etc.) deberá contemplar en todo caso la financiación del Ministerio de Vivienda.

Octava: El presente Protocolo entrará en vigor a partir de su otorgamiento, dándose por concluido cuando se produzca la firma del Convenio o Convenios que lo desarrollen.

Y en prueba de su conformidad, y para fiel cumplimiento de lo pactado, se suscribe el presente Protocolo por cuadruplicado ejemplar, en el día de la fecha.

La Ministra de Vivienda, María Antonia Trujillo Rincón. El Presidente de la Junta de Extremadura, Juan Carlos Rodríguez Ibarra.  El Alcalde del Ayuntamiento de Badajoz, Miguel Ángel Celdrán Matute.

DOE núm. 75 MARTES, 27 DE JUNIO DE 2006

CONSEJERÍA DE CULTURA

Concurso.- Resolución de 20 de junio de 2006, de la Secretaría General, por la que se anuncia licitación de la consultoría y asistencia de "Redacción del proyecto de ejecución para la restauración y consolidación de la muralla de la Alcazaba, tramo Puerta de Carros a Puerta del Alpéndiz, de Badajoz". Expte.: OB062PA17018.

   La Alcazaba árabe domina, desde su ubicación en lo alto del cabezo de "La Muela" al resto de la ciudad. Construida en el siglo IX por Ibn Marwan, sufrió diversas reformas. El califa almohade Abu Yacub Yusuf, con residencia en Sevilla, mandaría edificar la Alcazaba en el año 1169, tal como hoy se conoce, convirtiéndose esta plaza en una de las más importantes de la Península Ibérica por su situación estratégica y defensiva. Llego a albergar una importante biblioteca

    Su forma es ovalada con ejes de 400x200 metros, torres de planta cuadrangular refuerzan los lienzos de muralla, de entre ellas la de la Atalaya se ha convertido en emblema pacense, conocida popularmente como "Espantaperros", palabra con la que los moros se referían a los cristianos, de planta octogonal y con dos cuerpos interiores y con dos cuerpos interiores, macizo el inferior y habitable el superior, con una altura de 30 metros.

    Esta torre es de época almohade, aunque el campanario que la remata, es obra mudéjar del siglo XVI. Guarda un gran parecido con la Torre del Oro de Sevilla, a la que sirvió de modelo

    La Alcazaba tiene tres puertas de gran tamaño y un postigo menor, las puertas presentan una entrada en recodo para dificultar la entrada. De las puertas conocidas con los nombres de Carros, Apéndiz y Capitel, destacan estas dos últimas, totalmente opuestas en su situación sobre la muralla. La denominada Capitel, le debe su nombre al capitel romano que se encuentra empotrado en la parte alta del arco de herradura apuntado, que tiene en su entrada. El postigo recibe el nombre de Coraxa. 

    Esta Alcazaba contó con tres mezquitas, la mezquita mayor, construida en el año 1169, se convirtió en la primera catedral de la ciudad, con el nombre de Santa María del Castillo. Numerosos jardines regados con agua del Guadiana daban vida al conjunto.

   La Alcazaba de Badajoz fue declarada Monumento Histórico-Artístico en el año 1931.

   PLAZA ALTA Y PLAZA DE SAN JOSÉ

    Aún conservan el atractivo que antaño debieron tener como centros neurálgicos de una población que, intramuros, vivió arropada a las murallas de la Alcazaba.

    Recovecos, calles y callejuelas nacen en estos centros, donde los soportales aún retienen muestras del arte mudéjar y de la inspiración artística de época medieval y siglos posteriores.

    Badajoz, estos últimos años, vuelve nostálgico sus ojos hacia estos lugares, con afán de recuperar para la ciudad dos rincones llenos de historia y arte.

    La Plaza Alta porticada cuenta con edificios de columnas y capiteles visigodos con arcos de medio punto, fue diseñada a finales del siglo XV y reformada a finales del siglo XVII, el Obispo Marín Rodezno costeo las obras de su peculio. En 1899 se construyó, en edificación de hierro, el Mercado de Abastos, pieza que se encuentra en la actualidad en el campus de la Universidad, como Biblioteca. A través del arco del Peso de Colodrazgo conectaba con la Plaza de San Jose, donde se situaba el Ayuntamiento viejo

    La Plaza de San José es de características parecidas bajo soportales y por el Arco del Toril se accede a la Plaza del Reloj, desde donde se puede ver la Torre del Alpendiz o de Espantaperros. El nombre de Arco de Toril se debe a que esa era su función cuando se celebraban corridas de toros en la misma. En su centro se encuentra una cruz de hierro, la plaza se encuentra flanqueada por la muralla de la Alcazaba, la puerta del Capitel y el convento de las Adoratrices.


   CATEDRAL

DOE núm 61 MARTES, 25 DE MAYO DE 1993

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Contratación.- Anuncio de 5 de mayo de 1993, sobre contratación de las obras de restauración fachadas de la Catedral de Badajoz.

DOE núm. 83 JUEVES, 15 DE JULIO DE 1993

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Adjudicación.- Resolución de 25 de junio de 1993, por la que se adjudican definitivamente las obras de restauración fachadas de la Catedral de Badajoz.

DOE núm. 89 JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 1996

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Adjudicación.- Resolución de 11 de julio de 1996, por la que se adjudican definitivamente las obras de restauración torre y fachada Norte de la Catedral de Badajoz.

DOE núm 63 JUEVES, 4 DE JUNIO DE 1998

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Adjudicación.- Resolución de 18 de mayo de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace pública la adjudicación de las obras de emergencia en la cubierta del claustro de la Catedral de Badajoz.

BOE núm. 112 Jueves 10 mayo 2007

26.907/07. Resolución de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales por la que se anuncia concurso para la contratación de: «Ejecución de obras de restauración de las cubiertas de la Catedral de San Juan Bautista en Badajoz (Fase I).» Concurso n.º 070101. 4. Presupuesto base de licitación. Importe total (euros). 600.100,98

    Situada en la céntrica Plaza de San Juan, próxima al Ayuntamiento, del siglo XIII, en estilo de transición del románico al gótico con diversos motivos del Renacimiento. De la primitiva fabrica del siglo XIII, quedan muy pocos restos, debido a las reformas y añadidos de siglos posteriores.

    En el Siglo XIII, una vez conquistada la ciudad por las tropas de Alfonso IX de León, Badajoz se convirtió en sede episcopal y, el que fuera su primer obispo, Fray Pedro Pérez, inició las obras de construcción de la nueva catedral, con el beneplácito del rey Alfonso X "El Sabio". De aspecto semejante a fortaleza, ésta se edificó sobre lo que fuera anteriormente templo visigodo o mozárabe y aunque casi terminada en el Siglo XV, no se ultimaría definitivamente hasta el Siglo XVIII.

    Las partes esenciales se construyeron muy rápidamente, auque el templo fue transformado y ampliado en los siguientes siglos. Durante el siglo XVI se termina la torre y muchas de las capillas laterales y el claustro, en el siglo XVII se reforman las fachas norte y oeste, la cabecera, se levanta la Sala Capitular y alguna capilla.

    La parte exterior es muy austera, con poca decoración, en los muros se abren pocos vanos y se colocan merlones con objeto de romper la continuidad del paramento, la parte superior se remata con almenas, que dan apariencia de fortaleza al templo.

    De las portadas destacan la del Cordero, adintelada recibiendo este nombre por el Cordero con la Cruz que luce en el frontón. La del Obispo Fernández Zorrilla de estilo renacentista,  cuenta con escalera de ingreso, columnas jonicas, escudos y una imagen de San Juan Evangelista, que da nombre al templo y a la plaza en que está situada, fue realizada en el siglo XVII por los maestros Sebastián Vázquez y Melchor Cordero. La tercera portada es la mas antigua, cuenta con arco románico entre pilastras.

    Su torre del siglo XVI posee una torre de aspecto severo, que contrasta con los ornamentos de la fachada, cuenta con dos ventanas, gótica y plateresca. Consiste en torre de planta cuadrada con varios subcuerpos, se comenzó la construcción en estilo gótico, fue transformada en el renacimiento añadiendo ventanales platerescos y modificada en la época barroca. En enero de 2006, se está procediendo a electrificar las campanas, para evitar que el volteo dañe la espadaña, también se están cambiando los martillos y las bolas. De las nueve campanas que existen, cuatro funcionaban a volteo y el resto a tintineo (a volteo dan vueltas y a tintineo suenan por el golpe de un martillo). Con el nuevo mecanismo, todas funcionarán a tintineo y falso volteo. El 29 de junio del año 1718 la campana más grande, que pesaba 122 arrobas, se quebró con los repiques y al caer al suelo hizo un gran boquete, como el de una bomba. Hubo que fundirla de nuevo. Para subirla utilizaron tres carrillos y tres maromas que prestó el gobernador de Elvas y desde arriba iba vertiendo cántaros de agua sobre la cuerda para impedir que ardiese con el roce.

    La campana mas grande es la que mira hacia el Episcopado, tiene un peso de 2.300 kg. y esta afinada en Si bemol muy grave, la siguiente con 1.600 kg. es la del muro norte y su nota es Re grave, la tercera con 800 kg. afinada en Re normal, esta construida en 1.975. Siguiendo por el muro este, la primera en Si bemol, con 460 kg., la otra en Do normal y 250 kg. En el muro sur, la primera con 290 kg., suena en La agudo, la horaria en Fa y 1.000 kg., mientras que la de los cuartos afinada en La, pesa 290 kg., esta fundida en 1.791, la ultima es la mas alta con 230 kg., y afinada en Si

    La Catedral es de planta de cruz latina, con tres naves, crucero y cabecera de tres ábsides poligonales, siendo mas alta la central que las naves laterales; en los extremos se adosan dos naves mas compuestas por capillas y el la cabecera se encuentra el claustro. Las bóvedas son de crucería sencilla, que descansan sobre pilares cruciformes con columnas adosadas.

    Destacan en su interior el Altar Mayor con un retablo barroco en madera dorada de Ginés López, del siglo XVIII, con columnas salomónicas y las imágenes de la Purísima Concepción y San Juan Bautista y otros santos tallados por Manuel y Francisco Ruiz, se cierra con verjas. También son interesantes los retablos laterales y el sepulcro del Obispo don Gil Colonna.

   Diversas capillas de gran interés artístico. La Capilla Bautismal cuenta con trabajo realizado en azulejo sevillano, realizado en el siglo XVI y un Bautismo de Cristo del que recibe su nombre, pintado a mediados del siglo XIX por Diego Florindo, con bóveda estrellada. La Capilla de Santa Bárbara, cuenta con el Retablo de las Tribulaciones obra gótica del siglo XVI, con representaciones de la vida y pasión de Cristo, con tablas atribuidas a Antón de Madrid. La Capilla de los Fonseca, elegida por don Lorenzo Suárez para su entierro, es otro ejemplo de azulejeria del siglo XVI y varios lienzos del siglo XIX . La Capilla de las Reliquias, con un altar del siglo XVI. La Capilla de San Benito de factura barroca y la del Cristo Crucificado con imagen gótica. 

    Claustro del siglo XVI, de planta cuadrada presenta columnas de estilo portugués y bóvedas nervadas, sus galerías se cubren con bóvedas de crucería, fue comenzada su obra por Alonso Manrique, a través del mismo se accede al Museo Catedralicio.

    El coro obra del siglo XVI, situado en la nave central, como es norma en las catedrales góticas, y protegido por una reja, es obra del discípulo de Berruguete, Jerónimo de Valencia. Consta de 36 sillas en la parte baja y 43 en la alta, decoradas con figuras de santos y santas en los respaldos, se cierra con verjas forjadas en el siglo XVIII. El Aguilón es el nombre que recibe el facistol de bronce, obra de Manuel García y José Rivero, realizado a finales del siglo XVIII

    El Museo Catedralicio posee cinco tablas del siglo XVI de gran interés; obras de Luis Morales junto con otros autores como Bocanegra y Antonio del Real, piezas de alabastro, la losa sepulcral en bronce realizada en Italia de don Lorenzo Suárez de Figueroa, esculturas de marfil traídos de Filipinas, tallas, orfebrerías de los siglos XVI al XIX, entre ellas una Custodia procesional realizada por Juan de Burgos, tapices y cantorales  miniados con escenas y decoraciones vegetales del siglo XVI y el relieve de la Virgen con el niño, obra atribuida a Settignano y realizada en Italia.

Horario de visitas: Viernes y Sábados de 11 a 13 horas.

 Cerca del Museo Arqueológico Provincial, se encuentran los restos del Palacio del Obispo y la Antigua Catedral, construida sobre la mezquita mayor de Badajoz.

D.O.E. Nº 88 de 31/07/2001

CONSEJERÍA DE CULTURA

Concurso.- Resolución de 9 de julio de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación de las obras de: "Rehabilitación edificio para archivo histórico del arzobispado Mérida-Badajoz, en Badajoz"

DOE núm. 91 MARTES, 7 DE AGOSTO DE 2001

CONSEJERÍA DE CULTURA

Concurso.- Corrección de errores a la Resolución de 9 de julio de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación de las obras de "Rehabilitación edificio para Archivo Histórico del Arzobispado Mérida-Badajoz, en Badajoz".

D.O.E. Nº 107 de 15/09/2001

CONSEJERÍA DE CULTURA

Contratación.- Resolución de 30 de agosto de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se declara desierto el concurso para la ejecución de las obras de "Rehabilitación edificio para Archivo Histórico del Arzobispado Mérida-Badajoz, en Badajoz"

D.O.E. Nº 125 de 27/10/2001

CONSEJERÍA DE CULTURA

Adjudicación.- Resolución de 3 de octubre de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se adjudican definitivamente las obras de: Rehabilitación edificio para Archivo Histórico del Arzobispado Mérida-Badajoz en Badajoz.  5.–ADJUDICACION. a) Fecha: 03/10/01. b) Contratista: VAYSACA, S.L. c) Nacionalidad: Española. d) Importe de adjudicación: 30.000.000 pesetas (180.303,631 euros).

DOE núm. 69 SÁBADO, 15 DE JUNIO DE 2002

CONSEJERÍA DE CULTURA

Concurso.- Resolución de 7 de junio de 2002, de la Secretaría General, por la que se anuncia licitación de las obras de "Rehabilitación dependencia para anexo al Museo de la Catedral de Badajoz".

DOE núm. 104 SÁBADO, 7 DE SEPTIEMBRE DE 2002

CONSEJERÍA DE CULTURA

Adjudicación.- Resolución de 19 de agosto de 2002, de la Secretaría General, por la que se adjudican definitivamente las obras de "Rehabilitación dependencia para anexo al Museo de la Catedral de Badajoz".


    PUERTAS, PUENTES Y MURALLAS

DOE núm. 48 JUEVES, 24 DE ABRIL DE 2003

CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TURISMO

Adjudicación.- Resolución de 2 de abril de 2003, de la Secretaría General, por la que se adjudica la contratación de las obras de "Complementario nº 1 de las obras de rehabilitación del Puente de Palmas en Badajoz"

    Durante siglos, la condición fronteriza de Badajoz ha influido de forma total en su configuración y , paradójicamente, le ha dado un atractivo histórico cada vez más apreciado. Murallas, puertas y puentes conforman una atractiva ruta turística y cultural.

    En las ciudades amuralladas era común el establecimiento de puertas de acceso a la misma, de las cuales se conservan algunas, cuyos nombres recuerdan a poblaciones vecinas: Puerta de Mérida, Puerta de Jerez, conocida actualmente como Puerta Pilar, etc., y la que más fama tiene entre los pacenses y visitantes de la ciudad, es la denominada Puerta de Palmas, con dos torres almenadas de planta circular; adornadas por cordones decorativos propios del siglo XVI. Esta bella puerta se ha convertido en emblema de la ciudad, simbolizando en su construcción un arco de triunfo de época renacentista.

   Las murallas fueron construidas por Ibn Marwan empleando adobe y tapial, en el año 913 son reforzadas por su nieto Abd al-Rahman. En el año 1030 se vuelven a reforzar con cal viva y piedra de canteria por Ibn Aftás.

    Del siglo XVI es el Puente de Palmas siendo rey Felipe II, de estilo herreriano construido con mampostería y sillares de granito. Otros puentes se han construido en épocas posteriores sobre el río Guadiana y paralelos al de Palmas, con nombres tales como de la Autonomía, Universidad o Real, inaugurado éste último en 1994.

    Antonio Vegas en su Diccionario Geográfico Universal, Tomo V, publicado en Madrid en el año 1795. dice:

    "Puente de Badajoz, que está sobre el rio Guadiana, saliendo por la Puerta de las Palmas para ir á Portugal. Este Puente es magnífico, y se debe contar entre las insignes obras modernas que hay en España de esta clase, y que puede en algun modo competir con las de los Romanos. La materia de que está hecho es de piedra sillería; y de grano durísimo. Tiene 28 arcos, el mayor de 78 pies de diámetro , y el menor de poco mas de 21: lo largo de todo él es de 1874 pies, y de 23 de ancho. Se construyó en tiempo del Señor Felipe II, por los años de 1596, cuya obra está dedicada á este magnánimo Soberano, y á la utilidad pública; siendo juntamente glorioso testimonio á favor de la Ciudad de Badajóz.

    Puente sobre al rio Guadiana, y el rio Evora, situado antes de llegar sus corrientes á la Ciudad de Badajoz. Tiene doce ó catorce arcos, y es de muy buena arquitectura. Poco mas arriba del sitio de este Puente se unen estos dos rios, llevando el nombre de Guadíana.

    Puente sobre el arroyo Ribillas, que viene hacia él Oriente, pasa junto á la Ciudad de Badajoz, y se mete mas abaxo de esta Ciudad en Guadiana, cuyo Puente tiene cinco ojos."


    IGLESIAS Y CONVENTOS

    Aunque ya en el siglo XIII, una vez conquistada Badajoz por las tropas de Alfonso IX de León, se construyeran edificios religiosos convertidos en parroquias, conventos y ermitas, éstos, con el paso del tiempo, fueron deteriorándose y han sido restituidos por edificaciones de los siglos XVI y XVII.

    La configuración de la ciudad intramuros obligó a la construcción de conventos e iglesias en torno a la Catedral, que poco a poco, se fueron alejando de la tutela y la cercanía del principal de los templos cristianos de la capital pacense, para construirse cercanos a la sede del actual Museo de Bellas Artes y la Puerta de Palmas.

   Del grupo de edificios religiosos en torno a la Catedral destacamos:

    El Convento de las Carmelitas de la Reforma de Santa Teresa, en la calle Arco Agüero, original edificio del Siglo XIII, ampliado y terminado por el Obispo Amador Merino Malaguillas, en el siglo XVIII, sobre el solar del antiguo Beaterio de nuestra Señora de los Ángeles del siglo XVII. La Iglesia tiene  planta de una sola nave, cubierta con bóveda de cañón decorada con pintura de rosetones, tiene arcos adosados al muro y un coro alto a los pies. Tiene un retablo de madera policromada con columnas salomónicas. Está considerado el mejor conjunto del barroco tardío conservado en la ciudad

    El Convento de las Trinitarias o de los Remedios en la antigua calle Merones, hoy calle San Pedro de Alcántara, conocido también como "Nuestra Señora de la Paz", donde ya en el siglo XIII, en el solar de la Ermita, estuviera la Parroquia de El Salvador y después de la Concepción. Cuenta con un retablo barroco de madera con dos cuerpos y tres calles y una capilla con elementos mudejares.

    Iglesia de la Concepción. Esta Iglesia es la del Convento de San Gabriel, conocida popularmente como la de "Los Gabrieles". El convento fue construido por el arquitecto Ventura Rodriguez por encargo de D. Gómez Hernández de Solís y a su Señora Catalina de Silva, en el siglo XVI, y está situado en la calle San Juan desde el Siglo XVIII. Al exterior presenta dos portadas con arcos carpaneles y motivos franciscanos y una gran cúpula, en la fachada se encuentra un gran escudo con las armas reales. Al interior presenta un templete construido por el jesuita don Julian Goño en 1876, presidido por una talla de la Inmaculada.

    Iglesia de San Andrés, situada entre las calles de San Blas y Madre de Dios, fue en sus orígenes una  construcción del siglo XVI, que perteneció al convento de la Madre de Dios de Valverde, derribada en el año 1834. Posee un bello retablo del siglo XVI, con pinturas del siglo XVI, con pinturas sobre tablas situado en el costado del Evangelio, con influencias claras del círculo del artista Luis de Morales. En el exterior cuenta con una torre-campanario y tres portadas, dos del siglo XVIII y la otra del siglo XX. La iglesia está configurada con planta de una sola nave y capillas adosadas en el lado del Evangelio.

    En torno al Museo de Bellas Artes se sitúan otros edificios religiosos:

    Iglesia de la Soledad, de 1931, situada en la Plaza del mismo nombre, esquina con la calle del Duque de San Germán. Su interior guarda la imagen de la Patrona de la ciudad, la Virgen de la Soledad.

    Iglesia de Santa Maria la Real o San Agustín, de estilo renacentista, edificada sobre otra antigua denominada de San Lorenzo, donde los agustinos se trasladaron en el siglo XV. Aquí yacen los restos del que fuera Duque de Badajoz, Fernán Gómez de Solís. Presenta portada clasicista de mármol de dos cuerpos. Las dos naves, la del Evangelio y la de la Epístola, están cubiertas de bóvedas con nervadura gótica, donde abundan capillas y algunos enterramientos nobiliarios del siglo XVIII. Esta Iglesia es sede de la Cofradía del Santo Enterramiento.

    Real Convento de Franciscanas Descalzas de Santa Ana, cercano a las dos iglesias anteriores y situado en las calles de Santa Ana y Duque de San Germán, fue fundado por Doña Leonor Laso de la Vega en el año 1518. El titulo de Real viene originado por la muerte en el convento de la reina y esposa de Felipe II, Doña Ana de Austria en octubre de 1580. En el presbiterio se contempla un retablo en madera policromada. El claustro mudéjar del siglo XVI decorado con pinturas al fresco, de Clemente García Mures del siglo XVIII.

    El convento de las Clarisas Descalzas. Se ubica en la calle Menacho, antigua calle Onofre, sobre unos solares propiedad del capitán Sebastián Montero de Espinosa, y que se construyó gracias a las ayudas económicas del entonces Obispo de Badajoz, Marín de Roderno en el año de 1700. Este convento acoge la Hermandad del Cristo de la Amargura, que realiza su estación penitencial con el Cristo de la Espina, del siglo XVIII y la Virgen de la Amargura, de este mismo siglo. La fachada cuenta con dos portadas, la torre se encuentra a los pies, está formada por dos cuerpos y presenta planta rectangular. La iglesia  está formada por una sola nave cubierta con bóveda de cañón.

DOE num. 1 martes, 02 de enero 2017

PRESIDENCIA DE LA JUNTA

Bienes de Interés Cultural.- Resolución de 19 de diciembre de 2016, de la Secretaría General de Cultura, por la que se incoa expediente para dejar sin efecto la declaración como Bien de Interés Cultural del inmueble sito en la avda. Joaquín Costa, n.º 16, 16A y 16B, de Badajoz.

El edificio del antiguo Convento de las Clarisas, sito en los inmuebles números 16, 16-A y 16-B de la ciudad de Badajoz, con referencia catastral 5957807PD7055F0001ML, se declaró Bien de Interés Cultural en la categoría de Monumento en el Real Decreto 1596/1989, de 22 de diciembre, y se publicó en el BOE número 312, de 29 de diciembre. Dicho Bien quedó inscrito en el Registro de Bienes Culturales con el código (R.I.) - 51 - 0006923 – 00000.

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado mediante Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero y modificado mediante Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, la cual se publicó y entró en vigor con fecha 29 de enero de 2011, recoge como competencia exclusiva en su artículo 9.1.47 la “Cultura en cualquiera de sus manifestaciones”, así como el “Patrimonio Histórico y Cultural de interés para la Comunidad Autónoma”.

En desarrollo de esta competencia se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, que recoge la competencia y el procedimiento para llevar a cabo la declaración de Bien de Interés Cultural de un bien que se entienda entre los más relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.

Con respecto a la extinción del carácter de Bien de Interés Cultural, el artículo 11. 1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo indica: ”Podrá incoarse expediente para dejar sin efecto la declaración de un Bien de Interés Cultural de oficio o a instancia de parte. El procedimiento se describe en el artículo 11 apartados 2, 3, 4 y 5 de la citada ley.

Por D. Javier Teijeiro Fuentes y D. Felipe Manuel Martín Romero se presentan sendos escritos, de 12 de abril de 2016 y 9 de septiembre de 2016, respectivamente, solicitando la incoación de expediente para la descatalogación o extinción del carácter de Bien de Interés Cultural del inmueble sito en la avenida de Joaquín Costa, n.º 16, 16A y 16B, de Badajoz, propiedad de Herederos de Emilio Parra López.

A la vista de dichos escritos, de la documentación que con ellos se aporta, así como del informe, de 24 de octubre de 2016, emitido por la Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural respecto a la incoación del citado expediente, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 11.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9.2 del Decreto 321/2015, de 29 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura (DOE número 250, de 31 de diciembre), y a propuesta del Director General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural, la Secretaria General de Cultura,

RESUELVE :

Primero. Que se incoe expediente para dejar sin efecto la declaración como Bien de Interés Cultural del inmueble sito en la avenida de Joaquín Costa, n.º 16, 16A y 16B, de Badajoz, propiedad de Herederos de Emilio Parra López.

Segundo. Que continúe la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación vigente.

Tercero. Que se remita la resolución al Diario Oficial de Extremadura para su publicación y la apertura de un trámite de información pública por periodo de un mes.

Cuarto. Que se notifique a los interesados y al Excelentísimo Ayuntamiento de Badajoz, y que se publique en el Boletín Oficial del Estado.

Mérida, 19 de diciembre de 2016.

La Secretaria General de Cultura, Miriam Garcia Cabezas

    La Iglesia de Santo Domingo, perteneció al que fuera Convento de Santo Domingo ya en el siglo XVI, en cuyo siglo, hacia 1587, se terminaría la construcción del templo. Está situado en la calle Santo Domingo, La fachada es un gran mural renacentista y en su interior consta de una  sola nave con crucería y capillas adosadas a los laterales. La Hermandad de Nuestro Padre Jesús del Amparo tiene su sede en esta Iglesia, donde se venera al Nazareno y a la Virgen de los Dolores, titulares de esta Hermandad, fundada a principios del siglo XVII por el gremio de los sastres. Su claustro fue antiguo cuartel

   Convento de las Adoratrices, construido en el siglo XVI, y reformado posteriormente en el siglo XIX, con las líneas neogóticas actuales. 

DOE núm. 8 MARTES, 28 DE ENERO DE 1986

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Patrimonio Histórico Artístico.- Resolución de 14 de enero de 1986, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural a favor del edificio Seminario de San Antón de la ciudad de Badajoz.

D.O.E. Nº 27 de 05/04/1988

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Bienes de Interés Cultural.- Resolución de 16 de marzo de 1988, por la que se ha acordado tener por incoado expediente de declaración como Bien de Interés Cultural con categoría de monumento a favor del Real Convento de Franciscanas de Santa Ana, en la ciudad de Badajoz.

Seguido expediente en esta Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Extremadura, a instancias de interesados, a efectos de la posible declaración como Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento a favor del Real Convento de Franciscanas de Santa Ana, en la ciudad de Badajoz.

Vistos los artículos diez y once de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico - Español, el artículo 12.1 del Real Decreto 111/86, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, y demás disposiciones de general aplicación.

Esta Consejería de Educación y Cultura, en virtud de las atribuciones que le han sido conferidas, HA ACORDADO:

Primero.-Tener por incoado expediente de declaración como Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento a favor del Real Convento de Franciscanas de Santa Ana, en la ciudad de Badajoz.

Segundo.-La descripción del Bien objeto de este expediente figura como anexo de la presente disposición.

Se ha delimitado la zona afectada por el expediente incoado en cuanto que puede repercutir en la contemplación y ensalzamiento del mismo, cuyos límites figuran en el anexo de la presente disposición.

La relación y descripción de los Bienes Muebles que contiene y constituyen parte esencial de su historia, queda incorporada al expediente, dándose comunicación de la misma al Ministerio de Cultura.

Tercero.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con las disposiciones en vigor.

Cuarto.-Hacer saber al Ayuntamiento de Badajoz que, según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, debe procederse a la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en el Bien objeto de este expediente o en la zona afectada, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse con carácter inaplazable en tales zonas precisarán, en todo caso, autorización previa de esta Consejería de Educación y Cultura.

El Consejero de Educación y Cultura, Jaime Naranjo Gonzalo Ilmo. Sr. Director General de Patrimonio Cultural.

ANEXO QUE SE CITA

Descripción del Real Convento de Franciscanas de Santa Ana, en Badajoz

El Real Convento de Santa Ana es la primera fundación franciscana de Badajoz, que fue realizada en 1518 por doña Leonor Laso de la Vega. Reducido en la actualidad en su antigua extensión, consiste al presente en el complejo conventual urbano organizado alrededor de un claustro, iglesia aneja, y zona de huertos. El claustro consta de dos pisos definidos por cinco arcos escarzanos por costado, en planta baja, sobre los que se desarrollan siete menores en la alta. En el amplio patio cuadrado resultante se disponen dos pozos. El corredor perimetral se encuentra cubierto por pinturas murales debidas a los artistas pacenses Estrada, Mures y otros del siglo XVIII y I XIX. La iglesia se dispone aneja al cuerpo principal por ¡ el costado del mediodía, organizándose en planta como una nave dividida en tres tramos, con el presbiterio hacia levante. A continuación de la nave se disponen los coros alto y bajo. Sobre el presbiterio se alza un torreón-celosía, bien individualizado al exterior. Dos portadas de sencilla traza constituyen el acceso al Convento. La fundación recibió en 1761, por cédula de Carlos III, la categoría de Real Convento.

Delimitación del entorno afectado

Se considera zona afectada la comprendida por los inmuebles siguientes:

- Números 1, 3, 5, 7, 9, 11 y edificio contiguo al Convento adosado por la zona del Coro, realizado por el Arquitecto F. Vaca Morales; de la C/ Santa Ana. Inmuebles números 4-A, 4-B, 6 (Conservatorio de Música), I 8-A, 8, 10-A, 10, 12-A, 12 y 14 de la C/ Duque de San Germán, así como los huertos del Convento, todos ellos de la ciudad de Badajoz.

DOE núm. 65 MARTES, 18 DE AGOSTO DE 1992

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Adjudicación.- Resolución de 4 de agosto de 1992, de la Secretaría General Técnica, por la que se adjudican definitivamente a las obras de Reparación de la Cubierta del Convento de Santa Ana en Badajoz.

   Iglesia de Santa Catalina, es uno de los inmuebles religiosos más antiguos de Badajoz, de los tiempos en los que la ciudad se expandió extramuros de la Alcazaba. El antiguo convento de Santa Catalina se encuentra en la actual plaza de Santa María, frente al Museo de la Ciudad, y fue fundado en 1515. En 1623 las monjas que lo ocupaban abandonaron el convento. Algunos años después de ser abandonado, en 1633, los Jesuitas se instalaron en él. Éstos arreglaron el convento y lo ampliaron, compraron casas lindantes para abrir ante la fachada de la antigua iglesia del convento una plazoleta, la actual Plaza de Santa María. Compraron también la edificación al otro lado de la actual calle Soto Mancera, tendiendo un arco de unión (Arco de la calle Soto Mancera), que aún subiste, para facilitar el paso de los religiosos entre su Residencia y el Colegio, edificio que más tarde fue llamado Casa de las Aguas.

    En 1767 los Jesuitas fueron expulsados de España (el escudo real de Carlos III figura desde entonces en la portada de la la fachada de la antigua iglesia del convento). El convento pasó a poder municipal y eclesiástico, teniendo diferentes usos, hasta su conversión en viviendas particulares en el siglo XIX. El edificio de las escuelas o Casa de las Aguas fue demolido en 1997 para construir posteriormente la residencia de estudiantes Julio Cienfuegos. El convento fue rehabilitado en el año 2001 y pasó a formar parte de dicha residencia. En 2010 acogerá la sede la Concejalía de Cultura.

    La fabrica tiene una planta de cruz latina con brazos de crucero muy cortos. Consta de una sola nave con bóveda de cañón reforzada por seis arcos fajones de medio punto, de ladrillo como el resto del edificio, muy resaltados de doble rosca y sustentadas por pilastras. A su vez estas son el apoyo de los arcos perpiaños de acceso a las tres capillas que había a cada lado. En un lado, la más próxima al crucero es la única que se conserva abierta. Su planta es rectangular, con cúpula de media naranja, ligeramente ovoidal, sobre cuatro pechinas, terminando en una linterna. En esta capilla se observan restos de motivos decorativos e inscripciones. Las capillas del otro lado están cegadas, apreciándose sólo el arco que enmarcaba la más próxima al crucero

    El acceso a la iglesia se realizaba por dos puertas, una principal, de arco muy rebajado y asimétrica con el eje del edificio, y otra secundaria a la derecha, de menor tamaño. El umbral parece ser una pilastra de mármol reaprovechada de una construcción anterior. En la actualidad la puerta principal no da acceso a la iglesia, sino a un local cerrado, a la izquierda por la pared del templo y al frente y la derecha por muros posteriores. Ese local comprende dos arcos de fajón (longitud del coro), y en el techo se observa el cañizo aun del año 1638. La otra puerta es el medio de entrada a la iglesia mediante un angosto arco de medio punto a la altura del segundo arco fajón. El techo de esta zona es de artesonado simple y quedan dos zapatas como medio de sustentación. Es de destacar el arco carpanel, correspondiente la primer arco fajón, que sería la monumental entrada al templo antes de practicarse el cerramiento anteriormente aludido.

    La bóveda elipsoidal de la iglesia se apoya sobre pechinas muy marcadas formadas por la confluencia de cuatro arcos torales. La bóveda tiene su arranque con doble moldura formada por dos hileras de salientes de ladrillos. En al cúspide hay una abertura enmarcada por otra moldura

    Al altar se accede por tres gradas. Al fondo se encuentra otro gran arco fajón con hornacinas para imágenes. Se conserva una mesa exenta alargada, posiblemente parte del antiguo altar mayor

    La fachada de la iglesia está delimitada por dos contrafuertes laterales. En el tímpano del frontón que remata la puerta principal se encuentra el escudo de mármol con la Corona Real. El escudo con bordura lleva escudete con flores de lis, y en los cuarteles destacan las armas de Castilla y León. La cachada termina en una cornisa sencilla con una espadaña en cada esquina, y con arcos para colocar campanas

    El claustro es planta cuadrada de unos 10 metros de lado, con doble galería. La planta inferior está constituida por tres arcos rebajados que apoyan en pilastras de capitel sencillo, y entre cada par de pilastras se alza un poderoso contrafuerte que llega hasta el piso superior, existiendo dos en cada lado. Las esquinas se resuelven por adosamiento de dos pilastras. La galería superior está constituida por columnas sencillas que apoyan en balustrada y sendas pilastras de la misma altura

    Del convento, originario del siglo XVI y que fue posteriormente Colegio de los Jesuitas, se conserva la capilla así como un claustro y el arco sobre la calle Soto Mancera que comunicaba estas últimas dependencias con la desaparecida Casa de las Aguas; cuyo solar es ocupado hoy en día por una residencia de estudiantes.

DOE num. 15, viernes 23 de enero de 2015

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Bienes de Interés Cultural.- Resolución de 22 de diciembre de 2014, de la Consejera, por la que se incoa expediente de declaración de Bien de Interés Cultural a favor de la Iglesia de Santa Catalina de Badajoz, en la categoría de Monumento.

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, recoge la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de cultura.

En desarrollo de esta competencia, y con el fin de proteger nuestro Patrimonio Cultural, se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. El artículo 1.2 de dicha norma legal indica que “constituyen el Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura todos los bienes tanto materiales como intangibles que, por poseer un interés artístico, histórico, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, etnológico, científico, técnico, documental y bibliográfico, sean merecedores de una protección y una defensa especiales.

También forman parte del mismo los yacimientos y zonas arqueológicas, los sitios naturales, jardines y parques que tengan valor artístico, histórico o antropológico, los conjuntos urbanos y elementos de la arquitectura industrial así como la rural o popular y las formas de vida y su lenguaje que sean de interés para Extremadura”.

Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.1 de la propia ley, los bienes más relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural extremeño, deberán ser declarados de Interés Cultural en la forma que el propio artículo detalla.

Por su parte, el artículo 6.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, al establecer la clasificación de los bienes que pueden ser declarados de Interés Cultural, en el apartado a) define como Monumento, los edificios y estructuras “de relevante interés histórico, artístico, etnológico, científico, social o técnico, con inclusión de los muebles, instalaciones y accesorios que expresamente se señalen.” Ha de significarse, a tales efectos, que tal y como se deduce de la documentación remitida desde el Ayuntamiento de Badajoz, cuyo contenido se extrae del Plan Especial de Protección del Casco Histórico de Badajoz, esta Iglesia reúne el valor de ser uno de los monumentos religiosos más antiguos de la expansión de la ciudad tras las murallas de la Alcazaba y luego de la conquista cristiana de la ciudad.

Por lo expuesto y con el fin de garantizar su protección y dando cumplimiento al contenido de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, se impone establecer una descripción clara y precisa este bien y la delimitación del entorno necesario

que será el que garantice la adecuada protección del bien, siendo la zona periférica, exterior y continua al inmueble, cuya delimitación se circunscribirá al "espacio construido o no, que da apoyo ambiental al bien y cuya alteración pudiera afectar a sus valores, a la contemplación o al estudio del mismo".

En definitiva se trata de llevar a cabo el procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural se regula en los artículos 7 y siguientes de la mencionada Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, que exige para la declaración de Bien de Interés Cultural la previa incoación y tramitación del expediente administrativo por la Consejería competente en materia de cultura, a través del órgano competente.

Por todo lo expuesto, vista la propuesta de 22 de diciembre de 2014 de la Directora General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Extremadura y en virtud de las competencias en materia de Patrimonio Cultural, Histórico-Arqueológico, Monumental, Artístico y Científico de interés para la región, recogidas en el art. 2.1. de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, y en virtud de las facultades conferidas por el Decreto 104/2011, de 22 de julio, por el que se regula la estructura

orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y por el Decreto 210/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura y demás preceptos de general aplicación

RESUELVO :

Primero. Incoar expediente de declaración de Bien de Interés Cultural a favor de la Iglesia de Santa Catalina en Badajoz que se encuentra descrito en el Anexo, en la categoría de Monumento, para el reconocimiento y protección de este elemento del patrimonio cultural extremeño.

Segundo. Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación vigente.

Tercero. Remítase la presente resolución al Diario Oficial de Extremadura para su publicación y la apertura de un trámite de información pública por periodo de un mes.

Cuarto. Notifíquese a los interesados, al Ayuntamiento de Badajoz, al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes para la anotación preventiva, y publíquese en el Boletín Oficial del Estado.

Mérida, a 22 de diciembre de 2014. La Consejera de Educación y Cultura, Trinidad Nogales Basarrate

ANEXO

1.- CARACTERIZACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL DE LA IGLESIA DE SANTA CATALINA, EN PLAZA DE SANTA MARÍA. (BADAJOZ).

- Reseña histórico-artística del Bien.

La iglesia de Santa Catalina en su origen formaba parte del Convento de Monjas Agustinas de Santa Catalina, fundado en 1515 y ocupado por las monjas hasta 1623. Años después, hacia 1633, se instala en él, la Compañía de Jesús, que adquiere diversos edificios anexos, hasta su expulsión con Carlos III. A continuación se instala en la iglesia la Parroquia de Santa María la Real hasta su traslado a la actual Iglesia de San Agustín con la desamortización de Mendizabal.

Desde entonces la iglesia ha sido una propiedad privada, llegando a albergar en la segunda mitad del siglo XX una fábrica de ladrillos y baldosas hidráulicas.

En el año 2013, el Ayuntamiento de Badajoz adquirió la iglesia con el objeto de incorporarla al patrimonio histórico de la ciudad de propiedad pública, así como para impulsar su rehabilitación y puesta en valor.

El Convento de Santa Catalina, del que aún se conservan elementos arquitectónicos muy interesantes como la Iglesia y el claustro, fue ampliado por los jesuitas añadiendo el colegio de los Padres jesuitas, fundado en 1633 y llegando a ocupar todo el frente de manzana entre Plaza de Santa María, calle Encarnación y calle Soto Mancera en la denominada Plazuela de Santa María, este convento estaba unido con un arco situado en la calle Soto Mancera a la residencia de seminaristas, hoy en día Residencia Universitaria julio Cienfuegos.

La Iglesia de Santa Catalina se encuentra ubicada en la parcela catastral 63571-15 de la ciudad de Badajoz, se encuentra incluida en el barrio histórico de la ciudad de Badajoz y catalogada en el Plan Especial de Ordenación, Protección y Actuación del Centro Histórico del vigente Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento de Badajoz, como "Arquitectura singular con carácter monumental" con el máximo nivel de protección, "Nivel a. Protección Integral".

- Descripción de la Iglesia de Santa Catalina.

La iglesia presenta planta de cruz latina, la nave principal está cubierta con bóveda de cañón, con seis arcos fajones de medio punto. En el brazo derecho del crucero tenemos acceso a una sala de techo bajo que da entrada a un patio y a un espacio de dos alturas que se situarían tras el altar.

El acceso a la iglesia se realiza por dos puertas, una de ellas, la principal, en la actualidad asimétrica con el eje del edificio, y otra más pequeña a la derecha de la primera, producto del proceso de segregación de los años 60 donde había una cochera y el resto de la iglesia se utilizaba como almacén de materiales de construcción y fábrica de baldosas hidráulicas.

En la entrada nos encontramos con el coro, dividido por un muro que crea dos habitaciones, los techos de las dos alturas presentan decoración de esgrafiados, en algunas zonas se ven a simple vista, y en otras se aprecia el relieve a través de la capa de pintura, en el centro hay un tondo con círculos concéntricos, y en las paredes tenemos encintados. Posiblemente realizados en la construcción del convento en el siglo XVI.

Esta misma decoración la vemos a través de la capa pictórica de toda la bóveda, aunque en el último tramo, junto al crucero, se ven restos de color. Los arcos están decorados con encintado de cal, aunque perdido en diversas zonas, este encintado lo vemos por distintas partes de los paramentos.

En las paredes del templo, encontramos ventanas en la zona superior, algunas cegadas, en el primer tramo junto al coro, a la derecha, vemos algo de policromía en la ventana, y en la pared sólo restos de encintado, enfrente hay una ventana abierta. En el segundo tramo, en la parte superior, tenemos la ventana y bajo ésta descubrimos una hornacina con pintura mural que representa una santa con palma de la que se conserva la parte superior y la decoración del interior del arco, en los laterales tenemos dos capas de mortero sobre la que está la pintura, la intermedia tiene una decoración gris. Junto al crucero tenemos la única capilla abierta que se conserva, con cúpula con linterna apoyada sobre cuatro pechinas, toda con pintura mural en diversas capas, la más exterior en rojos, la segunda perdida casi por completo de la que se ve una cinta con las letras DEXERM. La tercera es la que mantiene mayor superficie cubierta de pintura, en ambas paredes laterales vemos tondos y decoración vegetal. La pared del fondo tiene una hornacina muy perdida con una imitación de concha, alrededor hay algunos restos de pintura, las pechinas y el arco de acceso también están pintados.

Ya en la zona del crucero, en el brazo derecho sólo vemos algunos restos de encintado, y en la zona de enfrente tenemos en la zona superior del arco los restos de pintura mural que representa dos angelotes sujetando un escudo con corona y debajo de ellos una cinta en la que leemos -NUESTRA SE DEL CARMEN-todo sobre un arco.

A la derecha de la zona del altar hay una pequeña habitación, posible sacristía que está pintada en blanco y no parece decorada. Aquí tenemos un acceso a un patio con dos salas a diferente altura. Encontramos diversas decoraciones geométricas y de imitación de ladrillo que ya hemos vistos en diversos edificios de la ciudad.

-Conclusión.

La Iglesia de Santa Catalina reúne una serie de valores históricos, se trata de uno de los monumentos monumentos religiosos más antiguos de tiempos de la expansión de la ciudad, extramuros del recinto de la Alcazaba y luego en tiempos de la conquista cristiana de la ciudad. Además, forma un correlato con los avatares históricos que se sucedieron en España tan significativos como: la creación de la Compañía de Jesús y la contrarreforma, las guerras de Portugal, la expulsión por la cédula real emitida en el Siglo XVIII por Carlos III, por el periodo de desamortización, la privatización del patrimonio religiosos, su abandono, las repercusiones de la Guerra Civil y la recuperación en el último periodo democrático. Es por ello que reúne los valores suficientes no solo históricos sino sociológicos que afectaron de lleno a la ciudad de Badajoz. para su declaración como Bien de Interés Cultural en la categoría de Monumento. Desde el punto de vista artístico, el edificio supuso la introducción en la provincia de Badajoz de la arquitectura jesuítica tras su remodelación, y suponiendo la expansión de este tipo de plantas en Portugal.

2° PROPUESTA DE DELIMITACIÓN PARA EL BIEN Y SU ENTORNO DE PROTECCIÓN

1. Delimitación del Monumento y justificación.

El monumento ocupa la finca sita en calle Montesinos, n° 32, con la referencia catastral: 6357115PD7065E00010F.
2. Delimitación del entorno del Monumento y justificación.

Teniendo en cuenta la propia naturaleza del bien, consideramos más adecuado plantear un entorno de protección que se base en el análisis de las principales perspectivas visuales del entorno más inmediato del Monumento con el objeto de establecer en qué grado se ve afectada la contemplación y lectura del mismo. Dicho entorno está compuesto por los siguientes elementos urbanos:

- Los espacios públicos sobre los que se alza el Monumento.
- Las parcelas que limitan directamente con la parcela que ocupa el Monumento o edificaciones anexas.
- Las parcelas que se alzan sobre el mismo espacio público que el Monumento y que constituyen el entorno visual y ambiental inmediato del mismo.

A tales efectos, el entorno de protección estaría comprendido por las parcelas a continuación referenciadas así como por el espacio público comprendido en el interior de la línea trazada que las une entre sí:

Dirección Referencia catastral
Calle Encarnación, 1 6357102PD7065EOOOlAF
Calle Encarnación, 5. Esa PI:00 Pt:01 6357101PD7065EOOOIWF
Calle Encarnación, 5. Esa PI:Ol Pt:01 6357101PD7065E0002EG
Calle Encarnación, 5. Esa PI:02 Pt:01 6357101PD7065E0003RH
Calle Encarnación, 7 6358616PD7065GOOO1B0
Calle Moreno Zancudo, 17 6357104PD7065EOOOlYF
Calle Moreno Zancudo, 19 Suelo 6357103PD7065EOOOIBF
Calle Soto Mancera, 8 16357114PD7065EOOOIMF


    MUSEOS

    Museo Provincial de Bellas Artes. Inaugurado en 1920 y trasladado al palacio situado en la calle Meléndez Valdés desde el año 1979, cercano a la Catedral; distribuido en cuatro plantas del edificio. La catalogación de piezas pasa del millar, de las que destaca la interesante colección de esculturas y pinturas extremeñas realistas de 1850-1900 y pintura costumbrista de 1900-1950.

    No faltan excelentes muestras de pinturas de siglos anteriores, caso de Luís de Morales o de Zurbarán.

    Horario de Lunes a Sábados de 9 a 14 horas. Domingos cerrado.

DOE núm. 13 JUEVES, 1 DE FEBRERO DE 2001

CONSEJERÍA DE CULTURA

Adjudicación.- Resolución de 18 de enero de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace pública la adjudicación definitiva del suministro de la obra de arte "Sydus III" para el Museo Extremeño e Iberoamericano de Arte Contemporáneo de Badajoz.

    Museo Extremeño e Iberoamericano de Arte Contemporáneo. Fue construido aprovechando la antigua cárcel pacense; ubicado en uno de los baluartes de la muralla, el llamado de "Pardaleras" e inaugurado en 1995 y, realizado con la idea de crear un fondo de obras de arte contemporáneo, a la vez que punto de encuentro con las culturas de Iberoamérica y Portugal.

Gracias al impulso de la Junta de Extremadura, con la colaboración de otras instituciones provinciales (Ayuntamiento, Diputación Provincial y Caja de Ahorros de Badajoz), Badajoz y Extremadura disponen de un Museo original, moderno y ejemplar.

DOE núm. 150 JUEVES, 26 DE DICIEMBRE DE 1996

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Adjudicación.- Resolución de 12 de diciembre de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se adjudican definitivamente las obras de adecuación antiguos polvorines a dependencias del Museo Arqueológico de Badajoz.

  MUSEO ARQUEOLÓGICO PROVINCIAL

DOE núm 132 JUEVES, 14 DE NOVIEMBRE DE 1996

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Concurso.- Resolución de 30 de octubre de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación de las obras de adecuación antiguos polvorines a dependencias del Museo Arqueológico de Badajoz, mediante concurso, por el sistema de procedimiento abierto, por vía de urgencia.

El Palacio de los Duques de Roca, constituye un modelo de mansión señorial fortificada. Está situado intramuros de la Alcazaba musulmana. 

    Edificado por Lorenzo Suárez de Figueroa en el siglo XVI dentro de la Alcazaba, para fijar en él su residencia.

    Construido en mampostería de piedra y ladrillo, resaltan las cuatro torres angulares que lo flanquean en las esquinas y el amplio arco aterrazado que enfatiza la fachada principal. El interior destaca un bello claustro mudéjar con arcadas de ladrillo sobre columnas ochavadas.

   Fue residencia durante el siglo XVI de los Duques de la Roca, y hoy, después de una restauración, se ha convertido en sede del Museo Arqueológico Provincial.

   La construcción presenta una apariencia recia, edificio de planta cuadrangular, cuenta con cuatro torres dispuestas en los ángulos del edificio, al interior presenta patio central de estilo mudéjar, con dos pisos de arquerías.

   Este museo destaca por la distribución didáctica y acertada de sus piezas así como por la importancia de ésta, seleccionadas entre miles del total que custodia. La distribución de las piezas se ha realizado en varios niveles y plantas, abarcando históricamente, desde la prehistoria hasta la época de dominación árabe.

    No falta una importante biblioteca y diversos laboratorios especiales de restauración y fotografiado, de materiales que se catalogan y almacenan en este magnífico Museo.

DOE núm. 139 SÁBADO, 30 DE NOVIEMBRE DE 1996

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Concurso.- Resolución de 26 de noviembre de 1996, por la que se convoca la contratación de los servicios de mantenimiento en las instalaciones del Museo Extremeño e Iberoamericano de Arte Contemporáneo de Badajoz, mediante el procedimiento de concurso público abierto.

DOE núm. 14 JUEVES, 18 DE FEBRERO DE 1988

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Bienes de Interés Cultural.- Orden de 8 de febrero de 1988, por la que se abre período de información pública en el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento a favor de las casas números 16, 16-A y 16-B, de la Avda. de Joaquin Costa, en la ciudad de Badajoz.

Visto el expediente seguido en la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación y Cultura, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, y en el artículo 13.2 del Real Decreto 111/86, de 10 de enero.

DISPONGO:

Abrir un periodo de información pública, en el expediente de Declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento a favor de las Casas números, 16, 16-A y 16-B, de la Avenida de Joaquín Costa, en la ciudad de Badajoz, a fin de que cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar el mencionado expediente y aducir le que estimaren procedente, durante el plazo de veinte días a partir de la presente publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en la Oficina de la Consejería de Educación y Cultura, Dirección General de Patrimonio Cultural, sita en calle Félix Valverde Lillo, 2-2. °, en Mérida (Badajoz), de 9 a 14 horas.

El Consejero de Educación y Cultura, Jaime Naranjo Gonzalo

DOE núm. 5 SÁBADO, 15 DE ENERO DE 2000

CONSEJERÍA DE CULTURA

Adjudicación.- Resolución de 30 de diciembre de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se adjudican definitivamente las obras de Palacio de Congresos en la antigua plaza de toros de Badajoz.

OTRAS OBRAS DE INTERÉS

DOE Núm.: 104 jueves 31 de mayo de 2012

Boletín Oficial del Estado: viernes 13 de julio de 2012, Núm. 166

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Bienes de Interés Cultural.- Resolución de 2 de mayo de 2012, de la Consejera, por la que se incoa expediente de declaración de Bien de Interés Cultural para el Edificio Metálico (antiguo mercado de abastos) de Badajoz, en la categoría de Monumento

El Estatuto de Autonomía de Extremadura recoge como competencia exclusiva en su artículo 9.1.47 la “Cultura en cualquiera de sus manifestaciones”, así como el “Patrimonio Histórico y Cultural de interés para la Comunidad Autónoma”.

La Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura regula la competencia y el procedimiento para llevar a cabo la declaración de Bien de Interés Cultural de un bien que se entienda de entre los más relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. El procedimiento se describe en los artículos 7 y siguientes de la citada ley.

El Edificio Metálico (antiguo mercado de abastos de Badajoz) se ubica en el Campus de la Universidad de Extremadura en Badajoz (avenida de Elvas, s/n). Originalmente dicho mercado estuvo situado en la Plaza Alta de la misma ciudad, donde se inauguró en 1899. Entre 1975 y 1977 el edificio se desmontó y recompuso en el Campus de la UEX, habiendo sido utilizado como sala de usos múltiples y sede de otras dependencias de la Universidad.

El edificio es una muestra muy interesante —por lo escasa y por su valor intrínseco— de la arquitectura del hierro característica de finales del siglo XIX y comienzos del XX. Así, son escasos los ejemplos conservados en Extremadura de este tipo de construcciones, en las que se dan la mano arquitectura e ingeniería. Por ello el gran valor patrimonial de este edificio le hace merecedor de ser propuesta su incoación para la declaración como Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento.

Vista la Propuesta de Incoación de la Directora General de Patrimonio Cultural, respecto a la declaración como Bien de Interés Cultural del Edificio Metálico (antiguo mercado de abastos de Badajoz) en Badajoz de 10 de abril de 2012 y en virtud tanto de las competencias en materia de patrimonio cultural, histórico-arqueológico, monumental, artístico y científico de interés para la región, recogidas en el art. 2.1. de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, como de las facultades conferidas por el Decreto 104/2011, de 22 de julio, por el que se regula la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y por el Decreto 210/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura y demás preceptos de general aplicación.

RESUELVO:

Primero. Incoar expediente de declaración de Bien de Interés Cultural para el Edificio Metálico (antiguo mercado de abastos) en Badajoz que se encuentra descrito en el Anexo, en la categoría de Monumento, para el reconocimiento y protección de este elemento del patrimonio cultural extremeño.

Segundo. Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación vigente.

Tercero. Remítase la presente resolución al Diario Oficial de Extremadura para su publicación y la apertura de un trámite de información pública por periodo de un mes.

Cuarto. Notifíquese a los interesados, al Ayuntamiento de Badajoz, al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para la anotación preventiva, y publíquese en el Boletín Oficial del Estado.

Mérida, a 2 de mayo de 2012. La Consejera de Educación y Cultura, Trinidad Nogales Basarrate

ANEXO

DESCRIPCIÓN DEL BIEN

La Revolución Industrial promovió el uso de nuevos materiales de construcción, entre los que destaca el hierro, dando lugar a la llamada “arquitectura del hierro”, que empezará a desarrollarse en Francia a partir de mediados del siglo XIX. Este tipo de arquitectura, caracterizada por el ensamblaje de piezas metálicas, sería adaptada a la construcción de tipologías edificatorias características del momento: fábricas, mercados, etc. Gracias particularmente a las Exposiciones Universales esta técnica constructiva se fue difundiendo por toda Europa y llegó a España, donde alcanzó un importante auge en el último tercio del siglo XIX y comienzos del XX.

Extremadura no fue ajena a este fenómeno, siendo ejemplos importantes de esta arquitectura del hierro los conservados en Mérida (puente del ferrocarril sobre el río Guadiana, 1883; y mercado de abastos José María de Calatrava, 1887) o Coria (puente sobre el río Alagón, 1909).

En la ciudad de Badajoz destacan el Kiosko de San Francisco (1894); y, naturalmente, el Edificio Metálico, antiguo mercado de abastos de la ciudad.

El edificio se encuentra actualmente en el acceso principal del Campus Universitario de Badajoz, exento en una amplia parcela ajardinada, con orientación norte-sur. Concebido como espacio diáfano de gran amplitud, tiene planta rectangular de dimensiones aproximadas de 60 x 23 m. y se compone de tres naves, la central más ancha y alta que las laterales, separadas por columnas de hierro fundido que en origen servían como soporte y límite a los distintos puestos del mercado. Sobre las columnas apoyan las cerchas atirantadas que forman la cubierta y las vigas de celosía longitudinales que unen las columnas y salvan la diferencia de altura entre las naves

La cubierta, originalmente de acero galvanizado, es de dos aguas en la nave central y de cuatro aguas en las naves laterales. Tiene en su parte superior varios lucernarios para la entrada de luz y ventilación. Se aprovecha la diferencia de altura entre la nave central y las laterales para insertar sendos ventanales corridos.

En el traslado a su actual ubicación, el basamento original se elevó creando un semisótano de estructura de hormigón para apoyo del edificio, recubierto exteriormente de granito y con huecos para iluminación, que hizo necesaria la construcción de dos escalinatas en los accesos.

Además se cambió el material original de cubierta. Con posterioridad también se colocarían carpinterías de aluminio blanco.

El cerramiento exterior está formado por un cuerpo bajo, de fábrica de ladrillo visto, modulado por pilastras y recercado superior e inferior de granito, y un cuerpo superior de mayor altura de cerramiento metálico formado por una sucesión de pilastras y arcos de fundición, con vanos verticales de grandes dimensiones. Los ventanales se protegían del sol por lamas horizontales de madera que fueron sustituidas en un momento indeterminado, con anterioridad al traslado, por lamas de hierro.

Las fachadas frontales están constituidas por un gran arco de medio punto coincidiendo con la nave central, bajo el que se abren las puertas de acceso adinteladas y con cerramiento metálico.

En las enjutas y clave de cada arco había medallones con escudos de Badajoz y otros, los cuales se han conservado parcialmente. A ambos lados, las naves laterales tienen un cerramiento compuesto por tres vanos rematados en arquillos de proporción vertical.

Las fachadas laterales se organizan repitiendo un módulo que se corresponde con la estructura principal, con un arco central de medio punto y dos arcos laterales rebajados separados por pilastras y columnillas de fundición. Sobre los huecos hay pequeños entrepaños ciegos con motivos de celosía en diagonal, y sobres estos unas rejillas, que junto con las molduras de orden clásico y los pequeños capiteles de las columnillas constituyen el elemento decorativo más destacado de esta construcción.

En el interior destaca la sencillez y ausencia de elementos decorativos, siendo la ligereza y el propio diseño de los elementos estructurales los que confieren atractivo a este amplio espacio proyectado con criterios funcionales. Únicamente los soportes de las farolas, de interés artístico, cuentan con un cierto desarrollo decorativo.

El edificio se proyectó en 1890 por Tomás Brioso Mapelli, arquitecto municipal, debido a la necesidad de ordenar las ventas de mercancías en la ciudad y hacerlo según las modernas corrientes higienistas. En 1891 el proyecto fue aprobado por la Real Academia de San Fernando, aprobándose en 1892 su construcción mediante Real Orden. En 1897 se adjudicó la obra a D. Dionisio Hernández Tobías, finalizando la construcción en 1899. El mercado se inauguró el 17 de diciembre de ese año.

El mercado estaría en uso durante más de setenta años. Sin embargo, tanto lo angosto del espacio resultante al situar el edificio de nueva planta en la Plaza Alta como la ausencia de alcantarillado hasta la década de 1930, ocasionaron numerosos problemas de limpieza del entorno próximo, lo que motivó protestas de los comerciantes y vecinos.

Por ello, debido al interés del Ayuntamiento en ese momento por dejar expedita la plaza y liberar parte de las murallas de la Alcazaba, pero apreciando al mismo tiempo el valor patrimonial del edificio, se procedió, en colaboración con la Dirección General de Arquitectura, al desmontaje del mercado y a su posterior recomposición en 1975-1977 en el actual campus universitario. La reconstrucción del edificio se llevó a cabo con algunas modificaciones, tal y como se ha indicado.

DELIMITACIÓN DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN Y LIMITACIONES DE USO

Para el establecimiento del entorno de protección del Bien, de acuerdo con lo establecido en los artículos 38 y 39 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, y atendiendo a la especial circunstancia de ser un edificio trasladado de su ubicación original en la Plaza Alta como mercado de abastos al Campus Universitario de Badajoz en la década de los años 70 del siglo XX, con vocación de convertirse en edificio representativo de la UEX, se establece como entorno de protección la parcela ajardinada que lo circunda limitada por los viales existentes y por el acerado peatonal que lo separa del parque que linda al norte. Se señala a continuación la parcela que se ve afectada por la declaración, diferenciando la zona afectada por la delimitación del bien y la que lo es solo por el entorno de protección, en el término municipal de Badajoz. Se incluyen además los viales que estén incluidos dentro del entorno de protección tal y como se detalla en el plano Anexo.

Respecto al uso posible del bien objeto de protección, el mismo deberá ser compatible con la conservación de las características arquitectónicas esenciales y valores estéticos del bien. En este sentido, se deberán conservar los elementos estructurales, decorativos y de cerramiento originales, y sustancialmente el carácter espacial y tipológico del edificio original.

Por tanto, los posibles usos que se den a este bien deberán ser compatibles con la conservación del mismo y, en ningún caso, alterarán su valor patrimonial.

Respecto a los usos posibles del entorno de protección, los mismos serán los que tienen actualmente: zona ajardinada y viales.

Los posibles usos que se den a este bien deberán ser compatibles con la conservación del mismo y, en ningún caso, alterarán su valor patrimonial.

REFERENCIA CATASTRAL

Término municipal de Badajoz: 2862501PD7036C en avenida de Elvas, n.º 9.

DOE Núm.: 247 lunes 24 de diciembre de 2012

BOE núm. 25, martes 29 de enero de 2013

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Bienes de Interés Cultural.- Decreto 251/2012, de 18 de diciembre, por el que se declara el Edificio Metálico (antiguo Mercado de Abastos) en el término municipal de Badajoz como Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento.

El Estatuto de Autonomía de Extremadura recoge como competencia exclusiva en su artículo 9.1.47 la “Cultura en cualquiera de sus manifestaciones”, así como el “Patrimonio histórico y cultural de interés para la Comunidad Autónoma”.

En desarrollo de esta competencia se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, que recoge la competencia y el procedimiento para llevar a cabo la declaración de Bien de Interés Cultural de un bien que se entienda entre los más relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. El procedimiento se describe en los artículos 7 y siguientes de la citada Ley.

Con base en la normativa citada, se dictó Resolución de 2 de mayo de 2012, publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 104, de 31 de mayo de 2012, de la Excma. Sra. Consejera de Educación y Cultura por la que se incoa expediente de declaración de Bien de Interés Cultural para el Edificio Metálico (antiguo mercado de abastos) de Badajoz, con la categoría de Monumento.

La incoación del expediente fue notificada al titular afectado, al Excmo. Ayuntamiento de Badajoz y al Ministerio de Cultura, para su inscripción provisional en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, donde se procedió a practicar anotación preventiva del expediente de declaración, con el n.º 28550. No se ha presentado ninguna alegación.

Se han cumplimentado todos los trámites previstos en los artículos 7 y siguientes de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, y se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a que se refiere el artículo 4.1. de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. De ellas, se ha recibido informe favorable de la Universidad de Extremadura y de la Real Academia de Extremadura de las Letras y las Artes.

El Edificio Metálico (antiguo mercado de abastos de Badajoz) se ubica en el Campus de la Universidad de Extremadura en Badajoz (Avenida de Elvas, s/n). El propietario del mismo es igualmente la UEX. Originalmente dicho mercado estuvo situado en la Plaza Alta de la capital provincial, donde se inauguró en 1899. Entre 1975 y 1977 el edificio se desmontó y recompuso en el Campus de la UEX, habiendo sido utilizado como sala de usos múltiples y sede de otras dependencias de la Universidad.

El edificio es una muestra muy interesante —por lo escasa y por su valor intrínseco— de la arquitectura del hierro característica de finales del siglo XIX y comienzos del XX. Así, son escasos los ejemplos conservados en Extremadura de este tipo de construcciones, en las que se dan la mano arquitectura e ingeniería. Por ello el gran valor patrimonial de este edificio le hace merecedor de ser propuesta su incoación para la declaración como Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1.47 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, y con el artículo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Excma. Sra. Consejera de Educación y Cultura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el día 18 de diciembre de 2012,

DISPONGO:

Artículo 1. Declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento.

Se declara Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento El Edificio Metálico (antiguo mercado de abastos) en el término municipal de Badajoz, según la descripción y ubicación que se recogen en el Anexo de este Decreto.

Artículo 2. Publicaciones.

Publicar en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial del Estado el presente decreto, y notificar el mismo al Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, al propietario y al resto de posibles interesados.

Artículo 3. Inscripción en los Registros.

Inscribir en el Registro de Bienes de interés Cultural de Extremadura y notificar al Ministerio de Educación, Cultura y Deportes esta declaración para su inscripción en el Registro de Bienes de Interés Cultural del Estado.

Disposición Final Única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, a 18 de diciembre de 2012. El Presidente de la Junta de Extremadura, JOSÉ ANTONIO MONAGO TERRAZA

La Consejera de Educación y Cultura, El Consejero de Administración Pública (PS Decreto del Presidente n.º 15/2012, de 13 de diciembre,

DOE n.º 242 de 17 de diciembre), PEDRO TOMAS NEVADO-BATALLA MORENO

ANEXO Descripción del Bien

   Edificio Metálico (Antiguo Mercado de Abastos de la Plaza Alta) s. XIX (1899)

    El 17 de septiembre de 1899 se inauguró un Mercado de Abastos situado en la Plaza Alta. Este edificio ocupaba la práctica totalidad de dicha plaza, y albergaba los puestos de venta que anteriormente se disponían en los soportales de la plaza. En 1975 el mercado llevaba varios años cerrado y sin uso, decidiéndose su traslado al Campus Universitario, donde actualmente tiene uso de salón de actos y usos múltiples

    Este edificio tiene planta rectangular, con tres cuerpos diáfanos, separados por columnas redondas. Las columnas sirvieron además como soporte y límite de los puestos del mercado. Estas columnas soportan el cuerpo central y sirven de apoyo para grandes vigas en celosía que separan las naves laterales de la central longitudinalmente, y porporcionan luz al interior. Las cubiertas de las tres naves tienen en su parte superior varios lucernarios para la entrada de luz y ventilación.

   La fachada está formada por un cuerpo bajo, de ladrillo visto (coincidiendo con las columnas de hierro), pilares y una viga de granito a modo de dintel. El cuerpo superior lo componen pilastras y un cerramiento metálico con arcos intermedios. Los ventanales se protegían del sol mediante unas persianas fijas de lamas de madera (actualmente son de hierro). En las dos fachadas principales, la estructura superior se encuentra adintelada sobre viga de hierro, y a modo de decoración en la parte superior del centro del arco principal se encuentra un escudo con los símbolos de Castilla y León sobre un rosetón circular, y en sus laterales el escudo de Badajoz también sobre rosetones circulares. El acceso a las entradas se realiza mediante escalinatas de granito. El semisótano original ha sido ampliado a toda la extensión del edificio

    La Casa de Luis Morales (1509-1586), pintor de estilo renacentista con influencias de Leonardo y la iconografía flamenca, cuenta con portada de granito y un patio con columnas de mármol.

   Hospital de Transeúntes, situado en la calle del Brocense, obra del siglo XVI, cuenta con balcones esquinados y columnas de mármol.

   Palacio de Godoy, perteneciente a una noble familia de modesta fortuna, uno de sus miembros, Manuel Godoy y Álvarez de Faria, se traslado  en 1784 a la Corte de Madrid, donde consiguió importantes cargos. Se le debe la Guerra de las Naranjas, contra los portugueses. Por el Tratado de Basilea cedió la Isla de Santo Domingo a los franceses. También declaró la guerra a Inglaterra, sufriendo los españoles importantes perdidas en la Batalla de Trafalgar.


    PARAJES NATURALES, TURISMO.

    Cuenta con un aeropuerto en la Base del Ala 23, Escuela de Reactores, cuyo edificio se encuentra en el costado opuesto de la pista. El Aeropuerto de Badajoz (Código IATA: BJZ, código OACI: LEBZ, está situado a 14 kilómetros del centro urbano de la ciudad de Badajoz, pero dentro de su término municipal, y a 45 km de Mérida

    El Aeropuerto de Badajoz se encuentra situado a 14 kilómetros del centro urbano de la ciudad de Badajoz, dentro de su municipio, a 45 Kms. de la capital de Extremadura, Mérida y comparte su pista y su torre de control con la Base Aérea de Talavera la Real, del ejercito español, aunque sus terminales se encuentran debidamente diferenciadas y separadas por la pista. Este aeropuerto ha obtenido en el año 2008 el certificado internacional ISO-9001, que tiene una validez de 3 años, y por el cual se reconoce que sus actividades satisfacen las necesidades de los usuarios.

    El aeropuerto de Badajoz está realizando obras de ampliación y mejoras tendientes a la ampliación de su terminal, de la plataforma de los aviones y del aparcamiento, obras que se presumen estarán terminadas para el año 2010. A estas obran se suma el mejoramiento de las comunicaciones y el control del eeropuerto, con lo cual el mismo alcanzará su máxima operatividad en lo que se refiere a la llegada de nuevas compañí­as aéreas y nuevos destinos que cubrir.

    Cabe destacar que el Aeropuerto de Badajoz fue uno de los pocos aeropuertos españoles en los que ha aterrizado el Concorde

    Sus vuelos regulares cubren las ciudades de Madrid y Barcelona durante todo el año y durante la temporada estival se agrega Palma de Mallorca. También alcanza otros destinos como Parí­s, Valencia y Gran Canaria en vuelos semanales.

    Acceso por carretera. La carretera local BA-023 que conecta Balboa con la antigua N-V con dos ramales, hacia el oeste dirección Badajoz y hacia el este dirección Talavera la Real, es el único medio de acceder al aeropuerto de Badajoz y deberá hacerse el recorrido en vehí­culo particular o taxi ya que no existen autobuses que lleguen hasta el aeropuerto.

BOE núm 171, martes 15 julio 2014

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Orden PRE/1224/2014, de 14 de julio, por la que se habilita el aeropuerto de Badajoz como puesto fronterizo

El artículo 25.1 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, dispone que «el extranjero que pretenda entrar en España deberá hacerlo por los puestos habilitados al efecto».

A su vez el apartado 8 del artículo 2 del Reglamento (CE) 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen), define «paso fronterizo» como «todo paso habilitado por las autoridades competentes para cruzar las fronteras exteriores», entendiendo por éstas, según el apartado 2 del mismo precepto, «las fronteras terrestres de los Estados miembros, incluidas las fronteras fluviales, lacustres y marítimas, así como los aeropuertos y puertos marítimos, fluviales y lacustres, siempre que no sean fronteras interiores».

El Reglamento dictado en desarrollo de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, dispone en su artículo 2.2, relativo a la habilitación de puestos, que cuando se trate de la habilitación de puestos en puertos o aeropuertos, la orden del Ministerio de la Presidencia se adoptará a propuesta conjunta de los Ministros de Asuntos Exteriores y de Cooperación, de Economía y Hacienda (en la actualidad de Hacienda y Administraciones Públicas) y del Interior, previo informe favorable del departamento ministerial u órgano autonómico del que dependan el puerto o el aeropuerto.

Con la habilitación del aeropuerto de Badajoz como «Frontera Exterior Schengen» se pretende aumentar el atractivo del destino Extremadura a nivel internacional y favorecer por tanto el desarrollo económico en dicha provincia y en el resto de la comunidad autónoma.

El aeropuerto dispone de las instalaciones necesarias para habilitar el tráfico aéreo con terceros países de personas y sus equipajes.

Finalmente, una vez cumplidas las previsiones legales y efectuada la habilitación de un aeropuerto como puesto fronterizo, se habrá de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 34.1.b) del Reglamento (CE) n.º 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo, procediendo a notificar a la Comisión Europea la inclusión del aeropuerto de Badajoz en la lista de pasos fronterizos españoles.

En su virtud, a iniciativa de la Junta de Extremadura, a propuesta de los Ministros del Interior, de Asuntos Exteriores y de Cooperación y de Hacienda y Administraciones Públicas, oído el Ministerio de Fomento y previo informe favorable del Ministerio de Defensa, dispongo:

Artículo único. Habilitación del aeropuerto de Badajoz como puesto fronterizo.

Se habilita el aeropuerto de Badajoz como puesto fronterizo, declarándolo frontera exterior Schengen, que tendrá a todos los efectos la consideración de paso fronterizo para autorizar el acceso o la salida de personas y sus equipajes del territorio Schengen desde o hacia Estados no firmantes del Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen.

Disposición adicional única. Financiación del puesto habilitado del aeropuerto de Badajoz.

1. El cumplimiento económico de lo establecido en esta orden se efectuará con cargo a las dotaciones presupuestarias de los Ministerios de Hacienda y Administraciones Públicas y del Interior, y no supondrá incremento del gasto público.

2. En cuanto a los costes por el uso de instalaciones, serán evaluados conjuntamente por el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Fomento (ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea –AENA–), imputándose a cada parte los costes respectivos de acuerdo con claves de repartición fijadas en función de los servicios recibidos y de los pesos porcentuales de las aeronaves civiles y militares. Sin perjuicio de lo anterior, el resarcimiento de gastos podrá efectuarse mediante otros mecanismos compensatorios, preferentemente en mantenimiento de los servicios e instalaciones militares de uso conjunto civil y militar, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Real Decreto 1167/1995, de 7 de julio, sobre régimen de uso de los aeródromos utilizados conjuntamente por una base aérea y un aeropuerto y de las bases aéreas abierta al tráfico civil.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de julio de 2014.–La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Soraya Sáenz de Santamaría Antón.

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

DECRETO 76/2004, de 18 de mayo, por el que se declaran 18 nuevos árboles singulares de Extremadura.

Olivo de la Tapada. Especie Olea europaea L. Situado en el paraje Los Carrascales de La Morera (Badajoz). La designación del punto donde se ubica es 29SQC031698. Árbol notable que destaca por su biometría y estado de conservación.

DOE núm. 39 SÁBADO, 1 DE ABRIL DE 1995

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Concurso.- Corrección de errores a la Resolución de 27 de febrero de 1995, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación del proyecto y las obras de adecuación de la Sala semisótano para exposiciones en el Museo de Arte Contemporáneo de Badajoz, por el sistema de concurso.

DOE núm. 88 MARTES, 31 DE JULIO DE 2001

CONSEJERÍA DE CULTURA

Concurso.- Resolución de 9 de julio de 2001, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación de las obras de: "Rehabilitación edificio para archivo histórico del arzobispado Mérida-Badajoz, en Badajoz".

DOE núm. 133 MARTES, 16 DE NOVIEMBRE DE 2004

CONSEJERÍA DE CULTURA

Concurso.- Corrección de errores a la Resolución de 29 de octubre de 2004, de la Secretaría General, por la que se anuncia licitación del proyecto y las obras de "Ejecución estructura metálica en segunda fachada del Palacio de Congresos de Badajoz". Expte.: OB043PR17018.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 11/08/1950, nº 223

Departamento: Ministerio de Agricultura Vías pecuarias.

Páginas: 3519 - 3519

Orden de 10 de julio de 1950 por la que se aprueba la modificación parcial de la vía pecuaria Cañada Real de Sancha Brava a su paso por la dehesa Palacitos, en término municipal de Badajoz.

Ilmo. Sr.; Visto el expediente de desviación de la vía pecuaria Cañada Real Sancha Brava, en término municipal de Badajoz, por el  sitio de la dehesa Palacitos, a petición de Don Antonio Moreno Arteaga;

Resultando que con fecha 22 de agosto de 1945, don Antonio Moreno de Arteaga presento instancia solicitando la desviación del trazado de la Cañada Real de Sancha Brava, a su paso por la dehesa Palacitos, acompañando a la instancia plano, y posteriormente documento acreditativo de posesión de los terrenos ofrecidos en permuta;

Resultando que el Ayuntamiento y Junta Provincial de Fomento Pecuario emiten sus respectivos informes sobre la desviación solicitada;

Resultando que en virtud de propuesta del Ingeniero Jefe de! Servicio de Vías Pecuarias, aprobada por la Superioridad. se efectuó la modificación parcial de la clasificación, encargándose de redactarla el perito agrícola del Estado adscrito al Servicio don José Luís Ruiz Martín y habiéndose expuesto al publico durante el plazo reglamentario y habiéndose devuelto con los informes del Ayuntamiento y Junta Provincial de Fomento Pecuario.

Resultando que con 10 de mayo de 1950 se emite por el Ingeniero Inspector del Servicio don Ildefonso Moruza Ruiz el informe procedente.

Resultando que se han observado en la tramitación del expediente todos los requisitos legales

Vistos los artículos 1, 3, 8, 11 y 12 con él relacionados del Decreto Reglamento de 23 de diciembre de 1.944 y el  Reglamento general del Procedimiento administrativo del Ministerio de Agricultura de 14 de junio de de 1935;

Considerando que en la confección de la modificación de la clasificación de las vías pecuarias existentes en el termino municipal de Badajoz se han observado las prescripciones exigidas por los artículos 8, 11, 12 y 13 del Decreto Reglamento de Vías Pecuarias, dé 23 de diciembre de 1944.

Considerando que la desviación de la Vía Pecuaria Cañada de Sancha Brava, en el trozo que atraviesa la finca de Palacitos, en termino municipal de Badajoz: se considera, tanto por el Ayuntamiento como por la Junta Provincia! de Fomento Pecuario, que no perjudica en absoluto a los intereses ganaderos, según manifiestan los respectivos informes que acompañan al proyecto de modificación, después de haber estado expuesto al publico, sin que se formulase contra el mismo reclamación alguna, y siendo asimismo favorable a su aprobación el informe emitido por el Ingeniero Inspector del Servicio, don Ildefonso Moruza Ruiz

Considerando que ha sido informado favorablemente por la Asesoría Jurídica del Departamento

Este Ministerio ha tenido a bien aprobar el expediente de modificación parcial de la vía pecuaria denominada Cañada Real de Sancha Brava, en el termino municipal de Badajoz, en la forma que se subraya en la adicción que modifica la clasificación aprobada en 28 de enero de 1941, quedando el itinerario de la Cañada al paso por la dehesa Palacitos en la forma indicada en el plano que acompaña a la modificación, permaneciendo invariable la anchura de la vía pecuaria

Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos. Dios guarde a V.I. muchos años

Madrid, 10 de julio de 1950. REIN.- Ilmo. Sr. Director general de Ganadería

DOE núm. 48 JUEVES, 24 DE ABRIL DE 2003

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

Vías pecuarias.- Anuncio de 10 de abril de 2003, sobre comienzo de operaciones materiales de deslinde de vía pecuaria en el término municipal de Badajoz.

DOE núm. 82 MARTES, 15 DE JULIO DE 2003

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

Vías pecuarias.- Anuncio de 2 de julio de 2003, de exposición pública de propuesta de deslinde de la vía pecuaria denominada "Cañada Real Sancha Brava" en el término municipal de Badajoz

DOE núm. 149 MARTES, 23 DE DICIEMBRE DE 2003

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL

Vías pecuarias.- Orden de 28 de noviembre de 2003, por la que se aprueba el deslinde de la Cañada Real de Sancha Brava. Tramo: El que va desde los Batanes hasta el azud sobre el río Guadiana (Vado de Moro). Término municipal de Badajoz.

DOE núm. 42 MARTES, 13 DE ABRIL DE 2004

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL

Vías pecuarias.- Anuncio de 15 de marzo de 2004, de exposición pública de comienzo de operaciones de amojonamiento de vía pecuaria en el término municipal de Badajoz. Tramo: Vado del Moro-Descansadero de Palacitos.

Vías pecuarias.- Anuncio de 15 de marzo de 2004, de exposición pública de comienzo de operaciones de amojonamiento de vía pecuaria en el término municipal de Badajoz. Tramo: Los Batanes-Vado del Moro.

Vías pecuarias.- Anuncio de 15 de marzo de 2004, de exposición pública de comienzo de operaciones de amojonamiento de vía pecuaria en los términos municipales de Badajoz y Valverde de Leganés. Tramo: Presa Piedra Aguda-Los Batanes.

Vías pecuarias.- Anuncio de 15 de marzo de 2004, de exposición pública de comienzo de operaciones de amojonamiento de vía pecuaria en el término municipal de Badajoz. Tramo urbano.

DOE núm. 71 MARTES, 22 DE JUNIO DE 2004

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL

Vías pecuarias.- Anuncio de 21 de mayo de 2004, de exposición pública de proyecto de amojonamiento de la Cañada Real de Sancha Brava en el término municipal de Badajoz (Tramo: Vado del Moro-Descansadero de Palacitos).

Vías pecuarias.- Anuncio de 21 de mayo de 2004, de exposición pública de proyecto de amojonamiento de la Cañada Real de Sancha Brava en el término municipal de Badajoz (Tramo: Los Batanes-Vado del Moro).

Vías pecuarias.- Anuncio de 21 de mayo de 2004, de exposición pública de proyecto de amojonamiento de la Cañada Real de Sancha Brava en el término municipal de Badajoz (Tramo Urbano).

Vías pecuarias.- Anuncio de 21 de mayo de 2004, de exposición pública de proyecto de amojonamiento de la Cañada Real de Sancha Brava en los términos municipales de Badajoz y Valverde de Leganés (Tramo: Presa Piedra Aguda-Los Batanes)

DOE núm. 110 MARTES, 21 DE SEPTIEMBRE DE 2004

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL

Vías pecuarias.- Resolución de 1 de septiembre de 2004, de la Dirección General de Desarrollo e Infraestructuras Rurales, que aprueba el amojonamiento de la Cañada Real de Sancha Brava. Tramo: Urbano. Término municipal de Badajoz.

DOE núm. 126 SÁBADO, 30 DE OCTUBRE DE 2004

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL

Vías pecuarias.- Resolución de 27 de septiembre de 2004, de la Dirección General de Desarrollo e Infraestructuras Rurales, que aprueba el amojonamiento de la Cañada Real de Sancha Brava, tramo que va desde Los Batanes hasta el azud sobre el río Guadiana (Vado del Moro), término municipal de Badajoz.

DOE núm. 138 SÁBADO, 27 DE NOVIEMBRE DE 2004

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL

Vías pecuarias.- Resolución de 5 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Desarrollo e Infraestructuras Rurales, que aprueba el amojonamiento de la Cañada Real de Sancha Brava, tramo que va desde la Presa de Piedra Aguda (T.M. de Valverde de Leganés) hasta Los Batanes (T.M. de Badajoz). Términos municipales de Valverde de Leganés y de Badajoz.

DOE núm. 139 MARTES, 30 DE NOVIEMBRE DE 2004

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL

Vías pecuarias.- Resolución de 5 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Desarrollo e Infraestructuras Rurales, que aprueba el amojonamiento de la Cañada Real de Sancha Brava, tramo rústico que va desde el azud sobre el río Guadiana (Vado del Moro) hasta el Descansadero de Palacitos. Término municipal de Badajoz.

DOE núm. 150 MARTES, 28 DE DICIEMBRE DE 2004

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL

Notificaciones.- Anuncio de 13 de diciembre de 2004, sobre notificación de la Resolución de 27 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Desarrollo e Infraestructuras Rurales, por la que se aprueba el amojonamiento de la vía pecuaria "Cañada Real de Sancha Brava" en el término municipal de Badajoz, tramo que va desde Los Batanes hasta el azud sobre el río Guadiana (Vado del Moro), a D. Manuel González Magariño

DOE Núm.: 72 martes, 16 de abril de 2013

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Deslinde.- Anuncio de 3 de abril de 2013 sobre comienzo de operaciones materiales de deslinde de la vía pecuaria denominada "Cañada Real de las Merinillas", en el término municipal de Badajoz.

DOE Núm.: 185 miercoles, 25 de septiembre de 2013

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Deslinde.- Resolución de 2 de septiembre de 2013, del Consejero, por la que se aprueba el deslinde de la Vía pecuaria denominada "Cañada Real de las Merinillas", en el término municipal de Badajoz

La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural, en virtud de las atribuciones conferidas en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 49/2000, de 8 de marzo, y el Decreto 195/2001, de 5 de diciembre, por el que se modifica el anterior, es competente para ejecutar los actos administrativos en materia de vías pecuarias.

En este sentido, se ha llevado a cabo el deslinde de la vía pecuaria denominada "Cañada Real de las Merinillas" en el término municipal de Badajoz, provincia de Badajoz.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El expediente de deslinde de la vía pecuaria mencionada fue iniciado por acuerdo de la Dirección General de Desarrollo Rural, de 3 de abril de 2013, publicado en el Diario Oficial de Extremadura número 72, de 16 de abril de 2013, así como expuesto en el Ayuntamiento de Badajoz, como se acredita mediante diligencia del Secretario del mismo.

Segundo. Conforme al acuerdo indicado en el antecedente de hecho anterior, las operaciones materiales de deslinde, previos los anuncios y comunicaciones reglamentarias, se llevaron a cabo el 28 de mayo de 2013.

Tercero. Redactada la propuesta de deslinde por el representante de la Administración, ésta se somete a información pública durante un periodo de treinta días, previamente anunciada en el Diario Oficial de Extremadura número 115, de 17 de junio de 2013. En el plazo concedido al efecto se presentaron escritos de alegaciones por parte de María Teresa Forero Borrallo e Inversiones Sinfín Inmobiliaria, SL, a quienes se les informó desfavorablemente y en los que se manifestó lo que en defensa de sus derechos tuvieron por conveniente.

Cuarto. Las operaciones de deslinde se han ajustado estrictamente al Proyecto de Clasificación de las vías pecuarias existentes en el correspondiente término municipal.

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. En la tramitación del procedimiento se han observado todos los preceptos legales que le son de aplicación según lo previsto en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura aprobado por el Decreto 49/2000, de 8 de marzo, y la demás legislación que le resulta aplicable.

Segundo. La vía pecuaria denominada "Cañada Real de las Merinillas", se describe en el Proyecto de Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Badajoz, aprobado por la Orden Ministerial de 28 de enero de 1941.

Por cuanto queda expuesto, vista la propuesta de resolución de deslinde de la vía pecuaria denominada "Cañada Real de las Merinillas", en el recorrido descrito, elevada por el representante de la Administración, y en uso de las atribuciones legalmente conferidas, a tenor de lo indicado en el Decreto del Presidente 23/2011, de 4 de agosto, por el que se modifica el Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y el Decreto 209/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía.

En su virtud, y en uso de mis atribuciones legales,

RESUELVO:

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada "Cañada Real de las Merinillas" en el término municipal de Badajoz, provincia de Badajoz.

Frente a este acto que pone fin a la vía administrativa puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación conforme al artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el DOE.

Mérida, a 2 de septiembre de 2013. El Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, JOSÉ ANTONIO ECHÁVARRI LOMO

DOE num. 74, miercoles 16 de abril de 2014

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Deslinde.- Anuncio de 31 de marzo de 2014 sobre comienzo de operaciones materiales de deslinde de la vía pecuaria denominada "Colada y abrevadero de La Pinela", en el término municipal de Badajoz

DOE num. 125, martes 1 de julio de 2014

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Deslinde.- Anuncio de 6 de junio de 2014 sobre exposición pública de la propuesta de deslinde de la vía pecuaria denominada "Colada y abrevadero de La Pinela", en el término municipal de Badajoz

DOE num. 226, lunes 24 de noviembre de 2014

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Deslinde.- Resolución de 4 de noviembre de 2014, del Consejero, por la que se aprueba el deslinde de la Vía pecuaria denominada "Colada y abrevadero de la Pinela", en el término municipal de Badajoz.

La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, a través de la Dirección General de Desarrollo Rural, en virtud de las atribuciones conferidas en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 49/2000, de 8 de marzo, y el Decreto 195/2001, de 5 de diciembre, por el que se modifica el anterior, es competente para ejecutar los actos administrativos en materia de vías pecuarias.

En este sentido, se ha llevado a cabo el deslinde de la Vía Pecuaria denominada “Colada y abrevadero de la Pinela” en el Término Municipal de Badajoz, provincia de Badajoz.

ANTECEDENTES DE HECHOS

Primero. El expediente de deslinde de la vía pecuaria mencionada fue iniciado por acuerdo de la Dirección General de Desarrollo Rural, de 31 de marzo de 2014, publicado en el Diario Oficial de Extremadura número 74, de 16 de abril de 2014, así como expuesto en el Ayuntamiento de Badajoz, como se acredita mediante diligencia del Secretario del mismo.

Segundo. Conforme al acuerdo indicado en el antecedente de hecho anterior, las operaciones materiales de deslinde, previos los anuncios y comunicaciones reglamentarias, se llevaron a cabo el 29 de mayo de 2014.

Tercero. Redactada la Propuesta de Deslinde por el Representante de la Administración, ésta se somete a información pública durante un periodo de treinta días, previamente anunciada en el Diario Oficial de Extremadura número 125, de 1 de julio de 2014. En el plazo concedido al efecto se presentó escrito de alegaciones por parte de: Yolanda García Cantero, Florencio Matamoros Recio, Ana María Muñoz Rodríguez, Rústicas La Latina, Matías Sánchez Pocostales y Eloísa Torres Mancha, a quienes se informó desfavorablemente y se manifestó lo que en defensa de sus derechos tuvo por conveniente.

Cuarto. Las operaciones de deslinde se han ajustado estrictamente al Proyecto de Clasificación de las vías pecuarias existentes en el correspondiente término municipal.

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. En la tramitación del procedimiento se han observado todos los preceptos legales que le son de aplicación según lo previsto en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura aprobado por el Decreto 49/2000, de 8 de marzo, y la demás de la legislación que le resulta aplicable.

Segundo. La Vía Pecuaria denominada “Colada y abrevadero de la Pinela”, se describe en el Proyecto de Clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Badajoz, aprobado por la Orden Ministerial de 28 de enero de 1941.

Por cuanto queda expuesto, vista la propuesta de resolución de deslinde de la Vía Pecuaria denominada “Colada y abrevadero de la Pinela”, en el recorrido descrito, elevada por el Representante de la Administración, y en uso de las atribuciones legalmente conferidas, a tenor de lo indicado en el Decreto del Presidente 23/2011 , de 4 de agosto, por el que se modifica el Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y el decreto 209/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía.

En su virtud, y en uso de mis atribuciones legales,

RESUELVO:

Aprobar el deslinde de la Vía Pecuaria denominada “Colada y abrevadero de la Pinela” en el Término Municipal de Badajoz, provincia de Badajoz.

Frente a este acto que pone fin a la vía administrativa puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación conforme al artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la publicación en el DOE.

Mérida, a 4 de noviembre de 2014. El Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, José Antonio Echávarri Lomo

DOE num. 31, lunes 16 de febrero de 2015

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Vías pecuarias.- Anuncio de 23 de enero de 2015 sobre exposición pública de permuta de terrenos de la vía pecuaria denominada "Cañada Real Sancha Brava", en el término municipal de Badajoz.

De conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y el artículo 13 y siguientes del Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 49/2000, de 8 de marzo, y en virtud de lo previsto en el artículo 25 del citado Reglamento, se ha solicitado por D. Victor Moreno Cruz y tres más, la permuta de terrenos de la vía pecuaria: Cañada Real Sancha Brava, al paso de ésta por las parcelas 39, 9002 y 43, del polígono 144 del término municipal de Badajoz.

Por cuanto queda expuesto, se hace público para general conocimiento, que dicha propuesta de permuta de terrenos quedará expuesta al público en el Ayuntamiento de Badajoz, así como en las oficinas de la Dirección General de Desarrollo Rural de Badajoz, con Dirección en la ctra. San Vicente, 3, durante un plazo de 30 días contados desde su anuncio en el DOE.

Durante dicho plazo, podrán ser presentadas por los interesados, en las mencionadas oficinas, las alegaciones o reclamaciones a que pueda haber lugar, así como los documentos en que se funden sus derechos.

Mérida, a 23 de enero de 2015. El Director General de Desarrollo Rural, José Luis Gil Soto

DOE num. 37 miercoles 24 de febrero de 2016

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO

Vías pecuarias.- ack">Resolución de 1 de febrero de 2016, de la Consejera, por la que se aprueba la permuta de terrenos de la vía pecuaria denominada Cañada Real de Sancha Brava, a su paso por el término municipal de Badajoz.

En relación con el procedimiento permuta de 1.844 m2 pertenecientes a la vía pecuaria denominada “Cañada Real de Sancha Brava”, a su paso por la parcela 82, del polígono 287, del término municipal de Badajoz, una vez examinado el expediente instruido y tramitado por la Dirección General de Desarrollo Rural, se procede con arreglo a los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Mediante Orden de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, de 28 de septiembre 2000, publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 117, de 7 de octubre, se aprobó el deslinde de la vía pecuaria denominada “Cañada Real de Sancha Brava”, a su paso por el tramo señalado en el encabezamiento, del que resulta una intrusión 1.844 m2, en la parcela 82 del polígono 287, por parte de D.ª Antonia López González.

Segundo. A los efectos de subsanar la situación ilícita indicada, la interesada propone una permuta de la superficie que constituye la intrusión, por una parcela de 1.858 m2 de su propiedad, en la parcela 18, del polígono 287, del citado término municipal.

Tercero. Seguido el expediente por los trámites que le resultaron de aplicación, se procede a dar la oportuna información pública Mediante Anuncio de 21 de octubre de 2011, publicado en el DOE n.º 223, de 21 de noviembre, se practica la oportuna información pública para que en el plazo de un mes, todos aquellos que se consideren afectados y en contra de la permuta, presentaran cuantas alegaciones en defensa de sus derechos estimaran precisas, sin que en el plazo indicado se haya presentado alegación alguna.

Cuarto. En virtud del informe técnico elaborado al efecto por el Servicio de Infraestructuras Rurales, de esta Dirección General de Desarrollo Rural, los terrenos propuestos por el interesado cumplen los requisitos de idoneidad para el tránsito ganadero y los demás usos compatibles y complementarios con éste.

En cuanto a la valoración de los terrenos de dominio público pecuario y los que la interesada ofrece para su permuta, se determina que una diferencia de valor a favor de estos últimos de 5,14 euros, a los que la interesada renuncia expresamente.

Asimismo, a la vista de la documentación que obra en el expediente se acredita que la interesada ostenta la titularidad de los terrenos que aporta, los cuales se encuentran libre de cargas.

Quinto. Previo informe favorable de la Dirección General de Desarrollo Rural, con fecha 25 de febrero de 2013 se propone por el Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía la desafectación de los terrenos de dominio público pecuario que van a ser objeto de permuta, la cual se lleva a efecto mediante Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 24 de febrero de 2014.

Sexto. Con fecha 29 de diciembre de 2015 se procede a la formalización de la permuta mediante escritura pública, conforme a Resolución de la Consejera de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, de 17 de septiembre.

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio es competente para dictar la presente resolución, en virtud de las atribuciones conferidas en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias en relación con lo establecido en el Decreto del Presidente 16/2015, de 6 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Segundo. La naturaleza jurídica de las vías pecuarias queda definida como bienes de dominio público de las Comunidades Autónomas y, en consecuencia, inalienables, imprescriptibles e inembargables según el artículo 2 de la citada Ley 3/1995, el artículo 201 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura y en el artículo 2 del Reglamento autonómico, Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 49/2000, de 8 de marzo.

Tercero. En virtud de lo establecido en el artículo 7 de la Ley 3/1995, en el artículo 211 de la Ley 6/2015 y en el artículo 7 del Reglamento por el que se desarrolla la anterior en la Comunidad Autónoma de Extremadura, la clasificación es el acto administrativo por el que se determina la existencia, categoría, anchura, trazado y demás características físicas generales de las vías pecuarias.

En este sentido, la Cañada Real de Sancha Brava se incluyó en el Proyecto de Clasificación de Vías Pecuarias del término municipal de Badajoz, aprobado por Orden Ministerial de 28 de enero de 1941.

Cuarto. De conformidad con previsto en el artículo 8 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y en el artículo 13 del Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 49/2000, de 8 de marzo, el deslinde es el acto administrativo por el que se definen los límites de las vías pecuarias, de conformidad con lo establecido en el acto de clasificación.

Del mismo modo, según preceptúa el artículo 8.2 de la citada Ley 3/1995, en el artículo 212.2 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura y el artículo 14.4 del Reglamento autonómico, el expediente de deslinde incluirá necesariamente una relación de las ocupaciones, intrusiones y colindancias.

Asimismo, en el artículo 8.3 de la Ley 3/1995 y en el artículo 16 del Reglamento de Vías Pecuarias, se prevé que el deslinde aprobado y firme declara la posesión y titularidad demanial a favor de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dando lugar al amojonamiento y sin que las inscripciones del Registro de la Propiedad puedan prevalecer frente a la naturaleza demanial de los bienes deslindados.

Quinto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento de Vías Pecuarias, en relación con el Decreto del Presidente 16/2015, de 6 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente (en la actualidad Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio) y en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 5, apartado e) de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, la Consejería de Economía y Hacienda (actualmente Consejería de Hacienda y Administración Pública) podrá desafectar del dominio público los terrenos de vías pecuarias que no sean adecuados para el tránsito del ganado ni sean susceptibles de los usos compatibles y complementarios a que se refiere el Título II de la ley precitada, siempre y cuando se garantice la continuidad de dichas vías pecuarias.

Sexto. Conforme a lo estipulado en el artículo 217 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura y en el artículo 25 del Reglamento autonómico, los terrenos de dominio público pecuario podrán ser permutados, previa desafectación de los mismos, para adquirir otros de valor equivalente, de modo que en el supuesto de que exista diferencia de valor se compensará económicamente a la Administración por dicha diferencia.

Así, de la valoración practicada por el Servicio de Infraestructuras Rurales de la Dirección General de Desarrollo Rural, se desprende que el valor de los terrenos sobre los que versa la permuta no es equivalente, resultando una diferencia a favor de la interesada a la que ésta renuncia expresamente.

Séptimo. Según establece el artículo 217.7 la Resolución por la que se resuelva el procedimiento de permuta llevará implícita la afectación de los terrenos que se incorporen al dominio público pecuario. Igualmente en el apartado 8 se prevé que el otorgamiento de la escritura de formalización ostentará la representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura el titular de la Consejería competente, o el funcionario en quien delegue.

Por cuanto queda expuesto,

RESUELVO:

Primero. Aprobar la permuta 1.844 m2 desafectados por la Consejería de Economía y Hacienda, pertenecientes a la “Cañada Real de Sancha Brava”, por la finca registral 74256, de 1.858 m2, del término municipal de Badajoz.

Segundo. Modificar la Orden de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, de 28 de septiembre 2000, publicada en el Diario Oficial de Extremadura número 117, de 7 de octubre, se aprobó el deslinde de la vía pecuaria denominada “Cañada Real de Sancha Brava, resultando que desaparece la coordenada siguiente:

UTM Huso 29 ETRS89 XY 676672.038 4299693.666 Y se establecen las siguientes nuevas:

  • UTM Huso 29 ETRS89 XY 676685.894 4299677.316
  • 676689.349 4299754.914
  • 676646.097 4299756.343
  • 675855.231 4300760.766
  • 675854.749 4300729.689
  • 675797.910 4300730.633
  • 675793.832 4300762.513

Frente a este acto que pone fin a la vía administrativa puede interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 94, 102 y 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. O bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación en el DOE, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Mérida, 1 de febrero de 2016.

La Consejera de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, Begoña Garcia Bernal

Cañadas Reales, en Badajoz termina la Cañada Real Leonesa Occidental y la atraviesa la Cañada Real Leonesa Oriental

Cijara en Badajoz
Cornalvo en Mérida
Parque Natural de Cornalvo en Mérida

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   ARTESANÍA

   Ceramistas y orfebres son afamados en Badajoz capital, donde no faltan artesanos de la madera y de la forja, así como lugares donde poder adquirir bellos bordados.

   La cestería también tiene maestros que trabajan fieles a los cánones heredados de antaño, en esta capital extremeña.

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    GASTRONOMÍA

    Sabores de antaño, productos naturales, cordialidad y esmerado cuidado por la cocina tradicional son algunos de los ingredientes de la apetecible y celebrada cocina pacense. Chuletillas, guisos, caldereta de cordero y cabrito figuran entre los platos predilectos elaborados con carnes; sin olvidar el retinto, el famoso frite, elaborado con carne, pimiento molido, cebolla y ajo. La caza, tan abundante, proporciona magníficos platos a base de perdices, codornices, tórtolas, palomas, jabalíes y venados. En el capítulo de la pesca, toman fama desde época romana la bondad de sus barbos, carpas y bogas.

    Jamones de cerdo ibérico, lomos, chorizos, salchichones y morcones, son algunos derivados que proporcionan las numerosas piaras de guarros ibéricos que se crían en las dehesas. Revuelto de espárragos trigueros, Gazpacho extremeño,  sopa de tomates con higos, ensalada de pimientos asados, Cocido "completo", Migas con torreznos, sardinas y pimientos, Ajo de peces, Salmorejo de bogas, Judías con liebre o perdiz, Perdices estofadas

    El mundo de la repostería goza de aceptación ganada tras siglos de elaboraciones monacales, artesanales y caseros, con un sin fin de productos localizados también en el resto de comarcas.  las calderillas, bollos de chicharones, el arrope, el piñonate y las perrunillas.

    Igualmente, el buen hacer de las bodegas pacenses ha dado como fruto una importante colección de licores con variadísimos sabores, y sobre todo, la Denominación de Origen de nuestros excelentes vinos, "Ribera del Guadiana". Blancos y tintos han conseguido un merecido lugar en el mercado nacional e internacional por su bondad.

    No podemos dejar de mencionar los excelentes aceites de oliva de la provincia y la producción de aceitunas de mesa.

    Señorío de Montanera S-L Ctra. Rincon de Caya Km.3.5. La sociedad se inició en 1992 y en la actualidad está formada por sesenta y cuatro socios ganaderos con dehesas arboladas de encinas y alcornoques en Extremadura, Andalucía y el Alentejo portugués.

    La instalación de Badajoz conjuga tradición y modernidad, en un entorno privilegiado entre el río Guadiana y el Caya, y situada cerca de las principales vías de comunicación de la provincia. El Señorío de Montanera tiene su sede social, centro administrativo, instalaciones de I+D+I, su centro logístico y es donde realiza la fabricación de embutidos, el deshuesado de paletas, y el loncheado y envasado al vacío. Envían los productos a todos los clientes a través del departamento de recepción de pedidos y atención al cliente.

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  Está incluido dentro de la zona Ternera de Extremadura, para conocer mas sobre la ternera, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

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    Está incluido dentro de la Denominación de Origen de los vinos de Ribera del Guadiana, en la Subzona Ribera Baja, para conocer mas sobre estos vinos, pinchar aquí

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   FIESTAS 

DOE núm. 71 JUEVES, 20 DE JUNIO DE 1996

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, URBANISMO Y TURISMO

Interés Turístico.- Orden de 4 de junio de 1996, por la que se declara Fiesta de Interés Turístico los "Carnavales de Badajoz".

A los fines expuestos en el Decreto 6511985, de la junta de Extremadura, por el que se creó la denominación fiestas de Interés Turístico de Extremadura y al efecto de reconocer e incentivar las fiestas tradicionales de nuestra Comunidad, como un elemento más de promoción turística, a propuesta de la Dirección General de Turismo, en uso de las facultades que otorga el artículo 4.° del precitado Decreto.

DISPONGO

ARTICULO UNICO: Declarar fiesta de Interés Turístico de Extremadura a los CARNAVALES DE BADAJOZ, que se celebran en la capital del mismo nombre.

Mérida, 4 de junio de 1996. El Consejero de Medio Ambiente, Urbanismo y Turismo, Eduardo Alvarado Corrales

DOE núm. 36 JUEVES, 25 DE MARZO DE 1999

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, URBANISMO Y TURISMO

Fiesta de Interés Turístico.- Orden de 16 de marzo de 1999, por la que se declara de Interés Turístico de Extremadura la Fiesta "Semana Santa de Badajoz"

Vista la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Badajoz solicitando la declaración de Interés Turístico de la Fiesta «Semana Santa de Badajoz», el Informe técnico emitido con fecha 25 de mayo de 1998, así como la Propuesta del Director General de Turismo al objeto de proceder a referida declaración; el Consejero de Medio Ambiente, Urbanismo y Turismo, en virtud de las atribuciones que le confiere la legislación vigente, dicta la presente Orden en base a los siguientes

H E C H O S

PRIMERO.–Con fecha 22 de abril de 1996 y a tenor de lo determinado en el Decreto n.º 65/1985, de 17 de diciembre, por el que se crea la denominación de Fiesta de Interés Turístico de Extremadura, se solicita por el Excmo. Ayuntamiento de Badajoz declaración de la Semana Santa como Fiesta de Interés Turístico de Extremadura, dada cuenta de que supone un acontecimiento de gran relevancia cultural y popular.

SEGUNDO.–Que personado el Técnico de la Dirección General de Turismo, conforme establece el artículo 4.º del Decreto 65/1985, más arriba mencionado, emite informe para la declaración de la Semana Santa de Badajoz como Fiesta de Interés Turístico de Extremadura con el siguiente tenor literal:

«...Por todo lo anteriormente expuesto, estimo las condiciones de la Semana Santa de Badajoz como suficientes para ser declaradas de interés turístico como vehículo de promoción turística para la ciudad de Badajoz...».

TERCERO.–Que con fecha 1 de marzo de 1999 la Dirección General de Turismo formula propuesta de Declaración de Fiesta de Interés Turístico.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.–El procedimiento a seguir para proceder a la declaración formal de la Semana Santa de Badajoz como Fiesta de Interés Turístico, es el contemplado en el Decreto n.º 65/1985, de 17 de diciembre, actualmente derogado por Decreto 152/1997, de 22 de diciembre, pero que sin embargo es aplicable al presente expediente  habida cuenta que la solicitud de iniciación del mismo se formalizó en fecha en la cual aún estaba en vigor referida disposición de carácter general.

SEGUNDO.–Conforme con ello, y considerando lo dispuesto en el artículo 4 de dicho cuerpo legal, en la tramitación del expediente se han cumplido con todos los trámites que la normativa establece como requisito «sine qua non», condición indispensable, para declarar una Fiesta como de Interés Turístico.

En base a ello,

RESUELVO

Declarar Fiesta de Interés Turístico de Extremadura a la Semana Santa de Badajoz, habida cuenta que se trata de un fiel exponente de la civilización y de la herencia histórica y cultural del pueblo de Badajoz.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la notificación de la misma.

Mérida, 16 de marzo de 1999. El Consejero de Medio Ambiente, Urbanismo y Turismo, Eduardo Alvarado Corrales

BOE núm 90 Viernes 15 abril 2011

Resolución de 11 de abril de 2011, de la Secretaría General de Turismo y Comercio Interior, por la que se concede el título de «Fiesta de Interés Turístico Nacional» a la fiesta «Semana Santa de Badajoz».

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 6.º de la Orden ITC/1763/2006, de 3 de mayo («BOE» de 7 de junio), este Instituto de Turismo de España ha tenido a bien conceder el título de «Fiesta de Interés Turístico Nacional», a la siguiente fiesta:

«Semana Santa», de Badajoz.

Lo que se hace público a todos los efectos. Madrid, 11 de abril de 2011.–El Secretario de General de Turismo y Comercio Interior, Joan Mesquida Ferrando.

DOE núm. 211 Viernes, 3 de noviembre de 2017

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA E INFRAESTRUCTURAS

Fiesta de Interés Turístico.- Orden de 23 de octubre de 2017 por la que se declara Fiesta de Interés Turístico de Extremadura la fiesta "Almossassa" en Badajoz.

Vista la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Badajoz, para la declaración de Fiesta de Interés Turístico de Extremadura a la fiesta “Almossassa”, en base a los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 26 de octubre de 2016 el Ayuntamiento de Badajoz, formuló solicitud instando la declaración de Fiesta de Interés Turístico a la fiesta “Almossassa”, que se celebra en la referida localidad.

Segundo. Seguidos los trámites contemplados en el Decreto 152/1997, de 22 de diciembre, por el que se regulan las declaraciones de interés turístico de Extremadura, con fecha 17 de octubre de 2017, es emitido informe favorable por el Servicio Técnico de la Dirección General de Turismo para otorgar la referida declaración.

Tercero. Con fecha 18 de octubre de 2017, la Dirección General de Turismo formula propuesta favorable para la declaración de la fiesta “Almossassa” como “Fiesta de Interés Turístico de Extremadura”, una vez constatado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto 152/1997, de 22 de diciembre, citado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Consejería de Economía e Infraestructuras es competente para conocer y resolver el presente procedimiento a tenor de lo establecido en el Decreto del Presidente 16/2015, de 6 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Decreto 262/2015, de 7 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la referida Consejería y el artículo 4 del Decreto 152/1997, de 22 de diciembre, por el que se regulan las declaraciones de fiestas de interés turístico de Extremadura.

Segundo. La Ley 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura, dispone en su artículo 33.1, que “se consideran Fiestas de Interés Turístico de Extremadura aquellos eventos que por su especial relevancia supongan una valorización de la cultura y de las tradiciones populares”.

El Decreto 152/1997, de 22 de diciembre, establece el procedimiento para la declaración de “Fiesta de Interés Turístico de Extremadura”, disponiendo, en su artículo 4, que “la concesión del título honorífico de «Fiesta de Interés Turístico de Extremadura» se otorgará mediante Orden de la Consejería de Medio Ambiente Urbanismo y Turismo que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura, previo informe de la Dirección General de Turismo y oída la Comisión Permanente del Consejo de Turismo”.

Tercero. Consta en el expediente informe favorable emitido por el Servicio Técnico de la Dirección General de Turismo, en el que se pone de manifiesto el cumplimiento de los requisitos exigidos en el Decreto 152/1997, de 22 de diciembre, para la referida declaración.

Por todo lo expuesto, a propuesta de la Dirección General de Turismo, y en ejercicio de las competencias atribuidas por la legislación vigente,

RESUELVO :

Primero. Declarar Fiesta de Interés Turístico de Extremadura, la Fiesta de “Almossassa” que se celebra en Badajoz.

Segundo. Publicar la presente orden en el Diario Oficial de Extremadura. Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejero de Economía e Infraestructuras, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso administrativo, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.

Mérida, 23 de octubre de 2017. El Consejero de Economía e Infraestructuras, José Luis Navarro Ribera

  • Carnavales, declarados Fiesta de Interés Turístico Regional, están sin duda, dentro de los mejores de España, y todos los años atraen a miles de personas.
  • Semana Santa, cobra un esplendor muy particular con el paso de las Hermandades por las calles intramuros de la ciudad, con imágenes de gran valor artístico.
  • Romería de la Virgen de Botoa: el Domingo siguiente al de Pascua de Resurrección, congrega a decenas de miles de personas en torno a la Cofradía de la ciudad; en un paraje admirable entre encinares, a unos 17 Km. de Badajoz por la carretera de San Vicente de Alcántara.
  • San Isidro, se celebra el domingo más próximo al 15 de Mayo. Consiste en una romería en el campo, a la que acuden multitud de vecinos.
  • Ferias y Fiestas de San Juan: se celebra del 23 al 30 de Junio. A ellas acuden extremeños y portugueses a presenciar corridas de toros y divertirse en el ferial.
  • Septiembre: "Al-mossassa Batalyaws" fiesta conmemorativa de la fundación árabe de la ciudad.
  • Festivales. El Festival Internacional de Teatro Contemporáneo, el Festival Internacional de Extremadura (CIOF) o el Festival Ibérico de Música son algunas muestras de la interesante oferta cultural que Badajoz ofrece durante todo el año, bien en el Auditorio Municipal o en el Teatro López de Ayala.
  • Nueva Plaza de Toros,  Avda. de Parladeras, s/n
    Gerente: José Cutiño.
    Fecha inauguración: 26 junio 1967
    Titular: Privada
    Categoría: 2ª
    Aforo: 13.000 Teléfonos: 924 235 633
    Francisco Camino, Francisco Rivera "Paquirri" y Pedro Benjumea con toros de Martínez Elizondo fueron los que conformaban el cartel de inauguración el 24 de junio de 1967 de esta plaza conocida como "El Toreo". Cuenta con la particularidad de poseer una cuadra especial para los caballos de los rejoneadores. Es durante la Feria de San Juan, en el mes de junio, uno de los lugares en los que las figuras del toreo se dan cita ante una afición tan entendida y respetuosa como exigente.

    Eugenio Larruga, en sus Memorias Políticas y Económicas, Tomo XXXIX, publicado en Madrid el año 1796, paginas 246 y siguientes, escribe: Ferias; En la Ciudad de Badajoz hay mercado franco el martes de cada semana.


Ganaderías de Reses Bravas.

Arribas Sancho, Herederos de Antonio

Propietario: D.José Luis, Mª del Carmen, Mª José y Mª Isabel Arribas Weuthey
Dirección y Representante: D. José Luis Arribas Weuthey Pantano de Cíjara, 1 – 2º A Urbanización Las Vaguadas 06010 BADAJOZ 924 26 78 35
Divisa morada.
Señal: horquilla en la oreja izquierda y muesca por delante en la derecha.
Encaste: Juan Pedro Domecq y Díez
Fincas: Cerroverde Badajoz
Asociación: Unión de Criadores de Toros de Lidia
Antigüedad de 16 de septiembre de 1882.

    Antecedentes: Procede esta ganadería de la que a fines del siglo XVIII fundó Julián de Fuentes, en el término municipal de Moralzarzal (Madrid), con vacas del campo de Salamanca y sementales de raza jijona. Durante el año 1825 cambió las vacas salmantinas por otras de raza jijona. Al fallecimiento de Julián de Fuentes, pasó la vacada a su hijo Juan José, quien la vendió en el año 1852 a Vicente Martínez, ganadero de Colmenar Viejo (Madrid). Este cruzó con reses andaluzas y especialmente con un toro de Concha y Sierra, con buen resultado. A su muerte, en 1894 pasó a sus hijos políticos y posteriormente a nombre de los herederos de don Vicente Martínez, produciéndose a partir de 1903 el cruce con el toro «Diano», tal vez el semental más famoso de la historia de las ganaderías bravas españolas.

   En 1925 se volvió a dividir la ganadería, correspondiendo a Julián Fernández Martínez el hierro y la antigüedad de la misma. Sufrió sobremanera esta vacada durante la Guerra Civil, vendiendo sus herederos en el año 1940 al duque de Pinohermoso los restos de ella, con hierro y divisa, anunciándola como Conde de Velle, agregándole vacas y sementales de otra ganadería, origen Parladé, aunque lo mantuvo por separado.

   Durante la temporada de 1948, llega este hierro a la familia Arribas, por medio de Francisca Sancho, viuda de Arribas; a su fallecimiento, en 1972, la hereda su hijo Antonio Arribas Sancho, quien eliminado todo lo anterior, compró a Baltasar Ibán, reses de los Guateles, procedente de Juan Pedro Domecq, pasando a su muerte a sus herederos actuales.

Bótoa

    Ganadería de toros de lidia que pasta en las fincas Ermita de Botoa y el Comandante ambas en el término municipal de Badajoz.

  • Divisa amarilla y encarnada.
  • Señal horca y arrancada.

    Los orígenes de esta ganadería se remontan a Idelfonso Sánchez Tabernero de Salamanca, le sucedió su hijo Santiago Sánchez Terrones quien la aumentó con reses de Juan Muriel. La procedencia de estas reses son de Gaviria, Salas y Contreras. A su muerte, la vacada se reparte entre sus dos hijas, María y Carlota, esta ultima vende su parte a Manuel García Bollero en 1933, quien eliminó todo la vacada, sustituyéndola por reses de Argimiro Pérez-Tabernero, de encaste Santa Coloma.

   En 1941 la adquiere Bernardino García Fonseca, conservándola hasta su fallecimiento en 1980, momento en que pasa a su hija María del Carmen García Cobaleda, esposa del torero Santiago Martín, El Viti.

    En 1947 la ganadería es adquirida por Gabriela Sivela de Alcázar y Maria Luisa Lara Yotti, eliminan el ganado sustituyéndolo por 85 vacas y dos sementales de Atanasio Fernández, a los que añaden mas tarde 79 vacas y dos sementales de la ganadería de Jandilla, manteniendo los dos encastes separados.

    En 1987, la ganadería es adquirida por Gabriela Silvela de Alcázar y María Luisa Lara Yotti, quien a partir de entonces la anuncian como «Ganadería de Bótoa». Eliminan todo lo procedente de Santa Coloma y forman la ganadería con 85 vacas y dos sementales del hierro de Atanasio Fernández. Posteriormente compran 79 vacas y 2 sementales de la ganadería de Jandilla, manteniendo los dos encastes, Atanasio y Jandilla por separado.

Maria Luisa Lara Yotti.

    Pasta en las fincas Ermita de Bótoa y el Comandante, ambas en Bótoa.

    La reseña es la misma que la de la ganadería de Bótoa, conservando la divisa, hierro y señal.

Los Guateles

Pasta en la finca Dehesa de Bótoa, ubicada en esta localidad y cercana a Badajoz.
Divisa: Blanca y negra
Señal: Horca en la izquierda y escobado por detrás en la derecha
Antigüedad: 12 de agosto de 1934.

    Los orígenes se remontan al año 1931, en que Luis Fonseca Herrero compra la ganadería de Federico Bernardós y José Manuel Moro. En 1938, pasa a su hermana Maria Antonia, esta elimina en 1940 la procedencia Carreros, sustituyéndola por reses de Sánchez de Agustinea. En 1969, la vende a Baltasar Iban, que se anuncia como Ganadería de Los Guateles S.A.

La Peregrina

Propietario: D. Jose Antonio Ferrera San Marcos S.L. Representante: D. Antonio Ferrera Gonzalez
Señal: Hoja de higuera de ambas orejas
Encastes: Juan Pedro Domecq
Asociación: Asociación de Ganaderos de Reses de Lidia
Antigüedad: Sin Antiguedad
Dirección; C/ San Javier, 15
06195 VILLAFRANCO DEL GUADIANA (Badajoz)
Fincas: “Los Almorchones” BADAJOZ

Ingresa en la Asociación de Ganaderos de Reses de Lidia en 2004 con reses de la ganadería de D. Julio Filoso, procedentes de Antonio Arribas y los Guateles. Vacas de Madroñiz de José Guillén , procedencia los Guateles y sementales de Jesús Gonzalez, también procedencia los Guateles.

El Cahoso

Propietario: El Cahoso, S.A.
Dirección y Representante: D. Rafael Calero Gracia Vincci Hoteles Anabel Segura, 11 - Edificio A Centro de negocios Albatros-Arroyo de la Vega  28108 ALCOBENDAS (Madrid) 91 490 26 50
Encastes: 'Riogrande' (rama de procedencia D. Juan Pedro Domecq y Díez), Luis Algarra Polera , Hros. de D. Andrés Ramos Plaza
Asociación: Unión de Criadores de Toros de Lidia
Sin Antigüedad
Divisa: Roja, verde y amarilla.
Señal: Punta de lanza en ambas.
Fincas: 'El Cahoso' BADAJOZ;
924 14 03 90.

Historia: Ganadería creada en 1998 al amparo del artículo 5 bis b) de los Estatutos con 115 vacas y tres sementales de Riogrande, de don Juan Pedro Domecq, de don Luis Algarra y de los herederos de don Andrés Ramos.

RÍO GRANDE (El Cahoso)

Propietario: El Cahoso, S.A.
Representante: Rufino Calero Cuevas.
Divisa: Encarnada y caña
Señal: punta de espada en ambas orejas.
Antigüedad: 12 de septiembre de 1890.
Fincas: “El Cahoso” La Albuera y “La Carrona” (Badajoz)
Procedencia: Santa Coloma-Buendía

El Tesorero

Ganadería de toros de lidia que pasta en la finca del mismo nombre.

Divisa verde.
Señal zarcillo en la oreja derecha y muesca en la izquierda.
Antigüedad 18 abril 1881.

Se formo la ganadería por división de la de Juan Bautista Conradi en 1952, la parte correspondiente a Lucia fue vendida en 1953 a Soledad Escribano Aguirre, quien encasto la ganadería con reses de Murube.

En 1974 cede hierro y ganadería a sus nietos, anunciándose como Bohorquez Domecq hermanos. En 1987 se cede la parte de Atanasio Fernández a la Ganadería de Bótoa, manteniéndose en el Tesorero exclusivamente el encaste de Murube.

 

González Lago

Propietario: Pagola, S.A
Dirección y Representante: D. Juan Jesús González Lago
Paseo de la Independencia, 30 50004 Zaragoza
976 23 61 98 / 976 23 97 24
Divisa: Azul, roja y amarilla
Señal: Orejisanas
Domecq, Atanasio
Fincas: La Galana de Botoa Valdebotoa (Badajoz) El Pelegrino". El Burgo de Ebro. Zaragoza
Asociación: Asociación de Ganaderías de Lidia
Antigüedad: Sin Antigüedad

Procedencia: Ingresa en la Asociación en 1998 por compra de la gan de Espartaco y Loreto Charro, procedentes de Domecq y Atanasio Fernández respectivamente.

GONZÁLEZ LAGO

Propietarios: Pagola, S.A.
Representante: D. Juan Jesús González Lago.
Paseo de la Independencia, 30. Zaragoza 50004.
976 23 61 98 / 976 23 97 24
Divisa: 
Señal: Orejisanas
Sigla: ABK.
Fincas: "La Galana de Botoa". Valdebotoa. Badajoz.
"El Peregrino". El Burgo de Ebro. Zaragoza.

TERRÓN DÍAZ (D. Luis)

Propietario y Representante: Luis Terrón Díaz
Zurbarán, 35. Badajoz 06005. 924-23 22 64
Divisa: Verde, Blanca y Encarnada
Señal: Taladro en la Derecha y Despuntada la Izquierda

Sigla: AOG.
Finca: "Los Fresnos". BADAJOZ.
Encaste: Murube-Urquijo

Antecedentes historicos: Ingresa en la Asociación en 1990 por compra de la ganadería de D. Vicente Ruiz Soro, que había sido formada con vacas y sementales de Dña. Carmen Lorenzo Carrasco, puro origen Murube-Urquijo. Posteriormente ha sido aumentada con otros lotes de reproductores del hierro de Dña. Carmen Lorenzo.

"LA TORRE DE CUBILLOS"

Representante: D. José Flores.
Zamora, 49, 2.º B. 37002 Salamanca.
Divisa: Blanca, Verde y Negra
Señal: Punta de Espada en ambas orejas
Sigla: ANL.
Finca: "La Torre de Cubillos". BADAJOZ.

LOS ESPARTALES

Propietario o Rpte.: D. José Luis Iniesta Vázquez.
Agroganadería Sierra de Alor, S.A. (Hotel Río).
Avda. Adolfo Díaz Ambrona, 13 - 06006 BADAJOZ.
924-27.26.00. 924 27 38 74
Divisa: Azul y Roja.
Señal: Orejisana Oreja Izquierda, Muesca Oreja Derecha
Mayoral: D. Tulio Salguero.
Finca: "Los Espartales". BADAJOZ. Tf.: 924 14 03 01
Procedencia Carmen Lorenzo Carrasco
Encaste: Murube
Asociación: Agrupación Española de Ganaderos de Reses Bravas

Antigüedad: Sin Antigüedad
    Antecedentes : Esta ganadería fue formada por la sociedad AGROGANADERA, S.A., con reses procedentes de Dª Carmen Lorenzo Carrasco, esposa del famoso matador de toros Pedro Moya “Niño de la Capea”, semental indultado de esta misma ganadería de nombre Peseter

TEÓFILO SEGURA

Propietario: Pollo Quinto y S.L
Direccion y Representante: Don Teófilo Segura Felipe.
General Aranaz, 47. 28027 MADRID.
91 742 34 64 - 689 44 01 22
Divisa: Verde
Señal: Zarcillo en la Derecha y muesca en la Izquierda
Encaste:Jandilla.
Asociación: Unión de Criadores de Toros de Lidia
Antigüedad: 18 de abril de 1881.
Finca: "El Tesorero". BADAJOZ.
"Vaquetas" Navas de San Juan (Jaén)
Mayoral: José Palomares.

Antecedentes: Por división de la ganadería de Juan Bautista Conradi fue vendida en 1943 a Soledad Escribano. En 1974 la cedió a sus nietos pasando a denominarse Bohórquez Domecq Hermanos. En 1980 fue adquirida por Juan Luis Ambel Villanueva, siendo recuperada por Fermín Bohórquez en 1984, y vendida a "Reses Bravas de Bogotá" en 1985, eliminándose la procedencia Bohórquez. En 1986 se adquieren 79 vacas y dos sementales de la ganadería de Jandilla. En 1996 adquiere la ganadería Pollo Quinto, SL, pasando a denominarse Teófilo Segura.

Ganadería Caballos Pura Raza

Ignacio Bravo Martínez

VERA MUÑOZ CASILLAS, Hnos.
Dirección: Avda. de Villanueva, 10 06005 Badajoz.
924 23 21 81.

BRAVO ASENSIO. D. Antonio

Plaza de los Alfereces, 1-1 b
06005 • BADAJOZ
924 207 273

BURGOS BRAVO D. Ignacio

Avda. Virgen de Guadalupe, 6
06003 • BADAJOZ
924 221 346

EL CAHOSO, S.A.

D. Rufino Calero Cuevas
Apdo. de Correos, 630
06005 • BADAJOZ
924 230 648

EXPLOT. AGRICOLAS AGUA DULCE S.L.

D. Alfonso Gordon Sanchis
Luis Alvarez Lencero, 3. planta 3, oficina 14 06011 • BADAJOZ
620 986 148

GARCIA-TOME RODRIGUEZ

D. Carlos
Republica Argentina, 7, 5 A
06005 • BADAJOZ
608 922 446

HNOS. JURADO LENA

D. Antonio Jurado Sanchez
Museo, 11
06003 • BADAJOZ
924 254 544

JUNTA EXTREMADURA

D. Rafael Calero Carretero
Censyra Camino Sta. Engracia S/N Apdo. 15 06080 • BADAJOZ
924 012 180

SOLIS OVANDO

D. Maria Dolores
Avda. de Europa 5, 8 b 
06004 • BADAJOZ
924 242 839

VARA MUÑOZ -CASILLAS, HNOS

D. Fernando Vara Muñoz-Casillas
Avda. de Villanueva, 12 • 06005 • BADAJOZ
608 922 278

VAZQUIANEZ MENDEZ

D. Avelino
Godofredo Ortega y Muñoz, 52 A
06011 • BADAJOZ
924 236 930 - 649 474 569

YEGUADA GREGORIO ORTIZ NOGALES

D. Gregorio Ortiz Nogales
Avd. María Auxiliadora nº 51 4º A.
06011 Badajoz
924 261 050 / 639 640 838

YEGUADA ROMERO

D. Antonio Gómez Romero
P.I.El Nevero.Complejo la Mar , Fase 2 Nave 16 06006 • BADAJOZ
677 561 946

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    CURIOSIDADES

   Un ciudadano ilustre de Badajoz fue Manuel Godoy Álvarez de Faria, hijo de un pequeño terrateniente, que llegó, a la edad de 25 años, a ser ministro de Carlos IV. Protagonista en la Guerra de las Naranjas.

 

 

 

 


   MINERALES.

Existe en la zona los siguientes minerales.

    En el Registro y Relación de Minas de la Corona de Castilla de D. Miguel de Burgos, publicado en Madrid el año 1832.

    "Badajoz (Obispado de ), Por Cédula fecha en Madrid á 22 de enero del año 1514 se hizo merced al doctor Lorenzo Galindez de Cabajal de todos los mineros de dicho obispado, pagando la octava parte a S.M."

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 02/05/1967, nº 104

Departamento: Ministerio de Industria

Páginas: 5757 - 5757

Resolución del Distrito Minero de Badajoz, sobre levantamiento del acta previa para la urgente ocupación de la parcela de terreno de la finca «Albalá» para los trabajos de explotación de la concesión minera de hierro denominada «Tere».

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 27/05/1967, nº 126

Departamento: Ministerio de Industria

Páginas: 7161 - 7161

Corrección de erratas de la Resolución del Distrito Minero de Badajoz sobre levantamiento del acta previa para la urgente ocupación de terreno de la parcela finca «Albala», para trabajos de explotación de la concesión minera de hierro denominada «Tere».

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 05/06/1967, nº 133

Departamento: Ministerio de Industria

Páginas: 7706 - 7706

Resolución del Distrito Minero de Badajoz sobre levantamiento del acta previa para la urgente ocupación de terreno de la parcela de la finca «Albalá» para los trabajos de la concesión minera denominada «Tere».

DOE núm. 88 MARTES, 29 DE JULIO DE 2003

Impacto Ambiental.- Resolución de 10 de julio de 2003, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental de la explotación de un recurso de la sección A)"La Gudiña", en el término municipal de Badajoz.

DOE núm.113 MARTES, 28 DE SEPTIEMBRE DE 2004

Impacto Ambiental.- Resolución de 10 de septiembre de 2004, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de concesión minera "Villar del Rey III", nº 12.455, en los términos municipales de Badajoz y Villar del Rey.

DOE núm. 121 MARTES, 19 DE OCTUBRE DE 2004

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

Minas.- Resolución de 28 de septiembre de 2004, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental de aprovechamiento de la Sección A) de minas en el paraje "Cerro la Pilara", en el término municipal de Badajoz.

DOE núm. 136 MARTES, 23 DE NOVIEMBRE DE 2004

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

Impacto Ambiental.- Resolución de 28 de octubre de 2004, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto del recurso minero "Morrones de la Murta" nº 746, en el término municipal de Badajoz.

DOE núm. 15 MARTES, 8 DE FEBRERO DE 2005

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

Impacto Ambiental.- Resolución de 20 de enero de 2005, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de la explotación minera "Las Rozas", nº 774, en el término municipal de Badajoz

DOE núm. 84 de 18 julio 1995

CONSEJERIA DE INDUSTRIA Y TURISMO

RESOLUCIÓN de 20 de junio de 1995, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se anuncia concurso de los diversos registros mineros.

11.167.-ALBALA.-Hierro.-9.271 Has.-Badajoz y Olivenza.

11.611.-EL RUBIO.-Carbonato cálcico, mármol y feldespato.-40 cuadrículas.- Badajoz y Almendral.

11.707.-GRAESA III.-Granito y mármol.-1.221 cuadrículas.-Santa Marta de los Barros, Nogales, Torre de Miguel Sesmero, Olivenza y Badajoz.

11.814.-GRAESA III-A.-Granito y otras rocas ornamentales.-185 cuadrículas.- Olivenza, Barcarrota, Badajoz y Táliga.

11.866.-CASTUO.-Todos los de la Sección C).-35 cuadrículas.-Villar del Rey, Alburquerque y Badajoz.

11.934.-PURIFICACION.-Todos los de la Sección C).-34 cuadrículas.- Villar del Rey, Badajoz y La Roca de la Sierra.

Mérida, 20 de junio de 1995.-El Director General, Alfonso Perianes Valle

DOE núm. 6 MARTES, 16 DE ENERO DE 1996

CONSEJERÍA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA

Minas.- Anuncio de 11 de diciembre de 1995, sobre permiso de investigación minera nº 12.302.

Se hace saber que por Don Joaquín Alviz Victorio, en nombre y representación de REGRAEX S.L., con domicilio social en Valverde de Burguillos, Polg. Ind. Las Cabezas, se ha presentado en estas oficinas a las 9 horas y 33 minutos del día 10 de noviembre de 1995, instancia solicitando Permiso de Investigación para granitos, mármoles y otras rocas ornamentales, con una extensión de 256 cuadrículas mineras, con el nombre de Almendral, al que ha correspondido el número 12.302, estando enclavado en términos municipales de Badajoz, Almendral y Valverde de Leganés

Badajoz, 11 de diciembre de 1995.–El Jefe del Servicio, Juan Carlos Bueno Recio

DOE núm. 48 SÁBADO, 27 DE ABRIL DE 1996

CONSEJERÍA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA

Minas.- Anuncio de 1 de abril de 1996, por el que se convoca concurso de diversos registros mineros.

11.167.-ALBALA.-Hierro.-9.271 Has.-Badajoz y Olivenza.

11.611.-EL RUBIO.-Carbonato cálcico, mármol y feldespato.- 40 cuadrículas.- Badajoz y Almendral.

11.707.-GRAESA lll.-Granito y mármol.-1.221 cuadrículas.-Santa Marta de los Barros, Nogales, Torre de Miguel Sesmero, Olivenza y Badajoz.

11.866.-CASTUO.-Todos los de la Sección C).-35 cuadrículas.-Villar del Rey, Alburquerque y Badajoz.

11.934.-PURlFlCAClON.-Todos los de la Sección C).-34 cuadrículas.- Villar del Rey, Badajoz y La Roca de la Sierra.

11.814.-GRAESA III-A.- Granitos y otras rocas ornamentales.-185 cuadrículas.-Olivenza, Barcarrota, Badajoz y Táliga.

DOE núm. 68 JUEVES, 13 DE JUNIO DE 1996

CONSEJERÍA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA

Minas. Expropiaciones.- Decreto 91/1996, de 4 de junio, por el que se declara la urgente ocupación de terrenos y bienes afectados por los trabajos de explotación en la concesión minera denominada El Bodonal, n1 11.638 de los términos municipales de Villar del Rey y Badajoz.

DOE núm. 86 JUEVES, 25 DE JULIO DE 1996

CONSEJERÍA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA

Minas.- Resolución de 1 de julio de 1996, por la que se convoca para el levantamiento de actas previas a la ocupación de terrenos para trabajos en la concesión de explotación denominada El Bodonal, nº 11.638, en términos municipales de Villar del Rey y Badajoz.

CONSEJERIA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA

ANUNCIO de 1 de septiembre de 1997, sobre declaración de terrenos francos y registrables de la provincia de Badajoz.

11.167.–ALBALA.- Hierro.- 9.271 Has.- Badajoz y Olivenza.

11.611.–EL RUBIO.- Carbonato cálcico, mármol y feldespato.- 40 cuadrículas.- Badajoz y Almendral.

11.707.–GRAESA III.- Granito y mármol.- 1.221 cuadrículas.- Santa Marta, Nogales, Torre Miguel Sesmero, Olivenza y Badajoz.

11.840.–EL MAESTRE I.- Todos los de la Sección C).- 108 cuadrículas.- Olivenza, Barcarrota, Badajoz y Táliga.

11.866.–CASTUO.- Todos los de la Sección C).- 35 cuadrículas- Villar del Rey, Alburquerque y Badajoz.

Mérida, 1 de septiembre de 1997.–El Director General de Ordenación Industrial, Energía y Minas, Alfonso Periane Valle

DOE núm 64 MARTES, 3 DE JUNIO DE 1997

CONSEJERÍA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA

ANUNCIO de 30 de abril de 1997, sobre permiso de investigación minera número 12.319.

Se hace saber que por don Miguel Surribas Coello, en nombre y representación de Granitos de Badajoz, S.A., con domicilio social en Burguillos del Cerro, Ctra. de Jerez s/n, se ha presentado en estas oficinas a las 13 horas y 20 minutos del día 7 de marzo de 1997, instancia solicitando Permiso de Investigación para granitos y otros recursos de la Sección C), con una extensión de 65 cuadrículas mineras, con el nombre de GRABASA XIV, al que ha correspondido el número 12.319, estando enclavado en términos municipales de Olivenza, Táliga, Alconchel y Badajoz, haciendo la siguiente designación del perímetro:

VERTICES LONGITUD O. LATITUD N.

Pp 6º 57’ 20" 38º 34’ 00"
1 6º 57’ 20" 38º 34’ 00"
2 6º 55’ 00" 38º 34’ 00"
3 6º 55’ 00" 38º 33’ 00"
4 6º 57’ 00" 38º 33’ 00"
5 6º 57’ 00" 38º 29’ 00"
6 6º 59’ 20" 38º 29’ 00"
7 6º 59’ 20" 38º 28’ 00"
8 7º 00’ 00" 38º 28’ 00"
9 7º 00’ 00" 38º 29’ 20"
10 7º 00’ 20" 38º 29’ 20"
11 7º 00’ 20" 38º 30’ 00"
12 6º 57’ 20" 38º 30’ 00"

quedando así cerrado el perímetro de las 65 cuadrículas mineras.

Lo que se hace público para que todos aquéllos que tengan condición de interesados puedan personarse en el expediente dentro del plazo de quince días a partir de la fecha de esta publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Badajoz, 30 de abril de 1997.–El Jefe de Servicio, Juan Carlos Bueno Recio.

DOE núm 110 SÁBADO, 20 DE SEPTIEMBRE DE 1997

CONSEJERÍA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA

ANUNCIO de 1 de septiembre de 1997, sobre declaración de terrenos francos y registrables de la provincia de Badajoz.

La Dirección General de Ordenación Industrial, Energía y Minas de la Consejería de Economía, Industria y Hacienda de la Junta de Extremadura,

Hace saber: que como consecuencia del resultado del Concurso publicado en el «Diario Oficial de Extremadura» núm. 84, de fecha 18 de julio de 1995 y celebrado el día 29 de mayo de 1996, han quedado francos y registrables todos los terrenos comprendidos en los permisos de investigación y explotación que se indican a continuación, con expresión del número, nombre, mineral, superficie y términos municipales:

11.167.–ALBALA.- Hierro.- 9.271 Has.- Badajoz y Olivenza.

11.611.–EL RUBIO.- Carbonato cálcico, mármol y feldespato.- 40 cuadrículas.- Badajoz y Almendral.

11.707.–GRAESA III.- Granito y mármol.- 1.221 cuadrículas.- Santa Marta, Nogales, Torre Miguel Sesmero, Olivenza y Badajoz

11.840.–EL MAESTRE I.- Todos los de la Sección C).- 108 cuadrículas.- Olivenza, Barcarrota, Badajoz y Táliga.

11.866.–CASTUO.- Todos los de la Sección C).- 35 cuadrículas- Villar del Rey, Alburquerque y Badajoz.

11.934.–PURIFICACION.- Todos los de la Sección C).- 34 cuadrículas.- Villar del Rey, Badajoz y La Roca de la Sierra.

Asimismo se declaran francos y registrables aquellos terrenos que formando parte de los derechos mineros adjudicados no se han solicitado por los concursantes en su totalidad.

Lo que se hace público de conformidad con el art. 73 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978, declarando francos y registrables los terrenos correspondientes a los permisos mencionados.

Se admiten nuevas solicitudes en horas de oficina (de 8,30 a 14,30 horas) en el Servicio de la Dirección General de Ordenación Industrial, Energía y Minas - Sección de Minas- Ronda del Pilar 5 y 7, en Badajoz, transcurridos ocho días hábiles desde la presente publicación.

Mérida, 1 de septiembre de 1997.–El Director General de Ordenación Industrial, Energía y Minas, Alfonso Perianes Valle.

DOE Núm.: 107 Lunes 6 de junio de 2011

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE

Minas.- Anuncio de 29 de abril de 2011 sobre admisión definitiva de solicitud del permiso de investigación denominado "San Carlos", n.º 12713-00, en los términos municipales de Badajoz y Olivenza.

El Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Badajoz de la Dirección General de Ordenación Industrial y Política Energética de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, comunica: que por Río Narcea Nickel, SA, con CIF: A83618991, y con domicilio en c/ Bovedo, n.º 13, 1.º de Monesterio (Badajoz), ha sido solicitado un permiso de investigación, que a continuación se relaciona, con expresión de número, nombre, cuadrículas mineras y términos municipales:

N.º 12713-00, “San Carlos”, 221 cuadrículas mineras, Badajoz y Olivenza (Badajoz).

Siendo la designación de su perímetro:

N.º VÉRTICE PERÍMETRO LONGITUD LATITUD

1 PE W 7º 8' 00'' N 38º 43' 20''
2 PE W 7º 2' 20'' N 38º 43' 20''
3 PE W 7º 2' 20'' N 38º 39' 00''
4 PE W 7º 8' 00'' N 38º 39' 00''

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 70.2 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978, a fin de que quienes se consideren interesados puedan personarse en el expediente, dentro de los quince días siguientes al de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.

Badajoz a 29 de abril de 2011. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, Juan Carlos Bueno Recio.

Boletín Oficial del Estado: miércoles 13 de junio de 2012, Núm. 141

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

Anuncio del Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz, de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, sobre la admisión definitiva del permiso de investigación denominado "Arroyo", número 12.690, en los términos municipales de Puebla de Obando, Badajoz y Mérida (Badajoz) y en el término municipal de Cáceres

El Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz, de la Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, comunica: que por "Compex Pizarras, S.L.", con CIF B-24421455, y con domicilio en calle Doctor Marañón, 7, entreplanta B, de Ponferrada (León), ha sido solicitado un permiso de investigación que a continuación se relaciona, con expresión de número, nombre, recursos, cuadrículas mineras y términos municipales:

Número 12.690-00, "Arroyo", Recursos de Sección C), 196 cuadrículas mineras, en los términos municipales de Puebla de Obando, Badajoz y Mérida, de la provincia de Badajoz, y en el término municipal de Cáceres.

Siendo la designación de su perímetro:

Vértice; Longitud W; Latitud N

1; 6º 41' 20''; 39º 11' 20''
2; 6º 39' 20''; 39º 11' 20''
3; 6º 39' 20''; 39º 10' 40''
4; 6º 38' 00'': 39º 10' 40''
5; 6º 38' 00''; 39º 10' 20''
6; 6º 37' 00''; 39º 10' 20''
7; 6º 37' 00''; 39º 10' 40''
8; 6º 32' 20''; 39º 10' 40''
9; 6º 32' 20''; 39º 10' 20''
10; 6º 31' 20''; 39º 10' 20''
11; 6º 31' 20''; 39º 09' 20''
12; 6º 31' 40''; 39º 09' 20''
13; 6º 31' 40''; 39º 09' 40''
14; 6º 34' 20''; 39º 09' 40''
15; 6º 34' 20''; 39º 09' 20''
16; 6º 32' 40''; 39º 09' 20''
17; 6º 32' 40''; 39º 09' 00''
18; 6º 31' 20''; 39º 09' 00''
19; 6º 31' 20''; 39º 08' 00''
20; 6º 39' 00''; 39º 08' 00''
21; 6º 39' 00''; 39º 08' 20''
22; 6º 41' 20''; 39º 08' 20''
23; 6º 41' 20''; 39º 10' 20''
24; 6º 40' 20''; 39º 10' 20''
25; 6º 40' 20''; 39º 10' 00''
26; 6º 39' 20''; 39º 10' 00''
27; 6º 39' 20''; 39º 09' 40''
28; 6º 36' 40''; 39º 09' 40''
29; 6º 36' 40''; 39º 09' 20''
30; 6º 34' 40''; 39º 09' 20''
31; 6º 34' 40''; 39º 09' 40''
32; 6º 35' 20''; 39º 09' 40''
33; 6º 35' 20''; 39º 10' 00''
34; 6º 38' 20''; 39º 10' 00''
35; 6º 38' 20''; 39º 10' 20''
36; 6º 39' 40''; 39º 10' 20''
37; 6º 39' 40''; 39º 10' 40''
38; 6º 40' 40''; 39º 10' 40''
39; 6º 40' 40''; 39º 11' 00''
40; 6º 41' 20''; 39º 11' 00''

Habiendo sido admitida definitivamente esta solicitud de permiso de investigación, en virtud de lo que disponen el artículo 51 de la Ley de minas, de 21de julio de 1973, y el artículo 70 del Reglamento general para el régimen de la minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto.

Se pone en conocimiento del público para que todas las personas que estén interesadas puedan comparecer en el expediente que se tramita en este Servicio de Ordenación Industrial, sito en polígono industrial "El Nevero", avenida Miguel de Fabra, 4, de Badajoz, y alegar lo que estimen conveniente en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de esta publicación.

Badajoz, 21 de mayo de 2012.- El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Diego Clemente Morales.

DOE Núm.: 134 viernes, 12 de julio de 2013

CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN

Minas.- Anuncio de 14 de junio de 2013 sobre otorgamiento de concesión de explotación para recursos de la Sección C) denominada "Los Rostros", n.º 12.483-01, en el término municipal de Badajoz.

El Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz de la Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, hace saber: Que ha sido titulada por Resolución de fecha 20 de marzo de 2012, a favor de Capiex, SA, con CIF n.º A06037261 y con domicilio en ctra. N-V, km 394,8 Apdo. de Correos 10107, 06080-Badajoz (Badajoz), la concesión de explotación que a continuación se relaciona, con expresión de número, nombre, minerales, cuadrículas mineras y términos municipales:

12.483-01, "Los Rostros", recurso de Sección C) arena/grava (Sección C), 4 cuadrículas mineras, Badajoz, de la provincia de Badajoz.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 101.5 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978.

Badajoz, a 14 de junio de 2013. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial de Badajoz, DIEGO CLEMENTE MORALES.

DOE núm. 233, jueves 3 de diciembre de 2015

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA E INFRAESTRUCTURAS

RESOLUCIÓN de 16 de noviembre de 2015, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se convoca concurso de registros mineros. (2015062496)

La Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía e Infraestructuras de la Junta de Extremadura, como consecuencia de la caducidad de los derechos mineros que a continuación se detallan, su superficie ha quedado franca, por lo que en aplicación del artículo 53 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE n.º 176, de 24 de julio) y del artículo 72 del Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería (BOE de 11 y 12 de diciembre de 1978), resuelve:

Ordenar la publicación de la declaración de sus terrenos francos y convocar  concurso público de los Registros Mineros caducados en esta Comunidad Autónoma, comprendidos en las provincias de Cáceres y Badajoz, incluyendo aquellas cuadrículas mineras que abarcan más de una provincia, correspondiendo en este caso la tramitación de las solicitudes que se presenten a aquella provincia en la que se encuentre la mayor parte de la superficie, y con expresión del número, nombre, recurso mineral, términos municipales y superficie franca (calculada con la cuadrícula minera del sistema geodésico de referencia ED50):

RELACIÓN DE LOS DERECHOS MINEROS DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ: NÚMERO NOMBRE RECURSO TÉRMINOS MUNICIPALES SUPERFICIE FRANCA (C.M.) (ED50)

  • C.E. 11.030-00* Mary Carmen Estaño Don Benito 10 ha  
  • C.E. 11.808-20** Graesa I A 2 Granito Barcarrota, Higuera de Vargas y Olivenza 4 (10 Madrid)
  • C.E. 11.808-30** Graesa I A 3 Granito Barcarrota y Jerez de los Caballeros 4 (10 Madrid)
  • C.E. 11.809-10** Graesa I B 1 Granito Salvatierra de los Barros 2 (6 Madrid)
  • C.E. 11.930-10 Inmaculada I Arcilla común Zarza de Alange 4
  • C.E. 11.950-21 Canteras Extremeñas Granito Magacela 8
  • C.E. 11.961-10 El Ventoso Granito Jerez de los Caballeros 6
  • C.E. 11.961-21 El Ventoso Granito Burguillos del Cerro y Jerez de los Caballeros 6
  • C.E. 11.961-22 El Ventoso Granito Jerez de los Caballeros 4
  • C.E. 11.991-00 Mirandilla  Granito Mirandilla 7
  • C.E. 11.995-10 Alonso Granito Mérida 12
  • P.I. 12.212-00 Blanco Aguila Todo Secc. C), en especial Granito Don Benito, Guareña, Medellín, Mengabril y Valdetorres 273
  • P.I. 12.288-00 Jose Todo Secc. C), en especial Arcilla Azuaga, Campillo de Llerena, Granja de Torrehermosa y Peraleda del Zaucejo 270
  • C.E. 12.388-10 Tuy 2 Granito Zalamea de la Serena 9
  • P.I 12.402-00 Sierra de Pela Todo Secc. C), en especial Arcilla Acedera, Navalvillar de Pela, Orellana de la Sierra, Orellana la Vieja 80
  • P.I 12.416-00 Puerto de la Cabra Todo Secc. C), en especial Arcilla Don Benito, La Haba y Valle de la Serena 166
  • P.I 12.473-02 Canteras Extremeñas Todo Secc. C), en especial Granito La Haba y Magacela 14
  • P.I 12.531-00 Norilsk-I Todo Secc. C) Fuente del Arco, Monesterio y Montemolín 66 (Dentro de Extremadura)
  • P.I 12.561-00 Malabrigo Todo Secc. C) La Roca de la Sierra 4
  • P.I 12.589-00 Montemolín Todo Secc. C) Fuente de Cantos, Monesterio y Montemolín 300
  • P.I 12.592-00 Hoya de Santa Maria Todo Secc. C) Calera de León, Monesterio, Montemolín y Puebla del Maestre 300
  • P.I 12.594-00 Valverde Todo Secc. C) Burguillos del Cerro, Fregenal de la Sierra, Jerez de los Caballeros, Valencia del Ventoso, Valverde de Burguillos 279
  • P.I 12.616-00 Modorro Todo Secc. C) Calzadilla de los Barros, Fuente de Cantos 300
  • P.I 12.626-00 Muñecos Todo Secc. C) Bodonal de la Sierra, Cabeza la Vaca, Calera de León, Fregenal de la Sierra, Fuente de Cantos, Segura de León y Valencia del Ventoso 143
  • P.I 12.628-00 Ardila Todo Secc. C) Bodonal de la Sierra, Fregenal de la Sierra y Segura de León 195
  • P.I 12.656-00 Magdalena Todo Secc. C) en especial Feldespato Casas de Reina, Fuente del Arco, Puebla del Maestre y Reina 24
  • P.I 12.672-00 Héctor Todo Secc. C) Azuaga, Campillo de Llerena, Peraleda del Zaucejo, Retamal de Llerena, Valle de la Serena y Zalamea de la Serena 282
  • P.I 12.676-10 Nanuk-I Todo Secc. C) Hinojosa del Valle, Hornachos, Llera y Ribera del Fresno 57 
  • P.I 12.676-20 Nanuk-II Todo Secc. C) Hinojosa del Valle y Ribera del Fresno 9
  • P.I 12.676-30 Nanuk-III Todo Secc. C) Hinojosa del Valle y Ribera del Fresno 6
  • P.I 12.690-00 Arroyo Todo Secc. C) en especial Pizarra Badajoz, Mérida, Puebla de Obando y Cáceres
  • P.I 12.710-00 Grillera Todo Secc. C) Campillo de Llerena, Higuera de la Serena, Retamal de Llerena, Valle de la Serena y Zalamea de la Serena 276
  • P.I 12.718-00 Petra Todo Secc. C) Hinojosa del Valle, Hornachos, Llera y Ribera del Fresno 24
  • P.I 12.719-00 Usagre FR.1ª Todo Secc. C) Hinojosa del Valle y Ribera del Fresno 50
  • P.I 12.720-00 Usagre Todo Secc. C) Hinojosa del Valle, Hornachos, Llera y Usagre 78
  • P.I 12.721-00 Don Juan FR. 1ª Todo Secc. C), en especial Arcilla Don Benito, Rena y Villanueva de la Serena 56
  • P.I 12.721-20 Don Juan FR. 2ª Todo Secc. C), en especial Arcilla Don Benito y Villanueva de la Serena 13
  • P.I 12.731-00 Ruth Todo Secc. C) Monterrubio de la Serena 4
  • P.I 12.732-00 Rip  Aljucen TodoSecc. C) Esparragalejo y Mérida 56
  • P.I 12.749-00 San  Pablo Todo Secc. C), en especial Feldespato Almendral, Badajoz y Valverde de Leganés 121
  • P.I 12.763-00 Los Membridores Todo Secc. C), en especial Arcilla Zalamea de la Serena 8
  • P.I 12.769-00 Afra Todo Secc. C), en especial Oro La Codosera 15 Completas y 10 Incompletas
  • P.I 12.770-00 Buenaviasta Todo Secc. C), en especial Oro La Codosera 11
  • P.I 12.771-00 Breña Todo Secc. C), en especial Oro La Codosera 19 Completas y 1 Incompleta
  • P.I 12.772-00 Monteviejo Todo Secc. C), en especial Oro La Codosera 3 Completas y 1 Incompleta
  • P.I 12.773-00 Sierra Lugar Todo Secc. C), en especial Oro La Codosera 9
  • P.I 12.782-00 Cerroloboso Todo Secc. C), en especial Arcilla Cabeza del Buey 12
  • P.I 12.788-00 Mina Puerto Plata Todo Secc. C) Higuera de Llerena, Hinojosa del Valle, Los Santos de Maimona, Usagre y Villagarcía de la Torre 284
  • P.I 12.808-10 Coscojal del Lobo I Todo Secc. C) Monterrubio de la Serena, Peraleda del Zaucejo y  Zalamea de la Serena 49
  • P.I 12.808-20 Coscojal del Lobo II Todo Secc. C) Zalamea de la Serena 1
  • P.I 12.819-00 El Alandre Todo Secc. C), en especial Oro Casas de Don Pedro, Puebla de Alcocer y Talarrubias 294
  • P.I 12.820-00 Matajarda Todo Secc. C), en especial Oro Puebla de Alcocer, Siruela y Talarrubias 295
  • P.I 12.821-00 La Manchuela Todo Secc. C), en especial Oro Casas de Don Pedro, Navalvillar de Pela, Puebla de Alcocer y Talarrubias 271
  • P.I 12.822-00 Garbayuela Todo Secc. C), en especial Oro Garbayuela, Puebla de Alcocer y Siruela 137

* Derechos Mineros con designación en pertenencias. Estos registros no tienen la superficie mínima de una cuadrícula minera y salen a concurso a efecto de lo dispuesto en el artículo 39.2 de la vigente Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.

** Estos registros tienen la designación de las coordenadas de longitud referidas al meridiano de Madrid.


    BISMUTINA

    Derivado del nombre del metal bismuto. Pertenece a la clase de los sulfuros, color gris de acero claro y brillo metálico. Forma de presentarse, especie mineral isomorfa con la estibina. Presenta un hábito cristalino muy semejante predominando las formas aciculares o tabulares.

    Principal mena del bismuto.

Fórmula química: Bi2S3


    BRUCITA nombre dado en honor del americano mineralogista A. Bruce (1777-1818). Pertenece a la clase de los Óxidos e Hidróxidos. Su color es blanca, gris claro, azul o verde claro e incolora en láminas delgadas. Su brillo es céreo a vítreo, nacarado en las caras de exfoliación.

    Se presenta en forma de cristales tabulares, a veces con forma hexagonal, los agregados de cristales tabulares en disposición paralela. Las masas son fibrosas y rara vez granulares. La Brucita se encuentra presente en rocas dolomíticas de mármoles brucíticos

   Utilización, como mena de magnesio y en la fabricación de materiales refractarios.

Su formula química es: Mg(OH)2


    CALCITA nombre derivado del griego y alusivo al hecho de que cuando el mineral se calienta se convierte en polvo. Pertenece a la clase de los Carbonatos, su color es incolora transparente (Espato de Islandia) o blancas, si bien algunas impurezas le dan coloraciones rojas, amarillentas, verdes, moradas, su brillo es vítreo.

    Se presenta en forma de cristales de buen tamaño, normalmente en forma de: escalenoedros muy agudos (dientes de Perro); escalenoedros muy obtusos coronando las bases de los prismas trigonales (cabeza de clavo). También romboedros muy típicos como productos de exfoliación; en formas masivas espáticas, fibrosas, columnares, estalactíticas, granulares y pulverulentas. Maclas frecuentes.Portland, en industria química, como fundente en menas metálicas, el Espato

    Empleo cementos, materiales cerámicos, obtención de la cal, para carga, fabricación de cemento de Islandia en industria óptica. Los mármoles como roca ornamental. En la Industria Química para preparar fertilizantes, aditivos alimenticios. En Metalurgia, para fundentes, etc. Es un mineral de interés científico y coleccionista.

Su formula química es: CaCO3


    FELDESPATOS

    Son los minerales primarios más abundantes de la corteza terrestre y en los suelos son constituyentes importantes de la arena y el limo. Además, es una de las principales fuentes de Potasio y Calcio, los cuales pueden ser liberados de los feldespatos por procesos de meteorización.

    Los feldespatos constituyen un grupo natural de gran importancia por el papel que desempeñan en las rocas eruptivas, tales como el granito, la sienita, el pórfido y la traquita, y en las rocas metamórficas como el gneis.

    Forman el grupo de minerales más amplio de la naturaleza, y son constituyentes fundamentales de las rocas ígneas. Los feldespatos se dividen en dos grandes grupos: el grupo de la ortosa, o feldespatos potásicos, y el grupo de las plagioclasas, o feldespatos sódicos-cálcicos.

    Aplicación: Materia prima fundamental en las industrias de la cerámica, sanitarios, vidrio y porcelana.

    Asociaciones: Son silicatos aluminicoalcalinos o aluminicocálcicos anhidros, que pertenecen a tres tipos principales, de extraordinaria afinidad estructural que facilita sus mezclas isomorfas y asociaciones regulares: el feldespato potásico u ortosa (Si3O8AlK), el feldespato sódico o albita (Si3O8AlNa), y el feldespato cálcico o anortita (Si2O8Al2Ca).

    Raramente se presentan puras estas especies, siendo, por el contrario, muy frecuente su asociación a consecuencia de desmezcla o bajo la forma de mezcla isomorfa. La primera se presenta bajo dos formas: una monoclínica, la ortosa propiamente dicha, y otra triclínica, la microlina. La primera y la segunda se mezclan dando la anortoclasa; la segunda y la tercera, las plagioclasas. La miscibilidad entre la primera y la tercera es prácticamente nula.

    Los minerales de este grupo responden a la fórmula general: XZ4O8

Con: X: Ba, Ca, K, Na, NH4, Sr

Z: Al, B, Si

Minerales principales:

Feldespatos potásicos

  • Microclina KAlSi3O8
  • OrtoclasaKAlSi3O8
  • Sanidina (K,Na)AlSi3O8

Plagioclasas

  • Albita NaAlSi3O8
  • Anortita CaAl2Si2O8

Otros feldespatos

  • Banalsite BaNa2Al4Si4O16
  • Buddingtonita (NH4)AlSi3O8
  • Celsian BaAl2Si2O8
  • Dmisteinbergita CaAl2Si2O8
  • Hialofana (K,Ba)Al(Si,Al)3O8
  • Paracelsian BaAl2Si2O8
  • Reedmergnerita NaBSi3O8
  • Slawsonita (Sr,Ca)Al2Si2O8
  • Stronalsita SrNa2Al4Si4O16
  • Svyatoslavita CaAl2Si2O8


    GRANITO su nombre deriva de la palabra italiana "granito" que se refiere a su composición en granos. Es una roca eruptiva holocristalina, compuesta esencialmente por cuarzo, feldespatos, mica y algún anfíbol, especialmente hornblenda.

       Los granitos constituyen las rocas mas abundantes de la corteza terrestre, ocupan un 5 al 10% del total de la superficie del globo y se presentan formando grandes macizos.

   El granito es ligero con densidad 2,5 a 2,82 y su coloración muy variada, desde el gris, azulado, verde o rosa según los minerales ferromagnesicos dominantes.

   El mineral basico de los granitos es el cuarzo, que se encuentra en una proporción entre el 20 al 40%, mientras que los feldespatos forman la trama de la roca que sostiene a los demás minerales y los ferromagnésicos definen las variedades de la roca al ser responsables de su color.


    HIERRO La palabra Hierro proviene del latín Ferrum, la hematita proviene del griego haimatites, sanguíneo, en alusión a su color. pertenece a la clase Elementos Nativos, su color es Gris a Negro, con brillo metálico.

    Presentación: No existen cristales naturales, apareciendo en forma de nódulos. En masas o agregados esponjosos con las cavidades rellenas por otros minerales. Los cristales artificiales de hierro son octaédricos y raramente cúbicos.

    Se encuentra en algunos meteoritos y en rocas basálticas terrestres, con níquel-ferro, grafito, troilita, etc.

    Se emplea para la fabricación de acero y fundición. Los compuestos de hierro, presentan muchas aplicaciones en diversos campos de la industria. El hierro dulce se usa para las cuerdas de piano.

Su formula química es: Fe


   MÁRMOL, del latín "marmore", es una piedra caliza metamórfica, de textura compacta y cristalina susceptible de ser pulimentada.

    El mármol es una roca metamórfica finamente cristalizada y constituida por granos de calcita o de dolomita. Se origina por metamorfismo poco intenso de las rocas calcáreas y dolomíticas, las arcillas que contienen la caliza emigran durante los procesos de metamorfismo y son las responsables de las coloraciones y veteado del mármol.

    Entre las rocas calcáreas, el mármol es de las mas densas y resistentes, admite un pulido muy intenso que le hace apto para la escultura y decoración.

    Por su estructura se clasifica en sencillos o monocromos si tienen un color uniforme y policromos si tienen varios colores, a su vez estos pueden ser veteados si presentan listados de diferente color que el fondo, brechas si están formados por fragmentos angulares de diferentes colores, arborescentes si los dibujos son veteados y lumaquelas o mármoles fosilíferos si contienen fragmentos de conchas y otros fósiles.


   PIZARRA

    La pizarra es una roca metamórfica homogénea de grano fino formada por la compactación por metamorfismo de bajo grado de lutitas.

    Se presenta generalmente en un color opaco azulado oscuro y estructurada en lajas u hojas planas por una esquistosidad bien desarrollada (pizarrosidad), siendo, por esta característica, utilizada en cubiertas y como antiguo elemento de escritura.

    La pizarra es una roca densa, de grano fino, formada a partir de rocas sedimentarias arcillosas y, en algunas ocasiones, de rocas ígneas. La principal característica de la pizarra es su división en finas láminas o capas (fisibilidad). Los minerales que la forman son principalmente sericita, moscovita, clorita y cuarzo. Suele ser de color negro azulado o negro grisáceo, pero existen variedades rojas, verdes y otros tonos. Debido a su impermeabilidad, la pizarra se utiliza en la construcción de tejados, como piedra de pavimentación, mesas de billar, e incluso para fabricación de elementos decorativos


    WULFENITA En honor del mineralogista austriaco E.X. Wulfen. Sulfatos, Cromatos, Molibdatos y Wolframatos Amarillo cera, rojo anaranjado, pardo rojizo y más raramente verde o blanca. Adamantino, resinoso o craso. Son raros los cristales prismáticos u octaédricos, siendo más frecuentes los tabulares muy estrechos y de contorno cuadrado Drusas. Masas compactas oterrosas. En la mina Santa Marta

    Mena de plomo y de molibdeno. Mineral de interés científico y coleccionista Mena secundaria de molibdeno.

    Forma de presentarse: Cristales de hábito tabular bastante cuadrados. Muy raramente piramidal o bipiramidal maclado.

Su formula química es: MoO4Pb


PERSONAJES

   Luis de Morales

    Es creencia generalizada su nacimiento en 1509 según Palomino en Badajoz, y que desde el año 1539 es vecino de la misma, con desplazamientos para realizar su obra a distintas poblaciones, hasta su muerte en 1586. Se casó en época incierta con Leonor, hija de Francisco de Chaves y de Leonor Becerra, y hermana del regidor Hernando Becerra de Moscoso.

    Desde su taller de la ciudad de Badajoz, desarrolla una intensa actividad no solo para las iglesias de Badajoz y de su entorno, tambien para el resto de Extremadura, Castilla, Andalucía y Portugal.

    En el año 1539, concierta con la parroquia de Barcarrota un retablo para su iglesia, que dio lugar a un largo pleito. En el año 40 trabajaria en nuevos retablos ara la parroquia de Villar del Rey y para el convento de Franciscanos Descalzos de Alconchel. En el 46 otros tres retablos, para la iglesia del Hospital de la Concepcion de Badajoz, entre los que destaca la Virgen del pajarito, que se encuentra en la actualidad en la Iglesia madrileña de San Agustín, y perdido un Nazareno y el Abrazo de San Joaquin y Santa Ana ante la puerta dorada, que existían todavía en el año 1784, descritos por Antonio Ponz en su "Viage de España",

    En el año 1551 bautiza a su hijo Jerónimo en la capilla del Sagrario en la Catedral de Badajoz, al año siguiente pinta el guardapolvo del retablo mayor de la iglesia Santa María del Castillo, primitiva Catedral. En 1553, realiza la obra mas importante, el retablo de la capilla del Sagrario, con cuatro tablas que representan la Anunciación, Adoración de los Reyes, Piedad y Estigmatización de San Francisco, actualmente depositadas en el museo catedralicio.

    La época mas fecunda es la década de los 60, realiza retablos en Arroyo de la Luz con 20 tablas, Alconchel la mas importante por su precio 1.000 ducados y los entalladores Jerónimo de Valencia y Hans de Bruselas, Santo Domingo de Evora cinco tablas, Higuera la Real otras cinco, San Martín de Plasencia.

    Murió a la edad de 77 años, se enterró en la capilla mayor de la iglesia del Hospital de Nuestra Señora de la Antigua Piedad, donde reposaban su esposa Leonor y los antepasados de esta, con objeto de construir unas casas de vecinos, las tumbas fueron destruidas, lo mismo que el resto del edificio, y depositados los restos en los osarios de la ciudad.

    Cristóbal Oudrid y Segura

    Una de las figuras mas sobresalientes del mundo musical del siglo XIX. Nació en Badajoz el 7 de febrero de 1825, su padre Carlos Oudrid Estaron, músico militar nacido en Madrid en 1793 y fallecido en Badajoz en junio de 1843 y su madre Antonia Segura González, natural de Badajoz nacida en junio de 1801 y muerta en Madrid en fecha desconocida. En mayo de 1855 contrajo matrimonio con Vicenta Muñoz Vallejo, madrileña hija del pacense Jose Muñoz Santano y la madrileña Pascuala Vallejo

    Nació en la casa numero 19 de la Plaza España, en un edificio demolido en 1885 y reedificado en 1894, fue bautizado el mismo día de su nacimiento por el vicario del Sagrario de San Juan Bautista, Manuel Venegas, siendo su padrino el Conde de Vía Manuel, don Cristóbal de Villena, se le impusieron los nombres de Cristóbal Carlos Domingo Romualdo y Ricardo.

    En el seno de la banda militar que dirigía su padre aprendió el cornetín, requinto, flauta, oboe y clarinete, mientras que en su casa estudiaba solfeo y piano, sin conocer las reglas mas elementales de la armonía comenzó a escribir arreglos de las obras de Haydn y Mozart para flauta, clarinete y cornetín.

    El 27 de junio de 1843, muere su padre, al año siguiente Cristóbal se traslada a Madrid, otra fortuna que una carta de recomendación del Coronel Guillen Buguruza para Baltasar Saldoni, director de la orquesta del Teatro Real causando entusiasmo entre el publico.

    En 1849, por mediacion de Saldoni se incorpora como clarinete a la Orquesta Real. En 1867 es maestro de Coros en el Teatro Real, consiguiendo por tiempo despues la direccion de la orquesta de este centro; mas tarde alconzo la titularidad del Teatro del Principe y posteriormente la de La Zarzuela.

    Oudrid ocupa un papel destacado entre los creadores de la zarzuela española, no solo por la cantidad y calidad de su obra, sino tambien como impulsor del genero como empresario y promotor de obras y autores.. aparte de las canciones, bailes y otras piezas, solo en el repertorio de zarzuelas tiene 110 obras catalogadas, de ellas mas de 80 en solitario.

    En relación a los temas de agrupaciones musicales, destaca El sitio de Zaragoza, y en los puramente militares los toques de Ordenanza del Ejercito español, según la definición de 1768 por las Ordenanzas de Carlos III, Diana del Arma de Caballería, de la obra Asamblea, en la que tambien se incluye, a Caballo, a Degüello, de frente, marcha y otros. Entre las obras de caracter militar o patriotico La Marcha triunfal de Africa, El grito de Patria, La polka de Prim, y las marchas y pasodobles ; Los Voluntarios, La Cancion del Soldado, Banderita, La Bejarana y Soldadito Español, piezas todas ellas incluidas en Zarzuelas y Revistas.

    Pieza de gran calidad es la Salve Marinera, que comienza con la estrofa "Salve, Estrella de los mares," correspondiente a la obra El Molinero de Subiza, con letra de Luis de Eguilaz, fue incorporado de manera oficial a la Marina española el año 1870, fecha del estreno. Poco despues en el Ferrol fue representada la obra. Los alumnos de la fragata Asturias, a la sazón buque escuela la adataron como himno de su barco, pasando pronto a generalizarse al resto de la escuadra española y al resto de las marinas.

    Oudrid murió súbitamente en al Teatro Real de Madrid a los 52 años el dia 13 de febrero de 1877, su sepelio fue multitudinario. Como homenaje el Ayuntamiento de Badajoz, a propuesta de su alcalde Ignacio Santos Redondo, acordó con fecha 17 de septiembre de 1902, cambiar el nombre de la calle Nueva, por la de Cristóbal Oudrid y colocar una placa en la Plaza de la Constitución (actual España), en la casa donde nació, placa que ha sido retirada

Gaceta de Madrid núm. 6520, de 29/04/1852

Página 4

Espectáculos.- PRÍNCIPE, función extraordinaria á beneficio de D. Cristóbal Oudrid.

Gaceta de Madrid núm. 1593, de 16/05/1857

Página 4

Interior.- Madrid.- Fué botada al agua en el arsenal de Cartagena la fragata de guerra Petronila. Los buques de guerra que salieron de Cádiz para la Habana el 10, y arribaron en el mismo día, han vuelto á salir para su destino el 12. Elección del Excmo. Sr. D. Leopoldo Augusto de Cueto por la Real Academia Española. Se efectuará el beneficio del maestro compositor y director de orquesta del teatro del Circo D. Cristóbal Oudrid. Leemos en el Diario de Barcelona.

Gaceta de Madrid núm. 107, de 17/04/1869

Página 4:

Boletín de teatros.- En el teatro de la Zarzuela se verificará la zarzuela titulada Memorias de un estudiante, á cargo del reputado maestro y director de orquesta D. Cristóbal Oudrid.

Gaceta de Madrid núm. 242, de 29/08/1872

Página 632:

PARTE NO OFICIAL.- Se verificará esta noche una de las tres últimas funciones con que Mad. Benita Anguinet de las que en la actual temporada dedica al público en el teatro de Variedades. Ha llegado á Madrid el compositor D. Cristóbal Oudrid.

Gaceta de Madrid núm. 147, de 27/05/1873

Páginas 527 a 528:

Parte no Oficial.- Resultado general de las elecciones de Diputados Constituyentes verificadas en los días 10, 11, 12 y 13 del actual. Según anuncian los periódicos de Sevilla el Compositor D. Cristóbal Oudrid se trasladará. Son muy notables los ejercicios que la familia Silbous ejecuta en las funciones ecuestres y gimnásticas.

Gaceta de Madrid núm. 74, de 15/03/1877

Páginas 731 a 732:

PARTE NO OFICIAL.- INTERIOR.- Madrid.- Se ha reunido varias veces la Comisión de la Academia de San Fernando. Sesión pública literaria en la Real Academia de Medicina. Traslado á su última morada del cadáver de D. Cristóbal Oudrid. Revista Bibliográfica: Curso elemental de higiene privada y pública. Glorias de las Ciencias, Apuntes biográficos de algunas celebridades científicas. Campaña de Cuba (1860 a 1875). Colección de cuentos. Año Evangélico para los niños. Biblioteca jurídica. Boletín de la librería, Publicación mensual

Gaceta de Madrid Publicación: 22/03/1877, nº 81

Páginas: 804 - 804

PARTE NO OFICIAL.- INTERIOR.- Madrid.-  Funerales por el eterno descanso de D. Cristóbal Oudrid.

El sábado próximo se celebrarán en el templo de San José solemnes funerales por el eterno descanso del inolvidable Maestro D. Cristóbal Oudrid, en que tomaran parte los profesores  de la Sociedad de Cuartetos y algunos artistas del Teatro Real.

Gaceta de Madrid núm. 74, de 15/03/1881

Página 720:

PARTE NO OFICIAL.- INTERIOR.- MADRID.- Núm. 313 de la Revista de España. Sesión pública de la Real Academia de la Historia. Teatro-circo del Príncipe Alfonso. Función dedicada á la memoria del Maestro compositor D. Cristóbal Oudrid en el teatro de Apolo.

DUQUES DE BADAJOZ

Titulares

Fernando Gomez de Solis, duque de Badajoz c. 1430

Matrimonio:
Con: Beatriz Suarez de Figueroa * c. 1430

 

Actual Duque de Badajoz

Maria del Pilar de Borbón, duquesa de Badajoz 30.7.1936

 
Maria del Pilar de Borbón, duquesa de Badajoz
1936
Juan de Borbón, conde de Barcelona
1913
  Alfonso XIII, rey de España
1886 + 1941
Alfonso XII, rey de España
1857 + 1885
Maria Cristina, archiduquesa de Austria
1858 + 1929
Victoria Eugenia, princesa de Battenberg
1887
Enrique, príncipe de Battenberg
1858 + 1896
Beatriz, princesa de Inglaterra
1857 + 1944
Padres Abuelos Bisabuelos
Maria de las Mercedes de Borbon, princesa de las Dos Sicílias
1910 + 2000
Carlos de Borbón, príncipe de las Dos Sicílias
1870 + 1949
Alfonso de Borbón-Sicilias, conde de Caserta
1841 + 1934
Antonieta de Borbón, princesa de las Dos Sicílias
1851 + 1938
Luisa, princesa de Orleáns
1882 + 1958
Luis Felipe de Orleáns, conde de Paris
1838 + 1894
Maria Isabel de Orleáns-Montpensier
1848 + 1919

 

Maria del Pilar de Borbón, duquesa de Badajoz

30.7.1936

Padre: Juan de Borbón, conde de Barcelona 20.6.1913
Madre: Maria de las Mercedes de Borbón, princesa de las Dos Sicílias 23.2.1910

Matrimonio: Lisboa 6.5.1967
Con: Luis Gomez-Acebo 23.12.1934

Hijos del Matrimonio:

  • Simonetta Gómez-Acebo y Borbón
  • Juan Filiberto Gómez-Acebo y Borbón
  • Bruno Alejandro Gómez-Acebo y Borbón

Apellido Borbón

Historia

  • Cuando Felipe IV - que reinó en Portugal hasta 1640 - murió dejando, un hijo varón Carlos II, y dos hijas, Maria Teresa, casada con el "Rey Sol", Luis XIV de Francia, y Margarita, mujer del emperador de Alemania, Leopoldo I de Austria.
  • De sus dos casamientos, primero con Maria Luisa de Orleáns y después con Maria Ana de Neuburg (hermana de la reina de Portugal Maria Sofía, madre del rey D. Juan V), Carlos II no dejo descendencia siendo el último rey español de la dinastía de los Austrias.
  • A su muerte levantó una cuestión sucesoria que fue disputada en Europa por los eternos rivales: Francia y  Alemania, cuyos soberanos estaban casados con las dos hermanas del rey de España.
  • Venció el "partido francés", ya que la reina de Francia, Maria Teresa de España-Austria, era la hermana mayor del rey difunto. De esta forma accedió al trono un nieto suyo, Felipe, que inauguró la dinastía de los Borbones en España, con el nombre de Felipe V.
  • Felipe V casó en primeras nupcias con Maria Luisa de Saboya, hija del rey de Cerdeña Víctor Amadeo II, de quien tuvo dos hijos que reinaron sucesivamente en España - Luis I y Fernando VI - pero no tuvieron descendencia.
  • Enviudando, Felipe V casó después con Isabel Farnesio, heredera del ducado de Parma. Entre los muchos hijos que tuvieron, Carlos IV sucede en el trono español, Fernando sería rey de Nápoles (Fernando IV) y después, de las Dos Sicílias (Fernando I). Felipe tendría el titulo de duque de Parma. Dando lugar a dos nuevas ramas de la familia de Borbon; los Borbón-Sicílias y los Borbón-Parma.

Títulos, Mayorazgos y Señoríos
  • Condes de Barcelona
  • Condes de Chichón
  • Condes de Covadonga
  • Condes de Molina
  • Condes de Montemolin
  • Condes de Torrellano
  • Duques de Aquitania
  • Duques de Anjou
  • Duques de Ansola
  • Duques de Badajoz
  • Duques de Cádiz
  • Duques de Durcal
  • Duques de Hernani
  • Duques de Lucca
  • Duques de Lugo
  • Duques de Madrid
  • Duques de Marchena
  • Duques de Palma de Mallorca
  • Duques de Parma
  • Duques de Santa Elena
  • Duques de Segovia
  • Duques de Sevilla
  • Duques de Soria
  • Infantas de España
  • Infantes de España
  • Marqueses de Balboa
  • Marqueses de Beniel
  • Marqueses de Santa Elena
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  • Reinas de España
  • Reinas de Portugal
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  • H *** Hotel Lisboa Avda.Díaz Ambrona,13 924 - 27 29 00
  • H **  Condedu Muñoz Torrero,29 924 - 22 46 41
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  • 3  Martín Fierro República Argentina, 1 924 - 25 86 02
  • 3  Galaxia Avda.de Villanueva,4 924 - 25 82 11
  • 3  La Esquina Avda. Ricardo Carapeto 924 - 25 00 88
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  • 3  Bruselas  Avda. Villanueva,7 924 - 24 93 02
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