Andando por Baños de Montemayor

Baños de Montemayor

    ÍNDICE

Datos Municipio.
Situación del Municipio
Datos del Ayuntamiento
Historia
Recinto amurallado
Monumentos
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Turismo
Minerales
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DATOS del MUNICIPIO 40º19'16" N 005º51'28" W Hoja MTN 575

TIPO DE ENTIDAD: Lugar

SUPERFICIE TÉRMINO (Km2.): 22,19

ALTITUD: 706

POBLACIÓN: 760

DISTANCIA CÁCERES: 128

PARTIDO JUDICIAL: Plasencia

MANCOMUNIDAD: Valle de Ambroz

COMARCA AGRARIA: Hervás

GENTILICIO: bañenses

BIBLIOGRAFÍA ESPECÍFICA:

Biblioteca Nacional de España

Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico Español


SITUACIÓN del MUNICIPIO

    El municipio de Baños de Montemayor está situado en el Norte de la provincia de Cáceres junto al límite provincial con Salamanca y forma parte de la comarca denominada como Valle del Ambroz. Enclavado en las últimas estribaciones de la Sierra de Gredos y Béjar, con montañas de más de 2.000 metros es atravesado por la carretera N-630 (Guijón-Sevilla) o Ruta de la Plata, que une el S y el N de Extremadura y las vecinas comunidades de Castilla-León y Andalucía.

    El Valle del Ambroz, limitado al este por la sierra de Tormentos, al oeste por el Pantano de Gabriel y Galán ya en la zona de Trasierra y al norte por la sierra del Cerro. está constituida por 8 localidades: Abadía, Aldeanueva del Camino, Baños de Montemayor, Casas del Monte, La Garganta, Gargantilla, Hervás y Segura de Toro.

   El relieve del término es muy accidentado y de fuertes pendientes que condicionan el aprovechamiento del suelo. Los picos más destacables son el de Matagatos, Picurujo y Maripérez, todos ellos limítrofes con la provincia de Salamanca. Los cursos de agua son abundantes y de caudal permanente, sobresaliendo el río Ambroz y el arroyo del Baño. Existe un manantial de aguas termales y algunas fuentes.

    Los romanos lo denominaron Coecilius Vicus en honor a su fundador, Coecilio Metelo. Hasta el siglo XIX, el pueblo estuvo dividido en dos por la Vía de la Plata: una parte pertenecía al concejo de Montemayor y la otra al de Béjar.

    Su denominación se debe a la existencia de unas reputadas termas, utilizadas ya en época romana. Estuvo formado hasta 1812 por dos concejos, Baños de Montemayor y Baños de Béjar, que existieron separados hasta 1812 en que las Cortes de Cádiz abolieron los señoríos.

    En el actual Balneario de Baños se conservan algunas aras o inscripciones romanas de agradecimiento por la curación de alguna dolencia corporal y las trazas de las antiguas termas. La fama del balneario de esta localidad ha favorecido el desarrollo de unas buenas infraestructuras hosteleras que abarcan toda la gama de categorías y precios.


DATOS del AYUNTAMIENTO

Ayuntamiento de Baños de Montemayor

PLAZA MAYOR, 72
Baños de Montemayor (Caceres)
927 42 80 12
927 42 80 75
turisbamayor@terra.es

D.O.E. Nº 25 de 31/03/1992

AYUNTAMIENTO DE BAÑOS DE MONTEMAYOR

Edictos.- Anuncio de 28 de febrero de 1992, sobre adopción de Escudo y Bandera Municipal.

Aprobado de Escudo y Bandera de esta Entidad Local por el Pleno de este Ayuntamiento en sesion de 27 de febrero de 1992, se somete a información pública por plazo de quince dias a efectos de reclamaciones, sugerencias y alegaciones.

Baños de Montemayor, 28 de febrero de 1992. El Alcalde en funciones

DOE núm. 98 JUEVES, 17 DE DICIEMBRE DE 1992

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO

Escudos Heráldicos.- Orden de 27 de noviembre de 1992, por la que se aprueba el Escudo Heráldico y Bandera Municipal, para el Ayuntamiento de Baños de Montemayor.

El Ayuntamiento de Baños de Montemayor (Cáceres), ha instruido expediente administrativo para la adopción del Escudo Heráldico y Bandera Municipal. Dicho expediente fue aprobado por el Pleno Corporativo, en sesiones de 27 de febrero, 24 de septiembre y 10 de noviembre de noviembre de 1992, en el que se expresaban las razones que justificaban el dibujo-proyecto del nuevo blasón y enseña

Consta en dicho expediente informes favorables del Consejo Asesor de Honores y Distinciones de la Junta de Extremadura, emitidos con fecha 23 de junio y 24 de noviembre de 1992

Considerando que la sustanciación de citado expediente se ha ajustado en todo a lo preceptuado en el Decreto 13/1991, de 19 de febrero, por el que se regula el procedimiento para la adopción, modificación o rehabilitación de Escudos y Banderas de las Entidades Locales y en uso de las atribuciones conferidas por referido Decreto

DISPONGO

Articulo 1.- Se aprueba el Escudo Heráldico del Municipio de Baños de Mantemayor (Cáceres), cuyo diseño se recoge en el anexo I, con la siguiente descripción:

Escudo cortado. Primero, de plata, ondas de plata y azur, sumado de surtidor de azur. Segundo, de plata, arbol arrancado, de sinople, frutado, de gules, acompañado de dos lobos, de sable, uno a cada lado, empinantes al tronco. Bordura, de gules, ocho eslabones de oro. Al timbre, Corona Real cerrada"

Articulo 2.- Se aprueba la Bandera del municipio de Baños de Montemayor (Cáceres), cuyo diseño se recoge en el anexo II, con la siguiente descripción:

"Bandera rectangular, de proporciones 2/3, de color blanco, cargada del escudo municipal en sus colores"

Mérida, a 27 de noviembre de 1992. El Consejero de Presidencia y Trabajo, Manuel Amigo Mateos


HISTORIA

    El año 218 AC. marca el inicio de la presencia romana en el territorio. El solar de Baños pasó a formar parte de la provincia Ulterior, una de las dos provincias en las que originalmente se dividió administrativamente Hispania. Pronto se convertiría en un alto obligado en la Calzada de la Plata, de la que se conservan varios tramos, teniendo en cuenta el conocimiento que en la época se tenía de la existencia de fuentes termales en el entorno. Y más si aludimos a la importancia y cercanía de Cáparra, a cuya jurisdicción pertenecían las Aquae Caperensis, Baños.

    La vida de Baños desde la presencia romana en Hispania giró en torno a las fuentes de agua caliente que brota de sus entrañas y de esa época data la vocación hospedera de la localidad. Las primeras noticias escritas que se conocen datan de tiempos feudales, concretamente del siglo XII. En este tiempo Baños estaba dividido en dos jurisdicciones seglares y dos eclesiásticas.

    Hasta hace poco los historiadores y escritores citaban el origen del Balneario de Baños de Montemayor, la antigua “Aquae Caprense”- conocido también como Baños de Béjar y Baños de Montemayor - en la época de dominación de estas tierras por los romanos y más concretamente la época republicana, lo que le daba una cronología de las más antiguas de la Península Ibérica.

    Estas referencias históricas han venido a confirmarse con creces a partir de la rehabilitación y ampliación de los baños realizadas hasta junio del año 2000 que, aparte de dotar a las instalaciones y al edificio antiguo de unas novísimas instalaciones, han dado a la historiografía extremeña datos y descubrimientos arqueológicos que demuestran la gran importancia de los baños en época romana. A los datos ya conocidos hay que sumar los datos obtenidos en las campañas arqueológicas de los años 1999 y 2000 que confirman la utilización de estas fuentes termales por militares y funcionarios romanos, además de por el resto de la población hispano- romana, que creía en su benéfica influencia para obtener alivio de sus males. Su continuada utilización se constata a lo largo de los siglos. Durante todo este tiempo se fueron actualizando las instalaciones, siendo de especial importancia las modificaciones llevadas a cabo en los siglos XIX y XX. A finales de este siglo se construyó junto al Balneario un hotel que lleva su nombre.

    Los testimonios más antiguos que se conservan en este municipio datan de la época romana y se relacionan con la existencia de una fuente de aguas termales y de la calzada romana. Los distintos autores que han estudiado la calzada romana denominada "Vía de la Plata" no han logrado ponerse de acuerdo en cual sería el nombre de ésta población, identificándola unos con la mansio de Cecilio Vico o Caelionico, otros con Banium o Aquae caperensis, dentro de la circunscripción territorial y administrativa de la ciudad de Caparra, ya que la mayoría de tales lo son a las nymphae caperensis en accion de gracias por la curación de alguna dolencia corporal. De los restos romanos la mayoría se encuentran en el Museo provincial de Cáceres aunque algunos pueden verse  en las instalaciones del actual balneario.

    La calzada conserva su trazado en dos grandes tramos situados en las entradas Norte y Sur de la población. El pavimento empedrado del tramo Norte, con cerca de dos kilómetros de recorrido, fue objeto de una restauración en 1973. En este tramo, donde comienza el acceso para superar el puerto, pueden verse dos ejemplares de alcantarilla. Próximo al tramo Sur, a medio kilómetro del pueblo, se conserva un pequeño puente de fabricación romana llamado del Cubo, que posee un único arco de 3,50 metros de luz y está muy reformado.

    Durante la Edad Media, la Vía de la Plata perdió importancia económica y tras la Reconquista su trazado sirvió para marcar la frontera entre los reinos cristianos s de Castilla y León. Posteriormente también se utilizó para delimitar las jurisdicciones eclesiásticas de las diócesis de Coria y Plasencia. De este modo, Baños se convierte en un pueblo fronterizo, generándose dos núcleos de población prácticamente unidos en cuanto a su realidad física, pero diferenciados administrativamente. Cada barrio pertenecía a reinos distintos, a diócesis distintas, (lo que explica que hay dos centros parroquiales) y a distintos señores feudales. La parte correspondiente a la parroquia de Santa Catalina dependía del reino de Castilla, y de la Diócesis de Plasencia y era propiedad del Duque de Béjar, (Zúñiga), mientras que el distrito parroquial de Santa María formaba parte del reino de León, de la Diócesis de Coria y del Señorío del Marqués de Montemayor. Con la división provincial de 1833 Baños de Montemayor se constituye municipio independiente. Finalmente en 1959 pasó a la diócesis de Plasencia.

    Antonio Ponz en su "Viage de España", Tomo VIII, Segunda Edición publicado en Madrid el año 1784, escribe:

   "CARTA PRIMERA. Amigo: Salí por fin de Plasencia, y caminé el primer, dia ocho leguas, que es la distancia desde aquella ciudad hasta la villa de Baños, en esta forma: desde Plasencia al Villar 3 leguas: á Aldea nueva del Camino: 3. á Baños: 2. El camino hasta el Villar es en la mayor parte cosa rematada; lo peor es la primer legua y no sé cómo la ciudad de Plasencia no lo tiene compuesto, ó siquiera no lo ha conservado, pues se conoce qué en tiempo pasado estuvo bueno. Se atraviesa un puentecillo á la media legua, en cuya eminencia se pasa junto á una ermita; donde hay una imagen de mucha devocion que llaman nuestra Señora del Puerto, y desde allí me enseñaron el sitio donde, á lo que dicen, estaba.

    Desde Aldea del Camino á Baños, se reconoce en algunos trechos la calzada romana. El lugar de Ervás queda á mano derecha en la subida de una de las mas altas sierras, donde no es regular que falte nieve todo el año.

    La situacion de la villa de Baños; en la cuesta del puerto de este nombre, que divide Castilla la Vieja de Extremadura. Tiene dos jurisdicciones seglares, y otras tantas, eclesiásticas: aquellas pertenecen á los señores Duque de Bejar, y Marques de Castromonte, y estas á los señores Obispos de Coria y Plasencia, y así tiene dos parroquias. Todo su territorio al rededor, en medio de su fragosidad, es ameno, y delicioso, cubierto de olivos, castaños, y muchas viñas; cuya cosecha se regula que da cada año veinte y cinco mil arrobas de vino.

    Los baños, que dan nombre á la villa, y están al salir de ella ácia Castilla, son de agua caliente, y sulfúrea, con las demás buenas calidades, que yo no sé; pero es cierto que producen admirables efectos en los que padecen reumatismos, y otros males. El Obispo de Coria D. Francisco de Porras y Atienza hizo al público la caridad de cerrarlos, y cubrirlos con sólidas paredes, y bóveda, procurando que los enfermos lograsen esta comodidad, de que carecian antes. En las iglesias de Baños no hallé cosa notable, que poder comunicar á V.; y su poblacion no sé que pueda llegar á trescientos vecinos.

    Desde esta villa á la de Bejar hay dos leguas, en esta forma: de Baños al lugar del Puerto 1 legua: á Bejar 1.

    La primera, al paso que se camina con mucho recreo de la vista por entre arroyuelos, castañares, y otros diferentes árboles, es de una penosísima subida, no tanto por su rapidez, como por el indigno piso que tiene hasta llegar á lo alto. Ni el exemplo de la famosa calzada de los Romanos, que atravesaba por aqui a Salamanca"

    Antonio Vegas en su Diccionario Geográfico Universal, Tomo I, publicado en Madrid en el año 1795. dice:

    "Baños. Lugar de España en Estremadura, en la Provincia de Salamanca, Partido de Bejar, y á ocho leguas de Plasencia, sítuada en la cuesta del Puerto de este nombre, que divide Castilla la Vieja de Estremadura. Tiene dos jurisdicciones, Seglar y Eclesiastica; la Seglar corresponde al Duque de Bejar, y la Eclesiástica al Obispo de Coria, y Plasencia y asi tiene dos Parroquias. Todo su territorio alrededor es ameno, y delicioso, cubierto de olivos, castaños y muchas viñas. Tiene fabrica de lienzos, con lo que hace su poco de comercio. Los baños que dan nombre a este Lugar, están al salir de él hácia Castilla: son de aguas calientes, y sulfureas, con otras calidades que producen buenos efectos en los enfermos: se toman en baño y bebida en las enfermedades de perlesía, ceática, todo genero de tumores, obstrucciones espesas y frias y otros males, pero dañan a los que tienen calenturas, y a los ardientes de higado, y temperie seca."  

    En el año 1826, Sebastián de Miñano; en su Dicionario Geográfico Estadístico, publicado en Madrid en el año 1826, se refiere a Baños de la siguiente manera.

    "BAÑOS ( Baniense ó Vicus Cecilius ), Lugar Sur de España, provincia de Salamanca, partido de Bejar y Montemayor; 300 vecinos, 1000 habitantes, 1 pósito. Tiene dos parroquias, de las cuales la del título Santa Maria, cuya torre llame la atencion de los inteligentes, corresponde al obispado de Coria, y la otra de Santa Catalina el de Plasencia. Tambien tiene 2 ayuntamientos, 2 jurisdicciones y 2 señoríos, perteneciendo el primero á Bejar y el otro á Montemayor. Situado en la calzada que desde Estremadura conduce a Castilla á la subida del puerto de su nombre. El pequeño rio Ambroz, sobre el cual hay 3 puentes de piedra, rodea el pueblo y fertiliza en terreno, que en medio de ser fragoso es ameno, cubierto de olivos, castaños y muchas viñas. Los baños que dan nombre al pueblo, y están á su salida para Castilla, son de agua caliente y sulfurea; su calor es de 102 del termómetro de Farenheit. Estén al cuidado de un médico nombrado por S. M.; tiene 8 posadas donde se asiste á los pasageros con equidad, aseo y afabilidad. Produce granos y ricas frutas, peso su principal cosecha consiste en 25,000 cántaras de vino esquisito que se consumen en Salamanca, y ya eran sin duda célebres en el siglo XVI, supuesto que les elogia Herrera. Industria, fabrica dé lienzos, que se venden en Estremadura, aunque está muy decaida. De este pueblo porten 4 caminos, ó itinerarios militares, qué el uno conduce á Ruitelan, poniendo en comunicacion la Estremadura con el N. de Galicia, y admite todo transporte. Los principales pueblos intermedios, son Salamanca, Zamara, Benavente, Astorga, Villafranca del Vierzo. El 2° dirige á Lubian pasando por la Puebla de Sanabria; el 3.° va á Asturias por Benavente y Leon; y el 4.° á Miranda de Ebro por Tordesillas, Valladolid, Burgos y Pancorbo. Distante 14 leguas de la capital, 2 de Bejar, 3 de Aldeanueva del Camino, en cuyo intermedio se pasa el rio Ambroz á 1 legua, el Puente de la Doncella á 1 1/2 leguas de Aldeanueva del camino, y 1 puente romano de 1 arco á 1/4 de este mismo pueblo. Aqui empieza á subirse el puerto de este nombre, que dista 1/4 de legua del lugar, y en el término, divisorio entre la provincia de Salamanca y la de Estremadura. Contribuacion 10.984 rs y 25 mrs. Derechos enagenables 3,025 reales 30 maravedises."

   Pascual Madoz en su Diccionario Geográfico Estadístico Histórico, Tomo III publicado en Madrid en 1850, se refiere al pueblo en los siguientes términos:

   "BAÑOS: Lugar en la provincia y audiencia territorial de Cáceres (22 leguas), partido judicial de Granadilla (5), diócesis por mitad de Plasencia (8) de C6ria (14), capitania general de Estremadura (Badajoz 35): situada en el ángulo meridional que forma la montaña ó sierra de Béjar, ramal que entronca con Guadarrama, para dividirse en las dos grandes cordilleras que separan por la derecha la provincia de Salamanca, y por la izquierda el valle y vera de Plasencia; de CLIMA templado, pero de repentinos cambios atmosféricos: el viento N. es el dominante, soplando siempre impetuoso á causa de venir comprimido en la canal que forma la montaña en su division superior, y a veces el S0. y el 0. que traen las lluvias: sus enfermedades son en invierno, pulmonias, pleuresias, fiebres catarrales y catarros pulmonales; en verano calenturas biliosas y bilioso-inílamatorias, pero los habitantes llegan á una edad bastante avanzada. Tiene 278 CASAS, todas do dos pisos con largos corredores de madera en el superior; bien distribuidas en su interior, cómodas y aseadas: forman 13 calles mal alineadas, 4 muy buenas y todas con empedrado, aunque de piso desigual por la natural posicion del pueblo: hay 3 plazas denominadas el Arenal, la Huelga y la Alberguería, así llamada porque habia antiguamente una casa hospital, donde se recogían, con licencia del alcalde los pobres que venian á bañarse ó pordioseando; ahora sirve este edificio de carcel y habitacion del alguacil: la casa de ayuntamiento esta en la plaza de la Huelga, bastante cómoda y capaz para su destino: hay escuela de primera educacion, dotada de los fondos públicos con 1,550 rs., á la que concurren 40 niños y 20 niñas: 2 iglesias parroquiales que cada una pertenece á un obispado y son Sta. Marta al obispado de Coria, y Sta. Catalina al de Plasencia, !a cual tiene por anejo al lugar de la Garganta, pueblo de mas de 170 vecinos, distante 1 legua al NE., desempeñado por 1 teniente con fija residencia; de cada parroquia depende 1 ermita a las estremidaddes, S. y N. del pueblo, la primera dedicada al Sepulcro de Cristo; la segunda á Jesus Crucificado, cerca de la cual se halla el cementerio. Los curatos de Baños estan servidos por ecónomos, pero son de provision ordinaria en el concurso general de su respectiva diocesis: los edificios de estas iglesias son do buena y solida construccion, ofreciendo la de Sta. Marta cierta particularidad en la fábrica de su torre: á las 3 varas de altura y por la parte SO. abandona la perpendicular del arranque, y tomando el aumento dos pies de ancho sobre un estribo circular, sigue elevándose con este aumento hasta 84 pies, mientras que los demas lados guardan siempre regular proporcion; su figura es una especie de romboide, pues los angulos del S. y 0. son obtusos, y los del N. y E. agudos; y remata en 3 arcos que fijan sus extremos en las 4 esquinas, uniendose en el centro, de cuya llave pende la campana del relox: estos arcos fueros construidos a mediados del siglo XVII, según se nota por una inscripcion que hay en la cúpula a espensas del pueblo para colocar la campana dicha segun aparece: el territorio propio de cada 1 de estas parroquias está dividido por medio de un torrente (se llaman gargantas en el pais), que naciendo en las sierras del E., se precipita por entre enormes peñascos formando cascadas y vistosas variaciones, atraviesa al pueblo hacia el NO. y va a incorporarse al rio Ambroz, cerca Aldeanueva del Camino, sirviendo sus aguas de inmensa utilidad para !os riegos de las posesiones inmediatas, y movimiento que da á 4 molinos harineros; en sus márgenes dentro de la poblacion hay un bonito paseo con asientos, bajo el toldo de ramaje que ofrecen los álamos que se elevan sobre la corriente; cruzan esta garganta en las calles del pueblo 3 puentecillos para el tránsito comun de los moradores, hallándose el principal en el mismo paseo a la sombra de hermosos árboles, y por el cruza la carretera general de Estremadura á Castilla, lo que contribuye tambíen a formar aquel sitio un punto de reunion animado alegre: las aguas potables son delgados y ricas, contándose basta 7 fuentes perennes y abundantes dentro del pueblo, e infinitas en sus alrededores: de estas es la mas notable é importante la Termal que da existencia á los baños alli establecidos, situado a los 30 pasos al N. del lugar y de los cuales vamos á ocuparnos. BAÑOS TERMALES. hasta el último tercio del siglo XVII el baño de este pueblo era mas bien un pilón informe, sin cobertizo y casi sin uso; pero el obispo de Coria, D. Francisco de Porras y Atienza, lo cerró con una bóveda sostenida sobre firmes paredes, y arregló algunos baños; estendida la fama de la salubridad de sus aguas, fue necesario estender tambien, la capacidad del local, y el ayuntamiento del pueblo emprendió esta obra no ha muchos años, dandole mayor ensanche, aumentando igualmente las comodidades y pilas, y no bastando todavia á contener la concurrencia que en la estacion del calor se apresura á disfrutar de este beneficio, determinó y llevó á cabo la corporacion municipal de 1842 aumentar un duplo el establecimiento con una série de habitaciones con sus baños y camas, algunas salas para las reuniones comunes, y otros aposentos que han dado importancia al edificio, si bien es de desear que la obra hubiese marchado siempre bajo un plan mejor combinado; todo el edificio tiene 34 varas de largo, 20 de ancho y 10 de alto; dentro de él, y por un sencillo mecanismo de acueductos y encañados, se presenta el manantial de agua termal, y á su lado en pequeñísima distancia otro de agua fria á la temperatura ordinaria: cada uno de estos manantiales vierten en una gran pila de granito, y pasan despues á un gran depósito semicircular, desde el cual, por conductos de plomo, se conduce una ú otra agua segun la necesidad, á 4 espaciosos baños llamados generales, con barandillas de hierro ú madera, otros 4 particulares colocados en los ángulos de la espaciosa cuadra central y abovedada; al rededor de esta pieza hay 9 baños llamados de preferencia, que son los que se hallan en las habitaciones separadas, y con su puerta correspondiente; se ha construido ademas una piececita para despacho del médico consultor, otra mas adelante que puede servirle para habitacion si gusta disponer de ella, y finalmente 2 grandes dormitorios para hombres y señoras, con tarimas o catres para descansar, desnudarse y vestirse antes y despues del baño: el mas escrupuloso aseo y limpieza, y el orden mas exacto, rigen este establecimiento, que ha llegado á un grado de esplendor y crédito capaz de nivelarse con el mejor de su clase; tiene 1 medico director con la dotacion fija de 8,000 rs, pagados del Presupuesto general del Estado en el ministerio de la Gobernacion, y ademas la asignacion de arancel por cada consulta, que no baja de 10 rs., y sube á voluntad del enfermo: el precio de cada baño es 5 rs. en los separados, 4 en los particulares, 2 en los generales, y 2 mas por la tarima o catre que se facilita á cada bañista para poner la cama y recogerse despues de verificado: la virtud de este mineral se halla tan ventajosamente acreditada, quo sin embargo de la inseguridad y mal estado de los caminos, se bañan anualmente 1,200 enfermos que acuden de Badajoz, Merida, Trujillo, Talavera de la Reina , Cáceres, Plasencia, Don Benito, Madrid, Coria, Salamanca y aun de Avila y Valladolid, no obstante la señalada reputacion y proximidad de los de Ledesma, y son eficaces estás aguas para toda clase de dolencias y enfermedades, si la calentura no los contra-indica por una exacerbacion conocida sabidos los saludables efectos que causan bajo una juiciosa y prudente direccion, el conocimiento exacto de las partes constitutivas que entran en su composicion es un descubrimiento que no urge tanto, así como es difícil elevarlo á un punto inequívoco de demostracion: bástenos por ahora saber, que sus principios combinados son: gas ácido-hidro-sulfúrico, ácido-carbónico, hidro-clorato de sosa, carbonato de cal, idem de hierro, sulfato ácido de alumina y de potasa, sílice , etc.: su grado de calor sube al 33 de Reaumur; el manantial vierte en cada hora por un termino medio, 80 pies cúbicos do agua, y se halla 2 1/2 varas por bajo del nivel de la superficie esterior. Estos baños debieron ser muy conocidos de los romanos, y es de creer se bañarian en ellos sus legiones, pues en las escavaciones hechas se encontraron vestigios de habitaciones subterráneas de gusto antiguo. Cuando en 1842 se aumento él recinto, se vieron todavia reliquias de una grande alberca de piedra y argamasa, que podia servir para bañarse algunos centenares a la vez; pero tanto de esto, como de su antigüedad, no hay testimonios auténticos qué fijen la idea, porque el archivo del lugr fue reducido á cenizas con la mayor parte de las casas, por los franceses en 1808, y ni una lapida se encuentra que pueda decidir las conjeturas. Fuera del recinto, y casi en contacto con el establecimiento, hay 1 hermoso paseo á la orilla de un arroyuelo, y en toda la estension del horizonte se ofrece un paisage delicioso y variado. Confina el termino por N. con los de Penacaballera y el Puerto (provincia de Salamanca), E. la Garganta y Hervás, S. el mismo Hervás y Aldeanueva del Camino, O. otra vez este pueblo y el Cerro (de aquella provincia); sus confines distan de 1/2 legua á 1, y comprende 3,700 fan., de las cuales estan ocupadas en viñas, olivos y huertos 1,100, las restantes en montes de castaños, algunos prados de heno y escasos cereales á fuerza de trabajo: y en todo lo demas hay enormes peñascos y ásperas montañas, cubiertas de retama y monte bajo: toca la estremidad meridional del término el rio Ambroz, en el puente llamado de la Doncella: el TERRENO es  áspero y montañoso, principalmente por el lado E, cuyas sierras dominan el pueblo en términos, que parecen cobijarle; pero es ameno, delicioso bastante fructífero; su naturaleza es arcillosa, suelta y ligera en las laderas de las montañas, pero muy á propósito para todo arbolado, especialmente el castaño que se adelanta y propaga espontáneamente en los declives que miran al N. y 0. Cruza toda su estension de N. á S. el camino general que ofrece paso por la via mas recta de Santander á Cádiz, y estrechando mas las distancias de Salamanca á Cáceres; y aun fuera el ordinario de Plasencia a Madrid, si estuviera en mejor estado, pero los carruages transitan con harta dificultad, por lo mismo es camino solo de herradura: saliendo del pueblo por la parte del N. va elevándose el puerto que dobla las montañas inmediatas, y que del nombre de! pueblo se llama puerto de Baños: en el se halla establecido el portazgo del mismo nombre que suele producir unos 30,000 rs., y es uno de los destinados para reintegrar a la empresa que ha construido el puente de Almaraz: el correo se recibe por medio del conductor que pasa de Plasencia a Bejar, dejándolo á su tránsito, que lo hace el martes; jueves y sabado á las 3 de la mañana para Estremadura, y á las 8 de la tarde para Castilla; Produce: vino, castañas, higos, patatas, ciruelas, cerezas, guindas, melones, sandias, hortalizas, seda, garbanzos, judias, algo de trigo y centeno, y principia a fomentarse el cultivo del olivo: se mantiene poco ganado lanar, y eso fuera del termino; algunas manadas de cabras, el ganado de cerda que cada vecino puede engordar para su consumo, y caza de todas clases, aunque escasa y trabajosa; Industria: 3 telares de tejidos de lana, conocidos de 5 años á esta parte, 4 molinos harineros, 18 telares de lienzo y los demas oficios mecánicos para el uso comun de la vida: el cormercio se reduce al que hacen algunos tragineros con recuas de mulos que van de Galicia á Andalucía, y surten al mismo tiempo los despachos que hay en el pueblo de cordeleria, botas de vino, alpargatas, chocolate, chorizos, hierro, quincalla, acero cacao y azúcar; Poblacion: 310 vecinos, 1,036 almas."

    En el siglo XVIII, D. José González Laso, obispo de Plasencia, llevó a cabo importantes obras en la zona, entre ellas la reforma del Balneario, que posteriormente fue continuada por D. Juan de Porras y Atienza, obispo de Coria. De ésta época data el primer edifico de los baños cuyas bóvedas de ladrillo aún se conservan.

    El siglo XIX fue la época de mayor florecimiento del termalismo, construyéndose un nuevo edificio para el balneario y un Hotel. Por su especial microclima, Baños se convirtió en un destino de veraneantes, que construyen residencias de verano siguiendo los estilos arquitectónicos del momento.

    Hasta la reforma provincial de 1833 el pueblo estuvo dividido en dos por la calzada romana de La Plata, una parte pertenecía al concejo de la Villa y Tierra de Montemayor, siendo Baños de Montemayor propiamente dicho, y la otra parte pertenecía al concejo de Béjar, siendo conocido documentalmente como Baños de Béjar, al unificarse los pueblos se acordó denominar Baños de Montemayor.

    Esta vía natural de comunicación tiene un origen remoto. Como itinerario romano se extendía entre Mérida (Emérita Augusta) y Astorga (Astúrica Augusta), y ha sido objeto de estudio desde el siglo XVIII hasta el presente, en razón a su relevancia histórica y cultural.

    Las distancias, en millas romanas, se iban marcando con hitos de piedra: "miliarios" y al final de cada jornada de viaje existía una "mansio" o parador donde descansar. Baños de Montemayor podría corresponder con la localización de una de estas mansio; Caelionico o Cecilio Vico.

    La calzada atravesaba la población, conservándose dos tramos de su trazado en las salidas N y S del pueblo. Asociadas al camino existen alcantarillas y puentes, como el denominado Cubo. Durante la Edad Media adquiere carácter de canino de peregrinación, constituyendo la ruta jacobea del sur. Además sirvió de camino de trashumancia, coincidiendo en gran parte de su trazado con la cañada ganadera Vizana.

    En 1789 el Conde de Floridablanca publica una relación de las 38 provincias de España, entre ellas la de Extremadura, dividida en ocho partidos: Alcántara, Badajoz, Cáceres, Llerena, Mérida, Plasencia, Trujillo y Villanueva de la Serena. Entre la división de 1789 y la actual había tan sólo 20 poblaciones de Cáceres que pertenecían aún a otras provincias: El Gordo, Berrocalejo, Bohonal de Ibor y Talavera la Vieja a Ávila. San Martín de Trevejo, Villamiel, Descargamaría, Robledillo de Gata, Baños, La Garganta y Hervás a Salamanca. Castañar de Ibor, Peraleda de San Román, Garvín, Valdecasa de Tajo, Villar de Ibor, Carrascalejo, Guadalupe y Alía a Toledo. De igual modo, eran siete las poblaciones no incluidas entonces en Extremadura y que hoy pertenecen a Badajoz: Valdecaballeros y Castilblanco, asignados a Toledo. Higuera la Real, Fregenal de la Sierra y Bodonal de la Sierra a Sevilla. Olivenza y Táliga que por entonces eran portuguesas.

    En 1822 se establecen las provincias de Cáceres y Badajoz. En esta división, muy similar a la actual, aún quedaban poblaciones fuera de las provincias de Cáceres y Badajoz.

   En el territorio extremeño las reformas políticas-administrativas introducidas por Javier Burgos en 1833 determinaron su organización de acuerdo con una estructura biprovincial, fragmentándose el espacio correspondiente a la antigua "provincia de Extremadura" en las actuales demarcaciones de Cáceres y Badajoz. El Real Decreto del 30 de Noviembre de 1833 firmado por la Reina Regente María Cristina fue el definitivo que acabó con los viejos reinos españoles sustituyéndolos por provincias. Ya antes no habían sido duraderas las medias tomadas por el rey José I Bonaparte en 1810 que había dividido los reinos en prefecturas al estilo francés, la efímera Constitución de Cádiz de 1812 que abolía los reinos españoles y los sustituía por provincias, y la ley del Trienio Liberal en 1822 que las llevó a la práctica brevemente.

    Durante el Reinado de Isabel II y bajo la Regencia de su madre la Reina Gobernadora María Cristina de Borbón por Real Decreto R.O. 4570 de 23 Julio 1835 dado en San Ildefonso, para el arreglo provisional de los Ayuntamientos de la Península é Islas adyacentes, publicado el martes, 4 de agosto de 1835 en el nº 65 del Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. Durante el Reinado de Isabel II y bajo la Regencia de su madre la Reina Gobernadora María Cristina de Borbón por Real Decreto R.O.4570 de 23 Julio 1835 dado en San Ildefonso, para el arreglo provisional de los Ayuntamientos de la Península é Islas adyacentes, publicado el martes, 4 de agosto de 1835 en el nº 65 del Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, accedieron a la condición de contar con Ayuntamiento propio las poblaciones extremeñas que aún no lo tenían.

    En el Reino Mineral, de D. Santiago de Alvarado, publicado en Madrid el año 1832: figura:

    "Baños en Estremadura: Es un pueblo de unos doscientos cincuenta vecinos, que toma su nombre de una fuente termal que dista de él unos quince pasos, á la falda de un cerro llamado Matagatos; el agua está recogida en un estanque bajo una bóveda, con una pila con escalones para los enfermos; es clara, transparente; olor azufroso que pierde apenas se enfria. Vuelve coloradas las monedas de plata, y las de cobre blanquean, su temperatura (aunque se ignora fijamente) es moderada. Dicen que cerrada la linterna de la bóveda en que se halla la fuente y tambien la puerta por donde se entra á ella en, términos que no haya respiradero; se va condensando el vapor del agua, de tal suerte; que hace ráfagas ó culébrinas de fuego á manera de exhalaciones. La eficacia de estas aguas, dice un cirujano del mismo pueblo de Baños, en todas las enfermedades rebeldes se puede llamar milagrosa, especialmente en perlesía, flojedad de nervios, y contracciones de ellos; son admirables en las convulsiones; curan la sarna, lepra y dolores articulares; asma húmeda, dolor de estomago, obstrucciones, hipocondrías, toses rebeldes, tumores de hígado y bazo..."

Gaceta de Madrid Publicación: 11/01/1746, nº 2

Páginas: 14 - 16

Madrid, 11 de Enero de 1746.- Sus Majestades y Altezas permanecen en el Pardo. Milán festeja al Infante Felipe por haberla elegido como nueva Corte. El Infante envía a Juan de Gages a vigilar al Príncipe de Lichstenstein en Vigevano. Se entregan el castillo de Trezzo y Godogno al Infante. Fallece el Marqués de Montemayor y del Águila.

El dia 2 del corriente falleció en esta Corte, de edad de 65 años, el señor D. Manuel de Sylva Ribera Toledo y Thenorio, Marques de Montemayor, y del Aguiia , Gentil-hombre de Camara de su Magestad con exercicio, y de su Consejo y Camara de Indias, en cuyos empleos manifestó su zelo, y desinteres al Real servicio.

Gaceta de Madrid Publicación: 13/03/1770, nº 11

Páginas: 90 - 90

París, 26 de Febrero de 1770.- Fallece el Marqués de Castromonte, Montemayor y Águila, Embajador de Sicilia.

El Excmo. Sr. D. Joseph Maria Carmelin Enrique de Baeza y Vicentelo, Marqués de Castromonte, Montemayor y el Aguila, Conde dé Cantillana, Caballero del Real Orden de S. Genaro, Grande de España de primera Clase, Canciller mayor perpetuo del Consejo de Hacienda,  Gentilhombre de Cámara de S. M. Católica con exercicio, Embaxador extraordinario de S. M., siciliana cerca del Rey, murio áqui, el 21 de este mes, de edad de 71 años.

Gaceta de Madrid Publicación: 01/03/1878, nº 60

Departamento: Ministerio de Hacienda

Páginas: 507 - 507

Real órden declarando subsistente la carga de justicia, portante 1.840 pesetas 48 céntimos, que cobraba el Conde de Altamira, como Marqués de Castromonte, por las alcabalas de Montemayor, Lagunilla y la Calzada, en la provincia de Salamanca.

Gaceta de Madrid Publicación: 16/07/1893, nº 197

Departamento: Ministerio de Gobernacion

Real orden resolutoria de una instancia de D. Benito Crespo, Médico Director del balneario de Montemayor, en la provincia de Cáceres, en solicitud de que se declare incompatible á D. Narciso Díaz para ejercer libremente la Medicina en el Balneario referido.

Gaceta de Madrid Publicación: 05/06/1895, nº 156

Departamento: Ministerio de Fomento

Páginas: 853 - 853

Dirección general de Obras públicas.- Aguas.- Autorizando al Presidente de la Junta directiva del establecimiento de aguas termales del pueblo de Baños de Montemayor, para establecer en la cuneta de la carretera de Salamanca á Cáceres una tubería de plomo.

Gaceta de Madrid Publicación: 08/03/1905, nº 67

Departamento: Ministerio de la Gobernación

Páginas: 900 - 900

Reales órdenes declarando jubilado, á su instancia, á D. Alejandro de Gregorio y Guajardo, Médico Director en propiedad del balneario de Ledesma (Salamanca); declarando jubilado, á su instancia, al Médico Director en propiedad del banenario de Liérganes D. Fortunato Escribano; declarando jubilado, á su instancia, á D. Benito Crespo y Escoriaza, Médico Director en propiedad del balneario de Montemayor.

Gaceta de Madrid Publicación: 27/12/1908, nº 362

Departamento: Ministerio de la Gobernación

Páginas: 1242 - 1242

Inspección general de Sanidad interior.- Anunciando hallarse vacante la plaza de Médico Director del balneario de Montemayor (Cáceres).

Gaceta de Madrid Publicación: 25/08/1910, nº 237

Departamento: Ministerio de la Gobernación

Páginas: 644 - 644

Inspección General de Sanidad interior.- Anunciando hallarse vacante la plaza de Médico Director del balneario de Montemayor (Cáceres).

Gaceta de Madrid Publicación: 26/06/1918, nº 177

Departamento: Ministerio de Fomento

Páginas: 782 - 782

Dirección General de Obras Públicas.- Caminos vecinales.- Declarando de utilidad pública el camino de Baños de Montemayor (Cáceres).

Gaceta de Madrid Publicación: 08/03/1925, nº 67

Departamento: Ministerio de la Gobernación

Páginas: 1195 - 1195

Dirección general de Administración.- Anunciando concurso para proveer la Secretaría de los Ayuntamientos de Riaño (León), Baños de Montemayor (Cáceres) y San Pascual (Ávila).

Gaceta de Madrid Publicación: 18/08/1927, nº 230

Departamento: Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes

Páginas: 995 - 996

Reales decretos aprobando los proyectos para la construcción de los edificios de nueva planta con destino a Escuelas graduadas en Pravia (Oviedo), Baños de Montemayor (Cáceres), Corbera de Alcira (Valencia), y Sigüenza (Guadalajara).

Gaceta de Madrid Publicación: 12/01/1931, nº 12

Departamento: Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes

Páginas: 287 - 288

Dirección general de Primera enseñanza.- Concediendo a doña Bárbara Parallón y Rueda autorización para continuar las obras del edificio con destino a Escuelas graduadas en Baños de Montemayor (Cáceres).

Boletín Oficial del Estado Publicación: 15/02/1945, nº 46

Departamento: Ministerio de Obras Públicas

Páginas: 1316 - 1316

DECRETO por el que se autoriza la celebración de la subasta de las obras de abastecimiento de aguas a Baños de Montemayor (Cáceres).

Boletín Oficial del Estado Publicación: 25/11/1945, nº 329

Departamento: Ministerio de Educación Nacional

Páginas: 3170 - 3170

Dirección General de Enseñanza Primaria.- Aprobando el proyecto de obras de reparación en el Grupo escolar de Baños de Montemayor (Cáceres).

Boletín Oficial del Estado Publicación: 08/12/1945, nº 342

Departamento: Ministerio de Obras Públicas

Páginas: 3404 - 3404

Dirección General de Obras Hidráulicas.- Adjudicando definitivamente la subasta de las obras de abastecimiento de Baños de Montemayor a don Julián Mirón García.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 04/02/1947, nº 35

Departamento: Ministerio de la Gobernación

Páginas: 843 - 843

Dirección General de Correos y Telecomunicación.- (Correos.- Sección cuarta (Red Postal).- Negociado de Centros y Enlaces).- Anunciando subasta de contrata para la conducción del correo, en automóvil o tracción de sangre, entre las oficinas del Ramo de Baños de Montemayor (Cáceres) y su estación ferrea.

   Los Ayuntamientos se remontan a los primeros siglos del milenio con las leyes de Alfonso X, encaminadas a regular un incipiente procedimiento administrativo y la actuación del escribano que se prolongará durante toda la Edad Media. Con la formación del Estado Moderno se intentan sentar las bases del régimen municipal, que se afianza en el siglo XVIII.

    Las Cortes de Cádiz marcan un cambio importante al suprimir en 1811 los señoríos y los corregidores y establecer en cada Ayuntamiento alcaldes, regidores y procurador síndico, elegidos por la población y cuyo presidente sería el Jefe político, allí donde lo hubiere. En 1823 se publica la Instrucción para el Gobierno de las Provincias, que precisó las competencias de los Ayuntamientos y su dependencia de la Diputación. La ley de 14 de julio de 1840 establecía la elección directa de los miembros que componían la corporación, aunque el rey nombraba a los alcaldes y tenientes de alcalde de las capitales de provincia. El 20 de agosto de 1870 se aprobó la Ley Municipal, reformada en 1817 y vigente hasta el Estatuto Municipal de 1.924 que elimina su dependencia de las Diputaciones y Gobiernos Civiles y establece la Comisión Permanente. Dicho Estatuto restringe el sufragio y da al alcalde el carácter de delegado gubernativo, además del de representante y jefe del municipio.

    La ley de bases de Régimen Local de 31 de octubre de 1935 determina la elección por sufragio universal y organiza la Corporación en Alcalde, Pleno y Comisión Permanente. Con la Ley de bases de 1945, ampliada en 1950 y modificada en 1953 que a su vez se refunden en la de 24 de junio de 1955 se determina el carácter centralizador y de democracia orgánica que aminora la autonomía municipal. El mayor cambio se produce con la Ley 41/1975, de 19 de noviembre, de bases de Régimen Local, derogada por la 47/1978 y sobre todo con la Ley de bases de Régimen Local de 1985 que adapta los Ayuntamientos a las modificaciones derivadas de la Constitución y del nuevo régimen democrático.

    En la actualidad es Ayuntamiento de la Provincia de Cáceres, Partido de Plasencia y de la Audiencia Territorial de Cáceres, en lo eclesiástico la parroquia de Santa Maria, del Arciprestazgo de Hervás, Diócesis de Plasencia y Archidiócesis de Mérida-Badajoz.


MONUMENTOS

 

BOE.- Núm.258, 27 octubre 1982

RESOLUCION de 5 de agosto de 1982, de la Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas. por la que ss ha acordado tener por incoados expediente de declaracion de monumento
histórico-artistico a favor de los inmuebles que se citan en la provincia de Cáceres.
Visto el informe de ia Comisión Provincial del Patrimonio Histórico Artistico de Caceres.
Esta Dirección General ha acordado:
Primero.-Tener por incoados expedientes de declaración de monumento histórico-artistico a favor de los inmuebles que a cont¡nuación se relacionan,
Iglesia parroquial de San Mateo. Caceres.
Iglesia parroquial de San Juan, Caceres.
Abside mudéjar de la Iglesia parroquial, Galisteo (Caceres).
Iglesia parroquial de Nuestra Señora de los Angeles, Acebo (Cáceres)
Iglesia parroquial del Buen Barón. Hoyos (Caceres).
Iglesia parroquial de San Pedro. Gata (Caceres).
Convento e iglesia de Santo Domingo, Caceres.
Convento de San Antonio, Garrovillas, (Caceres).
Iglesia parroquial de Santiago, Losar de la Vera (Caceres).
Iglesia de San Pedro de Alcántara. Alcántara (Caceres).
Iglesia parroquial de Santa Maria, Jaraiz de la Vera (Cáceres).
Iglesia parroquial de Santiago, Mijadas (Caceres).
Iglesia parroquial de Nuestra Señora de la Asunción. Montehermoso(Cáceres). ,
Iglesia parroquial de la Anunciación, Torre de Don Miguel (Caceres) .
Santuario de Nuestra Señora del Puerto, Plasencia (Caceres).
Iglesia parroquial de San Nicolás. Plasencia (Caceres).
Iglesia parroquial del Salvador, Plasencia (Caceres)
Iglesia parroquial de la Asunción, Malpartida de Caceres (Coceres) .
Convento de San Pablo, Cáceres.
Iglesia parroquial de Santa· Maria del Olmo. Ceclavin (Cáceres)
Iglesia parroquial de Santa Maria, Baños de Montemayor (Caceres).
Iglesia parroquial de la Asunción, Cuacos de Yuste (Caceres).
Iglesia parroquial de San Lorenzo. Garganta de la Olla (Cáceres)
Iglesia parroquial de San Andrés. Guijo de Granadilla (Cáceres>.
Iglesia parroquial de San Andrés. Zarza la Mayor (Caceres).
Ig!esia parroquial de San Miguel. Zarza de Montánchez (Caceres)

Segundo.--Continuar la tramitación de los mencionados expedientes de acuerdo can las disposiciones en vigor.
Tercero.-Hacer saber a los Ayuntamientos respectivos que según lo dispuesto en los artículos 17 de la Ley de 13 de mayo de 1933 y 6.· del Decreto de 22 de jullo de 1958. todas las obras
que hayan de realizarse en los monumentos cuya declaración se pretende. o en su entorno propio, no podrán llevarse a cabo sin aprobacion previa del proyecto correspondiente por esta Dirección
General.
Cuarto.- Que el presente acuerdo se publique en el Boletin Oficial del Estado.
Lo que se hace público a los efectos oportunos
Madrid. 5 de agosto de 1982.- El Director general, Alfredo Pérez de Armiñan y de la Serna.

 

 

D.O.E. Nº 19 (Extraordinario) de 26/12/1990

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Bienes de Interés Cultural.- Resolución de 3 de diciembre de 1990, por la que se ha acordado tener por incoado expediente de declaración de bien de interés cultural con categoría de monumento a favor del Balneario de Baños de Montemayor.

Seguido expediente en la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Extremadura, a efectos de la posible Declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento a favor del Balneario de Baños de Montemayor (Cáceres).

Vistos los artículos diez y once de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, el artículo 12.1 del Real Decreto 111/86, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, y demás disposiciones de general aplicación.

Esta Consejería de Educación y Cultura, en virtud de las atribuciones que le han sido conferidas, HA ACORDADO:

Primero: Tener por incoado expediente de Declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento a favor del Balneario de Baños de Montemayor (Cáceres).

Segundo: La descripción del Bien objeto de este expediente figura como anexo de la presente disposición

Se ha delimitado la zona afectada por el expediente incoado, en cuanto que puede repercutir en la contemplación y puesta en valor del posible Monumento, cuyos limites figuran en el anego de la presente disposición.

La relación y descripción de los Bienes Muebles que contiene y constituyen parte esencial de su historia, queda incorporada al expediente incoado, dándose comunicación de la misma al Ministerio de Cultura.

Tercero.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con las disposiciones en vigor.

Cuarto, -Hacer saber al Ayuntamiento de Baños de Montemayor que, según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, ante riormente citada, debe procederse a la suspensión de las correspondientes licencias. municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse con carácter inaplazable en tales precisarán, en todo caso, autorización de esta Consejería de Educación y Cultura.

Quinto.-Publíquese esta Resolución e el B.O.E. y D.O.E., y, una vez completo el expediente que se abra un período de información pública.

El Consejero de Educación y Cultura, Jaime Naranjo Gonzalo. Ilmo. Sr. Director General de Patrimonio Cultural.

ANEXO QUE SE CITA

Descripción del Balneario de Baños de Montemayor (Cáceres)

Se encuentra el bien objeto de esta descripción al borde la carretera Nacional 630, a su paso por el casco urbano. El origen del actual complejo arquitectónico del balneario según lo divulgado en la localidad es que fueron unas termas romanas (terapéuticas) que se ubicaron en este mismo lugar, destacando esta hipótesis el autor Pascual Madoz, que escribe: «Estos baños debieron ser muy conocidos de los romanos, y es de creer que se bañarían en ellos sus legiones, pues en las excavaciones hechas se encuentran vestigios de habitaciones subterráneas de gusto antiguo», no sólo por los vestigios romanos aparecidos en 1894, conservados en el interior del Balneario y expuestos correctamente, sino por la existencia de la propia Terma Romana.

Interiormente se puede acceder al lugar donde se halla el manantío del agua termal; se trata de un espacio circular cubierto con bóveda y toma de luz cenital, pudiéndose observar las partes altas de las hornacinas de medio punto rehundidos con el muro, quedando el resto bajo el actual nivel del suelo, estando en la actualidad, el centro de la construcción circular ocupado por una cámara de ladrillo de metro y medio de alto que protege la pileta, a donde llega el agua para su distribución. Por la parte alta de la cámara citada se accede, a un hueco donde se aprecia un tronco de columna con fuste y pileta octogonal con ocho pequeños orificios. Esta terma responde al concepto de terapéutica, debiendo estar adscrito este lugar de Baños de Montemayor al importante enclave de Cáparra.

Durante el siglo XVII se realizan obras de ampliación promovidas por el Obispo de Coria D. Francisco de Porras Atienza, construyéndose una gran nave, bóveda de medio cañón corrido con lunetos. En el siglo XIX la Corporación Municipal inició una ampliación que consistió en una estancia a nivel del suelo, apoyada sobre seis columnas metálicas, desde la que se accede por la escalera de piezas graníticas a otras estancias cubiertas con bóvedas de aristas, a nivel de la Terma Romana, las piezas anteriores están comunicadas con el gran espacio abovedado.

A finales del siglo, en 1890, se instalaron en el exterior las rejas de fundición, protegen el recinto. En estas mismas fechas se adquieren varias bañe ras fabricadas en mármol, una de ellas, labrada con decoración mudéjar y gran valor artístico. Exteriormente, la fachada principal se compone de tres cuerpos diferenciados y unidos. El primero, de dos plantas; la baja, en cuyo centro se abre la puerta de entrada; y, la alta, con cuatro balcones en medio punto muy rebajado, la separación de las plantas se consigue con una cornisa corrida a base de molduras con medias cañas y ángulos rectos; la segunda planta remata en otra cornisa moldurada. El segundo cuerpo, es más pequeño, y sus vanos son cuadrados. El tercer cuerpo, presenta en su parte inferior sillares de correcta esterotomía, en los laterales se alzan sendas torretas de mampostería enlucida, con sillares en las esquinas que le confieren cierto aire de edificio defensivo; esta última parte del conjunto se une al Hotel por una escalinata cuyo pasamanos es soportado por balaustres muy decorativos, realzando al unión de los dos elementos.

La fachada lateral presenta dos plantas sin separación por cornisas, en el que se abren cinco vanos recercados de cantería y con las mismas características que la fachada principal.

Delimitación del entorno afectado

La delimitación de la zona afectada por el posible Monumento, en cuanto puede repercutir en la contemplación y ensalzamiento del mismo, y, teniendo en cuenta que los valores principales de este edificio se hallan en su interior es la siguiente:

Todo el espacio comprendido dentro del inmueble núm. 52 de la Avda. Calvo Sotelo (Carretera Nacional 630), quedando delimitado de la siguiente forma:

A1 Norte del Balneario con el Hotel-Balneario; al Sur y Este con la calle General Mola; y al Oeste con la propia Avda. Calvo Sotelo (Carretera Nacional 630). Quedando incluidos dentro del propio inmueble todos los restantes espacios (jardines), que los unen entre sí.

D.O.E.-Número 4, 14 Enero 1992

CONSEJERIA DE EDUCACI0N Y CULTURA

ORDEN de 21 de noviembre de 1991, por la que se abre período de información pública en los expedientes de declaración de Bien de Interés Cultural.

Vistos los expedientes seguidos en la Dirección General de Patrimonio Cultural, y de conformidad con l.o establecido en el artículo 9.2 de la Ley 16/1985, y el artículo 13.2 del Real Decreto 111/86.

DISPONGO:

Abrir un período de información pública en los expedientes de declaración de Bien de Interés Cultural, a favor de los Monumentos que se relacionan en el Anexo de esta Orden, a fin de que cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar los mencionados expedientes y aducir lo que estimaren precedente, durante el plazo de veinte días a partir de la presente publicación en el Diario Oficial de Extremadura, en la Oficina de la Consejería de Educación y Cultura, Dirección General del Patrimonio Cultural, sita en calle Sancho Pérez, n. 6, en Mérida (Badajoz), de 9 a 14 horas.

El Consejero de Educación y Cultura, Javier Naranjo Gonzalo. Ilmo.. Sr. Director General de Patrimonio Cultural.

ANEXO

Relación de expedientes para la Declaración de Bien de interés Cultural

PROVINCIA DE BADAJOZ

Con categoría de Monumento

La Roca de la Sierra.-Iglesia Parroquial Sta. Maria del Prado.
Medellín.-Iglesia Parroquial de San Martín.
Valverde de Mérida.- Iglesia Parroquial de Sta. Marina.
La Zarza.- Iglesia Parroquial de San Martín.

PROVINCIA DE CACERES

Con categoría de Monumento

Acebo.-Iglesia Parroquial Ntra. Sra. de los Ángeles.
Baños de Montemayor.-Balneario.
Ceclavín.-Iglesia Parroquial Ntra. Sra. del Olmo.
Torre de Don Miguel.-Iglesia Parroquial de la Asunción.

DOE núm. 91 SÁBADO, 6 DE AGOSTO DE 1994

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Concurso.- Resolución de 28 de julio de 1994, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncia licitación de las obras de Adaptación de la Iglesia de Santa Catalina para auditorio en Baños de Montemayor, por el sistema de concurso.

JUEVES, 29 DE SEPTIEMBRE DE 1994 Número 111

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Adjudicación.- Resolución de 16 de septiembre de 1994, por la que se adjudican definitivamente las obras de Adaptación de la Iglesia de Santa Catalina para Auditorio en Baños de Montemayor.

MARTES, 17 DE ENERO DE 1995 Número 7

CONSEJERÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Interés Cultural.- Decreto 1/1995, de 10 de enero, por el que se declara bien de Interés Cultural, con categoría de monumento, el balneario de la localidad de Baños de Montemayor.

La Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Extremadura incoó, en fecha de 3 de diciembre de 190, expediente de Declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, a favor del Balneario en la localidad de Baños de Montemayor. En el se han cumplido los tramites preceptivos, tanto en su incoación como en su instrucción.

De conformidad con lo dispuesto en el Estatuto de Autonomía de Extremadura, y de acuerdo con la sentencia nº 17/1991, de 31 de enero, emitida por el Pleno del Tribunal Constitucional, corresponde a la comunidad Autónoma de Extremadura la competencia para emitir la Declaración formal de Bien de Interés Cultural

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el Art. 7º 1, apartado 13, del Estatuto de Autonomía de Extremadura, Art. 9.2 y 14.2 de la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español, y el Art. 115 del Real Decreto 111/1986 de desarrollo parcial de esta, a propuesta del Consejero de Cultura y Patrimonio y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su reunión del día 10 de enero de 1995

DISPONGO

Art.1.- Se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, el Balneario de la localidad de Baños de Montemayor, que se describe como:

El Balneario se encuentra al borde de la carretera Nacional 630, a su paso por el caso antiguo. El origen del actual complejo arquitectónico del balneario, según lo divulgado en la localidad, es que fueron unas termas romanas (terapéuticas) que se ubicaron en este mismo lugar, destacando esta hipótesis el autor Pascual Madoz, que describe: "Estos baños debieron ser muy conocidos de los romanos, y es de creer que se bañarían en ellos sus legiones, pues en las excavaciones hechas se encuentran vestigios de habitaciones subterráneas de gusto antiguo", no solo por los vestigios romanos aparecidos en 1894, conservados en el interior del Balneario y expuestos correctamente, sino por la existencia de la propia Terma Romana

Interiormente se puede acceder al lugar donde se halla el manantío del agua termal; se trata de un espacio circular cubierto con bóveda y toma de luz central, pudiéndose observar las partes altas de las hornacinas del medio punto rehundidos con el muro, quedando el resto bajo el actual nivel del suelo, estando en la actualidad el centro de la construcción circular ocupado por una cámara de ladrillo de metro y medio de alto que protege la pileta, a donde llega el agua para su distribución. Por la parte alta de la cámara citada se accede a un hueco donde se aprecia un tronco de columna con lustre y pileta octogonal con ocho pequeños orificios. Esta terma responde al concepto de terapéutico, debiendo estar adscrito este lugar de Baños de Montemayor al importante enclave de Cáparra

Durante el siglo XVII se realizan obras de ampliación promovidas por el Obispo de Coria, D. Francisco de Porras Atienza, construyéndose una gran nave, bóveda de medio cañón corrido con lunetos. En el siglo XIX la corporación Municipal inicio una ampliación que consistió en una estancia a nivel del suelo apoyada sobre seis columnas metálicas, desde la que se accede por la escalera de piezas graníticas a otras estancias cubiertas con bóvedas de aristas, a nivel de la Terma Romana, las piezas anteriores están comunicadas con el gran espacio abovedado

A finales del siglo, en 1890, se instalaron en el exterior las rejas de fundición, protegen el recinto. En estas fechas se adquieren varias bañeras fabricadas en mármol, una de ellas, labrada con decoración mudéjar y gran valor artístico

Exteriormente la fachada principal se compone de tres cuerpos diferenciados y unidos. El primero, de dos plantas: la baja, en cuyo centro se abre la puerta de entrada, y la alta, con cuatro balcones en medio punto muy rebajado, la separación de las plantas se consigue con una cornisa a base de molduras con medias cañas y ángulos rectos; la segunda planta remata en otra cornisa molduras. El segundo cuerpo es mas pequeño y sus vanos son cuadrados. El tercer cuerpo presenta en su parte inferior sillares de correcta estereotomía, con sillares en las esquinas que le confieren cierto aire de edificio defensivo; esta última parte del conjunto se une al Hotel por una escalinata cuyo pasamanos es soportado por balaustres muy decorativos, realzando la unión de los dos elementos

La fachada lateral presenta dos plantas sin separación por cornisas, en el que se abren cinco vanos rececados de cantería y con las mismas características que la fachada principal

Art. 2º.- La delimitación de la zona afectada por el posible Monumento, en cuanto puede repercutir en la contemplación y ensalzamiento del mismo, y teniendo en cuenta que los valores principales de este edificio se hallan en su interior, es el siguiente:

Todo el espacio comprendido dentro del inmueble nº 52 de la Avda. Calvo Sotelo (Ctra. nacional 630), quedando delimitado de la siguiente forma: Al Norte del Balneario con el Hotel-Balneario; al Sur y Este con la calle General Mola, y al Oeste con la propia Avd. Calvo Sotelo (Ctra. nacional 630). Quedando incluidos dentro del propio inmueble todos los restantes espacios (jardines) que los unen entre si.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Comuníquese el presente Decreto al Ministerio de Cultura, a efectos de su anotación definitiva al Registro General de Bienes de Interés Cultural

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. Dado en Mérida, a 10 de enero de 1995

El Presidente de la Junta de Extremadura, Juan Carlos Rodríguez Ibarra. El Consejero de Cultura y Patrimonio, Antonio Ventura Díaz Díaz

    Iglesia de Santa María de La Asunción conocida como Santa María, situada en la parte del pueblo que pertenecía al Señorío del Marqués de Montemayor, Diócesis de Coria y al antiguo Reino de León, fue declarada Monumento Histórico Artístico en 1982.

    Es una obra realizada en sillería y cantería de granito, desigual en cuanto a su estilo y su calidad, fruto de distintas etapas constructivas entre los siglos XVI y XVII; destacando el gusto barroco.

    En el interior presenta una nave de un solo tramo y crucero; está cubierta con bóveda de medio cañón, excepto los brazos del crucero y el sotocoro que se cubren con techo plano.

    De su interior, lo más notable es el retablo, de estilo barroco clasicista (1612), realizado por el escultor Diego de Salcedo y ensamblado por Antonio González Ramiro. Posee el templo un órgano con caja barroca del siglo XVIII.

    Su exterior, de muy buena factura, el acceso por la Portada del Evangelio es de estilo plateresco, consiste en arco de medio punto, flanqueado por pilastras estriadas sobre las que se se dispone un entablamento con un relieve marmóreo con el típico emblema mariano del jarrón con lirios, sujeto por dos putti y flameros laterales. En las enjutas del arco, dos medallones representando a San Pedro y San Pablo. Rematan el conjunto un relieve de la Asunción de la Virgen, dentro de una aureola, acompañada de dos ángeles. Tiene otro acceso a los pies es de arco apuntado y muy primitiva;

    La torre campanario, realizado en sillería, presenta un carácter singular, realizada en en tres cuerpos separados por cornisas molduradas, su planta cuadrada a partir del segundo cuerpo se convierte en romboidal a partir del segundo cuerpo, en el cual hay una moldura escalonada que sirve de unión a las cornisas superior e inferior. El tercer cuerpo presenta vanos de medio punto, que sirven para alojar el cuerpo de campanas. El remate se realiza a través de un antepecho adornado con escamas, motivos heráldicos y flameros. Sobre él se alza el coronamiento con los motivos herrerianos piramidales y dos arcos cruzados en el centro.

   Iglesia de Santa Catalina, fábrica del siglo XV, situada en la parte del pueblo que pertenecía al Duque de Béjar, Diócesis de Plasencia y al Reino de Castilla.

    El Templo parroquial de Santa Catalina es una sencilla fábrica de mampostería granítica y sillarejo enfoscada de cal, con sillares en portadas y vanos, en esquinas y contrafuertes.  Sus orígenes se remontan al siglo XV, aunque la parte más relevante de la fabrica es del siglo XVI.

    El interior consiste en nave única, con cabecera plana y a la se adosa la torre campanario de planta rectangular. La puerta situada a los pies  es un sencillo arco moldurado de medio punto, enmarcado por un alfiz; a ambos se encuentra el escudo del Duque de Béjar. Coronado el alfil una imagen de Santa Catalina alojada en una hornacina, sobre la que campea un pequeño rosetón que da luz al interior .

    Lo único que conserva es el retablo mayor, realizado en el siglo XVI. de elegante traza renacentista, consiste en tres cuerpos distribuidos en tres calles y dos entrecalles, alternando la escultura con la pintura sobre tabla; si bien, predomina la pintura. Su iconografía representa dos ciclos; uno principal de donde se narra la vida de Cristo y otro secundario con el martirio de santa titular del templo. En la actualidad es el Auditorio Municipal.

    Existen en Baños dos ermitas localizadas fuera de la población; la ermita Calvario, que tiene sus orígenes en el siglo XVI, y la ermita del Humilladero que pertenece al siglo XVII.

    Calzada romana. Como itinerario romano se extendía entre Mérida (Emérita Augusta) y Astorga (Astúrica Augusta), y ha sido objeto de estudio desde el siglo XVIII hasta el presente, en razón a su relevancia histórica y cultural.

    Las distancias, en millas romanas, se iban marcando con hitos de piedra: "miliarios" y al final de cada jornada de viaje existía una "mansio" o parador donde descansar. Baños de Montemayor podría corresponder con la localización de una de estas mansio: Caelionico o Caecilio Vico.

    La calzada atravesaba la población, conservándose dos tramos de su trazado en las salidas N y S del pueblo. Asociadas al camino existen alcantarillas y puentes, como el denominado del Cubo. Durante la Edad Media adquiere carácter de camino de peregrinación, constituyendo la ruta jacobea del Sur. Además sirvió de camino de trashumancia, coincidiendo en gran parte de su trazado con la cañada ganadera Vizana.

    Termas Romanas S. I d. C. El edificio del Antiguo Balneario data de la ampliación efectuada entre finales del siglo XIX y principios del XX, cuyos planos firma Santiago Madrigal Rodríguez, arquitecto de Salamanca. La fachada principal, de estilo ecléctico. La puerta principal tiene un remate avenerado con el rótulo de "Balneario" adornado con una guirnalda. Se adosan al cuerpo principal otras dos ampliaciones con fachadas diferenciadas. Rodea el edificio un jardín cerrado con una magnífica reja en cuya puerta principal se anota la fecha de 1884.

    Conserva en su interior resto de las termas romanas: un espacio de planta circular, con ocho metros de diámetro, cubierto por una bóveda semiesférica con iluminación cenital. En este espacio se abrían cuatro nichos u hornacinas donde se alojan bañeras de forma oval talladas en granito. Ha sufrido alteraciones por causa de las sucesivas reformas a lo largo de los siglos, de las que conserva las trazas del edificio que en el siglo XVII mandó levantar el obispo de Coria, Don Juan de Porras y Atienza. La propiedad del Balneario pertenece a los vecinos de esta localidad. Fue declarado Bien de Interés cultural en 1995.


GASTRONOMÍA

    Se basa en productos naturales de la zona, como el cordero, el cerdo o los productos de la huerta. Fundamentalmente es una cocina sencilla y de calidad que mantiene viva la dilatada tradición de los fogones de las abuelas. Entre los platos más representativos está: la Caldereta de cordero, la Cazuela, el Zorongollo, Tomates al Perico o las Patatas Escabechadas. Todo ello regado con buen vino de pitarra que se continua elaborando de forma artesanal en bodegas particulares.

    También se puede degustar todo tipo de embutidos ibéricos, y los dulces típicos como las roscas fritas, huesillos, perrunillas, bollos dulces, mantecados y otros varios

    Dehesa Barón de Ley Ctra. N-630. Km. 432, Baños de Montemayor. Tiene capacidad para procesar las carnes de unos 6000 cerdos al año. Únicamente animales de raza ibérica alimentados con bellotas y hierbas del campo en sus dos últimos meses de vida son aptos para la producción de los mejores jamones de bellota 100%.

    La ubicación de la bodega próxima a las sierras de Béjar y de Gredos facilita un clima perfecto para la curación de los jamones en un ambiente natural a 900 metros de altitud, con inviernos muy fríos y veranos suaves

  Para saber mas acerca de las Marcas de Calidad de la región extremeña, pinchar aquí

    Para conocer la normativa de las Matanzas Caseras, pinchar aquí

   Está incluido en la denominación del cerdo ibérico Dehesa de Extremadura, para mas información sobre el cerdo y sus productos pinchar aquí

  Está incluido dentro de la zona Ternera de Extremadura, para conocer mas sobre la ternera, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

    Está incluido dentro de la zona Vino de la Tierra de Extremadura, para conocer mas sobre el vino de la Tierra, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

    Control de los quesos curados elaborados con leche cruda y madurados en establecimientos distintos a los de elaboración. pinchar aquí 

    Para conocer el Registro de Envasadores y Embotelladores de aceite de oliva virgen extra y aceite de oliva virgen con designación de origen de la Comunidad Autónoma de Extremadura, pinchar aquí.

    Su quieres conocer el panel de Catadores de Aceite de Oliva Virgen y la regulación de las organizaciones de operadores del sector oleícola, pincha aquí.

    Está incluido dentro de la Denominación de Origen Aceite de Gata, para conocer mas sobre este aceite, pinchar aquí

   Para conocer la Calidad de las Aguas potables, pinchar aquí

    Está incluido en la protección de la Cabra Retinta Extremeña, para mas información sobre la cabra y sus productos pinchar aquí

   Si quieres saber sobre el Registro de Derechos de Replantación de Viñedos, pincha aqui

   Para mas información sobre Gastronomía extremeña, ir a Addenda de Gastronomía


FIESTAS

Núm.: 45 Lunes, 7 de marzo de 2011

CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

Fiesta de Interés Turístico.- Orden de 15 de febrero de 2011 por la que se declara Fiesta de Interés Turístico de Extremadura la fiesta "Otoño Mágico" del Valle del Ambroz.

   Cuenta con una Plaza de Toros con un aforo de 2.000 localidades. Categoría de esta plaza de toros: 3º

    Eugenio Larruga, en sus Memorias Políticas y Económicas, Tomo XXXIX, publicado en Madrid el año 1796, paginas 246 y siguientes, escribe: Ferias; El dia de San Miguel se hace tambien feria en la Villa de Montemayor, junto á Baños.

   Si quieres mas información sobre las Fiestas de Extremadura, pincha aquí

   Si te interesan las Plazas de Toros de Extremadura y la Normativa sobre espectáculos taurinos, pincha aquí


TURISMO

DOE núm. 7 JUEVES, 18 DE ENERO DE 2001

CONSEJERÍA DE CULTURA

Adjudicación.- Resolución de 30 de noviembre de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace pública la adjudicación definitiva de la consultoría y asistencia técnica de redacción del proyecto y ejecución de la adecuación museográfica de la Vía de la Plata en Baños de Montemayor y Monesterio.

DOE núm 7 JUEVES, 18 DE ENERO DE 2001

CONSEJERÍA DE CULTURA

Adjudicación.- Resolución de 30 de noviembre de 2000, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace pública la adjudicación definitiva de la consultoría y asistencia técnica de redacción del proyecto y ejecución de la adecuación museográfica de la Vía de la Plata en Baños de Montemayor y Monesterio.

DOE núm. 130 SÁBADO, 9 DE NOVIEMBRE DE 2002

CONSEJERÍA DE CULTURA

Concurso.- Resolución de 5 de noviembre de 2002, de la Secretaría General, por la que se anuncia licitación para la adjudicación de la explotación del Albergue y el Centro de Interpretación general de la Vía de la Plata en Baños de Montemayor, en ejecución del proyecto Vía de la Plata-Extremadura, mediante concurso por el procedimiento abierto.

DOE núm. 12 MARTES, 28 DE ENERO DE 2003

CONSEJERÍA DE CULTURA

Adjudicación.- Resolución de 27 de diciembre de 2002, de la Secretaría General, por la que se hace pública la adjudicación de la "Explotación del albergue de la Vía de la Plata y su centro de interpretación en Baños de Montemayor".

DOE núm. 48 JUEVES, 24 DE ABRIL DE 2003

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

Vías pecuarias.- Anuncio de 10 de abril de 2003, de exposición pública de comienzo de operaciones de deslinde de vía pecuaria en el término municipal de Baños de Montemayor.

Vías pecuarias.- Anuncio de 10 de abril de 2003, sobre exposición pública de comienzo de operaciones de deslinde de vía pecuaria en los términos municipales de Baños de Montemayor y Hervás.

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 11/07/1966, nº 164

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 8801 - 8801

Orden de 3 de junio de 1966 por la que se aprueba la clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Baños de Montemayor, provincia de Cáceres.

Ilmo. Sr.: Visto el expediente seguido para la clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Baños de Montemayor, provincia do Cáceres. en el que no se ha formulado reclamación alguna durante su exposición al público, siendo favorables cuantos informes se emitieron sobre ella y cumplidos todos los requisitos legales de tramitación;

Vistos los artículos 1 al 3 y 5 al 12 y 23 del Reglamento de Vías Pecuarias de 23 de diciembre de 1944 y los pertinentes de la ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958,

Este Ministerio, de acuerdo con la propuesta de la Dirección General de Ganadería e informe de la Asesoría Jurídica del Departamento, ha resuelto:

Primero-Aprobar la clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de Baños de Montemayor. provincia de Cáceres, por la que se consideran:

Vías pecuarias necesarias

Cañada de Aliste Zamorana o de la Plata,- Anchura variable, 27 metros, como máxima y 7 metros, coma mínima,

El recorrido, dirección, superficie y demás características de la expresada vía figura en el proyecto de clasificación, cuyo contenido se tendrá presente en todo cuanto les afecta.

En aquellos tramos de vías pecuarias afectados por situaciones topográficas, alteraciones por el transcurso del tiempo en cauces fluviales o marítimos, paso por zonas urbanas o situaciones de derecho previstas en el artículo segundo del Reglamento de Vías Pecuarias, la anchura de tales tramos será definitivamente fijada al practicarse su deslinde.

Segundo.-Firme la presente clasificación, se procederá al deslinde y amojonamiento de la vía pecuaria.

Tercero.-Esta resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletin Oficial» de la provincia, para general conocimiento, agota la vía gubernativa, pudiendo los que se consideren afectados por ella interponer recurso de reposición. previo al Contencioso-Administrativo, en la forma, requisitos y plazos señalados en el articulo 126 de la Ley de Procedimiento Administrativo. en armonía con el artículo 52 y siguientes de la Ley de 27 de diciembre de 1956. reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos. Dios guarde a V. I. muchos años, Madrid, 3 de junio de 1966.-P. D., F. Hernández Gil. Ilmo. Sr. Director general de Ganaderia.

DOE núm. 115 MARTES, 30 DE SEPTIEMBRE DE 2003

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL

Vías pecuarias.- Anuncio de 12 de septiembre de 2003, de exposición pública de propuesta de deslinde de la vía pecuaria denominada "Cañada Real de Aliste Zamorana o de la Plata" en el Término Municipal de Baños de Montemayor.

Vías pecuarias.- Anuncio de 12 de septiembre de 2003, de exposición pública de propuesta de deslinde de la vía pecuaria denominada "Cañada Real de Aliste Zamorana o de la Plata", en los Términos Municipales de Baños de Montemayor y Hervás.

DOE núm. 149 MARTES, 23 DE DICIEMBRE DE 2003

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL

Vías pecuarias.- Orden de 25 de noviembre de 2003, por la que se aprueba el deslinde de la Cañada Real de Aliste Zamorana o de la Plata. Tramo: En todo su recorrido excepto divisoria con Hervás. Término municipal de Baños de Montemayor.

DOE núm. 151 MARTES, 30 DE DICIEMBRE DE 2003

CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL

Vías pecuarias.- Orden de 27 de noviembre de 2003, por la que se aprueba el deslinde de la Cañada Real de Aliste Zamorana o de la Plata. Tramo: Divisoria de ambos términos. Términos municipales de Baños de Montemayor y Hervás.

D.O.E. Nº 7 de 13/06/1983

VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO

Resolución de 20 de mayo de 1983, de la Comisión Regional de Precios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por la que se publica el acuerdo de la misma de 6 de mayo de 1983, sobre autorización de nuevos precios de los servicios del balneario de Baños de Montemayor (Cáceres).

La Comisión Regional de Precios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud del Real Decreto 2312/1982, de 24 de Julio, y en uso de las facultades atribuidas por Decreto 48/1983, de 1 de Febrero, de la Junta Regional de Extremadura, ha acordado por unanimidad:

1.- Autorizar a D. Miguel Ferrero Pardo, arrendatario del BALNEARIO DE BAÑOS DE MONTEMAYOR (CACERES), la fijación de los precios de los servicios siguientes:

Baño en preferencia 115 Pts.
Baño en gatería 100 Pts.
Chorro en preferencia 90 Pts.
Chorro en galería 65 Pts.
Agua en bebida 50 Pts.
Inhalación, pulverización y/o ducha nasal 70 Pts.

2.- Los precios de estos servicios entrarán en vigor el día 16 de Mayo de 1983.

Contra el presente Acuerdo se podrá interponer:

a) Recurso de alzada ante la Junta de Extremadura en el plazo de quince días a contar desde el siguiente al de publicación de esta Resolución.

b) Recurso de Reposición ante la propia Comisión Regional de Precios en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de publicación de esta Resolución.

Ambos tipos de recursos serán excluyentes entre sí. Badajoz, 20 de Mayo de 1983. Presidente de la Comisión Regional de Precios de la Comunidad Autónoma de Extremadura Fdo. José A. Jiménez García

    Su balneario consta de dos edificios, uno de nueva construcción (1995) y otro reformado en el año 2000, en el cual están situadas las Termas Romanas. El antiguo balneario, declarado Monumento Histórico, está actualmente rehabilitado por completo, pero ha mantenido la estructura original de las termas romanas. En sus salas, acondicionadas con instalaciones modernas, se recrea un ambiente que traslada a la época romana. El nuevo balneario, situado frente al antiguo, data del año 1995.

    BALNEARIO*** Avda. de las Termas, 66. 10750 Baños de Montemayor (Cáceres) 927 48 80 05. Cierra después del puente de diciembre y hasta mediados de febrero

    El hotel se encuentra en pleno valle del Ambroz y es un amplio edificio situado junto al reformado balneario original y frente al nuevo balneario construido en 1995. El establecimiento destaca por su estilo Belle Époque de la década de 1920, con preciosos detalles decorativos, aunque amoldado a las necesidades actuales. Dispone de 90 habitaciones y de un restaurante para 160 comensales, además de cafetería, terraza de verano, salón de convenciones y de reuniones, jardín, garaje y sala de televisión gigante.

    El edificio del Antiguo Balneario data de la ampliación efectuada entre finales del siglo XIX y principios del XX, cuyos planos firma Santiago Madrigal Rodriguez, arquitecto de Salamanca. La fachada principal, de estilo ecléctico. La puerta principal tiene un remate avenerado con el rótulo de "Balneario" adornado con una guirnalda. Se adosan el cuerpo principal otras dos ampliaciones con fachadas diferenciadas. Rodea el edificio un jardin cerrado con una magnífica reja en cuya puerta principal figura fecha de 1884.

    Conserva en su interior restos de las termas romanas: un espacio de planta circular, con ocho metros de diámetro, cubierto por una bóveda semiesférica con iluminación cenital. En este espacio se abrían cuatro hornacinas donde se alojan bañeras de forma oval talldas en granito. Ha sufrido alteraciones por causa de las sucesivas reformas a lo largo de los siglos, de las que se conserva las trazas del edificio que el siglo XVII mandó levantar el obispo de Coria, Don Juan de Porras y Atienza. La propiedad del Balneario pertenece a los vecinos de esta localidad. Fue declarado Bien de Interés cultural en 1995.

    Centro de interpretación de la Vía de la Plata, situado en una vivienda tradicional de la calle del Castañar, rehabilitada y acondicionada para este uso, en el marco del proyecto Alba Plata, y fue abierto al público en mayo de 2001. Ofrece la posibilidad de conocer el origen y la historia de este antiguo camino a su paso por la región, mediante una explicación rigurosa y amena.

    Durante toda la Edad Media la Vía de la Plata fue camino para el desplazamiento de los ejércitos de los reinos árabes y cristianos en sus conquistas. Su defensa y control se vio jalonada de un buen número de fortalezas. Tras la reconquista cristiana fueron surgiendo, a lo largo del trazado de la vía, a veces incluso modificándolo, nuevas e importantes poblaciones a la vez que crecían otras antiguas: Plasencia, Cáceres, Mérida, Almendralejo, Zafra... Con todo, la antigua vía fue siendo cada vez menos transitada en siglos más recientes.

    Extremadura es la única comunidad autónoma que ha conseguido poner en valor el trazado de la Vía de la Plata, con el apoyo de toda una infraestructura que permite al caminante conocer el legado patrimonial.

    Mirador de la estación

    Ruta de La Garganta

    Artesanía Tradicional, el trabajo de la madera del castaño es característica de los pueblos del Valle del Ambroz, desde muy antiguo. Aunque dentro del valle cada artesano se diferencia, en Baños de Montemayor, se trabaja la madera en fino, cestos que se dedican principalmente a las labores de la casa, cestos de costura, para la ropa sucia, cestas para el pan, cestos de campo, para recogidas de aceitunas y uvas, lámparas, cuadros etc.

    La preparación de la madera es realizada con gran esmero, logrando así un producto de calidad. Finalmente parte de estos productos se decoran mediante pirograbado; antiguamente para ello utilizaban la fragua y actualmente con mecanismos más modernos.

    El número de cesteros en Baños de Montemayor ha sufrido una disminución, ya que este oficio es muy laborioso. Actualmente hay seis cesterías abiertas al público.

  Si quieres conocer los Bienes de Carácter Cultural, pincha aquí

   Si quieres conocer la Artesanía extremeña, pincha aquí

   Si quieres conocer mas sobre el Turismo Extremeño, alojamientos, tipos y normativa, pincha aquí

Si quieres conocer mas sobre la Vía de la Plata, pincha aquí

    Si quieres conocer mas sobre las Aguas Termales en Extremadura, pincha aquí

   Si estás interesado en la el origen y desarrollo de la ganadería extremeña, la Mesta, sus cañadas y costumbres, pincha aquí.

   Si quieres conocer mas sobre la Normativa de Competiciones, Conservación de la Pesca y Cotos, pincha aquí

   Si quieres conocer mas sobre la Naturaleza Extremeña, Normativa, Catalogo Especies Protegidas y Parques Naturales, pincha aquí

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MINERALES

   Se encuentran en el termino los siguientes minerales, en cantidades mas o menos variables:


ALOJAMIENTOS

RESTAURANTES


PERSONAJES

Señores de Bejar

Titulares

Alfonso de La Cerda, infante de Castilla, señor de Alba y Bejar * 1270

Diego Lopez de Zuñiga, 1. señor de Béjar * c. 1360

Duques de Béjar

Título creado por

Isabel I la Católica, reina de Castilla

en 1485

a favor de

Álvaro de Zuñiga y Leyva, 1. duque de Bejar * c. 1410

  1. Álvaro de Zuñiga y Leyva, 1. duque de Bejar * c. 1410
  2. Alvaro de Zuñiga y Guzmán, 1. marqués de Gibraleón * c. 1460
  3. Teresa de Zuñiga Guzman y Manrique, 3ª duquesa de Bejar * c. 1500
  4. Francisco de Zuñiga Sotomaior, 4. duque de Bejar * c. 1530
  5. Francisco Diego Lopez de Zuñiga Sotomaior y Mendoza, 5. duque de Bejar, 6. marqués de Gibraleon * c. 1560
  6. Alonso Diego Lopez Zuñiga Sotomaior de Guzman, 6. duque de Bejar * 1580
  7. Francisco Diego Lopez de Zuñiga Sotomaior y Guzman, 7. duque de Bejar * c. 1600
  8. Alonso de Zuñiga Sotomayor, 11. conde de Belalcazar * c. 1615
  9. Juan Manuel de Zuñiga Sotomayor y Mendoza, 9. duque de Bejar * c. 1620
  10. Manuel Diego de Zuñiga Sotomaior y Silva, 10. duque de Bejar, marqués de Gibraleon, 13. conde de Belalcazar * c. 1640
  11. Juan Manuel de Zuñiga Sotomayor y Castro, 11. duque de Bejar * c. 1670
  12. Joaquín Lopez de Zuñiga Sotomayor y Castro, 12. duque de Bejar * 1715
  13. María Josefa de la Soledad Alfonso-Pimentel de Borja Zúñiga Enríquez Ponce de León, 12ª duquesa de Arcos * 1752
  14. Pedro de Alcantara Maria Tomas Tellez-Giron y Beaufort, duque de Osuna y del Infantado * 1810
  15. Mariano Francisco Tellez-Giron y Beaufort, duque de Osuna * 1814
  16. Pedro de Alcántara Téllez-Girón y Fernández de Santillán, 18. conde e 15. duque de Benavente * 1812
  17. María del Rosario Téllez-Girón y Fernández de Velasco Pacheco, 16ª duquesa de Béjar * 1840
  18. Jaime Tirso Pedro Roca de Togores y Téllez-Girón, 17. duque de Béjar * 1862
  19. Pedro de Alcántara Roca de Togores y Tordesillas, 18. duque de Béjar * 1895
  20. Pedro de Alcántara Roca de Togores y Laffitte, 19. duque de Béjar * 1918
  21. Pedro de Alcántara Roca de Togores y Salinas, 20. duque de Béjar * 1944

Gaceta de Madrid núm. 275, de 02/10/1925

Página 43:

Subsecretaría.- Títulos del Reino.- Anunciando haber sido solicitada Real Carta de sucesión en el Título de Marqués de Molina, con Grandeza de España, y en el de Vizconde de Rocamora, a favor de don Fernando Roca de Tagores y Aguirre Solarte, Marqués de Rocamora, y D. Luis Roca de Togores y Téllez, Gran Duque de Béjar.

Solicitada por D. Fernando Roca de Tagores y Aguirre Solarte, Marqués de Rocamora, y por D. Luis Roca de Togores y Téllez, Duque de Béjar, Real Carta de Sucesión en el Título de Marqués de Molina, con Grandeza de España, y en el de Vizconde de Rocamora, con arreglo en lo prevenido en el párrafo tercero del articulo 6 del Real Decreto de 27 de Mayo de 1912, se anuncia que, por termino de quince dias, a partir de la publicación, estará de manifiesto el expediente para que los interesados aleguen lo que estimen conveniente o desistan de el.

Madrid 30 de septiembre de 1925. El Subsecretario Garcia-Goyena

Gaceta de Madrid núm.41, de 10/02/1926

Página 738:

Real orden disponiendo se expida Real carta de sucesión en los Títulos de Marqués de Molíns, con Grandeza de España y Vizconde de Rocamora, a favor de D. Fernando Roca de Togores y Aguirre Solarte, Marqués de Rocamora, y desestimando instancia de D. Luis Roca de Togores, Duque de Béjar, solicitando los mencionados Títulos.

Excmo. Sr. : Con arreglo en lo prevenido en el Real Decreto de 27 de Mayo de 1912

S.M. el Rey (q.D.g), de conformidad con lo informado y propuesto por la Diputación permanente de la Grandeza de España y por la Comision permanente del Consejo de Estado, a tenido a bien disponer que, previo pago del impuesto especial correspondiente a las sucesiones y demás derechos establecidos, se expida en el termino señalado Real Carta de Sucesión en los títulos Marqués de Molíns, con Grandeza de España y Vizconde de Rocamora, a favor de D. Fernando Roca de Togores y Aguirre Solarte, Marqués de Rocamora, por defunción de su hermano D. José Ventura, desestimando al propio tiempo la instancia de D. Luis Roca de Togores, Duque de Béjar, solicitando los mencionados Títulos.

De Real orden lo participo a V.E. para su conocimiento y efectos procedentes en el Ministerio de su digno cargo. Dios guarde a V.E. muchos años. Madrid 3 de Febrero de 1926. GALO PONTE. Sr. Ministro de Hacienda

Gaceta de Madrid núm. 4, de 04/01/1931

Páginas 84 a 85:

Real orden disponiendo se expida Real carta de sucesión en el Título de Conde de Melgar a favor de D. Luis Roca de Togores y Téllez Girón, Duque de Béjar, Grande de España.

S. M. el REY (q. D. g.) ha tenido a bien disponer que, previo el pago del :Impuesto especial correspondiente y demás derechos establecidos, se expida, en el término señalado, Real Carta de sucesión en el título de Conde de Melgar á favor de D. Luis Roca de Togores y Téllez Girón, Duque de Bejar, Grande de España,. por defunción de su hermana, doña Maria del Rosario Roca de Togores.

De Real orden lo participo a V. E. para su conocimiento y efectos procedentes en el Ministerio de su digno cargo. Dios guarde a V. E. muchos años. Madrid, 18 de Diciembre de 1930.  MONTES JOVELLAR. Señor Ministro de Hacienda.

Boletín Oficial del Estado núm. 282, de 09/10/1954

Páginas 6800 a 6801:

DECRETO de 24 de septiembre de 1954 por el que se convalida, sin perjuicio de tercero de mejor derecho, la sucesión en los títulos de Duque de Béjar, con Grandeza de España, y Vizconde de la Puebla de Alcocer, a favor de don Pedro Roca de Togores y Laffitte.

De conformidad con lo preceptuado en el Real Decreto de veintisiete de mayo de mil novecientos doce y segunda disposición transitoria del Decreto de cuatro de junio de mil novecientos cuarenta y ocho, de acuerdo con el parecer de la Diputación Permanente de la Grandeza de España, Sección y Subsecretaría del Ministerio de Justicia y Comisión Permanente del Consejo de Estado, previa deliberación del Consejo de Ministros y a propuesta del de Justicia.

Vengo en convalidar, sin perjuicio de tercero de mejor derecho. la sucesión concedida por la Diputación de la Grandeza de los títulos de Duque de Bejar, con Grandeza de España, y Vizconde de la Puebla de Alcocer, a favor de don Pedro Roca de Togores y Laffitte, vacantes por fallecimiento de su abuelo don Luis Roca de Togores y Téllez Girón, previo pago del impuesto especial y demás requisitos complementarios.

Asi lo dispongo, por el presente Decreto, dado en Madrid a veinticuatro; de septiembre de mil novecientos cincuenta y cuatro;

FRANCISCO FRANCO

El Ministro de Justicia ANTONIO ITURMENDI BAÑALES

Gaceta de Madrid núm. 43, de 26/10/1728

Página 168:

Madrid, 26 de Octubre de 1728.- Sus Majestades y Altezas quedan con salud en el Palacio de la Villa. Sus Altezas disfrutan de un día de caza en el sitio de la Moraleja, lugar perteneciente al Duque de Béjar. Se celebra el cumpleaños de la Reina con asistencia de los Grandes, Jefes de las Casas Reales, Embajadores, Ministros Extranjeros, y otros señores. El Rey concede el título de Conde de Gerena a Luis Bucareli.

Gaceta de Madrid núm. 49, de 07/12/1728

Páginas 191 a 192:

Madrid, 7 de Diciembre de 1728.- Los Reyes, la Princesa de Brasil, el Príncipe y los Infantes van a cazar al Monte de la Moraleja, propiedad del Duque de Béjar. Se celebra el cumpleaños de la Princesa de Asturias. Se cubre como Grande de España al Marqués de Montealegre y Quintana. El Rey hace merced de la Grandeza de España a Juan de Idiaquez, concede Llaves de Gentileshombres a Jerónimo de Solís y Gantes y a Pedro Vico, entre otras concesiones.

Gaceta de Madrid núm. 11, de 12/03/1765

Páginas 87 a 88:

Madrid, 12 de Marzo de 1765.- El Rey concede la Grandeza de España a la Duquesa de Miranda. Nombra Mayordomo mayor de su Alteza al Duque de Béjar, entre otros nombramientos y prorrogas de mandatos. Llega a las islas de Bayona un pingue de la Compañía de Caracas salido de Guayra.

Consiguiente al tratado Matrimonio del Principe nuestro Señor, ha nombrado el Rey por Mayordomo mayor de S. A. al Duque de Bejar: por Submillér de Corps al  Duque de Uzeda: por Caballerizo mayor, al Duque de Medina Sydonia y por primer Caballerizo al Marques Dufmet

Gaceta de Madrid núm. 10, de 11/03/1766

Páginas 79 a 80:

Madrid, 11 de Marzo de 1766.- Los Príncipes y los Señores Infantes e Infanta pasarían una inolvidable velada en la Casa de Campo, nombrada la Moraleja, propia del Excmo. Sr. Duque de Bejar. El Rey nombra varios cargos en el Ejército y la Iglesia. Fallecimiento del Sr. D. Juan Vázquez de Aguero, del Consejo de S.M. en el Supremo de las Indias. Gaceta de Madrid núm. 8, de 24/02/1767

Páginas 63 a 64:

Madrid, 24 de Febrero de 1767.- Se viste la Corte de gala en el Real Sitio del Pardo por el cumpleaños del Infante Francisco Xavier. El Duque de Béjar obtiene licencia para ser visitado por sus Altezas en su casa de la Moraleja. Hamet Elgazel, Embajador de Marruecos, llega a Cádiz para embarcarse a Tetuán junto a Jorge Juan, Embajador en Marruecos. El Rey confiere el Gobierno de la Plaza de Orán a Carlos Prevost, entre otros nombramientos.

Gaceta de Madrid núm. 84, de 25/03/1890

Página 906

Reales decretos nombrando para la dignidad de Comendador Mayor de Aragón, segunda de la Orden militar de Calatrava, á D. Juan de la Pezuela, Conde de Cheste, para la de Clavero, tercera de la misma Orden, á D. José Alvarez de Toledo, Duque de Medina Sidonia, y para la de Obrero, cuarta de dicha Orden, á D. Luis Roca de Togores, Duque de Béjar.

Gaceta de Madrid núm. 129, de 09/05/1900

Página 655:

Reales decretos nombrando Comendador de la Orden de Santiago, Dignidad de Clavero de la Calatrava y Dignidad de Obrero de la misma, á los Sres. Duque de Tamames, Duque de Béjar y Marqués de Ayerba, respectivamente.

Gaceta de Madrid núm. 313, de 09/11/1900

Página 505:

Reales decretos nombrando Presidente del Senado y Vicepresidentes del mismo al Conde de Valdosera, D. Antonio Dabán, Duque de Béjar, D. Faustino y San Pedro y Conde de Pallares, respectivamente.

Gaceta de Madrid núm. 123, de 02/05/1924

Página 639:

Real decreto nombrando para la Dignidad de Obrero en la Orden de Calatrava a don Luis Roca de Togores y Téllez-Cirón Roca de Togares y Fernández de Velasco, Duque de Bejar, Caballero profesor de la citada Orden.

Gaceta de Madrid núm. 320, de 16/11/1927

Página 966:

Real decreto nombrando Consejero de las Ordenes Militares a D. Luis Roca de Togores y Téllez Girón, Duque de Béjar, Caballero profeso de la Orden de Calatrava y de dignidiad de Obrero de la misma.

Gaceta de Madrid núm.346, de 11/12/1928

Página 1625:

Real decreto nombrando Comendador de Aragón en la Orden Militar de Calatrava a D. Luis Roca de Tagores y Téllez de Girón, Duque de Béjar.

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