Andando por Helechosa de los Montes

Helechosa de los Montes

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     El Fuero del Baylío, en su origen fue una Carta Puebla o conjunto de normas fijadas por el rey, señor o propietario de un lugar, en las que se determinaban las condiciones, principalmente económicas, a las que habrían de quedar sujetos quienes poblaran o vinieran a poblar tierras que le pertenecían. El origen de los Fueros y las Cartas Pueblas está en el intento de atraer, durante la Reconquista, a zonas despobladas o fronterizas a personas que sólo accederían a ello si se les concedieran determinados privilegios.

    Los orígenes del Fuero del Baylío, que ha estado en vigor desde el siglo XIII, son desconocidos, se sabe que fue ratificado por Alfonso Téllez a Alburquerque y por el Gran Maestre de la Orden del Temple a Jerez de los Caballeros y otros pueblos de la zona. En cuanto al ámbito personal el Fuero acompaña a las personas allí donde se encuentren, salvo que se otorguen capitulaciones matrimoniales.

    El primer texto legal sobre el Fuero del Baylío, o Carta a Mitad, data de 1.778 cuando el Rey Carlos III, como respuesta de una petición realizada por la villa de Alburquerque en el sentido de que aprobara la observancia de este fuero en dicha villa, ya que algunos tribunales se negaban a reconocerle fuerza legal, dictó una Real Cédula con fecha de 20 de Diciembre aprobando la observancia del Fuero del Baylío en la villa de Alburquerque, ciudad de Jerez de los Caballeros y demás pueblos donde se ha observado. La Real carta fue recopilada, por Carlos IV, en la Novísima Recopilación de 15 de Julio de 1.805 (Ley XII, título IV, libro X).

    El Código Civil fue promulgado el 24 de julio de 1.889 y entró en vigor el día 27 del mismo mes y año. Su promulgación está regulada por la Ley de Bases de 1.888, Gaceta núm. 143, de 22 de mayo de 1.888, autorizando al Gobierno para publicar un Código Civil, con arreglo a las condiciones y bases que se establecen en esta Ley. Es importante el artículo 5. de la Ley de Bases "Las provincias y territorios en que subsiste derecho foral, lo conservarán por ahora en toda su integridad, sin que sufra alteración su actual régimen jurídico por la publicación del Código, que regirá tan solo como supletorio en defecto del que lo sea en cada una de aquellas por sus leyes especiales. El título preliminar del Código, en cuanto establezca los efectos de las leyes y de los estatutos y las reglas generales para su aplicación, será obligatorio para todas las provincias del Reino. También lo serán las disposiciones que se dicten para el desarrollo de la base 3ª relativa a las formas del matrimonio"

    Desde entonces ha sido reformado en numerosas ocasiones, la primera por Ley 21 de julio de 1904 (Gaceta núm. 206 de 24 de julio), con las sucesivas modificaciones, el matrimonio se rige por el art. 9.2. Los contrayentes que no quieran quedar sometidos a sus efectos pueden otorgar capitulaciones matrimoniales haciendo renuncia al régimen económico que establece el fuero.

    En 1.972 el Fuero del Baylío pudo tener configuración escrita, pero el proyecto compilador al final no paso de mero proyecto. Lo mismo que en 1.978, cuando se elaboró un anteproyecto que tampoco llegó a convertirse en ley. En Noviembre de 1.998 se celebraron en Olivenza, organizadas por la Asamblea de Extremadura en colaboración con el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, unas jornadas en las que se intentaron plasmar por escrito nuestro Fuero.

    El Estatuto de Autonomía de Extremadura, Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero BOE 26-02-1983, modificado por la Ley Orgánica 12/1999, de 7 de mayo, de Reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura, establece en su artículo 11.1: "Corresponde a la Comunidad Autónoma la conservación, defensa y protección del Fuero del Baylío y demás instituciones de Derecho consuetudinario". Y en el artículo 42: "La competencia de los juzgados y tribunales de la Comunidad Autónoma de Extremadura será la establecida en las leyes orgánicas y procesales del Estado. No obstante, en materia civil, se extenderá a todas las instancias y grados, incluidos los recursos de casación y revisión en cuestiones relacionadas con el Fuero del Baylío y las demás instituciones de Derecho consuetudinario extremeño"

   Pinchando sobre el Mapa del Fuero del Baylio, se entra en la información del mismo facilitada por Manuel Trinidad Martín de la Universidad de Extremadura. Es el último reducto del derecho Foral en Extremadura, de origen templario, están incluidos en este Fuero los siguientes términos:

    Alburquerque, Alconchel, Atalaya, Bazuna, Brovales, Burguillos del Cerro, Cheles, Fuentes de León, Higuera de Vargas, Jerez de los Caballeros, La Codosera, Oliva de la Frontera, Olivenza, San Benito, San Jorge, Santo Domingo, San Francisco de Olivenza, San Rafael de Olivenza, Taliga, Valencia de Mombuey, Valencia del Ventoso, Valle de Matamoros, Valle de Santa Ana, Valuengo, Valverde de Burguillos, Villanueva del Fresno, Villareal, Zahinos, y como curiosidad Ceuta (en esa época pertenecían al Obispado de Ceuta Olivenza, Ouguela y Campo Maior, hasta 1512 en que se traslado la Diócesis a Olivenza).

 

Enclaves Templarios de Extremadura

BADAJOZ

  • Aceuchal
  • Alburquerque
  • Alconchel
  • Almorchón
  • Atalaya
  • Azuaga, convento de San Bartolomé
  • Badajoz
  • Barcarrota
  • Baterno
  • Bodonal de la Sierra
  • Burguillos del Cerro
  • Cabeza de Buey
  • Cabeza de Vaca
  • Capilla
  • Castelnovo
  • Castilblanco
  • Cheles
  • El Risco
  • Esparragosa de Lares
  • Fregenal de la Sierra
  • Fuente de Cantos
  • Fuentes de León
  • Fuente del Maestre
  • Garlitos
  • Helechosa de los Montes
  • Higuera la Real
  • Higuera de Vargas
  • Jerez de los Caballeros
  • La Codosera
  • La Morera
  • La Parra
  • Lobón
  • Mérida
  • Monesterio
  • Oliva de la Frontera
  • Olivenza
  • Puebla de Alcocer
  • Puebla de Sancho Perez
  • Rena
  • Salvaleón
  • Salvatierra de los Barros
  • Siruela
  • Solana de los Barros
  • Talarrubias
  • Táliga
  • Tamurejo
  • Torre de Miguel Sesmero
  • Valdecaballeros
  • Valencia de Mombuey
  • Valencia de las Torres
  • Valencia del Ventoso
  • Valle de Matamoros
  • Valle de Santa Ana
  • Valverde de Burguillos
  • Valverde de Leganés
  • Villanueva del Fresno
  • Villarta de los Montes
  • Zahara
  • Zahínos
  • Zarza Capilla

 

CÁCERES

  • Abadía
  • Alcántara
  • Alconétar
  • Algodor
  • Almenara
  • Bernardo
  • Cabeza del Esparragal
  • Cabezón
  • Cáceres
  • Cañaveral
  • Casillas
  • Coria
  • Esparragal
  • Garrovillas
  • Hervás
  • Hinojal
  • Jarandilla de la Vera
  • Malpartida de Plasencia
  • Milano (Torremilana)
  • Mirabel (Castillo Peña del Acero)
  • Monfragüe
  • Plasencia
  • Portezuelo
  • San Juan de Mascoras
  • Santa Cruz de la Sierra
  • Santa María de Sequeros
  • Santiago del Campo
  • Segura de Toro
  • Sotofermoso
  • Santibáñez el Alto
  • Talaván
  • Torrejón el Rubio
  • Torrequemada
  • Trevejo
  • Valencia de Alcantara
  • Vega de Coria
  • Villamiel

   BIBLIOGRAFÍA ESPECIFICA


DATOS del MUNICIPIO 39º19'24'' N 004º55'20'' W Hoja MTN 733

TIPO DE ENTIDAD: Villa

SUPERFICIE TÉRMINO (Km2.): 377

ALTITUD: 356 m.

POBLACIÓN: 794 habitantes

DISTANCIA BADAJOZ: 234 Km.

PARTIDO JUDICIAL: Herrera del Duque

MANCOMUNIDAD: La Siberia

COMARCA AGRARIA: Herrera del Duque

GENTILICIO: helechoseños

OTRAS ENTIDADES: Bohonal de los Montes situada a 23 km de Helechosa y a una altitud de 486 m. 100 habitqntes Iglesia San Pedro Apostol siglo XVI

BIBLIOGRAFÍA ESPECIFICA:


SITUACIÓN del MUNICIPIO

   Enclavada sobre las estribaciones norteñas de la sierra de la Rinconada, a la falda de la de los Batanes, ocupa el área más septentrional del dominio de los Montes, completando dentro del mismo, junto con Fuenlabrada y Villarta, el ámbito de la Calabria. Bordeada por el embalse de Cíjara que inunda su término municipal de Noroeste a Sureste, en pleno centro de la Reserva Nacional de Caza del mismo nombre.

    Dependiente de Helechosa, se encuentra la aldea de El Bohonal, se localiza en la sierra de la Dehesilla, del otro lados del Guadiana. En otro tiempo fue un lugar aislado al que sólo podía accederse atravesando el río sobre una balsa, en la actualidad se realiza a través de un puente construido recientemente.

    Forma junto con las poblaciones de Villarta de los Montes y Fuenlabrada la denominada Calabria


DATOS del AYUNTAMIENTO

Ayuntamiento de Helechosa de los Montes

Plaza de España, 2
06600 Helechosa de los Montes (Badajoz)
924 65 80 11 / 65 82 57
924 65 80 49
helechosa@dip-badajoz.es

DOE núm. 38 MARTES, 16 DE MAYO DE 1989

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO

Escudos Heráldicos.- Orden de 10 de mayo de 1989, por la que se aprueba el Escudo Heráldico Municipal, para el Ayuntamiento de Helechosa de los Montes (Badajoz).

El Ayuntamiento de Helechosa de los Montes (Badajoz), ha instruido expediente administrativo para la adopción del Escudo Heráldico Municipal. Dicho expediente fue aprobado por el Pleno Corporativo, en sesión de 24 de febrero de 1988, en el que se expresaban las razones que justificaban el dibujo-proyecto del nuevo blasón

Consta en dicho expediente el informe de la Real Academia de la Historia, emitido el día 24 de junio de 1988

Considerando que la sustanciación de citado expediente, se ha ajustado en todo el articulo 187 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y en uso de las atribuciones conferidas por referido precepto

DISPONGO:

Artículo único: Vengo a aprobar el Escudo Heráldico del Municipio de Helechosa de los Montes, con la siguiente descripción: "partido, Primero, de azur, un báculo y una mitra de plata, puestos en aspa; brochante, una faja jaquelada de dos órdenes de oro y gules, cargada de una cotiza de sable. Segundo, de oro, un monte de sinople sumado de un helecho del mismo color. Al timbre Corona Real cerrada.

Dado en Mérida, a 10 de mayo de 1989, El Consejero de la Presidencia y Trabajo, Ángel Álvarez Morales

DOE núm. 70 Miércoles, 11 de abril de 2018

AYUNTAMIENTO DE HELECHOSA DE LOS MONTES

    Bandera Municipal.- Edicto de 7 de marzo de 2017 sobre adopción de bandera municipal.

    Aprobada inicialmente la Memoria histórica justificativa que contiene el  dibujo¬proyecto de la nueva bandera que se pretende adoptar en este municipio por acuerdo del pleno de fecha 5 de Marzo de 2018, y cumplimiento de lo establecido en los artículos 5 y siguientes del Decreto 309/2007, de 15 de octubre, por el que se regula el procedimiento de rehabilitación, modificación o adaptación de escudos, banderas y otros símbolos de las Entidades Locales de Extremadura, se somete el expediente a información pública por plazo de veinte días hábiles mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Edictos municipal, en los medios de comunicación locales, si los hubiere, así como en el Diario Oficial de Extremadura.

    Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en las oficinas municipales. Helechosa de los Montes, 7 de marzo de 2018. La Alcaldesa, JULIA SÁNCHEZ VILLA.


HISTORIA

    La población se encuentra en la comarca conocida como La Calabria de la Siberia extremeña, dentro del dominio de Los Montes, en un ámbito secularmente aislado y difícil comunicación. Esta circunstancia ha contribuido a preservar las características tradicionales del lugar

    Pocos restos y documentación se encuentran de la población. De su existencia en la época árabe existen restos en la Sierra de Aljibe, en la que se encuentra un aljibe construido por los árabes que conserva agua hasta en las épocas de mayor sequía.

    En el Muro quedan restos muy deteriorados de un poblado árabe, formados por unos 500 metros de calzada empedrada, las ruinas de algunos muros con la llamada puerta falsa y restos de un cementerio.

   Su nombre primitivo era el de Belhecosa, con el que figura en la concesión del título de villa, que viene dado, sin duda, por la cantidad de helechos que existen en la zona.

   Los templarios fueron los primeros que reconquistaron a comienzos del siglo XIII una extensa zona que comprendía La Puebla, Esparragosa, Galizuela, Siruela, Tamurejo, Capilla y Almorchón.

   Puebla de Alcocer nace como núcleo de repoblación al sur de los Montes de Toledo, reconocido en la Carta Puebla otorgada por el concejo de Toledo el 22 de Febrero de 1288, ratificada con varias adiciones fechadas los días 19, 20 y 23 del mes de marzo de 1290, incluyendo las condiciones impuestas a los pobladores que evidencian el interés de Toledo por repoblar el lugar.

   Puebla de Alcocer constituyó, en la segunda mitad del siglo XIII, una comunidad de villa y tierra que dependiendo de la autoridad de Toledo, englobaba varias aldeas de menos entidad sobre las cuales ejercia su tutela. Estas aldeas repobladas de, son: Herrera, Garbayuela. Siruela, Peloche, Rincón, Talarrubias y Casas de don Pedro. A su vez incorporó dentro de su territorio otras villas, a saber: Las Villas de Herrera. Fuenlabrada, Helechosa y Villarta; y otras de menos imnportancia como: Alía, Valdecaballeros, Castilblanco y Bohonal.

   Pero la repoblación tropezó con varios inconvenientes, la situación de la villa, en una zona muy despoblada, la gran extensión de terreno que abarcaba, y las malas comunicaciones. Además se encontraba rodeaba por tres de sus flancos; por el Oeste y Suroeste, la Orden de Alcántara, dueña de la Serena; por el Sur, los Templarios que habían recibido los núcleos de Capilla, Siruela y Almorchón; por el Este, la de Calatrava, dueña de la Alcudia, Agudo y Almadén. Esta siutuación dio origen a gran cantidad de debates por cuestiones de términos.

   A la disolución de la Orden templaria en 1309, varios de estos pueblos pasaron a depender de la Orden de Alcántara, y mas tarde, del Vizcondado de La Puebla, según el deslinde de 1448 de Piedrafita. Este comprendía los términos de Alía, Castilblanco, Helechosa, Valdecaballeros, Villarta, Herrera, Fuenlabrada, Casas, Talarrubia, Garbayuela, Puebla de Alcocer y Siruela. El termino del Vizcondado y Señorío de la Puebla de Alcocer en el año 1.452, comprendía además de los anteriores los de El Campillo, La Nava, Gangantilla, Sevilleja, Cijara, Bodonal, Tamurejo y Sancti Spiritu.

   La Puebla de Alcocer, dependiente de la jurisdicción de Toledo, por la proximidad a los términos que detentaban las órdenes militares, a Toledo le convenía fortalecerla y promocionarla lo más posible. El 22 de Abril de 1441, Juan II declara a La Puebla de Alcocer "Villa en sí", y dotada con jurisdicción propia, apartada de la de Toledo, dando el primer paso para una futura enajenación de la villa, aunque el Rey hiciera constar en aquella ocasión su deseo de que permaneciera indefinidamente en poder de la corona. La villa volvió a la jurisdicción toledana, el 16 de Octubre de 1444.

   El 6 de Septiembre de 1444, el Rey concedía a Don Gutierre de Sotomayor, Maestre de Alcántara, las villas de Gahete e Hinojosa, con sus vecinos y moradores, términos, rentas, jurisdicción civil y criminal, alta y baja, prados y pastos. El Rey retenía alcabalas, tercias, pedidos y monedas. Facultaba Juan II al Maestre para que pudiera legarla a sus sucesores. Surgieron dificultades para la entrega de la entrega de la Puebla de Alcocer y su Vizcondado, que tuvo lugar el 7 de Abril de 1445, el Rey también lo hizo dueño de La Puebla de Alcocer y todo su Vizcondado, con los mismos derechos, rentas y atribuciones que sobre las dos villas anteriores.

   En el año 1445, la actuación de Don Gutierre alcanza su punto culminante, con su participación y la de sus tropas en la Batalla de Olmedo, que decidió la victoria que en ella consiguió el Rey. La merced fue confirmada en sendos privilegios expedidos en Fuentesaúco (Zamora), el 30 de Agosto de 1445.

   E1 12 de enero de 1446, el maestre tomó la villa de Puebla y confirmó a ésta sus privilegios, aunque los vecinos del acoger de mala gana la merced del rey al maestre de Alcántara. Desde  esos momentos el Vizcondado de la Puebla formaría parte de uno de los señoríos más poderosos de esta zona, el del Condado de Belalcázar.

   Durante esta época se continuó ejerciendo la labor repobladora en Herrera, Garbayuela, Siruela, Peloche, Rincón, Talarrubias y Casas de Don Pedro. Más dudoso es que también se desarrollase en Fuenlabrada, Helechosa y Villarta, ya que unas veces figuraban dentro de la comunidad y otras no.

   En el año 1448 tuvo lugar el proceso de deslinde del término, una nueva limitación de la extensión del Vizcondado, realizado por Piedrafita, asignando a Don Gutierre de Sotomayor una enorme extensión de 3000 Km2. Dentro de los términos existían una gran cantidad de villas y pequeñas aldeas. Entre ellas, La Puebla de Alcocer, Herrera, Villarta, Fuenlabrada y Helechosa, Alía, Valdecaballeros, Castilblanco, Peloche, Casas de Don Pedro, Talarrubias, Bodonal y Garbayuela.

   Hubo numerosas reclamaciones por parte de Toledo, ya que se negaban a reconocer la ocupación por parte de Herrera del Duque, Fuenlabrada, Helechosa, Villarta y Sevilleja, y las demás villas y aldeas del territorio, así como la capacidad del Soberano para enajenar La Puebla.

   El 12 de Octubre de 1453 en Zalamea de la Serena, se constituyeron los mayorazgos. Don Alfonso de Sotomayor recibía la Villa de La Puebla de Alcocer, con su Vizcondado, Herrera, Fuenlabrada, Helechosa, Villarta, Alía, Valdecaballero, Castilblanco, Sevilleja, así como el lugar de Milagros, todas ellas en el Reino de Toledo. También pasaban a su posesión Gahete, Hinojosa, Bélmez, Fuenteovejuna y el Condado de Espiel, todas ellas de Córdoba. Su hermano Juan recibía la Villa de Alconchel, con su Castillo, término, jurisdicción y vecinos en idénticas circunstancias que su hermano.

Condes de Belalcázar

Título creado por Enrique IV, rey de Castilla
en 1466

a favor de:
Alfonso de Sotomayor, 1º conde de Belalcázar

    En el Interrogatorio de la Real Audiencia de Extremadura a finales de los tiempos modernos, Partido de Trujillo, Tomo II, paginas 49 a 72 realizado el dia 24 de febrero de 1791, se lee:

    "Satisfaccion que da el ayuntamiento de esta villa de Helechosa al interrogatorio formado de orden del Consejo y entregado por el señor Don Pedro Bernardo Sanchoyerto del Consejo de Su Majestad, visitador de este partido y ministro de la Real Audiencia de Caceres.

    Se llama esta poblacion villa de Helechosa, la que comprehende en su termino y jurisdiccion dos alquerias, que se llaman Ayjon y Bohonal y son sus agregados. Dista de esta dicha villa la ciudad de Trugillo, que es la cabeza de este partido, diez y ocho leguas; su situacion por los quatro vientos con inclusion de sus alquerias es de levante a poniente dos leguas y de norte a sur legua y media, y de su circunferencia en su extension quatro leguas; y hasta la villa de Caceres hay veinte y cinco leguas. Confina a levante con termino y jurisdicion de la ymperial ciudad de Toledo y lugar del Horcajo de aqui quatro leguas, al poniente y sur con termino de la villa de Herrera del Duque, cuia distancia es de quatro leguas, y al norte con el de la villa de Halia distante cinco leguas, que corresponde esta al territorio de la nueba Audiencia, como asimismo la de Herrera, el lugar del Horcajo corresponde a la Real Chancilleria de Balladolid, cuia distancia no se sabe con certeza qual sera, pero con corta diferencia la de cincuenta y quatro a cincuenta y cinco leguas.

    Esta villa es de señorio, que pertenece a la Excelentisima Señora Condesa Duquesa de Benavente, Bejar y Osuna, y en los oficios de justizia no hay mitad de oficios, es dueño de la jurisdicion y goza en ella parte de terreno una dehesa llamada de Estera. Se hace el nombramiento de sugetos por Su Excelencia para la administrazion de justicia y gobierno, proponiendose antes por el teniente corregidor dos regidores y alguacil maior, quatro sujetos por cada uno para regidores y dos para procurador sindico general y otros dos para alcalde jurados de cada una de las alquerias. Hay un teniente corregidor que no tiene comision ni subdelegacion alguna y solo goza de salario ocho ducados asignados por el real reglamento de los fondos de propios y arbitrios. Cada regidor goza en la misma manera y de dichos fondos quatro ducados, y lo mismo el procurador sindico general, el alguacil maior goza del mismo modo ciento y cincuenta reales.

    Los alcaldes de las dos alquerias es su jurisdicion pedanea, no conocen de causa alguna, remitiendose la que ocurre al teniente corregidor de esta villa, cuio conocimiento se estiende hasta difinitiva, sin otra apelacion que a la Real Chancilleria. En esta villa no hay abogado ni procurador alguno y solo un escribano publico del numero y ayuntamiento, que goza cien ducados de los propios y arbitrios asignados en el reglamento, con el que hay suficiente respecto al vecindario. Observandose en el juzgado por la practica de otros juezes y escribanos por no haver arancel alguno.

    Tiene esta villa sesenta y dos vecinos, el Ayjon siete y el Bohonal veinte y dos; en esta dicha villa treinta y nuebe labradores, cinco peujareros, siete viudas y ocho pobres, dos molineros, un herrero y un zapatero; en el Ayjon siete vezinos, los cinco labradores y dos pobres; en el Bohonal los veinte y dos, treze labradores, tres peujareros, tres viudas y un pobre y dos sirvientes. No forman gremio ni ordenanzas alguna, ni se hacen examenes. Las diversiones que suelen ser mas comunes en esta villa y sus alquerias entre los naturales es el juego de calba, tiro de barra y algun rentoy en los dias festivos; notandose alguna inclinacion despues de los entretenimientos referidos a la frecuentacion de la taberna por algunas personas. No se advierte abuso alguno en el modo y horas del trabajo, siendo cada jornal el de dos reales y de comer en todo el año, escepto en la siega de trigo y centeno, pagando el de aquel a quatro reales y el de este a tres.

    Hay un abasto publico, que es el de vino y aguardiente, que se arrienda con el del Bohonal dando de derechos mil y cien reales. El aceyte se administra por la villa, vendiendose sin lucro alguno. Usandose los pesos y medidas los mismos que en los pueblos confinantes con los marcos de Toledo y Abila. No tienen estos pueblos ordenanzas algunas.

    Hay una sola parroquia en este pueblo, cuia dotazion y emolumentos consisten annualmente en veinte y ocho fanegas de trigo, seis de cevada, dos de centeno y apreciaduras dos mil maravedies, diez y seis reales de capillos y treinta de rompimientos. Nombrando parroco el Rey o el Eminentisimo Señor Arzobispo de Toledo segun el mes que vaque.

    La yglesia de la alqueria de Bohonal consiste su dotacion y emolumentos en trece celemines de tierra regadia, en ocho reales de capillos y en diez de rompimientos, en ocho fanegas de trigo, dos fanegas de cevada, una de centeno y mil maravedies de minucias. Haviendo en ella de teniente cura un religioso de la Orden de Nuestro Padre San Francisco, cuio nombramiento hace el cura parroco de esta villa, quien le da de renta trescientos ducados y ciento el Excelentisimo Señor Arzobispo de Toledo, con cuio permiso se havra puesto por aora por no haver sacerdote del abito de Nuestro Padre San Pedro. Está destinado para cementerio la Hermita del Señor San Sebastian, del que no se usa por no haver necesidad.

    Hay dos hermitas, en donde se concurre en cada año, en la una dos dias y en la otra uno, y en ellas se celebran dos misas en la una y en la otra una, pero no hay ocasion de quimeras; consistiendo sus rentas en tierras calmas y ganado bacuno, y no se recogen limosnas algunas, ni tampoco hay hermitaños.

    Hay solo una escuela de niños de primeras letras, cuia dotacion es unicamente de ciento y cincuenta reales y media fanega de trigo que da cada niño,

  Hay algunos huertos de riego y en ellos, y para el gasto de su dueño y no para vender, planta o cria algunas legumbres para su gasto y en ellos algun tal qual arbol de higueras, guindos y ciruelos de mediana calidad. Y con las fuentes y gargantas de agua viva que hay en este termino pudiera hacerse otros muchos y el motivo de no estar mas bien plantados consiste en que los naturales de esta villa y sus dos anejos se dan mas bien a la labor que a otra cosa. Se cultivan las tierras con reses bacunas, como son bacas y bueyes.

    Hay un rio llamado Guadiana que corre del oriente al norte, el que cria alguna pesca, que pertenece a los vecinos de esta villa y sus anejos, obserbandose inviolablemente las reales ordenes de veda de pesca. Cuias aguas no se aprobechan y se hallan abandonadas por no poderse abrir acequia o canal por lo escabroso del terreno y se ignora que haiga algunas aguas minerales en esta jurisdicion ni pantano alguno y si fuentes que se pudieran aprobechar en huertas y plantios si lo beneficiasen aplicados.

    Se sabe por tradizion que se despobló el lugar del Hornillo, pero se ignoran sus causas, cuios terrenos pertenecen en lo dezmatorio a esta villa y en los demas aprobechamientos al lugar del Horcajo, termino y jurisdiccion de Toledo. Y al presente se va despoblando el lugar del Ayjon por falta de sacerdote que diga misa, por haverse resumido las especies sacramentales por el cura que havia en esta dicha villa por aquel entonces; y sera bueno que se aumente su vecindario mediante el bello terreno que ocupa para la agricultura y otra qualesquiera industria que quiera tomarse, este aumento de vecindario podrá conseguirse aiudando a los que se trasladen a el con algunos intereses, que podran sacarse de los efectos comunes y dando principalmente aquella yglesia la parte que pueda corresponderla en diezmos, tanto granos como en maravedies, porque los que hasta aora han adeudado los pocos vecinos de que se ha compuesto, se han introducido en la dezmeria de esta parroquial, y a no haver sido por las piadosas intenciones del Excelentisimo Señor Duque de Bejar que daba ciento y cincuenta reales para el cebo de la lampara del Santisitimo, hubiera sido antes su perdicion, cuia pobreza de la dicha yglesia ha sido la causa de su destrucion.

    En esta jurisdiccion hay caza de todo genero y se guarda la veda castigando al contraventor con las penas impuestas, procurando la extincion de los animales. Como en esta misma jurisdicion se hallan varios terrenos montuosos que pertenece a dominio particular, seria muy util que si hubiese algunos vecinos que quisiesen descuajarlo y plantarlos de viña u olivar, podrian tasarse y entregar su valor a el dueño cuio fuese.

    Como la felicidad del estado, la paz y union de los pueblos consista en la buena educacion y enseñanza de los niños y niñas, y estas en parte alguna se les imprime como en las escuelas, seria muy util y acepto a las dos magestades, el que de los fondos de propios y arbitrios se sacasen cien ducados de dotacion, con los quales y lo poco que diesen los padres de los que concurriesen habria suficiente para establecer una, en que concurriesen hasta los niños y niñas de los vecinos de los dos anejos.

    Que es quanto hemos podido y podemos informar en nuestro ayuntamiento y con intervencion y asistencia de los dos alcaldes jurados de los referidos anejos, que no firmaron por no saber, hicieronlo de los demas de dichos señores los que supieron, en esta villa de Helechosa a veinte y un dias del mes de marzo de mil setezientos noventa y uno, de que el presente escribano da fe. Juan Francisco de Cavanillas. Nicolas Garcia Plaza. Lucas Sanchez. Por mandado de sus mercedes Josef Antonio Rodriguez.

    Ynforme y respuesta a las preguntas que contiene en sus cinquenta y siete numeros el interrogatorio formado de orden del Consejo.

    La villa de Helechosa, que tiene por anexo el Bodonal y Ayjon, dista de la ciudad de Caceres unas veinte y cinco leguas, es la extension de su termino de mediodia a norte la de legua y media, de oriente a poniente la de quatro leguas. Confina su termino con el del Horcaxo, Villarta de los Montes, Fuenlabrada, Herrera, Navillas, Castilblanco, Halia y Anchuras; todos los que, a excepcion de Horcaxo y Anchuras, son del territorio de la Audiencia nuevamente creada. Villas todas y aldeas pertenecientes al Arzobispado de Toledo. No hay minerales ni canteras de marmol ni otras.

    El religioso que reside en el Bodonal esta puesto por el Señor Vicario General de Toledo y su Arzobispado, por no haver tenido proporcion de sacerdote secular, percive quatrocientos ducados, ciento le da Su Eminencia y los trescientos restantes se deducen del diezmo que causan los vecinos de el mismo y parte del curato de Helechosa. Assimismo expongo y devo esponer hace el tiempo de nueve años se consumieron las especies sacramentales en el Ayjon, no solo por la indecencia de la yglesia y falta de luz para Su Magestad, sino tambien por la cortedad de vecinos e ynterposicion de Guadiana, estas son las causas que he visto alegadas. Y es quanto en cumplimiento de lo que Vuestra Señoria me pide puedo informar e informo para el efecto de las piadosas intenciones de Su Magestad. Helechosa y marzo 21 de 1791. Don Pedro Leon de Lorenzo.

    Esta villa, titulada de Elechosa y sus dos alquerias Boonal y Aijon, corresponden al Vizcondado de la Puebla de Alcozer, distan de la ciudad de Truxillo cabeza de partido o sarjentia diez y ocho leguas, y a proporcion dos mas o menos las referidas dos alquerias, y de la.villa de Caceres veinte y cinco leguas. Son notoriamente compreendidas en el territorio de la nueba Real Audiencia de esta provincia y del Arzobispado de Toledo, y antes lo fueron de la Real Chancilleria de Granada, como los pueblos confinantes, a excepcion del lugar del Horcajo que es de la xurisdicion de Toledo, distante de esta a levante quatro leguas, que es de la Real Chanzilleria de Valladolid, de donde dista dicho lugar como cinquenta y quatro a cinquenta y cinco leguas.

    Esta situada dicha villa a la margen de Guadiana, al pie de una sierra que tiene al mediodia circundada de montes muy escabrosos y elebados, antes de llegar a ella se visito la alqueria o aldea del Boonal, a donde se vino desde la villa de Villarta por asperisimos caminos, quasi yntransitables por los montuosos y llenos de jara y matabaja, en elebadas questas y barrancales, y dicha alqueria lo esta en lo ondo de estas montañas en un llano sumamente solitario al oriente de un arroyuelo. Las casas no forman union de pueblo y las mas tienen texado de bardas a manera de chozas miserables y pequeñas, y a proporcion es la yglesia, que esta poco decente, dista de esta villa dos leguas muy largas de camino, tambien escabroso por tener que pasar el Guadiana por un barquichuelo de ninguna seguridad, o por el vado que es sumamente arriesgado por su mala situacion y fuerza de las corrientes.

    Esta dicha villa y alquerias es de la Casa de Benavente, Bejar y Osuna, que tiene el señorio jurisdicional y parte del terreno, no hay mitad de oficios de estado noble y general, y para el govierno de estos pueblos hay un theniente de alcalde maior nombrado por la duquesa, es lego y vecino del pueblo, a proporcion de este de sujetos dobles nombra dos rexidores, alguacil maior y procurador sindico general para el ayuntamiento de esta villa, y un alcalde jurado para cada una de las alquerias.

    El theniente de alcalde maior exerce la xurisdicion ordinaria en todo jenero de causas y no tiene subdelegacion ni comision alguna, goza de los propios ocho ducados de salario anuales cada rexidor y el procurador sindico quatro y el alguacil maior ciento y cinquenta reales. Los jurados de las alqúerias tienen xurisdicion pedanea, pero con tanta limitacion que no conocen de causa alguna y solo dan quenta a dicho theniente. Y no hay mas dependientes de justicia, que un escribano numerario que lo es de ayuntamiento y goza de salario por esta razon cien ducados de los mismos efectos de propios asignados por el reglamento y el arancel es arvitrario, pues se ynforma no haver otro que el de la cartilla de escrivanos.

    Esta villa en su casco tiene sesenta y dos vecinos, la aldea del Boonal veinte y dos, y visitada que ha sido la de Aijon resulta tener siete, todos de las clases que expresa el ynforme del theniente y ayuntamiento a la pregunta tercera; como las dibersiones que usan y que se nota alguna ynclinacion a la frequencia a la taberna, sin notarse particular abuso en los jornales ni horas de trabajo.

    Las casas de ayuntamiento lo estan recien fabricadas y en buena disposicion, unidas al posito, aunque son de corto fondo; y la carcel, que esta en lo bajo, es un calabozo bastante reducido y humedo; sin que haya otros edificios notables. Y los papeles estan bien cuidados y custodiados en dichas casas de ayuntamiento, a excepcion de los corrientes.

    Solo hay un pleito zibil sin preso alguno, como consta del testimonio numero 3 °-.

    Las calles de esta villa son pendientes, a excepcion de una que es llana, estan bien empedradas y de proporcionada anchura, y en la actualidad limpias. No hay meson ni posada, ni caminos reales y solo uno de trabesia de herradura que cruza de la Mancha a Estremadura, con pasos bastantes peligrosos, dificiles de reparar en quanto al pisso y mucho mas en quanto a los frequentes ynsultos de malechores a que estan expuestos los pasajeros, de que se han dado muchos exemplares y en el año proximo pasado se berifico haver robado en el Valle del Sordillo a poca distancia de este pueblo treinta mil reales a un ganadero o maioral trasumante, y al actual alcalde maior le han ynsultado en su casa y en los caminos repatidas bezes.

    No hay ferias, mercados, ni fabricas.

    Los propios y arvitrios se regulan por un quinquenio de ocho a nuebe mil reales, distribuidos conforme al reglamento, sin que haya otros caudales publicos. Y las penas de camara estan encabezadas por esta villa y sus dos alquerias en treinta reales.

    Esta villa y las dos aldeas tienen sus respectibos positos con fondo separado, consiste el de esta en mil trescientas fanegas de trigo. El de Aijon en doscientas y veinte. El de el Boonal en ciento cinquenta y nuebe, y todos se hallan corrientes y reintegrados. No hay ordenanzas con aprovacion ni sin ella.

    Hay en esta villa una parroquial, de la que son anejas la del Boonal y Aijon, en la de esta hay cura parroco, que se nombra por oposicion por el Rey y Arzobispo de Toledo en sus respectibos meses, y este nombra theniente para el Boonal, y en la actualidad le sirbe un religioso francisco por no haver sacerdote secular que quiera bibir en dicha alqueria, sin embargo de darsele quatrocientos ducados de dotacion con aprovacion del Arzobispo.

    El Aijon tiene reasumidas las especies sacramentales por lo que no tiene theniente, pero hace suma falta por lo que se expresará mas adelante y la dotacion de dichas yglesias las esplica el ayuntamiento a la pregunta diez y ocho, a la que tambien lo ynsinua el cura parroco.

    Hay destinada para zementerio la Hermita de San Sebastian. No hay beneficio alguno y si quatro capellanias y solo una pide residencia, y su dotacion y grabamenes la esplican dicho ayuntamiento y cura a la pregunta veinte.

    Hay en esta parroquia tres obras pias o hermandades, y en la del Boonal dos que manifiestan en la propia pregunta dichos aiuntamiento y cura, y en las veinte y dos y veinte y tres que hay dos cofradias y dos hermitas, que de todo conoce el juez eclesiastico.

    Hay un maestro de niños, con la dotacion de ciento cinquenta reales, por cuia cortedad no hay quien se dedique al ministerio, haciendo suma falta para la educacion, pues carece la jubentud aun de los primeros rudimentos y combendria aumentarle dicha dotacion de los efectos de propios respecto a tener fondo para ello y ser de tan conocida utilidad. Solo hay zirujano, con la dotacion de propios de quarenta ducados y el resto le pagan los vecinos segun su ajuste.

    La causa decimal de esta villa y sus dos aldeas es una y sus cosechas las esplica con puntualidad por un quinquenio el ayuntamiento a la pregunta treinta y cinco, pagandose diezmo de todo y manifestando que de algunos años a esta parte hay disminucion, y aunque el cura tambien lo refiere es con menos certidumbre por hallarse las tazmias en Toledo, los perceptores son el duque y los demas que en todo el estado.

    Hay algunas huertas de corta extension, pero con regadio y en ellas plantan los dueños coles ordinarias y otras hortalizas para el gasto de sus casas; hay algunos arboles frutales y pudiera fomentarse mucha esta especie de agricultura por la proporcion de sitios para ello, pero ynforman no hacerlo porque siendo tan solitarios estas poblaciones no tienen salida para los frutos.

    El Rio Guadiana pasa a corta distancia de esta poblacion y de sus aldeas, pero no se aprobechan sus aguas mas que para algun molino arinero, por lo montuoso del terreno no permite abrir zequias ni canales, cria pesca ordinaria y se guarda la veda. No hay terrenos poblados de azebuches que puedan ynjertarse, ni yerbas medicinales ni para tintes de que se tenga noticia. Como el terreno es tan montuoso y poblado de jara, chaparra y otros arbustos, hay sitios ymposibles de desmontar y algunos ympenetrables al ganado que sirben de abrigo a las fieras, y de los que son utiles para la cria de abejas se queman muchos por los cabreros, de que han resultado perxuicios a las colmenas.

    Ademas de la dehesa boyal hay otra propia del dueño de esta jurisdicion titulada Estera, de cavida de dos mil ochocientas quarenta y tres fanegas de sembradura, y en ella una casa de campo del propio dueño para el guarda de la dehesa, que se halla poblada de encinas y algunos fresnos ynfructuosos. Aunque no hay plantios ni semilleros en termino de esta villa, se han olibado y apostado por el vecindario mas de dos mil chaparros y continuan con conocido beneficio del arbolado.

    En las ynmediaciones de esta villa hay un despoblado titulado el Hornillo, que se sabe por tradicion fue lugar y su parroquia aneja a esta, en la que permanece la cruz parroquial, y en lo dezmatorio la corresponde su termino, aunque los demas aprobechamientos los tiene el lugar del Horcajo, xurisdicion de Toledo; se ignoran las causas de su despoblacion, pero atendiendo a lo despoblado y desierto de estos montes parece combendria se repoblase.

    Hay quatro colmenares en esta xurisdicion, que tendrán como seiscientas colmenas, que se conserban y benefician como refiere el ayuntamiento a la pregunta cinquenta y quatro, y que ha decaido esta yndustria por el ganado cabrio y las muchas quemas destruien el pasto de las abejas. La cria de ganados y sus especies las esplican a la pregunta cinquenta y cinco.

    A la cinquenta y siete finalizado su ynforme espresan la escasez de terreno para sembrar y lo costoso que les son las labores a los vecinos por lo montuoso y aspero del terreno, y proponen los de dominio particular que pudiera concederseles en los terminos que refieren, con lo que seria feliz el pueblo y se aumentarian considerablemente las labores en beneficio de la causa publica segun lo esponen.

    El referido lugar o alqueria del Aijon, que pase a visitar personalmente, dista de esta villa dos leguas largas, haviendo que badear el Guadiana, sin arvitrio para otro paso, esta situado en bajo al final de una montaña que tiene a la por la proporcion de sitios para ello, pero ynforman no hacerlo porque siendo tan solitarios estas poblaciones no tienen salida para los frutos.

    El Rio Guadiana pasa a corta distancia de esta poblacion y de sus aldeas, pero no se aprobechan sus aguas mas que para algun molino arinero, por lo montuoso del terreno no permite abrir zequias ni canales, cria pesca ordinaria y se guarda la veda. No hay terrenos poblados de azebuches que puedan ynjertarse, ni yerbas medicinales ni para tintes de que se tenga noticia.

    Como el terreno es tan montuoso y poblado de jara, chaparra y otros arbustos, hay sitios ymposibles de desmontar y algunos ympenetrables al ganado que sirben de abrigo a las fieras, y de los que son utiles para la cria de abe­jas se queman muchos por los cabreros, de que han resultado perxuicios a las colmenas. Ademas de la dehesa boyal hay otra propia del dueño de esta jurisdicion titulada Estera, de cavida de dos mil ochocientas quarenta y tres fanegas de sembradura, y en ella una casa de campo del propio dueño para el guarda de la dehesa, que se halla poblada de encinas y algunos fresnos ynfructuosos.

    Aunque no hay plantios ni semilleros en termino de esta villa, se han olibado y apostado por el vecindario mas de dos mil chaparros y continuan con conocido beneficio del arbolado.

    Los vecinos se quejan de la falta de pasto espiritual, pues haviendose consumido las especies sacramentales siete u ocho años hace, no tienen quien les diga misa y se ben precisados a pasar a Elechosa o a otros pueblos mas distantes, y si hay enfermos no hay quien les auxilie, y en caso de haver de administrarlos tiene que ir el cura de Elechosa a decir alli misa y si es urjente y a hora ymproporcionada de llebar a Su Majestad Sacramentado desde dicha villa, pasando por el mencionado rio con eminente riesgo y por otros pasos peligrosos, y reciviendo los diezmos en la Elechosa el cura y demas participes debiera precisarse a estos a poner theniente en el Aijon, reparando su iglesia y que a ello contribuiese el dueño jurisdicional como tal y como que lleva parte de dichos diezmos, pues de lo contrario se despoblará dicho lugar, como ya ha sucedido, pues antiguamente se ynforma tenia mas de veinte o treinta vecinos y hoy esta reducido a siete y es muy combeniente su conservacion por la buena proporcion en que se halla y por la compañia que hace para el transito de los caminantes por el camino que pasa por sus ynmediaciones para las Castillas y Estremadura, con frequente paso de ganados trasumantes y lo peligroso de dicho camino, y mucho mas si se verificase la despoblacion del referido lugar, que esta en las cercanias de los rios Estera y Guadiana, que se yncorporan como a un quarto de legua.

    Esto es quanto resulta digno de consideracion en esta villa y sus dos aldeas, segun los ynformes de dicho ayuntamiento y cura parroco en respuesta de las preguntas y particulares de la real ynstrucion e ynterrogatorio, de que se han entregado ejemplares en esta referida villa y copiado la primera en los libros capitulares como se acredita del testimonio numero quatro, y no se han dejado en dichas aldeas por lo que se manifiesta en el auto de visita. Elechosa y marzo veinte y uno de mil setecientos noventa y uno. Don Pedro Bernardo de Sanchoyerto."

    Madoz en su Diccionario Geografico Estadistico Historico,Tomo IX publicado en Madrid en 1850. dice:

    "Villa con ayuntamiento. en la provincia de Badajoz (32 leguas), partido judicial de Herrera del Duque (4), audiencia territorial de Cáceres (19), diocesis de Toledo (20), c. g, de Estremadura: situado a la falda N. de la sierra denominada de los Batanes, está resguardada del viento S.: tiene 100 casas de piso bajo con pocas comodidades, en una plaza de 51, varas de longitdud y 32 de lat., y algunas calles incómodas y mal empedradas: hay casa de a yuntamiento que tambien comprende el pósito y carcel; en su fachada del S. tiene un balcon de hierro de obra muy sólida, de 18 pies de largo y 2 de ancho, escuela de primera educacion dotada con 2,200 rs. de los fondos públicos, y la retrbucion de los 25 ó 30 niños que concurren; una iglesia parroquial dedicada á la Asuncion de Ntra. Sra. con curato de entrada y provision ordinaria, á la cual es anejo el barrio del Bohonal con una iglesia dedicada á San Juan Bautista: en los afueras una ermita con la advocacion de San Sebastian, que tambien sirve de ayuda de parroquia  y contiguo á esta el cementerio, que por su local bien ventilado en nada ofende la salud pública.

    Se surte de aguas potables en una fuente á la salida del pueblo por el S., con 2 abundantes cañerias, un pilon para beber los animales, otro para lavadero, y el sobrante para el riego de varios huertos y frutales. Comprende el barrio del Bohonal, incorporado á esta v. en todos conceptos; la dehesa de este mismo barrio de 340 fanegas de cabida; la boyal de 300; la deilesilla del despoblado de Aijon de 175; el éjido comunero de la villa de 180: le bañan el rio Guadiana, que pasa á 1/2 legua de la villa quedándola á su izquierda en direccion de E. á 0. en cuyas riberas hay 3 molinos harineros que muelen todo el año; el Estena, que cruzando la dehesa de su nombre de N. á S., corre á 2 leguas de la villa y un tiro de bala del despoblado de Aijoo, entrando en Guadiana poco despues; los arroyos llamados Encinarejo y Bohonal, que entran tambien en el mismo rio y cuyas corrientes, invadeables en el invierno en los fuertes aguaceros, se secan en el verano; 2 gargantas l]amadas del Cura y del Trampal, la primera á 1/2 cuarto legua de la villa, y la segunda á uno, que tienen agua suficiente para regar todo el año, porcion de huertos y frutales, y por último, un nacimiento de agua buena y tan abundante, que da movimiento á 2 molinos harineros, y riega otros huertos dc la misma clase que los anteriores: estos 3 manantiales se reunen poco antes de entrar el Guadiana. El terreno es de monte y llano, estando enlazado uno y otro en diferentes cordilleras  y valles, en los cuales hay parte de miga y árido los demas. Pasa por el término el carretero de la Mancha á Estremadura, siendo vecinales y malos los restantes. El correo se recibe en Herrera por balijero 3 veces á la semana. Cuenta con 5 molinos harineros, importacion de cereales y de los articulos de vino y aceite. Poblacion 111 vecinos, 422 almas.

    Esta villa perteneció al vizcondado de la Puebla de Alcocer, unido á la casa de Osuna, cuyo señor cobraba los diezmos y alcabalas."

    Madoz en su Diccionario Geográfico Estadístico Histórico, tomo  IV publicado en Madrid en 1849. dice:

    "Bohonal: barrio de Helechosa en la provincia de Badajoz, partido judicial de Herrera del Duque: todas sus circunstancias de localidad y poblacion, se comprenden con la villa de que forma parte"

Gaceta de Madrid Publicación: 05/07/1919, nº 186

Departamento: Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes

Páginas: 48 - 48

Dirección General de Primera Enseñanza.- Resolviendo el recurso deducido por doña Mariana Sala Barber, Maestra de Helechosa (Badajoz), contra la Orden de esta Dirección General que desestimó la solicitud de las misma para que se la nombrara, por derecho de consorte, Maestra de Concentaína (Alicante).

Gaceta de Madrid Publicación: 15/12/1923, nº 349

Departamento: Ministerio de Fomento

Páginas: 1213 - 1213

Real orden disponiendo se continúen durante el actual ejercicio económico, por sistema de administración, las obras de construcción del camino vecinal número 319 de Helechosa al Portillo de Cigara (Badajoz).

Boletín Oficial del Estado Publicación: 11/10/1957, nº 257

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 5653 - 5654

Repoblación forestal.- Decreto por el que se declara la utilidad pública de la zona de "Repoblación obligatoria" de la finca "Los Robledillos", sita en el término municipal de Helechosa de los Montes, de la provincia de Badajoz.

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 13/08/1962, nº 193

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 11437 - 11438

Decreto 2130/1962, de 19 de julio, por el que se declara la utilidad pública y necesidad y urgencia de la ocupación, a efectos de su repoblación forestal, de la finca «Malcasadillo», sita en el término municipal de Helechosa de los Montes, de la provincia de Badajoz.

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 13/06/1963, nº 141

Departamento: Ministerio de Obras Públicas

Resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana por la que se señalan lugar, día y hora para el levantamiento de las actas previas a la ocupación de los terrenos necesarios en el término municipal de Helechosa de los Montes, para las obras de la «Variante de Helechosa de los Montes (tramo segundo), con motivo del embalse de Cijara».

    Los Ayuntamientos se remontan a los primeros siglos del milenio con las leyes de Alfonso X, encaminadas a regular un incipiente procedimiento administrativo y la actuación del escribano que se prolongará durante toda la Edad Media. Con la formación del Estado Moderno se intentan sentar las bases del régimen municipal, que se afianza en el siglo XVIII.

    Las Cortes de Cádiz marcan un cambio importante al suprimir en 1811 los señoríos y los corregidores y establecer en cada Ayuntamiento alcaldes, regidores y procurador síndico, elegidos por la población y cuyo presidente sería el Jefe político, allí donde lo hubiere. En 1823 se publica la Instrucción para el Gobierno de las Provincias, que precisó las competencias de los Ayuntamientos y su dependencia de la Diputación. La ley de 14 de julio de 1840 establecía la elección directa de los miembros que componían la corporación, aunque el rey nombraba a los alcaldes y tenientes de alcalde de las capitales de provincia. El 20 de agosto de 1870 se aprobó la Ley Municipal, reformada en 1817 y vigente hasta el Estatuto Municipal de 1.924 que elimina su dependencia de las Diputaciones y Gobiernos Civiles y establece la Comisión Permanente. Dicho Estatuto restringe el sufragio y da al alcalde el carácter de delegado gubernativo, además del de representante y jefe del municipio.

    La ley de bases de Régimen Local de 31 de octubre de 1935 determina la elección por sufragio universal y organiza la Corporación en Alcalde, Pleno y Comisión Permanente. Con la Ley de bases de 1945, ampliada en 1950 y modificada en 1953 que a su vez se refunden en la de 24 de junio de 1955 se determina el carácter centralizador y de democracia orgánica que aminora la autonomía municipal. El mayor cambio se produce con la Ley 41/1975, de 19 de noviembre, de bases de Régimen Local, derogada por la 47/1978 y sobre todo con la Ley de bases de Régimen Local de 1985 que adapta los Ayuntamientos a las modificaciones derivadas de la Constitución y del nuevo régimen democrático.

   En la actualidad forma parte de la Provincia de Badajoz, Partido Judicial de Herrera del Duque, Audiencia Territorial de Badajoz y en lo eclesiástico a la Vicaría de Talavera de la Reina, Arciprestazgo de Herrera del Duque, dependiendo de su parroquia de Ntra. Sra. de Altagracia, la de San Pedro Apóstol (Bohonal de los Montes), Archidiócesis de Toledo, sede del Arzobispo de Toledo y Primado de España.


MONUMENTOS

DOE núm. 1 MARTES, 3 DE ENERO DE 1989

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Obras.- Resolución de 21 de diciembre de 1988, por la que se adjudican las Obras de Intervención en la Iglesia Parroquial de Helechosa de los Montes.

DOE núm. 81 MARTES, 11 DE OCTUBRE DE 1988

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Subastas.- Anuncio de 27 de septiembre de 1988, para la contratación de las Obras de Intervención en la Iglesia Parroquial de Helechosa de los Montes (Badajoz).

   Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de Altagracia, patrocinio que sustituyó el antiguo de Ntra. Sra. de la Asunción, es una construcción de modestas proporciones, edificada en ladrillo y piedra según modelo de pequeña iglesia rural tardomedieval, del final del periodo románico, con elementos mudéjares, data del siglo XIV-XV.

   Consta de una sola nave dividida en cuatro tramos por arcos de ojiva, conservando todavía en el interior la cubierta originaria de madera del siglo XVI. Diseñada a dos aguas, profusamente decorada con tallas de animales en las vigas y ménsulas.

   De mediados del siglo XVIII son, la reducida cabecera y la sacristía, presentando cúpula de media naranja sobre pechinas. En la zona de los pies se encuentran  un sotocoro, la base de la torre, y las angostas escaleras de acceso a estos espacios. El coro alto está fechado en 1773.

   En el interior, destaca el retablo mayor, pieza de traza renacentista del siglo XVI. De pequeña proporciones, se organiza sobre cuatro columnas formando tres pisos y tres calles, faltando las pinturas originales, presenta cuatro pinturas de origen y autor desconocidos.

   Al exterior presenta fábrica de piedra en aparejo concertado sobre sólidos estribos. La somera torre, situada a los pies, conserva vestigios de antiguos esgrafiados. Las portadas, realizadas con ladrillo y cubiertas en la actualidad con cemento, se reducen a sencillas molduras.

   Recientemente han sido restaurados el alfarje, la solería, y otras zonas, se abrieron en los muros varios huecos, realizándose también algunas transformaciones más. Durante las mismas fue descubierto un osario que ocupaba todo el subsuelo de la nave y el patio posterior. En lo religioso, la parroquia pertenece a la jurisdicción de Toledo.

   El nuevo edificio del Ayuntamiento, de moderno diseño, ha sustituido el anterior, notable muestra de la arquitectura tradicional más representativa, en el que resultaba singular su gran balconada de hierro.

   En Bohonal de la Sierra destaca la Iglesia Parroquial de San Juan Bautista, realizado en siglo XVI, de sorprendente cuerpo y arquitectura para la reducida entidad de la feligresía.


GASTRONOMÍA

   Es de gran variedad basada en los productos de la zona, caza, pesca y de la miel. Destacan el salmorejo de peces asados a la brasa o guisados con cebolla y vinagre, los chorizos malditos, el pestorejo en adobo, morcilla del cura, o el trabao con pringue y torreznos y en la repostería la candelilla, canelones y canutos.

  Para saber mas acerca de las Marcas de Calidad de la región extremeña, pinchar aquí

    Para conocer la normativa de las Matanzas Caseras, pinchar aquí

   Está incluido dentro de la Denominación de Origen del cordero de Extremadura Corderex, para conocer mas sobre el cordero, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

  Está incluido dentro de la zona Ternera de Extremadura, para conocer mas sobre la ternera, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

    Está incluido dentro de la zona Vino de la Tierra de Extremadura, para conocer mas sobre el vino de la Tierra, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

    Control de los quesos curados elaborados con leche cruda y madurados en establecimientos distintos a los de elaboración. pinchar aquí

    Para conocer el Registro de Envasadores y Embotelladores de aceite de oliva virgen extra y aceite de oliva virgen con designación de origen de la Comunidad Autónoma de Extremadura, pinchar aquí.

    Su quieres conocer el panel de Catadores de Aceite de Oliva Virgen y la regulación de las organizaciones de operadores del sector oleícola, pincha aquí.

   Para conocer la Calidad de las Aguas potables, pinchar aquí

   Está incluido en la Denominación de Origen de Quesos de Castilblanco o de la Siberia, para ver mas pincha aquí

   Si quieres saber sobre el Registro de Derechos de Replantación de Viñedos, pincha aqui

   Para mas información sobre Gastronomía extremeña, ir a Addenda de Gastronomía


FIESTAS

   Si quieres mas información sobre las Fiestas de Extremadura, pincha aquí

   Si te interesan las Plazas de Toros de Extremadura y la Normativa sobre espectáculos taurinos, pincha aquí

 

SÁNCHEZ ORTEGA (Hdros. de D. Agustín)


Representante: D. Antonio Sánchez Sánchez.
Covarrubias, 24, 1. dcha. 28010 Madrid.
Divisa: Encarnada y Amarilla
Señal: Descuarte en la Derecha y despuntada en la Izquierda
Sigla: APB.

Mayoral: D. Pedro Redondo García.
Finca: "La Parrilla". Helechosa de los Montes. Badajoz. 926 77 52 97
"Artilleros". Aranjuez. Madrid.
 


TURISMO

Boletín Oficial del Estado Publicación: 09/08/1947, nº 221

Departamento: Ministerio de la Gobernación

Páginas: 4479 - 4480

Orden de 28 de julio de 1947 por la que se dispone se cumpla en sus propios términos la sentencia de 25 de abril del presente año, dictada por la Sala Cuarta del Tribunal Supremo en el pleito contencioso-administrativo número 13.525, promovido por el Ayuntamiento de Herrera del Duque contra Orden de este Ministerio de 24 de julio de 1933, sobre deslinde entre el citado Municipio y el de Helechosa.

DOE núm. 87 sabado, 28 de julio de 2007

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE

Deslinde.- Anuncio de 13 de julio de 2007 de reanudación de las operaciones de deslinde del monte de utilidad pública n.º 7 denominado "2.ª porción de las hojas comunes o Quinto de Valmorro y Raña de las Lagunas", del término municipal de Helechosa de los Montes.

Acordado por el Director General de Medio Ambiente y de conformidad con el art. 117 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, del Reglamento de Montes, se hace público, para general conocimiento, que las operaciones materiales de deslinde del Monte Público n.º 7 se reanudarán el 16 de octubre de 2007 a las 11,00 horas de la mañana, siendo de nuevo el punto de encuentro la puerta de la Iglesia de la pedanía de El Bohonal de los Montes y serán efectuadas por el Ingeniero Operador D. Fernando Gomero Guerrero.

Las operaciones afectarán a la totalidad de los colindantes y enclavados del monte.

Mérida, a 13 de julio de 2007. El Director General de Medio Ambiente, Guillermo Crespo Parra

DOE núm. Miércoles, 5 de noviembre de 2008

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE

Deslinde.- Orden de 15 de octubre de 2008, por la que se aprueba el deslinde del monte público n.º 7 denominado "2.ª porción de las hojas comunes o Quinto de Valmorro y Raña de las Lagunas", propiedad del Ayuntamiento de Helechosa de los Montes y ubicado en la pedanía de Bohonal en el término municipal de Helechosa de los Montes.

DOE num. 187, lunes 29 de septiembre de 2014

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

Montes.- Resolución de 19 de agosto de 2014, del Consejero, por la que se hacen públicas las coordenadas absolutas de los hitos de amojonamiento del monte n.º 6 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Badajoz, "Baldíos o Primera Porción de las Hojas Comunes, Dehesa Boyal y Egido", en el término municipal de Helechosa de los Montes y propiedad de este municipio; y se rectifican la cabidas que figuran en su descripción

En base al contrato “Labores de Amojonamiento de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura”, expediente C08063090201. Se ha procedido al levantamiento topográfico de los hitos colocados en el procedimiento de amojonamiento de aquellos montes de los que, debido a su antigüedad, se carecía de las coordenadas absolutas de los mojones, con la consiguiente inseguridad en la delimitación de los montes y la imposibilidad de recolocar con absoluta precisión aquellos que por diversas circunstancias hubieren sido movidos o extraviados.

El monte “Baldíos o Primera Porción de las Hojas Comunes, Dehesa Boyal y Egido”, n.º 6 del Catálogo de Montes de Utilidad Púbica de la provincia de Badajoz y propiedad del municipio de Helechosa de los Montes, tiene aprobado el deslinde del perímetro exterior del monte con fecha de 3 de diciembre de 1956; cuyo amojonamiento fue aprobado el 6 de septiembre de 1969. El 14 de noviembre de 1970 se aprobaba el deslinde interior parcial (1.ª parte), que afectaba a la parte del monte situado en la margen izquierda del embalse del Cíjara comprendida entre la presa y la Garganta de los Malos Pasos; y el 1 de diciembre de 1972 se aprobaba el deslinde de la margen izquierda del embalse del Cíjara y la margen derecha del Arroyo de los Malos Pasos. El amojonamiento correspondiente a los dos deslindes parciales interiores se aprobó el 21 de noviembre de 1977.

La información cartográfica existente relativa a estos procedimientos de deslinde y amojonamiento se encuentra en la actualidad plasmada en soporte papel, en forma de planos a escala 1:10.000; y la digitalización y posterior georreferenciación de los mismos sobre ortofoto. Y está materializada en campo mediante hitos de naturaleza permanente conocidos con el nombre de mojones.

El sistema de referencia adoptado era local (siempre relativo) y se obtenía mediante un itinerario topográfico, realizado con instrumentos de topografía clásica. Este itinerario consistía en realizar una sucesión de mediciones de ángulos y distancias desde los distintos puntos que componen el itinerario, lo que permite dotar de coordenadas a los diferentes puntos que se van visando. La medición de ángulos y distancias, con instrumentos en general poco precisos, suponía la acumulación de errores a lo largo del itinerario.

La finalidad del dato espacial es lograr una difusión de la cartografía temática y su puesta a disposición del público de la manera más amplia posible, lo que obliga a referir la cartografía desde su actual expresión en coordenadas locales a sistemas de proyecciones oficiales referidos a coordenadas absolutas con la finalidad de publicar la información cartográfica relativa al Dominio Público Forestal, sin que ello suponga modificación alguna del deslinde y amojonamiento aprobados.

La transformación de esta documentación cartográfica en datos espaciales, coordenadas planimétricas absolutas, es indispensable para ejercer la tutela y las demás competencias asignadas a la Administración sobre los montes declarados de utilidad pública.

Se ha adoptado recientemente el sistema ETRS89 como el sistema de referencia geodésico oficial en España para la referenciación geográfica y cartográfica, en el ámbito de la Península Ibérica y las Islas Baleares, y se deroga el hasta hoy vigente sistema ED50.

Con el fin de lograr la máxima difusión posible de las coordenadas obtenidas, éstas se han tomado en ambos sistemas de referencia.

En su virtud, desde esta Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía:

— Habiéndose publicado en el DOE n.º 113 del 13 de junio de 2014, el Anuncio de 26 de mayo de 2014 por el que se sometía a información pública el levantamiento topográfico de los hitos del amojonamiento del monte n.º 6 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Badajoz, denominado “Baldíos o Primera Porción de las Hojas Comunes, Dehesa Boyal y Egido”, del término municipal de Helechosa de los Montes

>— No habiéndose recibido alegación alguna.

— Habiendo examinado el Informe-Memoria del Jefe de Servicio de Ordenación y Gestión Forestal con fecha de 14 de agosto de 2014

RESUELVE:

1. Hacer públicas, para general conocimiento, las coordenadas absolutas que se adjuntan, de los mojones del monte “Baldíos o Primera Porción de las Hojas Comunes, Dehesa Boyal y Egido”, número 6 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Badajoz, situado en el término municipal de Helechosa de los Montes; y propiedad de ese municipio.

2. Que figurando en la descripción del monte del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Badajoz las siguientes cabidas de los enclavados deslindados y amojonados:

A: 0,032 ha; E: 4,87 ha; F: 0,66 ha; G: 0,7402 ha; H: 5,44 ha; J: 2,1609; K: 23,36 ha; L: 1,5956 ha; N: 5,80 ha; O:1,59 ha; P: 2,67 ha; Q: 6,58 ha; R: 3,77 ha; S: 4,87 ha y T: 9,05 ha.

Se proceda a rectificar dicha descripción conforme a la planimetría resultante del levantamiento efectuado, del cual se derivan los siguientes valores:

A: 0,0331 ha; E: 5,4 ha; F: 0,917 ha; G: 0,84 ha; H: 5,88 ha; J: 2,81 ha; K: 26,40 ha; L: 1,70 ha; N: 5,51 ha; O: 1,82 ha; P: 2,74 ha; Q: 7,75 ha; R: 3,59 ha; S: 5,13 ha y T: 11,05 ha.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la misma, o, bien recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses, contados igualmente a partir del día siguiente al de publicación de esta resolución.

Mérida, a 19 de agosto de 2014. El Consejero, José Antonio Echávarri Lomo

ANEXO

REGISTRO TOPOGRÁFICO DE MOJONES

En este registro se incluyen las coordenadas UTM del MUP N.º 6 – BA – “Baldíos o Primera Porción de Las Hojas Comunes, Dehesa Boyal y Egido”, situado en el término municipal de Helechosa de los Montes, y perteneciente a este municipio.

— Elipsoide Internacional de Hayford, Datum Europeo de 1950 (ED50)

— Sistema de Referencia Terrestre Europeo 1989 (ETRS89)

— Huso 30

    Su alejamiento y lo escabroso de la topografía, hicieron que sus comunicaciones fueran muy dificultosas hasta época reciente, en que la construcción de modernas vías ha hecho fácil el acceso. Quizás por esta razón su naturaleza es bravía y grandiosa, a lo que se añade el embalse de Cijara, ofrecen panoramas que justifican por sí solos la visita a este rincón.

   RESERVA NACIONAL DEL CÍJARA, con más de 25000 hectáreas y sus 130 Km. de perímetro, resulta uno de los espacios naturales mejor conservados y bellos de toda la península.

    Conocidos ya sus montes en tiempos de Alfonso X como lugar donde habitaba el oso, la Reserva Nacional de Caza del Cíjara de hoy representa uno de los esfuerzos mediombientales más importantes de toda Extremadura para apoyar el desarrollo de la biodiversidad cinegética.

    Englobada en los términos de Villarta de los Montes, Fuenlabrada de los Montes, Helechosa de los Montes y Herrera del Duque, presenta un monocultivo forestal de pino y eucaliptos para evitar la erosión en las laderas del Embalse del Cíjara, acompañado de bosques mediterráneos con manchas arbóreas de alcornoque, quejigo, encina y rebollo.

   La especie mas importante es el jabalí, acompañado de otras especies como el corzo, el lince, el gato montés, el águila imperial y real, el buitre negro y leonado, el buho real, el alimoche o la cigüeña negra, son fáciles de ver en la seguridad de la reserva.

   En el resto de la comarca abundan las dehesas, donde la "merina" pasta y la encina aparece como árbol más representativo junto con el alcornoque, el quejigo o el roble. También hay una gran variedad de arbustos como la jara, el madroño, el brezo, la retama, el cantueso y otras muchas especies aromáticas, que sirven de alimento a las abejas y a la conocida miel de la Siberia.

PARA VISITAR LA RESERVA

Petición previa a
Dirección General del Medio Ambiente
.
Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Extremadura
924 28 80 00
Más Información: Casa Forestal de Helechosa de los Montes. 924 65 80 03)

    Se puede cazar ciervo y jabalí ateniéndose a la época de veda. Cualquier época es hábil para la pesca en las aguas del embalse.

    Embalse de Cijara, Pesca Libre, datos del Tramo. Acceso : La carretera desde Talavera a Herrera del Duque pasa junto a la presa. Se puede acceder desde Helechosa o desde Villarta de los Montes. Municipios : Cijara, Gamonoso, Bohonal, Helechosa, Villarta de los Montes. Especies : Black Bass, Lucio, Carpa, Barbo. Descripción : Embalse muy grande y con numerosas zonas de difícil acceso.

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MINERALES

   Se encuentran en el termino los siguientes minerales, en cantidades mas o menos variables:

    El Minero Español, de Nicasio Anton Valle, año 1841

   "23. Bodonal, termino y jurisdiccion de Helechosa. En 20 de agosto de 1566, se rejistró una mina de oro y plata o del metal que saliera de ella, en el punto llamado Tabla de los Alhumbres, dehesa de Estena"

DOE núm 48 SÁBADO, 27 DE ABRIL DE 1996

CONSEJERÍA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA

Minas.- Anuncio de 1 de abril de 1996, por el que se convoca concurso de diversos registros mineros.

11.925.-EL ALJlBE.-Todos los de la Sección C).-1.521 cuadrículas.- Helechosa de los Montes, Castilblanco, Herrera del Duque (Badajoz), Santa Quiteria (Toledo), Bohonal y Anchuras (Ciudad Real) y Puerto Rey (Cáceres).

Este permiso de exploración se encuentra sobre la Reserva de VALDELACASA, inscripción n.º 133 para plomo, zinc, cobre, bismuto, antimonio, estaño, wolframio, oro, plata, níquel, cobalto, carbón, uranio, barita, fluorita y caolín.

Mérida 1 de abril de 1996.–El Director General de Ordenación Industrial, Energía y Minas, Alfonso Perianes Valle

CONSEJERIA DE ECONOMIA, INDUSTRIA Y HACIENDA

ANUNCIO de 1 de septiembre de 1997, sobre declaración de terrenos francos y registrables de la provincia de Badajoz.

11.925.–EL ALJIBE.- Todos los de la Sección C).- 1.521 cuadrículas.- Helechosa de los Montes, Castilblanco, Herrera del Duque (Badajoz), Santa Quiteria (Toledo), Bohonal y Anchuras (Ciudad Real) y Puerto Rey (Cáceres).

Mérida, 1 de septiembre de 1997.–El Director General de Ordenación Industrial, Energía y Minas, Alfonso Perianes Valle.

DOE Núm.: 130 Jueves 8 de julio de 2010

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE

Minas.- Anuncio de 21 de junio de 2010 sobre otorgamiento del permiso de investigación de la Sección C) denominado "Santa Quiteria", n.º 12698-00, en el término municipal de Helechosa de los Montes.

El Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Badajoz de la Dirección General de Ordenación Industrial y Política Energética, comunica: que ha sido otorgado con fecha 25 de mayo de 2010, a favor de Titanium and Gold Company, SL, con CIF: B04532032, y con domicilio en C/ Víctor de la Serna, 1, de Madrid (Madrid) el permiso de investigación que a continuación se relaciona, con expresión de número, nombre, recursos, cuadrículas mineras y términos municipales:

N.º 12698-00 “Santa Quiteria”, recursos de Sección C), 50 cuadrículas mineras, Helechosa de los Montes de la provincia de Badajoz.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 101.5 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978.

Badajoz, a 21 de junio de 2010. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, Juan Carlos Bueno Recio.


    ANTIMONITA (ver estibina) Deriva de un antiguo nombre griego para denominar el mineral. Pertenece a la clase de los Sulfuros, Arseniuros y Sulfosales. Se presenta en color Gris plomizo. Puede adquirir una patina oscura o azulada si se expone durante mucho tiempo al aire, tiene brillo metálico

    Su habito en forma de cristales aciculares o prismáticos que forman agregados fibrosos, hojosos o radiados. Algunos cristales pueden aparecer torcidos y estriados. Las masas son compactas o granulares.

    Es la mejor mena de antimonio. Antiguamente se empleaba como cosmético. En la Edad Media, los compuestos de antimonio servían para fabricar medicinas. Actualmente, el antimonio se usa para aleaciones de imprenta y armamento (endurece al plomo), colorantes, plásticos y textiles, se emplea como pigmento y para la fabricación de vidrio.

Su formula química es Sb2S3


    BARITINA De la palabra griega que significa "pesado" en alusión a su gran peso específico, pertenece a la clase de los Sulfatos. Su color es variable predominando el blanco y el pardo tenue y su brillo es vítreo a perlado.

    Se presenta en forma de masas granudas, fibrosas o compactas y menos frecuentemente en formas estalactíticas o nodulares. Normalmente en cristales rómbicos tabulares, unidos por la base (agregado en libro) y otras formas variadas.

    Su empleo. La principal utilización es para perforación como lodos densos en pozos de petróleo o gas. Como pigmento y para la fabricación de agua oxigenada. También en la fabricación del litopón (combinación de sulfuros y sulfatos para recubrimientos), como estándar del blanco y como carga mineral.

    También se encuentra en Garlitos, Magacela, La Haba, Zarza de Alange, Azuaga, Valencia de las Torres, San Pedro de Mérida, Villagarcia de la Torre y Berlanga (Badajoz).

Su formula quimica es: BaSO4


    BISMUTO Deriva de dos palabras griegas que significan plomo blanco, pertenece a la clase Elementos Nativos. Color blanco de plata con ligero tinte rosado en fractura reciente que toma color amarillento por exposición al aire. Brillo metálico, presenta, a veces, irisaciones. Se empaña con facilidad.

    Los cristales escaleriformes son raros e imperfectos. Normalmente aparece en masas y agregados granulares o dendríticos. Su origen es pegmatítico-neumatolítico: En los filones estanníferos. Hidrotermal: Acompañando a minerales de níquel y cobalto. Sus aplicaciones son en aleaciones con punto de fusión bajo.

La fórmula química es: Bi


    CAOLINITA El caolín es una roca formada fundamentalmente por caolinita y otros minerales de su grupo. Tambiénse la llama Tierra de Porcelana. La denominación de caolín proviene del termino chino -Kuling- (Collado Alto), donde se empezó a explotar en el mencionado país. Es una corrupción de la palabra china "Kao Ling" (Collado Alto), nombre de una colina próxima a Jauchu Fa, donde se extrae este mineral

    Pertenece a la clase de los Silicatos, Incolora, blanca o diversas coloraciones, en función de los elementos contenidos Brillo Nacarado a mate.    

    Forma de presentarse: Son muy raros y pequeños los cristales laminares pseudohexagonales, siendo más frecuente encontrarla en masas untuosas, sueltas o compactas formando finísimas escamas o laminillas. De carácter untuoso o magro al tacto según su cohesión. Raras veces en cristales laminares.

    Empleo: La arcilla más pura conocida como caolín o tierra de porcelana posee abundantes aplicaciones, no solo la fabricación de porcelanas; vasijas, lozas, ladrillos y otros materiales de construcción. Material de carga en goma y en papel, en la industria del caucho y en la fabricación de refractarios.

Su formula química es: Si4O10(OH)8Al4


    CARBÓN. La hulla o carbón mineral, es una sustancia sólida ligera, negra y combustible, que resulta de la destilación o de la combustión incompleta de los tejidos vegetales o de otros cuerpos orgánicos, como resultado de haber permanecido bajo la superficie terrestre durante larguísimos períodos.

    Se conocen varios tipos: activado, que es el carbón tratado especialmente para obtener una gran capacidad de absorción de gases o vapores, o para servir de agente decolorante; de leña o carbón vegetal, mineral o de piedra, que está formado principalmente por carbono, nitrógeno, oxígeno e hidrógeno, su origen se debe a la carbonización de las materias vegetales.

    Los carbones no tienen composición química constante. Predomina en ellos el carbono pero no al estado libre. Por su origen orgánico, su estructura propiedades físicas y naturaleza química, no entran dentro del concepto de mineral; son rocas, y por tanto, su descripción no corresponde a la mineralogía.

    Descripción:

    Los carbones minerales, se clasifican de diversas maneras, la más utilizada se basa en el grado de carbonización, dividiéndoles en lignitos, carbones subituminosos, carbones bituminosos, semibituminosos, semiantracitas y antracitas.

    El carbón es uno de los "tres grandes" en el campo de la economía minera. Todavía se mantiene como una de las principales fuentes productoras de energía del mundo, aunque el petróleo conjuntamente con el gas natural lo han desplazado progresivamente en este campo.

    La formación del carbón, comprende etapas de desarrollo que van desde los más jóvenes hasta los más maduros, y se conocen:

    Turba: es un depósito de materias vegetales en descomposición poco transformados mezclados con distintos materiales detríticos como Cuarzo, Calcita, etc., con restos de organismos animales y vegetales diagenéticos, entre los que destacan los hidrocarburos sólidos (simollenita, ámbar). Es de color claro a parduzco y estructura porosa, y aparece generalmente estratificada con alternancia de capas de aspecto diferente. Se diferencia de las demás fibras vegetales principalmente por su menor cantidad de agua. Su composición aproximada es de 45 - 60% de carburo, 30 - 40 % de oxígeno, 5 - 10% de hidrógeno; su contenido de agua puede alcanzar hasta un 90%, agua que pierde en parte cuando es expuesta al aire. La turba constituye el primer paso o grado de la carbonatización natural, cuyas características químicas y volumétricas van a depender de la edad geológica y de ciertas influencias geológicas.

    Lignito: contiene de 55 a 75% de carbono, de 19 a 26% de oxígeno y de 6 a 3% de hidrógeno. Su estructura es casi siempre claramente vegetal, sin embargo, lo hay aparentemente homogéneo, terroso, hojoso y pizarreño por efecto de las presiones. Es blando y suave, su densidad es 1,12 a 1,14. Es pardo y mate, a veces negro y brillante.

    Antracita: es el más rico en carbono y el más antiguo por su edad geológica. La proporción de carbono llega al 90% y correspondientemente son pequeñas las de hidrógeno y oxígeno. Es amorfo y de apariencia homogénea, con fractura concoidea y frágil; anisótropo para la luz reflejada. Dureza de 2 a 2,5. Densidad: 1,4 a 1,7. Color: negro tirando a gris hierro. Raya: negra. Brillo: vítreo con tendencia a metaloide.

    Aplicación:

    Como mineral combustible, puede ser quemado económicamente para producir energía calórica destinada a propósitos industriales o para uso doméstico. Otros importantes usos del carbón los encontramos en la calefacción, en la fabricación de cemento, papel, vidrios, textiles, insecticidas, pinturas, perfumes, explosivos, fertilizantes, gasolina, etc., pudiéndose decir que existe una especie de petroquímica a base de esta valiosa materia prima.

Fórmula química: C


    COBALTITA Nombre alusivo al cobalto, de la clase de los Sulfuros, Arseniuros y Sulfosales. Color blanco plateado con tonos rojizos. Si contiene mucho hierro toma coloración gris oscuro con tonos violados. Brillo metálico. Se encuentra en la mina Mochi.

    Los cristales son cúbicos, octaédricos o bien piritoedros, algunas veces estriados. También suelen aparecer combinaciones de estas formas. Las masas son granulares o compactas

    Origen hidrotermal de alta temperatura apareciendo con otros minerales de níquel y cobalto. Diseminada en rocas metamórficas. Es muy raro encontrarla en filones. aplicaciones Se emplea como mena de cobalto. Si se tuesta, se obtiene el óxido que se emplea como pigmento en la industria del vidrio y cerámica

La fórmula química es CoAsS


    COBRE, De Cuprus (Siria), donde fue encontrado por primera vez, pertenece a la clase de los Elementos Nativos. Su color es rojo cobrizo (típico). Suele aparecer cubierto de una patina verde a causa de la carbonatación que sufre al exponerse al anhídrido carbónico del aire. La patina puede ser también negra o iridiscente, el brillo es metálico.

    Son raros los cristales cúbicos y octaédricos siendo algo mas normales los cristales deformados. Suele aparecer en forma de agregados laminares, filamentosos o dendríticos. También aparece como polvo fino.

    Actualmente no se emplea como mena de cobre dada su rareza, aunque sus iones están muy extendidos. Se usa en la fabricación de bronces y para conductores eléctricos. Los compuestos de cobre tienen numerosos campos de aplicación.

Su formula química es Cu


    ESTAÑO (casiterita) pertenece a la clase de los elementos nativos. Su etimologia se deriva del griego kassíteros, Estaño. Color: blanco; la casiterita es de color marrón oscuro, pardo hasta negro. Brillo: metaloide o adamantino.

    Cristaliza en el sistema tetragonal, se presenta en cristales prismáticos, dipiramidales, isométricos, prismáticos a aciculares. Se encuentran también en forma de granos diseminados de forma irregular, agregados ariñonados y esferolíticos

    Se utiliza ampliamente para cubrir con una capa delgada las hojas de acero destinadas a la fabricación de envases para conservas alimenticias, elaboración de objetos de estaño puro, aleaciones, soldaduras, hojalata, etc. El Estaño se presenta en la corteza terrestre en forma de Casiterita, de donde se extrae. Fue descubierto por los pueblos antiguos, que lo empleaban para obtener el bronce.

Su formula química es: b-Sn


    FLUORITA Del latín "fluere"que significa fluir, debido a que fundía con más facilidad que ciertas gemas con la que se la confundía. Pertenece a la clase de los Halogenuros, de color incolora, blanca, amarilla, verde, azul, violeta,rosa,y aspecto vítreo.

    Su hábito o presentación: Cristales cúbicos, octaédricos, rombododecaédricos y muy raramente pentagonododecaédricos. A veces se presenta en maclas de compenetración. Son frecuentes las masas compactas, zonadas y concreccionadas.

    Uso en la preparación de HF (industria cerámica, óptica,...). Los cristales muy perfectos sirven para prismas de uso en espectrofotómetros y lentes de diversostipos. Fundente en Metalurgia en la fabricación de aceros, de vidrios opalescentes, también en esmaltados y en la fabricación de ácido fluorhídrico

Su formula química es: F2Ca 


    NIQUELINA Deriva del nombre del metal níquel que a su vez proviene del alemán "kupfernickel".

    Pertenece a la clase de los Sulfuros, Arseniuros y Sulfosales. Color bronce rosado. La alteración da lugar a la formación de pátinas oscuras o de color verde claro adquiriendo irisaciones, brillo metálico.

    Los cristales tabulares o piramidales son raros. Normalmente se presenta en agregados dendríticos, columnares o reticulares y en masas compactas o reniformes. Debido a su rareza sólo es rentable su explotación si se encuentran grandes masas. Fue el primer mineral que se empleó para la extracción del níquel.

Su formula química es: NiAs


    ORO Deriva de la palabra latina "aurus" ,pertenece a la clase de los Elementos Nativos. Se color es Amarillo con diversas tonalidades en función de las impurezas y su brillo es Metálico.

    Presentación: Son rarísimos los cristales octaédricos, cúbicos o rombododecaédricos y sus combinaciones. Se suele presentar en granos muy pequeños e informes, láminas y pajuelas. Las formas dendríticas son muy raras. En los placeres son comunes los agregados compactos y redondeados. La forma más corriente de presentarse es en masas arborescentes, con cristales alargados en la dirección del eje ternario; también diseminado en capas aplastadas, escamoso o macizo. La forma más frecuente para placeres es la llamada "pepita", masas macizas redondeadas por el rodamiento, que pueden variar de tamaño.

    El oro generalmente se emplea en aleaciones midiéndose su ley en quilates. El oro puro tiene 24 quilates. El oro blanco es una aleación de oro y paladio. Se utiliza como patrón monetario, en joyería, en odontología y en electrónica (soldaduras). También se usa para la fabricación de material científico de diversos tipos, su alta conductividad eléctrica le hace adecuado para soldaduras electrónicas

Su formula quimica es: Au


    PLATA, Etimología del femenino del adjetivo plattus (plato, chato) que, en el siglo X, se sustantivó con el sentido de lámina Blanco de plata. Pertenece a los elementos nativos, color blanco. En la naturaleza, la plata suele aparecer cubierta por una capa negra y oscura de sulfuro, que es necesario limpiar para descubrir el verdadero color del mineral.

    Se encuentra en estado nativo (generalmente aleada con cobre y oro), formando minerales como la argentita, que es sulfuro de Plata o asociado a otros sulfuros (argentita), óxidos (uraninita), arseniuros (esmaltita) en algunos tipos de yacimientos metalíferos. Es mucho más abundante que el oro, se encuentra mezcladas con sulfuros o en zonas de oxidación de otros depósitos.

    Forma de presentarse: Los cristales suelen ser cúbicos, octaédricos o maclados siempre de pequeñas dimensiones. También se puede encontrar en forma de filamentos, dendritas, o arborescencias. Lo mas frecuente es encontrar masas hojosas o escamosas

   Debido a su rareza no suele emplearse como mena de plata. Generalmente la plata se extrae de las galenas argentíferas. También se encuentra formando parte de los barros anódicos que aparecen en la electrolisis del cobre.

    Aplicación: es el mejor conductor térmico y eléctrico. Se emplea en joyería y orfebrería, en la fabricación de útiles de laboratorio, en medicina, fotografía, acuñación de moneda y en electrónica debido a su alta conductividad.

    Limpieza y conservación. Es muy sensible al aire viciado de ácido sulfhídrico y está cubierta por una ligera pátina de sulfuro. Para eliminar la capa de sulfuro que recubre la plata basta con sumergir la muestra en una solución de ácido nítrico Es conveniente limpiar las muestras con una rápida inmersión en ácido nítrico, protegiéndolas después con una laca transparente.

Su formula química es: AG


    PLOMO del latín galena, que significa brillo de plomo. El plomo, es conocido desde la antigüedad, aparece citado en la Biblia.

    Pertenece a la clase de los elementos nativos, color gris plomo, a veces con pátina azul mate y brillo metálico.

    Por lo general se presenta a menudo en agregados amorfos otras veces implantado, generalmente en cubos, octaedros o combinaciones de ambos en forma de pequeñas masas globulares o laminas de color gris fácilmente oxidables y las menos veces en cristales. Se encuentra libre en algunas minas de manganeso asociado con minerales bastante raros básicamente manganosita y pirocroíta.

    Aplicación: Buen conductor del calor y la electricidad, se utiliza principalmente en el elaboración de hilos de plomo, acumuladores. Debido a su resistencia a la corrosión se utiliza en construcción de cañerías y recipientes para contener aguas o ácidos, así mismo se emplea en la obtención de ácido sulfúrico, elaboración de municiones, preparación del cristal de plomo, blanco de plomo, aleaciones muy fusibles; como hipotensor juntamente con la bencina (tetraetilo de plomo).

Su formula química es: Pb


    URANINITA Etimología alusivo al uranio. Pertenece a la clase de los Óxidos e Hidróxidos, color negro a pardo amarillento. A veces presenta tonos azulados o verdosos. Brillo submetálico a bituminoso o craso.

    Son muy raros los pequeños cristales que aparecen incluidos en granitos o en pegmatitas. Los agregados pueden ser laminares, columnares o dendríticos. Generalmente se presenta en masas de aspecto botroidal o reniforme.Se encuentra a cielo abierto en la fractura de las pizarras.

Su formula química es: UO2


    WOLFRAMITA, del antiguo alemán "wolf" lobo y "hraban" cuervo, pertenece a la clase de los Óxidos e Hidróxidos. Color gris oscuro a negro azulado y brillo metálico, a veces adamantino o craso.

    Se presenta bajo la forma de cristales prismáticos (cortos o alargados), tabulares, aciculares o laminares (a menudo estriados). Agregados hojosos o radiales. Masas compactas o granulares. Se usa como mena de wolframio y en la fabricación de aceros especiales (para blindajes) y en aleaciones de alto punto de fusión (lámparas de incandescencia) y gran resistencia

Su formula química es: (Fe,Mn)WO4


    ZINC Pertenece a la clase de elementos Nativos, recibe el nombre de la palabra alemana "zink". Cristaliza en el sistema exagonal. Su color es blanco metálico, gris o gris azulado y su brillo es metálico.

    Se presenta en tamaños irregulares con placas irregulares y estrias incrustradas y superficies irregulares

Su formula química es: Zn


ALOJAMIENTOS

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