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Esparragalejo

    ÍNDICE

Datos Municipio.
Situación del Municipio
Datos del Ayuntamiento
Historia
Monumentos
Gastronomía
Fiestas
Turismo
Minerales

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DATOS del MUNICIPIO 38º57'30'' N 006º26'57'' W Hoja MTN 777

TIPO DE ENTIDAD: Lugar

SUPERFICIE TÉRMINO (Km2.): 16,8

ALTITUD: 231 m.

POBLACIÓN: 1.553 habitantes

DISTANCIA BADAJOZ: 55 Km

PARTIDO JUDICIAL: Mérida

MANCOMUNIDAD: Vegas del Guadiana (Mérida)

COMARCA AGRARIA: Merida

GENTILICIO: esparrenses, esparragalejanos y a nivel popular como "guacaras".

BIBLIOGRAFÍA ESPECIFICA


SITUACIÓN del MUNICIPIO

    Se encuentra en las proximidades de Mérida, en la orilla derecha del Guadiana, y en la comarca vitivinícola de las Ribera Alta, zona de influencia romana, contó para su abastecimiento de una presa romana, conocida popularmente como "Charca Grande", alimentada por el arroyo de La Albuera.

    En el año 1826, Sebastián de Miñano; en su Diccionario Geográfico Estadístico, publicado en Madrid en el año 1826, se refiere al rio Aljucén de la siguiente manera.

    "Aljucén, Rio de España, provincia de Estremadura, partido de Mérida, que nace en las inmediaciones de Cordobilla, en la Dehesa de Valdelayegua; corre por las de Aljucen, Carrascalejo, Carmonita y Esparragalejo, y entra en el Guadiana como á 1 legua al O. de dicha ciudad."


DATOS del AYUNTAMIENTO

Ayuntamiento de Esparragalejo

Ronda de la Concordia, 8
06860 Esparragalejo (Badajoz)
924 32 24 02 / 32 23 52
924 32 23 55
esparragalejo@dip-badajoz.es

DOE núm. 61 JUEVES, 8 DE AGOSTO DE 1991

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO

Escudos Heráldicos.- Orden de 30 de julio de 1991, por la que se aprueba el Escudo Heráldico y Bandera Municipal, para el Ayuntamiento de Esparragalejo.

El Ayuntamiento de Esparragalejo (Badajoz), ha instruido expediente administrativo para la adopción del Escudo Heráldico y Bandera Municipal. Dicho expediente fue aprobado por el Pleno Corporativo, en sesión de 4 de mayo de 1990, en el que se expresaban las razones que justificaban el dibujo-proyecto del nuevo blasón y enseña.

Consta en dicho expediente el informe favorable del Consejo Asesor de Honores y Distinciones de la Junta de Extremadura, emitido el dia 1 de julio de 1991

Considerando que la sustanciación de citado expediente se ha ajustado en todo el Artículo 187 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y en uso de la atribuciones conferidas referido precepto,

DISPONGO

Artículo Primero.- Se aprueba el Escudo Heráldico del Municipio de Esparragalejo (Badajoz), cuyo diseño se recoge en el anexo I, con la siguiente descripción:

"Escudo cortado. Primero de plata, la portada de la Iglesia Parroquial de Esparragalejo en su color, mazonada de albe y aclarada de gules. Segundo, de oro, la muralla de Esparragalejo, de piedra mazonada de sable, y sobre ella la entrada de un molino, de piedra, tras la cual, salientes, se ven cinco espárragos de sinople. Al timbre, Corona Real cerrada

Artículo Segundo.- Se aprueba la Bandera del Municipio de Esparragalejo (Badajoz), cuyo diseño se recoge en el anexo II, con la siguiente descripción:

"Bandera cuadra, terciada de faja de rojo, verde y blanco"

Mérida 30 de julio de 1991, El Conejero de Presciencia y Trabajo, Manuel Amigo Mateos


HISTORIA

    Se encuentran en Esparragalejo restos arqueológicos de la Edad de Bronce, El castro o poblado calcolítico de Esparragalejo se encuentra situado en el lugar llamado Los Olivares, a unos 500 metros de la orilla derecha del Guadiana y en una suave colina de unos 245 metros de altitud.

    En el año 194 a.C., llegan los romanos a la comarca de Mérida, creando en el lugar un campamento militar, de carácter permanente, dotándolo de los servicios de la época, entre otros el abastecimiento de agua, para lo cual construyeron una presa, de cuyo embalse se abastecía el campamento, a través de un acueducto. Levantado junto al antiguo cementerio, tenía como finalidad defender los pasos del Guadiana por su orilla derecha y al mismo tiempo tener libre de posibles enemigos la calzada o vía, que después se llamaría de la Plata y que conducía a la Sierra de Gredos.

    Es muy probable que el núcleo de población romana de Esparragalejo pudiera haber servido de mansión en la calzada o vía romana que desde Olisipo (Lisboa) llegaba a Emérita. Los restos de esta calzada afloran por Valdelacalzada, Puebla de de la Calzada y La Garrovilla, entrando en Emérita por el puente romano sobre el Albarregas.

    Después de la invasión árabe se produjo la decadencia del lugar, que continuo durante siglos hasta epoca reciente.

   A consecuencia de la victoria de los cristianos en las Navas de Tolosa en 1212, se intensificaron los ataques contra los árabes. Durante la campaña de Sevilla por las tropas castellanas, entre los años 1.227 y 1.236 bajo el reinado de Fernando III el Santo, las órdenes militares reconquistaron la Baja Extremadura.

   Por su parte Alfonso IX, rey de León y padre del anterior, tomó Alcántara, con asistencia de caballeros castellanos, pretendió conquistar Cáceres y llegó hasta Mérida, desistiendo de su conquista. En nueva expedición contra los musulmanes, auxiliado por la ordenes militares de Calatrava y Alcántara y por soldados castellanos y extranjeros, tomó Valencia (1221) y Cáceres el 23 de abril de 1229, a la que dio Fuero; y en 1229-30 se apoderó de Montánchez, ganó la batalla de Alange y ocupo Mérida, Badajoz y Elvas dejando abierto el camino hacia Sevilla.

   Tras la conquista cristiana de Mérida, en el año 1230 por el rey leonés Alfonso IX, Esparragalejo continúa integrado en Mérida, primero de forma exclusiva del Arzobispado de Santiago de Compostela y, a partir de 1231, como posesión compartida entre éste y la Orden de Santiago. En el año 1235, se concedió el primer Fuero a Merida, formando una Encomienda bajo el tipo de Comunidad y Tierra hasta su disolución. En 1327 el maestre Vasco Rodríguez de Cornago le concede a Mérida un segundo Fuero.

   Con el Fuero, se impulsa la repoblación de la Encomienda y se refunda Esparralagalejo en 1504 por el Maestre santiaguista Don Juan de Pacheco y materializada por Don Pedro López de Porres, Comendador de Mérida, quien eligió el asentamiento por sus buenas condiciones naturales, dándole el nombre "La Dehesa del Esparragal", por la abundancia de espárragos silvestres que lo cubrían, cambiándose posteriormente al de Esparragalejo, a consecuencia de la escasez de habitantes.

   Debido a su situación, Esparragalejo sufre los efectos de las contiendas con la vecina Portugal, así en 1475, sufre la ocupación de las tropas del rey de Portugal Alfonso V. En el reinado de Carlos V se produjo la sublevación de los Comuneros en 1520 y Mérida y su comarca tuvo que contribuir con hombres y dinero para hacer frente a esta sublevación. Eparragalejo contribuyó con 7.900 maravedis y 10 hombres para la milicia. y en 1811 sufre la ocupación de las tropas francesas durante la Guerra de la Independencia.

    Antonio Vegas en su Diccionario Geográfico Universal, Tomo II, publicado en Madrid en el año 1795. dice:

    "Esparragalejo, Lugar de España en la Provincia de Estremadura, Partido de Merida: es del Señorio de las Ordenes Militares, y tiene Alcaldes Pedaneos."

    En el año 1826, Sebastián de Miñano; en su Diccionario Geográfico Estadístico, publicado en Madrid, se refiere de la siguiente manera.

   "Esparragalejo, Lugar Ordenes de España, provincia de Estremadura, partido de Mérida, priorato de San Marcos de Leon. Alcalde Pedaneo, 143 vecinos, 562 habitantes, 1 parroquia, 1 pósito. Situado a orilla del Guadiana, en el camino que conduce desde Badajoz á Mérida, al O. de esta ciudad y al E. de aquella. Produce granos, dehesas de pasto, monte bajo de encina , y algun aceite. Dista 9 leguas de la capital, 1 de la cabeza de partido, 12 de Cáceres y 54 de Madrid. Contribuye 2,251 rs. 8 mrs."

    En el Catastro de Mérida del Marqués de la Ensenada, año de 1753, Esparragalejo, figuraba como aldea de Mérida. Con la desaparición de los señoríos en 1812, amparándose en la Constitución de 1812, pasa una etapa de intermitencia entre la independencia y dependencia de Mérida. Esparragalejo adquiere definitivamente su independencia municipal en el año 1835 durante el Reinado de Isabel II y bajo la Regencia de su madre la Reina Gobernadora María Cristina de Borbón por Real Decreto para el arreglo provisional de los Ayuntamientos de la Península é Islas adyacentes, publicado el martes , 4 de agosto de 1835 en el nº 65 del Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.

    Pablo Madoz en su Diccionario Geográfico Tomo VII de 1847, dice:

    "Lugar con ayuntamiento en la provincia de Badajoz (9 leguas), audiencia territorial de Caceres (12), partido judicial de Merida (4), diocesis de San Marcos de Leon (Llerena 14), capitania general de Estremadura: situado en una colina de poca elevacion circuida de otras que la dominan; pero a la distancia suficiente para no impedir la véntilacion de todos los puntos, particularmente por el E y O, que son los aires mas permanentes; el clima es cálido y sano. Tiene 43 casas de un solo piso, sin cómodidad y de poco solida construccion, por cuya razon se dedican algunos vecinos á la reedificacion con 2 pisos; sus calles estan poco ordenadas, pero se encuentran dos en regular estado con bastante amplitud, empedradas naturalmente por estar sobre piedra de grano; y aunque son lirnpias su piso es húmedo; hay casa de ayuntamiento, pósito y cárcel en el mismo edificio amenazando ruina; escuela de niños, á la que asisten  16, bajo la direccion de un maestro no aprobado que percibe 1,100 rs. de los fondos públicos sin retribucion de ninguna clase; iglesia parroquial dedicada á Ntra Sra de la Concepcion, curato dé entrada y provision del tribunal especial de las Ordenes militares como perteneciente á la de Santiago, y en los afueras 200 varas al S., el cementerio, establecido en la antígua ermita de este santo; se surte de aguas potables en dos fuentes perennes, la una al O. á distancia de 120 varas y la otra al N. á 300; el ganado tiene su abrevadero en una hermosa charca al N0. con la correspondiente muralla de argamasa bastante deteriorada: era muy nombrada por la abundancia y finura de las tencas y pardillas que criaba, cuya pesca se ha estinguido sin que se sepa la razon.

    Los caminos vecinales, en buen estado, y admiten carros. El correo se recibe en Mérida dos veces a la semana por un encargado a quien se pagan 120 rs. Produce: trigo; cebada, habas y garbanzos; se mantiene ganado lanar, vacuno cerril y el necesario para la labor, y se cria abundante caza menuda. Poblacion: 52 vecinos, 210 almas"

Gaceta de Madrid Publicación: 21/07/1880, nº 203

Departamento: Ministerio de Hacienda

Páginas: 203 - 204

Reales órdenes aumentando los cupos que por sus encabezamientos de consumos satisfacen los pueblos de Esparragalejo, Beamud, abezas Rubias, Zahinos y Aviñonet

Gaceta de Madrid Publicación: 08/09/1884, nº 252

Departamento: Ministerio de la Gobernación

Páginas: 818 - 819

Reales órdenes confirmando la suspensión de los Ayuntamientos de Maracena, Oza y Esparragalejo.

Gaceta de Madrid Publicación 27/11/1902, nº 331

Departamento: Ministerio de la Gobernación

Páginas: 700 - 700

Confirmacion resolutoria de un expediente relativo á suspensión en sus cargos de Alcalde y cinco Concejales del Ayuntamiento de Esparragalejo.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 12/04/1947, nº 102

Departamento: Ministerio de Justicia

Páginas: 2184 - 2184

Orden de 29 de marzo de 1947 por la que se concede la excedencia voluntaria al Secretario del Juzgado de Paz de Esparragalejo (Badajoz), don Martín Durán Sánchez.

Boletín Oficial del Estado Publicación: 10/11/1960, nº 270

Departamento: Ministerio de la Gobernación

Páginas: 15548 - 15549

Resolución de la comisión Provincial de Servicios Técnicos de Badajoz referente a la subasta para la ejecución de las obras de construcción de un cementerio municipal en Esparragalejo y de saneamiento en Valverde de Leganés.

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 04/05/1962, nº 107

Departamento: Ministerio de Obras Públicas

Páginas: 5922 - 5923

Resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana por la que se señalan lugar, día y hora para el levantamiento de las actas previas a la ocupación de las fincas que se citan, afectadas por las obras de electrificación de las vegas bajas del Guadiana, en el término municipal de Esparragalejo (Badajoz).

    En el año 1862, tuvo lugar un acontecimiento importante para el desarrollo económico de la villa, el paso del primer tren por la estación próxima a la localidad.

    En el año 1.847, era lugar con Ayuntamiento de la Provincia de Badajoz, Partido Judicial de Mérida y Audiencia Territorial de Cáceres, en lo eclesiástico dependía del Priorato de Llerena de la Diócesis de San Marcos de León (Orden de Santiago)

    En la actualidad forma parte de la Provincia de Badajoz, Partido Judicial de Mérida, Audiencia Territorial de Badajoz y en lo eclesiástico al Arciprestazgo de Calamonte, Vicaría Zona Noroeste y Archidiócesis de Mérida-Badajoz


MONUMENTOS

   IGLESIA PARROQUIAL DE NUESTRA SEÑORA DE LA CONCEPCIÓN

   También llamada a nivel popular de la Virgen de la Salud por la imagen que aloja. Es edificio de medianas proporciones, las obras comenzaron en 1.504 en mampostería y sillares. El conjunto general es de estilo renacentista, con influencia mudéjar.

   Al interior cuenta con amplia nave única, dividida en dos tramos, uno de los cuales corresponde a la cabecera y cubierta de crucería, realizada en 1555 en cuyo centro destaca el escudo de la Orden de Santiago. Cuenta con un retablo de estilo neoclásico, en el que se encuentran del lado del Evangelio diez pinturas sobre tabla y lienzo del retablo y la talla protogótica de Ntra. Sra. de la Salud del siglo XV,  repintada con escaso acierto, alberga las imágenes que se encontraban en la antigua iglesia, que pasó a ser ermita. Es una pieza interesante la pila bautismal del siglo XIV. La sacristía fue construida en el siglo XVIII

    Al exterior con torre fachada al frente, cuyo cuerpo superior o de campanas, más estrecho, se evidencia como actuación posterior. En su base se abre una portada del XVII de estilo renacentista, de diseño poco frecuente con dos columnas jónicas y hornacina superior, hoy vacía, acogida a un frontón curvo igualmente no habitual. Cuenta con otra puerta, también de estilo renacentista

   ERMITA DE SANTIAGO

    Fue la primera iglesia hasta que se creó la actual, momento en el que pasó a ser ermita. La ermita es de tamaño muy reducido y actualmente se encuentra en estado de abandono. En ella se encontraba la primitiva imagen de la Virgen de la Salud, talla del siglo XV.

   Se encuentra situada en el lugar de refundación de la villa, por cuya razón existen en su alrededor restos de la época. En la ermita se encuentra el “cementerio viejo” de Esparragalejo. En la ermita se celebra la romería el primer domingo de mayo, en el lugar se encuentra un pequeño arroyo local denominado "El Regato".

    La romería de la Virgen de la Salud reunirá en 'La Ermita' a centenares de lugareños

    Periódico Hoy 02.05.09 -S. GÓMEZ- ESPARRAGALEJO

    La finca La Ermita acogerá mañana a los miles de romeros de Esparragalejo y la comarca para acompañar a la Virgen de la Salud hasta su santuario campero. La carroza de la Virgen saldrá en dirección a la ermita a las diez de la mañana, paseada por las calles engalanadas con miles de flores de vivos colores. La misa, celebrada por los sacerdotes Juan Manuel Ucieda y Juan Silos, será cantada por el coro rociero de Esparragalejo 'Jarales', dirigido por Tino Polo. A continuación, tendrá lugar la procesión por los alrededores de La Ermita.

    Durante todo el día se podrán degustar las comidas típicas de la comarca, los vinos pitarreros y los dulces caseros, elaborados con las recetas de toda la vida. En la romería Saludeña nadie se siente forastero y se podrá practicar el ir de 'jato en jato' con los amigos y conocidos.

  CASA RECTORAL, situada enfrente de la iglesia parroquial, edificación popular con portada granítica de buena labra

   EMBALSE ROMANO

    Fue creado para abastecer de agua al campamento militar romano, que dio origen al asentamiento primitivo de Esparragalejo. El dique realizado con grandes bloques graníticos, se encuentra reforzado por trece contrafuertes, además del suministro de agua, contaba con un molino de piedra situado en el centro del mismo.

    El dique no es recto, sino que tiene una leve inclinación hacia el centro con el vértice del ángulo hacia las aguas. La torre de la toma de aguas está situada en la parte central del dique y está rematada por una cúpula semicircular, abierta hacia hacia aguas abajo. En su pie se localiza el desague del fondo, que hoy está cegado, poseyendo también un aliviadero lateral. Este aliviadero ha sigo progresivamente ensanchado.

    Se alimenta con la corriente del arroyo de La Albuera, nombre con el que era conocido el embalse en el siglo XVII. Aunque la corriente era escasa, era suficiente par abastecer y llenar el pantano con las aguas aportadas en las estaciones de invierno y primavera.

    En el año 1940 fue reparado el embalse original, agrandándose el tamaño del mismo. La presa original, conocida como "La Muralla Chica", es visible cuando el nivel de las aguas no se halla en su punto máximo.

    ACUEDUCTO ROMANO

    Para llevar las aguas del embalse hasta el campamento militar, era utilizado un acueducto, el cual fue construido en la misma época. El acueducto pasaba por el centro del casco urbano del pueblo y llegaba hasta el primer emplazamiento de la villa. En la actualidad solamente se puede apreciar algún resto al pie de la toma. Discurre en toda su trayectoria enterrado y aflora algunas veces en el casco urbano, al abrir algunos cimientos, sobre todo en la Plaza de España.


GASTRONOMÍA

    Su gastronomía está basada en el cordero, en sus variantes caldereta, asadas o guisadas. Por su pesca, fritos, escabechados o asados especialmente la tenca frita o en escabeche. Ensaladas, Gazpacho y Dulces artesanales, roscas blancas, flores, perrunillas y bollos.

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  Está incluido dentro de la zona Ternera de Extremadura, para conocer mas sobre la ternera, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

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    Control de los quesos curados elaborados con leche cruda y madurados en establecimientos distintos a los de elaboración. pinchar aquí

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   Está incluido dentro de la Denominación de Origen de los vinos de Ribera del Guadiana, en la Subzona Ribera Alta, para conocer mas sobre estos vinos, pinchar aquí

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FIESTAS

    Frontela Vadillo (D. Pedro).Ganaderias de Reses Bravas

Trav. de Parejo, 9 2º-b. Merida 06800 Badajoz. 924 30 32 32 - 30 07 59
Divisa: Roja y Negra
Señal: Orejisanas Ambas
Siglas: AHA
Finca: "La Gabrielina". Esparragalejo - Badajoz
Mayoral: D. José Reyes Utrera.

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TURISMO

Boletín Oficial del Estado Publicación: 28/03/1960, nº 75

Departamento: Ministerio de Agricultura

Páginas: 3934 - 3934

Orden de 22 de marzo de 1960 por la que se aprueba la clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Esparragalejo (Badajoz).

Ilmo. Sr.: Visto el expediente incoado para la clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Esparragalejo, provincia de Badajoz; y

Resultando que dispuesta por la Dirección General de Ganadería la práctica de los trabajos de clasificación de las vías pecuarias existentes en el término municipal de referencia, se procedió por el Perito Agrícola del Estado a ella afecto, don Braulio Rada Arnal, al reconocimiento e inspección de las mismas. así como a redactar el oportuno proyecto de clasificación, sirviéndose de antecedentes que obraban en el Servicio de Vías Pecuarias, planimetría del Instituto Geográfico y Catastral y clasificación firme de las vías pecuarias existentes en el limítrofe término de Mérida, habiendo sido oída la opinión de las autoridades locales:

Resultando que el proyecto de clasificación así redactado fue remitido al Ayuntamiento de Esparragalejo para su exposición pública, anunciada en el «Boletín Oficial» de la provincia así como por bandos y edictos municipales, sin que durante su transcurso se produjera reclamación alguna, y siendo más tarde devuelto en unión de las diligencias de rigor y de los favorables informes del Ayuntamiento y Hermandad Sindical de Labradores y Ganaderos:

Resultando que la Jefatura de Obras Públicas de la provincia de Badajoz, a quien fue facilitada una copia del proyecto de clasificación, al tiempo de mostrar su conformidad interesó que las vías pecuarias «Cordel del Cerro del Gato o de Esparragalejo», y «Colada del Olivar» se unieran antes de cruzar la carretera comarcal de Montijo a Mérida;

Resultando que por el señor Ingeniero-inspector del Servicio de Vias Pecuarias, que dirigió técnicamente los trabajos de clasificación, se propuso fuera ésta aprobada según la redacta el Perito Agricola comisionado para ello;

Resultando que se remitió el expediente a informe de la Asesoria Jurídica;

Vistos los artículos 3, 5 al 13 y 23 del Reglamento de Vías Pecuarias, aprobado por Decreto de 23 de diciembre de 1944, en relación con los pertinentes de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958;

Considerando que el acceder a cuanto interesa la Jefatura de Obras Públicas respecto a la unión del «Cordel del Cerro del Gato o de Esparragalejo» y  «Colada del olivar», supone una variación del itinerario de esos pasos, que no debe ser examinada en e! momento presente, demorándose cualquier resolución hasta que una vez firme la clasificación, y caso de seguirle interesando, dicha Jefatura lo solicite en la forma que dispone el articulo 13 del Reglamento de Vías Pecuarias;

Considerando que la clasificación ha sido proyectada según previenen las disposiciones vigentes, con el debido estudio de las necesidades que han de atender en armonía con el desarrollo agrícola, sin protestas durante su exposición publica y siendo favorables cuantos informes se emitieron acerca de ella;

Considerando que la Asesoría Jurídica informa en sentido favorable a su aprobación:

 Considerando que en la tramitación del expediente se han tenido en cuenta los requisitos legales,

Este Ministerio acuerda:

1.- Aprobar la clasificación de las vias pecuarias existentes en el término municipal de Esparragalejo, provincia de Badajoz, por la que se consideran:

Vias pecuarias necesarias

Cordel del Cerro del Gata o de Esparragalejo.-Anchura uniforme en todo su recorrido de treinta y siete metros con sesenta y un centímetros (37,61 m.).

Cordel de la Calzada Romana.-Anchura variable en su recorrido, con un máximo de treinta y siete metros con sesenta y un centímetros (37,61m.) y un mínimo de doce metros (12 metros).

Colada del Camino de La Nava.- Con excepción de su tramo inicial en la calle del General Varela, en el que la anchura queda delimitada por las edificaciones existentes en el momento de practicarse la clasificación, en el resto de su recorrido la anchura es variable, oscilando entre un máximo de veinticinco metros (25 m.) y un mínimo de diez metros (10 m.).

Colada de la parte Oeste del pueblo a la Charca Grande. Con excepción de su tramo inicial en la calle del General Varela, en el que la anchura queda delimitada por las edificaciones existentes en el momento de practicarse la clasificación, en el resto de su recorrido tiene anchura uniforme de dieciséis metros con setenta y dos centímetros (16,72 m.).

Colada de la parte Este del pueblo.- Con excepción de su tramo inicial en la calle del General Moscardo, en el que la anchura queda delimitada por las edificaciones existentes en el momento de practicarse la clasificación, en el resto de su recorrido tiene anchura uniforme de dieciséis metros can setenta y dos centímetros (16,72 m.).

Colada del Olivar,- Con excepción de tramo inicial en la calle del General Yagüe, en el que la anchura queda delimitada por las edificaciones existentes en el momento de practicarse la clasificación, en el resto de su recorrido tiene anchura uniforme de diez metros (10 m,).

2.- Las vías pecuarias que quedan clasificadas tendrán la dirección, longitud, descansaderos, abrevaderos y demás características que se detallan en el proyecto de clasificación. cuyo contenido se tendrá presente en todo cuanto les afecta.

3.- Si en el término municipal existiesen otras vías pecuarias, aparte de las clasificadas. aquéllas no perderán su carácter de tales, y podrán ser incorporadas a la presente clasificación mediante las adiciones que se estimen oportunas.

4.- Todo plan de urbanismo, obras públicas o de cualquier otra clase que implique modificación de las características de las vías pecuarias clasificadas precisará la oportuna autorización de este Ministerio. por lo que se pondrán en conocimiento de la Dirección General de Ganadería con la suficiente antelación.

5.- Una vez firme la presente clasificación, se procederá al deslinde y amojonamiento de las vías pecuarias en ella contenidas.

6.- Dar traslado de la resolución a la Jefatura de Obras Públicas de la provincia de Badajoz, a los efectos señalados en cuanto a variación de recorrido de vias pecuarias.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demas efectos. Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 22 de marzo de 1960.-F. D., Santiago Pardo Canqlis,- Ilmo. Sr. Director General de Ganadería.

DOE núm. 16 JUEVES, 7 DE FEBRERO DE 2002

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

Vías pecuarias.- Orden de 24 de enero de 2002, por la que se aprueba el deslinde de la Colada del Camino de la Nava. Tramo: Completa. Término municipal de Esparragalejo. Provincia: Badajoz.

DOE núm. 16 JUEVES, 7 DE FEBRERO DE 2002

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

Vías pecuarias.- Orden de 24 de enero de 2002, por la que se aprueba el deslinde del Cordel de la Calzada Romana. Tramo: Completa. Término municipal de Esparragalejo. Provincia: Badajoz.

EMBALSE DE MONTIJO-PROSERPINA

    En el trayecto desde Mérida hacia Esparragalejo, está indicado el desvío hacia la presa romana. Se trata de una presa romana que se mantiene intacta desde que fue construida hace 2000 años; el entorno natural se encuentra muy bien conservado. Se conoce como Charca "Grande" las aguas del regato de La Albuera es el encargado de alimentar el embalse romano. Especies principales : carpa

Datos Presa de Esparragalejo

Coordenadas 38° 57' 00'' y 6° 26' 10''
Altitud 240 metros sobre el nivel del mar
Largo 320 metros
Ancho 2,20 metros
Alto 5,60 metros

Charca "Los Galgos".

Tipo: Coto Consorciado
Término municipal : Esparragalejo
Especies principales : tenca
Cupo de capturas : 15 tencas
Periodo :desde el 1 de mayo al 15 de octubre
Días hábiles :domingos y festivos
Permisos para socios y ribereños :70
Permisos resto de pescadores :30
Centro de expedición :Bar Pachá-C/Virgen de la Salud nº 15-Esparragalejo

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MINERALES

   Se encuentran en el termino los siguientes minerales, en cantidades mas o menos variables:

ANUNCIO de 1 de abril de 1996, por el que se convoca concurso de diversos registros mineros.

11.905.-ROMANO.-Todos los de la Sección C).-408 cuadrículas.- Mérida, Montijo, La Garrovilla, Torremayor y Esparragalejo.

Mérida 1 de abril de 1996.–El Director General de Ordenación Industrial, Energía y Minas, Alfonso Perianes Valle

DOE Nº 48 JUEVES, 28 DE ABRIL DE 2005

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

Impacto Ambiental.- Resolución de 14 de abril de 2005, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de concesión de Explotación denominada "GRABASA XI", nº 12.335-1, en los términos municipales de Esparragalejo y Mérida.

RESOLUCIÓN de 14 de abril de 2005, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de concesión de Explotación denominada “GRABASA XI”, nº 12.335-1, en los términos municipales de Esparragalejo y Mérida.

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, cuyos preceptos tienen el carácter de legislación básica estatal a tenor de lo dispuesto en el artículo 149.1.23ª de la constitución, y su reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso, autorización de las obras, instalaciones o actividades comprendidas en los anexos a las citadas disposiciones.

El proyecto de Concesión de Explotación denominada “GRABASA XI”, nº 12.335-1, en los términos municipales de Esparragalejo y Mérida, pertenece a los comprendidos en el Anexo I de la Ley 6/2001, de 8 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, el Estudio de Impacto Ambiental fue sometido al trámite de información pública, mediante anuncio que se publicó en el D.O.E. nº 11, de fecha 29 de enero de 2004. En dicho período de información pública no se han formulado alegaciones.

El Anexo I contiene los datos esenciales del Proyecto. Los aspectos más destacados del Estudio de Impacto Ambiental se recogen en el Anexo II.

En consecuencia la Dirección General de Medio Ambiente, de la Junta de Extremadura, en el ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 1 del Decreto 45/1991, sobre Medidas de Protección del Ecosistema en la Comunidad Autónoma de Extremadura, convalidado por el Decreto 25/1993, de 24 de febrero, formula a los solos efectos ambientales, la siguiente Declaración de Impacto Ambiental, sobre el proyecto de Concesión de Explotación denominada “GRABASA XI”, nº 12.335-1, en los términos municipales de Mérida y Esparragalejo.

DECLARACIÓN DE IMPACTO

Examinada la documentación presentada y analizados los potenciales efectos significativos que pudieran derivarse de la realización del proyecto, el mismo se considera inviable desde el punto de vista ambiental, considerando que de su ejecución se derivaría un impacto ambiental global crítico, no pudiéndose corregir con la aplicación de las medidas correctoras incluidas en el Estudio de Impacto Ambiental (resumidas en el Anexo II de la presente Declaración).

Las razones por las que se resuelve negativamente el proyecto son las siguientes:

lª) En la zona de actuación se localizan especies catalogadas “en peligro de extinción”, según se desprende del Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, aprobado mediante Decreto de 6 de marzo de 2001. Cualquier afección a las áreas de nidificación y cría de especies catalogadas en peligro de extinción supondría un grave riesgo para sus poblaciones.

Por ello, desde el punto de vista faunístico y de conservación, no se considera oportuno la apertura de una explotación minera en la zona propuesta. La instalación de una cantera de granito en la zona provocaría, por tanto, impactos ambientales criticas sobre el factor “fauna”.

2ª) Del mismo modo, respecto al factor “flora y vegetación”, se ha observado la existencia de especies incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura con la categoría “de interés especial” y “sensibles a la alteración de su hábitat”.

En la zona concreta de actuación minera se localizan numerosos pies de encinas (Quercurs ilex), esparcidos entre los roquedos y berrocales. La apertura de una cantera supondría impactos ambientales severos sobre el factor “vegetación”.

3ª) Por la zona discurren dos accesos importantes para la población del entorno, que conducen a la Ermita Nuestra Señora de la Salud y a la Charca de Los Galgos. La afección minera a dichos caminos sería “severa”, afectando negativamente a los usos que, aunque esporádicos, se pueda hacer de los mismos. A ello se une el hecho de que la Charca de los Galgos está catalogada coto de pesca, por lo que debería ser una zona reservada de cualquier actuación lesiva con el aprovechamiento deportivo que en ella se lleva a cabo. Se ha valorado el impacto ambiental sobre el factor “usos del suelo” como severo.

4ª) Por otro lado, hay que tener en cuenta que en las cercanías de la zona objeto de aprovechamiento se localizan dos humedales de importancia (Embalse de Los Canchales y Embalse de Montijo), catalogados como Zonas de Especial Protección para las Aves. Estas áreas húmedas son utilizadas por otras muchas especies, entre las que destacan las del grupo de las aves, que utilizarían la zona preseleccionado para la apertura de la cantera como área de paso. El impacto ambiental, caso de iniciarse la explotación minera, se estima en moderado, salvo que se utilizasen infraestructuras auxiliares, como pueden ser las líneas eléctricas.

De todo lo anterior, se desprende que la implantación de una cantera de granito ornamental en la zona supondría un impacto global crítico sobre el ecosistema, incluidos los usos del suelo y sociales del entorno inmediato.

Mérida, 14 de abril de 2005. El Director General de Medio Ambiente, Guillermo Crespo Parra

A N E X O I

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El proyecto propone el aprovechamiento de las rocas ornamentales de origen granítico localizadas dentro de las dos cuadrículas mineras de que consta la concesión de explotación, con la denominación siguiente: “Grabasa XI”, nº 12.335-1. La roca obtenida se denominaría “Blanco Romano”.

Dicha concesión de localiza en los parajes “La Colada del Canchal” y “La Gravelina”, accediéndose a la misma a través de la carretera comarcal Montijo-Mérida, en el P.K. 18+150. En la zona hubo hace años antiguas labores mineras. Se localizaría la cantera a media ladera, con avance SO, aprovechando el desnivel del terreno.

La trinchera inicial tendría unas dimensiones mínimas de 50 x 8 x 6 metros. La extracción de la piedra se efectuaría mediante el uso conjunto de hilo diamantado, voladuras y maquinaria específica.

El método de explotación es el conocido como “Método Finlandés” o “Método de Banqueo”. Otra maquinaria que se utilizaría serían los banqueadores.

La superficie total a explotar sería de 3.200 m2extrayéndose un volumen de roca bruto de 250.000 m3

ANEXO I I

RESUMEN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

El Estudio de Impacto Ambiental incluye los siguientes apartados:

“Antecedentes y Objetivos” (donde se expresa que la sociedad GRANITOS DE BADAJOZ, S.A. ha solicitado autorización para el aprovechamiento de un recurso minero correspondiente a l.335-1, situada dentro de los términos municipales de Mérida y Esparragalejo);

“Legislación”; “Descripción del Proyecto” (ya resumido en el Anexo I de esta Declaración); “Descripción del Medio Ambiente” (donde se relacionan temas como la topografía, geología, hidrología, climatología, flora y fauna, paisaje, infraestructuras y el medio socioeconómico); “Evaluación de Impacto Ambiental” (se menciona que la explotación originaria una serie de impactos, entre los que destacarían los siguientes: producción de polvo, gases, ruidos y vibraciones, pérdida de suelo, eliminación temporal de la vegetación existente, calidad en el paisaje, contraste de colores); “Medidas Correctoras”, donde se tratan las medidas de carácter general (señalización de las áreas de trabajo y acceso a la cantera, cerramiento del perímetro de la explotación evitando su acceso al personal ajeno de la cantera, disminución de los niveles de ruido y polvo, riego de caminos). Otras medidas serían: mantenimiento de la flora de la zona, aprovechamiento de la tierra vegetal procedente de la explotación, eliminación de los posibles impactos sobre el paisaje, repoblación de toda la superficie explotada con especies autóctonas, limitar el coste de la restauración de acuerdo a la envergadura del proyecto. Como solución adoptada, la pauta a seguir sería la siguiente: una fase de inicio a la que corresponde la retirada de tierra vegetal, una fase de explotación que conlleva la creación de un estanque de recogida de agua de lluvia, se suavizarían los taludes de granito producidos por la explotación procediéndose a su tapado con escombros y tierra vegetal y por último se efectuaría un cercado de protección a los taludes mayores de un metro para evitar accidentes. Una tercera fase que ocupa la formación de escombrera y una cuarta que hace referencia a la plaza de cantera.

La vigilancia ambiental sería llevada a cabo por un equipo técnico cualificado.

El presupuesto total incluyendo todas las labores de explotación y restauración de la zona, ascendería a la cantidad de 9.342,70 (NUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS CON SETENTA CÉNTIMOS).

Al proyecto del Estudio de Impacto Ambiental se anexan tres planos (de situación y comunicaciones, topográfico, geológico), estudio gráfico de cuencas visuales y relación de fotos de la zona.

DOE Núm.: 158 Miercoles 16 de agosto de 2011

CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN

Minas.- Anuncio de 10 de junio de 2011 sobre otorgamiento del permiso de investigación denominado "Río Aljucén", n.º 12732-00, en los términos municipales de Mérida y Esparragalejo.

El Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Badajoz de la Dirección General de Ordenación Industrial y Política Energética, comunica: que ha sido otorgado con fecha 23 de mayo de 2011, a favor de Río Arimosán, SL, con CIF: B83064675, y con domicilio en Paseo de la Castellana, 178-1.º de Madrid (Madrid) el permiso de investigación que a continuación se relaciona, con expresión de número, nombre, recursos, cuadrículas mineras y términos municipales:

N.º 12732-00, “Río Aljucén”, recursos de sección C), 56 cuadrículas mineras, Esparragalejo y Mérida, de la provincia de Badajoz.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 101.5 del Reglamento General para el Régimen de la Minería de 25 de agosto de 1978.

Badajoz, a 10 de junio de 2011. El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, Juan Carlos Bueno Recio

  GRANITO Rosa Extremadura, roca rosada granuda, compacta y de fractura irregular.Tamaño de grano medio.

    Composicion mineralógica.

Clasificación geológica: Granito biotítico

   GRANITO su nombre deriva de la palabra italiana "granito" que se refiere a su composición en granos. Es una roca eruptiva holocristalina, compuesta esencialmente por cuarzo, feldespatos, mica y algún anfíbol, especialmente hornblenda.

   Los granitos constituyen las rocas mas abundantes de la corteza terrestre, ocupan un 5 al 10% del total de la superficie del globo y se presentan formando grandes macizos.

   El granito es ligero con densidad 2,5 a 2,82 y su coloración muy variada, desde el gris, azulado, verde o rosa según los minerales ferromagnesicos dominantes.

   El mineral basico de los granitos es el cuarzo, que se encuentra en una proporción entre el 20 al 40%, mientras que los feldespatos forman la trama de la roca que sostiene a los demás minerales y los ferromagnésicos definen las variedades de la roca al ser responsables de su color.