Andando por Zarza Capilla

Zarza Capilla

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    El Fuero del Baylío, en su origen fue una Carta Puebla o conjunto de normas fijadas por el rey, señor o propietario de un lugar, en las que se determinaban las condiciones, principalmente económicas, a las que habrían de quedar sujetos quienes poblaran o vinieran a poblar tierras que le pertenecían. El origen de los Fueros y las Cartas Pueblas está en el intento de atraer, durante la Reconquista, a zonas despobladas o fronterizas a personas que sólo accederían a ello si se les concedieran determinados privilegios.

    Los orígenes del Fuero del Baylío, que ha estado en vigor desde el siglo XIII, son desconocidos, se sabe que fue ratificado por Alfonso Téllez a Alburquerque y por el Gran Maestre de la Orden del Temple a Jerez de los Caballeros y otros pueblos de la zona. En cuanto al ámbito personal el Fuero acompaña a las personas allí donde se encuentren, salvo que se otorguen capitulaciones matrimoniales.

    El primer texto legal sobre el Fuero del Baylío, o Carta a Mitad, data de 1.778 cuando el Rey Carlos III, como respuesta de una petición realizada por la villa de Alburquerque en el sentido de que aprobara la observancia de este fuero en dicha villa, ya que algunos tribunales se negaban a reconocerle fuerza legal, dictó una Real Cédula con fecha de 20 de Diciembre aprobando la observancia del Fuero del Baylío en la villa de Alburquerque, ciudad de Jerez de los Caballeros y demás pueblos donde se ha observado. La Real carta fue recopilada, por Carlos IV, en la Novísima Recopilación de 15 de Julio de 1.805 (Ley XII, título IV, libro X).

    El Código Civil fue promulgado el 24 de julio de 1.889 y entró en vigor el día 27 del mismo mes y año. Su promulgación está regulada por la Ley de Bases de 1.888, Gaceta núm. 143, de 22 de mayo de 1.888, autorizando al Gobierno para publicar un Código Civil, con arreglo a las condiciones y bases que se establecen en esta Ley. Es importante el artículo 5. de la Ley de Bases "Las provincias y territorios en que subsiste derecho foral, lo conservarán por ahora en toda su integridad, sin que sufra alteración su actual régimen jurídico por la publicación del Código, que regirá tan solo como supletorio en defecto del que lo sea en cada una de aquellas por sus leyes especiales. El título preliminar del Código, en cuanto establezca los efectos de las leyes y de los estatutos y las reglas generales para su aplicación, será obligatorio para todas las provincias del Reino. También lo serán las disposiciones que se dicten para el desarrollo de la base 3ª relativa a las formas del matrimonio"

    Desde entonces ha sido reformado en numerosas ocasiones, la primera por Ley 21 de julio de 1904 (Gaceta núm. 206 de 24 de julio), con las sucesivas modificaciones, el matrimonio se rige por el art. 9.2. Los contrayentes que no quieran quedar sometidos a sus efectos pueden otorgar capitulaciones matrimoniales haciendo renuncia al régimen económico que establece el fuero.

    En 1.972 el Fuero del Baylío pudo tener configuración escrita, pero el proyecto compilador al final no paso de mero proyecto. Lo mismo que en 1.978, cuando se elaboró un anteproyecto que tampoco llegó a convertirse en ley. En Noviembre de 1.998 se celebraron en Olivenza, organizadas por la Asamblea de Extremadura en colaboración con el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, unas jornadas en las que se intentaron plasmar por escrito nuestro Fuero.

    El Estatuto de Autonomía de Extremadura, Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero BOE 26-02-1983, modificado por la Ley Orgánica 12/1999, de 7 de mayo, de Reforma del Estatuto de Autonomía de Extremadura, establece en su artículo 11.1: "Corresponde a la Comunidad Autónoma la conservación, defensa y protección del Fuero del Baylío y demás instituciones de Derecho consuetudinario". Y en el artículo 42: "La competencia de los juzgados y tribunales de la Comunidad Autónoma de Extremadura será la establecida en las leyes orgánicas y procesales del Estado. No obstante, en materia civil, se extenderá a todas las instancias y grados, incluidos los recursos de casación y revisión en cuestiones relacionadas con el Fuero del Baylío y las demás instituciones de Derecho consuetudinario extremeño"

   Pinchando sobre el Mapa del Fuero del Baylio, se entra en la información del mismo facilitada por Manuel Trinidad Martín de la Universidad de Extremadura. Es el último reducto del derecho Foral en Extremadura, de origen templario, están incluidos en este Fuero los siguientes términos:

    Alburquerque, Alconchel, Atalaya, Bazuna, Brovales, Burguillos del Cerro, Cheles, Fuentes de León, Higuera de Vargas, Jerez de los Caballeros, La Codosera, Oliva de la Frontera, Olivenza, San Benito, San Jorge, Santo Domingo, San Francisco de Olivenza, San Rafael de Olivenza, Taliga, Valencia de Mombuey, Valencia del Ventoso, Valle de Matamoros, Valle de Santa Ana, Valuengo, Valverde de Burguillos, Villanueva del Fresno, Villareal, Zahinos, y como curiosidad Ceuta (en esa época pertenecían al Obispado de Ceuta Olivenza, Ouguela y Campo Maior, hasta 1512 en que se traslado la Diócesis a Olivenza).

Enclaves Templarios de Extremadura

BADAJOZ

  • Aceuchal
  • Alburquerque
  • Alconchel
  • Almorchón
  • Atalaya
  • Azuaga, convento de San Bartolomé
  • Badajoz
  • Barcarrota
  • Baterno
  • Bodonal de la Sierra
  • Burguillos del Cerro
  • Cabeza de Buey
  • Cabeza de Vaca
  • Capilla
  • Castelnovo
  • Castilblanco
  • Cheles
  • El Risco
  • Esparragosa de Lares
  • Fregenal de la Sierra
  • Fuente de Cantos
  • Fuentes de León
  • Fuente del Maestre
  • Garlitos
  • Helechosa de los Montes
  • Higuera la Real
  • Higuera de Vargas
  • Jerez de los Caballeros
  • La Codosera
  • La Morera
  • La Parra
  • Lobón
  • Mérida
  • Monesterio
  • Oliva de la Frontera
  • Olivenza
  • Puebla de Alcocer
  • Puebla de Sancho Perez
  • Rena
  • Salvaleón
  • Salvatierra de los Barros
  • Siruela
  • Solana de los Barros
  • Talarrubias
  • Táliga
  • Tamurejo
  • Torre de Miguel Sesmero
  • Valdecaballeros
  • Valencia de Mombuey
  • Valencia de las Torres
  • Valencia del Ventoso
  • Valle de Matamoros
  • Valle de Santa Ana
  • Valverde de Burguillos
  • Valverde de Leganés
  • Villanueva del Fresno
  • Villarta de los Montes
  • Zahara
  • Zahínos
  • Zarza Capilla

 

CÁCERES

  • Abadía
  • Alcántara
  • Alconétar
  • Algodor
  • Almenara
  • Bernardo
  • Cabeza del Esparragal
  • Cabezón
  • Cáceres
  • Cañaveral
  • Casillas
  • Coria
  • Esparragal
  • Garrovillas
  • Hervás
  • Hinojal
  • Jarandilla de la Vera
  • Malpartida de Plasencia
  • Milano (Torremilana)
  • Mirabel (Castillo Peña del Acero)
  • Monfragüe
  • Plasencia
  • Portezuelo
  • San Juan de Mascoras
  • Santa Cruz de la Sierra
  • Santa María de Sequeros
  • Santiago del Campo
  • Segura de Toro
  • Sotofermoso
  • Santibáñez el Alto
  • Talaván
  • Torrejón el Rubio
  • Torrequemada
  • Trevejo
  • Valencia de Alcantara
  • Vega de Coria
  • Villamiel

    BIBLIOGRAFÍA ESPECIFICA


DATOS del MUNICIPIO Situación 38º49'11'' N 005º10'58'' W Hoja MTN 807

TIPO DE ENTIDAD: Villa

SUPERFICIE TÉRMINO (Km2.): 92

ALTITUD: 579 m.

POBLACIÓN: 545 habitantes

DISTANCIA BADAJOZ: 201 km

PARTIDO JUDICIAL: Castuera

MANCOMUNIDAD: La Siberia

COMARCA AGRARIA: Castuera

GENTILICIO: zarceños

BIBLIOGRAFÍA ESPECIFICA


SITUACIÓN del MUNICIPIO

  La peculiaridad que mejor caracteriza la población es que se encuentra dividida en dos zonas, el día 6 de mayo de 1986 la capitalidad del Municipio paso al Núcleo Viejo.

    El núcleo de Zarza Capilla se encuentra en las inmediaciones de Peñalsordo y Capilla, localidades con las cuales forma un conjunto unitario de características propias, bien diferenciadas del resto de la Serena, y demás territorios circundantes, de los que quedan notablemente distanciadas en lo que respecta a localización geográfica, configuración morfológica como por su Historia. Esta última quizá se deba al hecho de haber estado, durante la Edad Media y moderna, bajo el dominio del Temple, Béjar y Osuna, mientras que el resto de la Serena perteneció a la Orden de Alcántara.

    Las sierras próximas resultan abundantes en pinturas prehistóricas, habiéndose encontrado también en su entorno numerosos restos celtas, romanos y árabes, lo que denota su ocupación desde los tiempos más remotos.


DATOS del AYUNTAMIENTO

Ayuntamiento de Zarza Capilla

Plaza de España, 9
06611 Zarza Capilla (Badajoz)
924 - 61 90 94
924 - 61 92 50
zcapilla@dip-badajoz.es

DOE núm. 37 MARTES, 6 DE MAYO DE 1986

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO

Administración Local.- Decreto 26/1986, de 15 de abril, sobre cambio de capitalidad del municipio de Zarza-Capilla (Badajoz) del nuevo núcleo de población al antiguo.

El antiguo núcleo de población del municipio de Zarza-Capilla (Badajoz), ostentó desde tiempo inmemorial, la capitalidad, siendo elevado a la categoría de villa en el año 1816.

Al haber sido. destruido este núcleo como consecuencia de la Guerra Civil de 1936, la Dirección General de Regiones Devastadas construye en 1941 un nuevo asentamiento de la población a 1.700 metros de distancia del antiguo.

Desaparecidas hoy dia las razones que aconsejaron el cambio de localización de la capitalidad primitiva, y en atención a que el nucleo antiguo fue reconstruido paulatinamente y nunca perdió su mayor importancia poblacional, económica e histórica.

Visto el expediente tramitado al efecto, acorde con los preceptos contenidos en el Art. 22 de la Ley de Régimen Local de 1955, y articulo 34 al numero 40 del Reglamento de Población y Demarcaci6n Territorial de 17 de mayo de 1952, y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 45.2.3 del Real Decreto 2912/79, de 21 de diciembre y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 14 de abril de 1986

DISPONGO:

Articulo único.-Se aprueba el cambio de capitalidad del municipio de Zarza-Capilla (Badajoz) trasladándola del nuevo núcleo de población al antiguo, de conformidad con la propuesta del Ayuntamiento.

Dado en Mérida a 15 de abril de 1986. El Presidente de la Junta de Extremadura, Juan Carlos Rodriguez Ibarra. El Consejero de la Presidencia y Trabajo, Jesus Medina Ocaña

DOE núm. 16 JUEVES, 8 DE FEBRERO DE 1996

AYUNTAMIENTO DE ZARZA CAPILLA

Escudos Heráldicos.- Edicto de 22 de enero de 1996, sobre exposición al público del proyecto de adopción de Escudo y Bandera Municipal.

Aprobado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión de 16 de octubre de 1995, el proyecto de adopción de Escudo y Bandera Municipales, y de conformidad con lo que determina el art. 4 del Decreto 13/1991, de 19 de febrero, por el que se regula el procedimiento para la adopción, modificación o rehabilitación de Escudo y Bandera de las Entidades Locales, se expone al público por plazo de quince días, al objeto de que se formulen las reclamaciones pertinentes.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presentaran reclamaciones, el expediente referenciado se entenderá definitivamente aprobado.

Zarza Capilla, 22 de enero de 1996.–EL ALCALDE.

DOE núm. 89 JUEVES, 1 DE AGOSTO DE 1996

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO

Escudos Heráldicos.- Orden de 17 de julio de 1996, por la que se aprueba el Escudo Heráldico y la Bandera Municipal, para el Ayuntamiento de Zarza Capilla.

El Ayuntamiento de Zarza Capilla ha instruido el expediente administrativo para la adopción del Escudo Heráldico y Bandera Municipal. 

Dicho expediente fue aprobado por el Pleno Corporativo, en sesión de fecha 16 de octubre de 1995, en el que se expresaban las razones que justificaban el dibujo-proyecto del nuevo blasón y enseña.

Consta en dicho expediente informes del Consejo Asesor de Honores y Distinciones de la Junta de Extremadura emitidos con fechas 16 de febrero y 9 de julio de 1996.

Considerando que la sustanciación del citado expediente se ha ajustado en todo a lo preceptuado en el Decreto 13/1991, de 19 de febrero, por el que se regula el procedimiento para la adopción, modificación o rehabilitación de Escudos y Banderas de lasEntidades Locales; y en uso de las atribuciones conferidas por referido Decreto,

DISPONGO

ARTICULO 1.–Se aprueba el Escudo Heráldico del Municipio de Zarza Capilla, cuyo diseño se recoge en el Anexo I, con la siguiente descripción:

«Escudo entado en punta. Primero, de plata, una zarza de sinople, afrutada de púrpura. Segundo, de sinople, fuente manantial con piedra de plata. Tercero, en punta, de gules pintura rupestre de oro. Al timbre Corona Real cerrada».

ARTICULO 2.–Se aprueba la Bandera del Municipio de Zarza Capilla, cuyo diseño se recoge en el Anexo II, con la siguiente descripción:

«Bandera rectangular de proporciones 2/3, terciada al asta. Púrpura al batiente, con el escudo municipal al centro de estos dos tercios y amarilla al primer tercio del asta».

Mérida, 17 de julio de 1996. El Consejero de Presidencia y Trabajo, Victorino Mayoral Cortes

DOE núm. 4 JUEVES, 26 DE ENERO DE 1984

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO

Decreto 6/1984, de 20 de enero, por el que se aprueba la Constitución de la Mancomunidad Voluntaria de Aguas del Zújar Medio, formado por los Municipios de Peñalsordo, Zarza Capilla y Capilla.


HISTORIA

    La zona resulta abundante en pinturas rupestres de tipo esquemático, contenidas en cuevas y abrigos, lo que testimonia la presencia de pobladores en este ámbito desde época prehistórica. A las documentadas por Breuil y otros autores, deben sumarse los hallazgos realizados recienteniente por Felipe Gutiérrez Llerena y sus colaboradores, en los yacimientos denominados Estrecho I y II y Cueva del Estrecho.

   Restos de asentamientos romanos, prerromanos y árabes se han encontrado también en los alrededores de la población actual, entre ellos los de Puerto Alonso, Vercialejo, La Nava. Navazu, Pilar de las Fuentes, Molino de Viento. Quinterías, La Marisma, Cañada del Negrizar y otros.

   En las sierras próximas abundan las pinturas prehistóricas, habiéndose encontrado en su entorno restos célticos, romanos y árabes, entre estos restos tenemos:

ESTELA DECORADA

S. VIII a.C. Zarza, Capilla, Badajoz
Piedra, 126 x 49 cm.

Museo Arqueológico Provincial de Badajoz
(inv. 10.758)
    Estela de guerrero trabajada por incisión y abrasión superficial. El escudo en la parte superior y el carro ligero en la inferior delimitan un espacio en el que aparece un guerrero con espada al cinto y objetos diversos que significan la pertenencia al grupo de los jefes de linaje. Estas estelas se utilizan para delimitar territorios, coincidiendo, a veces, con tumbas destacadas.

    Hallada en las proximidades del Núcleo Nuevo. Por su belleza y relevancia mereció ser expuesta en el Pabellón de Extremadura de La Exposición Universal de Sevilla en 1992.

CANDELABROS, THYMIATERIA

S. VIII a.C. Zarza, Capilla, Badajoz
Piedra, 126 x 49 cm.
Museo Arqueológico de Madrid
(inv. 10.127-33.131 bis)
    Conjunto de seis candelabros idénticos que constan de dos partes: la primera es una base troncocónica y un corto viril que termina en una plataforma saliente horizontal; la parte superior es un largo viril o vástago redondo ligeramente troncocónico que acaba en una plataforma circular plana. Carriazo llamó a una pieza similar, aunque de bronce, procedente del Carambolo, 'la trompeta de Argantonio'. Se trata, sin embargo, de un soporte de pebetero que ilustra la costumbre de quemar sustancias olorosas durante ceremonias destacadas.

    No existen datos documentados sobre el origen de la población, siendo la opinión mas generalizada que fuese una fundación templaria. Para otros estudiosos fue debido a la unión de tres núcleos primitivos que dieron origen al pueblo; Parchel, antigua majada del ovino, Sierra, antiguos apriscos del caprino, Toril y Torilejo, topónimos del vacuno. Estas tres majadas fueron creciendo hasta llegar a fundirse, quedando el pueblo trazado de forma cuadrada, mirando al Oeste.

   Ortiz de Thovar sitúa su aparición en el año 1280, al reunirse los moradores de algunos caseríos y alquerías de la zona, sobre una fuente o pantano cubierta de zarzas, en el actual emplazamiento. El nombre primitivo del lugar habría sido el de Zarzosa, luego simplificado en La Zarza o Zarza de Capilla, cuando pasó a integrarse en el Estado de Capilla.

   Otras fuentes señalan la existencia en la crestería de la sierra de Las Poyatas la existencia de un castillo y tres estanques de agua, correspondientes, junto con otras edificaciones que sea posiblemente la población de la primitiva Zarzosa mencionada por Ortiz de Thovar.

   El lugar de Capilla fue conquistado en 1.226, aunque posteriormente volvería a caer en manos musulmanas hasta que definitivamente fue tomada por las tropas cristianas, siendo entregada a la Orden del Temple. Esta acción es rememorada en la vecina Peñalsordo en las Fiestas de la Octava del Corpus. De esta época cuenta Capilla con uno de los castillos que fue bastión de los caballeros templarios que también controlaban el de Almorchón.

   Tras la disolución de la Orden del Temple quedó bajo la tutela de la Corona. Capilla fue uno de los más importantes estados señoriales de Extremadura hasta la desaparición del Régimen Señorial en 1837. Comprendía los pueblos de Baterno, Capilla, Garlitos, Peñalsordo, Risco y Zarza Capilla.

   A finales del siglo XIV pasó a la Casa de Béjar, al ser comprada por el camarero mayor del rey, don Diego López de Zúñiga, en 1.382 por 280.000 maravedís a Julián Núñez de Villasán la «villa de Capilla con su castillo e con todas sus aldeas e términos poblados e por poblar e con montes e prados e pastos e dehesas e ríos e aguas corrientes e estantes e contornos e molinos e aceñas e huertas e tierras de pan llevar e viñas e casas e con todos los otros derechos que a la dicha villa e castillo pertenecen e pertenecer deben en cualquiera manera e por cualquier razón e con todas las otras rentas e pechos e derechos». En los primeros años del siglo XVI pasó a formar parte del patrimonio de uno de sus descendientes, por último pasó al Ducado de Osuna a finales del siglo XVIII.

    En el aspecto jurisdiccional, desde la Reconquista fue capital del Estado de su nombre, en el cual se incluían las poblaciones de Garlitos, Baterno, Peñalsordo y Zarza Capilla.

    A partir de la Reconquista, la historia de la localidad se encuentra directamente conectada con la de la vecina Capilla, a cuya jurisdicción perteneció el enclave hasta el siglo XIX con categoría de aldea, participando de las mismas vicisitudes y cambios de titularidad experimentados por este Señorío. Tras haber pertenecido a diversos poseedores, a mediados del siglo XV el Estado de Capilla se emancipó definitivamente del dominio de Toledo, en tiempos del maestre alcantarino Gutiérrez de Sotomayor, titular del Condado de Belalcázar, localidad a la que fue trasladada la cabeza del Señorío, al unirse ambos Estados. Posteriormente, el territorio pasaría al dominio de la Casa de Béjar, en tiempos de Teresa de Zúñiga, y al del marqués de Peñafiel más tarde, para integrarse definitivamente luego en la poderosa Casa de Osuna. Por fin, en 1816. la aldea alcanzó categoría de Villa exenta, mediante privilegio firmado por Fernando VII y Ayestarán, secretario del rey.

    En el Interrogatorio de la Real Audiencia de Extremadura a finales de los tiempos modernos, Partido de Trujillo, Tomo II, paginas 949 a 967 realizado el dia 8 de marzo de 1791, se lee:

    "Satisfaccion a las preguntas que comprehende el ynterrogatorio entregado por Su Señoria el señor Don Pedro Bernardo de Sancho Yerto, del Consejo de Su Majestad, alcalde del crimen de la Audiencia de la villa de Cazeres, en la visita que está practicando en Estremadura y su partido y sargentia de Truxillo.

    Este lugar dista de la villa de Caveza del Buey, digo de la caveza de partido que es Truxillo diez y ocho leguas, su situacion se halla al norte, dista de la villa de Cazeres veinte y una. La extension de su termino de oriente a poniente es de una legua a corta diferencia, de norte a meridiano poco mas; confina con la de Peñalsordo distante una legua, con la de Santi Spiritus que dista dos, con la de Caveza del Buey que se halla una y con la de Torrefranca que esta de distancia ocho; comprehendidos de la Real Chancilleria de Granada, que se halla treinta y cinco leguas de distancia, y es de la Diocesis del Arzobispado de la ciudad de Toledo.

    Este pueblo es de señorio, pertenece y le disfruta por dominio solariego la Excelentisima Señora Duquesa de Bejar, quien elige con propuesta de los conzejales las personas que han de obtener estos encargos, asimismo se halla poseyendo y disfrutando vajo el precitado dominio solariego todo su termino y terreria; a excepcion de la dehesa boyal, que es reducida y una sierra infructifera por su aspereza, que se halla a la parte de mediodida, nombrada Torozo y Valles de las Navas.

    Este concejo se compone de un alcalde pedaneo, un regidor y un procurador, con mayordomo de propios, que son elegidos por dicha Excelentisima Señora en la forma insinuada. Y sin otra xusticia que el alcalde mayor de Capilla, que la regenta en este lugar nombrado por dicha señora, con el sueldo que le paga anualmente de trescientos ducados; de suerte que el alcalde pedaneo de la Zarza no tiene conocimiento en ningun genero de causas y solo puede mandar pagar hasta la cantidad de diez y ocho reales, executar prisiones y dar cuenta a el alcalde mayor de Capilla, como en lo demas que ocurra y sea necesario.

    No hai abogados, procuradores y solo se encuentra un escribano fiel de fechos nombrado igualmente por Su Excelencia. No se puede informar sobre el real arancel por no hallarse en este pueblo tribunal de xusticia y pagar estos vezinos aquellos derechos que el alcalde mayor y su escribano de Capilla manifiestan devengados.

    Se compone este pueblo de doscientos quarenta vezinos a corta diferencia, los quarenta se regulan por inutiles, los cientos y ochenta se destinan a la agricultura y labranza, y los restantes se emplean en camino o harrieria, todos los vezinos son del estado general; se hallan extablecidas por los pueblos que componen el Estado de Capilla ciertas ordenanzas aprobadas tan solo por Su Excelencia. Las diversiones comunes y regulares son los juegos de pelota y calba, y no se conoce inclinacion a vicio alguno.

    Por lo que hace a el ramo de abastos se hallan el del vino arrendado con el de aguardiente y por su renta paga el arrendatario o abastecedor dos mil y cien reales, con la qualidad y condicion de pagar en la ciudad de Truxillo los reales derechos de este ultimo ramo en que se halla este pueblo encavezado con la parte de la Real Hacienda. El ramo de aceite se halla contratado con un vezino del pueblo, de haberlo de conducir de la provincia de Andalucia a compra y porte de siete reales en arroba, por cuya razon no paga derechos algunos. El abasto del xabon se halla en arrendamiento, contribuyendo el obligado tan solamente los quatro maravedies en libra correspondiente a la Real Hacienda. Por lo respectivo a el abasto de carnes no se pagan derechos algunos y su ramo se remata en el mejor postor quando le hay.

    La libra se compone de diez y seis onzas, y el quartillo en diez y ocho, correspondientes a los marcos de Toledo y Avila, que son las mismas de que usan los pueblos inmediatos.

    La cria de ganados en este pueblo es limitada por la cortedad del terreno, sus pastos y limitadas facultades de sus abitantes, pues apenas se hallarán trescientas cabezas de ganado bacuno y estas dedicadas todas al cultibo de la agricultura; el cavrio ascenderá a unas mil y quatrocientas cabezas de principal, que por un quinquenio se criaran la mitad de esta partida, el huso y comercio que de ellas se hace el de venderlas por biejas para carnes; de ganado lanar tendrán estos vezinos un mil cabezas, que criaran por un quinquenio doscientas y cincuenta, que igualmente su salida es la de las cabras; cerdos apenas se hallan y crian en este pueblo los necesarios para las matanzas y consumo de sus moradores.

    No comprehende los particulares de esta pregunta, a excepcion de dos canteras de cal que están en este alcabalatorio y rara vez se husa de ellas por no haver gasto.

    Por ultimo es lo unico que podemos responder a quantas preguntas se nos ha echo, con aquella ingenuidad y pureza que corresponde, y con la misma consideramos que uno de los unicos arvitrios que pudiera sostener el veneficio comun de este pueblo, seria fomentando la agricultura y labranza que en el dia se halla deteriorada y pudiera muy bien disponerse si aquellos quintos y millares, llamados Enjugaderos de Santa Marina, Nogues, Cañadas, Montoso, Martin Romero y Peñalcon, y disfrutan los trasumantes con sus ganados lanares, se cediesen a veneficio, cultibo y utilidad de los labradores, como pudiera ejecutarse sin perxuicio de unos y otros, quando estos por necesidad tendrian que disponer y dejarles terreno que havian de sembrar y que pudieran los otros acomodar a sus ganados, lograndose no solo las ventajas y veneficio que se deja conocer y ha insinuado, sino tambien una estincion y derroto de la langosta que produce aquel terreno no labrado y proporciona el contagio, abundancia y detrimento de los demas terrenos y sembrados. Zarza Capilla y marzo ocho de mil setecientos nobenta y uno. Lizenciado Don Thomas Gregorio Jofre. Juan Muñoz Calvo. Josef Sanchez Calderon. Juan Lope Redondo. Fui presente Joseph Antonio Muñoz.

    Don Bartolome Garciá Ruvio de Torres, cura economo de la Yglesia Parroquial de este lugar Zarza de Capilla, anejo y aldea del curato y jurisdicion de la villa de Capilla y su estado, respondiendo a las preguntas del ynterrogatorio que se ha pasado por oficio de Su Señoria el señor Don Pedro Bernardo de Sanchoyerto, del Consejo de Su Majestad, alcalde del crimen de la Real Audiencia de esta provincia de Extremadura, digo lo siguiente:

    Este lugar de la Zarza es aldea de la villa de Capilla, dista de Trugillo que es cabeza de partido 18 leguas, su situacion está al norte, la villa de Caceres se halla de el a las 21 leguas. La extension de su termino de oriente a poniente es una, y del norte a mediodia otra poco mas o menos; confina con las villas de Peñalsordo que dista una legua, con la de Sancti-Spiritus dos, con la de Cabeza del Buey una y con la de Torrefranca ocho; las quales son comprehendidas en el territorio de la Real Chancilleria de Granada, que dista 35 leguas. Y es de la Diocesis y Arzobispado de Toledo.

    Este pueblo es de señorio, pertenece a la Excelentisima Señora Condesa Duquesa de Benavente y Bejar, es dueña de la jurisdicion y todo su territorio, a excepcion de una corta dehesa boyal y una sierra infructifera por su aspereza, que se halla a la parte del mediodia, nombrada el Torozo y Valles de la Naba. El concejo de este lugar se compone de un alcalde pedaneo, un rexidor y procurador sindico, con un mayordomo de propios que nombra o elige dicha Excelentisima Señora de dos que para cada oficio la proponen el actual alcalde y rexidor. Y sin otra justicia que el alcalde maior de la villa de Capilla, que la regenta en este lugar como su aldea, nombrado igualmente por dicha Excelentisima Señora, quien le paga por razon de sueldo 3.300 reales anuales; en cuia virtud el alcalde pedaneo de este lugar no tiene conocimiento en causa alguna y solo puede mandar pagar hasta la cantidad de 18 reales, executar prisiones y dar cuenta a citado alcalde mayor.

    Hay una ayuda de parroquia aneja de la capital Capilla, y el cura propio de la de esta se prove por oposicion en Toledo, quien nombra para el servicio de aquella un teniente. La dotacion y emolumentos de dicho cura propio consiste en la tercera parte de toda clase de diezmos y el valor de las rentas le ascenderan anualmente a 10.000 reales. No hay cementerios ni necesidad de ellos, como ni proporcion para hazerlos.

    No se conocen en este pueblo mas de quatro capellanias, que las dos poseo como capellan de ellas en estos terminos: la una con el titulo de Animas, que solo produce cien reales valor del arrendamiento de una cerca, que es la unica finca de su fundacion, de cuya cantidad, rebajados treinta y seis reales importe de doze misas con que anualmente se halla cargada, quedan liquidos sesenta y quatro, a mas de dicha pension tiene otra tambien de decir misa de alba los dias festivos, cuya limosna se paga de aquella que dan los fieles caritativos, la qual cumplo quando estoy ocupado en mi oficio de cura por medio de un sacerdote que por ello satisfago.

    La otra fundada sobre una huerta cercada sobre si y produce 1.200 reales anuales, con la carga de 52 misas cada un año y la de cien reales que en todos es forzoso gastar para la conservacion de dicho cerco.

    Otra capellania que posee Don Antonio Gregorio Capilla, residente en Cadiz, de congrua sustentancion, con la carga de diez misas anuales.

    Y la otra tambien de congrua sustentacion la posee Don Josef Romualdo Serrano, con la carga de dos misas cada semana y la de decirlas en el altar de San Yldefonso de esta parroquial, cuya condicion a mas de la fixa residencia que en este pueblo previene su fundacion no se cumplen por el capellan, a causa de hallarse viviendo en la villa de Peñalsordo, haciendo en este pueblo notoria falta por la escasez de sacerdotes que tiene.

    Hay solamente un hospital mui reducido para los pobres enfermos transeuntes, su renta es solo como de 30 reales annuos, que se gastan en ellos y sus reparos corren a cargo del concejo de este lugar.

    En esta yglesia parroquial se veneran las ymagenes de Jesus Nazareno, Nuestra Señora de la Soledad, del Rosario, del Carmen y Purisima Concepcion; las quales tienen los reditos de unos cortos capitales de censo y algunas cabras, y lo que unos y otras producen se invierte en la solemnidad de sus festividades y culto, sin otro fin. Y ademas hay una cofradia con el titulo de Sacramental, compuesta como de 70 cofrades, los quales se juntan el dia de su festividad al obsequio de Su Magestad Sacramentado, sin otra carga que la de decir cada un cofrade una misa por el que muere, teniendo todas sus respectivos mayordomos que forman sus cuentas ante el visitador eclesiastico, quien cuida del cumplimiento de lo referido.

    Solo se halla en este termino una hermita, en la qual se venera la ymagen de Santa Marina, que el dia de su festividad se conduce en procesion a esta parroquial, donde se la canta una misa y predica sermon; que tendra de renta en ciertos capitales de censo y un cercon como doscientos reales cada año, los quales se gastan en dicha solemnidad y reparos de la hermita; que tiene su mayordomo para el percivo de citados intereses y la toma de sus cuentas corre a cargo del visitador eclesiastico y no tiene hermitaño.

    Tan solamente hay en el un maestro de primeras letras, a quien por este trabajo le tiene concedido el Eminentisimo Señor Arzobispo de Toledo por un efecto de su piedad un real diario, el mismo se dedica a enseñar gramatica y le contribuyen los estudiantes con ocho reales mensuales; y seria muy util establecer con mayores rentas las escuelas, pero no se encuentran medios por falta de propios y otros arvitrios en este pueblo.

   Hay en ella un cirujano y barbero, con salario de 4.400 reales anuales, que se reparten y pagan por su vezindario.

    No me consta haya en este termino minerales, canteras de marmol, jaspe, ni de yeso, y solo si hay dos caleras de que se usa en muy pocas ocasiones por la ninguna necesidad que hay de este genero.

    Es quanto puedo ynformar. Zarza de Capilla y marzo 8 año de 1791. Don Bartolome Garica Rubio de Torres.

    Este lugar, titulado de la Zarza, es del Estado de Capilla y su jurisdicion pedanea de la de aquella villa, dista de la ciudad de Truxillo que es cabeza de partido diez y ocho leguas, de la de Cazeres veinte y una, es notoriamente del territorio de la Real Audiencia de Estremadura y hasta haora lo ha sido de la de Granada, de donde dista treinta y cinco leguas, y lo mismo son los pueblos confinantes, es del Arzobispado de Toledo.

    Es de señorio correspondiente a la Casa de Bejar, quien nombra los concejales y el alcalde maior de dicha villa de Capilla es cabeza del estado, exerce la jurisdicion ordinaria; hay un fiel de fechos y no hay pleitos cibiles ni criminales, ni preso alguno consta del documento numero 3.

    Esta situado el pueblo en mucha elebacion a la falda de la Sierra del Torozo, hazienda ladera en el por la parte del norte, por lo que las mas de las calles son pendientes, con poca figura de tales, estan mal empedradas y la casa de ayuntamiento y carcel se reduce a un portal de cortisima extension; la posada es solo para arrieros de poca extension, por este pueblo no pasa camino real y los de trabesia son fragosos.

    Hay una sola parroquia aneja a la de Capilla y el parroco de aquella se nombra en Toledo y nombra teniente para esta. No hay zementerio, ni necesidad de él.

    Hay quatro capellanias, las dos tiene el theniente de cura con la carga de misa de alba en los dias de fiesta, lo que no se cumple en la maior parte porque dicho teniente tiene que decir la misa del pueblo, sobre lo que reclaman los vecinos. Las otras dos capellanias son congruas y de precisa residencia, pero estan ausentes sus capellanes, combendria se les precisase a residir, pues los vecinos se hallan faltos de pasto espiritual.

    Hay un hospital para pobres pasajeros, de treinta y siete reales de renta. La Cofradia del Santisimo y una Hermita de Santa Maria, en donde se zelebra misa su dia, pero no se han notado desazones.

    Las cosechas de granos las expresan el ayuntamiento y teniente de cura de sus ynformes numeros 1°- y 2°-, respondiendo a la pregunta treinta y cinco; los preceptores son la Casa de Bexar de las dos terceras partes y de la otra tercera el cura de Capilla, en donde estan las tazmias de todos los pueblos de este estado y se dará mas yndibidual razon de sus cosechas, que de todo se paga diezmo y se nota decadencia por falta de terreno para cultibar; y el modo de socorrer a los vecinos de tierra lo propone al final de su ynforme, como tambien la cria de ganados, colmenas y demas circunstancias de este pueblo dicho ayuntamiento, igualmente que dicho teniente, uno y otro contextando a la real ynstruccion e ynterrogatorio, de que se les ha entregado exemplares y copiado la primera en los libros de acuerdos, como consta del documento numero quatro, sin que haya cosa digna de consideracion que añadir a lo que expresan dichos ynformes. Zarza Capilla y marzo ocho de mil setecientos noventa y uno. Don Pedro Bernardo de Sanchoyerto."

    Antonio Vegas en su Diccionario Geográfico Universal, Tomo VI, publicado en Madrid en el año 1795. dice:

    "Zarza Capilla, Aldea de España en la Provincia de Estremadura, corresponde al Partido de Truxillo: es Pueblo de Señorio Secular, y tiene Alcaldes Pedaneos."

    En el año 1826, Sebastián de Miñano; en su Diccionario Geográfico Estadístico, publicado en Madrid, se refiere de la siguiente manera.

    "Zarzacapilla, Villa Secular de España, provincia de Estremadura, partido de la Serena, arzobispado de Toledo. Alcaldes 0rdianrios, 380 vecinos, 1.806 habitantes, 1 parroquia, 1 ermita, 1 pósito y una fuente muy abundante por los veneros que se la reunieron en 1825. Es una de las que componen el estado de Capilla que hoy posee la duquesa de Benavente. Obtuvo el título de villa en 1816, por privilegio concedido en aquel año por el señor don Fernando VII, y está situada en los confines de esta provincia con las de Andalucía y Mancha, al pie de la cordillera del Torco, con esposicion al O. desde cuya falda empieza la hermosa y grande dehesa de la Serena, tan apreciada por sus pastos para el ganado lanar. La mayor parte de su terreno es montuoso, pedregoso, y de corta produccion. Confina con los pueblos de Peña el Sordo ó Peñalsordo, Capilla, Cabeza del Buey y Belacazar. Produce trigo, cebada, centeno, garbanzos, habas, miel, y frutas; ganado lanar entrefino, cabrío, vacuno y de cerda. Sus habitantes son muy industriosos, y se dedican al comercio. Dista 25 leguas de Badajoz, 16 de Trujillo, 9 de Villanueva de la Serena, 30 de Toledo, 18 de Córdoba, y 1/2 de Peñalsordo. Contribuye 7,074 rs. 1 mrs. Derechos enagenados 1.760 rs."

    Madoz en su Diccionario Geográfico Estadístico Histórico, Tomo XVI de 1850, dice:

    "Villa con ayuntamiento en la provincia de Badajoz (26 leg.), partido judicial de Puebla de Alcocer (3), audiencia territorial de Cáceres (24), diocesis Toledo (30), capitania general de Estremadura: situada al E. de una sierra pedregosa, en su falda y rodeada de muchos cerros; es de clima vario; reinan los vientos E. y N.

    Tiene 278 casas de piso bajo, en una plaza, 8 calles y varias travesias, todas empedradas; casa de ayuntamiento; pósito, cárcel, dos fraguas, todo del pueblo; escuela dotada con 500 rs. de los fondos públicos, á la que asisten 60 niños; iglesia parroquial (San Bartolomé), curato de entrada y provision ordinaria, y en los afueras á 1/2 cuarto legua al N. la ermita de Sta. Marina. Se surte de aguas potables en una fuente abundante con tres caños, construida en 1846; hay otras dos en forma de pozos, para hacer el lavado de ropas, y en sus inmediaciones algunos huertos con frutales; á 400 pasos al S. existe otra fuente, que solo tiene agua en el estio, mas cerca otra que sirve como de barómetro , pues si principia á manar, es señal infalible de que llueve a los tres dias, y luego que llueve se seca , y á diferentes distancias varios pilares para uso de los ganados.

    Le baña el rio Sujar á 1 ½ legua al S. El terreno es bastante quebrado y montuoso, que necesita rozarse para el cultivo. Los caminos vecinales, en malísimo estado: el correo se recibe en Cabeza del Buey por balijero, tres veces á la semana. Produce: trigo, cebada, centeno, avena, garbanzos, habas, patatas, lino, vino, aceite, verduras y frutas; se mantiene ganado lanar, cabrio, vacuno, mular de labor, de cerda y colmenas, y se cria abundante caza, y la pesca del rio

    Arrieria, en la que se ocupan muchos vecinos esportando sus frutos, y llevando de los almacenes de Sevilla los géneros necesarios. Poblacion: 360 vecinos, 1,329 almas.

    Perteneció este pueblo al estado de Capilla, que posee el señor duque de Osuna , y que es dueño de casi todos los terrazgos; se hizo villa por privilegio del Sr. D. Fernando VII en 1816 "

   La localidad resultó destruida por completo durante la Guerra Civil de 1936. siendo reconstruida tras la contienda. bajo la consideración de Pueblo Adoptado, por el organismo denominado Regiones Devastadas, en las inmediaciones del núcleo arruinado. Sólo se salvaron la Iglesia, el Ayuntamiento, la fábrica de harina y seis casas.

   Las obras se realizaron entre 1939 y 1955 y consistieron en el levantamiento de 230 casas de nueva planta,  Iglesia, Ayuntamiento y grupo escolar, en 1944 eran ocupadas las primeras 60. Cuando terminaron las obras en el nuevo núcleo, en 1955, el viejo estaba casi reconstruido y habitado, sin haber recibido ningún tipo de ayuda estatal.

Gaceta de Madrid Publicación: 18/03/1826, nº 34

Páginas: 133 - 133

España.- Zarza de Capilla (provincia de Extremadura) 10 de Febrero.

Esta villa, que no habiendo tenido ni un solo miliciano voluntario, manifestó su amor al REY alistándose por voluntarios Realistas desde el principio mas de la tercera parte de sus 300 vecinos, tuvo un dia de placer el 26 de Diciembre próximo pasado, en el que detertninaron su ayuntamiento y capitan comandante de Realistas, que estos, organizados ya y armados, repitieran con mas solemnidad el juramento de fidelidad al REY; N. Sr. que habian prestado voluntariamente en fines de 1823.

Entre mil aclamaciones, y al ruido de una salva general, salieron los retratos del REY y REINA nuestros Señores, de las casas capitulares, donde se hallan permanentemente colocados (regalo del Capellan de honor de S. M., D. Antonio García Bermejo, natural de esta villa), precedidas de una orquesta; conducidos por el alcalde y capitan comandante de Realistas, y acompañados del ayuntamiento, clero y vecindario, escoltándolos la compañia de Realistas. Formados estos en la iglesia, despues de haber colocado los retratos en el presbiterio con centinelas de honor, se celebró una Misa solemne, con el Santísimo Sacramento manifiesto; despues de la cual se trasladaron á la plaza pública, y al frente de los retratos de SS. MM. el capitan comandante recibió el juramento de fidelidad á los voluntarios Realistas, que todos prestaron con el mayor entusiasmo, acompañándolos el pueblo con mil afectuosos vivas. Acto continuo desfilaron, paseando por las calles los retratos de nuestros amados Soberanos; y en una llanura, extramuros de la villa, se sirvió a los Realistas un frugal refresco, que costearon de su propio caudal los individuos de ayuntamiento y oficialidad de la compañía; se recitaron varias composiciones poéticas alusivas al asunto; hubo baile general, é iluminacion por la noche cuando fueron conducidos los retratos de SS. MM. á las casas capitulares, haciéndose á su entrada en ellas una salva general. En todo el dia y la noche reinaron el orden mas completo, y !a mas pura y universal alegría, manifestando asi todos estos vecinos su amor al REY y su aversion á las instituciones anárquicas. Para afianzar mas y mas estos sentimientos en sus corazones, predicó gratuitamente un elocuente sermon el R. P. Fr. Josef Jimenez Rey, predicador de S. M., natural de esta villa, en otra fiesta que el ayuntamiento de 1826 mandó celebrar el dia 1.° de este año par la salud y felicidad de SS. MM. y AA., con la  misma solemnidad y aparato, asi de iglesia como de calle, que la del 26 de Diciembre, y en la que reino el mismo orden, y se vieron iguales demostraciones de fidelidad y amor á nuestros augustos Soberanos.

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de MadridPublicación: 16/05/1964, nº 118

Departamento: Ministerio de Educación Nacional

Páginas: 6359 - 6359

Decreto 1446/1964, de 6 de mayo, de declaración de pobreza legal del Ayuntamiento de Zarza Capilla (Badajoz), para la construcción por el Estado de sus edificios escolares.

    Los Ayuntamientos se remontan a los primeros siglos del milenio con las leyes de Alfonso X, encaminadas a regular un incipiente procedimiento administrativo y la actuación del escribano que se prolongará durante toda la Edad Media. Con la formación del Estado Moderno se intentan sentar las bases del régimen municipal, que se afianza en el siglo XVIII.

    Las Cortes de Cádiz marcan un cambio importante al suprimir en 1811 los señoríos y los corregidores y establecer en cada Ayuntamiento alcaldes, regidores y procurador síndico, elegidos por la población y cuyo presidente sería el Jefe político, allí donde lo hubiere. En 1823 se publica la Instrucción para el Gobierno de las Provincias, que precisó las competencias de los Ayuntamientos y su dependencia de la Diputación. La ley de 14 de julio de 1840 establecía la elección directa de los miembros que componían la corporación, aunque el rey nombraba a los alcaldes y tenientes de alcalde de las capitales de provincia. El 20 de agosto de 1870 se aprobó la Ley Municipal, reformada en 1817 y vigente hasta el Estatuto Municipal de 1.924 que elimina su dependencia de las Diputaciones y Gobiernos Civiles y establece la Comisión Permanente. Dicho Estatuto restringe el sufragio y da al alcalde el carácter de delegado gubernativo, además del de representante y jefe del municipio.

    La ley de bases de Régimen Local de 31 de octubre de 1935 determina la elección por sufragio universal y organiza la Corporación en Alcalde, Pleno y Comisión Permanente. Con la Ley de bases de 1945, ampliada en 1950 y modificada en 1953 que a su vez se refunden en la de 24 de junio de 1955 se determina el carácter centralizador y de democracia orgánica que aminora la autonomía municipal. El mayor cambio se produce con la Ley 41/1975, de 19 de noviembre, de bases de Régimen Local, derogada por la 47/1978 y sobre todo con la Ley de bases de Régimen Local de 1985 que adapta los Ayuntamientos a las modificaciones derivadas de la Constitución y del nuevo régimen democrático.

    En la actualidad, la localidad aparece dividida en dos núcleos, separados entre sí por algunos centenares de metros: Zarza Capilla Vieja, o de Arriba, enclavada en la ladera de la sierra; y Zarza Capilla Nueva, o de Abajo, situada en la zona más llana del pie de la misma, en la actualidad el asentamiento primitivo aparece revitalizado y pujante, en tanto que el otro se encuentra casi despoblado.

   Zarza Capilla forma parte de la Provincia de Badajoz, Partido Judicial de Castuera, Audiencia Territorial de Badajoz y en lo eclesiástico su iglesia (San Bartolome Apostol) es aneja de Peñalsordo (Santa Brigida), de la Vicaria de Talavera la Reina, Arciprestazgo de Puebla de Alcocer, Archidiócesis de Toledo y Primado de España


MONUMENTOS

    Parroquia de San Bartolomé, se trata de edificación originaria del siglo XVI, sometida posteriormente a numerosas remodelaciones, la última llevada a cabo en 1993. Es de proporciones regulares fabricada en mampostería de piedra y ladrillo. Las zonas más recientes son la cabecera, sacristía, la fachada delantera y la torre en espadaña. El interior es de una sola nave dividida en cinco tramos, con cabecera poligonal. Diversos edículos se adosan al cuerpo principal por los dos lados, entre ellos, la llamada ermita de Los Auroros, sobre el costado del Evangelio.

   La fachada frontal constituye una realización reciente, de estilo indefinible, ostentosa y recargada de elementos compositivos del más variado carácter, configurando un conjunto que se adosa al hastial primitivo en el que sobresale una elevada espadaña. La llamada Puerta de Abajo que se abre en el costado de la Epístola, se reduce a un arco de medio punto ejecutado en ladrillo.

   El templo contó con dos buenos retablos barrocos, realizados a principios del siglo XVII (1612), por el artífice toledano Juan Ruiz Castañeda, que resultaron destruidos durante la Guerra Civil. El actual retablo mayor es obra moderna.

   Ermita de los Auroros se construyó en 1817 y reparada en 1984, se adosa sobre el costado del Evangelio de la Iglesia Parroquial.

    Ermita de Santa Marina, situada a las afueras del pueblo por la carretera que se dirige a Peñalsordo. Actualmente la ermita se encuentra completamente en ruinas.

   Ermita de San Isidro, se encuentra a las afueras de la población, en el lugar conocido como los pocitos, realización popular, erigida en 1983, de reducidas proporciones. Su planta ocupa poco más de 10 m2., presentando al frente tres arcos de medio punto de diferentes proporciones, sobre columnas y pequeña espadaña.

    Vía Crucis en el Pueblo de Arriba, existe un Vía Crucis formado por catorce cruces levantadas sobre cuerpos de mampostería encalados, estas cruces fueron reformadas en 1537 gracias a la aportación de trescientos maravedíes, provenientes de la multa impuesta a tres vecinos por tocar las campanas sin el debido permiso.

   En la madrugada de Viernes Santo, pasan por ellas los pasos de Jesús Nazareno y Nuestra Señora de la Soledad, realizándose durante la mañana la competición de "la mocha".

   Iglesia parroquial del Núcleo Nuevo, se trata de una construcción de factura modernista se comenzó a edificar en 1949, siendo consagrada en 1967, con la presencia del obispo auxiliar de Toledo, a cuya Jurisdicción eclesiástica pertenece.

   Presenta planta es de cruz latina, con nave de cuatro tramos, atrio de acceso a los pies, y cabecera de ábside poligonal. Se adosan dos capillas laterales, originando los brazos de la cruz. Por el costado de la Epístola se abren cinco capillas, entre ellas la bautismal. Por el costado del Evangelio un atrio porticado.

   Al exterior la realización es de factura cubista. La fachada principal consiste en un muro cuadrangular, de remate adintelado, en el que se abre un gran ventanal compartimentado reticularmente, con vidrieras de igual estructura. A la izquierda se alza una falsa torre, compuesta por dos altos pilares de hormigón, con un pequeño frontón como coronación, en cuya parte superior se montan al aire las campanas.

   En las afueras de la localidad se conservan las fuentes de Santa Marina, reconstruida en 1816 y de los Zarzales. Esta última, que durante mucho tiempo permaneció ignorada, oculta entre escombros, fue descubierta de nuevo en época actual, cobijando la sepultura del celebre bandolero Sandalio, muerto en 1839. Su origen es muy remoto y la tradición local le atribuye la peculiar propiedad de manar durante el verano y secarse en invierno. Cerca de ella, las crónicas antiguas nombran otra no menos singular, que servía de barómetro, ya que cuando manaba, indicaba que a los tres días llovería, como así sucedía, al parecer, secándose a continuación.

   El edificio del Ayuntamiento se concreta como una pequeña construcción de dos plantas, edificada a principios del siglo pasado, en mampostería encalada, según el modelo característico de la época. Sobre la fachada principal presenta un ático coronado por frontón, en el que se aloja el reloj público. Sobre este elemento se alza todavía una espadaña, configurando un componente vertical.

 


GASTRONOMÍA

   Además de los platos típicos de la cocina extremeña, como la matanza, migas, gazpacho y buenos quesos de la Serena, en repostería bizcochos, buñuelos, candelilla (dulce de sartén en forma de cigarro rociadas con miel), piononos y suspiros.

  Para saber mas acerca de las Marcas de Calidad de la región extremeña, pinchar aquí

    Para conocer la normativa de las Matanzas Caseras, pinchar aquí

   Está incluido dentro de la Denominación de Origen del cordero de Extremadura Corderex, para conocer mas sobre el cordero, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

  Está incluido dentro de la zona Ternera de Extremadura, para conocer mas sobre la ternera, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

    Está incluido dentro de la zona Vino de la Tierra de Extremadura, para conocer mas sobre el vino de la Tierra, para ver el Reglamento, su Descripción y Características, pinchar aquí

    Control de los quesos curados elaborados con leche cruda y madurados en establecimientos distintos a los de elaboración. pinchar aquí

    Para conocer el Registro de Envasadores y Embotelladores de aceite de oliva virgen extra y aceite de oliva virgen con designación de origen de la Comunidad Autónoma de Extremadura, pinchar aquí.

    Su quieres conocer el panel de Catadores de Aceite de Oliva Virgen y la regulación de las organizaciones de operadores del sector oleícola, pincha aquí.

    Está incluido dentro de la Denominación de Origen Quesos de la Serena, para conocer mas sobre este queso, pinchar aquí

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FIESTAS

   Los Auroros

    La Hermandad de Nuestra Señora del Rosario de la Aurora, tiene su origen en el año de 1816 su iniciador fue Bonifacio Calderón, quien recibió del párroco una imagen de la Purísima, que tuvo su asiento en una ermita construida en un terreno propiedad de la iglesia parroquial que aún hoy permanece, aunque dedicada a trastera del templo parroquial.

    La fiesta principal la celebran los Auroros el día 8 de septiembre con gran solemnidad. El día 7 de septiembre, al caer el sol, se reúne la Hermandad en la casa de la Mayordoma y al son de guitarras y violines se dirige a la iglesia parroquial; desde allí, siempre con música y acompañados del Párroco, marchan a la ermita en donde, como recuerdo de la tradición, se ha colocado de antemano la imagen de la Virgen de la Aurora y es llevada procesionalmente a la iglesia, depositándola en un altar portátil.

    El 15 de agosto, día de la Asunción es el señalado para cobrar coplas y cuotas, y por esto llaman los Auroros a ese día “la Virgen de las Trampas”.

    Los Auroros de la villa están considerados entre los mejores por su amplio cancionero, entonado en diversas melodías. Después de la Guerra Civil, desapareció la tradicional costumbre y hoy la Hermandad solo sale en Resurrección, Asunción, San Bartolomé y Virgen de la Aurora.

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TURISMO

    Mirador del Valle, construido en la parte alta del Antiguo Núcleo, abarca una amplia vista del lugar.

    Las Poyatas, próximas al pueblo, se puede practicar el parapente y contemplar dos aljibes y una cueva habitada en la época prerromana, se han encontrado restos etruscos, depositados en el Museo Provincial.

   Pinturas Rupestres de Vecialejo, se encuentra en la Sierra de Vercialejo, frente a la Nava. La forman dos grandes losas, lisas en el techo y base, éste en gran pendiente. Las lanchas están salpicadas de pinturas muy esquematizadas. Destacan entre ellas hombres desproporcionados, perros en hilera y otros varios dibujos de significación ignorada.

   Pinturas Rupestres de Puerto Alonso, están en la sierra de las Cabras, por encima del túnel de la vía férrea, dentro del término Municipal de Zarza Capilla. Antes de llegar a él existen tres rocas llenas de pinturas, siendo la mas rica la próxima al camino. Junto a ella, se observan restos de un poblado prerromano. Breuil estudió en ellas 24 figuras de color amarillo, rojo y pálido.

   La Aljibe, sierra cercana al pueblo, recibe el nombre por las aljibes que allí existen.

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   Si quieres conocer mas sobre la Naturaleza Extremeña, Normativa, Catalogo Especies Protegidas y Parques Naturales, pincha aquí

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ALOJAMIENTOS

La antigua Casa Cuartel de la Guardia Civil en el Nuevo Núcleo albergue rural.


MINERALES

Boletín Oficial del Estado: Gaceta de Madrid Publicación: 01/04/1961, nº 78

Departamento: Ministerio de Industria

Páginas: 5033 - 5033

Resolución del Distrito Minero de Badajoz por la que se hace pública la caducidad de la concesión de explotación minera número 10.305 del término municipal de Zarza Capilla.

El Ingeniero jefe de este Distrito Minero hace saber: Que por el excelentísimo señor Ministro de Industria, ha sido caducada la siguiente concesión de explotación minera, con expresión del número, nombre, mineral, hectáreas y término municipal:

10.305, «San Bartolomé, Plomo. 20 hectáreas. Zarza Capilla. Lo que se hace público declarando franco y registrable el terreno comprendido en su perímetro, excepto para sustancias reservadas a favor del Estado, no admitiéndose nuevas solicitudes hasta trascurridos ocho días a partir del siguiente al de esta publicación. Estas solicitudes deberán presentarse en horas de oficina (de diez a trece horas de la mañana) en esta Jefatura de Minas

    BOURNONITA En honor del mineralogista francés J. L. de Bournon.

    Sulfuros, Arseniuros y Sulfosales Gris oscuro a negro Metálico. Cristales prismáticos cortos a tabulares, que suelen estar estriados. Agregados paralelos. Maclas dentadas. Masas compactas o granulares. Es una importante mena de antimonio, plomo y cobre.

    Empleo: Mena de plomo, cobre o antimonio.

    Forma de presentarse: En cristales cortos prismáticos o tabulares, con maclas de "rödaler". También masivo o granular.

    Su formula química es: PbCuSbS3

    CERUSITA De una palabra latina "cerusa" que significaba plomo blanco

    Carbonatos, Nitratos y Boratos Incolora, blanca, gris, amarilla, azul, verde, parda,... Adamantino, vítreo o nacarado. Las masas son terrosas. A veces presenta aspecto mate.

    Cristales tabulares, pseudohexagonales, bipiramidales y a veces aciculares. Agregados estrellados, reticulares o en forma de corazón. Masas compactas, reniformes, a veces fibrosas, terrosas o pulverulentas Mena de plomo. Algunos cristales y maclas tienen interés gemológico.

    Forma de presentarse: En cristales de hábito rómbico muy frágiles o en agregados fasciculados, drusiformes, columnares o reniformes. También en masas granudas grises y en masas cristalinas aciculares con un aspecto de pajuelas.

Su formula química es: CO3Pb

    ALENA Deriva del término italiano "galena" aplicable en un principio a todas las menas de plomo, pertenece a la clase de los Sulfuros, Arseniuros y Sulfosales, de color gris plomizo y brillo metálico intenso en las superficies recientes

    Cristales cúbicos o cubooctaédricos (a veces semiimplantados). Las aristas y los vértices de los cristales pueden aparecer redondeados. Con frecuencia aparecen masas compactas granulares brillantes, debido a las numerosas superficies de exfoliación que se forman en las fracturas.

    Mineral hidrotermal de media temperatura. Se encuentra también en ambientes sedimentarios y metamórficos. Es un mineral muy conocido desde la Antigüedad. Es la principal mena de plomo. De las galenas argentíferas se suele extraer plata. El plomo se emplea para la fabricación de aleaciones, municiones, material eléctrico, tipos de imprenta, antidetonantes para gasolina.

La fórmula química es: PbS


PERSONAJES

Duques de Osuna

Título creado por Felipe II, rey de España
por carta de 05-02-1562

a favor de:
Pedro Téllez-Girón y de la Cueva, 1º duque de Osuna * 1537

  • Pedro Téllez-Girón y de la Cueva, 1º duque de Osuna * 1537
  • Juan Téllez-Girón y Pérez de Guzmán, 2º duque de Osuna *
  • Pedro Téllez-Girón y Fernández de Velasco, 3º duque de Osuna * 1579
  • Juan Téllez-Girón y Enríquez de Ribera, 4º duque de Osuna *
  • Gaspar Téllez-Girón y Sandoval, 5º duque de Osuna *
  • Francisco Téllez-Girón, 6º duque de Osuna *
  • José Maria Téllez-Girón y Benavides, 7º duque de Osuna *
  • Pedro Zoilo Téllez-Girón y Pérez de Guzmán, 8º duque de Osuna *
  • Pedro de Alcántara Téllez Girón y Pacheco, 9º duque de Osuna * 1755
  • Francisco de Borja Téllez-Girón y Pimentel, 10º duque de Osuna * 1785
  • Pedro de Alcántara Maria Tomas Téllez-Girón y Beaufort, duque de Osuna y del Infantado * 1810
  • Mariano Francisco Téllez-Girón y Beaufort, duque de Osuna * 1814
  • Pedro de Alcántara Téllez-Girón y Fernández de Santillán, 18º conde y 15º duque de Benavente * c. 1815
  • Mariano Téllez-Girón y Fernández de Córdoba, 15º duque de Osuna * 1887
  • Ángela Maria Téllez-Girón y Duque de Estrada, 16ª duquesa de Osuna *

Señores de Bejar

Diego López de Zúñiga, 1º señor de Béjar * c. 1360

Alfonso de Lacerda, infante de Castilla, señor de Alba y Bejar* 1270

 

Duques de Béjar

Título creado por Isabel I la Católica, reina de Castilla
en 1485
a favor de:
Álvaro de Zúñiga y Leiva, 1º duque de Bejar * c. 1485

  • Álvaro de Zúñiga y Leiva, 1º duque de Bejar * c. 1485 - 10.6.1488
  • Álvaro de Zúñiga y Guzmán, 1º marqués de Gibraleon * c. 1488-1531
  • Teresa de Zúñiga Guzmán y Manrique, 3ª duquesa de Bejar * c. 1531-25.11.1565
  • Francisco de Zúñiga Sotomayor, 4º duque de Bejar, 5º marqués de Gibraleon, 7º conde de Belalcazar * c. 1565-1591
  • Francisco Diego López de Zúñiga Sotomayor y Mendoza, 5º duque de Bejar, 6º marqués de Gibraleon, 8º conde de Belalcazar * c. 1591-1601
  • Alfonso Diego López Zúñiga Sotomayor de Guzmán, 6º duque de Bejar * 1601-1619?
  • Francisco Diego López de Zúñiga Sotomayor y Guzmán, 7º duque de Bejar * c. 1619?-1636
  • Alfonso de Zúñiga Sotomayor, 11º conde de Belalcazar * c. 1636-1.8.1660
  • Juan Manuel de Zúñiga Sotomayor y Mendoza, 9º duque de Bejar, marqués de Gibraleon, 12º conde de Belalcazar * c. 1660-14.11.1660
  • Manuel Diego de Zúñiga Sotomayor y Silva, 10º duque de Bejar, marqués de Gibraleon, 13º conde de Belalcazar * c. 1660-1686
  • Manuel Diego López de Zuniga ?-1706
  • Juan Manuel de Zúñiga Sotomayor y Castro, 11º duque de Bejar * c. 1686-1747
  • Joaquín López de Zúñiga Sotomayor y Castro, 12º duque de Bejar * 1747-10.10.1771
  • María Josefa de la Soledad Alfonso-Pimentel de Borja Zúñiga Enríquez Ponce de León, 12ª duquesa de Arcos * 1771-5.10.1832/1834
  • Pedro de Alcántara Maria Tomas Téllez-Girón y Beaufort, duque de Osuna y del Infantado *1834-29.9.1844
  • Mariano Francisco Téllez-Girón y Beaufort, duque de Osuna * 1844-2.6.1882
  • Pedro de Alcántara Téllez-Girón y Fernández de Santillán, 18º conde y 15º duque de Benavente * c. 1815
  • ....
  • Maria del Rosario Téllez-Girón y Fernández de Velasco Pacheco, 16ª duquesa de Béjar * 1884-15.2.1896
  • Jaime Tirso Pedro Roca de Togores y Téllez-Girón, 17º duque de Béjar * 1862
  • Pedro de Alcántara Roca de Togores y Tordesillas, 18º duque de Béjar * ?-3.9.(1898/1900)
  • Jaime Roca de Togores 1896/1902-2.8.1921
  • Luis Roca de Togores ?-1936
  • Pedro Roca de Togores (2) ?-1941
  • Pedro Roca de Togores (3) ?-1978
  • Pedro Roca de Togores (4) 6.11.1979-?

Condes de Belalcázar

Título creado por Enrique IV, rey de Castilla
en 1466

a favor de:
Alfonso de Sotomayor, 1º conde de Belalcázar

  • Alfonso de Sotomayor, 1º conde de Belalcázar *
  • Juan de Sotomayor y Zúñiga, 2º conde de Belalcazar *
  • Gutierre de Sotomayor y Zúñiga, 3º conde de Belalcazar * c. 1455
  • Alfonso Sotomayor, 4º conde de Belalcazar * 1480
  • Francisco de Sotomayor y Portugal, 5º conde de Belalcazar * c. 1500
  • Alfonso de Zúñiga Sotomayor, 4º marqués de Gibraleon * c. 1530
  • Francisco de Zúñiga Sotomayor, 4º duque de Bejar, 5º marqués de Gibraleon, 7º conde de Belalcazar * c. 1530
  • Francisco Diego López de Zúñiga Sotomayor y Mendoza, 5º duque de Bejar, 6º marqués de Gibraleon, 8º conde de Belalcazar * c. 1560
  • Alfonso Diego López Zúñiga Sotomayor de Guzmán, 6º duque de Bejar * 1580
  • Francisco Diego López de Zúñiga Sotomayor y Guzmán, 7º duque de Bejar * c. 1600
  • Alfonso de Zúñiga Sotomayor, 11º conde de Belalcazar * c. 1615
  • Juan Manuel de Zúñiga Sotomayor y Mendoza, 9º duque de Bejar, marqués de Gibraleon, 12º conde de Belalcazar * c. 1620
  • Manuel Diego de Zúñiga Sotomayor y Silva, 10º duque de Bejar, marqués de Gibraleon, 13º conde de Belalcazar * c. 1640
  • Juan Manuel de Zúñiga Sotomayor y Castro, 11º duque de Bejar * c. 1670
  • Joaquín López de Zúñiga Sotomayor y Castro, 12º duque de Bejar * 1715
  • María Josefa de la Soledad Alfonso-Pimentel de Borja Zúñiga Enríquez Ponce de León, 12ª duquesa de Arcos * 1752
  • Francisco de Zuleta-Reales y Queipo de Llano, conde de Belalcázar *
  • José Manuel de Zuleta y Alejandro, 15º duque de Abrantes * 1960
  • José Manuel de Zuleta y Alejandro 03/12/1997

Señores de Peñafiel

Manuel, infante de Castilla, señor de Escalona y Peñafiel

* Carrión de los Condes 1234 + Peñafiel 25.1.1283 Padre: Fernando III el Santo, rey de Castilla * 1200
Madre: Isabel de Suábia * 1202 Matrimonio I: Soria 1260
Con: Constanza, infanta de Aragón * 1239

Matrimonio II: 1275
Con: Beatriz de Saboya * c. 1250

Hijos del Matrimonio I:

  • Alfonso, infante de Castilla * c. 1260 cc Guillermina de Bearn ss
  • Violante Manuel, infanta de Castilla * 1265 cc D. Alfonso, infante de Portugal, señor de Portalegre cs
Hijos del Matrimonio II:
  • Juan Manuel de Castilla, príncipe de Villena * 5.5.1282 cc I Isabel, infanta de Mallorca cs cc II Constanza, infanta de Aragón ss cc III Blanca de Lacerda cs
Hijos de N:
  • Sancho Manuel, señor de Infantado y Carrión * 1283 cc Maria de Castañeda cs

Juana Manuel de Castilla, señora de Villena, Escalona y Peñafiel

* 1339 + Salamanca 27.3.1381

 Padre: Juan Manuel de Castilla, príncipe de Villena * 5.5.1282
Madre: Blanca de Lacerda * c. 1311 Matrimonio I: 27.7.1350
Con: Enrique II, rey de Castilla * 1333
Hijos del Matrimonio I:

  • Juan I, rey de Castilla * 24.8.1358 cc I Leonor, infanta de Aragón cs cc II D. Beatriz, infanta de Portugal cs
  • Leonor, infanta de Castilla * 1362 cc Carlos II, rey de Navarra * 1361 cs
  • Juana, infanta de Castilla * c. 1367 + c. 1374

Marqueses de Peñafiel

Titulo creado el12/12/1472

  • Pedro de Alcántara Roca de Togores y Laffitte, 19º duque de Béjar * 1918
  • Francisco de Borja Soto y Moreno-Santamaría 30/05/1998

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