Naturaleza Extremeña XVIII

 

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ORDEN de 23 de noviembre de 2009 por la que se aprueba el “Plan de Gestión de la ZEPA Puerto Peña-Sierra de los Golondrinos”.

El Decreto 232/2000, de 21 de noviembre, por el que se clasifican zonas de especial protección para las aves (ZEPA) en Extremadura clasificó la ZEPA Puerto Peña-Sierra de los Golondrinos. La consideración de “Puerto Peña-Sierra de los Golondrinos” como ZEPA se debe a su gran riqueza, tanto a nivel de hábitats como de taxones.

En la tramitación del proyecto de Orden por la que se aprueba el Plan de Gestión de la ZEPA Puerto Peña-Sierra de los Golondrinos se ha seguido el procedimiento establecido en el artículo 56 ter 2 de la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y Espacios Naturales de Extremadura.

El proyecto fue informado por el Consejo Asesor de Medio Ambiente en su sesión de 25 de septiembre de 2008. En el Diario Oficial de Extremadura número 133, de 10 de julio de 2008 se publicó el Anuncio de 28 de mayo de 2008 por el que se sometía a información pública la aprobación del “Plan de Gestión de la ZEPA Puerto Peña-Sierra de los Golondrinos”.

Dentro del plazo de información pública se recibieron alegaciones que han sido contestadas en tiempo y forma.

En el procedimiento se han emitido la memoria económica, la tabla de vigencias y el informe de oportunidad y necesidad preceptivos conforme al artículo 66 de la Ley del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En virtud de lo expuesto,

D I S P O N G O :

Artículo único.

Se aprueba el “Plan de Gestión de la Zona de Especial Protección para las Aves Puerto Peña-Sierra de los Golondrinos”, integrado por la parte dispositiva, el análisis ecológico y socioeconómico, el marco normativo y la cartografía, que se contienen, respectivamente, en los Anexos I, II, III y IV de la presente Orden, y se ordena la publicación del mismo.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Mérida, a 23 de noviembre de 2009. El Consejero de Industria, Energía y Medio Ambiente, Jose Luis Navarro Ribera

ANEXO I

PLAN DE GESTIÓN DE LA ZEPA PUERTO PEÑA-LOS GOLONDRINOS

1. JUSTIFICACIÓN Y CONTEXTO DEL PLAN DE GESTIÓN.

2. INFORMACIÓN GENERAL.

2.1. NATURALEZA JURÍDICA.

2.2. ÁMBITO DE APLICACIÓN.

2.3. EFECTOS.

2.4. COMPETENCIAS.

2.5. EVALUACIÓN Y VIGENCIA DEL PLAN DE GESTIÓN.

2.6. OTROS INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN QUE AFECTAN A LA GESTIÓN DEL ÁREA.

3. ÁMBITO TERRITORIAL.

4. VALORES NATURALES DE LA ZEPA “PUERTO PEÑA-LOS GOLONDRINOS”.

5. VALORACIÓN PREVIA DEL LUGAR.

6. FINALIDAD DEL PLAN DE GESTIÓN Y OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN DE LOS VALORES

NATURALES.

6.1. FINALIDAD DEL PLAN DE GESTIÓN.

6.2. OBJETIVOS GENERALES DE CONSEVACIÓN.

6.3. OBJETIVOS ESPECÍFICOS DE CONSERVACIÓN.

7. ZONIFICACIÓN.

7.1. ZONA DE ALTO VALOR NATURAL.

7.2. ZONA DE USO TRADICIONAL.

7.3. ZONA DE USO COMÚN.

7.4. ZONA DE USO GENERAL.

8. REGULACIÓN DE ACTIVIDADES.

8.1. INFORMES DE AFECCIÓN A LA RED NATURA 2000.

8.1.1. Usos o actividades que no requieren Informe de Afección.

8.1.2. Usos o actividades que requieren Informe de Afección.

8.2. AUTORIZACIONES.

8.3. EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL.

8.4. EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA.

9. MEDIDAS Y DIRECTRICES DE CONSERVACIÓN.

9.1. MEDIDAS DE CONSERVACIÓN RELATIVAS A LA ZONIFICACIÓN.

9.1.1. Zona de alto valor natural.

9.1.2. Zona de uso tradicional.

9.1.3. Zona de uso común.

9.1.4. Zona de uso general.

9.2. DIRECTRICES Y ACTUACIONES DE CONSERVACIÓN RELATIVAS A LOS ELEMENTOS CLAVES.

9.2.1. Avifauna. Censo de rapaces llevado a cabo por la Dirección General del Medio Natural en el año 2007.

9.2.2. Hábitats de interés comunitario.

9.2.3. Embalse, cauces de ríos y riberas.

9.2.4. Paisaje.

9.2.5. Valoración económica de las medidas de conservación y gestión.

10. PROGRAMA DE SEGUIMIENTO.

ANEXO II. ANÁLISIS ECOLÓGICO Y SOCIOECONÓMICO.

ANEXO III. MARCO NORMATIVO.

ANEXO IV. CARTOGRAFÍA.

1. JUSTIFICACIÓN Y CONTEXTO DEL PLAN DE GESTIÓN

Extremadura es uno de los territorios de la Unión Europea en el que todavía se puede disfrutar de uno de los patrimonios naturales más ricos y variados del continente. Caracterizada por sus grandes contrastes paisajísticos, esta región posee una enorme variedad de hábitats, que unido a un favorable grado de conservación, le permite mantener una valiosa diversidad de especies de flora y fauna silvestre, que destacan tanto por su elevado número, como por la singularidad y escasez alguna de ellas.

Como muestra de ello, el número significativo de espacios naturales incluidos en la Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura (RENPEX), así como el número de Zonas de Protección Especial para Aves (ZEPA) declaradas y de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) aceptados por la Comisión (Decisión de la Comisión, de 19 de julio de 2006, por la que se adopta la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea) para formar parte de la Red Natura 2000. Esta Red de Espacios Naturales Protegidos de Extremadura y la Red Natura 2000 conforman la Red de Áreas Protegidas de Extremadura.

Pero la conservación de la diversidad biológica, ligada al concepto de utilización sostenida de los recursos, no se consigue solamente mediante la preservación de una serie de territorios de gran valor, las Áreas Protegidas, ni con la conservación de determinadas especies, sino que este objetivo debe trasladarse a los procesos de planificación y gestión de toda actuación sobre el territorio.

Es por ello que se ha realizado el presente “Plan de Gestión de la ZEPA Puerto Peña–Los Golondrinos” de manera que sea un instrumento útil de planificación y gestión.

2. INFORMACIÓN GENERAL

2.1. NATURALEZA JURÍDICA.

Las directivas europeas que regulan los espacios protegidos que integran la Red Natura 2000 son la Directiva 79/409/CEE del Consejo de 2 de abril de 1979, relativa a la  conservación de las aves silvestres y la Directiva 92/43/CEE del Consejo de 21 de mayo, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

En el ámbito estatal, la normativa de carácter general de aplicación en la Red Natura 2000 será la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y el Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, que transpone la Directiva 92/43/CEE del Consejo de 21 de mayo. No obstante, amparados en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el uso y gestión del territorio en cuestión se estará a lo dispuesto en la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y de Espacios Naturales de Extremadura, modificada por la Ley 9/2006, de 23 de diciembre, que surge con el objeto de establecer normas adicionales de protección de las Zonas Red Natura 2000.

El espacio protegido “Puerto Peña-Los Golondrinos”, en cumplimiento de la Directiva 79/409/CEE, de 2 de abril de 1979, se clasifica como Zona de Especial Protección para las Aves por el Decreto 232/2000, de 21 de noviembre, denominándose ZEPA “Puerto Peña-Los Golondrinos” (ZEPA ES4310009).

Este mismo área, propuesto por la Junta de Extremadura como Lugar de Importancia Comunitaria “Puerto Peña-Los Golondrinos” (LIC ES4310009) en cumplimiento de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, es adoptado como tal mediante la Decisión de la Comisión de 19 de julio de 2006, por la que se adopta la lista de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea.

Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Directiva 92/43/CEE, de 2 de abril, y más concretamente, al apartado 2 del artículo 56 ter de la Ley 8/1998, de 26 de junio, esta Zona Red Natura 2000 podrá contar con Planes de Gestión.

La elaboración de este Plan de Gestión contempla las disposiciones legales o reglamentarias que en materia de conservación y protección de flora, fauna y áreas naturales se exponen en el Anexo III “Marco Normativo”.

2.2. ÁMBITO DE APLICACIÓN.

El ámbito de aplicación del presente Plan de Gestión es la ZEPA “Puerto Peña–Los Golondrinos”. Su delimitación geográfica queda recogida en el Anexo IV “Cartografía” de este Plan.

2.3. EFECTOS.

Esta área protegida se regirá según las determinaciones del presente Plan de Gestión sin perjuicio de la legislación agraria, forestal, de aguas y demás normativa sectorial aplicable. En caso de contradicción entre diferentes normas prevalecerá aquella de carácter más protector sobre los valores naturales del área.

2.4. COMPETENCIAS.

La Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura es el órgano directamente responsable de la gestión de la ZEPA “Puerto Peña-Los Golondrinos”.

En Extremadura, según el apartado 2 del artículo 56 ter de la Ley 8/1998, de 26 de junio, la aprobación de los Planes de Gestión de las Zonas de la Red Natura 2000 corresponde a la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente.

Corresponde a la Dirección General del Medio Natural la emisión de Informes de Afección a la Red Natura 2000, tal y como se dispone en el artículo 56 quater de la Ley 8/1998, de 26de junio, y en el punto 8 “Regulación de Actividades” del presente documento.

2.5. EVALUACIÓN Y VIGENCIA DEL PLAN DE GESTIÓN.

Vigencia.

Las determinaciones de este Plan de Gestión entrarán en vigor al día siguiente de que se publique en el Diario Oficial de Extremadura su aprobación definitiva.

Su vigencia inicial se fija en un periodo de ocho (8) años. Cumplido este periodo la Dirección General del Medio Natural iniciará el procedimiento de elaboración y aprobación de un nuevo Plan de Gestión según lo establecido en el apartado 2 del artículo 56 ter de la Ley 8/1998, de 26 de junio.

Se establece también una evaluación obligatoria a los cuatro años de la aprobación del presente Plan. Dicha evaluación podrá derivar en una modificación puntual del Plan de Gestión o en una revisión del mismo.

Si transcurrido el periodo de vigencia del Plan de Gestión no se hubiera aprobado definitivamente la revisión del mismo, las determinaciones de este Plan tendrán vigencia, de forma cautelar, hasta el momento en que se produzca la citada aprobación definitiva.

Evaluación.

A la finalización del periodo de vigencia del Plan la Dirección General de Medio Natural procederá a la evaluación de sus resultados, que deberá contemplar los siguientes puntos:

— Estado de conservación de las especies del Anexo I de la Directiva de conservación de las aves silvestres y de los hábitats asociados a las mismas.

— Análisis de las actividades humanas en el espacio protegido.

— Inversiones realizadas en el periodo de actuación del Plan y su efecto sobre el medio natural y humano.

Basándose en esta evaluación y teniendo en cuenta los nuevos condicionantes que pudieran existir, se elaborará y aprobará un nuevo Plan de Gestión.

Modificación puntual y Revisión del Plan de Gestión.

El contenido desarrollado en este Plan de Gestión podrá ser cambiado mediante dos procedimientos, modificaciones puntuales de alguno o algunos de los elementos que lo constituyen o revisión.

— Modificación.

La alteración de alguno de los elementos que constituyen este Plan que no suponga cambio sustancial tendrá la consideración de Modificación Puntual y no de Revisión.

En este caso, la Dirección General del Medio Natural elaborará un documento de modificación parcial del Plan que será aprobado mediante Orden.

— Revisión.

La Revisión, por el contrario, supondrá a todos los efectos la redacción de un nuevo Plan, que podrá adoptar nuevos criterios respecto a la gestión del área, la regulación de usos y actividades y/o la zonificación de la misma.

Con carácter general, se procederá a la revisión de este Plan transcurridos sus ocho años de vigencia. No obstante, excepcionalmente, por cualquier circunstancia no prevista que suponga la inoperancia de hecho de este documento, se podrá proceder su revisión aún no habiéndose agotado el periodo de vigencia.

2.6. OTROS INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN QUE AFECTAN A LA GESTIÓN DEL ÁREA.

Planes Rectores de Uso y Gestión de otros Espacios Naturales Protegidos integrados en el ámbito de aplicación:

En el ámbito de aplicación del presente Plan de Gestión queda incluido parte del Corredor Ecológico y de Biodiversidad “Río Guadalupejo”, declarado por el Decreto 62/2003, de 8 de mayo. Por ello, los planes desarrollados para este Espacio Natural Protegido, como los Planes Rectores de Uso y Gestión, serán de aplicación sobre el territorio de la ZEPA “Puerto Peña-Los Golondrinos” que determine su correspondiente ámbito de aplicación.

Planes para Especies Amenazadas de Extremadura:

Para la gestión de este Área Protegida han de tenerse en cuenta otros instrumentos de planificación vigentes relativos a la conservación en aplicación del artículo 60 de la Ley 8/1998, de 26 de junio, en el cual se establecen los Planes exigibles para cada especie, subespecie o población incluida en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura.

De este modo, los planes desarrollados en virtud del artículo mencionado podrán ser de aplicación en la ZEPA “Puerto Peña-Los Golondrinos” si contemplan especies animales o vegetales presentes en esta Área Protegida.

Los Planes desarrollados en la actualidad y de aplicación en la ZEPA “Puerto Peña-Los Golondrinos”, debido a la inclusión parcial o total del Área en su ámbito de aplicación, son:

— Plan de Recuperación del Lince Ibérico en Extremadura.

— Plan de Recuperación del Águila Imperial Ibérica.

— Plan de Conservación del Hábitat del Buitre Negro en Extremadura.

— Plan de Conservación del Hábitat del Águila Perdicera en Extremadura.

Otros Planes Sectoriales:

El presente Plan de Gestión se aplicará en coordinación con la gestión de otras políticas sectoriales que afectan a la conservación de la ZEPA “Puerto Peña-Los Golondrinos”.

3. ÁMBITO TERRITORIAL

Esta Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) se encuentra localizada en su mayoría al Noreste de la provincia de Badajoz, ocupando también parte de su territorio el Sureste de la provincia de Cáceres.

Se localiza en la comarca de La Siberia Extremeña, describiendo sus límites en base a los valles fluviales de los cauces que forman las colas de los embalses de Valdecaballeros y García Sola o Puerto Peña.

El núcleo central de este espacio lo constituye el embalse de García Sola en su porción terminal, desde el estrecho formado por la Sierra de los Golondrinos y la Sierra de Valdecaballeros hasta la presa del Embalse del Cíjara. También comprende parte del Río Guadalupejo, de las tierras que riega, al Sur de Las Villuercas y de las laderas norteñas de la Sierra de los Golondrinos en los alrededores de Herrera del Duque.

La ZEPA “Puerto Peña-Los Golondrinos” se sitúa sobre los términos municipales de Alía, Castilblanco, Fuenlabrada de los Montes, Herrera del Duque, Puebla de Alcocer, Talarrubias, Garbayuela y Valdecaballeros.

En el Anexo IV “Cartografía” se muestra un mapa de localización y delimitación del ámbito territorial de la ZEPA “Puerto Peña-Los Golondrinos”.

Asimismo, la delimitación literal y cartográfica detallada del ámbito territorial de esta Área Protegida se recoge en el Registro de Áreas Protegidas de Extremadura regulado por el artículo 32 de la Ley 8/1998, de 26 de junio.

4. VALORES NATURALES DE LA ZEPA “PUERTO PEÑA-LOS GOLONDRINOS”

La consideración de “Puerto Peña-Los Golondrinos” como ZEPA y LIC a la vez, se debe a su gran riqueza, tanto a nivel de hábitats como de taxones. Destacan los hábitats de retamares y matorrales mediterráneos y los taxones Mauremys leprosa, diversos peces Chondrostoma polylepis, Squalius alburnoides, etc.). Además, este área constituye un refugio de importancia internacional al presentar una de las mayores colonias reproductoras de la Península Ibérica de Rhinolophus mehelyi y Myotis emarginatus.

En la ZEPA se han identificado 11 hábitats naturales incluidos en el Anexo I de la Directiva 92/43/CEE, del Consejo, de 21 de mayo, de los cuales dos están considerados de interés prioritario (*). Estos hábitats, importantes para la conservación de avifauna, son:

— 3170: Estanques temporales mediterráneos*.

— 4090: Brezales oromediterráneos endémicos con aliga.

— 5330: Matorrales termo-mediterráneos y predesérticos.

— 6220: Zonas subestépicas de gramíneas y anuales (Thero-Brachypodietea)*.

— 6310: Dehesas perennifolias de Quercus spp.

— 6410: Prados con molinas sobre sustratos calcáreos y arcillosos (Eu-Molinion).

— 8220: Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica.

— 9240: Robledales de Quercus faginea (Península Ibérica).

— 92D0: Galerías ribereñas termomediterráneas (Nerio-Tamaricetea) y del Sudoeste de la Península Ibérica (Securinegion tinctoriae).

— 9330: Bosques de Quercus suber.

— 9340: Bosques de Quercus ilex.

Respecto a las especies existentes en la zona, destacan las que están recogidas, por un lado, en el Anexo I de la Directiva 79/409/CEE, del Consejo, de 2 de abril, y, por otro, en el Anexo II y Anexo IV de la Directiva 92/43/CEE, del Consejo, de 21 de mayo.

En cuanto a la Directiva 92/43/CEE, del Consejo, de 21 de mayo, las especies de interés comunitario, recogidas en su Anexo II y presentes en el espacio, son las que se exponen a continuación (se indican también las especies incluidas en el Anexo IV). De éstas una es de interés prioritario (*).

— (1302) Murciélago mediano de herradura Rhinolophus mehely (IV).

— (1304) Murciélago grande de herradura Rhinolophus ferrumequinum (IV).

— (1307) Murciélago ratonero mediano Myotis blythii (IV).

— (1310) Murciélago de cueva Miniopterus schreibersi (IV).

— (1321) Murciélago ratonero pardo Myotis emarginatus (IV).

— (1324) Murciélago ratonero grande Myotis myotis (IV).

— (1355) Nutria europea Lutra lutra (IV).

— (1362) Lince ibérico* Lynx pardinus (IV).

— (1194) Sapillo pintojo ibérico Discoglossus galganoi (IV).

— (1221) Galápago leproso Mauremys leprosa (IV).

— (1116) Boga Chondrostoma polylepis.

— (1123) Calandino Squalius alburnoides.

— (1125) Pardilla Rutilus lemmingii.

— (1142) Barbo comizo Barbus comiza.

— (1149) Colmilleja Cobitis paludica.

Por lo que respecta a las aves recogidas en el Anexo I de la Directiva 79/409/CEE, del Consejo, de 2 de abril, en el Área Protegida se encuentran:

— (A030) Cigüeña negra Ciconia nigra.

— (A031) Cigüeña blanca Ciconia ciconia.

— (A073) Milano negro Milvus migrans.

— (A074) Milano real Milvus milvus.

— (A077) Alimoche Neophron percnopterus.

— (A078) Buitre leonado Gyps fulvus.

— (A079) Buitre negro Aegypius monachus.

— (A405) Águila imperial ibérica Aquila adalberti.

— (A080) Águila culebrera Circaetus gallicus.

— (A084) Aguilucho cenizo Circus pygargus.

— (A085) Azor Accipiter gentilis.

— (A086) Gavilán vulgar Accipiter nisus.

— (A091) Águila real Aquila chrysaetos.

— (A092) Águila calzada Hieraaetus pennatus.

— (A093) Águila perdicera Hieraaetus fasciatus.

— (A095) Cernícalo primilla Falco naumanni.

— (A096) Cernícalo común Falco tinnunculus.

— (A099) Alcotán europeo Falco subbuteo.

— (A103) Halcón peregrino Falco peregrinus.

— (A127) Grulla común Grus grus.

— (A208) Paloma torcaz Columba palumbus.

— (A210) Tórtola europea Streptopelia turtur.

— (A212) Cuco común Cuculus canorus.

— (A213) Lechuza común Tyto alba.

— (A215) Búho real Bubo bubo.

— (A219) Cárabo común Strix aluco.

— (A221) Búho chico Asio otus.

— (A228) Vencejo real Apus melva.

— (A229) Martín pescador Alcedo atthis.

— (A230) Abejaruco común Merops apiaster.

— (A232) Abubilla Upupa epops.

— (A246) Totovía Lullula arbórea.

— (A252) Golondrina Hirundo daurica.

— (A269) Petirrojo Erithacus rubecula.

— (A271) Ruiseñor común Luscinia megarhynchos.

— (A273) Colirrojo tizón Phoenicurus ochruros.

— (A276) Tarabilla común Saxicola torquata.

— (A279) Collalba negra Oenanthe leucura.

— (A281) Roquero solitario Monticola solitarius.

— (A283) Mirlo común Turdus merula.

— (A287) Zorzal charlo Turdus viscivorus.

— (A302) Curruca rabilarga Sylvia undata.

— (A304) Curruca carrasqueña Sylvia cantillans.

— (A311) Curruca capirotada Sylvia atricapilla.

— (A337) Oropéndola Oriolus oriolus.

— (A340) Alcaudón real Lanius excubitor.

— (A341) Alcaudón común Lanius senator.

— (A373) Picogordo Coccothraustes coccothraustes.

Además, la ZEPA-LIC “Puerto Peña-Los Golondrinos”, como parte integrante de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura, está relacionada con otros espacios de la Red Natura2000 y la Red de Espacios Protegidos de Extremadura. De este modo, por el Norte, conecta con el LIC-ZEPA “Sierra de las Villuercas y Valle del Guadarranque” y el LIC “Río Guadalupejo” y se solapa con el “Corredor Ecológico y de Biodiversidad Río Guadalupejo”. Por el Sur, los LIC “Río Guadalemar”, “Sierra de Villares Balbueno”, “Sierra de Escorial” y “Embalse de Orellana y Sierra de Pela”, también ZEPA y Zona de Interés Regional (ZIR), completan este conjunto de interconexiones.

5. VALORACIÓN PREVIA DEL LUGAR

La ZEPA “Puerto Peña-Los Golondrinos” constituye una unidad ecológica interdependiente en cuanto a valores naturales, paisajístico y de conservación. La valoración de este lugar se especifica en la siguiente tabla o matriz de valoración, recogiendo cada uno de los criterios necesarios para dicho análisis:

 
Criterio Comentarios Importancia
Presencia de Espacies o habitats amenazados El área contiene once habitats de interés comunitario. Destacan por su buen estado de conservación algunos encinares, acebuchales, quejigales, madroñales, enebrales, tamujares y saucedas.

Las poblaciones faunísticas de aves, quirópteros, anfibios y reptiles presentan una buena estabilidad.

Estatal y Regional
Representatividad Espacio de una gran riqueza, tanto por sus habitats como de taxones:

Entre los primeros destacan:

· Retamares y matorrales mediterráneos

· Pastizales naturales y dehesas de encinas, laderas de monte mediterráneo coronadas por afloramientos cuarciticos con distintas formaciones forestales dependiendo de la exposición

· Galerías ribereñas termomediterraneas

Entre los taxones de mayor representación son los ligados al medio acuático y rapaces amenazadas emblemáticas

Estatal y Regional
Naturalidad Destacan por su buen estado de naturalidad las zonas subestépicas de gramineas y anuales (6220), los habitats ligados a pendientes rocosas siliceas, con vegetación casmofítica (8220), así como algunos bosques de quercineas (9340).

Le siguen en un estado medio de naturalidad los matorrales termo-mediterraneos (5330), dehesas (6310) y riberas termo-mediterraneas y del suroeste de la Península Ibérica (92D0)

 

Nacional
Tamaño y forma Extensos encinares adehesados, pastizales, matorrales y laderas de monte mediterraneo  Regional
Interés especial Comunidad de anfibios y reptiles endémicos de la Península Ibérica asociados a los pastizales naturales. Entre ellos destaca el sapo pintojo ibérico (Di.scoglo.ssu.s galganoi).
Importantes colonias de quirópteros: murciélago ratonero pardo (Myotis emarginata), murciélago de herradura mediano (Rhinolophus mehelyi), murciélago de herradura grande (Rhinolophus ferrumequinum)...
Aves amenazadas como el águila perdicera (Hieraaetus fasciatus), alimoche (Neophron percnopterus), buitre negro (Aegypius monachus), águila imperial (Aquila adalberti), cigüeña negra (Ciconia nigra), aguilucho cenizo (Circu.s pygargu.s), collalba negra (Oenanthe leucura), cernícalo primilla (Falco naurnanni), águila eulebrera (Circaetus gallicus),..
Varias especies de ictiofauna autóctona: boga (Chondrostoma polylepis), ealandino (Syualius alburnoides), barbo (Barbus comiza), eolmilleja (Cobitis paludica), etc.
Rodales de formaciones forestales bien conservadas.
 
Estatal y Europea
Presencia de especies o hábitats amenazados Presencia de hábitats de interés comunitario prioritarios: Estanques temporales mediterráneos (3170) y Zonas subestépicas de gramíneas y anuales (Thero-Brachypodietea) (6220).
Presencia de especies catalogadas como amenazadas: Serapias perez chiscanoi (endémica de Extremadura y en Peligro de Extinción), águila imperial (Aguila adalberti, en Peligro de Extinción), buitre negro Europea  (Aegvpius monachus, Sensible a la Alteración de su Hábitat), águila perdicera (Hieraaetus fasciatus, Sensible a la Alteración de su Hábitat), alimoche (Neophron percnopterus, Vulnerable), cigüeña negra (Ciconia nigra, en Peligro de Extinción) y grulla (Grus grus, de Interés Especial). Alta representabilidad de ictiofauna de la familia Cyprinidae y quirópteros de los generos Rhinolopus, Molis Minioterus.
 Europea
Diversidad selectiva La presencia de extensas dehesas, pastizales naturales, cultivos de secano, roquedos, zonas de matorral y monte mediterráneo, unido a la abundancia de agua y modelos de explotación extensivos, hace que confluyan numerosas especies ligadas a estos hábitats. Europea
Rareza y singularidad Presencia de Serapias perez-chiscanoi (especie endémica de Extremadura). Europea
Importantes colonias reproductoras de quirópteros, destacando Myotis emarginata Rhinolohus mehelyi. Europea
Varias especies de ciprínidos endémicas de la Península Ibérica: pardilla (Rutilus lemmingii), calandino (Sgualius alburnoides), boga Estatal (Chondrostoma polilepis) barbo (Barbus comiza). Estatal
Presencia de vegetación acuática y posible malacofauna dulceacuícola autóctona. Regional
Galerías ribereñas termomediterráneas propias del suroccidente peninsular. Estatal
Fragilidad y vulnerabilidad La calidad de los hábitats está condicionada por la presión ganadera y cinegética. Las ayudas públicas a estos sectores podrían modificar los usos cargas, afectando indirectamente a los hábitats y taxones. Regional
Una gran parte del régimen hídrico de caudales se encuentra regulado por las presas sobre el Guadiana. El uso recreativo compromete la presencia de nidos en cantiles fluviales. Regional
El uso ilegal de venenos podría comprometer el futuro de ciertas especies  de aves como el águila imperial (Aguila adalberti), el buitre negro (Aegypius monachus), el alimoche (Neophron percnopterus) o el milano real Milvus milvus . Estatal
La concentración de quirópteros en antiguos pozos mineros los hace especialmente sensibles. Estatal
La alteración permanente del régimen hídrico natural por el embalsamiento de las aguas hace vulnerable a la ictiofauna autóctona ante las especies alóctonas invasoras. Estatal
Estabilidad La mayor parte del área protegida depende de la gestión extensiva ganadera y cinegética, el mantenimiento de los usos agrícolas tradicionales una correcta gestión de las masas de agua la calidad de las mismas. Estatal y Regional
Potencialidad y capacidad de recuperación El control de las actividades ganaderas y cinegéticas permitiría la regeneración a nivel de complejidad estructural de los hábitats.
Recientemente la zona ha sido recolonizada por el águila imperial (Aquila  adalberti) y el buitre negro (Ae~pius monachus).
La recuperación de la ictiofauna resulta compleja por la afección de los embalses especies alóctonas.
Estatal y Regional
Coherencia interna  Debería estudiarse la ampliación de límites de la ZEPA para proteger las zonas de cría de especies de aves rupícolas forestales del perímetro. Regional
Aislamiento y fragmentación  El embalse de García de Sola fragmenta claramente los hábitats terrestres.  

 

6. FINALIDAD DEL PLAN DE GESTIÓN Y OBJETIVOS DE CONSERVACIÓN DE LOS VALORES NATURALES

6.1. FINALIDAD DEL PLAN DE GESTIÓN.

La finalidad de este Plan de Gestión es la de establecer un modelo de gestión que contribuya a alcanzar los objetivos de protección y conservación de la ZEPA “Puerto Peña-Los Golondrinos”. Con este fin, y para el periodo de vigencia del mismo, el presente Plan de Gestión se propone:

a. Consolidar el régimen jurídico de protección para esta Zona Red Natura 2000.

b. Asegurar la supervivencia y reproducción de las especies de aves, en particular, de las incluidas en el Anexo I de la Directiva 79/409/CEE, y de las migratorias no incluidas en el citado Anexo pero cuya llegada sea regular.

c. Mantener, en un estado de conservación favorable, o restablecer los hábitats naturales y/o poblaciones de las especies por las que se ha designado este espacio protegido.

d. Desarrollar directrices y medidas de conservación coherentes con los objetivos de conservación referidos a la ZEPA.

e. Compatibilizar la protección y conservación de la ZEPA con el desarrollo socioeconómico de los municipios incluidos en su ámbito de aplicación.

f. Compatibilizar las medidas establecidas con otros los instrumentos de planificación y gestión vigentes referidos al territorio.

6.2. OBJETIVOS GENERALES DE CONSERVACIÓN.

El presente Plan de Gestión de la ZEPA “Puerto Peña-Los Golondrinos” tiene como objetivos generales la protección, conservación y recuperación de los valores naturales de su ámbito, así como de una ordenación para la preservación de los sistemas naturales actualmente degradados, en armonía con el desarrollo socioeconómico de la zona.

Los objetivos generales del Plan son los siguientes:

a. Asegurar la protección del medio ambiente, tanto en lo concerniente al mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales como a la conservación de los hábitats y especies de interés comunitario.

b. Preservar la riqueza edáfica por medio de actuaciones agroganaderas sostenibles y frenar la erosión en aquellos puntos en los que ésta se produce con mayor intensidad.

c. Conservar y preservar los recursos hídricos mediante el establecimiento de normativa relacionada con la regulación y manejo de los mismos.

d. Favorecer el avance de la sucesión ecológica en áreas degradadas, con el fin de aumentar la diversidad biológica.

e. Proteger las especies con alto valor ecológico derivado de su escasez y vulnerabilidad, así como regenerar los ecosistemas de los cuales dependen.

f. Sustituir progresivamente la flora alóctona por comunidades mediterráneas autóctonas, de manera gradual y mediante procedimientos que minimicen el impacto.

g. Impulsar la realización de actuaciones que compatibilicen la obtención de rendimientos económicos con la conservación del ecosistema, mediante fórmulas de desarrollo sostenido.

h. Promover un desarrollo sostenible social, económico y cultural de las poblaciones vinculadas al área protegida de forma que se mejore la calidad de vida de las poblaciones y se fomenten los usos y actividades tradicionales.

i. Concienciar a la población hacia actitudes de conservación de la zona, mediante la proliferación de valores culturales en este sentido y divulgados por cauces culturales oportunos.

j. Orientar la investigación al conocimiento de los recursos y a la gestión de los mismos.

k. Facilitar el conocimiento y el disfrute por parte de la sociedad de los valores del espacio, fomentando la sensibilidad y el respeto hacia el medio.

l. Mejorar la percepción de la población local hacia la Red Natura 2000.

6.3. OBJETIVOS ESPECÍFICOS DE CONSERVACIÓN.

Objetivos de conservación para la avifauna:

Los objetivos específicos del Plan de Gestión se han estructurado en función de las especies de aves de interés comunitario y los hábitats ligados a las mismas existentes en el espacio:

Los objetivos específicos de conservación de las especies de aves de interés comunitario más representativas del área protegida son:

a. Mantener o incrementar los niveles poblacionales de Cigüeña negra (Ciconia nigra) en el área protegida. Estos niveles, especificados en la Ficha Técnica de la ZEPA, indican que la especie tiene una población poco significativa respecto a la población nacional (entre el 0 y el 2% de la población nacional).

b. Mantener o incrementar los niveles poblacionales de Cigüeña blanca (Ciconia ciconia) en el área protegida [200 parejas reproductoras (±20%)]. Estos niveles, especificados en la Ficha Técnica de la ZEPA, indican que la especie tiene una población poco significativa respecto a la población nacional (entre el 0 y el 2% de la población nacional).

c. Mantener o incrementar los niveles poblacionales de Milano negro (Milvus migrans) en el área protegida [20 parejas reproductoras (±20%)]. Estos niveles, especificados en la Ficha Técnica de la ZEPA, indican que la especie está presente, aunque su población no es significativa respecto a la población nacional.

d. Mantener o incrementar los niveles poblacionales de Milano real (Milvus milvus) en el área protegida. Estos niveles, especificados en la Ficha Técnica de la ZEPA, indican que la especie está presente, aunque su población no es significativa respecto a la población nacional.

e. Mantener o incrementar los niveles poblacionales de Alimoche (Neophron percnopterus) en el área protegida [20 parejas reproductoras (±20%)]. Estos niveles, especificados en la Ficha Técnica de la ZEPA, indican que la especie tiene una población poco significativa respecto a la población nacional (entre el 0 y el 2% de la población nacional).

f. Mantener o incrementar los niveles poblacionales de Buitre leonado (Gyps fulvus) en el área protegida. Estos niveles, especificados en la Ficha Técnica de la ZEPA, indican que la especie está presente, aunque su población no es significativa respecto a la población nacional.

g. Mantener o incrementar los niveles poblacionales de Águila culebrera (Circaetus gallicus) en el área protegida. Estos niveles, especificados en la Ficha Técnica de la ZEPA, indican que la especie está presente, aunque su población no es significativa respecto a la población nacional.

h. Mantener o incrementar los niveles poblacionales de Águila real (Aquila chrysaetos) en el área protegida. Estos niveles, especificados en la Ficha Técnica de la ZEPA, indican que la especie está presente, aunque su población no es significativa respecto a la población nacional.

i. Mantener o incrementar los niveles poblacionales de Águila calzada (Hieraaetus pennatus) en el área protegida. Estos niveles, especificados en la Ficha Técnica de la ZEPA, indican que la especie tiene una población poco significativa respecto a la población nacional (entre el 0 y el 2% de la población nacional).

j. Mantener o incrementar los niveles poblacionales de Águila perdicera (Hieraaetus fasciatus) en el área protegida. Estos niveles, especificados en la Ficha Técnica de la ZEPA, indican que la especie está presente, aunque su población no es significativa respecto a la población nacional.

k. Mantener o incrementar los niveles poblacionales de Cernícalo primilla (Falco naumanni) en el área protegida [20 parejas reproductoras (±20%)]. Estos niveles, especificados en la Ficha Técnica de la ZEPA, indican que la especie tiene una población poco significativa respecto a la población nacional (entre el 0 y el 2% de la población nacional).

l. Mantener o incrementar los niveles poblacionales de Halcón peregrino (Hieraaetus peregrinus) en el área protegida. Estos niveles, especificados en la Ficha Técnica de la ZEPA, indican que la especie está presente, aunque su población no es significativa respecto a la población nacional.

m. Mantener o incrementar los niveles poblacionales de Búho real (Bubo bubo) en el área protegida. Estos niveles, especificados en la Ficha Técnica de la ZEPA, indican que la especie está presente, aunque su población no es significativa respecto a la población nacional.

n. Mantener o incrementar los niveles poblacionales de Chotacabras gris (Caprimulgus europaeus), Martín pescador (Alcedo atthis), Totovía (Lullula arborea), Collalba negra (Oenanthe leucura) y Curruca rabilarga (Sylvia undata), en el área protegida. Estas especies son comunes en la zona pero su población no es significativa respecto a la población nacional.

o. Preservar la diversidad genética del patrimonio natural, garantizando la conservación de las especies de fauna silvestre, en especial las autóctonas.

p. Reducir la mortalidad de la avifauna por colisión con los tendidos eléctricos y por el uso de pesticidas.

q. Asegurar y compatibilizar el aprovechamiento de los recursos acuícolas con el mantenimiento de los recursos naturales.

r. Evitar en la medida de lo posible la introducción de poblaciones de especies exóticas o variedades de éstas.

s. Complementar las medidas contenidas en los Planes de Conservación del Hábitat del Águila Perdicera y del Buitre Negro en Extremadura, y en el Plan de Recuperación del Águila Imperial Ibérica y Plan de Recuperación del Lince Ibérico.

t. Conocer y evaluar el estado de conservación de las poblaciones de aves incluidas en el Anexo I de la Directiva de Aves y de las especies incluidas en el Anexo II y IV de la Directiva de Hábitats, así como de sus hábitats.

Objetivos de conservación de los hábitats:

Los objetivos específicos de conservación de hábitats de interés comunitario, importantes a su vez para la conservación de las especies de aves, son:

a. Mantener, al menos, el estado de conservación global de los hábitats (Robledales de Quercus faginea, Bosques de Quercus suber) calificado como “Excelente” en la Ficha Técnica de la ZEPA, en función de su cobertura, representatividad, superficie relativa y estado de conservación.

b. Mantener, al menos, el estado de conservación global de los hábitats (Estanques temporales mediterráneos, Brezales oromediterráneos endémicos con aliga, Matorrales termo-mediterráneos y predesérticos, Zonas subestépicas de gramíneas y anuales (Thero-Brachypodietea, Dehesas perennifolias de Quercus spp., Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica, Galerías ribereñas termomediterráneas (Nerio-Tamaricetea) y del Sudoeste de la Península Ibérica (Securinegion tinctoriae), Bosques de Quercus ilex.), calificado como “Bueno” en la Ficha Técnica de la ZEPA, en función de su cobertura, representatividad, superficie relativa y estado de conservación.

c. Conservar o incrementar las superficies de estos hábitats en el área protegida:

— Superficie de referencia del hábitat “Estanques temporales mediterráneos en la ZEPA: 9,810 (±10%) ha.

— Superficie de referencia del hábitat “Brezales oromediterráneos endémicos con aliga” en la ZEPA: 0,025 (±10%) ha.

— Superficie de referencia del hábitat “Matorrales termo-mediterráneos y predesérticos” en la ZEPA: 3.064,760 (±10%) ha.

— Superficie de referencia del hábitat “Zonas subestépicas de gramíneas y anuales (Thero-Brachypodietea)” en la ZEPA: 17.576,107 (±10%) ha.

— Superficie de referencia del hábitat “Dehesas perennifolias de Quercus spp.” en la ZEPA: 589,8 (±10%) ha.

— Superficie de referencia del hábitat “Prados con molinas sobre sustratos calcáreos y arcillosos (Eu-Molinion)” en la ZEPA: 23.089,380 (±10%) ha.

— Superficie de referencia del hábitat “Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica” en la ZEPA: 0,025 (±10%) ha.

— Superficie de referencia del hábitat “Robledales de Quercus faginea (Península Ibérica)” en la ZEPA: 138,315 (±10%) ha.

— Superficie de referencia del hábitat “Galerías ribereñas termomediterráneas (Nerio-Tamaricetea) y del Sudoeste de la Península Ibérica (Securinegion tinctoriae)” en la ZEPA: 0,020 (±10%) ha.

— Superficie de referencia del hábitat “Bosques de Quercus suber” en la ZEPA: 395,180 (±10%) ha.

— Superficie de referencia del hábitat “Bosques de Quercus ilex” en la ZEPA: 129,472 (±10%) ha.

d. Determinar el estado de conservación del hábitat “Prados con molinas sobre sustratos calcáreos y arcillosos (Eu-Molinion)”.

e. Favorecer el desarrollo y equilibrio de los sistemas naturales.

f. Conservar los hábitats naturales y ecosistemas.

g. Mantener la integridad estructural y el patrón de distribución en mosaico de los hábitats típicos del paisaje mediterráneo.

h. Potenciar la conectividad ecológica del Área Protegida, con el fin de facilitar el intercambio genético y la expansión de las poblaciones con otras zonas.

i. Fomentar el manejo tradicional de los recursos forestales.

j. Proteger y mantener mediante extracciones sostenibles, los recursos forestales con el fin de pasar éstos a futuras generaciones.

k. Impedir el desarrollo de planes de reforestación con especies alóctonas.

l. Favorecer la gestión sostenible de las explotaciones ganaderas.

m. Compatibilizar el uso de labores apícolas, agrícolas y ganaderas con el mantenimiento de los ecosistemas.

n. Conservar y mantener la productividad de los suelos y evitar las actuaciones que conlleven la pérdida de suelo fértil, especialmente en las áreas de vocación forestal.

o. Recuperar las áreas degradadas, aquéllas cuyos suelos se encuentren alterados, degradados o contaminados a causa de la actividad a que han sido sometidos, así como aquéllas donde los procesos erosivos sean intensos.

Objetivos de conservación de los embalses, cauces de ríos y riberas:

— Conseguir y mantener un adecuado nivel de calidad de las aguas evitando cualquier actuación que pueda ser causa de su degradación.

— Impedir la acumulación de compuestos tóxicos o peligrosos capaces de contaminar las aguas subterráneas.

— Regular los aprovechamientos y vigilar las captaciones de aguas para contribuir a alcanzar la adecuada protección medioambiental.

— Limitar el desvío de cauces, permanentes, temporales o de escorrentía, de manera artificial, por tiempo limitado o permanente.

— Vigilar y controlar la riqueza acuícola del espacio.

— Cumplir con los objetivos recogidos en la Directiva Marco del Agua.

Objetivos de conservación del paisaje:

— Evitar y/o minimizar los impactos paisajísticos producidos por las actividades que se pretendan desarrollar en el espacio.

— Recuperar las características paisajísticas de las zonas degradadas por actividades desarrolladas anteriormente.

— Preservar la diversidad paisajística existente en la zona.

— Evitar y/o minimizar los impactos producidos por las infraestructuras que se pretendan implantar.

— Recuperar las zonas degradadas por las infraestructuras existentes.

7. ZONIFICACIÓN

La zonificación del territorio se ha llevado a cabo en función de las medidas de conservación establecidas, entre las que se recogen una serie de usos, aprovechamientos y/o actividades, que por su impacto sobre determinados hábitats y especies se clasifican de manera preventiva como incompatibles.

7.1. ZONA DE ALTO VALOR NATURAL.

Son aquellas zonas del Área Protegida con mayor calidad biológica por contener en su interior los elementos bióticos más frágiles, amenazados o representativos.

Las Zonas de Alto Valor Natural se definen apoyándose en los siguientes criterios para determinar sus especiales valores naturales:

— Fauna:

• Presencia de áreas críticas para la supervivencia de las especies consideradas de interés comunitario o que acogen elevadas densidades de las mismas.

— Flora y Vegetación:

• Presencia de áreas críticas para las especies incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura.

• Presencia de poblaciones destacables de especies endémicas.

Por consiguiente se han delimitado como tal las siguientes zonas: Sierra de Peloche-Cerro Corchito:

Incluye la zona comprendida por el límite descrito a partir del punto de coordenadas (313485, 4341115) y cota 500 m.s.n.m. situado sobre el propio límite de la ZEPA, desde el cual continúa en dirección Suroeste por la propia cota de 500 m.s.n.m. que no abandona hasta el punto de coordenadas (315063, 4339505) situado en el camino rural que atraviesa la sierra uniendo Peloche con la carretera comarcal BA-7114.

A partir del punto de coordenadas (315063, 4339505) la Zona de Alto Valor Natural continúa por dicho camino hasta que éste se cruza con el límite de la ZEPA, en el punto de coordenadas (314844, 4338916), por el cual se cierra la zona llegando de nuevo al punto de coordenadas (313485, 4341115).

Zona de ribera de la desembocadura del río Guadalupejo en el embalse de Valdecaballeros: Esta zona incluye el Dominio Público Hidráulico y los bosques de galería asociados al mismo en torno a la cola del embalse de Valdecaballeros, y la desembocadura de los ríos Silvadillo y el Guadalupejo.

El límite comienza en el punto de coordenadas (312282, 4351153) sobre el límite de la Zona de Uso Tradicional “Río Guadalupejo-Silvadillo” y se extiende hacia el Norte bordeando el bosque de galería de la cola del embalse de Valdecaballeros y el río Guadalupejo.

En el punto de coordenadas (312765, 4354370), a la altura de la desembocadura del río Silvadillo, el límite intercepta este río pasando al punto de coordenadas (312774, 4354441). Una vez en este punto el límite sigue la zona ribereña del Guadalupejo en dirección Norte.

En los puntos de coordenadas (313392, 4356733) y (313513, 4356671) el límite pasa el cauce del Guadalupejo por un camino y comienza a discurrir en dirección Sur incluyendo las áreas de vegetación de las riberas hasta el punto de coordenadas (313994, 4351492) sobre el límite de la Zona de Uso Tradicional “Río Guadalupejo-Silvadillo” por el cual continúa en dirección Oeste hasta el punto de coordenadas inicial (312282, 4351153) cerrando la zona descrita.

7.2. ZONA DE USO TRADICIONAL.

Está formada por aquellas zonas con un grado de conservación excelente y una alta calidad. Se corresponde con áreas sometidas a aprovechamientos agroganaderos y forestales de carácter extensivo, en las que, de forma general, deberán preservarse estos aprovechamientos.

Se han delimitado como tal las siguientes zonas:

Sierra de los Golondrinos-Sierra de Consolación-Sierra del Chamorro:

Se extiende a continuación de la Zona de Alto Valor Natural “Sierra de Peloche-Cerro Corchito” abarcando junto con ésta la franja situada más al Sur del territorio de la ZEPA.

Su límite comienza en el punto de coordenadas (314844, 4338916), situado sobre el límite de la ZEPA, coincidiendo con el camino que atraviesa la sierra uniendo Peloche con la carretera comarcal BA-7114. Por dicho camino continúa unos metros en dirección Norte hasta llegar al punto de coordenadas (314884, 4339339) y cota 600 m.s.n.m.

Desde el punto de coordenadas (314884, 4339339) continúa en dirección Este, surcando sin abandonar la cota 600 m.s.n.m. las laderas Norte de la Sierra de los Golondrinos, la Sierra de la Consolación y la Sierra del Chamorro, hasta llegar al punto de coordenadas (329902, 4332685) situado en las inmediaciones del Alto de la Cueva.

Desde el punto de coordenadas (329902, 4332685) el límite de esta zona de uso limitado continúa por el camino rural proveniente de la Casa de los Canchos hasta el punto de coordenadas (329726, 4332540) sobre el límite de la propia ZEPA.

Desde dicho punto (329726, 4332540) continúa en dirección Noroeste por el límite de la ZEPA cerrándose en el punto de coordenadas (314844, 4338916).

Río Guadalupejo-Silbadillos:

Abarca la zona comprendida por el límite descrito desde el punto de coordenadas (311104, 4352442) situado sobre el límite de la ZEPA y sobre un camino de acceso a la antigua Central Nuclear de Valdecaballeros. El límite discurre por este camino hasta el punto de coordenadas (311319, 4352501) en el cual intercepta con la Zona de Uso General que constituye la antigua Central de Valdecaballeros, continuando por su límite hasta el punto de coordenadas (312282, 4351153).

En esa coordenada (312282, 4351153) el límite sigue por la margen Sur del Arroyo de Valdefuentes en dirección Este y en el punto de coordenadas (313176, 4350948) cruza el embalse de Valdecaballeros y se sitúa en el punto (313575, 4351243).

A partir de la coordenada (313575, 4351243) el límite continúa por la margen Sur del arroyo que desemboca en ese punto hasta que se sitúa en el punto de coordenadas (315833, 4352049) sobre el límite de la ZEPA, continuando en dirección Norte por dicho límite hasta el punto de coordenadas (311104, 4352442) inicial.

Cola del Embalse García Sola o Puerto Peña:

El límite de esta zona parte desde el punto de coordenadas (328900, 4341482) y cota 560 m.s.n.m., situado sobre el límite de la ZEPA en las inmediaciones del Puerto de las Navas. Desde este punto desciende por uno de los arroyos de cabecera del río Benazaire hasta el punto de coordenadas (327787, 4342289) desde donde comienza a discurrir por camino rural procedente del paraje Puerto Nava.

Desde dicho punto de coordenadas (327787, 4342289) el límite de esta zona continúa en dirección Norte por el camino rural citado hasta el punto de coordenadas (327877, 4345822), atravesando en este trayecto el cauce principal del río Benazaire en el punto de coordenadas (328063, 4343183).

Desde el punto de coordenadas (327877, 4345822) continúa en dirección Este, por la cota 540 m.s.n.m. hasta el punto de coordenadas (327132, 4345665) sobre el camino que viene del Collado de la Cigüeña en dirección a las Casas de Rompealbarda. Una vez en el punto (322875, 4345755) en las Casas de Rompealbarda, el límite continúa por el camino por el que discurría hasta el punto de coordenadas (321891, 4346806) que se corresponde con el kilómetro 222 de la carretera N-503.

Desde el punto (321891, 4346806) continúa dirección Norte por la carretera N-503, cruzando el embalse de García Sola hasta que intercepta en el punto de coordenadas (321641, 4347917) con el límite de la ZEPA.

A partir de ese punto continúa dirección Norte por el límite de la ZEPA hasta el punto (328900, 4341482) de inicio de esta Zona de Uso Tradicional.

Desembocadura del Arroyo Pelochejo:

El límite de esta zona empieza en el punto de coordenadas (318085, 4340104) sobre la cota 400 m.s.n.m por la cual discurre en dirección Este hasta el punto (318409, 4339792). En esta coordenada (318409, 4339792) el límite pasa al punto de coordenadas (318700, 4339792) sobre la misma cota que sigue hasta la coordenada (318869, 4339913).

En ese punto (318869, 4339913) el límite continúa por la zona de valle interceptando el cauce del Arroyo Pelochejo en los puntos (319052, 4340200) y (319101, 4340273).

Desde la última coordenada pasa al punto (319043, 4340370) situándose sobre la cota 380 m.s.n.m., por la cual discurre hasta el punto (318287, 4340279) desde el que cierra la zona delimitada al unirse al punto de coordenadas inicial (318085, 4340104).

7.3. ZONA DE USO COMÚN.

Son aquellas áreas de la ZEPA en las que las características del medio natural permiten la compatibilización de su conservación con actividades agroganaderas no extensivas, permitiéndose un moderado desarrollo de servicios y proyectos que repercutan en la mejora de la calidad de vida de los habitantes de la zona.

Con carácter general, se considera como zonas de uso común el resto de la superficie del Área Protegida no incluida dentro de las demás categorías.

7.4. ZONA DE USO GENERAL.

Son aquellas áreas con mayor nivel de antropización del ámbito de aplicación del presente Plan.

Se clasifican como zonas de uso general aquellas áreas incluidas bajo el régimen de suelo urbano y urbanizable de los municipios incluidos dentro de los límites de la ZEPA, que son:

— Herrera del Duque.

— Valdecaballeros.

— Antigua central nuclear.

Se considerarán zonas de uso general las futuras ampliaciones del régimen de suelo urbano y urbanizable derivadas de las modificaciones de los Planeamientos Urbanísticos de los municipios que conforman el Área Protegida.

Además de las pedanías (como Peloche) incluidas dentro de los límites de la ZEPA, también se consideran dentro de esta categoría la red de carreteras actuales y su ámbito de afección.

8. REGULACIÓN DE ACTIVIDADES

La regulación de las actividades en las Zonas Red Natura 2000 se efectúa a través de un régimen jurídico propio, contemplado en el artículo 56 quater de la Ley 8/1998, de 26 de junio, desarrollado en cumplimiento de la normativa nacional y comunitaria que regula la Red Natura 2000.

Asimismo, determinadas actividades, al igual que en el resto del territorio extremeño, requerirán una autorización de la Dirección General del Medio Natural, y otras deberán someterse al procedimiento administrativo de Evaluación de Impacto Ambiental.

La designación como ZEPA de “Puerto Peña-Los Golondrinos” somete a este área protegida al Régimen Jurídico por el que se regulan las Zonas de la Red Natura 2000, desarrollado en el Capítulo VI del Título III de la Ley 8/1998, de 26 de junio, así como al resto de normativa nacional o comunitaria relativa a la Red Natura 2000.

8.1. INFORMES DE AFECCIÓN A LA RED NATURA 2000.

8.1.1. Usos o actividades que no requieren Informe de Afección.

Se podrán seguir llevando a cabo, de manera tradicional, los usos o actividades agrícolas, ganaderas y forestales que vinieron desarrollándose en estos lugares, siempre y cuando no deterioren los hábitats, ni provoquen alteraciones que repercutan en las especies que hayan motivado la declaración de estas zonas.

En concreto, el presente Plan de Gestión contempla como usos o actividades que no requieren Informes de Afección, además de las indicadas en el párrafo anterior, las siguientes:

— Los sistemas de cultivo extensivos tradicionales.

— Los aprovechamientos ganaderos extensivos.

— La recolección de recursos silvestres (criadillas, espárragos, setas, madroños u otros frutos o hierbas medicinales o gastronómicas que no estén en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, ni en el Anexo II Directiva de Hábitats) con fines de autoconsumo y no con fines industriales.

— Las actividades de pesca en las zonas permitidas.

— Actividades deportivas o recreativas organizadas o no, en las zonas de uso tradicional, común y general.

— Actividades organizadas de educación ambiental en las zonas de uso tradicional, común y general.

— Proyectos o actividades de investigación, en las zonas de uso común y general.

— La restauración, rehabilitación y/o acondicionamiento de instalaciones agrarias existentes, en las zonas de uso común y general, siempre que no nidifiquen en ellas especies de aves del Anexo I de la Directiva de Aves, y no supongan una modificación sustancial de las dimensiones de estas instalaciones.

8.1.2. Usos o actividades que requieren Informe de Afección:

Usos que bajo determinadas condiciones pueden ser tolerados por el medio natural sin un deterioro apreciable de sus valores.

De acuerdo con el artículo 56 quater de la Ley 8/1998, de 26 de junio, la realización de proyectos, actuaciones o actividades no contempladas en el apartado anterior, incluyendo la realización de cualquier tipo de construcción, requerirá la previa valoración de sus efectos sobre los hábitats o especies que han motivado la declaración de la Zona Red Natura 2000.

El procedimiento será el siguiente:

— Remisión del proyecto, actividad o actuación a la Dirección General del Medio Natural.

En estos casos, el promotor del proyecto, actuación o actividad, a través del órgano sustantivo, remitirá al órgano ambiental competente una copia del proyecto o bien una descripción de la actividad o actuación.

— Pronunciamientos del Informe de Afección a la Red Natura 2000.

En función de los efectos que se prevean y de su trascendencia sobre los valores naturales de la Zona de la Red Natura 2000, la Dirección General del Medio Natural emitirá un informe de afección que contendrá alguno de los siguientes pronunciamientos:

a) Si entendiera que la acción pretendida no es susceptible de afectar de forma apreciable al lugar, o estimara que las repercusiones no serán apreciables mediante la adopción de un condicionado especial, informará al órgano sustantivo para su consideración e inclusión de dicho condicionado en la resolución. Este condicionado especial puede concretarse mediante medidas de conservación específicas para el proyecto, actuación o actividad, incluidas en el informe de afección.

b) Si considerara que la realización de la acción pudiese ocasionar efectos negativos importantes y significativos, dispondrá su Evaluación de Impacto Ambiental, salvo que de acuerdo con lo regulado por la legislación sectorial existente en la materia, la actuación ya estuviera sometida a la misma.

— Plazos y silencio administrativo en el procedimiento de emisión de Informes de Afección a la Red Natura 2000.

El plazo para emitir el informe de afección al que se refiere este apartado será de tres meses. De no emitirse el informe en el plazo establecido se entenderá que es positivo.

8.2. AUTORIZACIONES.

En el ámbito de aplicación del presente Plan de Gestión las actividades o usos sometidos a autorización tendrán la misma regulación que en el resto de la Comunidad de Extremadura, y serán aquellas recogidas en el Título IV de Biodiversidad de la Ley 8/1998, de 26 de junio, y en la legislación sectorial de carácter nacional o autonómico.

— Informe de Afección en actividades, obras, instalaciones o proyectos sometidos a autorización por la Dirección General del Medio Natural.

La Ley 8/1998, de 26 de junio, regula en su Título IV de Biodiversidad, determinadas actividades sometidas a autorización del órgano competente en materia de Medio Ambiente, para todo el territorio extremeño, a fin de garantizar la conservación y protección de las especies incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de marzo), y sus hábitats naturales. Del mismo modo algunas de las disposiciones de esta Ley también incluyen supuestos autorizables.

De acuerdo con el Título IV de Biodiversidad y alguna de las disposiciones de la Ley 8/1998, de 26 de junio, se someterán a autorización por la Dirección General del Medio Natural:

• La introducción, reintroducción de especies o reforzamiento de poblaciones en el medio natural (artículo 57.3 de la Ley 8/1998, de 26 de junio).

• La instalación y/o reposición de vallas o cierres de terrenos rurales de acuerdo con el artículo 57.4 de la Ley 8/1998, de 26 de junio, y su normativa de desarrollo, sin perjuicio de las establecidas para los cerramientos cinegéticos por su legislación específica.

• Actuaciones relacionadas con especies incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (artículo 59.5 de la Ley 8/1998, de 26 de junio).

• Control, captura o eliminación de especies de fauna silvestre no susceptibles de aprovechamiento cinegético o piscícola cuando éstas generen los daños (artículo 61.2 de la Ley 8/1998, de 26 de junio).

• Actuaciones relacionadas con la utilización o liberación de organismos modificados genéticamente (apartados B y C del artículo 63 de la Ley 8/1998, de 26 de junio).

• La naturalización de especies incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura destinada a organismos con fines edu cativos o de investigación (punto 2 de la disposición adicional cuarta de la Ley 8/1998, de 26 de junio).

• La posesión de algún animal vivo o disecado perteneciente a especies silvestres no clasificadas como especies cazables ni pescables (disposición transitoria quinta de la Ley 8/1998, de 26 de junio).

En estas actividades el Informe de Afección a la Red Natura 2000 se tramita en el mismo procedimiento administrativo que la autorización, que debe incluir las afecciones a la Red Natura 2000.

— Informe de Afección en actividades, obras, instalaciones o proyectos sometidos a autorización por otras Administraciones.

Para la concesión del resto de autorizaciones sectoriales, el órgano sustantivo solicitará a la Dirección General del Medio Natural el “Informe de Afección a la Red Natura 2000”, que será preceptivo y vinculante, y que quedará incluido en dicha autorización.

8.3. EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL.

Se someterán al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental todos aquellos proyectos recogidos en la normativa básica y sectorial aplicable al respecto. El marco legal básico es el contenido en el epígrafe correspondiente de Evaluación de Impacto Ambiental, dentro del Anexo III “Marco Normativo” de este Plan de Gestión.

Por otro lado, el Informe de Afección a la Red Natura 2000 emitido por la Dirección General del Medio Natural podrá disponer la obligación de someter al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental determinadas actividades, obras, instalaciones o proyectos, si se considerase que la ejecución de la actividad puede ocasionar efectos importantes y significativos sobre la Zona Red Natura 2000.

Asimismo, serán de aplicación, cuando establezcan condiciones al respecto, los contenidos de la normativa de desarrollo promulgada en cumplimiento del Decreto 37/2000, de 6 de marzo, del Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (Planes de Recuperación, Planes de Manejo del Hábitat, etc.) en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Con carácter general y básico, en todo el ámbito de la ZEPA Puerto Peña-Los Golondrinos, las actividades sometidas al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental serán aquéllas que se contemplan en la legislación más restrictiva susceptible de aplicación y establecida a tal efecto.

Informe de Afección en las actividades y proyectos sometidos a Evaluación de Impacto Ambiental:

En todo caso, en los proyectos o actividades sujetos a Evaluación de Impacto Ambiental, ya sea por la legislación estatal o autonómica específica en esta materia, o bien por así disponerlo el Informe de Afección, este último formará parte del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.

Medidas Compensatorias en actividades y proyectos sometidos a Evaluación de Impacto Ambiental:

Ley 42/2007, de 13 de diciembre, define “Medidas Compensatorias” como: medidas específicas incluidas en un plan o proyecto, que tienen por objeto compensar, lo más exactamente posible, su impacto negativo sobre la especie o el hábitat afectado.

En los casos en los que una actividad o proyecto se someta a Evaluación de Impacto Ambiental, además de las específicas medidas de conservación, el informe de afección podrá incluir la adopción de medidas compensatorias durante el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 45 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.

Naturaleza del Informe o Declaración de Impacto Ambiental:

En el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, el informe desfavorable emitido por el órgano ambiental competente, impedirá la realización de cualquier actividad, proyecto o actuación; pero el carácter favorable del mismo no exime ni prejuzga el cumplimiento de otra normativa sectorial aplicable o la necesidad de otorgamiento de otras licencias o autorizaciones.

8.4. EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA.

Cualquier plan o programa que, sin tener relación directa con la gestión del lugar o sin ser necesario para la misma, pudiera afectar de forma apreciable al Área Protegida, ya sea individualmente o en combinación con otros planes, se someterá a una adecuada evaluación de sus repercusiones en el área, de acuerdo con el apartado 4 del artículo 45 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.

La evaluación de las repercusiones de estos planes y programas se realizará a través del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica conforme a la legislación sectorial que lo regule.

Informe de Afección en la Evaluación Ambiental Estratégica:

El Informe de Afección a la Red Natura 2000 formará parte del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica.

Medidas Compensatorias de los Planes o Programas sometidos a Evaluación Ambiental Estratégica:

En la Evaluación Ambiental Estratégica de Planes y Programas, además de las medidas de conservación específicas, el informe de afección podrá incluir la adopción de medidas compensatorias durante el procedimiento de Evaluación Ambiental de Planes y Programas, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 45 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre.

9. MEDIDAS Y DIRECTRICES DE CONSERVACIÓN

El Plan de Gestión de la ZEPA “Puerto Peña-Los Golondrinos” establece unas medidas de conservación que ayuden a orientar el desarrollo de las actividades y aprovechamientos de manera que se logre la compatibilidad de éstos con la conservación de los hábitats y especies que motivaron la declaración de estas zonas.

9.1. MEDIDAS DE CONSERVACIÓN RELATIVAS A LA ZONIFICACIÓN.

9.1.1. Zona de alto valor natural.

Medidas de conservación:

— No se realizarán trabajos en la cola de los embalses y charcas desde el 15 de agosto a últimos de septiembre por ser áreas de concentración postnupcial de la Cigüeña Negra.

— La circulación de cualquier tipo de vehículo se limitará a los caminos, pistas, carreteras o cualquier otro tipo de vía pública, salvo que se cuente con un informe de afección positivo que permita la circulación por otros lugares. Para labores agropecuarias o de gestión se podrá circular por todo el ámbito del área.

— No se realizarán aterrazamientos en pendientes acusadas y suelos forestales para reducir los efectos de la erosión.

— Las actividades deportivas o recreativas organizadas y de educación ambiental requerirán el correspondiente informe de afección.

— Es incompatible en esta zona:

• En el Risco de Peloche, las actividades deportivas, entre ellas la escalada, y todas aquellas actividades molestas que puedan afectar a la reproducción de especies protegidas.

• La instalación de antenas de telecomunicación.

• El trazado de nuevas líneas eléctricas.

• La ubicación de instalaciones de producción de energía eléctrica, como centrales de ciclo combinado, térmicas y parques eólicos, termosolares y fotovoltaicos.

• La construcción de edificaciones de nueva planta.

• La actividad extractiva (canteras, graveras o cualquier otra actividad minera) o que implique alteración de las formas o relieve.

• Los aprovechamientos maderables, pudiéndose realizar únicamente tratamientos silvícolas con fines de protección y conservación.

• El tránsito de vehículos no autorizados ligados al uso agroganadero de las fincas y la gestión del área protegida fuera de las pistas y caminos.

9.1.2. Zona de uso tradicional.

Medidas de conservación:

— Se planificará en el tiempo, cualquier intervención que pudiera ser origen de impacto negativo sobre la avifauna de interés comunitario presente en el espacio, de forma que se aminoren o eviten los impactos negativos realizando una temporalización de los trabajos adecuada al ciclo biológico de dichas especies.

— Del mismo modo, en el caso de proyectarse alguna actuación que pudiera interferir en la actividad de los murciélagos en la mina la Mineta o sus inmediaciones, ésta se realizará fuera del periodo de hibernación y la época de cría.

— La restauración, rehabilitación y/o acondicionamiento de instalaciones agrarias existentes será prioritaria frente a la construcción de nuevas. Las obras de mejora y mantenimiento en ningún caso podrán suponer una modificación del carácter de la edificación, un aumento del tamaño de la misma por encima de  los parámetros establecidos en el informe de afección correspondiente o la alteración de la tipología edificatoria.

— Para minimizar los impactos de las construcciones:

• El tipo de construcción, diseño y composición se adecuará al entorno rural en que se ubica. Se utilizarán materiales, colores y texturas de tipología rústica y tradicional de la zona para minimizar el impacto visual.

• La distribución eléctrica desde el transformador hasta la parcela será enterrada. En caso de no poder ser así, se realizará de forma que su visibilidad sea mínima desde caminos o carreteras. Se recomienda que los apoyos sean de hormigón o de madera.

• En el caso de existir especies protegidas nidificantes en la zona, todos los trabajos se realizarán fuera del periodo sensible de la especie en cuestión.

• Se respetará la vegetación autóctona. Se solicitará autorización en caso de que sea imprescindible la corta de arbolado.

— La circulación de cualquier tipo de vehículo se limitará a los caminos, pistas, carreteras o cualquier otro tipo de vía pública, salvo que se cuente con un informe de afección positivo que permita la circulación por otros lugares. Para labores agropecuarias o de gestión se podrá circular por todo el ámbito del área.

— Las actuaciones que supongan un recorte o modificación en la forma en la que el agua circula por los cauces de la ZEPA requerirán el mantenimiento del caudal ecológico.

— En relación a las repoblaciones:

• Las repoblaciones deberán realizarse con especies autóctonas de árboles y arbustos, siempre acordes con la serie de vegetación potencial a la que corresponda la zona en cuestión.

• No se autorizarán reforestaciones que supongan la alteración de “hábitats prioritarios” recogidos en el Anexo I de la Directiva de Hábitat o zonas de reproducción de especies recogidas en el Anexo I de la Directiva de Aves.

• Como norma general no se podrán usar productos químicos en las labores de mantenimiento de las reforestaciones.

• Las labores se realizarán siguiendo las curvas de nivel, nunca a favor de pendiente, y en periodos en que la tierra se encuentre con buen tempero, nunca se trabajará con el suelo encharcado.

• Se dejarán sin labrar las zonas de vaguada, así como los cinco primeros metros de ambas márgenes de los cursos de agua continuos o discontinuos existentes.

• No se actuará bajo la cubierta del arbolado autóctono.

• Para disminuir el impacto visual, la altura y color de los protectores deberán minimizar el posible impacto visual.

• Los trabajos preparatorios se realizarán siguiendo las curvas de nivel y en zonas de pendiente se dejarán entrefajas con cubierta protectora o bien sólo se realizará el subsolado por curvas de nivel.

• Los cerramientos de las áreas reforestadas tendrán carácter temporal.

• Con objeto de diversificar la masa futura se fomentará incluir una pequeña proporción de otras especies autóctonas (madroño, lentisco, acebuche, piruétano...) en rodales, lindes o pies sueltos, seleccionando siempre la zona más apta dentro de la parcela para estas especies.

— En zonas de dehesa se fomentarán las densificaciones con protectores individuales y métodos de trabajo puntuales.

— No se realizarán aterrazamientos en pendientes acusadas y suelos forestales para reducir los efectos de la erosión.

— Los cambios de cultivo no se podrán realizar en caso de presencia de hábitats naturales y/o prioritarios de alto valor ecológico o escasa distribución en la región. En el caso de que las condiciones edáficas y ecológicas lo permitan:

• Se conservarán las paredes y bancales de piedra; así como vegetación de pequeños cursos de agua, setos y linderos, zonas de refugio y alimentación de anfibios y reptiles.

• Se respetarán los pies que posea huecos o grietas o pequeña agrupación dominante, ya que pueden albergar nidos de rapaces, pícidos o ser refugio de murciélagos.

— Los vallados y cerramientos se regirán por lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la Ley 8/1998, de 26 de junio, y la normativa autonómica específica que lo desarrolle.

— En los trabajos de mantenimiento y mejora de las carreteras y caminos se deberán conservar las riberas con la vegetación natural, evitando los vertidos de materiales tanto a las orillas como a los cauces.

— En el río Silvadillo no se podrán realizar actividades molestas que afecten a las especies protegidas en el periodo comprendido entre el 15 de agosto y finales de septiembre.

— De acuerdo con el artículo 61 de la Ley 8/1998, de 26 de junio, la Junta de Extremadura indemnizará los daños efectivamente causados a terceros o sus bienes por las especies incluidas en alguna de las categorías recogidas en los apartados a), b) y c) del artículo citado.

— Las tareas de desbroce:

• El desbroce será selectivo, respetando el matorral noble (madroño, labiérnago, lentisco, piruétano, cornicabra, espino negro...), así como las especies arbóreas autóctonas (encina, alcornoque, quejigo, acebuche, enebro...) y su regenerado.

• No se desbrozará en las vaguadas, zonas pedregosas, laderas y barrancos de elevada pendiente ni en las proximidades de nidos o madrigueras, así como en las márgenes de los cursos de agua continuos o discontinuos (respetando

5 metros a cada lado como mínimo y toda la vegetación de ribera). Es conveniente dejar algunas manchas de matorral las cuales servirán de refugio a la fauna salvaje y potenciarán el regenerado de encinas.

• Las labores de desbroce mecánico con pendientes superiores al 8% se realizarán siguiendo las curvas de nivel.

• Se recomienda el desbroce con desbrozadora de cadenas o martillo acoplada a la toma de fuerza del tractor, o con cualquier otro método manual o mecánico que no implique movimientos de tierra.

• Se recomienda dejar rodales de aproximadamente 20 metros de diámetro de matorral, con una densidad de 1-2 rodales/ha. Esta medida beneficiará a aquellas especies forestales que necesitan en su hábitat este tipo de cubierta, así como a las especies cinegéticas.

• Para zonas con pendientes mayores al 10-12%, se dejarán fajas de matorral sin desbrozar siguiendo las curvas de nivel, así como una pequeña franja alrededor de los afloramientos rocosos. Estas medidas darán refugio a la caza menor y a otras especies de fauna silvestre, además de atenuar procesos erosivos.

• Se recomienda no aproximarse excesivamente a los árboles con el fin de evitar daños al arbolado por roces, además de evitar labores profundas en las inmediaciones de éstos. No se deberá laborear bajo la copa del arbolado, realizando el desbroce de forma manual.

• Los restos y residuos de los trabajos, cuando supongan riesgos para la propagación de incendios, deberán ser eliminados en la misma campaña, no dejando combustible en la época de riesgos de incendios marcada en la orden anual del Plan INFOEX.

• En todo caso, estas actuaciones requerirán informe de afección a fin de adaptar las condiciones de ejecución de la actividad a las características medioambientales de la zona.

— No se realizarán trabajos en la cola de los embalses y charcas desde el 15 de agosto a últimos de septiembre por ser áreas de concentración postnupcial de la Cigüeña Negra.

— Serán actividades incompatibles en esta zona:

• La ubicación de instalaciones de producción de energía eléctrica, como centrales de ciclo combinado, térmicas y parques eólicos, termosolares y fotovoltaicos.

• La actividad extractiva (canteras, graveras o cualquier otra actividad minera) o que implique alteración de las formas o relieve.

• La quema de la vegetación como forma de manejo con fines agrícolas, ganaderos o forestales.

• La realización de pruebas deportivas con vehículos motorizados.

• Los cambios de uso de suelo de forestal a agrícola.

• La navegación.

9.1.3. Zona de uso común.

Medidas de conservación:

— La restauración, rehabilitación y/o acondicionamiento de instalaciones agrarias existentes será prioritaria frente a la construcción de nuevas.

— Características de las nuevas edificaciones y modificaciones:

• Deberán responder en su diseño y composición a las características predominantes del medio rural en que hayan de emplazarse. A tal fin, las actuaciones que se realicen, en este sentido, utilizarán materiales, colores y texturas de tipología rústica y tradicional en la zona.

• Deberán proyectarse considerando las características naturales del terreno donde se sitúen, y establecer medidas para minimizar su intrusión visual.

— En los trabajos de mantenimiento y mejora de las carreteras y caminos se deberán conservar las riberas con la vegetación natural, evitando los vertidos de materiales tanto a las orillas como a los cauces.

— La circulación de cualquier tipo de vehículo se limitará a los caminos, pistas, carreteras o cualquier otro tipo de vía pública, salvo que se cuente con un informe de afección positivo que permita la circulación por otros lugares. Para labores agropecuarias o de gestión se podrá circular por todo el ámbito del área.

— Nuevos tendidos eléctricos:

• Se regularán según el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

• Ante la concesión de autorizaciones para nuevos tendidos eléctricos, se considerarán preferentemente aquellos proyectos que incorporen medidas de integración paisajística, así como la posibilidad de hacerlos de forma subterránea y/o apoyados en el trazado de las carreteras, caminos o vías existentes.

Deberán incluir las características necesarias para minimizar su impacto sobre la avifauna en general y sobre la avifauna migradora en particular.

— Usos y aprovechamientos agrícolas-ganaderos:

• Aquellas tierras que no sean cultivadas, ni destinadas al pastoreo, ni al barbecho tradicional, ni a retirada de tierras, se deberán mantener en condiciones adecuadas de cultivo sin aplicar herbicidas. Sí se podrán realizar cuantas labores de mantenimiento sean precisas para la eliminación de malas hierbas y de vegetación invasora arbustiva y arbórea.

• La quema de rastrojos estará prohibida salvo por razones fitosanitarias y previa autorización del organismo competente. En cualquier caso, estará condicionada al cumplimento de las normas establecidas en materia de prevención de incendios.

• No se arrancarán olivos en recintos con pendiente media igual o superior al 15% sin la autorización expresa del órgano administrativo competente. Dicho arranque estará condicionado a que la protección contra la erosión proporcionada por el cultivo o aprovechamiento posterior sea como mínimo, similar a la aportada por los olivos arrancados.

• Se respetarán las normas para el mantenimiento de los olivares en buen estado vegetativo.

• No se aplicarán productos fitosanitarios, fertilizantes, lodos de depuradora, compost, purines o estiércoles, ni se limpiará la maquinaria empleada para estas aplicaciones sobre terrenos encharcados, ni sobre aguas corrientes o estancadas.

• Las explotaciones ganaderas en estabulación permanente o semipermanente dispondrán de tanques de almacenamiento o fosas, estercoleros y bolsas impermeabilizadas natural o artificialmente, estancos y con capacidad adecuada, en caso contrario deberán contar con la justificación del sistema de retirada de los estiércoles y/o purines de la explotación.

• Las nuevas explotaciones ganaderas requerirán el informe de afección siempre que lleven asociadas nuevas infraestructuras o impliquen aprovechamientos intensivos.

— La instalación de colmenas:

• El movimiento de tierra para la construcción de la explanación donde se colocarán las colmenas será el mínimo y necesario.

• La colmena siempre se situará por debajo de caminos o pistas, con el fin de que las abejas no causen molestias a los usuarios de estas vías.

• No podrán situarse las colmenas cerca de zonas donde afecten a la nidificación de especies protegidas.

• Se señalizarán convenientemente con carteles de “Peligro Colmenas”, que adviertan su presencia en caminos de acceso y en un radio de al menos 50m. Éstos se adecuarán al entorno.

• Se respetarán los pies mayores de las especies arbóreas. También se deberá tener cuidado de no dañar los pies de matorral.

— Se adecuará la carga de herbívoros (ganado doméstico y especies cinegéticas) de modo que se permita obtener una adecuada rentabilidad en la explotación ganadera, sin detrimento de los valores ambientales de la zona.

— Si fuera necesario, se instalarán barreras para evitar el paso del ganado a zonas de vegetación marginal.

— En los cambios de cultivo se respetarán los pies o pequeña agrupación dominante o que posea huecos o grietas, ya que pueden albergar nidos de rapaces, pícidos o ser refugio de murciélagos. Deberían ser señalados por los técnicos o agentes del medio natural.

— Se conservarán las paredes y bancales de piedra; así como la vegetación de pequeños cursos de agua, setos y linderos, zonas de refugio y alimentación de anfibios y reptiles; excepto por causas justificables previo informe de afección.

— De acuerdo con el artículo 61 de la Ley 8/1998, de 26 de junio, la Junta de Extremadura indemnizará los daños efectivamente causados a terceros o sus bienes por las especies incluidas en alguna de las categorías recogidas en los apartados a), b) y c) del artículo anterior.

9.1.4. Zona de uso general.

Esta zona se corresponde con las áreas de menor calidad relativa dentro del espacio protegido, y por tanto no incluyen elementos que sean objeto de medidas específicas de conservación. Por tanto, esta zona se regirá según la normativa básica por la que se regulan los espacios incluidos en la Red Natura 2000.

9.2. DIRECTRICES Y ACTUACIONES DE CONSERVACIÓN RELATIVAS A LOS ELEMENTOS CLAVES.

De acuerdo con la Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril, se deberán tomar las medidas adecuadas para evitar, dentro de las ZEPA, la contaminación o el deterioro de los hábitats así como las perturbaciones que afecten a las aves. En este sentido se determinan un conjunto de elementos clave, en base a los cuales se formularán medidas de conservación que garanticen el cumplimiento de esta norma.

Se seleccionan como elementos claves aquellas especies en virtud de las cuales se designó la ZEPA así como los hábitats importantes para su conservación. Estas especies presentan una elevada representatividad en el área protegida, son prioritarias en el ámbito europeo y/o están protegidas a nivel nacional y regional.

Se entiende por ámbito europeo si está incluido en algún Anexo de la Directiva de Hábitat (Anexo I y II) o Aves (Anexo I); estatal si está incluido en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas (CNEA); y regional si está incluido en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (CREA).

Se incluyen además como elementos clave el embalse de Puerto Peña, cauces de ríos y riberas, y el paisaje del área protegida, por tratarse de valores igualmente importantes y característicos de esta zona.

Para mantener las especies y los hábitats naturales presentes en este espacio protegido en un estado de conservación favorable, es necesario tener en cuenta todas las influencias del entorno que actúan sobre estos elementos con el fin de tomar las medidas oportunas.

En este sentido, existen una serie de factores o “amenazas” asociados a los elementos clave que los hacen más vulnerables. Por ello, se desarrollan a continuación unas directrices de conservación para cada elemento clave de manera que se contrarresten estas amenazas, así como unas actuaciones encaminadas a la consecución de los objetivos específicos.

9.2.1. Avifauna.

La ZEPA Puerto Peña-Los Golondrinos tiene un gran valor en lo que respecta a su avifauna. Las sierras y paredes rocosas dan refugio a valiosas especies de aves, entre las de menor tamaño figuran el roquero solitario, la collalba negra o el avión roquero, pero son las grandes rapaces junto con la cigüeña negra las protagonistas del espacio.

En él también están presentes un gran número de aves recogidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, como la comunidad de aves forestales que habitan en los bosques mediterráneos y de coníferas de la zona, en la que destacan las paseriformes.

La presencia de dehesas con aprovechamiento ganadero así como de la Reserva Regional de Caza del Cíjara, que limita hacia el Este con el espacio protegido, supone un aporte continuo y abundante de alimento para las rapaces. Además la Dirección General del Medio Natural tiene previsto la creación de una red de muladares para alimentar a los buitres negros, uno de ellos proyectado en esta zona.

Para el mantenimiento del hábitat de las rapaces, resulta imprescindible conservar tanto las áreas forestales, utilizadas para refugio y nidificación, como los espacios abiertos y en mosaico, que constituyen sus áreas de campeo.

 
Especie Nº parejas dentro de los limites 2007 Nº de parejas (incluyendo aquellas que nidifican fuera de la ZEPA, pero en sus proximidades)
Aquila adalberti 1 1
Aquila chrysaetos 2 4
Hieraaetus fasciatus   4
Ciconia nigra 2 7
Falco peregrinus 1 1
Gyps fulvus 4 25
Neophron pecnopterus 1 5
Aegypius monachus 3 6

Censo de rapaces llevado a cabo por la Dirección General del Medio Natural en el año 2007.

Amenazas:

— Transformaciones del hábitat y pérdida de lugares favorables de campeo, refugio y/o nidificación.

— Persecución directa y vandalismo.

— Mortalidad de aves por colisión con tendidos eléctricos.

— Presión cinegética sobre las poblaciones de presas.

— Molestias por turismo incontrolado y actividades deportivas.

— Falta de vigilancia y control.

— Vertidos urbanos y ganaderos.

— Disminución de la disponibilidad de recursos tróficos.

— Incendios forestales.

Directrices de gestión y conservación:

— Se fomentará la aplicación de medidas de gestión del hábitat encaminadas a lograr una estructura paisajística en mosaico, alternando espacios abiertos y espacios forestales, sobre todo mediante el mantenimiento de los márgenes, las áreas de pasto y las áreas arbustivas y de escasa cobertura vegetal.

— Se fomentarán las medidas de gestión del hábitat para la recuperación de las poblaciones de conejo dada la importancia de esta especie para la regeneración y restauración del hábitat del águila imperial y otras especies.

— Se mantendrán en la medida de lo posible los espacios ocupados por bosque y matorral mediterráneo, por ser los hábitats prioritarios de los murciélagos presentes considerados de interés comunitario.

— Se favorecerán los tratamientos silvícolas que rechacen el uso de productos fitosanitarios por su afección directa o indirecta sobre la fauna.

— Se favorecerá el mantenimiento de pies de especies arbóreas de clase diamétrica superior a 40 cm, por ser interesantes para las especies faunísticas de interés comunitario.

— Cuando resulte conveniente para la gestión de la fauna protegida, la Dirección General del Medio Natural podrá restringir la presencia humana en las áreas de cría.

— Se minimizarán los impactos causados por molestias en los refugios (principalmente en época de hibernación y cría).

— Se regulará la escalada y otras actividades deportivas como la navegación, en las áreas de nidificación y sus alrededores, en función del perímetro de máxima sensibilidad de cada especie.

— Se fomentará la información y las campañas formativas con el colectivo de cazadores, al objeto de favorecer la conservación y protección de las especies de interés comunitario presentes en el espacio.

— Cuando se detecten impactos negativos de las líneas eléctricas sobre la fauna, se buscarán las medidas necesarias para minimizar los riesgos de colisión y electrocución, y se promoverá su adaptación a otros de menor impacto.

— Se pondrá especial atención en la prevención y lucha contra incendios forestales, de forma que sean compatibles con el mantenimiento de los valores naturales del espacio.

— Se procurará ampliar el conocimiento general sobre las especies de interés regional y comunitario mediante estudios y programas de investigación.

— Se pondrá especial atención en detectar los déficits de vigilancia y se dotará de instrumentos necesarios para estas labores.

— En las áreas de nidificación de rapaces diurnas y cigüeña negra:

• Cuando resulte conveniente para la gestión de estas especies, la Dirección General del Medio Natural podrá restringir la presencia humana en las áreas de cría.

• En el caso de realizarse alguna actuación, se tomarán precauciones para que las obras se realicen fuera del periodo más sensible como es el celo y la cría. Plan de actuaciones:

— Estudio e investigación de especies incluidas en el Anexo I de la Directiva de Aves para conocer y evaluar el estado de conservación de las mismas y poder establecer planes de actuación en el caso de ser requeridos por dichas poblaciones.

— Recuperación y restauración de hábitats de especies amenazadas.

— Control y seguimiento de las poblaciones de rapaces existentes en la zona.

9.2.2. Hábitats de interés comunitario.

En la ZEPA encontramos 11 hábitats incluidos en el Anexo I de la Directiva de Hábitats (Directiva 92/43/CEE), siendo prioritarios los hábitats constituidos por estanques temporales mediterráneos y las zonas subestépicas de gramíneas y anuales*.
CÓD. HÁBITAT  SUPERFICIE (HAS)

ÍNDICE DE NATURALIDAD


Medio 1
Bueno 2
Excelente 3

3170* Estanques temporales mediterráneos.   9,81   9,81  
4090  Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga 0,03 0,02   0,01
5330  Matorrales Termo-mediterráneos y predesérticos  3064,76    3024,07  40,69
6220* Zonas subestépicas de gramíneas y anuales (Thero- Brachipodietea) 17576,11  2,84  393,93 17576,11
6310 Dehesas perennifolias de  Quercus .suber y/o Quercus ilex  23089,38   20653,93 2435,45
6410 Prados con molinias sobre sustratos calcáreos y arcillosos Eu-Molinion        
8220 Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica 0,03     0,03
9240 Robledales de Quercus fagínea (Península ibérica) 138,32      138,32
92D0 Galerías ribereñas termomediterráneas (Nerio-Tamaricetea) y del sudoeste de la península ibérica (Securingenion tinctoriae) 0,02    0,02  
9330  Bosques de Quercus suber 395,18      395,18
9340 osques de Quercus ilex 129,47 0,02 106,13 23,31

Las zonas subestépicas de gramíneas y anuales (6220, hábitat prioritario) es el más abundante, ocupando aproximadamente un 68,7% del territorio, seguido de las zonas de dehesas (11,3%) y de las zonas de matorral termomediterráneo (4,8%).

La información del estado actual de los hábitats procede del “Inventario Nacional de Hábitats de la Directiva 92/43 UE” (Ministerio de Medio Ambiente, 1997), disponible a escala 1:50.000:

— Este registro sólo incluye los hábitats de interés comunitario (Anexo I, Directiva de Hábitats 92/43/CEE), sin cartografiar otros hábitats que podrían ser de interés para la conservación de este espacio.

— La escala resulta insuficiente para delimitar con precisión la superficie ocupada por cada hábitat, en especial, aquellos con distribución dispersa y/o reducida, dificultando la toma de decisiones y la propuesta de medidas de conservación.

Principales amenazas:

— Intensificación y uso de herbicidas.

— Fragmentación.

— Destrucción de la vegetación natural.

— Cambios de uso inapropiados.

— Reducción y simplificación de setos.

— Prácticas forestales inapropiadas.

— Presión ganadera.

— Erosión.

Directrices de gestión y conservación:

— Se fomentará el mantenimiento estructural de las formaciones vegetales, evitando la simplificación de los hábitats, y manteniendo los setos e islas de vegetación natural entre cultivos, prados, etc.

— Se prestará especial atención a la conservación de la vegetación riparia, procurando su no afección y en caso de repoblación asegurando que ésta se realice con especies propias de la zona.

— Independientemente de la titularidad de los terrenos, las actuaciones de la Administración deberán ir encaminadas a la restauración, mejora y aprovechamiento ordenado de los montes, y su gestión técnica deberá ser acorde con las características del suelo, ecológicas y socioecómicas.

— Se preservarán los ecosistemas de las posibles alteraciones que pudieran modificar sus características y elementos bióticos, abióticos y socioculturales.

— Se preservarán los hábitats de las especies migratorias, amenazadas o en peligro de extinción.

— Se promoverá una marca de calidad que resalte los productos agrarios y artesanales elaborados de forma sostenible en este espacio de la Red Natura 2000.

— Se favorecerán los aprovechamientos tradicionales que sean susceptibles de ser acogidos por el medio y sean compatibles con la conservación de las especies y sus hábitats como es el caso de la apicultura.

— Se fomentará la ganadería extensiva ordenada y el mantenimiento de pastos como herramienta de gestión de la vegetación y del paisaje, con el objetivo de mejorar los hábitats de las especies de interés.

— En explotaciones ganaderas se prestará especial atención a su correcta localización, depuración de vertidos y control sanitario e higiénico.

— Se potenciará la planificación forestal con los criterios de conservación del bosque y las especies de interés comunitario.

— Se promoverán métodos alternativos a la extracción de madera que reduzcan la concentración de pistas forestales al objeto de limitar la penetrabilidad.

— Se fomentará la información y las campañas formativas en el sector forestal con el fin de reducir los conflictos entre hábitats y/o especies de interés comunitario.

— Las distintas Administraciones con competencias en el ámbito de la ZEPA articularán los mecanismos necesarios que permitan compatibilizar el ejercicio de sus funciones en orden de garantizar la efectiva protección de los valores naturales.

— Se pondrá especial atención en la conservación de lagunas temporales y zonas encharcables de origen natural y artificial, especialmente aquellas que se originaron tras las extracciones que se realizaron en la construcción de la Central Nuclear de Valdecaballeros, por ser zonas de alimentación de cigüeña negra, aves acuáticas y dormidero de grullas. En el caso de que se restaurasen estas zonas circundantes a la extracción de áridos, se conservarán estos elementos.

Plan de actuaciones:

— Realización de un nuevo inventario a una escala más detallada de los hábitats del área protegida (1:25.000).

— Realización de estudios para conocer y evaluar el estado de conservación de los hábitats incluidos en el Anexo I de la Directiva de Hábitats.

— Medidas de restauración y/o mejora para áreas degradadas y zonas afectadas por procesos erosivos.

— Diseño de una campaña de sensibilización dirigida a los distintos grupos sociales sobre la problemática de las especies amenazadas y la necesidad de su conservación.

9.2.3. Embalse, cauces de ríos y riberas.

El embalse de García de Sola o de Puerto Peña (su segundo nombre aporta más información sobre las características de este entorno), es un extenso humedal que remansa las aguas del río Guadiana en el segundo de una serie de embalses que se construyeron para almacenar estas aguas para los regadíos de una amplia superficie de la provincia de Badajoz.

Existe un gran número de especies asociadas a este embalse, que lo utilizan bien como lugar de invernada, como lugar de nidificación o como área de descanso durante las migraciones.

Entre los peces, destacar 5 especies recogidas en Anexo II de la Directiva de Hábitats:

— Chondrostoma polylepis.

— Squalius alburnoides.

— Rutilus lemmingii.

— Barbus comiza.

— Cobitis paludica (especie recogida también en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura bajo la categoría “Sensible a la alteración de su hábitat”)

Características como el valor de su avifauna, su benigna climatología, la belleza de sus paisajes, o la calidad de sus aguas aptas para el baño, han hecho de este espacio un lugar donde se concentran un gran número de actividades e infraestructuras recreativas:

— Es Coto Nacional donde se celebran varios Open de pesca nacional e internacional.

— Entre la oferta de deportes acuáticos se encuentran la vela, wind-surf, canoa, piragüismo o paseo en lancha.

— Infraestructuras: playas (arena y hormigonada), embarcaderos, equipamientos deportivos, merenderos, chiringuitos, etc.

Principales amenazas:

— Presión pesquera.

— Desnivel de sus aguas.

— Colonización por especies foráneas.

— Práctica de deportes acuáticos.

— Presión antrópica y turismo descontrolado.

— Vertidos.

— Construcción en suelo rústico.

— Falta de vigilancia y control.

Directrices de gestión y conservación:

— Se velará por la cantidad y calidad de las aguas a través de la protección de las cuencas, evitando los vertidos contaminantes y arbitrándose las medidas necesarias para el establecimiento de un sistema de control, medida y seguimiento de la calidad de las aguas.

— Se respetarán siempre las formaciones riparias y sus zonas adyacentes, así como las zonas húmedas, ríos, lagunas temporales y zonas encharcadizas de primavera e invierno por ser zonas con capacidad de albergar comunidades vegetales y de anfibios de gran valor.

— La restauración de riberas se hará prestando atención a que el material vegetal a utilizar sea de la especie, subespecie y variedad presentes de forma natural en la zona.

— Con carácter general, tendrán la consideración de directrices sobre los recursos hídricos y sobre el Dominio Público Hidráulico de este espacio, las establecidas en el correspondiente Plan Hidrológico de Cuenca, con el objetivo genérico de incrementar la disponibilidad de los mismos, proteger su calidad, economizar su empleo y racionalizar sus usos en armonía con los demás recursos naturales.

— Se establecerán medidas de protección, en los lugares y épocas de freza, tanto en explotaciones acuícolas como en cursos fluviales.

— Se deberá asegurar el adecuado tratamiento de depuración para los vertidos que se incorporen a las aguas, ya sean vertidos urbanos, industriales, agrícolas o ganaderos, y la aplicación de los Planes de Saneamiento de las cuencas afectadas por el espacio.

— Se evitará la ejecución de actuaciones, infraestructuras e instalaciones que supongan un impedimento o modificación a la normal circulación de las aguas por sus cauces, salvo las mínimas imprescindibles para el abastecimiento a poblaciones y los usos agropecuarios tradicionales de la zona.

— Se regularán y ordenarán las actividades deportivas, con el fin de que el disfrute del espacio sea compatible con su conservación.

— Se regulará el adecuado uso de las embarcaciones que navegan a motor, a fin de evitar el vertido incontrolado de aceites e hidrocarburos generados por sus motores.

— Se limitarán las extracciones de áridos en los cauces fluviales.

— En aquellos lugares aptos para el aprovechamiento de los recursos piscícolas que se encuentren alterados, degradados o agotados, se aplicarán las adecuadas medidas de regeneración y restauración de los mismos.

— La gestión de la pesca deportiva se llevará a cabo teniendo en consideración la presencia de endemismos piscícolas o especies amenazadas en los diferentes

cauces.

Plan de actuaciones:

— Conservación y mejora del medio fluvial.

— Conservación y recuperación de riberas.

9.2.4. Paisaje.

El área que ocupa la ZEPA se puede clasificar desde el punto de vista paisajístico como un paisaje de montaña, donde la componente paisajística fundamental es el relieve accidentado que, a su vez, ha condicionado el resto de las componentes paisajísticas como son el suelo, la vegetación, los cursos de agua, etc., dando lugar a un paisaje de gran variedad y belleza:

— Vegetación:

• Olivares en las zonas de solana.

• Corredores fluviales como el del río Guadalupejo con sus bosques de galería compuestos por fresnedas y saucedas.

• Extensa cobertura vegetal de todas las serranías, ocupadas por bosques mediterráneos, y por repoblaciones de pinos (resineros sobre todo) y eucaliptos (con superficies más reducidas). Las mejores zonas se encuentran en la mayoría de las laderas de la Sierra de los Golondrinos, aunque también en los alrededores de la cola de este embalse.

— Dehesas y pastizales: paisaje característico de la Península Ibérica. Estas formaciones están localizadas en el extremo oriental del espacio ocupando grandes extensiones. Se trata de elementos de gran valor por estar considerados como hábitats prioritarios para la conservación de la biodiversidad y combinar valores culturales y paisajísticos de especial valor que necesitan ser conservados.

— Embalse: su creación ha dado lugar a un paisaje con entrantes, colas, orillas abruptas y encajonamientos, recovecos, islas y penínsulas, originando una multitud de perspectivas y panorámicas. En sus proximidades se sitúa además una impresionante pared rocosa de enorme calidad medioambiental. En este roquedo, uno de los más espectaculares de Extremadura, pueden observarse más de 30 parejas de buitre leonado, alimoche, cigüeña negra, águila real, águila perdicera, halcón peregrino, chova piquirroja y milano negro.

— Zona montañosa, en la que predominan pendientes pronunciadas. Destacan picos como El Paredón (707 m), El Rincón (710 m) y Paniagua (708 m).

— Sinclinal de Herrera del Duque: Lugar de Interés Geológico de notable belleza paisajística, perfectamente reconocible entre la penillanura circundante. Está delimitado en los extremos por dos alineaciones de sierras con dirección aproximada NO-SE, entre las que se localiza un amplio valle con relieves internos notables.

— Dentro del área protegida también se incluyen núcleos urbanos y periurbanos, constituyendo la unidad paisajística de menor calidad, aunque presentan puntos de interesante y atractiva arquitectura popular como castillos, conventos, casas señoriales, plazas, etc.:

• Miradores: Collado de Consolación, Collado de los Aguaciles, Puerto de Castrejones, Presa del Cíjara.

• Cumbres: Cerro Navalajeños, Pico Chamorro, El Risco, Sierra de Peloche, Pico Castellón.

• Ríos y arroyos: Arroyo Benazaire, río Guadalupejo, río Guadarranque, Arroyo Silbadillos.

• Otros puntos de interés: Valle de Consolación, Rañas de Valdecaballeros, Castillo de Herrera del Duque.

Principales amenazas:

— Urbanización dispersa en suelo no urbano.

— Instalación de nuevas infraestructuras energéticas, de transporte, antenas de telefonía y otras telecomunicaciones.

— Vertederos incontrolados en zonas puntuales de residuos domésticos, inertes, escombreras, etc.

— Vandalismo.

— Movimientos de tierra y extracción de materiales.

Directrices de gestión y conservación:

— Se preservará la integridad del paisaje como un recurso natural, manteniendo un equilibrio sostenido entre los aprovechamientos de sus componentes y usos, y el medio que lo constituye.

— Se procurará evitar la introducción de cualquier elemento artificial (infraestructuras de transporte, aerogeneradores, torres de telefonía móvil, etc.) que limite el campo visual, rompa la armonía del paisaje, desfigure la perspectiva o modifique su valor estético.

— Se preservará el espacio de aquellas actuaciones que pudieran suponer una alteración negativa de la calidad paisajística de las zonas de mayor interés, tales como el transporte de energía y las actividades constructivas y urbanísticas.

— Se evitará la modificación de las formas de relieve mediante movimientos de tierra, extracciones de materiales, etc., en las zonas más sensibles como las riberas.

— Se velará por el mantenimiento del espacio libre de basuras, desperdicios y vertidos.

— Se promoverán cuantas medidas sean necesarias para la preservación y difusión del patrimonio cultural existente en esta zona.

Plan de actuaciones:

— Recuperación del patrimonio arquitectónico y cultural.

— Restauración de áreas y recursos paisajísticos degradados por la acción antrópica.

— Diseño de una campaña de sensibilización dirigida a los visitantes para la recogida y depósito de basuras en los lugares habilitados para ello.

— Edición de material divulgativo y de interpretación adecuado para la transmisión de los valores naturales y culturales del espacio protegido con el objetivo de mejorar la percepción de la población local hacia la Red Natura 2000.

9.2.5. Valoración económica de las medidas de conservación y gestión.
MEDIDA ACTIVA DE CONSERVACIÓN Y GESTIÓN VALORACIÓN DEL ÁREA PROTEGIDA VALORACION  ECONOMICA
Estudio e investigación de especies incluidas en el Anexo I de la Directiva Aves para conocer y evaluar el estado de conservación de las mismas y poder establecer planes de actuación en el caso de ser requeridos por dichas poblaciones. 12.562,00 €
Recuperación restauración de hábitats de especies amenazadas. 8.236,00 €
Control seguimiento de las poblaciones de rapaces existentes en la zona.  50.000,00 €
Realización de un nuevo inventario a una escala más detallada de los hábitats del área protegida (1:25000). 3.562,00 €
Estudio del estado de conservación de los hábitats incluidos en el Anexo I de la Directiva Hábitats. 10.560,00 €
Medidas de restauración y/o mejora para áreas degradadas y zonas afectadas por procesos erosivos. 7.263,00 €
Diseño de una campaña de sensibilización dirigida a los distintos grupos sociales sobre la problemática de las especies amenazadas y la necesidad de su conservación. 15.000,00 €
Conservación mejora del medio fluvial. 7.265,00 €
Conservación recuperación de riberas. 8.532,00 €
Recuperación del patrimonio arquitectónico cultural.  3.256,00 €
Restauración de áreas recursos paisajísticos degradados por la acción antrópica.  3.256,00 €
Diseño de una campaña de sensibilización dirigida a los visitantes para la recogida depósito de basuras en los lugares habilitados para ello.  11.000,00 €
Edición de material divulgativo y de interpretación adecuado para la transmisión de los valores naturales y culturales del espacio protegido con el objetivo de mejorar la percepción de la población local hacia la Red Natura 2000. 15.000,00 €
TOTAL  155.492,00 €

 

10. PROGRAMA DE SEGUIMIENTO

El Plan de Seguimiento se centrará en la valoración del estado de conservación de los elementos de flora y fauna, así como los hábitats de interés comunitario regulados por la Directiva 79/409/CEE, de 2 de abril, y la Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo.

La detección de cambios y evaluación de tendencias a lo largo del tiempo permitirá valorar el grado en el que se alcancen los objetivos de conservación y, en consecuencia, retroalimentar la ordenación y gestión del área.

A N E X O I I

ANÁLISIS ECOLÓGICO Y SOCIOECONÓMICO

1. ANÁLISIS ECOLÓGICO

1.1. CARACTERÍSTICAS BIOLÓGICAS.

1.1.1. HÁBITATS NATURALES.

En la ZEPA Puerto Peña–Los Golondrinos encontramos un total de 24 elementos referidos en la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, representados en dicho enclave. De ellos 11 son hábitats del Anexo I, siendo prioritarios los constituidos por retamares y matorrales mediterráneos.

Los hábitats representados en el espacio son los siguientes:

— Estanques temporales mediterráneos (3170).

— Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga (4090).

— Matorrales termomediterráneos y predesérticos (5330).

— Zonas subestépicas de gramíneas y anuales (Thero-Brachypodietea) (6220).

— Dehesas perennifolias de Quercus spp. (6310).

— Prados con molinas sobre sustratos calcáreos y arcillosos (Eu-Molinion) (6410).

— Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica (8220).

— Robledales de Quercus faginea (Península Ibérica) (9240).

— Galerías ribereñas termomediterráneas (Nerio-Tamaricetea) y del Sudoeste de la Península Ibérica (Securinegion tinctoriae) (92D0).

— Bosques de Quercus suber (9330).

— Bosques de Quercus ilex (9340).

En el entorno del Embalse de García de Sola los hábitats más abundantes dentro de la ZEPA son el 6220, zonas subestépicas, con el 48% de la cobertura, seguido de las zonas de matorrales (10%) y las dehesas de Quercus spp. (10%). Cada uno de los hábitats restantes ocupa una superficie aproximada del 1%.

Las zonas subestépicas están constituidas por pastos xerófilos más o menos abiertos formados por diversas gramíneas y pequeñas plantas anuales, desarrollados sobre sustratos secos, ácidos o básicos, en suelos generalmente poco desarrollados.

Estas comunidades están muy repartidas por todo el territorio, presentando por ello una gran diversidad. Siempre en ambientes bien iluminados, suelen ocupar los claros de matorrales y de pastos vivaces discontinuos, donde forman el fondo de los pastos de plantas crasas de los tipos de hábitat 6110 u 8239. Asimismo, prosperan en el estrato herbáceo de dehesas (6310) o de enclaves no arbolados de características semejantes (majadales).

Se trata de comunidades de cobertura variable, compuestas por pequeñas plantas vivaces o anuales, a veces de desarrollo primaveral efímero. A pesar de su aspecto  homogéneo, presentan gran riqueza y variabilidad florísticas, con abundancia de endemismos del mediterráneo occidental.

Las zonas de matorrales termomediterráneos y pre-estépicos son de muy diferente naturaleza y fisionomía, y tienen en común el presentarse en los pisos de vegetación más cálidos de la Península y de las islas, con excepción de los incluidos en otros hábitats.

Son propios de climas cálidos, más bien secos, en todo tipo de sustratos. Actúan como etapa de sustitución de formaciones de mayor porte, o como vegetación potencial o permanente en climas semiáridos o en sustratos desfavorables.

En las regiones meridionales ibéricas, pero con irradiaciones hacia zonas más o menos cálidas del interior, crecen matorrales de Retama sphaerocarpa, a veces R. monosperma, con especies de Genista o Cytisus, y tomillares ricos en labiadas endémicas (Thymus, Teucrium, Sideritis, Phlomis, Lavandula, etc.).

Las dehesas perennifolias son formaciones arbóreas abiertas o pastizales arbolados (dehesas) de origen fundamentalmente ganadero dominadas por especies de Quercus, sobre todo Quercus suber y Quercus ilex.

Este tipo de hábitat ocupa grandes extensiones en el Centro-Oeste y Suroeste de la Península Ibérica.

Las dehesas son un hábitat favorecido o creado por el hombre para uso múltiple (forestal, ganadero, agrícola y cinegético). En terrenos de relieves suaves y donde la agricultura es poco productiva, sobre sustratos preferentemente ácidos o neutros y con poca materia orgánica, se ha favorecido tradicionalmente este modelo de uso del territorio. La dehesa se consigue mediante aclarado del monte mediterráneo respetando algunos pies, productores de frutos (montanera), que se podan y mejoran continuamente con este fin. Se desarrollan sobre todo en climas con poca frecuencia de heladas tempranas o tardías que puedan impedir la fructificación de las especies arbóreas. La estructura es un mosaico de matorrales, pastizales y zonas de labor, salpicado por árboles, como encinas (Quercus ilex), alcornoques (Q. suber) o a veces otras especies, sobre todo del género Quercus. Los pastos que acompañan estas formaciones suelen ser pobres y mediatizados por el periodo de sequía estival, cuyos representantes pertenecen a las siguientes familias: Gramíneas, Compuestas y Leguminosas; y en menor medida, Cariofiláceas, Crucíferas, Umbelíferas y Labiadas. A veces estos pastizales se encuentran enriquecidos con especies de geófitos como Anemone palmata, Ranunculus bulbosus y diversas monocotiledóneas como Scilla autumnalis, Lucojum autumnale, Dipcapi serotinum, Tulipa sylvestris, Romulea bulbocodium, etc.

En algunas de estas formaciones de dehesas abandonadas pueden aparecer elementos de porte arbustivo pertenecientes a las familias: Lamiaceae, Cistaceae y Fabaceae, especialmente jaras —Cistus ladanifer, C. salvifolius, C. monspeliensis—, aulagas —Genista hirsuta, Ulex eriocladus— y retamas —Retama sphaerocarpa, Cytisus spp—. El desarrollo de este estrato arbustivo está condicionado por la mayor o menor presión ganadera.

Por tanto, el encinar de Quercus ilex aparece de dos formas: bien sometido a un tratamiento silvopastoril con un mantenimiento selectivo del arbolado y en el que se desarrollan pastos o majadales, como se ha descrito anteriormente (dehesas); bien conservando un grado de cobertura natural que permite el desarrollo del sotobosque.

1.1.2.1. FAUNA.

Existen 13 taxones incluidos en el Anexo II de la Directiva de Hábitats.

Entre los taxones de mayor representación son los ligados al medio acuático, Mauremys leprosa, y diversos peces (Chondrostoma polylepis, Squalius alburnoides, etc.). Es muy importante la población de Lutra lutra, y es área de importancia y área favorable para la recuperación Lynx pardina.

Este espacio destaca por la alta representabilidad de quirópteros de los géneros Rhinolopus, Myotis y Miniopterus. Es un refugio de importancia internacional al presentar una de las mayores colonias reproductoras de la Península Ibérica de Rhinolophus mehelyi y Myotis emarginata.

AVIFAUNA.

Debido a la escasez de láminas de agua en la mitad Sur de España, los embalses juegan un papel esencial en el mantenimiento de las poblaciones de avifauna acuática y de especies vinculadas a estos recursos hídricos.

Entre las especies presentes en “Puerto Peña-Los Golondrinos”, se encuentran incluidas en los Anexos de la Directiva de Hábitats y Aves, las siguientes:

Cigüeña negra (Ciconia nigra):

Se trata de una de las especies más amenazadas de la avifauna extremeña.

Cría sobre cantiles de las crestas serranas y se alimenta en cauces limpios y solitarios a base de insectos, peces, anfibios y reptiles. El mantenimiento de estos cauces y de su vegetación asociada, así como la tranquilidad de las áreas de nidificación, son las claves de su conservación.

Esta ave cría en la ZEPA Puerto Peña–Los Golondrinos, anida en el Risco La Barca, en la Sierra Las Viñas y en el Chamorro.

Es una de las 4 especies que están catalogadas en la categoría de “En Peligro de Extinción”. En cuanto a la frecuencia en la zona es casual.

Águila imperial ibérica (Aquila adalberti):

Se trata del águila más amenazada de Europa y una de las siete aves de presa más escasas del mundo. Su población mundial se sitúa en torno a las 200 parejas, todas localizadas en la Península Ibérica. Extremadura mantiene una población que se aproxima al 23% del total.

Presenta características morfológicas comunes al resto de especies del género: gran tamaño corporal, gran envergadura alar, pico robusto y  patas poderosas con grandes garras. Ocupa en la actualidad áreas con características climáticas típicamente mediterráneas que se relacionan con los requerimientos de su presa base, el conejo.

La especie se encuentra catalogada como “en peligro de extinción”, en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura bajo la categoría “estando considerada como una de las aves con más riesgo de desaparecer de la Tierra”.

Milano negro (Milvus migrans):

Es el milano más común en primavera-verano. Abunda en el Oeste de la península, mientras en el Este y el Norte sólo suele aparecer durante las migraciones. Su distribución en el LIC Sierra de Altamira-Villuercas es general y bastante abundante.

Su hábitat se encuentra principalmente en campiñas con arbolado (sotos de ribera, dehesas, etc.). Su nidificación en árboles, rara vez cortados fluviales.

Se alimenta de forma oportunista (gazapos, peces, anfibios, saltamontes, carroña, desperdicios, etc.) en orillas de ríos y embalses, cultivos, basureros, granjas, carreteras.

Está catalogado como “De Interés Especial”.

Milano real (Milvus milvus):

Es el único milano en invierno.

Anida en árboles altos en comarcas llanas o montañosas con pinares, dehesas, sotos, bordes de bosques.

Su alimentación es variada, similar a la del milano negro. En invierno se distribuye más y sus hábitos se hacen más carroñeros, frecuentando basureros.

Catalogado regionalmente como “Vulnerable”.

Alimoche (Neophron percnopterus):

Esta pequeña especie de buitre se presenta en la zona en primavera-verano y se dirige en septiembre hacia sus cuarteles africanos de invernada. Se alimenta de pequeñas carroñas o de los despojos que dejan los buitres.

Nidifica también en cantiles, incluso de muy pequeño tamaño, siempre que se encuentre libre de las perturbaciones humanas.

La catalogación Autonómica para el Alimoche es de “Vulnerable”, y la frecuencia con la que aparece en la zona es abundante.

Buitre leonado (Gyps fulvus):

Es una especie de presencia constante, si bien la provincia de Badajoz alberga una población más reducida que la de Cáceres debido principalmente a la escasez de roquedos apropiados para nidificar. Existen varias colonias que se distribuyen por los términos de Herrera del Duque (Sierra  del Chamorro), Garbayuela (Sierra de Mirabueno y cerros Castillejo y del Cuervo) y Talarrubias (Puerto Peña, Sierras de la Chimenea y de los Golondrinos). Durante la primavera y verano 2001 en el término de Alía (Estrecho de Voldreg) se han encontrado nidificaciones de leonados, así como en el término de Herrera del Duque (Risco La Barca, Sierra Las Viñas) donde es probable que existan del orden de 4 parejas.

Esta especie se alimenta de grandes cadáveres, generalmente de animales domésticos que pueden encontrar desde 50 km de distancia, por lo que su sustento depende en gran medida de las prácticas ganaderas tradicionales.

En el Catálogo Regional de Especies Amenazada de Extremadura, esta especie se ha considerado como “De Interés Especial” y la frecuencia es muy abundante.

Gavilán (Accipiter nisus):

Como nidificante se encuentra repartido por la mayor parte de la España peninsular.

Habita en bosques, la mayoría de las veces mixtos, de coníferas y frondosas; también en sotos, grandes arbustos, etc. Además, fuera de la época de cría, en campos con repoblaciones y sotos ribereños.

Categoría regional: “De Interés Especial”.

Águila culebrera (Circaetus gallicus):

Prefiere montañas en clima mediterráneo o submediterráneo. La frecuencia con la que se encuentra es relativamente abundante. En la ZEPA Puerto Peña-Los Golondrinos, en el término municipal de Herrera del Duque, en el Cerro Guarnero o Aguados grande se han recogido muestras de pluma de esta especie en las inmediaciones del nido.

Caza serpientes en laderas con matorral bajo, eriales claros y anida en todo tipo de bosques y bosquetes.

Categoría regional: “De Interés Especial”.

Águila real (Aquila chrysaetos):

Es la mayor de las águilas ibéricas y nidifica usualmente en cortados rocosos, aunque también puede hacerlo sobre grandes árboles. Se alimenta básicamente de mamíferos y aves de mediano tamaño que apresa generalmente en espacios abiertos. El hábitat de estas rapaces se encuentra en zonas montañosas o en parameras erosionadas, preferentemente entre 400 y 1.200 m, aunque puede nidificar casi desde el nivel del mar a  160 m, hasta por encima de los 2.000 m. Aunque su área de cría está siempre en sectores de difícil acceso y poco transitados, también puede hacerlo en árboles (pinos y encinas sobre todo) a veces situados en roca.

Sale a cazar a áreas circundantes de bosques abiertos o pastizales arbolados.

La tranquilidad en los lugares de cría y la existencia de hábitats favorables son factores esenciales para mantener su población.

En la ZEPA Puerto Peña-Los Golondrinos se han localizado varios nidos en el término municipal de Herrera del Duque; Cerro Castillón del Lomo, a escasos metros de la Reserva del Cíjara, otro nido se ha localizado en el Estrecho del Benazaire o Pretura de la Hoz. En la Dehesa del Cíjara se ha contabilizado otro nido de águila real. En este mismo término de Herrera del Duque, en el Cerro Guarnero o Aguador grande, otro punto de nidificación.

Catalogada como “Vulnerable”.

Águila calzada (Hieraaetus pennatus):

Es el águila más pequeña de las encontradas en la Península Ibérica.

Utiliza zonas forestadas con árboles grandes, principalmente de Pinus nigra y P. sylvestris, aunque puede utilizar bosques mixtos de Pinus spp. y Quercus spp. para instalar los nidos y zonas claras y los bordes de los bosques para la obtención de alimento.

Esta especie es menos sensible a la influencia humana.

La Comunidad Extremeña ha catalogado esta especie como de “Interés Especial” y la frecuencia con la que se presenta es poco abundante.

Águila perdicera (Hieraaetus fasciatus):

Al igual que la especie anterior, prefiere nidificar en cantiles rocosos de cuarcita, sobre lugares poco frecuentados. Sus requerimientos de hábitat y de alimentación son muy similares a los del águila real, hasta el punto de que suelen producirse situaciones de competencia entre ambas especies en cuanto a los lugares de nidificación.

En la presente zona de estudio, se ha encontrado una pareja, concretamente en la Sierra del Chamorro en el término municipal de Herrera del Duque.

En cuanto a la catalogación de esta especie se ha considerado a nivel autonómico como de “Sensible a la Alteración de su Hábitat” y la frecuencia con la que aparece en la zona es poco abundante.

Cernícalo primilla (Falco naumanni):

De un estudio realizado en España sobre las 51 colonias de más de 20 parejas, el 96% de ellas se encuentran en edificios y el 4% restante en cortados rocosos.

En el Catálogo Regional se encuentra con la categoría de “Sensible a la Alteración de su Hábitat”.

Halcón peregrino (Falco peregrinus):

En España se distribuye por casi todo el país, condicionando su presencia a la existencia de lugares adecuados para la cría. En la presente ZEPA se ha localizado esta especie en el término municipal de Herrera del Duque, en el Risco La Barca y Sierra Las Viñas.

Anida a muy variable altitud, en riscos y acantilados interiores o marinos, también en castillos, torretas de electricidad, etc., preferentemente junto a espacios abiertos y cultivados.

Se alimenta de palomas, estorninos, calandrias. Especie indígena sedentaria con dispersión juvenil.

En el Catálogo Regional se encuentra con la categoría de “Sensible a la Alteración de su Hábitat”.

Búho real (Bubo bubo):

Se trata de la mayor de las rapaces nocturnas. Su hábitat se encuentra en riscos y roquedos, generalmente en montaña, pero a veces también en zonas boscosas menos elevadas y en laderas abruptas y terrenos esteparios. En invierno también ocupa terrenos más llanos. Se alimenta de aves y mamíferos de mediano tamaño.

Catalogada “De interés Especial”, a nivel autonómico.

Cárabo común (Strix aluco):

Frecuente en todo tipo de bosques maduros, de coníferas o frondosas, a cualquier altitud. También en campiñas arboladas, sotos fluviales, parques. Anida en huecos de árboles, rocas y edificios. Dieta basada en ratones, topillos, insectos, lombrices, aves, etc.

Es de hábitos sedentarios, con dispersión juvenil.

Es una rapaz más frecuente en el Norte y en montaña, muy escasa o rara en comarcas deforestadas.

Catalogada regionalmente como “De Interés Especial”.

Collalba negra (Oenanthe leucura):

Paseriforme de pequeño tamaño. El hábitat donde esta ave se puede encontrar son montañas escarpadas o llanuras áridas siempre que existan taludes excavados por los cursos de agua.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Cigüeña blanca (Ciconia cinocia):

Habita en lugares de vegetación despejada. Frecuenta las llanuras húmedas, sabanas donde tal vez hayan algunos árboles, en las estepas, pastizales, terrenos de cultivo y sembrados de arroz.

Se alimenta de pequeños mamíferos (roedores), anfibios, reptiles, insectos (incluyendo grillos). Complementa su dieta con pequeñas aves y sus polluelos, moluscos y crustáceos. Caza caminando por la tierra, es posible verla en la orilla de los estanques y cursos de agua.

La pareja anida solitaria y en pequeñas colonias. Usualmente selecciona un lugar alto donde construir el nido; puede ser sobre los árboles, los riscos de las montañas, postes de tendidos eléctricos o sobre las casas u otras edificaciones. Aunque algunas parejas prefieren anidar no tan alto, p.ej. en montones de paja (almiares). En cautiverio anidan en el suelo, después de elaborar su nido.

Los nidos son construidos de ramas, ramitas y tierra. En su interior lo forran con material suave, así como hierba y ramitas. Al año siguiente retorna al mismo nido y le agregan más material.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Azor (Accipiter gentilis):

Habita en bosques densos, tanto de llanura como de montaña, y rara vez sale a campo abierto. Se le puede encontrar en Europa, Asia y América septentrional. Está repartido por toda la Península Ibérica, sobre todo por el norte; sin embargo, no habita en las Islas Baleares.

El azor es un formidable cazador del bosque: persigue sus presas velozmente entre los árboles volando bajo con gran habilidad. Caza distintas especies de aves (cuervos, palomas, tordos, perdices, etc.) y también pequeños mamíferos (conejos, liebres, ardillas, ratones, etc.), así como lagartos e insectos. Devora sus presas en el lugar donde las atrapó.

Es un ave diurna discreta y bastante difícil de ver.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Paloma torcaz (Columba palumbus):

Es un ave columbiforme muy extendida en la Europa Templada, el Norte de África y Oriente Medio. Es la mayor de las palomas presentes en la Península Ibérica, robusta y con una cabeza muy pequeña con relación al cuerpo, presentando unas inconfundibles manchas blancas a ambos lados del cuello y en la parte superior de las alas.

Cría de abril a agosto depositando los huevos en nidos situados en los árboles de construcción frágil y aspecto en forma de plataforma poco espesa, a base de ramitas secas.

En otoño migran al centro y Norte de Europa para la invernada, utilizando dormideros que se encuentran en su gran mayoría en terrenos llanos, en encinares y alcornocales preferentemente, así como en pinares y eucaliptares.

Tórtola común (Streptopelia turtur):

Ave columbiforme de la familia Columbidae caracterizada por su aspecto pardo, con manchas oscuras en un dorso pardo rojizo, con una cabeza gris claro y un halo rojizo en torno a los ojos. Su voz, como la de otras tórtolas, es en un ronroneo monótono, monocorde.

Vive en zonas de labranza con abundante vegetación riparia arbustiva o arbórea. Forma bandadas en campos de rastrojos en busca de grano, al final del verano tras la cosecha. Se alimenta de hierbas y pequeñas semillas en el suelo.

Esta especie, junto con la anterior, no se encuentra recogida en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas debido a que estas especies son cinegéticas. El Real Decreto 1095/1989 declara las especies que son objeto de caza y pesca y establecen las normas para su protección. Por este motivo, se excluyen del Catálogo Nacional y Regional.

Martín pescador (Alcedo atthis):

Ave de espectacular plumaje; aún así, su mimetismo con el entorno es grande. El plumaje castaño del pecho hace que sea difícil de ver desde la otra orilla, y su espalda y alas azules se confunden con el agua del río si se le ve de espaldas.

Vive a lo largo de los lagos y ríos de Europa, África y Asia. En la mayor parte de su área de distribución es una especie sedentaria, pero en las zonas boreales se ve obligado a emigrar hacia el Sur en invierno.

Su alimentación básica la componen los pequeños peces que divisa desde las ramas bajas de un árbol o un arbusto. A continuación, se zambulle rápidamente con el pico por delante y los ojos cerrados, y captura a su presa con una altísima tasa de éxito. Tras la captura, retorna a su puesto anterior, donde la traga de una pieza.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Totovía (Lullula arbórea):

Es un ave del orden Passeriformes y de la familia Alaudidae; se caracteriza por poseer un dorso pardo con bandas negras, un píleo marrón tostado también bandeado, mejillas rojizas y una banda blanquecina supraorbitaria.

Es frecuente en bosques abiertos, brezales y límites de bosques.

En primavera los machos entonan un reclamo muy característico que les hace fácilmente reconocibles.

Su nido está revestido de pelo o hierba, cerca de arbustos, en el suelo; contiene tres o cuatro huevos.

Se alimenta de insectos, semillas y bayas, que recoge del suelo.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Mirlo común (Turdus merula):

El mirlo es omnívoro, se alimenta de una amplia variedad de insectos, gusanos, semillas y bayas.

Habita en bosques de todo tipo, riberas fluviales y márgenes de los caminos con arbolado y abundante matorral, huertas, parques y jardines.

Anida en arbustos o similares, poniendo varios (por lo general 4) huevos azulados con marcas marrones, en un nido en forma de taza.

No forman bandadas, aunque varios pájaros pueden asociarse en un hábitat adecuado.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Zorzal charlo (Turdus viscivorus):

Es el mayor de los zorzales presentes en Europa. Por su aspecto y plumaje se le parece a un zorzal común pero en grande.

Habita en bosques claros (de coníferas, de caducifolios y mixtos), praderas de montaña, dehesas. También en huertos y zonas arboladas próximas a las poblaciones, principalmente durante el invierno.

Suele encontrarse formando grupos en las extensas praderas, generalmente de montaña, en los que hay presencia de arbolado disperso.

Cuando busca alimento no baja la guardia. Camina a saltos, realizando cortas carreras y parando de repente, a la vez que adopta una posición erguida, en actitud vigilante. A la menor molestia emite un reclamo de alerta áspero y levanta el vuelo, que es potente y muy ondulante. El zorzal charlo se alimenta de una gran variedad de bayas silvestres, sintiendo una especial predilección por las del muérdago; asimismo, come insectos y pequeños moluscos.

No se encuentra en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas por estar regulada mediante el Real Decreto 1095/1989.

Curruca rabilarga (Sylvia undata):

Pájaro diminuto del género Sylvia dentro de la familia Sylviidae. Tanto hembra como macho presentan un plumaje similar. Llaman la atención sus ojos, observándose un anillo orbital de color rojo alrededor del mismo y presentando el iris castaño rojizo. Sus patas son amarillentas.

Habita en terrenos abiertos con jara y matorral degradado o maleza y es frecuente en brezales. En invierno pueden verse próximas a zonas urbanas, pero siempre que encuentren arbustos en estas áreas. Anida en maleza con pinchos y cerca del suelo.

Estas currucas son preferentemente insectívoras, alimentándose de orugas, mariposas, coleópteros, arañas y larvas.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Buitre negro (Aegypius monachus):

Este ave ha visto reducida su área de distribución, que iba desde Portugal hasta Mongolia y China a algunos territorios españoles y griegos, encontrándose la mayor población dentro de la comunidad extremeña y más concretamente en zonas de sierras. En la presente ZEPA se han contabilizado 3 nidos en el término de Herrera del Duque (Hoya del Guindo y La Parra), todos muy próximos entre sí.

Se ha catalogado como especie “Sensible a la Alteración de su Hábitat” y la frecuencia con la que se presenta es casual.

Aguilucho cenizo (Circus pygargus):

Su hábitat se encuentra sobre todo en campos de cereal, a veces pastizales extensos, brezales, tojares, repoblaciones.

Alimentación variada; grandes insectos, reptiles, aves, pequeños mamíferos, etc.

Con respecto a su distribución, es más frecuente en la mitad oeste, donde es bastante común en Extremadura.

A nivel autonómico está catalogado como “Sensible a la Alteración de su Hábitat”.

Grulla común (Grus grus):

La población española reproductora está extinguida. Las principales áreas de invernada están situadas en Extremadura (más del 60% de las localidades de invernada).

Como invernante, habita sobre todo en encinares y cultivos de cereales; a veces en otros tipos de cultivos (girasol, maíz, alfalfa). Los dormideros se sitúan, preferentemente, en bordes de lagunas y charcas, orillas de embalses, praderas, etc.

Catalogado como “De Interés Especial”, en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura.

Chova piquirroja (Pyrrhocorax pyrrhocorax):

Este córvido es muy ubiquista, ocupando cualquier hábitat salvo los bosques cerrados de laurisilva. No obstante explota con mayor frecuencia los campos de cultivo de las medianías y los pinares. Nidifica en grietas y cuevas en las paredes de los barrancos.

Su población ha experimentado una fuerte regresión.

En el Catálogo de Especies Protegidas de Extremadura aparece con la categoría “De Interés Especial”.

Cernícalo vulgar (Falco tinnunculus):

El Cernícalo es un ave de presa diurna y fácil de ver. Prefiere un hábitat de campo abierto y matorral. Los cernícalos nidifican en grietas de rocas o edificios, en huecos de árbol, ocupan nidos de córvidos y otras aves, pero también directamente sobre el suelo. Cuando caza el cernícalo permanece en vuelo estacionario, casi inmóvil, entre 10 y 20 m de altura sobre el terreno, esperando avistar alguna presa (a esto se le llama cernirse) y cuando aparece, se precipita en picado hacia ella. Sus presas suelen ser pequeños mamíferos, fundamentalmente roedores, pequeñas aves, reptiles, grandes insectos, gusanos y ranas.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Alcotán (Falco subbuteo):

El Alcotán Europeo es un halcón pequeño y esbelto de alas acabadas en punta y tan largas que, plegadas, sobrepasan la cola.

Se puede ver en terrenos abiertos con arboledas, como campos de cultivo, en bosquetes o incluso en taigas y sabanas. Usa nidos ya hechos por otras aves, como cuervos, donde deposita entre 2 y 4 huevos.

Su extraordinaria velocidad y habilidad le permiten cazar en el aire.

Normalmente lo hace al atardecer. Entre sus presas encontramos murciélagos, libélulas, vencejos y golondrinas. Las presas pequeñas pueden ser devoradas en vuelo.

Es una especie endémica de Europa y Asia, aunque se trata de un ave migratoria de largas distancias y suele pasar el invierno en África. En España solo se encuentra en verano.

Catalogada como “Sensible a la alteración de su hábitat”.

Existen otras especies, que aún no siendo recogidas en la Directivas Hábitats y Aves, sí tienen algún grado de protección en Extremadura. El Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura contempla las siguientes especies:

Vencejo real (Apus melba):

La cola es pequeña, ahorquillada y estrecha. Vuela en grupos en zonas de alta montaña, sobre pueblos y ciudades. Emite largos chillidos mientras vuela a gran velocidad, siempre peinando la misma zona y alimentándose en el aire de insectos.

Habita principalmente en regiones montañosas, altas y rocosas, localmente también junto a acantilados marinos y entre edificios viejos.

Construye un nido de barro en forma de taza dentro de rocas hendidas y grietas naturales, y debajo de vigas. Por lo general anida en colonias.

Catalogada como “Vulnerable”.

Abejaruco común (Merops apiaster):

Ave inconfundible por la policromía de todo su plumaje, de pecho azul, vientre verdoso, cabeza canela, cuello amarillo y la lista negra que adorna su ojo, pico típico de insectívoro.

Sus presas preferidas son sobre todo abejas, pero no le desagrada ningún otro insecto volador, mariposas, libélulas, tábanos, avispas, abejorros. A estos últimos, una vez pinzados con el pico los mata y después los golpea hasta que el aguijón se desprende para poderlos engullir.

Vive en zonas semidesérticas, estepas, estepas con arbolados, en las que pueda encontrar grietas en suelos arcillosos y de aluviones.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Abubilla (Upupa epops):

Ave del orden Coraciiformes, de plumaje pardo rosado, con las alas y la cola listadas de blanco y negro.

Su hábitat es el campo abierto, cultivado, con pastos bajos o con parches desnudos. Pasan mucho tiempo en el suelo cazando insectos y larvas, también suele escarbar en el estiércol en su búsqueda. Es un depredador natural de la procesionaria del pino. Su nido es una cavidad en un árbol o en un muro.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Golondrina dáurica (Hirundo daurica):

Es un pequeño pájaro de la familia de las golondrinas. Habita en los países de clima templado del Sur de Europa y Asia.

Es parecida a la golondrina común, pero se diferencia porque es más oscura y la mancha roja de la garganta es mucho más clara y extendida,  presentando también una zona amarillenta en el nacimiento de la cola.

Además las plumas de la cola son claramente más anchas.

Construyen nidos con forma de media esfera con barro que recogen con sus picos.

Normalmente esta especie no forma grandes colonias de cría, pero son bastante gregarias fuera de la estación de apareamiento. En la Península Ibérica es estival de marzo a septiembre.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Petirrojo (Erithacus rubecula):

Es un pájaro que está esparcido por toda Europa, principalmente en la región meridional del continente, donde habita todo el año. Tiene el tamaño de un gorrión, pero es más ligero. Distinguible por el color naranja intenso de su pecho y parte de la cabeza, sobre un plumaje grisáceo.

El petirrojo se nutre en campo abierto. Se alimenta, mayoritariamente, de invertebrados pequeños que viven en el suelo. En otoño y en la primavera se alimenta también de bayas y frutos pequeños.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Ruiseñor común (Luscinia megarhynchos):

Es un pequeño pájaro paserino. Es un ave migratoria insectívora que procrea en los bosques de Europa y Asia. Anida cerca del suelo en arbustos densos.

El ruiseñor macho es bien conocido por su canto. Aunque también canta durante el día, tiene el hábito de cantar bien entrada la noche; su canto sobresale en esos momentos, pues hay pocos pájaros más que canten a esas horas.

Habita en bosques caducifolios en tierras bajas, húmedas espesuras, setos enmarañados, anida bien oculto, próximo al suelo, en zarzas, ortigas, etc.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Colirrojo tizón (Phoenicurus ochruros):

Es un pájaro común en jardines de pueblos y ciudades; suele encontrarse, en medios más naturalizados, en laderas rocosas con piedras y peñascos. Su voz es un reclamo duro, chirriante, inconfundible.

Su nido es herbáceo, en huecos de edificios, cornisas, acantilados... Se alimenta de insectos, bayas y semillas que recoge del suelo.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Tarabilla común (Saxicola torquata):

Tórdido pequeño, de cabeza pequeña y postura erguida. Vuelo bajo y zumbeante. Cuando está alerta sacude espasmódicamente alas y cola.

Amante de pastos revestidos de tojo y de zonas costeras.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Roquero solitario (Monticola solitarius):

Especie sedentaria que efectúa desplazamientos altitudinales entre septiembre y octubre junto con la entrada de invernantes europeos.

Su hábitat está entre roquedos desnudos, acantilados marinos, roquedos de montaña, canteras abandonadas, jarales montanos y barales, así como zonas esteparias con escasa vegetación o desnudas.

Ocupa frecuentemente edificios abandonados, ruinas, puentes, iglesias y castillos, incluso en el interior de pueblos. En zonas esteparias aprovecha cárcavas, barrancos y ramblas de yesos. Fuera de la época de cría, algo más repartido, por zonas menos abruptas.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Curruca carrasqueña (Sylvia cantillans):

Es una especie de ave del género Sylvia y por tanto de la familia de los sílvidos. El iris es castaño, pico grisáceo (más blancuzca la mandíbula inferior) y con patas en un tono anaranjado.

Se desarrolla entre matorrales y maleza arbustiva de pequeño porte, donde se oculta realizando vuelos cortos de una a otra mata, pudiéndose encontrar en campos baldíos, en campo abierto poblado por este tipo de vegetación (matorral bajo) y con arbolado disperso. Suele encontrarse también en las proximidades de los ríos, donde habita la espesura de las orillas, húmedas y aptas para su desarrollo, donde encuentra alimento y resguardo.

Su dieta es básicamente insectívora, se alimenta mayoritariamente de los insectos que caza, aunque también ingiere arañas, algunas larvas, diferentes semillas de plantas herbáceas, frutos silvestres y también puede picotear alguna que otra fruta que halle en su camino.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Curruca capirotada (Sylvia atricapilla):

Pequeña ave del género Sylvia dentro de la familia Sylviidae. Se trata de una curruca frecuente, y localmente abundante, que está muy repartida por toda España.

El pico (en ambos sexos adultos) es negruzco con la mandíbula inferior gris pizarra. Los tarsos y los pies son gris azulado. El iris es de color castaño.

A simple vista tiene un aspecto discreto e insignificante, debido a la sobriedad de su plumaje.

Es una especie forestal que cría en terrenos arbolados, umbríos y con denso sotobosque aunque también pueden hacerlo en parques y jardines con abundante maleza, ya que siempre van de copa en copa, de mata en mata, e inquietamente de rama en rama. Se desarrollan en los robledales, fresnedas y otras formaciones de planifolios. También habitan  bosques de coníferas y quejigares y bosques mixtos, monte bravío, huertos de frutales y también olivares. Evitan zonas muy secas por ello son frecuentes en la vegetación de riberas, junto a los arroyos, donde los índices de humedad son mayores y donde los árboles se presentan más desarrollados. Cuando las ciudades ofrecen mayor cantidad de alimento, o por motivos climáticos, etc., recurren a estas.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Oropéndola (Oriolus oriolus):

Es el único miembro de la familia Oriolidae que podemos encontrar en las regiones templadas del hemisferio Norte. Inverna en los trópicos, para después emigrar a Europa y Oriente Medio para pasar el verano.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Alcaudón real (Lanius excubitor):

Al alcaudón real pertenece a la familia de los lánidos. Tiene el plumaje de color blanco, negro y gris y suele agitar la cola frecuentemente.

Su vuelo suele ser bajo y ondulado, cerniéndose con frecuencia.

Suele posarse en lo alto de los postes de energía eléctrica o encima de los arbustos para dejarse caer sin vacilación alguna sobre cualquier insecto, pajarillo o ratón, que no haya detectado su presencia y a continuación dispone a emplearlo en la espina de su despensa de provisiones.

Ocupa todo tipo de hábitat abierto, con o sin matorral, pero con árboles y arbustos desperdigados, zonas de monte o bosque poco espeso, especialmente quercíneas, muchas veces en las lindes, también en sotos, arboledas e incluso huertas. En invierno, en matorrales diversos, llanos con matorral salpicado, etc.

Durante la época de reproducción vive en parejas, eligiendo cada una su propio territorio, al que defiende con gran celo.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Alcaudón común (Lanius senator):

Ave del género Lanius, de vistoso aspecto, de pico ganchudo y comportamiento muy similar al de un halcón. Es común en el Sur de Europa y el Norte de África.

Es un ave de hábitos predatorios que suele cazar otros pájaros como jilgueros o pequeños roedores como el ratón de campo. Una costumbre típica del alcaudón es insertar sus víctimas en espinas a modo de pequeñas despensas a las que acudir en caso de necesidad.

Habita en bosques de Quercus spp., claros o adehesados, monte bravío, carrascales, riberas fluviales arboladas, cultivos arbóreos y bosques poco densos de coníferas de la mitad sur, también en campos, olivares, frutales, etc.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Pico gordo (Coccothraustes coccothraustes):

Ave de pico grande y robusto, comedora de semillas, perteneciente a la familia de los Fringílidos. El pico gordo es de color castaño con la parte inferior pardo-rosada y la garganta negra. Vive en Asia, África noroccidental y Europa, y está presente en la Península Ibérica.

Habita en bosques naturales, bien sean de frondosas, bien mixtos, con árboles de gran porte con semillas y frutos de cáscara dura, más raro en coníferas, llegando a nidificar en árboles maduros de bosques de ribera y ocasionalmente en parques y grandes jardines. En invierno, en parques, huertos de frutales, jardines y arbustos.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Cuco (Cuculus canorus):

Es un ave estival en Europa. Habita en zonas boscosas, sotos, zonas de abundante vegetación, campos de cultivo y lugares abiertos con orlas arboladas en las cercanías. Es un ave solitaria, que tiene dos características que la hacen muy singular: la primera su inconfundible canto “cucucucu” y la segunda, poner sus huevos en nido ajeno (poliándrica).

Normalmente parasita pequeñas aves insectívoras, en la Península Ibérica las más comunes son los carriceros y las bisbitas, aunque parasita más de 30 especies. A la eclosión de los huevos el nuevo y recién nacido cuco, se deshace o bien de los huevos si no han eclosionado o bien de los pequeños polluelos.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Lechuza común (Tyto alba):

También llamada lechuza de los campanarios, es un ave de la familia de las Tytonidae, y una de las aves más propagadas de todo el mundo.

Anida en campanarios, desvanes, graneros, ruinas o, en la naturaleza, en cortados y huecos de árboles, aunque es mucho menos frecuente.

Están presentes en todo el mundo, excepto en altas latitudes. Son aves de campo abierto, como campos de cultivo, que cazan preferentemente en los linderos de los bosques. Son bastante sedentarias, y nocturnas o crepusculares.

Se alimentan principalmente de pequeños roedores, especialmente ratones y musarañas, aunque también caza pequeñas aves, insectos, y en menor medida, anfibios y reptiles.

Su método de caza consiste en seguir con la cabeza el sonido de la presa y, cuando ésta se detiene, abalanzarse sobre ella, en absoluto silencio.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Búho chico (Asio otus):

Habita en bosques de coníferas cerca de zonas de cultivos, en ocasiones en la alta montaña. Por el día puede ser vista durmiendo en grupos en pinos altos, aunque se camufla muy bien. Sólo sale de noche.

Utiliza el nido de un córvido o ardilla. Pone de 3 a 5 huevos en una nidada de marzo a junio.

Caza desde percha o en vuelo, capturando roedores y pájaros dormidos.

Catalogada como “Vulnerable”.

Collalba gris (Oenanthe oenanthe):

Paseriforme autóctona, estival, migratoria y transahariana.

Se distribuye principalmente por las zonas altas de las montañas. En la ZEPA Puerto Peña-Los Golondrinos se puede encontrar en las partes más altas.

El hábitat de esta especie son zonas desarboladas con escasez de matorral y abundancia de herbáceas. Zonas de alta montaña por encima de los 800 m.

Catalogada como “De Interés Especial”.

Mirlo acuático (Cinclus cinclus):

Paseriforme escasa, común en el Norte de la península y áreas del Sistema Central y sedentaria.

Su hábitat se encuentra en aguas rápidas hasta los 2.500 m.s.n.m. Su lugar de nidificación se ubica entre rocas, frecuente bajo cascadas, o en puentes, molinos, etc.

Su dieta está basada en larvas de tricópteros, efémeras.

Catalogado como “Vulnerable”.

Collalba rubia (Oenanthe hispanica):

Paseriforme autóctona, estival, migratoria y transahariana.

En el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura aparece catalogada como “De Interés Especial”.

ICTIOFAUNA.

El embalse de García de Sola está caracterizado por una fauna muy modificada por las especies exóticas y en el que aparecen grandes especies de llanura como es el barbo comizo. Entre las especies presentes en el ámbito de estudio, se encuentran incluidos en el Anexo II de la Directiva de Hábitat los siguientes:

Barbo comizo (Barbus comiza):

El barbo comizo es una especie endémica de la Península Ibérica que se distribuye únicamente por las cuencas de los ríos Tajo y Guadiana.

Prefiere ríos profundos con poca velocidad de corriente, lo que explica en cierto modo que no sea muy frecuente en la presente ZEPA. Aparece, no obstante, en la zona oriental del mismo, aunque potencialmente podría aparecer en toda el área englobada por la práctica totalidad de la superficie  del presente estudio. Tiene hábitos alimentarios planctónicos, consumiendo preferentemente insectos y ocasionalmente otros peces. La reproducción está poco estudiada y se extiende desde mayo a junio.

La querencia de esta especie por los tramos bajos de los ríos es el principal motivo que hace que esté en regresión, debido a que estos tramos son los que más sufren la contaminación urbana e industrial. Asimismo, la introducción de especies exóticas, mayormente piscívoras, es el otro gran problema que padece esta especie.

No aparece en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, por encontrarse en el Real Decreto 1095/1989, de 8 de septiembre, por el que se declaran las especies objeto de caza y pesca y se establecen normas para su protección.

Boga (Chondrostoma polylepis):

Se encuentra en la cuenca del Guadiana. Vive en los tramos medios de los ríos, en zonas de marcada corriente, pero también prolifera en las aguas de los embalses. Está declarada especie objeto de pesca y comercializable.

Tampoco aparece en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas, por la misma razón que la especie anterior.

Pardilla (Rutilus lemminguii):

Es una especie endémica de la Península Ibérica distribuida por las cuencas del Duero, Tajo, Guadiana y Guadalquivir. Está bien representada en la ZEPA.

Vive en los tramos medios y bajos de los ríos donde la corriente no es muy rápida y con abundante vegetación acuática. Su alimentación está basada en algas y zooplancton. La reproducción no está apenas estudiada; en el Duero parece tener lugar entre los meses de abril y mayo.

La principal amenaza para la pardilla es la introducción de especies exóticas en España, incluido el cangrejo rojo americano. Además, la calidad de su hábitat disminuye incesantemente a consecuencia del desarrollo de obras hidráulicas, aparentemente sobredimensionadas para las necesidades energéticas y de regadíos del área donde vive la especie.

No figura en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura.

Calandino (Squalius alburnoides):

El calandino es un pez de pequeño tamaño, endémico de la Península Ibérica, y que en España se distribuye por las cuencas de los ríos Duero, Tajo, Sado, Guadiana, Odiel, y Guadalquivir.

Es una especie poco exigente en cuanto a las condiciones del medio, pudiéndose encontrar tanto en arroyos de montaña como en zonas remansadas. La alimentación está compuesta principalmente por artrópodos.

Utiliza como mecanismo reproductivo la hibridogénesis, algo sumamente infrecuente en peces y que tal vez le reporte ventajas en  ambientes como los mediterráneos, con sequías extremas y por tanto poco predecibles.

La introducción de especies exóticas en los ríos españoles, la mayoría de ellas piscívoras, constituye la principal amenaza que tiene la especie. Por otra parte, las principales amenazas que afectan al hábitat del calandino son la realización de diversas infraestructuras hidráulicas (canalizaciones, presas, etc.), así como la contaminación por vertidos agrícolas, urbanos e industriales, la extracción de agua para regadíos y la destrucción de sus frezaderos.

No está incluida en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura.

Colmilleja (Cobitis palúdica):

Es la llamada especie endémica de la Península Ibérica. Habita en marjales y fondos de ríos entre la vegetación propia de esta zona. Estos ambientes son bajos en concentración de oxígeno, por lo que suben hacia la superficie por el oxígeno que guardan en su intestino. Debajo de las agallas poseen pinchos retráctiles como defensa. Además, también poseen palpos.

No está incluida en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura.

Boga del Guadiana (Chondrostoma willkommii):

Esta especie ha sido considerada tradicionalmente por la literatura científica como una subespecie de C. polylepis (C. p. willkommii). Sin embargo, recientemente ha sido elevada a rango de especie (Elvira, 1997), pero hay que tener en cuenta que en la legislación nacional e internacional, anterior a 1997, se menciona como C. polylepis.

La boga del Guadiana es una especie endémica, que en España vive en las cuencas de los ríos Guadiana, Odiel, Guadalquivir y ríos del Sur de España hasta la cuenca del río Vélez, en Málaga. Es muy común en los embalses y está bien representado en el de García de Sola. No obstante prefiere los tramos medios de los ríos, en zonas de marcada corriente.

Es un pez gregario, especialmente cuando efectúa la migración prerreproductiva curso arriba. Se reproduce en abril, siendo el primer ciprínido en hacerlo, por lo que encuentra los lugares de freza libres de muchos de los posibles depredadores de huevos y alevines. Se alimenta de vegetación, invertebrados y detritos.

Aparece citada como “No amenazada” en el Libro Rojo de los Vertebrados de España (1992) y sin ninguna categoría en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (2001). A pesar de ello, las poblaciones de esta especie están en declive y se estima que éste será de al menos el 20% en el área de ocupación de la especie y en la calidad de su hábitat. Los factores de amenaza que operan sobre la especie y su hábitat son básicamente los mismos que para el resto de los endemismos  ibéricos que pueblan los ríos extremeños. Incluida en el Anexo II de la Directiva de Hábitat (1992).

Otras especies que disfrutan de algún grado de protección según el Catálogo Regional de Especies Amenazadas o en otros Anexos de la Directiva de Hábitat son:

Jarabugo (Anaecypris hispanica):

Endemismo ibérico que vive en algunos ríos de la cuenca del Guadiana, concretamente en pequeños arroyos de corriente lenta, con vegetación sumergida y fondos pedregosos. Si bien su distribución potencial abarca toda la ZEPA, sólo parece encontrarse en su extremo Nororiental.

La dieta está constituida por invertebrados plantónicos y bentónicos y completada con fanerógamas, algas y detritos. Prácticamente no se sabe nada acerca de su reproducción; los individuos con 3 cm son ya reproductores.

Se observa una reducción drástica tanto en su área de distribución global como en el número de localidades en los últimos diez años, debido a la introducción de especies exóticas, especialmente de la perca americana Mycropterus salmoides, el pez sol Lepomis gibbosus y el cangrejo americano Procambarus clarkii. Esta última especie no depreda sobre el jarabugo pero aumenta la turbidez de los arroyos, dando lugar a la desaparición de una parte importante de las fanerógamas acuáticas que constituyen las zonas de refugio y reproducción de la especie.

En Extremadura aparece citada en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas como “En Peligro de Extinción”. Aparece también en el Anexo IV de la Directiva de Hábitats.

Barbo cabecicorto (Barbus microcephalus):

Esta especie es también un endemismo ibérico, estando distribuido en la cuenca del Guadiana. Convive con el barbo comizo en embalses y ríos con cauce profundo y aguas lentas, pero puede ocupar zonas de mayor pendiente y con más corriente, lugares éstos poco frecuentados por aquél. Está bien representado en la ZEPA.

Su alimentación es muy similar a la de B. bocagei (barbo común), ya que también es bentónico y detritívoro. De su reproducción poco se sabe, aparte de que acontece entre los meses de abril y junio.

La principal amenaza sobre este barbo es la introducción de especies exóticas, la mayoría de ellas piscívoras. Por su parte, las principales amenazas sobre su hábitat son la realización de diversas infraestructuras hidráulicas (canalizaciones, etc.), la contaminación por vertidos industriales, urbanos y agrícolas, la extracción de áridos en las zonas que usa como frezaderos y de agua para fines agrícolas. La tendencia poblacional de la especie es marcadamente regresiva, aunque aún es localmente abundante en algunos ríos.

Figura, como todos los barbos, en el Anexo V de la Directiva de Hábitats.

Fraile (Salaria fluviatilis):

Pez de distribución circunmediterránea que en España vive en las cuencas de los ríos Ebro, Júcar, Bullen, Fluviá, Verde y Guadiana (y tal vez también en el Guadalquivir). Por la cuenca del Guadiana penetra hasta la provincia de Ciudad Real. Estas poblaciones son diferentes genéticamente a las poblaciones mediterráneas, hecho que les confiere una mayor singularidad ecológica.

El fraile es un pez de hábitos bentónicos que suele localizarse en fondos someros de las zonas medias y bajas de las cuencas fluviales, en general en aguas claras y limpias de corriente no muy fuerte, así como en las orillas de lagos. Muestra preferencia por los cauces pedregosos donde puede ocultarse con facilidad. La alimentación es generalista y tienden a consumir un gran número de presas diferentes dependiendo de la disponibilidad  de alimento en el río. Capturan preferentemente larvas de insectos (quironómidos, efímeras y tricópteros), crustáceos (cladóceros y ostrácodos) y alevines.

La reproducción tiene lugar entre los meses de abril a julio y la hembra utiliza como nido la parte inferior de piedras de cierto tamaño, poniendo un total de 300-800 huevos que son custodiados por el macho hasta que nacen los alevines.

Al ser una especie bentónica, de baja capacidad natatoria, adaptada a cauces medios y bajos de los ríos, ha sufrido una gran reducción de sus poblaciones por depredación de las especies exóticas introducidas en su hábitat durante los últimos años. El aumento de las infraestructuras hidráulicas ha destruido irreversiblemente muchas de las localidades que poseía hasta hace poco la especie. Asimismo, los vertidos de distinto origen y la extracción de áridos en los cauces fluviales, la cual produce una reducción del tamaño medio de las piedras utilizadas para las puestas, disminuyendo la densidad de nidos y el número de huevos por nido, constituyen serios factores de amenaza para el fraile. En la actualidad, las poblaciones se encuentran severamente fragmentadas, lo que imposibilita el que exista entre ellas el intercambio genético que sería deseable para conservar la diversidad genética de la especie.

Figura “En peligro de extinción” en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura. Está presente en el Anexo II de la Directiva de Hábitats.

MAMÍFEROS.

Las especies incluidas en el Anexo II de la Directiva de Hábitats se detallan a continuación:

Murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum):

Esta especie presenta una amplia distribución a nivel mundial y en España se encuentra en toda la Península, Mallorca y Menorca. A pesar de ello no es una especie abundante, ya que en la mayor parte de los casos se encuentran individuos aislados o pequeños grupos no reproductores.

Se puede decir que el patrón de distribución que manifiesta este murciélago es el de una especie ubiquista, capaz de ocupar cualquier medio siempre que sus necesidades de disponibilidad de alimento y de refugio estén resueltas.

Respecto a sus necesidades de hábitat, precisa un mínimo de cobertura arbórea o arbustiva. Las colonias de cría se sitúan generalmente por debajo de los 1.000 m y los refugios que utiliza son cuevas, minas, túneles, bodegas y otras cavidades subterráneas (ocasionalmente también se refugia en partes oscuras y tranquilas de edificios en zonas rurales). Es una especie sedentaria que puntualmente realiza desplazamientos no superiores a los 100 km. Por lo que respecta a sus necesidades alimentarias, la dieta de esta especie está constituida básicamente por polillas y coleópteros (un 75%) y, en menor proporción, por himenópteros y dípteros (sobre todo icneumónidos y tipúlidos, respectivamente).

El murciélago grande de herradura está considerado “Sensible a la alteración de su hábitat” en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura.

Esta especie, como el resto de los murciélagos de herradura, es muy sensible a las molestias en los refugios. Las especiales características de su dinámica poblacional (madurez sexual muy tardía, una sola cría por parto) dificultan su recuperación tras sufrir elevadas mortandades por causas no naturales. Se recomienda proteger legalmente los refugios de cría, dotándolos de barreras que impidan la entrada de personas. Asimismo, la lucha contra los insectos xilófagos en los desvanes debería hacerse de manera controlada.

Murciélago mediano de herradura (Rhinolophus mehelyi):

La distribución de esta especie es muy similar a la del murciélago mediterráneo de herradura, pero en general es aún más restringida a zonas mediterráneas.

En la Península Ibérica se distribuye por su mitad meridional.

En general se encuentra en altitudes bajas, sobrepasando raramente los 500 m. En España es habitual en regiones típicamente mediterráneas, cubiertas con abundante matorral y bosque de encinas o alcornoques. Al parecer es estrictamente cavernícola, utilizando cuevas y minas de tamaño mediano y grande, tanto para la hibernación como durante la época estival. Se supone que al igual que el resto de los murciélagos de herradura europeos es también sedentario.

Se desconoce todo lo relativo a sus requerimientos espaciales, el comportamiento de caza y la composición de la dieta.

En la Comunidad de Extremadura se considera “En peligro de extinción”.

Murciélago ratonero grande (Myotis myotis):

Especie de amplia distribución, estando presente en gran parte de Europa, en el Norte de África y alcanzando por el Este Turquía, Israel y el Líbano.

En España se encuentra ampliamente distribuida por toda la Península.

Este murciélago está considerado en Europa como una especie típicamente forestal que habita tanto en bosques cerrados como en áreas con árboles dispersos. En cambio, en zonas mediterráneas es menos exigente en cuanto a la presencia de árboles, aunque precisa al menos de cobertura arbustiva o de matorral bien desarrollado. En nuestras latitudes las colonias de cría pueden alcanzar hasta los 1.200 m aunque los individuos no reproductores pueden alcanzar cotas mayores.

El murciélago ratonero grande es típicamente cavernícola. Utiliza como refugios cuevas, minas y cualquier otro tipo de cavidad subterránea; también puede refugiarse en puntos oscuros y tranquilos de edificios, como sótanos y desvanes. Es una especie sedentaria, aunque realiza desplazamientos regulares entre refugios distantes entre sí unos 50 km y más raramente de unos 100 km. Se alimentan de artrópodos (sobre todo escarabajos) que cazan en el suelo. Mayormente, las presas son terrestres e incapaces de volar.

En Extremadura, este murciélago está catalogado como “Sensible a la Alteración de su hábitat”.

Murciélago ratonero mediano (Myotis blythii):

Especie de distribución euroasiática, cuyos problemas de identificación han hecho que su distribución en España no se conozca muy bien. Probablemente ocupa toda la Península, aunque se puede afirmar que es más frecuente y abundante en zonas cálidas de la costa mediterránea y del Sur.

Prefiere zonas bajas, en general por debajo de los 600 m, aunque se han encontrado individuos aislados no reproductores por encima de los 1.300 m. Utiliza principalmente como refugio cavidades subterráneas (cuevas, minas, túneles, etc.) y en menor proporción construcciones humanas abandonadas (desvanes, aljibes, etc.). Se considera una especie migradora ocasional, pero en la Península Ibérica no parece mostrar este comportamiento, ya que la mayoría de los movimientos son pocas decenas de km. Sus costumbres son muy poco conocidas. Se supone que son muy similares a las del ratonero grande, pero el hecho de que puedan vivir juntos hace pensar que deben tener diferencias importantes para evitar la competencia. Parece ser que el ratonero mediano prefiere hábitats más abiertos, con amplias zonas de pastos. Por ello, la dieta no estaría tan basada en escarabajos como ocurre en la especie anterior, sino por ortópteros de pastizales (saltamontes y grillos).

En Extremadura está catalogada como “Sensible a la Alteración de su hábitat”. Al ser una especie muy gregaria, es muy importante proteger los refugios de cría conocidos, donde se concentran miles de hembras.

Nutria (Lutra lutra):

Poblaciones escasas y dispersas. Esta especie es muy sensible a la sobreexplotación de las aguas superficiales y subterráneas, así como a las sequías periódicas.

Está muy ligada a zonas acuáticas, como ríos, lagos y embalses. El principal factor limitante para su existencia es la disponibilidad de alimento.

Normalmente se localiza en zonas de ríos con buena cobertura en sus orillas y de aguas muy limpias.

Como es habitual en especies indicadoras del estado de conservación del medio, la principal amenaza es la degradación de su hábitat. Cualquier variación ocurrida en las zonas habituales de estancia y/o cría, que haga disminuir la disponibilidad de alimento y/o lugares adecuados de reposo, principalmente la destrucción de riberas o el excesivo empleo de productos fitosanitarios que contaminen el agua, al margen de los vertidos incontrolados de aguas residuales, se convierten en los principales peligros para esta especie. Las grandes presas pueden fragmentar sus poblaciones, incrementando el riesgo de extinción.

Cualquier medida encaminada a la regeneración de sus hábitats naturales, así como la depuración de todas las aguas residuales y la recuperación de las especies de peces que sustentan a la nutria, el empleo racional de los fitosanitarios que producen contaminación dispersa de las aguas, etc., son medidas fundamentales para la conservación de estepequeño carnívoro.

En el Catálogo Regional de Especies Amenazadas aparece con la categoría “De Interés Especial”. La frecuencia con la que esta especie aparece en la zona es poco abundante.

Lince ibérico (Lynx pardinus):

Limitada presencia en la Península, y quedándose restringida a enclaves muy concretos, es además, el felino más amenazado del mundo, razón más que suficiente para un tratamiento más acorde a su importancia entre las especies faunísticas de la presente ZEPA.

El lince es una especie característica del bosque y matorral mediterráneos.

La estructura en mosaico de este tipo de formaciones es muy importante para la especie. Proporcionan zonas de cobertura y protección y además, permiten la generación de pastizales, que son la principal fuente de alimentación de la presa por excelencia del lince: el conejo.

Una de las principales amenazas para la especie, es la continua fragmentación de su hábitat, debido fundamentalmente a la creación de infraestructuras viarias, cercados de terrenos y a la construcción de grandes embalses. Esta situación genera un “efecto barrera”, llegando a la pérdida de variabilidad genética entre los individuos de poblaciones aisladas.

Además, la pérdida de la población de presas por factores infecciosos está incidiendo muy negativamente en la supervivencia del felino. Igualmente, la muerte por disparos, atropellos, cepos y venenos son las otras graves amenazas que se ciernen sobre esta especie.

De acuerdo con estudios previos, el lince se encontraría en gran parte de las áreas potenciales que muestra el modelo teórico y que ya aparecían en el estudio realizado por Rodríguez y Delibes, donde los resultados mostraban la presencia estable del felino en las cadenas montañosas más septentrionales del macizo de Las Villuercas (Sierra de Altamira y Palomera), con una superficie próxima a los 450 km2, habitada por 50 individuos. Ya por entonces consideraban que la especie había prácticamente desaparecido de las sierras meridionales del macizo de Las Villuercas. En otro estudio realizado entre julio de 1996 y febrero de 1997, obtienen citas localizadas en la zona del Guadarranque, que correspondería a un área de intercambio, es decir zonas que unen las áreas de presencia estable de la misma población, no albergan linces regularmente, pero permiten la comunicación entre los distintos núcleos o subpoblaciones. Las citas se localizan al Sur de la línea imaginaria que une La Calera con el Puerto de San Vicente, ocupando un área aproximada de 170 km2, que abarcaría la mitad Sur del Valle del Guadarranque y las sierras que lo flanquean. En el Inventario de 1997 se considera a esta zona, como área de presencia estable, donde los autores creen que el lince debe de reproducirse. La zona del Guadarranque Norte se considera en el mismo estudio área de recolonización potencial. Se trataría de zonas de reciente extinción, en ellas se podrían observar eventualmente, individuos provenientes de la zona del Guadarranque Sur.

Para su conservación, la principal medida es la realización de estudios muy detallados sobre el estado poblacional de la especie a nivel nacional, y sobre todo a nivel extremeño, y más concretamente en la presente área. Igualmente, habría que reforzar la restauración de hábitats y la creación de unos programas de ordenación y recuperación de las poblaciones de conejos. En cuanto a la utilización de venenos y cepos, aplicar la ley vigente en su sentido más estricto, vigilando durante las jornadas de caza en las zonas potencialmente linceras. Potenciar la idea de corredores ecológicos como vía de comunicación entre las diferentes poblaciones, dando continuidad a los hábitats naturales. Otra medida de conservación sería la creación de pasos en carreteras, para evitar la muerte por atropellos. Por último, evitar la construcción de nuevas infraestructuras en zonas de presencia de linces.

Regionalmente catalogado como especie en “Peligro de Extinción”.

Murciélago de cueva (Miniopterus schreibersi):

Es una especie capaz de vivir en gran variedad de medios, desde lugares llanos hasta montañosos, con o sin cobertura vegetal e incluso zonas altamente transformadas, aunque aparece con mayor frecuencia en zonas calcáreas, donde la naturaleza kárstica del sustrato favorece el desarrollo de cavidades naturales. Está considerada como cavernícola y acusadamente gregaria, formando grandes colonias en cuevas, minas, simas y túneles, llegando a utilizar los individuos solitarios como refugio fisuras, grietas de rocas y construcciones, casas y puentes.

A finales de noviembre y primeros de diciembre llegan al refugio de hibernación, primero las hembras y luego los machos. Allí permanecen hasta febrero que recuperan su actividad. A partir de febrero abandonan los lugares de hibernación. A principios de junio llegan a un refugio donde sitúan la colonia de crías poco antes de que tengan lugar los partos.

Su dieta se basa en insectos de cutícula blanda, especialmente polillas, aunque también captura mosquitos y pequeños escarabajos. Se trata de un especialista en la explotación del “plancton” aéreo.

Catalogada como “Sensible a la alteración de su hábitat”.

Murciélago orejirroto o de Geoffroy (Myotis emarginatus):

Se trata de un vespertiliónido de tamaño mediano. Su característica morfológica diferencial es la profunda emarginación de las orejas. El hocico es más largo que el del murciélago de cueva y el pelaje lanudo, de color pardo rojizo en el lomo y más claro en el vientre. Es capaz de utilizar gran número de ambientes distintos, prefiriendo no obstante medios abiertos de escaso arbolado y pudiendo ser observado tanto en medios litorales como en montañas hasta 900 m de altitud. Aunque de forma natural es de costumbres cavernícolas ha manifestado una gran adaptación a medios humanos, siendo frecuente que utilice como refugio cavidades artificiales, construcciones abandonadas y desvanes.

Para la alimentación abandona el refugio poco después de la caída de la noche y regresa una hora antes del amanecer, alternando periodos de actividad de hasta dos horas con otros de descanso. Para la caza sigue estrategias muy variadas, pudiendo atrapar en vuelo insectos voladores nocturnos, principalmente mariposas y polillas, o capturar coleópteros, arácnidos o insectos posados sobre la superficie del suelo o de árboles y arbustos. No es una especie tan gregaria como otros de sus congéneres, por lo que hiberna en solitario o en grupos poco numerosos, pudiendo ocupar cuevas, minas abandonadas y sótanos frescos.

Catalogada como “Sensible a la alteración de su hábitat”.

Murciélago de herradura mediterráneo (Rhinolophus euryale):

Especie ampliamente extendida por la cuenca mediterránea, que en España está presente en toda la Península, si bien, como su propio nombre indica, es más abundante en las regiones cálidas de la costa mediterránea y en la mitad meridional de España.

Es una de las especies estrictamente cavernícolas; en general ocupa todo tipo de cavidades subterráneas, como cuevas, minas, bodegas, túneles, etc.; los refugios en desvanes de sótanos de edificios son infrecuentes.

En las proximidades del refugio necesitan un mínimo de vegetación natural, sobre todo arbustiva. Las colonias de cría se encuentran desde el nivel del mar hasta algo más de los 1.000 m, aunque los individuos no reproductores se observan con frecuencia en cavidades de zonas montañosas, incluso hasta 1.300 m de altitud.

Es un animal sedentario y las distancias entre los diferentes refugios utilizados por una colonia a lo largo del año son de apenas unas decenas de kilómetros.

Es un animal más raro que otras especies de murciélagos de herradura aunque al ser más gregario puede llegar a ser el murciélago de herradura con más efectivos en muchas zonas.

En Extremadura se considera “En peligro de extinción”.

Además de las especies anteriores, en este espacio se encuentran otras con distintos grados de protección según el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura. Estas se describen a continuación:

Comadreja (Mustela nivalis):

Esta especie se adapta a todo tipo de suelos, prefiriendo los campos de cultivo, terrenos con matorral bajo, muros de piedra, matorrales cercanos a prados, en general los terrenos no muy húmedos pero con agua cerca, rehuyendo de los bosques cerrados y de las zonas encharcadas.

Normalmente vive cerca del medio humano, frecuentando construcciones humanas a menudo abandonadas.

Este pequeño mamífero sirve de alimento a muchos otros animales, entre los que están las aves rapaces tanto diurnas como nocturnas, y a los carnívoros como lobo, zorro, gato montés, garduña, etc.).

En cuanto a su dieta está basada en roedores, aunque también caza: conejos, pájaros, grillos, etc.

A nivel regional está catalogado como “De Interés Especial”.

Garduña (Martes foina):

Habita en zonas montañosas y rocosas, con poca vegetación. También se encuentra en bosques de robles, hayedos, encinares, etc.

En la península su distribución es más o menos regular, al igual que en la totalidad de la presente ZEPA. Se encuentra en regresión debido principalmente a la caza ilegal por parte de los furtivos, a las molestias ocasionadas por los humanos y a la destrucción de su hábitat, con la consiguiente reducción de sus biotopos.

Se alimenta de liebres, conejos, pájaros y sus huevos, ratas, ratones, topillos, peces y anfibios, entre otros.

En la catalogación regional se encuentra como “De Interés Especial”.

Gato montés (Felis silvestris):

Para algunos autores este gato se distribuye a lo largo de toda la península.

Necesita medios donde la cobertura sea suficiente, zonas boscosas y amplias, aunque ocupa bosques de galería junto a los ríos, medios en mosaico con áreas de huertas y prados, zonas de matorral mediterráneo e incluso praderías alpinas supraforestales. Muestra cierta tendencia a seleccionar medios rocosos y es más abundante en áreas poco pobladas.

Su alimentación depende fundamentalmente de los micromamíferos.

Entre las amenazas que acechan a este felino se encuentra la hibridación con gatos domésticos y la pérdida y humanización del hábitat.

Como medidas de conservación deberían contemplarse estudios básicos para conocer su distribución, situación, tendencias poblacionales y problemas de conservación concretos. Se debe prohibir de forma efectiva la utilización de métodos no selectivos (lazos y cepos) para la eliminación de zorros, y controlar rigurosamente los métodos de captura en las explotaciones industriales de conejo. Son importantes las medidas generales de conservación del hábitat.

En el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura aparece con la categoría de “De Interés Especial”.

ANFIBIOS.

Sapillo pintojo ibérico (Discoglossus galganoi):

Anfibio incluido en el Anexo II de la Directiva de Hábitats.

Especie endémica de la Península Ibérica que se distribuye por su mitad occidental, en zonas con predominio de los substratos graníticos o metamórficos; su límite está determinado hacia el Sur por el Guadalquivir y hacia el Este coincide aproximadamente con las zonas de contacto entre los substratos graníticos y calcáreos a lo largo de Sierra Morena, Montes de Toledo y Sistema Central; por el Norte su límite resulta aún poco preciso.

En la región mediterránea se extiende predominantemente en los pisos bioclimáticos meso y supramediterráneo, ocupando tanto zonas abiertas como de bosque, especialmente encinares (Quercus ilex), quejigares (Q. faginea) y rebollares (Q. pyrenaica). Frecuentemente asociado a bosques de ribera. En las zonas silíceas parece ocupar una mayor diversidad de biotopos de puesta, que en las calcáreas, que incluyen arroyos permanentes o temporales, charcas y zonas encharcadas en general de aguas poco profundas.

Su actividad es preferentemente crepuscular, si bien presenta cierta actividad diurna. El periodo reproductor varía según las zonas y puede extenderse desde principios de invierno hasta finales de verano. Su dieta se basa fundamentalmente en invertebrados diversos (insectos y larvas, lombrices, etc.); no obstante, en su voracidad pueden predar sobre inmaduros de su propia especie. La alimentación de las larvas consiste fundamentalmente en materia vegetal (algas y vegetación acuática) y detritus.

Este sapillo está catalogado en Extremadura como “Vulnerable”.

Los anfibios protegidos según el Catálogo Regional de Especies Amenazadas son los siguientes:

Salamandra común (Salamandra salamandra):

Se trata de una especie de amplia distribución en el Paleártico Occidental, no endémica de la Península Ibérica. No obstante en la ZEPA Puerto Peña-Los Golondrinos, habita una raza o subespecie considerada endémica del centro peninsular: S. salamandra bejarae, si bien trabajos recientes en sistemática molecular ponen en entredicho la validez de esta  subespecie (al igual que la de las otras ocho consideradas endémicas en la Península Ibérica).

La salamandra común busca preferentemente zonas húmedas y sombrías, con abundantes precipitaciones. Prefiere los bosques caducifolios con arroyos o charcas. También se encuentra en praderas húmedas bordeadas de setos o muros. En alta montaña, la especie aparece por encima del nivel del bosque, en zona de turberas o praderas alpinas. Preferentemente de hábitos nocturnos, se refugia en galerías de otros animales o en cavidades entre raíces o piedras.

Los adultos se alimentan preferentemente de hormigas, moscas y mosquitos, babosas, caracoles, escolopendras, ciempiés, lombrices de tierra y arañas. Las larvas se alimentan sobre todo de pequeños crustáceos e insectos acuáticos y, en menor proporción, de gusanos y caracoles.

El periodo reproductor es relativamente dilatado en el tiempo y en la mayoría de los casos tiene lugar entre septiembre y mayo.

Como principales amenazas de la especie cabe citar los incendios forestales, la progresiva aridificación de muchas zonas y la contaminación de los cuerpos de agua en sus zonas de reproducción.

Aparece catalogada en Extremadura como “Sensible a la alteración de su hábitat”.

Tritón ibérico (Triturus boscai):

Especie endémica de la Península Ibérica que se distribuye por su mitad occidental. El Sistema Central constituye el límite oriental de distribución de este tritón y las poblaciones que alberga poseen cierto grado de diferenciación genética con respecto al resto de las poblaciones de la especie, lo que hace que el nivel taxonómico de ambos grupos definidos, esté aún por determinar.

El tritón ibérico se reproduce en cuerpos de agua muy diversos: pequeñas charcas temporales, estanques, pozas, abrevaderos y fuentes hasta arroyos de montaña o colas de embalses. En el Sistema Central está muy ligado a arroyos de cierta corriente, independientemente de la vegetación acuática existente y a veces, también de la cobertura vegetal que rodea las charcas o arroyos que ocupa. Se encuentra en cualquier tipo de hábitat, como eucaliptales, pinares, bosques de encinas, alcornoques o robles, zonas de matorral e incluso en cultivos, con gran diversidad de suelos, desde rocosos hasta arenosos, no superando los 1.500 m de altitud (en casos excepcionales supera los 1.800 m).

Los adultos se alimentan tanto en el agua como en tierra de insectos y de sus larvas, así como de pequeños crustáceos, caracoles, babosas, lombrices de tierra y otros invertebrados. Ocasionalmente depredan sobre sus propios huevos o larvas, o sobre los de otros anfibios. Las larvas son igualmente carnívoras.

Las poblaciones con mayor grado de amenaza son las del Sistema Central, y son precisamente estas las que se encuentran en regresión. 

Esta especie está catalogada en Extremadura como “Sensible a la alteración de su hábitat”.

Sapillo moteado (Peloaytes punctatus):

Se distribuye por Francia, Noroeste de Italia y Península Ibérica, donde falta en gran parte del sector Noroccidental. De hecho Badajoz parece constituir su límite septentrional por el Oeste de España (en Portugal, en cambio, alcanza mayores latitudes).

El sapillo moteado habita desde el nivel del mar, hasta las altas parameras de las mesetas y zonas de media montaña en la mitad meridional. Muestra gran tendencia a utilizar como refugios cuevas, simas, grietas y otras cavidades similares. De hábitos predominantemente nocturnos, la actividad anual de la especie se limita en gran medida a la estación reproductora, la cual acontece, por regla general, entre octubre o noviembre hasta febrero o marzo. Para reproducirse puede utilizar masas de agua de muy diferente naturaleza y extensión, por lo general en zonas abiertas y soleadas, principalmente charcas temporales, cunetas encharcadas, acequias, zonas remansadas de arroyos, pequeñas lagunas e incluso marismas (tolera un elevado índice de salinidad). Los adultos se alimentan principalmente de pequeños invertebrados y las larvas, por su parte, consumen preferentemente detritus, algas, hongos y plantas acuáticas.

El sapillo moteado está catalogado como “Vulnerable” en Extremadura.

Sus principales amenazas son la contaminación y la destrucción de las charcas en las que se reproduce.

Sapo común (Bufo bufo):

Ocupa casi toda la Península Ibérica, siendo más escaso en zonas áridas del Sur y del Sureste peninsular.

Especie de amplia valencia ecológica que vive desde el nivel del mar hasta los 2.600 m de altitud. Ocupa todos los pisos bioclimáticos y ombroclimas, a excepción de las zonas más áridas de la Península. Para la reproducción requiere, la presencia de masas de agua de cierta extensión como balsas, charcas, embalses, abrevaderos, etc. Prefiere zonas boscosas o de matorral, y abunda en determinadas áreas rurales de cultivos donde existe suficiente alimento.

Su alimentación incluye principalmente escarabajos, mariposas, saltamontes, ciempiés, babosas e incluso otros anfibios.

Entre sus predadores, mustélidos como turones y nutrias. También depredan sobre ellos la culebra viperina, águila calzada, águila culebrera, aguilucho cenizo, milanos negros, etc.

En cuanto al estado de sus poblaciones, antiguamente era muy abundante.

La alteración de los puntos de reproducción y de sus hábitats (contaminación, desecación, transformación, y cambio de usos tradicionales del suelo) están provocando hoy día un declive generalizado de las poblaciones  en gran parte de la Península. Localmente pueden registrarse elevadas tasas de mortalidad por atropellos.

En el catálogo regional está catalogado como “De Interés Especial”.

Ranita de San Antón (Hyla arborea):

En España se reconocen dos subespecies: H. arborea molleri (Bedriaga, 1890), que se distribuye por el Noroeste y por Portugal y que tal vez sea descrita a corto plazo como una especie diferenciada, y la subespecie nominal H. arborea arborea, que ocupa el resto de España. Esta subespecie sería, pues, la que estaría presente en la ZEPA Puerto Peña-Los Golondrinos.

Esta ranita está ligada preferentemente a condiciones ambientales de gran humedad, con abundante vegetación de juncos, carrizos, etc., por lo que se localiza en la proximidad de zonas encharcadas, prados húmedos, sotos de ríos o lagunas, siendo imprescindible la presencia de masas de agua permanentes para su reproducción. Muestra una actividad nocturna y crepuscular. La época de reproducción comienza en primavera, especialmente cuando la temperatura ya es superior a 10 ºC y ha habido lluvias recientes. Los adultos consumen principalmente moscas, hormigas, pequeñas chinches y escarabajos, ciempiés y cochinillas. Las larvas son herbívoras y detritívoras.

La desaparición de puntos de agua, la contaminación y la destrucción y transformación de la vegetación de ribera afectan de modo importante a esta especie, que es particularmente sensible a las alteraciones del medio debido a sus preferencias ecológicas.

La ranita de San Antón está catalogada en Extremadura como “Vulnerable”.

Rana patilarga (Rana iberica):

Endemismo ibérico cuya principal área de distribución se encuentra en el Noroeste peninsular. En el centro penetra hacia el interior por el Sistema Central hasta la sierra de Guadarrama. Extremadura representa el límite meridional de distribución de la especie.

La rana patilarga es una de las más acuáticas entre las ranas pardas ibéricas.

En algunos lugares de su distribución presenta hábitos terrestres en su periodo no reproductor. Vive siempre en los márgenes de arroyos, riachuelos y acequias de aguas frías, cursos permanentes y relativamente profundos, donde también se reproduce. En zonas elevadas del Sistema Central es también frecuente en turberas y lagunas, muchas veces de origen glacial. Su actividad es marcadamente crepuscular y nocturna.

El periodo de celo y de puestas puede ser muy prolongado y extenderse desde noviembre hasta marzo o abril. Los adultos se alimentan principalmente de insectos (sobre todo dípteros, tricópteros y coleópteros) y arácnidos, y completan su dieta con otros invertebrados.

La especie está catalogada en Extremadura como “Sensible a la alteración de su hábitat”.

REPTILES.

Galápago leproso (Mauremys leprosa):

Es el único reptil de la ZEPA “Puerto Peña-Los Golondrinos” que aparece en el Anexo II de la Directiva de Hábitats.

Ocupa la totalidad de la península excepto su franja más septentrional.

Prefiere arroyos, ríos y charcas de tierras bajas con independencia de la vegetación circundante, siempre que haya suficiente refugio y alimento, y una masa de agua permanente; incluso vive en arroyos temporales si persisten pozas en la época seca. También se presenta en humedales litorales, arroyos de montaña, grandes charcas, lagunas interiores y colas de pantanos.

Con respecto al estado de sus poblaciones más septentrionales poseen núcleos más frágiles. Asimismo, las poblaciones costeras vienen sufriendo las consecuencias negativas de las transformaciones de los humedales litorales. Otros problemas son la sobreexplotación de los recursos hídricos, la contaminación, el comercio, la presión humana en general y la posible competencia con especies alóctonas como la tortuga de Florida.

Galápago europeo (Emys orbicularis):

Su distribución en la Península Ibérica es discontinua. Zonas con poblaciones continuas existen en Navarra, sistema Central, Andalucía Occidental y costa mediterránea.

Puede encontrarse en una gran variedad de medios acuáticos, desde ríos o arroyos hasta charcas de cierta extensión, humedales costeros, estuarios, canales, lagunas y pantanos, aunque prefiere arroyos y ríos de poca altitud, puede llegar a superar los 1.000 m.

Su alimento lo busca bajo el agua o en superficie, y su dieta está basada en larvas y adultos de anfibios, peces, insectos, caracoles, carroña y restos vegetales. Ocasionalmente capturan pollos de aves. Sus predadores son: el jabalí, el meloncillo, la rata campestre, diversas rapaces diurnas, córvidos, y garzas.

Catalogado como “Sensible a la Alteración de su hábitat” y recogida en el Anexo II de la Directiva de Hábitats.

Lagarto verdinegro (Lacerta schreiberi):

Endemismo de la Península Ibérica. Está presente desde el nivel del mar hasta los 2.100 m de altitud.

Este lagarto se halla preferentemente en hábitats húmedos, en muchos casos cercanos a cursos de agua, en zonas de pastizal, lindes de bosque y áreas arbustivas en el dominio de bosques de robles o de bosques de hoja caduca, así como en las formaciones vegetales resultantes de su degradación.

La destrucción de sus hábitats, sobre todo sotos fluviales y vegetación ribereña, incide de manera especialmente negativa en las especies que desarrollan parte o la totalidad de su ciclo biológico en este tipo de biotopos.

En la Comunidad Autónoma Extremeña está catalogado como “Vulnerable”.

Además de éstos, otros reptiles están catalogados en Extremadura como amenazados. Éstos son los siguientes:

Víbora hocicuda (Vipera latastei):

Repartida por la mayor parte de la Península Ibérica (excepto extremo noroccidental, cornisa cantábrica y Pirineos).

Especie de carácter mediterráneo que precisa enclaves con buena insolación.

Habita así, zonas abiertas de matorral, setos, linderos, muros de piedra, bordes de bosque y también el interior de bosques aclarados o relativamente abiertos de encina, pino, sabina, melojo, quejigos, alcornoque o mixtos. Muestra cierta preferencia por sustratos rocosos o pedregosos, si bien éste no es un factor limitante.

Espectro alimenticio muy amplio. Puede predar sobre la totalidad de especies de lagartos y lagartijas con los que convive, así como otros reptiles de pequeño y mediano tamaño. Se incluyen además, musarañas, ratones de campo, topillos y una larga lista de micromamíferos y roedores.

Entre sus predadores; aves de presa, jabalíes, erizos, meloncillos entre otros.

En los últimos tiempos la especie ha experimentado un acusado declive.

La fragmentación de sus poblaciones por alteración o pérdida de su hábitat y la persecución directa por parte del hombre, constituyen las principales causas de este retroceso. En el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura esta especie está catalogada como “De Interés Especial”.

Estado de conservación de la fauna en la ZEPA “Puerto Peña-Los Golondrinos”:

A grandes rasgos la fauna de la ZEPA puede englobarse dentro de dos grupos bien diferenciados, aunque compartan en algunos casos el hábitat.

Por un lado los que son estrictamente de montaña, entre los que podemos encontrar muchas de las especies amenazadas catalogadas en Extremadura.

El segundo grupo de la fauna está compuesto de una mayor variedad de especies, muchas de ellas de gran interés por encontrarse catalogadas con algún grado de amenaza, y que ocupan las laderas de las zonas montañosas entre las que podemos encontrar, el lince ibérico, el buitre negro, la cigüeña negra, la garza real, entre otros.

La ZEPA constituye para numerosas especies un refugio ideal por la variedad de hábitats que presenta, desde los roquedos más escarpados en los que se encuentran numerosos enclaves para la nidificación de especies amenazadas, hasta las zonas más bajas compuestas por extensiones de pastizales, que constituyen un hábitat especial para especies estepáricas, pasando por el matorral de las laderas, los encinares adehesados.

Las especies faunísticas se encuentran estrechamente ligadas a los hábitats donde viven por lo que la conservación de las especies más amenazadas implica la conservación de sus hábitats.

1.1.2.2. FLORA.

Además de la protección de la fauna y los hábitats de interés comunitario, las Directivas 92/43/CEE relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres y 79/409/CE relativa a la conservación de las aves silvestres, también consideran entre sus objetivos esenciales la conservación de las especies silvestres de la flora de interés comunitario.

En la ZEPA “Puerto Peña–Los Golondrinos” únicamente encontramos dos especies contenidas en los anexos de las directivas anteriormente amenazadas. Estas son:

Satirión de tres testículos (Spiranthes aestivalis):

Es una planta de la familia Orchidaceae, de tallo delgado, liso y glabro bajo la inflorescencia. Su inflorescencia es alargada, con pequeñas flores blancas en espiral laxa por torsión del eje floral. Posee una bráctea lanceolada, más larga que el ovario. Sépalos laterales lanceolados, blanquecinos o salpicados de amarillo, pubescentes por el exterior, con ápice obtuso; sépalo central connivente con los pétalos en un estrecho tubo pubescente con extremos curvados hacia fuera. Labelo como pequeña lengua blanquecina, pilosa y curvada hacia abajo, con ápice redondeado o levemente escotado y margen ondulado.

Su periodo de floración comprende los meses de junio y julio. Se pueden encontrar en prados muy húmedos, bordes de arroyos y otros lugares húmedos, pero debido a sus ubicaciones muy específicas, las fechas de floración y el tamaño de esta especie hacen muy difícil su localización, pasando inadvertida en muchas ocasiones.

Es escasa en la provincia de Cáceres y aún más puntual en Badajoz. Está catalogada de interés especial en Extremadura y se encuentra en el Anexo IV de la Directiva 92/43/CEE relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre.

Narciso (Narcissus frenandesii G. Pedro):

Esta especie pertenece a la familia Amaryllidaceae. Es una planta herbácea bulbosa. Inflorescencia en espata embudada, soldada sólo hacia la base. Flores amarillas actiniformes y hermafroditas, erectas o patentes, largamente pediceladas. Florece de febrero a marzo.

Suele asentarse en suelos compactos, arcillosos, calcáreos, pedregosos ocasionalmente, de escasa potencia, preferiblemente en comunidades de jarales y matorrales abiertos. Aparece bien representada en la provincia de Badajoz en las sierras calcáreas del centro de la provincia, así como en los afloramientos calcáreos de la provincia de Cáceres. Está catalogada de interés especial en Extremadura y se encuentra en el Anexo II de la Directiva 92/43/CEE relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre.

Sin embargo, existe una gran riqueza florística que a continuación se lista:

 

 

 

1.2. CARACTERÍSTICAS FÍSICAS O ABIÓTICAS.

En este apartado, sólo se considerarán aquellos factores que tengan una repercusión manifiesta y relevante en los valores del espacio y/o puedan condicionar la gestión del mismo.

1.2.1. CLIMATOLOGÍA.

El clima es mediterráneo interior, destacando un invierno frío (heladas en enero) y un verano caluroso. La primavera y el otoño son las dos estaciones de transición con temperaturas templadas y muy agradables.

Las precipitaciones son en general escasas. El régimen de lluvias se produce en otoño, finales de invierno y en primavera (abril-mayo).

1.2.2. GEOLOGÍA, LITOLOGÍA Y GEOMORFOLOGÍA.

El rasgo geológico más destacado es el dominio de los materiales que conforman complejo esquisto-grawáquico, que conforman mayoritariamente el sustrato geológico de la ZEPA, junto con sedimentos paleozoicos más escasamente representados.

Sobre este basamento cristalino aparece un recubrimiento de materiales detríticos terciarios y cuaternarios.

La geomorfología viene determinada en función de las pendientes, altitud y la geología-litología de la zona.

La ZEPA se ubica en la parte más occidental del Sistema Central, coincidiendo con el límite provincial con Castilla León.

Morfológicamente la ZEPA está conformada por tres dominios macroestructurales, resultado de la naturaleza y disposición de las distintas unidades litológicas:

En primer lugar destaca una zona suave, alomada, formada de pizarras, grauwacas y areniscas, de edad Precámbrica.

Sobre esta superficie emergen fuertes crestones de naturaleza cuarcítica que nos ponen en contacto con las series paleozoicas, de paisaje abrupto, constituido por sierras y alineaciones montañosas con dirección NO-SE. Son las cuarcitas de facies Armoricana las que configuran este característico paisaje y generan a su vez las cotas más elevadas, con fuertes resaltes cuyas laderas se encuentran cubiertas por gran cantidad de derrubios, coluviones y canchales, producto de la denudación de estos relieves.

Tanto sobre la “Llanura Precámbrica” como adosadas a las laderas de las sierras, aparecen morfologías de mesa. Son típicas formaciones conocidas tanto en la bibliografía regional como en el paisaje de los Montes de Toledo como “Las Rañas”. Se trata de depósitos asociados a glacis derivados de la meteorización de las sierras cuarcíticas.

Como singularidad, se pueden mencionar los accidentes tectónicos de ruptura y torsión —los portillos y crestas rocosas de cuarcitas y pizarras como el portillo de Puerto Peña y otros menores, que cortan verticalmente el fondo del embalse—.

Estas características son las principales circunstancias que han llevado a la ubicación, en estos portillos, de las cerradas de las presas en el río Guadiana como García de Sola (Puerto Peña).

1.2.3. EDAFOLOGÍA Y SUELOS.

Los suelos que tapizan la ZEPA son mayoritariamente poco desarrollados y de escasa calidad agrológica, debido principalmente a las fuertes pendientes de las laderas de las sierras paleozoicas, a excepción de los suelos aluviales asociados a los ríos y arroyos de mayor importancia y de los suelos que recubren los depósitos terciarios.

En el apartado 5 “Información Adicional” se incluye el mapa de aprovechamientos y cultivos de la zona de estudio.

1.2.4. HIDROLOGÍA SUPERFICIAL Y SUBTERRÁNEA.

La zona de estudio está definida, delimitada y condicionada en base al embalse de García de Sola. Por lo tanto el territorio de la ZEPA manifiesta una fluida red de ríos, arroyos y regatos, que alimentan al citado embalse, suponiendo una substancial fuente de aportes al Río Guadiana.

Así pues, de estos cauces cabe destacar, además de los aportes del propio río Guadiana a través de la represa del Cíjara, los caudales provenientes de los ríos Guadarranque y Guadalupejo, ambos de entidad relativamente importante con nacimiento en las sierras de Villuercas y Altamira. En el caso del Guadalupejo cabe destacar las aportaciones de su principal afluente que es el río Silvadillo.

El régimen de los caudales es muy irregular tanto en el río principal como en los afluentes mencionados, con fuerte estiaje y marcado carácter estacional siempre dependiente del régimen de precipitaciones de la cuenca, cuyos valores medios no superan los 550 mm dentro de la ZEPA. Los arroyos de cabecera de algunos de los cauces de menor entidad comentados en la tabla anterior discurren estacionalmente secos.

Los aportes medios que recibe el embalse de García de Sola, son de 1.273 Hm3  anuales durante el periodo estudiado, con un porcentaje de 229% sobre la capacidad  del embalse. Desde el punto de vista de un análisis mensual los 103 Hm3 de media presentan matizaciones. Las entradas son notables en el periodo de enero a marzo, con máximo en febrero, y un descenso continuado hasta octubre; aunque incluso en los meses de máxima entrada, estas son importantes. La presencia del Cíjara aguas arriba incide sobre todo en los meses de mínima. Las salidas, por el contrario, presentan dos máximos, uno invernal (febrero-marzo) y otro a principios del verano (junio-julio). El primero está motivado por los grandes aportes invernales, con riesgo de inundaciones, y el segundo por la suelta de aguas a Orellana para riego.

Las aguas de los embalses de García de Sola y Valdecaballeros, se encuentran clasificadas como adecuadas para el consumo humano, siendo preciso el tratamiento físico simple y desinfección para su potabilización, es decir son aguas correspondientes al tipo A1.

Presentan a su vez un bajo riesgo de salinización y alcalinización que determina su idoneidad para el riego agrícola. En el caso concreto del García de Sola, al  encontrarse aguas abajo del Cíjara, presenta un grado de eutrofia menor, correspondiente al nivel mesotrófico, con aislados periodos de eutrofia, ya que el vaso de aquel actúa como acumulador natural de nutrientes.

Se considera que en general las aguas de la ZEPA “Puerto Peña–Los Golondrinos” son de una calidad elevada, no obstante se debe controlar de forma exhaustiva de cara al futuro el riesgo de eutrofización que presenta ambos embalses, cuya aparición supondría una disminución de la calidad de las aguas y la consiguiente limitación de sus usos, principalmente del ecológico.

1.2.5. PATRIMONIO CULTURAL.

El embalse de García de Sola fue construido en 1963, con un volumen de 555 HM3. Tiene 34,5 km de longitud con una anchura máxima de 5 km.

Entre los afluentes que vierten al embalse, los más importantes por su caudal son los ríos Guadalupejo y Guadarranque en la margen derecha, procedentes de la Sierra de Guadalupe.

El Palacio “Castillo de Cíjara” es otro elemento singular que se sitúa en un entorno atractivo entre dehesas densas y bien conservadas y el embalse. La visión de la Sierra de Guadalupe constituye un hito visual desde algunos puntos en la margen derecha del embalse (en torno a Castilblanco y Valdecaballeros).

Hay cinco miradores fácilmente accesibles desde las carreteras. Existen más elementos de interés singular como los cerros rocosos del Risco y del Callejón del Lobo, que por su altura y majestuosidad, son muy visibles desde muchos ángulos del embalse, además de albergar un gran número de buitreras como atractivo faunístico adicional.

1.3. PAISAJE.

El paisaje debido a la importancia de sus componentes naturales adquiere una apreciable calidad, siendo los elementos más destacables la morfología montañosa de las sierras paleozoicas que contrastan con las llanuras suavemente alomadas del precámbrico, los enclaves de vegetación natural, tanto adehesada como de bosque mediterráneo y los abundantes cursos de agua embalsados.

Las singularidades paisajísticas de mayor interés lo constituyen, sin lugar a dudas, los accidentes tectónicos de ruptura y torsión —los portillos y crestas rocosas de cuarcitas y pizarras como el portillo de Puerto Peña y otros menores, que cortan verticalmente el fondo del embalse—. Afloran sobre todo en el sector Sur del embalse y constituyen atractivos miradores naturales.

2. ANÁLISIS SOCIOECONÓMICO

2.1. CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA.

Las pirámides poblacionales de los municipios de la ZEPA reflejan un marcado envejecimiento, debido al leve decrecimiento de la población en todos los municipios desde el  año 1991. Paralelamente, se manifiesta una continua y preocupante pérdida de efectivos poblacionales, siendo destacable el caso del municipio de Castilblanco como consecuencia de la paralización de la Central Nuclear de Valdecaballeros.

De una parte aparece una natalidad baja debido a la falta de los efectivos poblacionales que se encuentran en edad de procrear y el índice de dependencia se sitúa por encima del 65% a la vez que aparece una baja natalidad. No obstante, el índice de recambio se encuentra por encima del 90%, cifra muy aproximada a la media extremeña, que viene a indicar la posibilidad que tiene esta población de asegurarse y sostenerse en los próximos años.

Al pasar a analizar las infraestructuras se puede resumir diciendo que la conexión intrazonal presenta serias deficiencias.

En lo referente a la conexión extrazonal, aunque tradicionalmente acusa también graves problemas, destacan sobre todo los municipios de Herrera del Duque y Talarrubias, que con las mejoras de infraestructuras proyectadas serán previsiblemente puntos estratégicos de cara al desarrollo empresarial de la zona.

El tratamiento y recogida de los residuos sólidos urbanos se gestiona de forma satisfactoria.

La dotación de infraestructuras, tanto de camiones de recogida como de contenedores es suficiente.

Se han detectado situaciones de eutrofia en el propio embalse de García de Sola, debido principalmente a que en la actualidad el vertido de aguas residuales es directo y no recibe ningún tipo de tratamiento.

En lo referente a las necesidades sanitarias, el principal problema aparece como consecuencia de que todos los municipios de la ZEPA se encuentran a más de 50 km de distancia al hospital. Consciente de esta situación la Junta de Extremadura ha aprobado la construcción de un nuevo centro hospitalario situado en Talarrubias, que subsanará esta deficiencia.

Los equipamientos educativos que brindan los centros de educación secundaria situados en Herrera del Duque y Talarrubias son bastante completos, aunque no se ofrecen determinados ciclos complementarios de formación profesional.

La arquitectura popular es probablemente uno de los principales recursos atrayentes y pintorescos. Predominan en sus viviendas el uso de la piedra el adobe y la madera.

En las diferentes localidades que forman parte de la ZEPA se deja notar que el paso de los siglos trajo consigo la permanencia de familias nobles en numerosas localidades que dejaron construcciones palaciegas de gran interés, incluido un castillo en el término de Herrera del Duque, a las que se suman otras de tipo religioso.

La iniciativa privada desarrolla acciones importantes para la economía local y ofrece a su vez recursos turísticos ligados a esa economía. La oferta de alojamientos rurales no es muy significativa actualmente en el ámbito de la ZEPA aunque por el contrario sí existe una amplia oferta de rutas guiadas, senderismo, productos de la tierra y artesanía propias de la zona.

También cabe destacar la diversidad de festejos que se desarrollan en las diferentes localidades, muchos de ellos declarados de interés turístico regional.

Un gran problema que presenta el sector turístico es la afluencia de potenciales visitantes no canalizados en diferentes épocas del año. Lo cual puede producir efectos negativos sobre la zona, como son el aumento de residuos, y demás problemas sobre la fauna y flora afectando directamente al paisaje.

2.2. CARACTERIZACIÓN Y DIMENSIÓN DE LOS SECTORES PRODUCTIVOS.

Con respecto al sector primario (agroganadero, forestal y cinegético), las explotaciones son de extensión moderada, con propiedad de carácter familiar, calificadas en términos económicos como poco rentables. Además, existen zonas adehesadas donde, dada su menor rentabilidad, con frecuencia sus propietarios no las explotan directamente como es el caso de los cotos privados de caza, pero el principal problema es que como soporte a la actividad agrícola no aparece un tejido industrial agropecuario. Lo mismo sucede con la ganadería. En la actualidad se está intentando revalorizar el sector agrícola con estrategias como la creación de denominaciones de origen principalmente vinculadas a la elaboración de aceite y la miel.

En relación al sector secundario, es de destacar la escasa influencia de la industria en la zona de estudio, debido principalmente al tradicional aislamiento que sufre este territorio respecto a los principales ejes de desarrollo de la región extremeña.

Los niveles de bienestar y de renta son bajos, debido principalmente a la poca rentabilidad que del suelo se obtiene en la actualidad, a lo que se une la escasa implantación de entidades bancarias capaces de generar movimientos de capital.

El hecho de que el sector industrial sea muy débil supone una economía muy frágil. Además el destino de la producción está muy enfocado al consumo interno, siendo prácticamente inexistente la actividad exportadora.

El sector servicios tiene una gran importancia, no obstante, a diferencia de otras zonas rurales de Extremadura con alto valor ambiental, en el territorio de “Puerto Peña–Los Golondrinos” el sector servicios no se encuentra vinculado al turismo rural, el cual sin duda debe ser un motor complementario de cara a generar riqueza y empleo en la ZEPA.

2.3. VALORES CULTURALES DE LA ZONA.

2.3.1. Patrimonio histórico-artístico.

De igual manera, el legado histórico artístico de la zona es sumamente atractivo, siendo las muestras eclesiásticas las más abundantes. A continuación se describen los recursos más interesantes de cada uno de los municipios del Lugar de Interés Comunitario “Puerto Peña-Los Golondrinos”.

ALÍA.

“Iglesia de Alía” (Siglo XV); consta la iglesia de tres naves y crucero que apenas se aprecia en planta. La nave central es de mayor altura que las laterales y remata en cabecera poligonal, mientras que los lados del evangelio y epístola lo hacen  en muro recto. El presbiterio, elevado, tiene arco triunfal de medio punto. Se cubre con bóveda de crucería estrellada, los nervios nacen de ménsulas situadas en los ángulos.

“Ermita de la Concepción”.

“Ermita de Jesús de Nazaret o Ermita de la Pasión”.

“Ermita de San Isidro”.

CASTILBLANCO.

“Restos arqueológicos” actualmente inundados por el pantano y la estela funeraria en Herrera del Duque.

FUENLABRADA DE LOS MONTES.

“Rollo de Santa Ana” o “Pingote”, siglo XIII.

“Ermita de Santa Ana”.

GARBAYUELA.

“Iglesia parroquial de San Pedro”.

HERRERA DEL DUQUE.

“Iglesia de San Juan Bautista”, posee un retablo renacentista con una custodia de plata de casi 40 kg de Gregorio y Franco Morales. Tiene un alminar islámico de ladrillo.

“Convento de San Jerónimo”.

“Ermita de la Consolación”, este convento data del siglo XV. La Virgen de la Consolación es Patrona de los Herrereños.

“Castillo de Herrera del Duque” de origen árabe.

PUEBLA DE ALCOCER.

“Iglesia de Santiago”, de origen mudéjar y fachada plateresca de granito.

“Iglesia de San Juan Bautista”, siglo XIII.

“Convento de las Monjas Clarisas”, siglo XVI.

“Cuevas de La Panda”, se trata de dos abrigos con pinturas rupestres situados en la ladera Suroeste de la llamada Sierra de La Panda, donde se abren entre grandes farallones rocosos.

PELOCHE.

Destacan las pinturas rupestres en sus sierras.

TALARRUBIAS.

“Iglesia de Santa Catalina”, siglos XVI-XVII, de estilos góticos, mudéjar y renacentista.

“Ermita de la Virgen del Carmen”.

“Ermita de S. Roque”, siglo XVI.

VALDECABALLEROS.

“Iglesia parroquial de San Miguel”, siglo XV. Se trata de una iglesia de estilo mudéjar claramente observable en su nave central, con arcos de medio punto y apuntado.

“Castros”, celtas, prerromanos y romanos.

2.3.2. Miradores.

“Puerto de Consolación”.

“Puerto de las Navas”.

“Castillo de Herrera del Duque”.

“Presa del Cíjara”.

“Presa García de Sola”.

“Alto de la Cuevas”.

Entorno al embalse discurre una carretera desde la que se pueden apreciar vistas maravillosas del embalse y de las laderas que lo circundan.

2.3.3. Itinerarios turísticos.

“Ruta de los Embalses”. Esta ruta comienza en el pantano del Cíjara y baja hacia Castilblanco, famoso por sus quesos. Luego continúa cruzando el embalse de García de Sola, mientras que de vuelta a Castilblanco se sigue con dirección a Valdecaballeros, donde se puede contemplar la Iglesia de San Miguel Arcángel, de estilo mudéjar, construida en el siglo XV, como se indicaba anteriormente.

Además en esta zona se puede reponer la salud con las aguas medicinales del balneario. Desde el municipio de Castilblanco, también se puede continuar dirección a Herrera del Duque, acercándose a los márgenes de la presa del Embalse de García de Sola o Puerto Peña, como es conocido por estas tierras, e incluso a la pequeña población de Peloche, donde aún se elabora artesanalmente el queso de cabra. A 5 km, en La Barca, se puede arrendar barcas a remo para realizar pequeñas excursiones náuticas por rincones muy atractivos desde este embalse.

Además existen otras rutas de menor recorrido que podremos realizar dentro de la presente ZEPA que nos permiten conocer mejor las características de diferentes zonas.

“Sierra de Peloche”. Desde esta localidad, siguiendo la carretera en dirección a Herrera del Duque llegamos a un abrevadero de ganado, desde donde parte un camino que poco a poco se estrecha a medida que ascendemos por la ladera de sierra. Muy adecuado para conocer la vegetación mediterránea de cerca y para la observación de pequeñas aves.

“Puerto Peña-Peloche”. Siguiendo esta carretera y haciendo varias paradas, dispondremos de buenas vistas panorámicas del embalse y de la sierra. Si prestamos especial atención a los roquedos, podremos observar sobrevolando los cantiles a la cigüeña negra, buitre leonado, águila perdicera o alimoches. Desde la península de La Barca, a medio camino, merece la pena detenerse para ver el embalse y la Sierra de Barbas de Oro, en la orilla de enfrente.

“Herrera de Duque-Castilblanco”. La ruta puede iniciarse subiendo hasta el castillo de Herrera, desde donde existe una vista dominante sobre el territorio. En la carretera a Castilblanco encontremos a nuestro paso retamales, pastizales y dehesas de encinas, así como aves propias de terrenos abiertos.

2.3.4. Arquitectura popular.

Con respecto a la arquitectura popular, esta se realiza desde antaño en base a la piedra, agrupándose los barrios en torno a las zonas más altas de las localidades, casi siempre ocupadas por un edificio religioso, civil o militar de importancia.

A N E X O I I I

MARCO NORMATIVO

Estatus legal:

— Inclusión en la lista de Lugares de Importancia Comunitaria de “Puerto Peña-Los Golondrinos”, por Decisión de la Comisión, de 19 de julio de 2006, por la que se adopta de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, la lista de Lugares de Importancia Comunitaria  de la región biogeográfica mediterránea.

— Decreto 232/2000, de 21 de noviembre, por el que se clasifican zonas de protección especial para las aves en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Conservación y Protección de la Naturaleza:

Normativa Comunitaria.

— Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo, relativa a la Conservación de los Hábitats naturales y de la Fauna y Flora Silvestres.

— Directiva 79/409/CEE, de 2 de abril, relativa a la conservación de las aves silvestres.

— Directiva 97/62/CE del Consejo, de 27 de octubre de 1997, por la que se adapta al progreso científico y técnico la Directiva 92/43/CEE relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.

Normativa Estatal.

— Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, en transposición de la Directiva 92/43/CE.

— Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de Biodiversidad.

— Real Decreto 1095/1989, de 8 de septiembre, por el que se declaran las especies objeto de caza y pesca y se establecen normas para su protección.

— Real Decreto 1118/1989, de 15 de septiembre, por el que se determinan las especies objeto de caza y de pesca comercializables y se dictan normas al respecto.

— Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas.

Normativa Autonómica.

— Ley 8/1998, de 26 de junio, de conservación de la naturaleza y de los espacios naturales de Extremadura.

— Ley 9/2006, de 23 de diciembre, por la que se modifica la Ley 8/1998, de 26 de junio, de conservación de la naturaleza y de los espacios naturales de Extremadura.

— Decreto 3/2006, de 10 de enero, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en Espacios Naturales Protegidos y hábitats de especies protegidas.

Medio Ambiente:

Normativa Estatal.

— Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.

— Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.

— Ley 26/2007, de 23 de octubre, de responsabilidad ambiental.

— Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera. Medio Físico:

Normativa Comunitaria.

— Directiva 76/160/CEE, para Aguas de Baño.

— Directiva 91/271/CEE, sobre Depuración de Aguas Residuales Urbanas.

Normativa Estatal.

— Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

— Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional.

— Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas.

— Real Decreto Ley 4/2007, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas.

— Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

— Real Decreto 9/2008, de 11 de enero, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.

— Real Decreto-Ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las Normas Aplicables al Tratamiento de las Aguas Residuales Urbanas.

— Real Decreto 1341/2007, de 11 de octubre, sobre gestión de aguas de baño.

Normativa Autonómica.

— Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura.

Flora y Fauna:

Normativa Comunitaria.

— Directiva 79/409/CEE, relativa a la Conservación de las Aves Silvestres.

— Convenio Internacional de Washington sobre el Comercio Internacional de especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres.

— Convenio Internacional de Bonn sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres.

— Convenio Internacional de Berna relativo a la Conservación de la Vida Silvestre y del Medio

Natural en Europa.

Normativa Estatal.

— Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas.

— Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección  de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

Normativa Autonómica.

— Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura.

— Decreto 47/2004, de 20 de abril, por el que se dictan Normas de Carácter Técnico de adecuación de las líneas eléctricas para la protección del medio ambiente en Extremadura.

— Orden de 27 de mayo de 2004 por la que se aprueba el Plan de Recuperación del Lince Ibérico de Extremadura.

— Orden de 6 de junio de 2005 por la que se aprueba el Plan de Recuperación del Águila Imperial Ibérica de Extremadura.

— Orden de 6 de junio de 2005 por la que se aprueba el Plan de Conservación del Hábitat del Buitre Negro en Extremadura.

— Orden de 6 de junio de 2005 por la que se aprueba el Plan de Conservación del Hábitat de Águila Perdicera en Extremadura.

Producción Agraria y Protección de la Naturaleza:

Normativa Estatal.

— Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias.

— Decreto 261/1996 de 16 de febrero, sobre protección de las aguas contra la contaminación de nitratos de fuentes agrarias.

— Real Decreto 613/2001, para la Mejora y Modernización de las Estructuras de Producción de las Explotaciones Agrarias.

— Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, por el que se establece un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente.

— Real Decreto 6/2006, de 12 de enero, sobre fomento de forestación de tierras agrícolas.

— Real Decreto 1132/1981, de 24 de abril, sobre ordenación sanitaria y zootécnica de las explotaciones porcinas extensivas.

— Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas.

Normativa Autonómica.

— Ley 6/1992, de 26 de noviembre, de fomento de la agricultura ecológica, natural y extensiva en Extremadura.

— Orden de 24 de noviembre de 1998, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura en que se recoge el Código de Buenas Prácticas Agrarias.

— Decreto 49/2000, de 8 de marzo, por el que se establece el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

— Decreto 195/2001, de 5 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 49/2000, de 8 de marzo, que establece el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

— Orden de 19 de junio de 2000 por la que se regulan las ocupaciones y autorizaciones de usos temporales en las vías pecuarias.

— Orden 23 de junio de 2003 por la que se modifica la Orden de 19 de junio de 2000, por la que se regulan las Ocupaciones y Autorizaciones de Usos Temporales en las Vías Pecuarias.

— Orden de 17 de mayo de 2007 por la que se regula la circulación de ciclomotores y vehículos a motor, de carácter no agrícola, en las vías pecuarias.

— Decreto 334/2007, de 14 de diciembre, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

— Decreto 158/1999, de 14 de septiembre, por el que se establece la regulación zootécnico-sanitaria de las explotaciones porcinas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Montes:

Normativa Estatal.

— Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de montes.

Normativa Autonómica.

— Ley 1/1986, de 2 de mayo, sobre la Dehesa de Extremadura.

— Decreto 83/2004, de 1 de junio, por el que se establecen las bases reguladores para conceder las ayudas en el marco de la gestión sostenible de montes y se regula el procedimiento para su concesión.

Caza y Pesca:

Normativa Estatal.

— Real Decreto 1095/1989, de 8 de septiembre, por el que se declaran las especies objeto de caza y pesca y se establecen normas para su protección y comercio.

— Real Decreto 1118/1989, de 15 septiembre, por el que se determinan las especies comerciables de caza y pesca y se dictan normas al respecto.

Normativa Autonómica.

— Ley 8/1990, de 21 de diciembre, de Caza de Extremadura.

— Ley 19/2001, de 14 de diciembre, de modificación de la Ley 8/1990, de 21 de diciembre, de Caza de Extremadura.

— Ley 8/1995 de Pesca de Extremadura.

— Orden de cada anualidad, por la que se establecen los periodos hábiles de caza durante la temporada de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

— Orden de cada anualidad, por la que se establecen los periodos hábiles de pesca durante la temporada de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

— Decreto 130/2002, de 24 de septiembre, por el que se establece y regula el régimen jurídico de las ayudas a los Clubes Deportivos Locales de Cazadores que colaboren con la Dirección General de Medio Ambiente en materia de conservación, fomento y mejora de la riqueza cinegética compatible con la conservación de la biodiversidad de la comunidad autónoma de Extremadura.

— Decreto 121/2005, de 10 de mayo, por el que se modifica el Decreto 130/2002, de 24 de septiembre, por el que se establece y regula el régimen jurídico de las ayudas a los Clubes Deportivos Locales de Cazadores que colaboren con la Dirección General de Medio Ambiente en materia de conservación, fomento y mejora de la riqueza cinegética compatible con la conservación de la biodiversidad de la comunidad autónoma de Extremadura.

Minería:

Normativa Estatal.

— Ley 22/1973 de Minas.

— Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería.

Patrimonio Histórico-Artístico y Cultural:

Normativa Estatal.

— Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español.

— Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Museos de titularidad estatal y del Sistema Español de Museos.

Normativa Autonómica.

— Ley 2/1999, de 29 de marzo, del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.

— Decreto 93/1997, de 1 de julio, por el que se regula la actividad arqueológica en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

— Decreto 110/1996, de 2 de julio, por el que se crea la Red de Museos y Exposiciones Museográficas permanentes de Extremadura.

Evaluación de Impacto Ambiental:

Normativa Comunitaria.

— Directiva 85/337/CEE, de 27 junio de 1985, relativa a la Evaluación de las Repercusiones de Determinados Proyectos Públicos y Privados sobre el Medio Ambiente.

— Directiva 97/11/CEE, de 3 marzo de 1997, que modifica la Directiva 85/337/CEE.

— Directiva 2001/42/CEE, de 27 de junio de 2001, relativa a la Evaluación de los Efectos de determinados Planes y Programas en el Medio Ambiente.

Normativa Estatal.

— Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de impacto Ambiental de proyectos.

— Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.

Normativa Autonómica.

— Decreto 45/1991, de 16 de abril, de medidas de protección del ecosistema.

A N E X O I V

CARTOGRAFÍA